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Etiqueta: derechos laborales

ANEP realizó campaña informativa a choferes de bus en San José

Bajo la idea de poder dignificar esta importante profesión, la ANEP recorrió diversas paradas de bus, en donde entregó volantes informativos sobre el plan de trabajo de este año que busca mejorar las condiciones de los choferes.

La ruta de trabajo para el ANEP en relación con los choferes de bus durante este 2024 se basa en 4 puntos, los cuales son: ser considerados como trabajadores, recibir un salario digno, respeto a los derechos humanos y laborales y por último, la valoración a una revisión al salario mínimo.

SITRAP y ANEP preparan acción internacional por violación de derechos laborales en finca agrícola

ANEP y SITRAP continúan trabajando en conjunto en defensa de los trabajadores de plantaciones agrícolas de la piña y el banano de Costa Rica. En esta ocasión, para plantear una serie de denuncias internacionales ante la violación de derechos laborales en fincas agrícolas.

Como parte de esta estrategia, ANEP y SITRAP se reunieron con trabajadores, para escuchar desde los trabajadores, la situación que viven diariamente. Se espera que en este mes de enero, se realice otro taller similar para continuar recopilando los testimonios de los trabajadores, para plantear las denuncias correspondientes. 

Para observar más detalladamente la nota, ingresar al siguiente enlace:

Sentires y Saberes: Situación actual de las personas trabajadoras en las estibadoras de Limón

Observatorio de Bienes Comunes

Aprovechamos la visita de los compañeros estibadores este 10 de enero del 2024, para conversar sobre ¿cuál es la situación actual que están atravesando estas personas trabajadoras? ¿Se les están reconociendo sus derechos laborales?  Compartimos con Carlos y Luis para conocer más de fondo lo que ocurre en las estibadores hoy en día.

Para escuchar la conversación, ingrese en este enlace.

ANEP: “EL EMPLEO MUNICIPAL NO SE TOCA: los gobiernos locales deben fortalecerse”

ANEP rechaza planteamiento contralor de despidos en las municipalidades

Gobiernos locales se decidieron por la tesis de exclusivos y excluyentes de la LMEP

La Seccional ANEP-Municipalidad de Santa Cruz alertó, en horas pasadas, alertó acerca de la decisión de la Contraloría General de la República (CGR), de rechazar el presupuesto para darle contenido financiero a los salarios, en el 2024, a 83 plazas de

trabajadores y de trabajadoras de esa municipalidad que ya venían laborando para la misma; señal inequívoca de que cada uno y cada una de estas personas trabajadoras son necesarias para el buen funcionamiento de dicho gobierno local.

Al parecer, y según reporte de prensa reciente, hasta 800 personas trabajadoras municipales (quizás, más), podrían afrontar tan difícil situación a partir del próximo 1 de enero de 2024. A pesar de las fechas festivas propias de la época, ANEP está realizando las averiguaciones de rigor.

Ante la comunidad municipal costarricense, ante sus respectivos conglomerados

laborales, ante sus autoridades políticas salientes y las que aspiran a ser electas,

ANEP plantea lo siguiente:

La ANEP rechaza la decisión de la CGR, ya que la considera no solo violatoria de la Autonomía Constitucional del Régimen Municipal costarricense, sino también porque, de confirmarse dicho informe y llevarse a cabo en fechas cercanas, empeoraría la ya delicada situación nacional del empleo. En momentos en los que se reconoce que la falta de empleo ha intensificado la dolorosa problemática de la desigualdad.

En este plano, el empleo, tanto público como privado, se vuelve estratégico en los niveles locales-cantonales como mecanismo de enfrentar la violencia criminal desatada, por ejemplo, en las conflictivas regiones costeras y fronterizas. La CGR está actuando de espaldas a esta cruda realidad nacional.

ANEP considera que desde la piramidal estructura burocrático-tecnocrática de la

CGR es imposible que se aquilate la relevancia que los gobiernos locales vienen adquiriendo precisamente para atenuar el avance sostenido de la desigualdad en los cantones de la República, especialmente en los que tales plazas ayudan el fortalecimiento del papel municipal en el desarrollo con inclusión económico-social. 

ANEP considera que el argumento de la CGR, centrado en el artículo 46 de la perversa Ley Marco de Empleo Público (LMEP), es falaz, es engañoso; toda vez que la práctica totalidad de los 84 gobiernos locales (con una única excepción), declararon a todo su personal Exclusivo y Excluyente de la cobertura de esa ley (incluyendo a quienes la CGR quiere dejar en la calle); lo cual abre un escenario jurídico y de calle insoslayable de enfrentar.

ANEP, efectivamente, aunque estemos en estos días festivos, estamos haciendo

balance y análisis jurídico de la acción o acciones para detener la inoportuna y

abusiva acción de la Contraloría General de la República (CGR), por una parte. Por la otra, hacemos un llamado a toda la familia laboral municipal, en general; y, en lo particular, en cada gobierno local afectado para que no más entrando enero despleguemos diverso tipo de acciones e intervenciones sindicales para llevar paz y estabilidad a los municipios y a pocos días de unas elecciones más que cruciales.

San José, martes 26 de diciembre de 2023.

Albino Vargas Barrantes, Secretario General ANEP.

Walter Quesada Fernández, Secretario General Adjunto ANEP.

ANEP y SITRAP responden ante falsas aseveraciones sobre el trabajo de denuncia que se realiza con OXFAM

ANEP y SITRAP representan poco más de 6 mil trabajadores de plantaciones agrícolas, concentradas en Sarapiquí, Zona Sur y el Caribe de nuestro país. Las organizaciones sindicales sostienen que la denuncias por violaciones a los derechos laborales son reales, por lo que buscan el diálogo social en garantía de estos derechos y un trabajo digno.

A pesar de las advertencias, administración superior del SENARA mantiene la idea del traslado al MAG

Comunicado

El Comité Ejecutivo de la Asociación de Empleados del Senara (ASES) hace de conocimiento público que la administración superior del Senara, se empeña en continuar con el traslado hacia las oficinas centrales del MAG en Sabana Sur. Estas instalaciones, Matrícula 310031, según consulta a la Área Rectora de Salud Hospital-Mata Redonda y respuesta dada por la Sra. Leandra Madrigal G “NO SE TIENE NINGÚN PERMISO REGISTRADO PARA LA ACTIVIDAD DE OFICINAS”.

La Dirección Administrativa Financiera de Senara, mediante oficio SENARA-DAF-SA-264-2023, comenta que los activos trasladados al MAG han sufrido un grado de deterioro, evidenciando un traslado poco planificado, atropellado y negligente, (la negrita es nuestra). Continúa diciendo, que estos daños representan un costo adicional para su reparación en caso que sea posible. Ante esta inquietud plasmada en el oficio, la respuesta de la Sub Gerencia del Senara es que haciendo uso de cartones y cintas se evita el movimiento dentro del vehículo, y que el traslado es necesario porque es más caro no realizarlo. (ver imagen 1 adjunta) y gira la instrucción “sigamos con los traslados”.

Ante la instrucción de continuar con los traslados, la Auditoría Interna le recuerda que aún no se ha subsanado algunas condiciones físicas de las áreas asignadas en el MAG tales como, ventanas sin celosías donde se pueda meter el agua en caso de lluvias, cables sueltos, ventanas sin persianas, cables con evidencia de algún corto circuito (ver foto 1) y una limpieza general profunda al área, entre otros. Recalca la Auditora que se expone a funcionarios a lesiones físicas y que el traslado, así como se está realizado, NO responde a un proceso debidamente planificado. Recalca la misma, que como titular tiene el deber de proteger, conservar los activos institucionales y que el incumplimiento de este deber es causal de responsabilidad administrativa. (ver imagen 2 adjunta)

Condición de algunas tomas de electricidad

Adicionalmente, los funcionarios que han participado en el traslado de activos (escritorios y otros) se ven expuestos a un alto riesgo de sufrir lesiones físicas, considerando además que esto no está dentro del alcance de las funciones del área de Servicios Administrativos y expone a riesgos laborales al estar subiendo a un tercer piso por gradas y sin contar con implementos de salud ocupacional, que son requisitos cuando se realiza este tipo de trabajos, lo cual podría implicar a la institución enfrentar alguna demanda ante el INS u otras instancias y además una incapacidad de los funcionarios, que tendría impacto en la atención  de las actividades que realiza cada uno de ellos como parte de la gestión institucional, siendo esto un eventual riesgo de continuidad de gestión.

Apunta el oficio SENARA-DAF-SA-264-2023, que los activos institucionales dejados en el MAG, al no contar con las llaves de los espacios asignados, se encuentran sin resguardo mínimo, por lo que el funcionario que tiene asignado estos activos, son responsables directos de la pérdida o daño de los mismos.

Siendo, así las cosas, la Asociación de Empleados del Senara (ASES) respalda el pronunciamiento de la Dirección Administrativas financiera y sus unidades con respecto a los riesgos que conlleva un traslado tal y como se está realizando.

Los riesgos asociados a esta situación:

Riesgo de dirección: asociado a toma de decisiones que atentan contra la protección adecuado del patrimonio público.

Riesgo de operación: relacionado con la gestión institucional en el momento que se tenga que utilizar algunos de esos activos y los mismos ya se encuentren deteriorados.

Riesgo financiero de patrimonio: asociado al deterioro de los activos y por ende la perdida institucional que implicaría la custodia inadecuada de estos, por no cumplir con la protección-mínima que requieren para su resguardo.

Riesgo estratégico de planificación insuficiente: pese a existir un cronograma y se está evaluando las condiciones físicas y de seguridad.

Riesgo de salud del personal: por no respetarse las normas de salud ocupacional.

Riesgo de infraestructura: por pérdida parcial o total de activos, por deterioro o robo.

SITRAP Siquirres realizó actividades el pasado 12 de noviembre

El pasado domingo 12 de noviembre en SITRAP Siquirres, se realizaron dos importantes actividades en conjunto con personas de la comunidad. La primera actividad se dividió en dos partes; una parte se destinó para hablar acerca de los procesos migratorios y la segunda parte se enfocó en la inspección del trabajo, esto en relación con ANEP y SITRAP, de esta manera se capacitó en el tema a las personas asistentes . 

La segunda actividad se enfocó en un grupo de afectados del NEMAGON, junto al medio de comunicación de Medio Oriente, Al Jazeera.

SITRAP: 50 años de lucha en la defensa de los derechos de la clase trabajadora de las plantaciones agrícolas en Costa Rica “Los derechos se toman, no se piden; se arrancan, no se mendigan”.

Las luchas sindicales ante la Inteligencia Artificial

Vladimir de la Cruz

La huelga es un derecho constitucional. Así está establecido en el artículo 61 de la Constitución Política. Tiene la salvedad de la huelga en los servicios públicos de acuerdo a las regulaciones establecidas por ley. En principio, la huelga es para asegurar el alcance del artículo 60 constitucional que regula la existencia de los sindicatos, “para obtener y conservar beneficios económicos, sociales o profesionales”.

De modo, que si se violan derechos laborales constitucional y legalmente existentes, y beneficios económicos, sociales o profesionales, se puede acudir a la huelga como un medio, un instrumento, para protegerlos, conservarlos, y eventualmente para ampliarlos.

La historia de las huelgas, en el país, se remonta hasta 1874, quizá la primera huelga también en el Estado, cuando hubo una paralización por unos días de los telegrafistas que les habían violado sus derechos salariales. Luego siguieron con relevancia las protestas laborales en la construcción del ferrocarril al Atlántico, especialmente la huelga de los italianos. A finales del siglo XIX hubo otras huelgas en el Valle Central y fuera del Valle Central, con amplitud de sectores sociales involucrados.

El siglo XX inició con las huelgas, de especial importancia, que realizaron los panaderos, a principios del siglo, por la unidad de acción que lograron, que repercutió al surgimiento de la primera Federación de Trabajadores. Este siglo inició también con el desarrollo de Ligas de Obreros y Sindicatos, superando la existencia de las organizaciones laborales de tipo mutualista que existieron dominantemente en el siglo XIX.

Hasta las huelgas de 1918 y 1920, relacionadas con la lucha por la jornada de 8 horas diarias, la huelga se realizaba ipso facto, por la realidad misma. Estas huelgas, pero especialmente las de 1920, terminaron con un reconocimiento, por parte del gobierno, de los trabajadores a la organización sindical y al derecho de huelga. Incluso, terminó con un sustantivo aumento de salarios.

La primera mitad del siglo XX fue de una gran cantidad de huelgas en distintos sectores. Entre 1900 y 1943, el año de las Garantías Sociales y el Código de trabajo se produjeron 242 huelgas. Solo en el gobierno de Calderón Guardia, entre 1940 y 1943 se produjeron 50 conflictos laborales, 25 de ellos en 1943. De hecho las Garantías Sociales y el Código de Trabajo se dieron en el contexto de 25 huelgas ese año de 1943.

La lucha clásica de los trabajadores y patronos o empleadores, es por parte de los patronos de aumentar la jornada de trabajo y disminuir el salario, y de disminuir la jornada y aumentar el salario, por parte de los trabajadores. Esto no ha cambiado desde el siglo XIX. Se han ampliado las demandas laborales, como resultado de la misma dinámica del desarrollo de la sociedad, de las distintas ramas de la producción, y de las distintas especialidades laborales, así como de las propias relaciones de producción.

En los últimos años los derechos sociales de organización sindical, de huelga y de convención colectiva han sido disminuidos y debilitados por parte de los partidos tradicionales, y de los últimos gobiernos.

La convención laboral está garantizada en la Constitución para que patronos y trabajadores, por medio de sus sindicatos, puedan discutir y llegar a arreglos mejorando sus condiciones de trabajo, de seguridad e higiene ocupacional, de salarios, de beneficios socio laborales, y cualquier otro extremo que puedan pactar. Lo pactado dice la Constitución tendrá fuerza de ley. Este derecho constitucional ha sido más golpeado por los últimos gobiernos y por las decisiones legislativas y jurisprudenciales que se han tomado por la vía judicial contra ellas, por cuanto prácticamente han invalidado las convenciones.

Hay que decir que cuando una Convención laboral se tomaba, se acordaba, era porque se llegaba a un acuerdo entre los patronos o empleadores y los sindicatos, y porque lo pactado tenía contenido económico para cubrirlo por parte del sector patronal, fuera privado o público.

Las huelgas son de la realidad. Se dan por necesidad, sin importar si las declaran legales o ilegales. Son actos de desesperación organizada de los trabajadores por mejorar o mantener su situación socioeconómica y laboral, para enfrentar el alto costo de la vida, generalmente, que supera los niveles de salarios. Los salarios siempre suben en escalera y los precios de los productos básicos de subsistencia, incluida la canasta básica, y el costo de la vida, suben en ascensor. Agreguemos, que los salarios están prácticamente congelados desde hace tres años, y así se proyectan para los próximos tres años.

La inmensa mayoría de las huelgas en el país, más del 90% han sido declaradas ilegales. En la década de 1970 por artículos del Código Penal metían sindicalistas a la cárcel. Esos artículos fueron eliminados, pero era parte de la represión, que no impedía el ejercicio y el derecho de huelga constitucional. Y se seguirán haciendo huelgas…

En todas partes del mundo, los trabajadores, igual que los costarricenses, luchan por la vía de las huelgas, por defender sus derechos y beneficios.

Hemos visto, recientemente, en los Estados Unidos, un país de grandes tradiciones huelguísticas, y de organización sindical, el triunfo de los trabajadores de la industria cinematográfica, después de una huelga sostenida de casi cuatro meses, contra los estudios empresariales del cine; tres meses que los especialistas en Inteligencia Artificial consideraron equivalían a un año de paralización laboral.

El actor principal fue el Sindicato de Actores de Estados Unidos. Doblegaron a los Estudios como Disney, Netflix, y los distintos estudios de Hollywood, especialmente con el uso de la Inteligencia Artificial, que se estaba empleando para sustituir actores, trabajadores extras.

Lucharon los trabajadores de la industria cinematográfica por lo siguiente:

1.- por establecer restricciones contra el uso de la Inteligencia Artificial que afectara lo trabajadores “extras”, que podían ser generados por computadoras.

2.- por un aumento salario del 7% y un nuevo fondo de $40 millones anuales para transferir una parte de los ingresos de los estudios cinematográficos a los actores.

3.-establecer barreras de uso de la Inteligencia Artificial para no afectar trabajadores actores y “extras”.

4.- protección de los artistas.

5.- garantizar los derechos de los artistas.

6.- garantizar los derechos al consentimiento de uso de imágenes de artistas con compensaciones justas.

7.- proteger los derechos laborales.

8.- recibir, por parte de los actores, la misma compensación remuneratoria por cualquier uso de su réplica digital, que se habría ganado haciendo la “misma cantidad de trabajo”.

9.- asegurar el trabajo de los “extras”

10.- no se puede usar una réplica digital para eludir contratación y pago de un actor de reparto.

11.- los estudios cinematográficos deben obtener el consentimiento del actor, o sus herederos, cada vez que se utilice su réplica digital en una película o en un episodio de televisión.

12.- no puede presentar a los actores contratos estándar que les autoricen a usar una réplica a perpetuidad.

13.- en los contratos tiene que establecerse con certeza la descripción razonable y específica de cómo se puede usar una réplica digital.

14.- sobre “los falsos actores sintéticos”, tema muy polémico durante la huelga, , o zombies digitales, que se construyen con partes de los cuerpos de los actores, como una risa, o una mueca, o un rasgo particular de un actor, se llegó al acuerdo que los actores tienen que dar su consentimiento, y los estudios obligados a pedir su permiso de uso.

15.- los estudios quedaron obligados a informar al Sindicato cada vez que “cree un falso actor sintético”, y el sindicato el derecho a negociar una indemnización en nombre de los actores implicados.

16.- a la industria se le permite continuar con la Inteligencia artificial sin afectar los derechos de los artistas

Estados Unidos, en este campo laboral, la negociación de los contratos es cada tres años. Lo aprobado, como resultado de la huelga, durará esos tres años.

Los dirigentes sindicales señalaron la importancia de la huelga, no solo para los actores, sino para todas las profesiones que puedan verse afectadas por el uso y el mal uso de la Inteligencia Artificial, especialmente en las industrias del entretenimiento. Enfatizaron que su movimiento ha sido para proteger los derechos de todas las personas a su imagen.

El movimiento sindical costarricense, en sus diversos sindicatos, debe aprender esta lección de lucha de los trabajadores de Estados Unidos. ¿Cuánto afectará la vida de los trabajadores? Eso está delimitándose. La lucha de los actores de cine y televisión lo ha evidenciado. Fue una lucha también contra el desempleo y la cesantía.

La Inteligencia Artificial es un instrumento que se está empezando a desarrollar, de una manera impresionantemente amplia, que afecta o impacta todas las actividades del quehacer humano, que afecta comportamientos, relaciones sociales, laborales, académicas, con la intención de optimizar los recursos y los productos; para desarrollar procesos de automatización sin necesidad de seres humanos, sin mano de obra, incluso eliminando supervisores de la producción y del trabajo. Por ahora se impulsa la Inteligencia Artificial en el procesamiento de datos. Pero, como, en Estados Unidos, se trató de impulsarla para crear réplicas humanas para ciertos trabajos, como el cine y la televisión.

La Inteligencia Artificial también puede reforzar discriminaciones, exclusiones y desigualdades, personales, laborales y de cualquier otra naturaleza, por ahora imprescindibles pero potencialmente reales.

La Inteligencia Artificial vino para quedarse. Potenciará más nuestras capacidades humanas, al tiempo que liberará personas de sus trabajos.

La pandemia y el teletrabajo empezaron a modificar abruptamente las relaciones laborales en el país. Su impacto ha afectado a los sindicatos… Los afectará más.

Es el momento de pensar positivamente desde la perspectiva sindical sobre el futuro de las relaciones laborales, el futuro de las organizaciones sindicales y de trabajadores y el futuro de sus luchas.

Compartido con SURCOS por el autor.

UNDECA celebra fallo de la Sala Constitucional: jornadas 4×3 no proceden

Comunicado

La Sala Constitucional determinó que el proyecto de jornadas laborales de 12 horas laborales, mejor conocidas como jornadas 4×3 tiene un vicio sustancial legislativo, es decir, no procede su tramitación. En UNDECA celebramos esta resolución que es un paso firme en la ruta de la legalidad costarricense.

El “caballito de batalla” del gobierno de Rodrigo Chaves se vino abajo, porque han tratado a toda costa de aprobar la reforma al Código de Trabajo que pretendía modificar las jornadas laborales, lo que los llevó a cometer un vicio sustancial en el procedimiento, al ser trasladado el proyecto a una comisión legislativa a la que no le competía su análisis.

“Esta resolución evidencia que no tiene futuro el proyecto que pretendía acabar con una de las principales conquistas de la clase trabajadora, la jornada de 8 horas, y da un zarpazo al gobierno de Chaves en sus intentos de imponer una política criminal y depredadora de los derechos laborales, con la que esperaban abaratar los costos de la producción sacrificando los ingresos, la salud ocupacional y el bienestar de las personas trabajadoras y sus familias”, señaló Luis Chavarría, secretario general de UNDECA.

Desde UNDECA hemos sostenido que la jornada 4×3 significaba un retroceso en materia laboral y un impulso a la esclavitud moderna en Costa Rica, mientras que en otras latitudes avanzan hacia jornadas más cortas por semana, aquí buscaban aumentarlas.

14 noviembre, 2023

INTERINOS/INTERINAS

Mario Valverde Montoya
Profesor jubilado UNED
San Rafael de Montes de Oca

Hoy en día nadie está sometido a esclavitud ni a servidumbre. Hombres y mujeres nacen libres y las cadenas de sumisión que llamó la atención Rousseau, desaparecieron. En nuestra constitución política lo establece con claridad desde el Titulo IV, DERECHOS Y GARANTÍAS INDIVIDUALES, art. 20. Toda persona es libre en la República. Y lo refuerza el art. 33, “Toda persona es igual ante la ley y no podrá practicarse discriminación alguna contraria a la dignidad humana”. Exactamente lo que ocurrió con los amos y esclavos en los sistemas que practicaron el esclavismo. Es decir, unos eran dueños de bienes incluyendo la fuerza de trabajo y como otro objeto, podían organizar sus vidas y sus actos. Por eso la esclavitud la ubican con el nacimiento de los avances agrícolas. Les quedó muy cómodo considerar que otros estaban obligados a trabajar a su servicio. Y luego justificaron en el nombre del soberano, rey o de Dios mismo que eso era así, como especie de ley natural y que nadie podía cambiarlo. El costo en vidas por esa liberación fue enorme. No sin antes por muchas generaciones vivir de la explotación hasta sangrar y secar sus pieles.

La figura del interino y la interina en las universidades públicas está muy lejos de las anteriores prácticas. Sin embargo, quedan resabios sin resolver. Un interino-a no es sujeto de derechos para elegir ni ser electo en los procesos internos (creo la U.N.A. ya superó ese tema con nombramientos a un año). Es decir, no hay mucha diferencia. En el siglo XIX en C.R. se les pedía a los ciudadanos para ejercer su voto, algún ingreso que les permitiera vivir, ser varón y no se les exigía que estuvieran alfabetizados. En el caso de los y las interinas de las universidades públicas los títulos ni investigaciones cuentan para elegir ni ser electos. Y se da el caso de funcionarios que entregaron todo su esfuerzo en vida como los esclavos su fuerza de trabajo, y nunca ejercieron el sagrado derecho de elegir al rector, director de escuela, decano, etc. Pero tampoco son sujetos de crédito en las mismas condiciones por su relación laboral donde les cortan su contrato a fin del semestre y pasan un mes o más sin salario. ¿Cómo pedir ayuda para conseguir un fiador en tales condiciones? O el caso de los profesores que deben aceptar un contrato en enero para poder jugar con su salario, con la condena de no tener vacaciones en todo el año. Es decir, poco a poco, esa relación de amo/esclavo, de dos miradas diferentes, de dos mundos, el de los seguros y el de los que de una u otra forma “deben portarse bien”, o “cumplir las órdenes, aunque se salga del tiempo del contrato” (lo conocí en la UNED, revisar exámenes fuera del tiempo de contrato), se manifiesta y queda pegado en el silencio de los muros universitarios. Yo siempre he creído que mínimo debe nombrarse por tiempo indefinido y después de un año de prueba pasar a propiedad. Muchos interinos.as investigaron, publicaron y se quedaron en un nivel del, no más allá, congelados en su carrera universitaria. Es decir, un poco la relación de amo/esclavo. Unos ascendían y ganaban más y los otros pegaban con la pared de las injusticias, en todo caso, ¿Qué tiene que ver tus cualidades y dones como investigador y la relación laboral?

Hoy en día en la UNIVERSIDADES PÚBLICAS, faro de las libertades, defensora de los derechos de otros, se vive situación, por no ponerle otro nombre, de trabajadores, que viven con el dolor de no encontrar la libertad, la igualdad y la equidad laboral. Entre los iguales no todos son iguales. Y más me duele por los que se fueron, se pensionaron, los que todo lo dieron y nunca les llegó la noticia de la propiedad.