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Etiqueta: IVM

Los “barrenadores” de la CCSS (Parte III: La farsa. Pensiones de costarricenses en veremos. ¿Y mi pensión?)

Rafael A. Ugalde Q. Periodista, abogado y notario

Rodrigo Arias López. Actuario y matemático

Dedicado a quienes hace 83 años lucharon por que las mujeres parieran dignamente y vieran crecer alegres a sus retoños, sin lepra, tuberculosis, tosferina y sarampión a la sombra de nuestra CCSS.

Otro déficit al menos de ¢74,6 billones en el Seguro de Invalidez y Muerte (IVM) se suma a los faltantes en las polémicas contabilidades de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), atentando contra el futuro y el bienestar de más de 3 millones de trabajadores registrados en IVM según datos publicados por la Superintendencia de Pensiones (Supen) y la CCSS.

Mencionamos en nuestra primera entrega el viejillo cascarrabias que decía cómo la historia ocurre dos veces, “la primera, como tragedia, y la segunda, como farsa”. La tragedia la abordamos en nuestra segunda entrega; pero la dejamos abierta para la meditación seria, cuando demostramos que la deuda estatal con la CCSS supera los ¢20 billones, sin mencionar cuánto más (Ver La-tragedia).

Conociendo con precisión la enfermedad del paciente y sus causas, se puede no solo emitir criterio sobre su cura, sino también descubrir y combatir la farsa elaborada por los mismos que han venido “barrenando” este paciente, a vista y paciencia, con pocas excepciones a la regla, desde los medios de comunicación, partidos políticos, politiqueros de oficio y otros especímenes. Cualquier costarricenses con alguna sensibilidad aún en la piel, con el más mínimo pellizquito, verá a muchos de ellos campantes en sus puestos, aplaudidos por los voceros autorizados por nuestra oligarquía, mientras otros no han dejado de rondar la institución en sus planes para la privatización de esta querida entidad nacional. ¿Cuál es, entonces, la farsa?

En nuestra segunda entrega se hizo un apretado recorrido por la administración Calderón Fournier, los cambios en la Ley 7374 y como hubo una segunda “barrenada” – la primera ocurrió desde la administración Monge-, pues nunca dieron a la CCSS los fondos ordenados por dicha normativa. Este tercer esfuerzo, sometido a la consideración de todos nuestros trabajadores y trabajadoras, estudiantes, campesinos, profesionales e intelectuales honestos, sin importar afiliación partidarista, edad o sexo, se centra sobre cómo las sociedades proclives a el “reformismo” facilitaron el asalto continental a los fondos de pensiones y el serio peligro en que está el IVM y su pensión digna.

En relación con nuestro IVM, Jaime Barrantes, gerente de pensiones de la Caja, explicó una vez “que la mezcla entre el rápido proceso de envejecimiento de la población, aunado a la reducción de la natalidad, tienen como efecto una baja en el incremento en la afiliación de cotizantes y su eventual desequilibrio futuro”, según La Nación del 16 de setiembre de 2024, periódico que de paso es importante recordar que desde sus inicios combatió la seguridad social con los tres pilares de financiamiento (patronos, trabajadores y Estado), aunque hoy, pareciera interesado en la defensa de la Caja.

Barrantes por la fuente citada consideró que “para revertir tal escenario, el estudio planteó la necesidad de elevar la cotización obrero-patronal y estatal del 11,16% al 13,66%, en el 2038. También que los jubilados asuman el pago del seguro de salud para recibir atención médica, pues actualmente lo subsidia el fondo”. Menciona que: “El estudio se tomará como el documento base para la nueva discusión y se llevará al Comité Inter participativo, creado por la Superintendencia de Pensiones (Supen), para fortalecer el Sistema Nacional de Pensiones.” (Destacados no son del original). Además “que el IVM tendría que dar como mínimo un 45%” en lugar del 60% que da hoy.

Es menester recordar a los trabajadores la táctica utilizada por nuestras oligarquías regionales para hacer cambios en los sistemas de pensiones en todos los países con el modelo “reformista”. Entre 1981 y 2008, 11 países latinoamericanos implementaron reformas estructurales de pensiones, cambiando total o parcialmente los sistemas de prestación definida, reparto y administración pública («sistema público») a contribución definida, capitalización individual y administración privada («sistema privado»).

Las reformas estructurales adoptaron tres modelos en los años de implementación que siguen: a) sustitutivo, que cerró el sistema público y lo reemplazó por completo por el privado (Chile, 1981; Bolivia y México, 1997; El Salvador, 1998; República Dominicana, 2003); b) mixto, que mantuvo el sistema público como un pilar y agregó un segundo pilar privado (Argentina, 1994; Uruguay, 1996; Costa Rica, 2001; Panamá, 2008); y c) paralelo, que mantuvo el sistema público y agregó el sistema privado, ambos compitiendo entre sí (Perú, 1993; Colombia, 1994). Los trabajadores y trabajadoras que quieran ahondar sobre el tema pueden consultar “La privatización de las pensiones en América Latina”, revista Nueva Sociedad 291 / Enero – Febrero 2021 (Reformas).

Afirmamos que los gobiernos de orientación “reformista” facilitaron este golpe del “capitalismo salvaje” a todos los sistemas de pensiones por una sencilla razón de índole política – filosófica: toda “reforma”, por grande o pequeña que sea, implicará siempre un cambio en el poder controlado por la clase dominante para que el sistema siga funcionando; mientras que toda revolución social “transforma” el poder.

Volviendo a nuestro país hemos de decir que el más reciente estudio actuarial del IVM indica que este seguro tiene un déficit en reservas de ¢74,6 billones usando una tasa de interés real de un 4%. Este estudio podría presentar algún presunto grado de “maquillaje”, tomando en cuenta ejemplares anteriores. En un documental denominado “La Caja de Pandora” y divulgado ampliamente en redes sociales (Pandora), el Máster Luis Guillermo López Vargas -revisor del estudio actuarial-, prometió entonces a los costarricense estar tranquilos porque el IVM era sostenible.

Una prueba de que existe una especie de “castigo” para nuestros viejitos pensionados, sin importar sí son varones o mujeres, luego de entregar toda su juventud para las generaciones venideras, es Wilson Brown, de 78 años, quien se crio en el Barrio El Carmen, Puntarenas y dejó su juventud en fábricas como operario, trabajó la mayor parte de su vida en fábricas como operario en textilerías. Recibía una pensión mínima del IVM de ₡153.192 ajustada recientemente a ₡156.000 mensuales.

Wilson Brown: Recibo 153 mil colones y hay que estirarlos hasta ver cuánto dura la vejez. Actualmente en IVM hay 174.000 personas pensionadas que reciben el monto de la pensión mínima o menos (F. Tomada de SemanarioU).

Contrasta lo anterior con la publicación de “Delfino” del 24 de setiembre de 2024, según la cual: “Supen pide tomar medidas ante inviabilidad que tendrá en un mediano plazo el IVMy que desde Supen recordaron que los recientes estudios actuariales “refuerzan la inviabilidad que tendrá en un mediano plazo”, alertando que eso se suma a que la población adulta mayor (PAM) se cuadruplicará entre el 2020 y el 2060, pasando de 476 mil a 1,7 millones de personas.

Si por la víspera sacamos el día, no es de extrañar que Supen trate de “pelear” para aumentar los aportes a el llamado Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROP), haciendo más “flaquito” el IVM, al estilo de Pinochet en Chile, donde para endulzar a la gente, quien fuera su ministro, Sebastián Piñera, prometió el 80% del salario promedio como beneficio jubilatorio. Los trabajadores creyeron una vez más, y hoy solo tienen seguro, como promedio general, menos del 30% (Ver Tasa-reemplazo y USS). “Engordar” el ROP también podría ser una propuesta para aumentar los recursos de Supen, ya que el artículo 174 de la Ley Reguladora del Mercado de Valores dice que el presupuesto de Supen “será financiado en un cincuenta por ciento (50%) mediante contribuciones obligatorias de los sujetos fiscalizados”. ¡En guerra avisada mueren pocos soldados!

Recordemos que Rocío Aguilar Montoya, actual superintendente de pensiones, estuvo como ministra de hacienda, cuando no trasladaron a la CCSS los fondos ordenados por el artículo 9 de la Ley 7374. Igual sucedió con anteriores y sucesivos ministros de hacienda.

Regresando a las causas de la enfermedad del IVM, mostraremos los daños del barrenador incluyendo, no solo los ocasionados a los fondos ordenados por la Ley N° 7374, sino también a los regulados por la Ley Universalización del Seguro de Enfermedad y Maternidad N° 5349 y la Ley de Protección al Trabajador N° 7982, entre otras. Para esto recurrimos a los datos que se enviaron en una denuncia interpuesta ante la Auditoría Interna de la CCSS en el año 2023. En el oficio N° RAL-005-2023 dirigido a Olger Sánchez Carrillo, auditor interno de la CCSS, se describe el método utilizado para coger fondos del IVM y usarlos para cancelar las obligaciones que, no le cobran a los gobiernos o estos no le pagan a la Caja. (Ver Oficio).

El oficio RAL-005-2023 tiene acuse de recibo N° AI-0118-2023 de fecha 10 de marzo de 2023 firmado por Ronny Villalobos Hidalgo, jefe de Subárea de Denuncias y Apoyo Legal de la Auditoría Interna de la CCSS. En el documento consta que del IVM sacaron, solo en el año 2022, aproximadamente ¢1 billón, equivalente –solo para que tengamos una noción de la cantidad de dinero- a un 8% de los salarios; lo cual presuntamente no es un problema solo del año 2022. En todo caso, correspondería a la fiscalía general, a cargo de Carlo Diaz, ceñido en el llamado caso barrenador, examinar si sacar dinero de un lado y depositarlo contablemente en otro, configura un hecho o indicio de conducta dolosa o culpable.

En ocasión de esta investigación para SURCOS y estimar el valor actual de estos dineros que el Estado debió trasladar a la CCSS para financiar gastos del seguro de salud, se solicitó a la Gerencia de Pensiones los datos de la cuenta individual, con corte al 30 de junio de 2024, la cual contiene los salarios anuales cotizados al IVM desde 1976. Aplicando a estos salarios la tasa de traslado de esos dineros hacia otra área y agregando los correspondientes intereses, tenemos que el monto dejado de percibir por la CCSS porque el Estado no lo aportó, está entre los ¢43 billones y los ¢53 billones al momento de cerrarse esta tercera entrega a los trabajadores. Con este monto se conseguiría casi equilibrar el IVM como régimen de capitalización colectiva, conforme lo ordena la Ley de creación de la Caja N° 17. Así que no coma cuento cuando escuche a los “salvadores” de la Caja hablar de aumentar las cuotas, la edad para pensionarse, emigrar a un sistema mixto, etc. Ya conoce las causas.

Fuente: Elaboración para la revista SURCOS por parte de los autores de esta entrega sobre la base de datos suministrados por la Gerencia de Pensiones de la CCSS, oficio arriba citado, entre otras fuentes.

Entonces, los ¢4 billones de deuda estatal que muestra el oficialismo de la CCSS, así como el lloriqueo del gobierno de turno, de politiqueros de oficio, diputados, apólogos, sabiondos de smoking y hasta de algunos medios de comunicación, ahora con ropajes a favor de la Caja, es la farsa que nos toca vivir a todos los trabajadores y trabajadoras, tras la tragedia impuesta por décadas.

Tragedias que generalmente vienen precedidas por la confusión de los pueblos a los que buscan primero borrar su historia, y luego despojándolos de su dignidad y decoro para que todo sea convertido en frivolidad e individualismo. Por eso un apóstol de mayorías dijo en algún momento de su vida: «Cuando hay muchos hombres sin decoro, hay siempre otros que tienen en sí el decoro de muchos hombres. Esos son los que se rebelan con fuerza terrible contra los que les roban a los pueblos su libertad, que es robarles a los hombres su decoro».

Por lo demás, es falsa la argumentación para debilitar el IVM que creció la expectativa de vida del costarricense o los jóvenes disminuyeron la tasa de natalidad (en un país inseguro y entre los más caros de la región, entre otros) o nuestros viejitos reventaron como abejones de mayo sin avisar; por lo tanto, lo poquito que hay de nuestra institucionalidad manda a repartir conforme alcance la cobija.

Hace 40 años La Revista Médica del Hospital Nacional de Niños publicó un estudio del Dr. Luis Rosero que daba cuenta de la reducción dramática de la fecundidad y natalidad, el aumento de la esperanza de vida y de la proporción de adultos mayores, con proyecciones hasta el año 2100. Sí, como lo está leyendo, hace cuatro décadas. (Ver Cuadro 3 de Rosero). El resumen del artículo dice lo siguiente: “Se describe la transición demográfica de Costa Rica, iniciada probablemente en la segunda mitad del siglo XIX. En la primera fase de la transición, el crecimiento de la población se hizo cada vez más rápido, merced a la disminución de la mortalidad. Alrededor de 1960, Costa Rica entró en la segunda fase de la transición, cuando se inició un gran descenso de la natalidad. Una de las consecuencias de los cambios demográficos, es el envejecimiento de la población. Se muestran las perspectivas reales e hipotéticas del envejecimiento demográfico de Costa Rica, y se concluye que éste es prácticamente inevitable en el futuro.”

Como parte de la ofensiva contra los fondos de los trabajadores latinoamericanos desde la década de los ochentas, miles de chilenos siguen defendiendo sus pensiones. Foto tomada de la revista Nueva Sociedad.

Estudios similares, antes y después de 1985, advertían del fenómeno que hoy aprovechan para golpear el IVM y no hacerlo aparecer como parte de un injusto modelo, cada vez más ceñido contra los más débiles y expuestos a más vulnerabilidad como castigo por ser viejos y no ser agente activo del consumo desmesurado. Para estas cúpulas, a la hora de reducir todo a individualismo y al costo-beneficio dentro del mercado, quienes alguna vez contribuyeron con la democracia, la libertad, la igualdad etc., resultan ahora una carga. Sin pretender agotar el tema, el actual modelo llamado “globalización”, nos dejó como regalo la sarta de “neoliberales” en la región, quienes tuvieron siempre como meta aprovechar el “Estado”, no destruyéndolo porque entonces se comerían entre ellos por su avaricia y salvajismo, sino dejándole algunas competencias que garanticen a todos ellos su pleno servicio.

A partir del análisis de su idea de hombre, sociedad, mercado, Estado, política y democracia, podemos concluir que el neoliberalismo es un gigantesco discurso de defensa de la propiedad privada y del sistema capitalista, que contiene profundas raíces autoritarias. Es la forma moderna en que se intenta legitimar las desigualdades sociales. Un llamado a la pasividad y a la sumisión, paradójicamente, a nombre de la libertad. Para una más rica discusión, a fin de cohesionar y articular el movimiento popular, de mujeres, estudiantiles y sindicales, puede analizarse y discutirse el ensayo “El neoliberalismo: Principios Generales”, escrito por Oscar Vargas del Carpio Ribert, Revista Temas Sociales, número 21, La Paz, 2000 (El-neoliberalismo).

Este autor concluía entonces en una sentencia poco halagüeña para quienes creen que los gusanos barrenadores abandonarán fácilmente la Caja, que la salvación del IVM es cuestión de votar por este o aquel candidato o quitar este parche por aquí y pegarlo allá en aquel lado. Son los trabajadores quienes transforman a los trabajadores. Por eso el ensayista nos decía: “La incidencia en temáticas no-económicas (el neoliberalismo) ha tenido la intención de desvirtuar algunas perspectivas que lo consideran simplemente como un modelo económico. A partir del análisis de su idea de hombre, sociedad, mercado, Estado, política y democracia, podemos concluir que el neoliberalismo es un gigantesco discurso de defensa de la propiedad privada y del sistema capitalista, que contiene profundas raíces autoritarias. Es la forma moderna en que se intenta legitimar las desigualdades sociales. Un llamado a la pasividad y a la sumisión, paradójicamente, a nombre de la libertad”.

ANEP solicita reajuste por costo de vida a pensiones de IVM y pago retroactivo por perdida adquisitiva

Solicita que se reajuste el monto de la pensión mínima de IVM de ¢153.191,74 a ¢155.995,13 a partir de enero de 2024 y de forma retroactiva

Además, solicita que se reajusten en general los montos de las pensiones del IVM en un 3,09% de manera retroactiva a partir de julio de 2024

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), solicitó por medio de una carta dirigida  a la Gerencia de Pensiones del Régimen de Pensiones de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la Caja Costarricense del Seguros Social (CCSS), un reajuste por costo de vida a las pensiones, además de un pago retroactivo por perdida de valor adquisitivo de las mismas.

En la carta enviada el martes 5 de agosto, se solicita que se reajuste el monto de la pensión mínima de IVM de ¢153.191,74 a ¢155.995,13 a partir de enero de 2024 y que se cancelen las diferencias retroactivas a todos los pensionados que la reciben, en caso de que la CCSS no lo haya hecho.

Además, se solicita que se reajusten en general los montos de las pensiones del IVM en un 3,09% de manera retroactiva a partir de julio de 2024, para recuperar la pérdida de valor adquisitivo que sufrieron en los semestres que la CCSS ha dejado de realizar reajustes por costo de vida o que ha realizado reajustes demasiado tarde.

La solicitud de la ANEP tiene fundamento en que, hasta el año 2018 la CCSS realizaba reajustes de las pensiones por pérdida de valor adquisitivo cada seis meses; sin embargo, de manera unilateral e inconsulta, las autoridades de la CCSS dejaron de aplicar dicha práctica a partir de dicho año, a pesar de que dicha decisión violenta los artículos 1 y 2 de la Ley N° 7935 “Ley Integral para la Persona Adulta Mayor”, el principio de progresividad de los derechos humanos (https://www.corteidh.or.cr/tablas/r37023.pdf) consagrado en el artículo 26 de la “Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José)” y el principio de suficiencia recomendado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en “R202 – Recomendación sobre los pisos de protección social, 2012 (núm. 202)”(https://normlex.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=NORMLEXPUB:12100:0::NO::P12100_INSTRUMENT_ID:3065524).

Desde la ANEP, se cuestiona que, la CCSS no hizo el reajuste de 1,44% a los montos de las pensiones que correspondía aplicar el 31 de diciembre de 2018, sino que hizo un reajuste tardío de 2,01% en mayo de 2019. A partir de esa fecha, la CCSS dejó de hacer reajustes por costo de vida a los montos de las pensiones durante más de dos años. Fue hasta en junio de 2021 y diciembre de 2021 que la CCSS volvió a realizar dos reajustes por costo de vida; sin embargo, luego de su aplicación quedó una pérdida de valor adquisitivo de un 2,89% en los montos de las pensiones.

Así mismo, en la carta se indica que, “en junio de 2022, la CCSS dejó de realizar un reajuste de un 7,35% por pérdida de poder adquisitivo de los montos de las pensiones, lo que acumuló una pérdida de valor adquisitivo de un 10,45% en los montos de las pensiones. Pasaron casi dos años sin que la CCSS recuperara el valor adquisitivo de las pensiones; fue hasta finales del año 2023 que hizo un reajuste tardío e insuficiente de un 5,99%, quedando una pérdida de poder adquisitivo sin recuperar de un 2,88% así como la pérdida no reconocida de pagos retroactivos de dicho reajuste, desde junio de 2022 hasta setiembre de 2023.”

A la fecha actual, la CCSS no ha realizado ningún reajuste por costo de vida, a pesar de que a julio de 2022 la pérdida de valor adquisitivo de los montos de las pensiones es de un 3,09%, como puede verse en el Cuadro N° 1.

Otro de los argumentos del sindicato para las solicitudes a la Gerencia de Pensiones, es que, en enero de 2024, el salario mínimo de un obrero no calificado tuvo un reajuste de un 1,83% con respecto al salario mínimo del año anterior, estableciéndolo en ¢358.609,50 mensuales (https://www.mtss.go.cr/prensa/comunicados/2023/octubre/cp_039_2023.html).

De conformidad con el artículo 29 del Reglamento de IVM esto significa que, a partir de enero de 2024, la CCSS debió reajustar el monto de la pensión mínima en esa misma cantidad, es decir, un 1,83%. Esto se debe a que la Base Mínima Contributiva (BMC) es el 87 % del salario mínimo, lo cual determina una BMC de ¢311.990 a partir de enero de 2024, con lo cual, a partir de enero de 2024 el monto de la pensión mínima debió aumentarse de ¢153.191,74 a ¢155.995,13; es decir, un reajuste de ¢2.803,40 mensuales. “Esto si es que la CCSS no sale con otro domingo siete, para dejar de hacer dicho reajuste”, indica la carta.

La ANEP, también está solicitando, el suministro del monto de la base mínima contributiva de IVM y del monto de la pensión mínima de IVM vigentes en los meses de diciembre de 2023 a julio de 2024.

Cuadro N° 1. Pérdida de valor de los montos de las pensiones de IVM

Fuente: Elaboración propia usando datos de la CCSS y del IPC publicando por el BCCR.

 

Fuente: https://anep.cr/anep-solicita-reajuste-por-costo-de-vida-a-pensiones-de-ivm-y-pago-retroactivo-por-perdida-adquisitiva/

Ahora Nadie Sabe

José Luis Valverde Morales.

José Luis Valverde Morales

Hasta hace unos años (más de dos para ser justos) los  pensionados de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), sabían, en enero y julio se ajustaban las pensiones al costo de la vida.

Hoy nadie conoce con certeza cuándo San Juan bajará el dedo para ayudarles en sus tribulaciones.

Si los pensionados del IVM y futuros jubilados, compartimos esta información, comenzamos a presionar a la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social.

Somos más de 330.000 (trescientos treinta mil personas) o alzamos la voz, o aceptamos la situación con el silencio cómplice.

El abc de la deuda del Estado costarricense con la Caja Costarricense del Seguro Social

Henry Mora Jiménez

Introducción

La deuda del Estado costarricense con la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) es un tema que debe preocuparnos a todos, sin excepción. A febrero de este año la deuda ascendía a 3.7 billones de colones (según datos oficiales de la Caja, aunque el ministerio de Hacienda no avala esta cifra). De este monto, un 80% corresponde al Seguro de Salud, un 18% al IVM (más de 660 mil millones de colones) y el 2% restante a otras obligaciones establecidas por ley. El lunes 17 de junio la prensa nacional informa sobre una “carta de entendimiento” firmada entre el gerente de pensiones de la Caja y el ministro de Hacienda para conciliar la deuda del IVM. Esta no es la deuda mayor, pero sería un avance si se cristaliza en un acuerdo que finalmente se respete.

En los últimos años este monto ha crecido de manera descontrolada, aumentando en un 20.74% solo entre febrero de 2023 y febrero de 2024. Otro dato impactante: entre mayo de 2022 y noviembre de 2023 (Administración Chaves Robles) esta deuda creció un 35.5% (cerca de 1 billón de colones más).

No hay que profundizar mucho para darse cuenta de que esta deuda afecta de múltiples maneras a la sociedad costarricense, por ejemplo, en la infraestructura y el equipamiento de los centros de salud en todos los niveles (EBAIS, clínicas, hospitales), en la atención a pacientes y en las interminables listas de espera, entre otras. La solución integral no se vislumbra en el horizonte, pero sería un buen comienzo si se lograra parar en seco este crecimiento y garantizar la estabilidad y robustez financiera de la institución más querida de los costarricenses.

¿Cómo ha surgido esta deuda gigantesca?

Desde la fundación de la CCSS a inicios de los años cuarenta del siglo pasado, el Estado asumió un compromiso subsidiario y solidario con el financiamiento de la seguridad social de nuestro país, formando parte de lo que se ha denominado el esquema de contribución tripartita: empleador, trabajador y Estado.

En los años setenta, nació el aseguramiento voluntario del trabajador independiente, convertido como obligatorio en el 2005, producto de una disposición contenida en la Ley de Protección al Trabajador (LPT). En esta figura, el Estado se comprometió a complementar el aporte del trabajador independiente, dada la ausencia de un patrono. Esta lógica se extendió luego a los asegurados voluntarios, personas que no ejercen una actividad laboral como tal, pero desean inscribirse en los seguros sociales administrados por la CCSS.

Si bien es cierto que parte de la deuda del Estado se explica por el incumplimiento en el pago total de estas obligaciones por concepto de contribuciones sociales, han sido las coberturas de poblaciones altamente vulnerables y sin capacidad contributiva, cuyo financiamiento recae en el Estado, los rubros que acumulan los montos adeudados más significativos. En este sentido, destacan las obligaciones asociadas a la protección de las personas y familias en condición de pobreza básica o pobreza extrema, a través del programa Asegurados por Cuenta del Estado; los menores de edad cubiertos por el Código de Niñez y Adolescencia; y múltiples grupos incluidos en diversas leyes especiales, cuya situación de riesgo social, imponen un aseguramiento con cargo al Estado.

Así mismo, con el traslado a la CCSS -a mediados de la década de los años noventa- de los programas y servicios que otorgaba el Ministerio de Salud, nació una nueva obligación, constituida por el financiamiento del Primer Nivel de Atención por parte del Estado, situación ratificada en 2019 en una sentencia judicial en firme que se encuentra en fase de ejecución, y podría implicar un monto adicional de la deuda actual por casi 6 billones de colones.

De forma adicional, la deuda del Estado con la CCSS incluye otros rubros menores, tales como, montos no pagados por concepto de la Ley de Paternidad Responsable, Ley de Control del Tabaco, Fecundación In Vitro (FIV) y un contrato con la OPS para la aprobación de los Indicadores de Desembolso del Préstamo con el Banco Mundial, suscrito en abril de 2016.

En todos estos casos, la continuada “morosidad” del Estado afecta los distintos servicios que la Caja debe suministrar a la población y cuya responsabilidad está plasmada en el párrafo tercero del Artículo 177 de la Constitución Política.

Fuente: CCSS, Gerencia Financiera

¿Cómo afecta esta deuda a los asegurados y al personal médico y administrativo?

La afectación a los pacientes es evidente:

Respuesta insuficiente en el Primer Nivel de Atención: Existe una brecha de más de 350 EBAIS en todo el territorio nacional, que no se ha podido cerrar por el incumplimiento del Estado de sus obligaciones, limitando la oferta de citas médicas en estos centros, y generando largas filas en los servicios de emergencia de las clínicas y hospitales de la CCSS.

Listas de espera prolongadas e interminables: La deuda redunda en largas demoras para recibir atención médica oportuna. Los pacientes esperan más tiempo para consultas, cirugías o tratamientos, lo que afecta su salud y calidad de vida y, en ocasiones, su vida misma.

Acceso limitado a servicios: La falta de recursos limita la disponibilidad de ciertos servicios médicos, como pruebas diagnósticas o medicamentos, especialmente si estos últimos son de alto costo.

Calidad de atención comprometida: La infraestructura deficiente y la falta de insumos afectan la calidad de la atención brindada.

Aumento de los gastos privados en salud. Cuando la Caja no da soluciones a tiempo, a los asegurados no les queda más remedio que cubrir con sus propios recursos el pago por medicamentos, tratamientos y cirugías.

Pero también afecta al personal médico y administrativo:

Sobrecarga laboral: El personal médico enfrenta una mayor carga de trabajo debido a la alta demanda y la escasez de recursos. Esto impacta en su salud física y emocional y repercute en el trato a los asegurados.

Salarios y condiciones laborales: La deuda dificulta el pago de salarios y beneficios “competitivos” al personal especializado y los hace migrar al sector privado.

Recursos limitados: La falta de inversión en infraestructura y equipos afecta la capacidad del personal para brindar una atención óptima.

¿Es esta deuda factible de pagar en el corto plazo por parte del Estado costarricense?

La factibilidad de pagar esta deuda es un tema complejo y multifacético. Algunos factores por considerar son:

La capacidad económica: El Estado debe evaluar su capacidad para generar ingresos y asignar recursos sin estrujar demasiado al sector privado.

Las prioridades presupuestarias: La deuda compite con otras necesidades, como educación, seguridad, infraestructura y servicios sociales. El Estado debe equilibrar estas prioridades al asignar sus recursos.

La voluntad de pago. El actual gobierno, embarcado en una cruzada fiscalista, ha mostrado particular reticencia a reconocer la deuda y a hacer las amortizaciones correspondientes.

En definitiva, la posibilidad de pagar la deuda estatal con la Caja es inviable en el corto plazo, ya que representa cerca de un 7% del Producto Interno Bruto, una cifra cercana a la totalidad de los impuestos que el Estado recauda en un año. Pero por esta misma razón no se debe seguir postergando una salida negociada de mediano y largo plazos.

¿Qué estrategias se han considerado para abordar la deuda del Estado con la CCSS?

En los últimos años se han considerado diversas estrategias para abordar la deuda con la Caja, las más importantes han sido:

  1. Que el Estado realice aportes excepcionales periódicos a la deuda, que han sido muy limitados.
  2. Negociaciones bilaterales Caja – Ministerio de Hacienda para establecer un plan de pagos a mediano y largo plazo, pero sin resultados tangibles hasta ahora.
  • También se ha propuesto que un porcentaje de los préstamos para inversión que contrae el Gobierno (deuda externa) se dedique a amortizar parte de la deuda con la CCSS, pero esta opción ha contado con la férrea oposición del actual ministro de Hacienda.

¿Qué opciones de pago graduales por parte del Estado pueden considerarse?

El Estado costarricense puede y debe considerar varias opciones de pago gradual pero constante para abordar la deuda con la Caja, entre otras:

Convenios de pago: Establecer acuerdos formales con la CCSS para pagar la deuda en cuotas preestablecidas a lo largo del tiempo. Esto permite una distribución más manejable de los pagos.

Reestructuración de la deuda: Negociar plazos más largos o tasas de interés de morosidad más bajas para facilitar el pago gradual.

Asignación presupuestaria específica: Destinar una parte del presupuesto estatal anual directamente al pago de la deuda con la CCSS.

Fondos específicos: Crear un fondo específico para la deuda con aportes regulares del Estado.

Cualquiera que sea la opción o el abanico de opciones, la primera medida debería ser detener de manera inmediata el crecimiento de la deuda (más allá de los intereses acumulados), de manera que el Estado empiece a cumplir con sus obligaciones legales y constitucionales con la Caja.

Como vemos, el problema pasa por una necesaria e ineludible negociación y un dialogo transparente que, increíblemente, no se ha podido llevar a cabo. En estas condiciones la presión de la ciudadanía se vuelve insustituible.

P.D. Agradezco los valiosos comentarios a un primer borrador de este artículo por parte de un funcionario anónimo de la CCSS.

FMI levanta serias dudas sobre la “Pensión Básica Universal” propuesta por la SUPEN

El texto que sigue es una traducción del resumen ejecutivo del último informe de asistencia técnica que el FMI realizó sobre la propuesta de la Superintendencia de Pensiones (SUPEN) de crear en Costa Rica una “Pensión Básica Universal”. El título original del informe es: “Costa Rica: Technical Assistance Report-Universal Basic Pension: Objectives and Constraints” y se puede obtener en la siguiente dirección: Costa Rica: Technical Assistance Report-Universal Basic Pension: Objectives and Constraints (imf.org).

SURCOS no pretende suscribir la posición del FMI, pero considera de gran importancia dar a conocer este informe, ya que levanta importantes críticas a la propuesta de la SUPEN, aunque esta entidad las haya minimizado. La traducción fue realizada por el Dr. Henry Mora Jiménez.

“Costa Rica: Informe de Asistencia Técnica: objetivos y limitaciones de la Pensión Básica Universal”.

17 de mayo, 2024.

Resumen

A solicitud del Ministerio de Hacienda, una misión del Fondo Monetario Internacional visitó San José. El objetivo de la misión fue evaluar la propuesta de una pensión básica universal y estimar su impacto fiscal y de bienestar en el presupuesto, en los planes de pensiones y en los ingresos de las personas adultas mayores en situación de pobreza. Costa Rica está entrando en una transición demográfica que hará que las tasas de dependencia de las personas mayores empeoren significativamente en los próximos 20 años.

La sostenibilidad financiera a largo plazo del régimen general de pensiones de la seguridad social (IVM) es motivo de preocupación, a pesar de las diversas reformas introducidas en las últimas tres décadas se espera que las reservas del régimen se agoten a mediados de la década de 2030. La propuesta del Gobierno [SUPEN] pretende abordar la sostenibilidad financiera, la adecuación de la cobertura y de los niveles de prestaciones, así como la equidad distributiva mediante la introducción de una pensión básica universal.

El equipo del FMI considera que es poco probable que la propuesta cumpla plenamente con los objetivos declarados. La propuesta empeorará la sostenibilidad financiera del régimen de pensiones de la seguridad social y creará necesidades de financiación adicionales. Esto se traducirá en un agotamiento acelerado de las reservas de IVM y, una vez que se agoten las reservas, requerirá ajustes significativos en los parámetros de IVM o mayores transferencias gubernamentales. La seguridad de los ingresos en la vejez puede abordarse de manera más eficaz, con efectos secundarios fiscales menos pronunciados, mejorando la cobertura y el cumplimiento de la gestión del riesgo de jubilación y ampliando el alcance del plan de pensiones sociales.

Los principales instrumentos para alcanzar estos objetivos son: a) la modificación de las normas que socavan el cumplimiento del registro y la declaración de salarios en los regímenes contributivos, b) la mejora de la coordinación entre los organismos de recaudación de impuestos y de las cotizaciones, c) la modificación de las normas que rigen el derecho a las pensiones sociales no contributivas y d) la garantía de que la pensión social no contributiva [RNC] esté adecuadamente financiada.

Resumen Ejecutivo

Costa Rica está entrando en una transición demográfica que verá empeorar significativamente las tasas de dependencia de la vejez en los próximos 20 años. El gasto en pensiones públicas y otros gastos gubernamentales determinados por la demografía, incluida la atención médica, ejercerán una creciente presión sobre las finanzas públicas. La población en edad de trabajar, que disminuye tanto en proporción de la población total como en términos de su número, solo podrá mantener el crecimiento económico si la productividad laboral compensa los cambios demográficos.

Los Indicadores básicos del mercado laboral y del sistema de pensiones son favorables en la comparación regional. La tasa de participación de la fuerza laboral y la formalidad del empleo son relativamente altas, con un 60 y 72 por ciento, respectivamente. Los esquemas de pensiones públicas operan con reservas y tanto la estructura del sistema de pensiones como sus parámetros operativos están en gran medida en línea con las mejores prácticas.

Aunque la elegibilidad para la pensión está lejos de ser universal, la pobreza en los ancianos es baja. Entre los ancianos, el 27 por ciento cae por debajo de la línea de pobreza, y el 47 por ciento de ellos no recibe ninguna forma de pensión (ya sea social o contributiva), mientras que este porcentaje aumenta al 71 por ciento entre los ancianos no pobres. La brecha de cobertura de la pensión y la pobreza en la vejez son problemas diferentes que requieren soluciones distintas.

La sostenibilidad financiera a largo plazo del esquema general de seguridad social de pensiones (IVM) es motivo de preocupación. Como resultado de diversas reformas en las últimas tres décadas, la sostenibilidad financiera del IVM ha mejorado de manera tangible. Sin embargo, a pesar de estos esfuerzos, las reservas del esquema se agotarán a mediados de la década de 2030. Más allá de este punto, el esquema se financiará completamente mediante el sistema de reparto, lo que requerirá subsidios presupuestarios continuos o cambios paramétricos.

La propuesta [de la SUPEN] tiene la intención de abordar los problemas anteriores (sostenibilidad financiera, cobertura adecuada, equidad distributiva) a través de la introducción de una pensión básica universal (Pensión Básica Universal – PBU). La PBU sería un beneficio plano totalmente financiado (pre-financiado) condicionado por la edad y la residencia. La introducción muy gradual de la propuesta está impulsada por la intención del gobierno [la SUPEN] de hacer que la PBU esté completamente financiada y acumular suficientes reservas antes de la implementación completa del programa.

La propuesta de una PBU, en su forma actual, es poco probable que cumpla completamente con sus objetivos declarados. La propuesta empeorará la sostenibilidad financiera del esquema de pensiones de la seguridad social (Invalidez, Vejez y Muerte – IVM) y creará necesidades adicionales de financiamiento. Esto se traducirá en un agotamiento acelerado de las reservas del IVM y, después de que las reservas se agoten, requerirá ajustes significativos a los parámetros del IVM o transferencias gubernamentales más altas. Esto último implicará recortes en el gasto público en áreas distintas de las pensiones, impuestos más altos o deuda pública adicional. Además, la propuesta solo abordará la pobreza en la vejez y, debido a la universalidad de la PBU, lo hará a costa de transferencias a los deciles de ingresos superiores que serán aún más altas que hoy en día.

La seguridad del ingreso en la vejez podría abordarse de manera más efectiva, con efectos fiscales menos pronunciados, mediante la mejora de la cobertura y el cumplimiento en el IVM y la ampliación del alcance del esquema de la pensión de la seguridad social. La brecha de cobertura de la pensión está, en gran medida, impulsada por las reglas de elegibilidad, la financiación insuficiente de la pensión social [RNC] y las prácticas ineficaces de administración de ingresos. Las opciones para cerrar la brecha de cobertura incluyen mejorar la administración de ingresos aprovechando la excelente tecnología de la información y la infraestructura de la administración pública, revisar las reglas de elegibilidad para la pensión social y ajustar adecuadamente las asignaciones presupuestarias de los programas de transferencia social a los objetivos de política social, de modo que los solicitantes elegibles (incluidas las personas mayores sin pensión contributiva) no terminen en listas de espera.

Recomendaciones

Resumen de las principales recomendaciones de la misión

La misión recomienda abordar la cobertura y la pobreza en la vejez. Los principales instrumentos para lograr estos objetivos son: (a) modificar las reglas que socavan el cumplimiento de las normativas de registro y el reporte de salarios en los esquemas contributivos, (b) mejorar la coordinación y los esfuerzos de aplicación entre la autoridad tributaria y la Caja, (c) modificar las regulaciones que rigen la elegibilidad para las pensiones sociales no contributivas y (d) garantizar que la pensión social no contributiva esté adecuadamente financiada. Para cerrar la brecha de cobertura, en lugar de una pensión básica universal, considerar medidas destinadas a ampliar la cobertura en los esquemas existentes: IVM, el esquema de pensión social (Régimen de Pensiones No Contributivas – RNC) y los esquemas de segundo pilar:

  1. Ampliar la cobertura del RNC:

Modificar las reglas del RNC para que más de un anciano pueda ser elegible para una pensión social no contributiva por hogar.

Comprometerse a aumentar las asignaciones de recursos al RNC para eliminar la lista de espera entre las personas cuya elegibilidad ya ha sido establecida.

  1. Aumentar la cobertura en los esquemas contributivos:

Mejorar el intercambio de información entre el departamento de impuestos [Tributación] y la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS). Considerar la recopilación de declaraciones de impuestos sobre salarios e ingresos de todos los empleados y trabajadores independientes, independientemente de los niveles de ingresos, e introducir una conciliación regular de los registros fiscales y de contribuciones.

Hacer obligatoria la participación en el segundo pilar para los trabajadores independientes o, como mínimo, considerar la inscripción automática.

Reducir aún más el pago retroactivo de las personas trabajadoras independientes que se registran en la CCSS después de inscribirse en el departamento de impuestos [Tributación].

  1. Mejorar la equidad del sistema de pensiones:

Revisar el historial de contribuciones mínimas en el IVM, pero mantenerlo como condición para ser elegible para una pensión mínima contributiva. El sistema actual va en contra del cumplimiento entre los trabajadores con perspectivas de empleo precarias e introduce una redistribución perversa tanto dentro del sistema de pensiones como entre los contribuyentes dentro y fuera del sistema.

Considerar la eliminación gradual de las contribuciones estatales a los esquemas del primer pilar y reemplazarlas con un subsidio igual al costo anual real del complemento de la pensión contributiva mínima. Confiar más en las contribuciones del empleador y del empleado para reducir la redistribución de ingresos desde las personas que no se benefician del sistema de pensiones a aquellas que sí lo hacen.

  1. En caso de que el gobierno desee seguir adelante con la propuesta de PBU, considerar lo siguiente:

Aumentar la edad de elegibilidad en relación con la edad normal de jubilación para las personas sin beneficios contributivos, a cambio de introducir el nuevo esquema más rápido o a un costo menor. Para diferenciar suficientemente entre las personas con pensiones contributivas basadas en bajos ingresos y las personas con historiales de contribución cortos o nulos, hacer que la edad de elegibilidad para PBU sea, por ejemplo, 5 años mayor que la edad de jubilación aplicable en el IVM.

Operar la PBU como un esquema financiado mediante impuestos sin pre-financiamiento. El pre-financiamiento de las futuras obligaciones de la PBU retrasa su aplicabilidad universal, mientras es poco probable que las reservas creen recursos adicionales en comparación con la financiación mediante impuestos para las obligaciones futuras.

  1. Aclarar el estado de los significativos atrasos en las contribuciones adeudadas a la CCSS. El compromiso del gobierno de financiar la PBU (o ampliar la cobertura del RNC) es cuestionable a la luz de sus atrasos de larga data con el IVM. Los atrasos también empeoran la posición financiera del IVM y aceleran el agotamiento de sus reservas.
  2. Considerar la reasignación de los poderes de formulación de políticas y regulación de la CCSS al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. La actual división de los poderes regulatorios limita la capacidad del gobierno para perseguir sus objetivos de política y puede crear posibles problemas legales-constitucionales.

ANEP: Avance del proceso de litigio internacional sobre el régimen de pensiones IVM-CCSS

Por Mauricio Bonilla Blanco

En un mensaje, Albino Vargas, ha revelado información crucial para todos aquellos trabajadores que, tras cumplir con todos los requisitos, se encontraron con cambios sorpresivos en las reglas del juego por parte de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), viéndose privados de su derecho a la pensión.

La indignación radica en la modificación inesperada del proceso de pensiones del régimen IVM-CCSS, afectando a numerosos trabajadores. Albino Vargas, destaca que la CCSS cambió las reglas del juego de manera abrupta, arrebatando el derecho a la pensión a personas que pensaban que cumplían con todos los requisitos.

La ANEP ha decidido abrir un litigio internacional en respuesta a lo que considera una violación  de los derechos humanos de estas personas afectadas por la decisión de la CCSS. Es importante destacar que estos dos grupos mencionados en el video, conformados por 613 y 123 personas respectivamente, aceptaron ser parte activa del litigio, representando a muchos más que se vieron afectados por esta situación.

El líder sindical expresa la preocupación y la indignación de aquellos que, habiendo seguido todos los procedimientos establecidos, se vieron privados de un derecho fundamental de manera arbitraria. La ANEP, en su papel de defensora de los intereses de sus afiliados, busca justicia y reparación a través de instancias internacionales.

El litigio actualmente se encuentra en la comisión de derechos humanos de las Naciones Unidas, con sede en Ginebra, Suiza. 

En el video adjunto se puede visualizar lo acontecido.

Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social dirige petitoria sobre ajuste de pensiones a la junta directiva de la CCSS

Por Sofía Jiménez Murillo

En la petitoria del día 29 de diciembre de 2023 se señala, en relación con la Junta Directiva de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), los siguientes puntos como antecedentes:

Primero. Esa Junta Directiva aprobó, en la sesión extraordinaria del viernes 27 de octubre de 2023, una revalorización de las pensiones del régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) para el periodo comprendido entre enero de 2022 y setiembre de 2023.

Segundo. Lo anterior muestra que esa Junta Directiva dejó de realizar tres revaluaciones semestrales a los montos de las pensiones.

Tercero. Por lo tanto, esa Junta Directiva dejó pasar 15 meses -desde el 31/12/2021 hasta el 30/09/2023- sin revaluar los montos de las pensiones, afectando no solo a los beneficiarios de IVM, sino extendiendo el plazo de exposición a eventos no solo inflacionarios, sino también deflacionarios.

Cuarto. En la página 6 del “Estudio REVALUACIÓN DE LOS MONTOS DE LAS PENSIONES EN CURSO DE PAGO DEL SEGURO DE INVALIDEZ, VEJEZ Y MUERTE EST-0085-2023, octubre 2023”, elaborado por la Dirección Actuarial y Económica de la CCSS, que sirvió de base técnica para el acuerdo de reajuste tomado por esa Junta Directiva, se indica lo siguiente: “La pérdida de valor en el tiempo de los montos de las pensiones en curso de pago se produce como consecuencia del aumento en el costo de bienes y servicios de la canasta básica o costo de vida”.

Quinto. No obstante, lo anterior, lo cierto es que, la metodología acogida y empleada por esa Junta Directiva para acordar el reajuste de marras, descrita en el Anexo 2 del informe antes citado, combinada con los períodos deflacionarios que se muestran en el Gráfico N° 1, concedió a un grupo de 34.099 pensionados beneficiarios, un beneficio adicional al de la pérdida de valor debido a la inflación de los precios.

Sexto. Esa Junta Directiva confunde dos conceptos que tienen un fundamento jurídico diferente y por eso están regulados en dos artículos distintos del Reglamento de IVM, el 28 y el 29, el primero sobre los reajustes por inflación y el segundo por el principio de suficiencia de la pensión mínima. Lo que está haciendo esa Junta Directiva sería como decir que cuando a un empleado se le pagan anualidades por experiencia, no se le hacen los reajustes por inflación, lo cual no tiene fundamento legal y a todas luces viola el artículo 11 de la Constitución.

En relación con lo anterior, la petitoria presentada señala los siguientes puntos:

Primero. El suministro del criterio jurídico legal que tuvo esa Junta Directiva para aprobar dicho reajuste en la forma que lo hizo, dejando por fuera a quienes estaban recibiendo el monto de la pensión mínima y beneficiando menos a quienes se pensionaron antes de enero/2022 en comparación con quienes se pensionaron después del diciembre/2021. Si no existiera dicho criterio jurídico solicitamos que así se haga constar.

Segundo. Que esa Junta Directiva corrija los defectos jurídicos que contiene el acuerdo de revaluación.

Tercero. Que esa Junta Directiva integre una comisión con participación ciudadana para la redacción de un proyecto de ley con una propuesta para incluir en la Ley Constitutiva de la Caja el mecanismo de revaluación de los montos de las pensiones de IVM.

Firman el M.Sc. Rodrigo Arias López, el Lic. Carlos Eduardo González Arroyo, el Lic. Jorge Manuel García Araya y el MBA. Juan Carlos Aguilar Zamora.

Le invitamos a consultar y leer el documento completo, con los cuadros referentes a los puntos de principal importancia, en este enlace. O bien:

Comentarios a tener en cuenta sobre el reajuste de las pensiones de la CCSS

Rodrigo Arias López

Este mes -diciembre de 2023- la CCSS pagó o pagará un reajuste de 5,99% a todos los pensionados de IVM que reciben un monto de pensión superior al monto de la pensión mínima de ¢153.192 y se pensionaron antes del 1 de enero de 2022. Quienes se pensionaron a partir de esa fecha con pensión superior a la mínima, tendrán un reajuste proporcional a la antigüedad de la pensión. 

Ver el primer cuadro, en el cual el “Índice de precios” es el dato que publica el Banco Central.

Luego, cada línea destacada a color de dicho cuadro la explico a continuación según su etiqueta:

(A): El 2,52% es la inflación acumulada desde el 30/06/2021 hasta el 31/12/2021. La CCSS acordó hacer un reajuste igual a ese 2,52% a partir del 1/1/2022; aunque lo pagó tardíamente hasta en junio de 2022 (pagó seis meses retroactivos de reajuste). Con ese reajuste, al 31/12/2021 los montos de las pensiones quedaron actualizados con la inflación de los precios ocurrida en el segundo semestre de 2021. 

(B): El 7,35% es la inflación ocurrida desde el 1/1/2022 al 30/6/2022 (Primer semestre de 2022). En este caso la CCSS no hizo ese reajuste a los montos de las pensiones; es decir, de julio de 2022 a diciembre de 2022 la CCSS dejó de pagar un reajuste de 7,35% (seis meses).

(C): El 7,88% es la inflación ocurrida desde el 1/1/2022 hasta el 31/12/2022 (todo el año 2022). La CCSS -sus jerarcas- pudo acordar ese reajuste a partir de enero de 2023; pero tampoco lo hizo; con lo cual dejó de pagar un reajuste de 7,88% desde enero de 2023 hasta junio de 2023 (Otros seis meses, acumulando 12 meses sin pagar reajuste).

(D): El 6,24% es la inflación ocurrida desde el 1/1/2022 hasta el 30/6/2023 (1 año y medio). En este caso la Junta Directiva de la CCSS pudo acordar reajustar los montos de las pensiones en un 6,24% a partir del 1/7/2023; pero tampoco lo hizo, con lo cual dejó de reconocer tres meses su pago (de julio de 2023 a setiembre de 2023, acumulando 15 meses sin pagar el reajuste).

(E): El 5,99% es la inflación ocurrida desde el 1/1/2022 hasta el 30/9/2023 (un año y 9 meses). En este caso la CCSS acordó pagar ese reajuste completo a partir del 1/10/2023 y pagarlo en diciembre de 2023 (tres meses retroactivos de pago); eso sí, solo a unas 200 mil pensiones superiores al monto de la pensión mínima..

En conclusión, a partir de octubre de 2023 los montos de las pensiones recuperaron la pérdida de valor que tuvieron desde el 1/1/2022 hasta el 30/9/2023; pero los pensionados y pensionadas dejaron de recibir el reajuste durante 15 meses.

Les dejo en el segundo cuadro un estado de las pensiones en curso de pago de IVM de octubre de 2023, antes y después de aplicar dicho reajuste.

La práctica de dejar de hacer semestralmente el reajuste a los montos de las pensiones de IVM, como se hizo durante 30 años, nació en 2019 con el difunto PAC y está siendo continuada por el gobierno actual.

Es pertinente aclarar que de acuerdo con el artículo 32 y siguientes de la Ley Constitutiva de la CCSS, el IVM es un régimen de capitalización colectiva, el cual, por definición, acumula cuando el trabajador está activo y des acumula cuando el trabajador se pensiona; sin embargo, la CCSS y los gobiernos de turno violan esta ley y el artículo 73 de la Constitución, desviando sus fondos y reservas para otros fines no autorizados, con lo cual desde hace varios años el IVM no tiene suficientes reservas para pagar las pensiones en curso de pago, sino que tiene que usar los aportes de quienes están activos. En la actualidad al IVM le desvían ₡1 billón anualmente. Sus administradores mienten mucho, reciben jugosos salarios y están en contubernio permanente con los gobiernos de turno, la CGR y hasta con el Ministerio Público, cuyos jerarcas también viven de los impuestos que pagamos los consumidores.

El actuario Rodrigo Arias López envía mensaje a Pilar Cisneros

El actuario Rodrigo Arias López envió un mensaje en contra del proyecto de ley N° 23733 “Mismo patrón, igual contribución” propuesto por la diputada Pilar Cisneros. El mensaje se centra en que hay que corregir el proyecto ya que cuenta con problemas alrededor del tema de las pensiones. Rodrigo Arias López menciona en su mensaje lo siguiente: “Por otro lado, el proyecto de doña Pilar omite agregar a la Ley No 17 el derecho de que los montos de las pensiones de IVM se ajusten de manera automática con la tasa de inflación semestral de los precios; pero en su proyecto Cisneros sí lo introduce en la Ley Orgánica del Poder Judicial, con lo cual fomenta la existencia de pensiones de lujo para algunos de cuello blanco que reciben hasta el triple o más de pensión y de hambre para los pensionados y pensionadas de IVM.”

Para observar el mensaje completo, ingresar al siguiente enlace

Acerca del “aumento” de las pensiones de IVM

Rodrigo Arias López

Pensionados y pensionadas de IVM, para que no se confundan o no los confundan con el 6,62% que se mencionó este 19 de octubre en La Extra (https://www.diarioextra.com/…/aumento-a-pensionados-se…). Ese aumento de las pensiones del 6,62% que la CCSS pagó en junio de 2023 fue solo para la pensión mínima y no fue por costo de vida; recuerden que a los pensionados con pensiones más bajas (inferiores a 153 mil colones en enero de 2023) los estaban estafando desde setiembre de 2022, porque el artículo 29 del Reglamento de IVM ordena que la pensión mínima no puede ser menos que la mitad de la Base Mínima Contributiva; pero algunos sinvergüenzas de la CCSS estaban violando esa normativa, les estaban robando (les comparto otra vez el oficio, vean lo destacado en amarillo, el reajuste de 6,62% fue el resultado de aumentar la pensión mínima de 143.680 colones a 153.192 colones). Entonces lo cierto es que por costo de vida la CCSS no ha hecho ningún reajuste a las pensiones por la inflación del segundo semestre de 2019, segundo semestre de 2020 y todo el año 2022, lo que significa que no ha reajustado aproximadamente un 10% las pensiones por la inflación de esos períodos. Eso es un robo de 140 mil millones de colones por año.