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Etiqueta: MINAE

SETENA aprueba proyecto de combustión química o incineración en Guanacaste

Ecologistas interpondrán acciones legales

BLOQUE VERDE 13/01/2021

A finales del año pasado aprobó la viabilidad ambiental del proyecto de incineración bajo la modalidad de gasificación según consta en la Resolución N°2146-2020-SETENA.

Ante el avance del proyecto de COOPEGUANACASTE los ecologistas buscarán interponer acciones legales para evidenciar todos los posibles riesgos e impactos que el proyecto conlleva.

El proyecto que tiene un costo de más de 38 millones de dólares, inició el trámite en 2014. Es seis años después, y en los últimos días hábiles del 2020, que se aprueba sin la mayor participación social o publicidad al respecto. Es así como COOPEGUANACASTE pretende desarrollar en distrito de Belén del cantón de Carrillo una incineradora y pretende supuestamente generar energía con los desechos de la mayoría de los cantones de Guanacaste, cuando en realidad la energía empleada en la gasificación es mucho mayor a la generada.

La planta cuenta con capacidad teórica para generar entre 8 MW y 10 MW de electricidad procesando entre 150 y 180 toneladas de residuos sólidos municipales al día.

La gasificación es un procedimiento de alto consumo energético que intentan reducir el volumen de residuos convirtiéndolos en gas a través de la combustión conocida. La gasificación de residuos está clasificada como una forma de incineración por la Unión Europea y la Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos.

Según el informe Análisis del riesgo de las tecnologías de gasificación y pirólisis de residuos de la de la Alianza Global para Alternativas a la Incineración GAIA “existen muchos ejemplos de plantas que se vieron forzadas a cerrar debido a fallas técnicas y fracaso financiero (…) Se han invertido más de 2 mil millones de dólares solo en los proyectos que figuran en este informe, todos los cuales fueron cerrados o cancelados antes de comenzar las operaciones.”

El documento además señala “que tales instalaciones emiten dióxido de carbono a partir de materiales derivados de fuentes de combustible fósil como los residuos de plástico y carbón”, contrario al propósito de descarbonizar o reducir el calentamiento global.

El informe de GAIA concluye que “los beneficios potenciales de la gasificación de residuos son menores y más inciertos, y los riesgos son mucho mayores de lo que sus proponentes afirman”.

Según la fundamentación en que se basa SETENA para otorgar la viabilidad es que “debido a la problemática del ICE de satisfacer su demanda energética aumentando su producción de energía utilizando tecnologías más económicas”. Sin embargo, la situación energética hoy según el ICE es bastante distinta pues la generación es 100 % renovable e inclusive rechaza seguir comprando energía a los generadores privados por el estancamiento de la demanda, en síntesis, sobra energía y no es necesario más proyectos a corto plazo.

De hecho, en relación con otro proyecto de incineración promovido por FEMETROM la presidencia del ICE aseguró que tiene cubierta la demanda de Costa Rica en materia de electricidad y que no es del interés del ICE este tipo de actividad ya que buscan una matriz de energía renovable. En la carta del ICE se indica que “El Plan de Expansión de la Generación Eléctrica (2018-2034) concluye que la ruta recomendada muestra que el país tiene garantizada la atención de la demanda eléctrica para los próximos ocho años, a partir de una matriz de generación renovable, confiable y diversa, consolidando un modelo eléctrico nacional basado en fuentes renovables” (oficio 0060-300-2020 de fecha 17-07-2020).

Impacto socioambiental

“La incineración y la gasificación de la basura producen cenizas y escorias tan tóxicos y contaminantes como los desechos radiactivos y hay que confinarlos en depósitos con las mismas condiciones de seguridad tal como lo están haciendo en Alemania” afirmó Ronald Arrieta, especialista en tecnologías de tratamiento de desechos sólidos de la Universidad de Costa Rica en una entrevista sobre el tema (ver entrevista completa).

Arrieta dijo que “es necesario que a la gente le quede claro que, con la incineración, la basura no desaparece. La basura al igual que cualquier otra materia no desaparece se transforma. En este caso se transforma en dióxido de carbono que va a empeorar el efecto invernadero. También se transforma en cenizas que están cargadas de metales pesados como el plomo, el cadmio, el mercurio que causan graves daños a la salud humana y el ambiente. No es cierto, que esas cenizas se puedan usar como abono, estas cenizas son tóxicas y cancerígenas”.

Agregó Arrieta “Además, se producen gases tóxicos de los cuales no existen registros científicos sobre la cantidad de estas sustancias presentes en el ambiente, que mantienen niveles de inocuidad. Lo peor es que estas sustancias se acumulan en los seres vivos porque nuestros organismos no las pueden digerir y se sabe que son extremadamente cancerígenas”, acotó.

“Hay una dioxina, por ejemplo, que está catalogada como la sustancia más cancerígena que se conoce en el mundo, y esta es solo una de varias toxinas que se liberan al ambiente con la incineración y la gasificación” advirtió el científico de la UCR,

Otra de las preocupaciones de los ecologistas es que el país no cuenta ni con la estructura jurídica, de laboratorios ni el personal especializado para poner en práctica la fiscalización de esta actividad y para ejercer los fuertes controles que se requieren para garantizar que se cumpla el reglamento que permite esta actividad (Decreto No. 39136-S-MINAE, 15-6- 2015).

 

Imagen tomada de Informatico.com

Enviado a SURCOS por Henry Picado.

Peores escenarios se avecinan para el agua

Osvaldo Durán-Castro/Sociólogo-ITCR

Hoy, 15 de diciembre 2020, el proyecto “Ley para la gestión integrada del recurso hídrico”, Expediente 20.212, podría ser archivado. Se discute en un momento crucial de ataque a la humanidad y a los ecosistemas por parte del sistema corporativo mundial, ya que están consumando sus aspiraciones de mercantilizar el agua en la Bolsa de New York/Wall Street. Llegamos al momento aciago que el poeta Silvio Rodríguez cantara hace años: “Me pregunto qué negocio es este, en el que hasta el deseo es un consumo, qué me haré cuando facturen el sol”. En ese pantanoso escenario, es más que indispensable y de primerísimo orden que Costa Rica asegure las más estrictas medidas de protección del agua y evite su explotación comercial sobrepasando los ya perniciosos márgenes que tenemos hoy día.

Son muchísimos los aspectos por analizar pero ahora hago un resumen sobre lo público-privado y ausencia de participación. El texto como tal no reza que se vaya a privatizar el agua, pero sí contempla mecanismos que consolidan prácticas de explotación privada y crea otras que la propician. Las experiencias de control y manejo del agua con participación y privilegio del sector privado nunca han generado resultados positivos para lo pueblos. En 2003 analizamos los caminos diversos del agua privada y aunque no nos ocuparemos de este gran tema ahora, si debemos reiterar que lo público y lo privado no se dibujan en blanco y negro, ni como opuestos dado que la privatización es un ejercicio normado desde los Estados neoliberales como parte de las estrategias corporativas para trasladar servicios públicos al sector privado (ver Agua: Lucha mundial entre capital privado y justicia https://doi.org/10.15359/rca.25-1.5 y otros textos del autor relacionados). Privatizar no consiste únicamente en entregar la operación de sistemas de distribución de agua a empresas privadas de manera directa, como ocurrió en Bolivia, Argentina, Chile, México, Canadá, etc. Las alianzas público-privadas y las concesiones, que ocupan un lugar del privilegio en esta propuesta de ley, son una de las vías principales usadas en todo el mundo para estimular la competencia entre lo público y lo privado, en detrimento de lo social, colectivo y solidario.

El proyecto 20.212 no se acerca a la aspiración de regular en favor de lo público, justo y solidario. La sola y contundente propuesta de convertir a las ASADAs en concesionarias y colocarlas como competidoras por el agua, es suficiente para advertir el sesgo anti-público del proyecto. La propuesta crea todo un abanico de riesgos mediante múltiples propuestas como las concesiones (ver Capítulo III. Concesiones), las “sociedades de usuarios” (artículos 102-104), el “Uso colectivo de las aguas en condominio” (artículo 105), la posible consolidación del negocio privado de exportación de agua (artículo 57) y la reconcentración de poder en la DINA para la toma de desiciones técnicas y políticas sobre el agua (múltiples artículos).

El Programa de las Naciones Unidas para el desarrollo, en su “Informe de desarrollo humano 2006. Más allá de la escazes: Poder, pobreza y la crisis mundial del agua”, fue contundente al advertir sobre los riesgos de crear espacios de control del agua por parte del sector privado: “La característica distintiva del agua reside en su rol fundamental en los medios de sustento de los individuos y el medio ambiente de un país. Esta propiedad excepcional señala la necesidad de implementar sistemas de normas e instituciones altamente desarrollados que permitan garantizar que los objetivos de política pública fundamentales como la justicia social y la sostenibilidad ecológica no estén subordinados a la búsqueda de beneficios privados”.

Lo público debe primar en una legislación que a futuro procure blindar el agua ante los riesgos que desde hace años advirtió el PNUD, y repetimos, sobre todo ahora que llegamos al extremo previsible y ansiado del mundo privado de tranzar el agua en Wall Street. Sobre este particular podemos adelantar que Costa Rica debería contar una política pública que prohiba elevar los niveles actuales de lucro con el agua y, de manera absoluta, evitar la exportación de agua incluso a nivel de rango constitucional. Si el agua sale del país debería ser únicamente por fines humanitarios y nunca para negocios públicos ni mucho menos privados. La realidad actual de Costa Rica enseña que el agua ya es un elemento sujeto a la explotación y lucro privados. Ante eso lo que se esperaría de una nueva ley es que estableciera regulaciones que limiten, inhiban y prohíban los usos y explotación privada del agua y aseguraran una visión o nuevo paradigma orientado sin ambigüedades al bien común. Pero esa no es la visión del proyecto.

Si reconocemos, como debe ser, que la privatización no es sólo transferir directamente a entes privados la operación de un servicio o empresa, si no entregarlo por concesión o mediante la creación nuevos entes operadores, aunque sea para segmentos reducidos que los aprovechan en beneficio privado, este proyecto apunta a fortalecer los espacios de control no públicos del agua. Ese debate sobre las vías para disminuir lo público, entendido como el control demanial, social, colectivo, solidario y justo en precio y acceso del agua, que se ejerce desde el Estado y desde lo social-comunitario a través de organizaciones de base, como las ASADAS, seguirá pendiente más allá de lo que ocurra con este proyecto.

Más exclusión y menos participación social-comunitaria

Si hubiera que evaluar este proyecto de ley con un criterio básico y fundamental como la participación efectiva y la garantía de inclusión real de las personas a través de sus organizaciones de base comunitaria en la gestión del agua; habría que rechazarlo.

Desde que el 31 de marzo del 2014 a media noche y con extraño sigilo fue aprobado en primer debate este proyecto, sabíamos que se había liquidado cualquier vestigio de participación incluida en la iniciativa popular, contenida en el Expediente legislativo 17.742. Un segundo debate y aprobación sellaría el ataúd con el cadáver de la participación efectiva de la ciudadanía en el manejo democrático del agua (el proceso del proyecto de iniciativa popular del agua puede consultarse en trabajo de Barquero Mata, Sofía. (s.f.). Leyes de Aguas: análisis completo. Sobre el procedimiento de la iniciativa popular).

En el texto del proyecto que circulaba antes del 3 de diciembre 2020 ni siquiera se mencionaba a las ASADAS, y posiblemente por tan desmesurado error, fue que en la versión que empezó a circular ese día ahora fueron incorporadas en el artículo 5 indicando que el “sector hídrico del Estado…está constituido por la Administración Pública centralizada, descentralizada, autónoma, semiautónoma, las municipalidades, las empresas públicas y del Estado y las asociaciones administradoras de acueductos comunales (ASADAS), que tengan dentro de sus competencias la gestión sectorial y multisectorial del agua”.

Los mecanismos mediante los cuales se podría hacer efectiva la participación de las comunidades, no son claros y más bien podemos decir que no existen como tal en el proyecto. El artículo 2 “Principios generales” indica “l) Participación: el sector hídrico del Estado promoverá la participación de todos los sectores vinculados en la gestión integrada del recurso hídrico, en el ámbito nacional”. Esa es una generalidad que puede interpretarse como sea, y es claro que por vía reglamentaria no se asegurará esa participación. “Todos los sectores” es un postulado que coloca en igualdad de condiciones a todos los potenciales concesionarios que pretendan usar el agua para cualquier uso. No se podría augurar nada positivo si retomamos la competencia desproporcionada a la que someten, por ejemplo, los agronegocios y las hidroeléctricas a las comunidades, y las dificultades extremas de estas últimas para tener al menos acceso al diálogo con instituciones como el MINAE y particularmente con la Dirección de aguas y SETENA, que sistemáticamente las ignoran o anulan. De ninguna manera resulta suficiente la promesa contenida en ese artículo 2. Una legislación que verdaderamente busque garantizar el agua como derecho humano, de consumo humano y resguardada por el Estado en cualquier circunstancia o amenaza, debe establecerlo con claridad.

Lo más cercano a participación que el proyecto propone es el artículo 22 “Información y consulta pública”. Según el texto “Las propuestas del Plan Hídrico Nacional, el balance hídrico nacional y los planes hídricos de unidad hidrológica se someterán a consulta pública, a fin de que la población pueda formular observaciones, aclarar dudas y presentar modificaciones a dichas propuestas”. Esa limitadísima participación es contradictoria con el optimismo que desde el 2017 había expresado la Directora de AyA Yamilet Astorga, quien “asegura que ley de aguas mantiene la esencia de la Iniciativa Popular”. La funcionaria se contenta con que la población “pueda formular observaciones, aclarar dudas o presentar modificaciones a dichas propuestas”. Para ella es suficiente que “podemos llegar a crear los Consejos de Unidades Hidrológicas, mediante decreto ejecutivo, como una forma de operacionalizar esta ley”, https://www.informa-tico.com/8-11-2017/presidenta-aya-asegura-ley-aguas-mantiene-esencia-iniciativa-popular) lo cual no pasa de ser una laxa promesa que no asegura, de ninguna manera la participación efectiva de las organizaciones sociales de base, como las ASADAS.

Es evidente que las decisiones técnicas, financieras y políticas seguirán siendo un ejercicio centralizado y controlado desde la nueva DINA, si se aprobara el proyecto. Limitar la participación a “Información y consulta pública”, es una debilidad absoluta e insalvable que desde la aprobación del proyecto en 2014 habíamos señalado como gravísima y suficiente por sí misma para rechazar el proyecto en su totalidad. Esa exclusión revela que el “lobby” local del agua que promueve el proyecto concilió con las presiones e intereses del sector empresarial, además de resellar un desprecio total por la participación democrática y efectiva de la gente en los procesos de diálogo, generación de consensos, negociación y decisiones colegiadas sobre el agua.

En el proyecto no hay una sola frase que busque fortalecer a las ASADAS como entidades que aseguren el manejo comunitario y democrático del agua. Tampoco nada que procure que el Estado asegure espacios oficialmente reconocidos y vinculantes en la definición de políticas públicas y mecanismos de control del agua, con inclusión efectiva de las comunidades por medio de sus organizaciones. Ese aspecto está directamente asociado con principios como que la institucionalidad involucrada con el agua esté comprometida y obligada a respetar su condición de bien demanial y público y que genere confianza y seguridad de que los intereses colectivos primen frente a los particulares y privados.

La exclusión de las ASADAS y los riesgos asociados con la reducción de su perfil en el manejo del agua, valga decir en contraposición con la creación de espacios para entidades privadas, fue expuesta con claridad por el Colegio de Geólogos de Costa Rica (2020) que en su oficio 2020 CGCR 267-2020 dirigido a los y las diputadas, expresan: “Acerca de las ASADAS. Lejos de regular y fortalecer la situación actual de las ASADAS el proyecto de ley las excluye, les obliga a solicitar concesiones y pagar por ellas a pesar de ser entes que prestan el servicio mediante un Convenio de Delegación de Administración con el AyA (Art. 5 y Art. 58). Las ASADAS deben ser consideradas en cualquier legislación sobre el recurso hídrico debido a la importancia de la labor que realizan, ya que cubren un 33% de la población del país”.

Otro aspecto que no se puede dejar de lado es que el consumo humano es una prioridad cuestionable e incierta en el proyecto. Las definiciones son tan generales que abren la puerta para que cualquiera, sea público o privado, proponga, compita y obtenga concesiones. En el artículo 61, que como en muchos otros se norma el otorgamiento de concesiones, se indica: “Requisitos y procedimiento para otorgar concesiones. Toda solicitud de concesión para el aprovechamiento del recurso hídrico deberá cumplir los requisitos generales y específicos propios para cada tipo de aprovechamiento que se establecerán en el reglamento de esta ley; además, cumplir con el procedimiento aplicable para el otorgamiento”. Ni en este ni en otros artículos se enfatiza ni especifica el uso público, solidario y equitativo del agua, del tal manera que los concesionarios, de cualquier tipo, tendrán que “pujar” de acuerdo a sus intereses. Además, los requisitos quedan sujetos a nuevos reglamentos en cuya creación no está prevista ninguna forma de participación ciudadana. Como dijo una impulsora del proyecto, la Diputada Paola Vega, “se necesita una concesión independientemente de quien la pida”.

El único artículo del proyecto de ley que establece con claridad cuáles son los usos prioritarios del agua, es el 95 referido a la “Declaratoria de déficit temporal del recurso hídrico”. Esa condición se declarará “cuando (la Dirección de aguas) haya constatado técnicamente la disminución atípica de la disponibilidad del recurso; valorará, entre otras, las condiciones meteorológicas, hidrológicas, hidrogeológicas, hidrobiológicas, agrícolas, geográficas, sociales, ambientales, económicas y de calidad del recurso”. La realidad es que hasta hoy día muchísimas comunidades se han quedado sin agua y las autoridades no han hecho, por la razón que sea, los estudios pertinentes, ni mucho menos han declarado emergencia como corresponde. Esto ha sido así porque se han protegido los intereses privados sobre lo público y comunitario, y obviamente sobre los derechos de los ecosistemas, que más bien quedan desprotegidos con las definiciones y usos de los “caudal ambiental”.

Una legislación verdaderamente orientada a la protección integral y ecosistémica del agua, lo mismo que a usos justos y solidarios desde lo público y comunitario, debe icluir algunos principios que este proyecto no contiene. Algunos de los principios son:

  • que el Estado, como garante de los derechos colectivos del pueblo, ejerza soberanía total para asegurar el control del agua para su uso en favor del bien común,
  • que la población tenga seguridad de que el agua será considerada efectivamente y sin manipulaciones, controles políticos ni económicos, en las decisiones sobre los usos prioritarios y su protección ecosistémica,
  • que el Estado asegure espacios oficialmente reconocidos y vinculantes en la definición de políticas públicas y mecanismos de control del agua, con inclusión efectiva de las comunidades por medio de sus organizaciones,
  • que se tenga garantía de que por ser un derecho humano no esté sujeta de ninguna manera a la competencia comercial; mucho menos cuando se comprometan la salud de los ecosistemas y el acceso de la población,
  • que sea distribuida con equidad, solidaridad y hasta entregada de gratis a la gente más pobre que no pueda pagarla,
  • que haya seguridad absoluta de que será protegida frente a cualquier forma de explotación lucrativa y privada (esto sabiendo que en Costa Rica operan múltiples mecanismos de lucro con el agua),
  • que los usos prioritarios estén explícitamente estipulados y que no existan opciones, como las concesiones, sociedades de usuarios, etc, para que los usos públicos y colectivos tengan que competir con los negocios privados de cualquier tipo, como sucede ahora mismo en Costa Rica,
  • que la institucionalidad involucrada con el agua esté comprometida y obligada a respetar su condición de bien demanial y público, y en ese tanto no facilite su explotación privada,
  • que la institucionalidad genere confianza y seguridad de que los intereses colectivos primen frente a los particulares, y que respete y escuche a los actores sociales comunitarios,
  • que el Estado garantice los recursos económicos necesarios para que el sistema jurídico y operativo, la investigación científica y el seguimiento, permitan la efectiva protección ecosistémica del agua y su distribución equitativa.

¿Se cumplen esos atributos fundamentales en el proyecto de ley de agua número 20.212? Definitivamente no.

Imagen: Juan Pablo Ugalde

Débil diseño aumenta riesgos… en nuestra biodiversidad

El 21 de noviembre de 2020 SURCOS publicó la nota Cinco muertes de manigordos en Ruta 32, situación expuesta por Ma. Elena Fournier, presidenta de la Asociación Conservacionista YISKI.

Ahora SURCOS comparte la siguiente información enviada por Fournier en respuesta a un estudio enviado por la Contraloría General de la República y titulado “Débil diseño aumenta riesgos en proyectos viales”

Estimada señora Azofeifa, señores y señoras de la Contraloría:

Muy importante les faltó tomar en cuenta en este estudio acerca de los débiles diseños, lo relacionado al impacto, mitigación de los atropellos y muerte de animales silvestres, pasos de fauna aéreos, superiores (puentes ecológicos) e inferiores (subterráneos) con sus respectivas mallas o cercas, que se tiene que trabajar con el SINAC-MINAE y las comunidades que saben muy bien y mejor que los profesionales en la materia, por dónde es que pasan, se concentran las diferentes especies de animales silvestres que quedan, ya que como es conocido, hay un fenómeno que está sucediendo, la defaunización de los bosques, entre otros problemas como la cacería, deforestación, etc.

También el tomar en cuenta en los diseños, los reductores de velocidad en las «puntos calientes», la señalización vertical y horizontal, cámaras de control de velocidad (se recolectaría mucho dinero que se necesitan para el mantenimiento de los pasos de fauna), entre otras formas de mitigación obligada.

Como ha sucedido con la ampliación de la Ruta 32, que este tema quedó rezagado y ahora parte de los pasos de fauna los tiene que asumir el AyA, debe de trasladar a favor del CONAVI la suma de $ 9.026.617,22, aprovechando el alcantarillado para el paso de agua, que no es lo más conveniente, porque hay animales silvestres que no pasan por donde hay presencia de agua.

Como ustedes los señalan: el débil diseño aumenta riesgos en proyectos viales y esta vez en la gallinita de los huevos de oro, nuestra biodiversidad y el turismo que atrae.

La planificación, con la participación de las comunidades afectadas, SINAC-MINAE, CONAVI y empresas contratistas, está ausente y el Ministerio de Planificación debe de tomar este asunto seriamente. El Instituto Costarricense de Electricidad, ICE cuando realiza alguna obra de infraestructura lo trabaja bastante bien con las comunidades, independientemente de que estén de acuerdo o no, pero es parte del proyecto.

Atentamente,
Ma. Elena Fournier S.

Agua para el desarrollo

Agua es vida. Y también es generadora de energía, trabajo y fundamental para el desarrollo.

En Costa Rica, unos pocos disfrutan muchíííísima agua regalada.

Algunos se olvidan que es un bien público, es decir DE TODOS.

La administra el MINAE. Es agua potable, es agricultura, ganadería, salud, industrias, generación eléctrica, comercio, turismo, construcción y toda actividad económica requiere agua.

El Gobierno propone la venta de instituciones, a la que nos oponemos. Llamamos la atención al mal manejo de bienes públicos como el agua, las playas, los bosques, que se dilapidan.

EL AGUA produce hoy sólo 6.000 millones de colones a MINAE.

Aquí presentamos UNA PROPUESTA QUE GENERARÍA DESARROLLO.

Sabemos que habrá afectados. Afecta a Ingenio Taboga y la empresa del presidente de UCCAEP Azucarera El Viejo. Afecta a los generadores privados de electricidad. Afecta a la Cervecería y a Coca Cola. Afecta a los grandes latifundios y monocultivos.

Con SÓLO UN DECRETO firmado por el presidente y la Ministra de Ambiente, se puede ingresar a las arcas del ESTADO, igual o más dinero de lo pedido al FMI. Unos 2.000 millones de dólares, en colones 1.200.000.000.000 – CADA AÑO.

Eso es simplemente fijando nuevo canon para el agua concesionada por el MINAE. Hoy rige aún el Decreto 32868-MINAE que es de 2005. Esto no afecta al consumo de los habitantes.

De este decreto podemos mantener todos los considerandos.

Ahí por ejemplo se cita: “el artículo 31 de la Ley de la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos, Nº 7593, establece la necesidad de incorporar el criterio de sostenibilidad ambiental a la hora de fijar tarifas, precios y tasas de los servicios públicos.”

Claro, proponemos terminar con los privilegios de los grandes derrochadores del recurso hídrico, impulsar el ahorro, la diversificación de productos, el mejor reparto y aprovechamiento del agua, para un mejor desarrollo, tan necesario para la reactivación de la económica.

Esta propuesta toma en cuenta cálculos y principios que fijó ARESEP en la Tasa Ambiental (expediente de ESPH). El agua es generada y almacenada en la naturaleza y debe cuidarse, aportando a los gastos de las zonas de protección (SINAC- MINAE). Y cerrar el círculo con un correcto tratamiento de la contaminación.

PROPUESTA BASE PARA CANON DE AGUA – colones /m3

El canon se fijará – no por concesión – sino por empresa o grupo empresarial.

Concesiones para riego agrícola, ganadería, piscicultura

para consumo del mercado interno del país.

Hasta   2 litros/ segundo             10 colones

Hasta  10     “               30 colones

Entre   10 y 50 “                60“

Entre   50 y 100  “               100“

Más de 100     “                200“

Las empresas para exportación hasta 20 l/s      60“

Mas de 20 l/s                   100  “

Condominios- Turismo, ZONAS FRANCAS       300“

Industrias, bebidas y otras             250“

PYMES – comercio , industria – otros          35“

Fuerza Hidraúlica                  0,25“

Empresas públicas servicio agua potable

(AyA, ESPH, Municipalidades, ASADAS)         1,00 colón

De esta forma, se valida el principio de prioridad del agua para consumo humano.

También se aplica un precio diferenciado a los grandes consumidores, en forma escalonada, lo que es un llamado al ahorro y al uso de tecnologías modernas.

Se da un justo valor al agua, que garantizará su conservación para las futuras generaciones.

Por otro procedimiento paralelo, deberá fijarse en ARESEP tarifas similares al agua ofrecida por los sistemas de riego de SENARA.

Falta aún definir, como se usarán los 2.000 millones de dólares anuales por recaudar. Como hoy una parte importante debe destinarse a la protección del agua, ampliación y cuido de áreas protegidas. También a promover la reforestación del país. Y principalmente a la gran deuda que tenemos con el medio ambiente que es, EL TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES. Nada ganamos con tener agua, si la contaminamos.

Pero, el agua aportará a la salud, la CCSS, al desarrollo de la agricultura, ganadería, la agroindustria y a la vida.

Ponemos este tema en la mesa, para analizarlo y lograr acuerdos.

De Ustedes atentamente

ASOCIACIÓN CONFRATERNIDAD GUANACASTECA

Confraternidad_gte@yahoo.com

P.D. A.- Podemos aportar toda la documentación, información y criterios que sustentan esta propuesta. B.- Esto debe completarse con legislación, ordenando a ARESEP a controlar el otorgamiento de las concesiones, el volumen entregado y los cobros realizados.

 

Imagen ilustrativa, UCR.

Conflicto por el agua: MINAE-SINAC delimita área de protección de la Naciente Plantón

MINAE-SINAC delimita área de protección de la Naciente Plantón pero siguen las actividades agrícolas amenazando agua para la gente

MINAE -SINAC realizó una visita oficial a la naciente Plantón de Cipreses Oreamuno Cartago para delimitar el área de protección que por ley ha de respetarse para garantizar el bienestar de la gente usuaria del agua. Mediante la visita fueron colocadas estacas debidamente georeferenciadas para delimitar el área de protección estipulada en la Ley Forestal 7575.

La visita del MINAE -SINAC se da gracias al trabajo, presión y denuncias que el Frente Ecologista de Cipreses ha elevado de cara a proteger el agua de más de 2500 personas.

Inspección de fotografías aéreas con dron 30 de agosto 2020. Nuevas preparaciones de suelo para siembra en el área de protección establecida por la ley de aguas.

En el informe MINAE -SINAC de la visita a la naciente Plantón se evidencia la delimitación del área de protección aplicada según la ley forestal y no la ley de aguas. Se debe indicar que por lo tanto las estacas fueron colocadas a 100 metros lineales de la naciente y no a 200 como señala la ley de aguas cuando se trata de nacientes utilizadas para el consumo humano. Dentro del informe se puede apreciar dentro del radio trazado del área de protección forestal (100 metros), tanto lo que pareciera la construcción de un drenaje de aguas negras como la preparación de suelo para siembras agrícolas dentro de dicha área de protección.

Imágenes extraídas del informe de gira en oficio OSC-823-2020 de fecha 27 de agosto del 2020 MINAE-SINAC.

El pasado 30 de agosto miembros del Frente Ecologista de Cipreses realizaron un vuelo con dron para tomar fotografías del área de protección de la naciente, constatando así que se mantienen actividades agrícolas de preparación de suelo en la parte superior de la toma de agua y en el sector Este de la misma. Preocupa la posibilidad de lixiviación de agroquímicos utilizados, así como la posibilidad de contaminación con sedimentos propios que las fuertes lluvias puedan erosionar hacia la toma de agua que abastece a la gente de Cipreses y alrededores.

El agua no sale del tubo, nace en los bosques y montañas. La comunidad de Cipreses debe entender que hay una estrecha relación entre la ausencia de árboles y bosque en el área de recarga acuífera y la merma en el caudal que ocasiona racionamientos de agua. Nuestra lucha es por el bienestar público, luchamos por la calidad y cantidad de agua de nuestra comunidad”.

Inspección de fotografías aéreas con dron 30 de agosto 2020. Se muestra el área de protección invadida y reciente preparación de suelo para siembra en el área que debería estar forestada.

El Frente Ecologista de Cipreses cuestiona el reciente trabajo del MINAE – SINAC señalando: ¿Bajo qué criterio el MINAE-SINAC decide delimitar el área de protección basados en lo establecido por la ley Forestal delimitando con estacas el radio de 100 metros y NO bajo lo indicado por la Ley de Aguas donde claramente se establecen 200 metros de protección cuando se trata de nacientes captadas para consumo humano debidamente inscritas, como es el caso de la toma de agua y naciente de Plantón? Así mismo continúan diciendo: “haremos la debida consulta, no nos conformamos y seguiremos luchando para que se respete la naciente que brinda agua a nuestra querida comunidad” así mismo continúan diciendo “Más parece que cada vez que se requiere que un funcionario público haga su trabajo hay que ir a interponer un recurso de amparo”.

ONU: “Para prevenir nuevas pandemias hay que cambiar el modelo agrícola que deforesta y destruye la biodiversidad»

  • En Costa Rica el sector piñero ha invadido 16.385 hectáreas de humedales y ha deforestado 5.500 hectáreas de cobertura forestal;
  • Al menos 1.300 hectáreas de Áreas Silvestres Protegidas han sido invadidos por piña.

(8/07/2020). El Programa para el Medio Ambiente de la Naciones Unidas (PNUMA) pone el foco en el avance de la agricultura industrial factor que podría desencadenar nuevas pandemias en el futuro y llama a cambiar el modelo agrícola que deforesta y destruye la biodiversidad.

El informe Prevenir la próxima pandemia: Zoonosis y cómo romper la cadena de transmisión es un esfuerzo conjunto del (PNUMA) y el Instituto Internacional de Investigaciones Pecuarias (ILRI, por sus siglas en inglés).  El reporte identifica siete tendencias que impulsan la creciente aparición de las zoonosis, entre éstas, la mayor demanda de proteína animal, el aumento de la agricultura intensiva e insostenible, la explotación de la vida silvestre y la crisis climática.

En Costa Rica el según la Encuesta Nacional Agropecuaria de 2019 el 87% de la superficie cultivada en el país está ocupada por monocultivos intensivos. Solamente entre 2001 y 2015 la industria piñera deforestó más de 5.500 hectáreas de según información del Proyecto de Monitoreo del Paisaje Productivo (www.mocupp.org).

Además se registra en Costa Rica la perdida de bosques avanza fuertemente de la mano de la expansión piñera. El último informe del Estado de la Nación de 2019 reveló, utilizando datos satelitales, que 3.824 hectáreas de piña invadieron áreas protegidas y 16.385 hectáreas invadieron humedales.

La lucha contra la expansión piñera cumple casi dos décadas denunciando los abusos de las empresas y entidades estatales aliadas de este modelo insostenible. Cientos de comunidades se han visto impactadas por las fumigaciones y los impactos a la salud de las personas que viven y trabajan en las plantaciones son evidentes y pueden ser más graves conforme pasen más años de exposición a estas sustancias.

Esta semana el Ministerio de Ambiente y Energía ha publicado la Directriz No-0006-2020 que reafirma lo existente en el marco normativo nacional sobre conservación y señala que las actividades agroindustriales dentro de las Áreas Silvestres Protegidas deben de salir de dichas zonas. Les da un año a las empresas de agronegocio para hacer efectivo el cese de estas actividades ilegales. Es un paso en la dirección correcta pero insuficiente para proteger la salud humana, ambiental y de los ecosistemas.

Es un error pensar en la re-activación económica continuando con un modelo de agricultura basado los monocultivos, los paquetes tecnológicos de agrovenenos y destrucción de la biodiversidad. Hay que implementar modos de producción de alimentos basados en la agroecología el cuido del bosque y la biodiversidad.

Henry Picado Cerdas. Es apicultor y agricultor miembro de la Red de Coordinación en Biodiversidad y Federación Ecologista FECON

Referencias:

1)        La salud humana, animal y ambiental debe considerarse una sola para prevenir la próxima pandemia. https://www.unenvironment.org/es/noticias-y-reportajes/comunicado-de-prensa/la-salud-humana-animal-y-ambiental-debe-considerarse-una

2)        Informe Prevenir la próxima pandemia: Zoonosis y cómo romper la cadena de transmisión https://www.unenvironment.org/es/resources/report/preventing-future-zoonotic-disease-outbreaks-protecting-environment-animals-and

3)        Encuesta Nacional Agropecuaria 2019 https://www.inec.cr/encuesta-nacional-agropecuaria

4)        MOCUPP http://www.mocupp.org/

5)        Investigación Base del Informe del Estado de la Nación. https://estadonacion.or.cr/wp-content/uploads/2019/12/Gonzalez-V.-2019.-Piña.pdf

6)        Directriz MINAE No-0006-2020 https://feconcr.com/wp-content/uploads/2020/07/NO-MONOCULTIVOS.pdf

Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia anula registro de Plaguicida Altamente Peligroso

Registro de un genérico del herbicida fusilade (Fluazifop-b-butil) se realizó contradiciendo las disposiciones de la legislación nacional, así lo dispuso la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. El ingreso al país de el Ingrediente Activo de Grado Técnico (IAGT) del fusilade fue solicitado por la compañía Distribuidora de Productos Agropecuarios DPA S.A. y por QUIOSA S.A.

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Bloque Verde: ministro reconoce que decreto de plaguicidas es perjudicial

  • Criterio ante la Sala Constitucional es claro en señalar que estudios toxicológicos son fundamentales para el registro de plaguicidas

  • MAG “embarca” al presidente Carlos Alvarado por firma de ampliación de decreto 39995

  • Decretos provoca aumento de las importaciones de plaguicidas llegando a 19 millones de kilogramos de ingrediente activo

(Bloque Verde, 27-2-2019) Ministerio de Salud respalda al MINAE y señala posible inconstitucionalidad de Decreto 39995. Mediante el oficio DM-FR7196-2018 la cartera de salud respalda los argumentos planteados por las organizaciones ambientales, agricultores orgánicos, apicultores y académicos al señalar la importancia de que el registro de plaguicidas sea respaldado por estudios toxicológicos.

El médico Daniel Salazar en su condición de Ministro de Salud señala que: “el alto consumo de plaguicidas ha traído como consecuencia problemas en la salud humana de los trabajadores agrícolas, la salud de los consumidores, salud ambiental y problemas agroecológicos”

El ministro Salazar señala también que: “… el Ministerio de Agricultura y Ganadería no toma en cuenta para al criterio de información toxicológica del Ministerio de Salud, existe el riesgo de que haya perjuicio en la salud humana y/o del ambiente. Por lo que dichos estudios toxicológicos son de suma importancia para evaluar el riesgo a la salud que generan los plaguicidas a la población y/o al ambiente…

Los análisis que no se les está realizando a los plaguicidas debido al decreto 39995 firmado en 2016 el MinSa señala: toxicidad aguda, toxicidad subcrónica, toxicidad crónica, mutagenicidad, intoxicación, metabolismo, estudios de eficiencia y evaluación de riesgo de la población.

Pese a estos señalamientos que son discutidos en la Sala Cuarta el ministro del MAG, Renato Alvarado, amplió los plazos de validez de los registros mediante otro decreto ejecutivo (N.º 41481), mismo que reforma parcialmente al DE 39995. Entre las reformas se puede señalar: ampliación del tiempo a cinco años para que empresas presentar información; disminuye el tiempo de respuesta para SFE de meses a unos días; la información química es una simple verificación y sumado a lo anterior las empresas pueden pedir homologación de plaguicidas sin presentar pruebas de eficacia agrícola.

Producto de estos decretos, los plaguicidas han ingresado al país de forma descontrolada y sin la participación exigida por MINAE y Ministerio de Salud. Este crecimiento es señal de que la apertura de los registros produjo un aumento considerable en el ingreso de plaguicidas al país y no como argumentan los defensores de los venenos que se iba a reducir la aplicación de estos peligrosos productos.

Coincidentemente con la entrada en vigor de los decretos de plaguicidas firmados por la administración Solís Rivera para finales de 2016, Costa Rica se abrió a la mayor importación de agroquímicos en su historia, llegando alcanzar 18,6 millones de kilogramos, casi una tonelada más que el año anterior.

Contacto: Fabián Pacheco 8826 2270

 

Foto: Semanario Universidad https://semanariouniversidad.com/pais/costa-rica-es-el-consumidor-mas-voraz-de-plaguicidas-en-el-mundo/

Enviado por Bloque Verde.

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Exigen rechazar solicitud de Conveniencia Nacional para hidroeléctrica San Rafael

Presidente de la República y Ministro de Ambiente: Exigimos rechazar la solicitud de Conveniencia Nacional para la hidroeléctrica San Rafael

Manifestamos nuestra preocupación por el trámite iniciado ante el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) para la declaratoria de conveniencia nacional de la Hidroeléctrica San Rafael. El cual corresponde al expediente D1-10685-2013-SETENA.

La empresa H. Solís basa su estudio costo beneficio basándose en el Plan Nacional de Energía, documento que no refleja la realidad del país, luego de que el ICE decidiera suspender momentáneamente el Proyecto Hidroeléctrico Diquís, Según declaraciones de Irene Cañas, Directora Ejecutiva del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), que: 1) El país cuenta con una sobre oferta de generación eléctrica, 2) Que la participación de empresas privadas en la generación eléctrica encarece los costos del ICE y esto se refleja en mayores tarifas para las y los usuarios.

Asimismo, movimientos comunitarios de oposición a la hidroeléctrica San Rafael han denunciado múltiples irregularidades en el trámite y aprobación de los estudios de viabilidad ambiental en la SETENA, en el trámite de la Concesión de Servicio Público otorgada por la ARESEP, irregularidades en el ICE y el otorgamiento de Certificaciones de Uso de Suelo en la Municipalidad de Pérez Zeledón, siendo anulado el uso de suelo número CRT-3079-2014-SPU (adjuntamos más detalle en un documento anexo).

Además del calvario burocrático que las comunidades han tenido que enfrentar en pro de defender el río, existe enorme preocupación por los impactos socio ambientales y las limitaciones que implicaría en el acceso a servicios ecosistémicos que brinda río para las y los pobladores de las márgenes del río San Rafael. En esa misma línea, la figura de “conveniencia nacional” consistiría en una exoneración, al PH San Rafael, de salvaguardas legales; tales como: la corta de árboles y de especies vedadas en zonas de protección y las limitaciones en cambio de uso del suelo. Todo basado en criterios de un supuesto interés superior nacional. Por lo anteriormente mencionado, la declaratoria de conveniencia solicitada es inconveniente.

Las personas y organizaciones firmantes nos manifestamos en contra del PH San Rafael y esperamos que la defensa del medio ambiente así como el bienestar comunitario de las personas vecinos y vecinas del río San Rafael prevalezca sobre el interés de la empresa privada.

Ingrese en el siguiente enlace para apoyar la petición:

Exigimos rechazar la solicitud de Conveniencia Nacional para la hidroeléctrica San Rafael

Compartido en redes digitales por James Carazo.

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