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Etiqueta: fiscal

Las sedes de la UCR no llaman a huelga

  • Las unidades organizan jornadas de reflexión para analizar el plan fiscal y sus consecuencias en el presupuesto universitario
Las sedes de la UCR no llaman a huelga
Los recursos económicos del Recinto de Paraíso de la UCR serían derogados según lo dicta el plan fiscal que está en discusión. Foto: Archivo ODI.

Las cinco sedes regionales de la Universidad de Costa Rica (UCR) tomaron la decisión en conjunto de suspender las actividades de carácter evaluativo durante la semana del 17 al 21 de setiembre, para dar espacio a que se abran debates y charlas. El fin es que la comunidad universitaria y el público en general analicen y se informen sobre todas las variables que incluye la reforma fiscal que se discute actualmente en la Asamblea Legislativa.

En un comunicado hecho público el lunes 17 de setiembre, el Dr. Francisco Rodríguez Cascante, director de la Sede de Occidente; la MBA. Marianita Harvey Chavarría, directora a.i. de la Sede del Caribe; el Dr. Álex Murillo Fernández, director de la Sede del Atlántico; el Dr. Édgar Solano Muñoz, director de la Sede de Guanacaste; y el M.Sc. Mario Solera Salas, director de la Sede del Pacífico, acuerdan: suspender todas las evaluaciones en las sedes regionales, incluyendo sus recintos, por cinco días, y organizar actividades reflexivas sobre las implicaciones que conlleva la aprobación del proyecto 20 580.

“Aunado a estos dos puntos, también tomamos la decisión de suspender las evaluaciones porque muchos estudiantes y profesores experimentan problemas a la hora de trasladarse hacia las sedes y recintos de la UCR, debido a las múltiples manifestaciones y bloqueos de las vías públicas, por lo que así protegemos su integridad también; pero es importante dejar claro que las clases, cursos y laboratorios continúan impartiéndose de manera normal. Queremos aportar a la discusión de ideas y propuestas sobre lo que sucede en el país y las implicaciones que tiene la reforma fiscal, particularmente para las sedes y recintos”, indicó el Dr. Francisco Rodríguez.

Además de esas cinco sedes regionales, la UCR tiene cinco recintos ubicados en Guápiles, Paraíso, Santa Cruz, Grecia y Golfito; precisamente, a raíz de los recortes que se incluyen en el proyecto Ley de fortalecimiento de las finanzas públicas, el presupuesto de esos recintos universitarios se verían afectados.

“Son temas como ese los que vamos a discutir y así lo aprobamos en el Consejo de Área de las Sedes Regionales UCR. Cada sede va a organizar diferentes actividades y acá en Occidente visitamos aula a aula hoy martes junto con representantes de la asociación de estudiantes para explicar esta decisión, pues no es un llamado a los estudiantes y funcionarios para que se unan a la huelga, es más bien un llamado para que nos reunamos y conversemos sobre todo lo que acompaña al proyecto de reforma fiscal”, añadió el Dr. Rodríguez.

Al respecto el presidente de la Asociación de Estudiantes de la Sede de Occidente, Daniel Rojas Rodríguez, dijo que instan a todos los estudiantes y funcionarios universitarios para que se unan a los espacios de diálogo sobre este tema, “pensamos que muchas personas no están informadas sobre lo que está pasando y para la comunidad estudiantil es fundamental que lo hagan, saber qué es lo que se está discutiendo y tomar una posición, saber cuáles son las afectaciones y como estudiantes aportar un grano de arena para intentar solucionar lo que está sucediendo en Costa Rica, pues a nivel social se ha salido un poco de control”, aseveró.

Específicamente, la Ley 20 580 sobre fortalecimiento de las finanzas públicas propone derogar los artículos 3 y 3 bis de la Ley N.° 6 450 y sus reformas, dentro de dichas reformas está la Ley N.° 7 386 que aporta la totalidad de los recursos que recibe el Recinto de Paraíso de la UCR, por lo que supondría el recorte total del financiamiento económico que recibe.

Ante esta realidad, la UCR está facilitando y promoviendo la discusión de ideas y el análisis a profundidad de la reforma fiscal a través de foros en la Sede Rodrigo Facio, así como en las sedes regionales.

 

Otto Salas Murillo

Periodista, Oficina de Divulgación e Información

 

Información tomada de: http://www.ucr.ac.cr/

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Grandes empresas piñeras son cómplices del déficit fiscal

  • Política de incentivos y exenciones a los monocultivos ha beneficiado a industrias contaminantes

 

FECON, 12-09-2018. Una larga historia de exenciones e intensivos fiscales es la que nos encontramos cuándo hablamos de expansión del monocultivo de la piña. Estas empresas contaminantes se han aprovechado de múltiples mecanismos fiscales para amasar riqueza. Enumerar algunos nos da una idea de la magnitud que ha tenido el avance de monocultivo de la piña en términos de recaudación fiscal:

  1. Ley de Incentivos a las Exportaciones, N°6955 (1984).
  2. Contrato de Exportación (1984-1999)
  3. Certificados de Abono Tributario (1984-1999)
  4. Ley Zonas Francas, N°7210 (1972). Exención de impuestos de renta y ventas.
  5. Régimen de Admisión Temporal, Ley N°7557 (1996-actualidad). Exención de impuestos de importación de maquinaria y otros activos.
  6. Régimen Devolutivo de Derechos, Ley N° 7557 (1996- actualidad). Devolución de impuestos a empresas piñeras
  7. Ley de Creación del Programa de Reconversión Productiva del Sector Agropecuario N°7742 (1997). Representan incentivos a la agroexportación de productos no tradicionales.

De los Certificados de Abono Tributario específicamente se puede mencionar entre los años 1993 y 1996 se repartieron a 594 empresas un total de ¢62.930 millones. La compañía Pineapple Development Corporation (PINDECO) parte del conglomerado empresarial DEL MONTE recibió ¢3.243 millones.

Sumado a esto existen casos donde las empresas piñeras se benefician de bienes del Estado. Por ejemplo el usufructo de 290 hectáreas en Buenos Aires de Puntarenas propiedad del Instituto De Desarrollo Rural (INDER) arrendada por montos mucho menores al precio de mercado desde 1986 y hasta la fecha. Esta es otra forma de incentivos, tierra a bajo costo. Estas y muchas otras acciones estatales han puesto al monocultivo de la piña en un lugar privilegiado en términos fiscales.

Recientemente el despacho del diputado José María Villalta presentó un proyecto de ley Nº. 20.967 adición de un Artículo 23 bis a la Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles Nº 7509. El cual gravaría con un 0,1% más en el Impuesto sobre los bienes inmuebles a las fincas ocupadas con monocultivos que excedan una superficie de 10 hectáreas. Este es un paso en la dirección correcta. Es necesario que Costa Rica haga lo suyo para hacer una reforma fiscal que sea social y ambientalmente justa.

Contacto: 8760 9800

 

Imagen con fines ilustrativos.

Enviado por FECON.

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Ojo con el asilo a la fiscal venezolana

Por Carlos Meneses Reyes

 

A la luz del derecho internacional existe una situación de anormalidad generalizada del orden público en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela; mas no abarca el espectro de un conflicto (armado) interno.

El carácter insurgente de la oposición venezolana no califica como tal. La oposición venezolana asume un papel de rebelión contra el cauce institucional; pero en modo alguno, los actores de oposición, individualmente considerados, podrían calificarse de rebeldes.

Nos encontramos ante una oposición que reclama la legitimidad del poder legislativo, mientras se declara en desacato ante el desempeño armonioso de los otros poderes constitucionales, conforme al ejercicio del juego de poderes en el establecimiento de un estado de derecho. Se da una protesta de sectores identificados de la ciudadanía en áreas de ciudades capitales de estados constitutivos. Es una oposición que está dentro del estado al conformar parte de poderes representativos e institucionales; aboga por ellos y su mantenimiento; pero con la particularidad conspirativa de asalto del poder gubernamental ensañada contra la figura representativa del presidente de la República Bolivariana de Venezuela: Nicolás Maduro Moros. Ahora, bien, ese “asalto” al poder presidencial lo hace bajo la modalidad de la protesta callejera y el uso de la alteración del orden público constitucional; bajo una clara violación del código penal venezolano. De manera que no tipifica una situación de estado de excepción y por ende no han sido declaradas restringidas las garantías constitucionales imperantes.

Casos emblemáticos, como los de Leopoldo López, bajo la observación de un debido proceso penal, nos han llevado a calificar su situación como la de un político que violó la normativa penal, cuando el grado de su comportamiento punitivo le imponía la exigibilidad de otra conducta-acorde con su calidad de dirigente político – y por ello no califica como un preso político, sino como un político preso. Resume un caso típico de un político que actuó inferior a sus expectativas.

De manera que serían sujetos de carácter delincuencial político, quienes, alzados contra el orden público, exciten a la guerra civil, organizados o alzados en armas, intimiden a la población, en aplicación a las disposiciones del Código Penal Venezolano vigente. No se pretende sentar cátedra alguna, como sí ilustrar a los lectores, que las situaciones de hecho que consagra la norma constitucional y legal en Venezuela son diferentes a la tradicional glosa de las conductas colombianas, en cuanto hace referencia al llamado delito político. Por algo rige en Venezuela una Constitución basada en la democracia participativa y no en la democracia indirecta y representativa del régimen colombiano, causante de tantas desgracias y tragedias.

La situación de venezolanos en Colombia

Independientemente del despliegue mediático sobre la situación política en la República Bolivariana de Venezuela, no solo en la extensa franja fronteriza con Colombia, sino también en ciudades intermedias y capitales de departamentos, incluido el Distrito Capital, la población migrante de ciudadanos procedentes desde Venezuela aumenta.

La dictadura mediática ha impuesto explicaciones desviadas de la realidad y a raíz de consideraciones de un conflicto económico agudo, sobre el presupuesto de una guerra económica intervencionista y de factor interno desequilibrante, enfocamos el siguiente análisis. Con prioridad a la provisión por la defensa de los derechos humanos, durante el prolongado enfrentamiento con manifestantes opositores, la guerra mediática trata de imponer directrices acusatorias, que riñen plenamente con respuestas oficiales sobre puntuales denuncias y que reflejan una actuación de oficiosidad desplegada por el establecimiento gubernamental en atención a esclarecer situaciones anómalas. Obviamente, en tratándose de la preservación de los derechos fundamentales a la población venezolana, ello no es suficiente y continua el imperativo moral de no descartar cualquier desafuero que riña con el ejercicio y aplicación de la observación de los Derechos Humanos en Venezuela. Tema de por si no agotado.

Cómo calificar a la población migrante que llega in crescendo desde Venezuela

Corresponde en primer lugar analizar si ha de calificárseles como población migrante desplazada por consideraciones económicas; incluidos dentro de la generalidad de desplazados laborales o bien si enmarcan dentro de la calificación de refugiados. Ambas situaciones revisten consideraciones especiales y de carácter humanitario; pero el efecto de la responsabilidad de Colombia como garante y subscritor de los Convenios de Ginebra, aplica a una línea de comportamiento y de procedimientos diferentes. Como Estado signatario en la Organización de las Naciones Unidas incumbe a Colombia la observación de los Acuerdos y Protocolos de Ginebra en materia de Refugio.

Comencemos por la definición de Refugio. El artículo 1 de la Convención de Ginebra de 1951, enmendado por el Protocolo de 1967, nos acerca a una definición y entiende por refugiado a: «Una persona que, debido a un miedo fundado de ser perseguido por razones de raza, religión, nacionalidad, membresía de un grupo social o de opinión política en particular, se encuentra fuera de su país de nacimiento y es incapaz, o, debido a tal miedo, no está dispuesto a servirse de la protección de aquel país; o de quien, por no tener nacionalidad y estar fuera del país de su antigua residencia habitual como resultado de tales eventos, es incapaz, debido a tal miedo, de estar dispuesto a volver a éste«.

Destacan los siguientes elementos objetivos en tal definición: Que la persona sea perseguida por razón de: 1. Raza. 2. Religión. 3. Nacionalidad. 4. Ser minoría de un grupo social o de opinión política en particular.4. Estar en el país del que huye por no ser el de su nacimiento. 5. No contar con nacionalidad o ser paria. Ello unido al elemento subjetivo de temor o miedo fundado a la preservación de su vida; por no existir garantías en el país del que huye.

En cuanto al país receptor, así llamado el país que recibe, abundan consideraciones de carácter humanitario en la comprensión, de cada caso en particular, para aceptar la calidad de inmigrante del solicitante de refugio, en consideración a que ha salido de su país o ese país de procedencia, por inminente peligro contra su integridad, debido al peligro que corría, por causas raciales, políticas o religiosas, guerra civil o conflicto interno armado o hacer parte de un grupo social potencialmente en exterminio, genocidio o afectado por desastres naturales en el manejo amplio de una interpretación de sensibilidad humanitaria.

Ahora corresponde en segundo lugar, resaltar la distinción ente el carácter del Refugio y el del Asilo. En nuestro entender el Asilo connota una situación genérica del perseguido que ha entrado a un recinto para protegerse de inminente peligro contra su vida e integridad personales. Del asilo se predica, bajo la connotación de protección a quien en la antigüedad se refugiaba en un templo o iglesia. Hoy aplica sobre el entendido de quien llega a un país sobre las características de persecución y peligro inminente a su vida e integridad personal, no puede ser remitido por el país receptor al país del que huye. Pero de condición sine qua non, es que al elemento subjetivo se agreguen los elementos objetivos paras la caracterización del refugio. Aquí corresponde observar que la figura del Asilo no corresponde a concepto preceptivo referente a la normatividad contenida en los Pactos Internacionales de Derechos Civiles y Económicos Sociales y Culturales (1966). Por ello se predica que el ejercicio efectivo del Asilo incumbe a una determinación del gobierno respectivo de un Estado. No a un acto de soberanía estatal o de un Estado miembro, como de autonomía definitoria del ejercicio del poder ejecutivo en particular de ese país y como tal sometido al régimen interno, de ese país, en cuanto respecta los principios de legalidad y de validez o no, de los actos administrativos.

Valga la explicación anterior para centrarnos en la diferencia especifica que la calidad de Refugiado es de vocación supranacional. El derecho de los Refugiados, que trata sobre su protección compete a la observación de la normativa y rama del Derecho Internacional. Esa legislación internacional es la que observa el país receptor, como por destacar, que la integridad del refugiado queda bajo la protección y egida del país receptor y a este incumbe el principio de confidencialidad e inviolabilidad sobre los hechos, llamémoslos para nuestro entender popular, como victimizantes. Conviene precisar, en consecuencia, que los derechos de protección de los refugiados o Derecho de los refugiados, alude al Derecho Internacional. Tema diferente al de las ramas del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, que abarcan una comprensión de los derechos humanos en general y en particular sobre el estudio del comportamiento humano en desarrollo de los conflictos bélicos y/o conducción de la guerra en particular.

A manera de ejemplo, la condición del golpista venezolano Pedro Carmona en Colombia es la de Asilado. Por así disponerlo el gobierno de turno, mediante acto administrativo gubernamental interno que no fue objeto de ejercicio contencioso alguno. La condición de otorgamiento de refugio en Colombia obedece a exigibilidad supranacional, de conformidad con el Derecho Internacional y por ende la legislación migratoria sobre el tema de refugios supeditase al mandato constitucional del 91, en su artículo 93, in si tu: “los tratados y convenios internacionales ratificados por el Congreso, que reconocen los derechos humanos y que prohíben su limitación en los estados de excepción prevalecen en el orden interno”.

La ACNUR es la Agencia de la ONU para los refugiados.

Sobre el caso de la ex fiscal venezolana

Los recuentos periodísticos expresan que la señora Luisa Ortega Díaz fue desplazada de su cargo de Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela por decisión soberana del constituyente primario en ejercicio facultativo. De previo presentaba investigaciones disciplinarias por el ejercicio de su cargo. Bajo apreciación subjetiva de la señalada, decidió abandonar su país de origen y entrar (legal o ilegalmente) a territorio colombiano. No se conoce públicamente petición alguna de su parte, de asilo o de refugio. La mediática conduccionista colombiana difunde que es una perseguida política del gobierno bolivariano de Venezuela. Ella se califica como opositora política al régimen imperante. Cumpliría con mi función didáctica si con los elementos conocidos ha exhibido pruebas, al menos sumarias, de inminente peligro sobre su integridad y sobre su vida en el país vecino. De otro lado, es sabido que ingresó subrepticiamente a Colombia en compañía de su esposo, German Ferrer, el Diputado de la Asamblea Nacional, por el PSUV, quien califica con una situación sub judice, en su país de origen y permanencia bajo residencia vigilada, mientras transcurría el proceso de su allanamiento por inmunidad parlamentaria. Indiscutiblemente sopesan investigaciones penales en su contra en Venezuela. German Ferrer ratifica que su esposa (la ex fiscal general) enfrentó institucionalmente las decisiones del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ). De otro lado el actual Fiscal General, Lic. Tarek William Saab señaló que existen evidencias que demuestran complicidad de German Ferrer en investigaciones penales sobre la creación de una fundación y una compañía anónima en el exterior, como vehículo de lavado de activos y desvío de recursos oficiales, señalando complicidad entre el citado Ferrer y Pedro Lupera, quien funge como Fiscal 55 nacional, activo en el cargo; quienes junto con Gioconda González, exjefa del despacho del Ministerio Público, todos soportan órdenes de captura.

De manera que nos encontramos con dos indeseados visitantes en territorio colombiano, que alegan persecución política y peligro inminente de sus vidas, sin ser ello de soporte probatorio. El uno prófugo de la justicia venezolana, la otra fantasiosa en el delirio de persecución.

Tenga presente la opinión pública colombiana que una cosa es el fuero soberano estatal en el otorgamiento o no de una petición de refugio y otra cosa la facultad gubernamental- que no acto soberano- del ejecutivo en cabeza del presidente de la Republica en conceder un asilo, sobre el que no prima el Derecho internacional sino el principio de legalidad vernáculo con todos sus efectos.

Está demostrado que la oposición retrograda venezolana y sus conmilones de apoyo militarista colombianos, vienen perdiendo todas las batallas jurídicas y en el caso analizado, todo indica que no será esta la excepción.

 

Enviado por el autor.

Iglesia católica pide decir NO al colonialismo en Puerto Rico

Un mensaje de la Conferencia Episcopal Puertorriqueña (CEP) ante las elecciones generales de noviembre próximo y la “nueva realidad” política frente a la creación de la junta de control fiscal federal en la isla advirtió de la “cruda condición colonial” del país.

La CEP, que encabeza el monseñor Roberto González Nieves, difundió una nota con 27 puntos en la que detalla su postura en víspera de los comicios del mes próximo.

Así, consigna que “Puerto Rico se enfrenta, en su realidad histórica actual, a su crisis socio-política y económica más profunda de los últimos 115 años. Toda la estructura del modelo político y económico en el que se ha basado nuestro desarrollo en las pasadas décadas ha perdido su legitimidad y su eficacia para atender las necesidades personales y colectivas del pueblo puertorriqueño”.

Ante este escenario, la entidad afirma que “también nos adentramos al periodo de discernimiento, propio de cada proceso electoral, para elegir candidatos y propuestas que nos guíen como pueblo ante estas circunstancias. Pero esta elección general cobra la peculiaridad de que el gobierno que constituirán los candidatos electos, estará bajo la autoridad de una junta de control fiscal establecida por el Congreso y nombrada por el presidente de los Estados Unidos, reflejo de nuestra cruda condición colonial”.

Al respecto, la CEP señaló que “esta situación exige un rechazo inequívoco y su superación es una tarea ineludible”.

Los obispos de Puerto Rico, ante la nueva situación política, pidieron al electorado actuar “con el grado de responsabilidad que reclaman los signos de los tiempos, reconociendo que Puerto Rico se encuentra hoy en uno de los momentos más críticos de su historia”.

“Por esto, denunciamos la situación colonial de Puerto Rico, que ha quedado crudamente manifiesta ante esta crisis fiscal, al no poder recurrir a un proceso de quiebra ordenado y sistemático, y ante la concesión del poder decisional a una junta fiscal externa, sin la participación democrática de los ciudadanos, pero con efectos en todos los ámbitos de nuestra convivencia social”.

Los religiosos recalcaron que “ha llegado la hora de decir no al colonialismo histórico que se ha acompañado de leyes injustas como las de cabotaje, la demagogia partidista, la mentira y el oportunismo de muchos líderes e inversionistas. También, advertimos de nuevos colonialismos a través de ideologías y poderes anónimos que esclavizan, globalizan la uniformidad con fines lucrativos y violentan las culturas y tradiciones de los pueblos”.

Para la CEP, las elecciones son “una oportunidad para elegir a un liderato político al que le duela de verdad la sociedad, el pueblo, la vida de los pobres… con una nueva mentalidad política y económica que ayude a superar la dicotomía absoluta entre la economía y el bien común social”, como dijo el Papa Francisco.

En cuanto a la situación política de la isla, la organización urgió “a los líderes del país, y de Estados Unidos, a dar los pasos necesarios para terminar con esta situación colonial en forma seria y responsable, respetando el derecho internacional de los pueblos, reconocido por la Organización de las Naciones Unidas”.

“La situación colonial, sumada a la crisis económica y fiscal que enfrentamos durante largos años y agudizada en las últimas dos décadas, amenaza en convertirse en una crisis mayor para nuestros niños, jóvenes, ancianos y personas vulnerables, tales como personas jubiladas, migrantes, los sin techo y adictos”, afirmaron los obispos.

Junto con recalcar que “en momentos como éste, se hace cada vez más urgente la toma de conciencia sobre la necesidad de una participación ciudadana activa”, la CEP alertó del poder político “sujeto a intereses electoralistas, financieros, de producción y consumo, que ha llevado a los partidos a ser, en ocasiones, grupos restringidos que usurpan el poder del Estado, sustituyendo la democracia por la llamada partidocracia”.

Asimismo, el organismo dijo “basta de políticas económicas basadas en contribuciones e impuestos que recaen, mayormente, en la clase media y en los menos afortunados. El efecto de estas políticas ha sido la ruina económica y la motivación de muchos para abandonar el país”.

A su vez, consideró que “es la hora de una revolución moral y una transformación radical de nuestro modelo económico y de la participación ciudadana. Este esfuerzo, aunque sacrificado, nos guiará a una nueva senda de progreso y desarrollo”.

Sobre este punto, los religiosos opinaron que “nosotros, los puertorriqueños y puertorriqueñas, estamos muy divididos y polarizados, no estamos unidos; estamos estancados. Nuestra unidad es necesaria si queremos progresar”.

 

Enviado a SURCOS Digital por Nils Castro.

Fuente original de información e imagen: http://www.metro.pr/

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En un país de alta evasión fiscal la solución de los diputados: Bajar las penas por evasión

Carlos José Cabezas Mora (*)

Carlos Cabezas

En medio de una campaña por “salvar” al Estado costarricense del “gasto que produce” el déficit fiscal, los sectores económicamente poderosos han pegado alaridos e impulsado a través de sus diputados proyectos de empleo público que afecten los salarios de los servidores públicos, añadiendo de que tenemos ingresos de privilegio, claro que en comparación con las miserias del sector privado podría considerarse, de estirarse mucho la fantasía, que esas diferencias son “abusivas”.

Conscientes de que gracias a los TLC el Estado costarricense pasó de recibir del 6% a un 3% de la riqueza que produce nuestro país (PIB), además de que el actual gobierno promueve modestos proyectos de ley (para mejorar la recaudación fiscal) ha emergido una corriente para más bien disminuir penas.

Los proyectos de fortalecimiento del fisco encontraron la resistencia esperada en las cámaras empresariales, haciendo eco en los diputados de oposición que intentaron rebajar las penas de prisión a dos años, tal descarada posición que consideramos antipatriótica, refleja muy bien la forma de comportarse de ese sector social acostumbrado a buscar mecanismos para estar exonerado o bien eludir o evadir el pago de los impuestos.

Recientemente conocidos de un planteamiento que hace referencia a la práctica de algún país donde se dejó de perseguir a los evasores fiscales estableciéndose un solo impuesto, el cual por voluntad empresarial más bien aumentaron las recaudaciones.

Un expositor mexicano narró que el seguro social de su país tiene serias limitaciones presupuestarias para brindar sus servicios, pero como empresarios aducían que era muy altas sus contribuciones, el Gobierno Federal decidió de un día para otro rebajarles sus pagos, el resultado fue un deterioro muchísimo mayor de la seguridad social, algo muy parecido al nuevo proyecto del Partido Libertario.

La realidad de la evasión fiscal en nuestro país supera por mucho el déficit fiscal, donde la práctica es no asegurar en la CCSS a los trabajadores pero sí rebajarles las contribuciones sociales, acostumbrados a que la absoluta mayoría de los impuestos son indirectos lo que significa que a las mayorías somos los que cargamos sobres las espaldas al fisco, dudamos seriamente de la voluntariedad o bondad en pagar, si no se les exige y menos si pueden quedar impunes. Ese efecto soñado por la derecha nacional e internacional le denominan los expertos economía vudú, por considerarla técnicamente absurda y destinada a arrojar resultados negativos para la sociedad y van claramente en contra de la misma racionalidad del sistema capitalista en el que nos correspondió vivir.

(*)Secretario General, Central General de Trabajadores, Costa Rica.

 

Imagen con fines ilustrativos tomada de www.justiciafiscal.org

Enviado a SURCOS Digital por el autor.

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Fraude fiscal y empleo público: ¿chantaje político en desarrollo?

Comunicado de Prensa

Jugada política en el seno de la comisión parlamentaria de hacendarios representa un trueque político contra los derechos laborales del sector público

 

Los graves acontecimientos de las últimas horas ocurridos en el seno de la comisión legislativa de Asuntos Hacendarios, con ocasión del “sorprendente” movimiento, totalmente inesperado de parte de la derecha parlamentaria al servicio del capital, para desnaturalizar la esencia de la iniciativa legislativa gubernamental contra el grave fraude fiscal y robo de impuestos que azota al país, nos pone en alarma total, en la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP).

Desesperado como está el actual Gobierno de la República por el llevado y traído asunto del déficit fiscal, y ante la real emergencia de recursos fiscales frescos, la restauración de los planteamientos fundamentales originales de su propio proyecto contra el fraude fiscal, estaría generando un compromiso totalmente oculto para que se viabilice, en próximos días, el trámite de los proyectos en contra del Empleo Público como el contenido en el expediente legislativo No. 19.506.

Para la ANEP estamos en presencia de una especie de trueque político (más bien, un chantaje político), que consiste en el “intercambio” de aprobarle al Gobierno algunas de los artículos que ha propuesto para atacar, aunque sea mínimamente, el grave robo de impuestos y fraude fiscal que azota a la sociedad trabajadora del país; y que, a su vez, el Gobierno avale, dé viabilidad política y hasta sus votos ya no solamente para aprobar ese nefasto proyecto 19.506 sino que para que al mismo le apliquen la vía rápida, con base en el artículo 208-bis del reglamento legislativo; tal y como sucederá con el proyecto contra el fraude fiscal que deberá aprobarse, forzosamente, en el próximo mes de setiembre.

Alertamos así a toda la comunidad laboral del sector Público. A cada empleado público y a cada empleada pública, como a sus respectivas familias, les indicamos que estamos llegando a una situación de extremo peligro para la estabilidad salarial, familiar y social de todos quienes servimos laboralmente para el Estado.

Después de dos años de intensa investigación, profundo estudio, rigurosos análisis, sesiones de estudio, consultas a especialistas, más de cien artículos y comunicados de prensa, en la ANEP llegamos a la contundente conclusión de que el déficit fiscal no tiene nada que ver con los salarios del empleo público.

Sin embargo, insisten en pasarle la factura a los empleados públicos, a la clase trabajadora en general, de la gravedad de un problema que ésta jamás generó.

Con la participación de otros importantes sectores laborales organizados que están participando el proceso “Unidad Sindical en la Acción”, nos manifestaremos frente a la Asamblea Legislativa el próximo jueves 1 de setiembre.

En el caso específico de la ANEP se está convocando, de emergencia, a las bases dirigentes de la organización, representantes de las 117 seccionales que la componen, a una sesión de urgencia del Consejo Consultivo Nacional (CCN), para aprobar el texto que se le presentará, unitariamente, a los señores diputados y a las señoras diputadas; y para seguir fortalecimiento el planteamiento los mecanismos organizativos y de concientización que amerita un proceso de Huelga General si en el parlamento insisten en proyectos como el mencionado y, peor aún, en darles vía rápida.

Albino Vargas Barrantes

Secretario General ANEP

Coordinador Colectivo Sindical PATRIA JUSTA

Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados, ANEP

 

Imagen tomada de http://www.anep.or.cr/

Enviado a SURCOS Digital por Secretaría General ANEP.

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Ley de radio y tele, por una democracia en expansión

Ante la discusión por una ley de radio y televisión que refleje las nuevas dinámicas tecnológicas que afectan y moldean modos y usos radiodifusión

Luis Andrés Sanabria Zaniboni (Ciudadano)

 

Cuando se descubrió que la información era un negocio, la verdad dejó de ser importante. Ryszard Kapuściński

 

Ante la discusión por una ley de radio y televisión que refleje las nuevas dinámicas tecnológicas que afectan y moldean los modos y usos de la radiodifusión, así como una pertinente estructura fiscal de estas actividades, es importante preguntarnos además ¿por qué defender una ley participativa?

Partiendo de lo obvio, que la ley actual de radio no tiene la capacidad de reflejar toda la revolución en las infocomunicaciones de los últimos 60 años, lo cual hace evidente la necesidad de un marco jurídico distinto, también es cierto que el Estado no sólo debe ampliar y representar en su estructura jurídica la regulación tecnológica y fiscal pertinente, sino también reconocer e incluir de manera protagónica a la ciudadanía en la planeación, diseño, discusión, formulación e implementación de ese mismo marco.

En los últimos 60 años, no solamente las infocomunicaciones han representado una revolución, sino también la emergencia de diversos actores a lo largo y ancho de las sociedades, donde han denunciado la crisis de representatividad, propiciada a través de los monopolios de los canales de expresión, donde difunden solo una forma de ver, sentir e interpretar, lo cual lleva a un secuestro e invisibilización de la diversidad.

Estas décadas han representado así mismo la historia por la reivindicación de la diversidad y el derecho a la comunicación, entendiendo una parte como la necesidad de democratizar los criterios de acceso y participación en igualdad de oportunidades en la elaboración de la agenda temática de las sociedades, en la producción-intercambio-debate de mensajes-ideas. Lo que en definitiva es un proceso por la búsqueda de una sociedad más equitativa, solidaria y justa.

Una ley de radio y televisión que represente los tiempos actuales, debe partir de la construcción de espacios donde las distintas visiones tienen cabida en la formulación de este marco jurídico, y procure aplacar y desentramar las visiones dominantes, facilitando los espacios y prácticas para garantizar el respeto y promoción de las diversos contenidos y expresiones de las sociedades.

Esto nos exige la construcción de algo más allá de lo que normalmente los grandes medios comprenden como “derecho a la expresión” enarbolado detrás del temor a sanciones, sino avanzar hacia la construcción del “derecho a la comunicación”, que incluye no sólo la libertad de expresión, sino también a investigar, recibir y difundir, para garantiza los espacios que permiten a los diversos sujetos decidir cómo recibir y difundir sus propias manifestaciones.

Es necesario visibilizar que un nuevo proyecto de radio y televisión es algo más allá que un espacio de discusión técnica, sino también político, donde las diversas manifestaciones sociales y culturales deben reivindicar la conquista del derecho a la comunicación como espacio democratizador en nuestras sociedades orientado al pluralismo informativo y cultural.

Por esta razón, cualquier proceso de ley de radio y televisión debe ser participativo, porque en definitiva es el lugar donde se facilita los espacios y prácticas que permitan la democratización del acceso a los medios de comunicación, en su uso, contenido, diversidad y promoción.

Debemos ser claros, la comunicación no es una mercancía, es un bien público, donde se desarrolla un proceso en el cual creamos, aprendemos, reconstruimos e interactuamos nuestras identidades, los medios comerciales son sólo una manifestación más de este proceso, y desde la perspectiva del derecho a la comunicación no se puede ni debemos permitirles que determinen los alcances de una ley en términos de su democratización o contenido, por esta razón mejor póngale la firma a la participación protagónica.

*Imagen con fines ilustrativos.

Fuente Semanario Universidad.

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