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Etiqueta: pueblos indígenas

Sobre tres designaciones notables

Por Carlos Meneses Reyes

A mis contactos en WhatsApp acostumbro enviar mensajes cortos de opinión jurídica y política sobre temas concretos. Desde el 21 noviembre de 2019, día de la gran movilización nacional del Paro Cívico y como resultado de la sangrienta represión, terminé con un llamado a la ¡resistencia! esta clase de notas, en las que expreso puntos de vista jurídicos ante eventos del movimiento popular y/o hechos políticos, pero luego del triunfo electoral en que se ganó la presidencia popular con la fórmula Gustavo Petro – Francia Márquez, he dejado de usar el llamado a la ¡resistencia! Esto, por cuanto ya somos gobierno. No obstante, se ganó el gobierno más no el poder, que continúa arraigado en el terrorismo de Estado narco paramilitar. Eso lo tiene claro la izquierda legal que aporta en el Pacto Histórico y en el Frente Social democrático. Continuaré con esa notas sin pie de firma o nombre propio sino como “!Puro Abogado!”

SOBRE LAS DESIGNACIONES.

Ha caído muy bien la designación que ha hecho el presidente Petro de tres miembros de las comunidades indígenas en importantes cargos de representación tanto a nivel nacional como internacional. La lideresa social arhuaca, Leonor Zalabata Torres, será la embajadora de Colombia ante las Naciones Unidas (ONU) en New York. Patricia Tobón, abogada y Comisionada de la Verdad, dirigirá la Unidad de Victimas, y Giovani Yule, sociólogo nasa, estará al frente de la Unidad de Restitución de Tierras.

Las reacciones por parte de la derecha militarista, latifundista, terrateniente y racista no se hicieron esperar.

De la compañera Leonor Zalabata Torres esgrimen que ella no maneja el inglés. En forma pausada, la lideresa ha transmitido conocimiento de la alta función encomendada y explica que el español es idioma oficial en la ONU, junto con el inglés.

De la designación de la abogada Patricia Tobón resalta la importancia del tema que le corresponde y el valor que el presidente Petro da al informe de la Comisión de la Verdad y su aceptación en el ámbito internacional.

Del compañero Giovani Yule señalan que tiene intereses en los procesos de restitución de tierras y que por ello incurriría en un conflicto al ser dizque “juez y parte”.

En particular, la designación de Giovani Yule es tan acertada que se equivocan quienes creen que la entidad de restitución de tierras cumple funciones judiciales. Nada más alejado de la realidad.

Las Unidad de Restitución de Tierras está adscrita al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, en cumplimiento de la Ley 1712 de 2014, y a la Resolución 1519 de 2020, que pone a disposición de los ciudadanos y grupos de interés, en lo referente a tierras despojadas durante el conflicto, la sección de Transparencia y Acceso a la Información Pública, donde podrán conocer los contenidos de las decisiones y consultar la información que esta entidad genera en el desarrollo de su misión, sus funciones y deberes, esencialmente administrativos.

Conforme a como lo dicta la Ley, la información generada por las entidades del Estado, en los procedimientos administrativos atinentes al tema de restituciones no podrá ser reservada o limitada; por el contrario, es de carácter público, y debe ser clara, diáfana y amplio acceso. En este sitio se proporciona y facilita el acceso en los términos más amplios posibles. Precisamente, de esto está huérfano el proceso administrativo. La corrupción, el clientelismo y el negacionismo han anidado en estos trámites, que se colocan a espaldas de los intereses de las víctimas despojadas y sacrifican el sentido de valía y exposición de ese derecho privado de las víctimas.

En hora buena llega el nombramiento del compañero Giovani Yule para que el direccionamiento del contenido de los expedientes redunde en el éxito de los reclamos asistidos. Dizque el compañero Giovani Lule se convertiría en “juez y parte”, afirman, en craso desconocimiento de la materia y ello redunda, precisamente, en el enredo jurídico en que el mal uso del derecho ha permitido burlar los alcances de los revictimizados y hacer ineficaces los fines altruistas de la Ley.

La función de la Unidad de Restitución de Tierras no es la de juez, sino de trámite administrativo. Pero un procedimiento administrativo viciado y sin tema de prueba asistido, solo genera impunidad. Simple es comprender que lo del empleo público está debidamente reglado y pone en función al principio de legalidad. No se configura impedimento alguno. Están en juego intereses de clanes económicamente poderosos y hasta de multinacionales, sobre el manido efecto distractor de los llamados “poseedores de buena fe” en el que la simulación de los actos y negocios jurídicos es de uso frecuente.

Sabido es que la restitución de tierras tiene la competencia sobre la suerte de diez millones de hectáreas que fueron despojadas en lo que se ha dado en llamar la “reforma agraria blanca” del narco paramilitarismo en Colombia. Lo de los tres millones de hectáreas disponibles en baldíos es otro tema. Con seguridad que por el conocimiento que tiene el compañero Giovani Yule de la inscripción en el Registro Único de Tierras Abandonadas (RUPTA), garantizará protección de bienes e intereses de las víctimas.

Igualmente, respaldará y avalará las medidas cautelares que impiden el registro de traspaso al operar la inscripción en el registro sobre bienes inmuebles o tierras en cuestión; algo que ostenta hoy todos los defectos con la consiguiente burla y dilación en el reconocimiento de los derechos y permite la piñata en ejercicio y beneficio de los tales, repito, “poseedores de buen fe”. El meollo del asunto es llegar al tercero poseedor de buena fe exenta de culpa y en ello radica la impunidad. La enorme labor por cumplir radica en la obtención del Registro Único de Tierras Despojadas y Abandonadas como consecuencia del conflicto armado interno. En esa directriz se interrelacionan e identifican lo del predio (claridad sobre su existencia jurídica), el diseño y administración real en el registro de esas tierras, y el papel del sujeto de restitución y su familia.

La función del director de Restitución de Tierras se centra en llevar a su nombre y en el de los reclamantes el fundamento de ese accionar. Por ello no es un juez, sino que, por el contrario, es quien presenta al juez el asomo sólido de las pretensiones de las víctimas para la consecuente y subsiguiente aplicación de la reparación integral. Precisamente, hasta después de darse la sentencia de restitución de tierras las victimas continúan desamparadas, pues la burocracia de bolsillo, en esa entidad rectora, no aplica en la ejecución de las sentencias respectivas. Serán esos algunos de los “entuertos” que el compañero Giovani Yule corregirá.

Para concluir con este análisis, es dable destacar que es función del órgano administrativo de restitución de tierras garantizar el goce de este derecho fundamental. Vale decir, buscar la restitución jurídica y material de tierras, así como la permanencia y protección de los territorios. Todo ello concatenado y de la mano, en función de la aplicación de la Reforma Agraria Integral. El acierto en la acertada designación de la ministra de Agricultura por parte del presidente Gustavo Petro, augura el éxito en el logro de tal promesa electoral y en el cumplimiento del soberano compromiso del Estado de Colombia en cuanto a la implementación total de los Acuerdos de La Habana.

DE LA LEY 1448 DE 2011 (junio10)

Se trata de las medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y otras disposiciones.

Me corresponde, por consecuencia profesional y política y por ser un conocedor de la materia, aportar a la doctora Patricia Tobón como directora de la Unidad de Víctimas, designada por el presidente Petro, en las experiencias resultantes en cuanto al centenar o millar de víctimas de colombianos y colombianas refugiados en Centroamérica y en particular en Costa Rica, donde lideré, organicé y asistí a cientos de refugiados víctimas del conflicto armado interno. No pude representarlos en ejercicio del derecho de postulación, pese a mi doble calidad de abogado colombiano y costarricense, por prohibición expresa de la normativa de víctimas, que no permite que ellas sean representadas por abogados. Pues bien, no es la primera vez que he denunciado que a cientos de solicitudes de víctimas del conflicto armado en Costa Rica una cónsul uribeña no les dio tramite, ni remitió nada a la Unidad Nacional de Victimas, coludida con el entonces Procurador fascista de apellido Ordóñez, quien la apadrinaba.

Este álgido asunto requiere que el nuevo ministro de Relaciones Exteriores, doctor Álvaro Leiva Durán, atienda la situación de miles de refugiados colombianos en varios países que no han retornado ni aparecen en el Registro Nacional de Victimas y estaban en contra de esa ley.

PRONUNCIAMIENTO PÚBLICO – Acerca de la visita de la Defensora de los Habitantes al Territorio Indígena de Salitre, Cantón de Buenos Aires ¿Inconsistencia o cambio de posición de la Defensoría?

21 de julio del 2022

Los abajo firmantes, investigadoras e investigadores de las universidades públicas, expresamos nuestra preocupación por las opiniones emitidas por parte de la señora Defensora de los Habitantes, Catalina Crespo Sancho a raíz de la visita que realizó al territorio Indígena de Salitre. Dicho evento, fue publicado por un diario nacional que la difunde bajo los titulares: “Defensora visita Salitre y se espanta con lo que ve” (8 de julio del 2022) y “Funcionarios de Defensoría ocultaron lamento indígena” (11 de julio del 2022)1. Posteriormente, esta acción fue objeto de otras publicaciones en la prensa nacional: “Defensora visita Salitre guiada por abogada condenada a cárcel por usurpar tierras indígenas” (11 de julio del 2022) y “Defensora de los Habitantes califica de ilegales las recuperaciones de los territorios indígenas” 2; el sindicato de la Defensoría también manifestó inquietud por las declaraciones de la señora Crespo3, así como varias organizaciones indígenas cuestionaron en diferentes publicaciones las declaraciones de la señora Defensora4. Luego, el diario vocero de esa visita, agregó un nuevo titular: “Denuncian a funcionarios de la Defensoría de los Habitantes”5 en la que se consignan denuncias hacia personas específicas de esa institución, según se afirma, por parte de la propia señora Defensora, apoyada en las acusaciones realizadas por las personas participantes en la reunión referida.

Ante esta situación consideramos imprescindible manifestarnos y señalar lo siguiente:

1. Los propios pueblos indígenas, los organismos internacionales, diferentes organizaciones no gubernamentales, y la Defensoría de los Habitantes han documentado y denunciado durante décadas y en repetidas ocasiones, la grave violación a los derechos de los pueblos indígenas en nuestro país, la cual ha venido escalando y agudizando a vista y paciencia de la institucionalidad pública y de las autoridades de todos los poderes de la República. Hay avances formales y normativos pero no hay resultados efectivos, ni en la solución de las situaciones urgentes, como lo son la recuperación de sus tierras y la legítima auto representación política, ni en los problemas estructurales e históricos de esta población.

La Ley Indígena 6172 de 1977, la firma del Convenio 169 de la OIT por parte de nuestro país, el voto a favor de la Declaración de la Naciones Unidad sobre el Derechos Indígenas adoptada en 2007 entre otras normativas han sido obviadas en nuestro país. Las Medidas Cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos no han sido seguidas eficientemente por el Estado y ni siquiera la legislación general para las y los ciudadanos costarricense se aplica de la misma manera cuando se trata de personas indígenas.6

Hay en esta acción continuada, más que una desaplicación de la ley, una negación persistente de la condición de sujetos históricos y de sujetos de derechos de las personas y de los pueblos indígenas, que es en extremo preocupante.

2. En el caso de las recuperaciones de tierras en Salitre, es necesario considerar la insistencia y gestión indígena durante decenas de años para reclamar sus tierras por todas las vías legales posibles. Desde los años noventa los indígenas venían planteando procesos judiciales agrarios de reivindicación, que en algunos casos tardaban hasta 8 o 10 años en ser fallados en favor de la comunidad indígena. Luego sucedía que las órdenes de desalojo no se concretaban por múltiples razones de tipo administrativo y hasta político.

Las recuperaciones de tierras son acciones desesperadas que tienen una justificación en la desidia institucional, en la negación de acceso a la justicia, y en la presión histórica que los usurpadores no indígenas ejercieron para dominar en todas las esferas, y apropiarse de estas tierras impunemente. 

Después de una década de las primeras recuperaciones que se dan en el 2012 en Salitre, la intervención estatal ante este hecho continúa pendiente. El Plan RTI (Plan Nacional de Recuperación de Tierras Indígenas) elaborado por el INDER (Instituto de Desarrollo Rural) para atender esta problemática es todavía un documento que está en etapa de campo y no ha logrado hacer efectiva ninguna devolución territorial, después de más de 6 años de haberse iniciado.

De manera tal, que ni las acciones administrativas, ni las acciones legales emprendidas por los pueblos indígenas han tenido resultados contundentes, por lo que las recuperaciones territoriales se mantienen en el horizonte como la única posibilidad de resarcimiento de sus derechos territoriales, aunque esto signifique asumir riesgos contra la integridad de las personas indígenas. En consecuencia, las reacciones violentas de quienes ocupan ilegalmente el territorio, mientras permanezcan impunes, seguirán abonando a la profundización y extensión del conflicto, que lamentablemente ya ha cobrado la vida de dos líderes indígenas: Sergio Rojas Ortiz y Jehry Rivera Rivera.

3. Según la ley – y lo han reiterado los tribunales de justicia en todas las jurisdicciones- los no indígenas no tienen derechos sobre las tierras indígenas, por eso el papel de un procurador de derechos de la ciudadanía, no es el de ponerse en favor de los usurpadores de tierras, sino en favor de quienes han reclamado por todos los medios, y no les ha quedado más que dirigir sus propias acciones para reivindicar sus derechos.

4. La Defensoría de los Habitantes ha sostenido hasta ahora una posición muy clara en ese sentido, haciéndoles ver a los habitantes no indígenas, que si tienen documentos de propiedad anteriores a 1977 tienen derecho a una indemnización, si por el contrario, adquirieron los terrenos después de 1977, estarían en condición de ilegalidad según la ley y lo que corresponde es el desalojo sin indemnización. Esta explicación la misma señora Defensora la comunicó a la señora Thais Vidal en el año 2020 bajo el oficio: DH-DIND-0176-2020, de manera que dos años después no es posible alegar asombro, ni desconocimiento de una situación que ya conocía y ante la cual había emitido un criterio institucional.

5. Es decir, la Defensoría no solo tiene conocimiento pleno de lo que sucede en los territorios indígenas, de los conflictos, los intereses en juego, las distintas informaciones y desinformaciones circundantes, sino también de los asesinatos, hostigamientos, criminalizaciones y las constantes amenazas de muerte que líderes y lideresas indígenas por parte de finqueros no indígenas, de personas contratadas por ellos o bien, de personas indígenas afines a sus intereses. La señora Defensora ha expresado públicamente que conoce bien esta la situación de los territorios.

6. La Defensoría de los Habitantes ha gozado del respeto y la confianza de lideresas y líderes comunitarios y de la población indígena, gracias al profesionalismo, objetividad, transparencia y coherencia con la que han actuado el personal especializado en derechos indígenas y algunos Defensores y Defensoras a la hora de emitir criterios, informes, alertas, recomendaciones, solicitudes y recordatorios a las instituciones públicas. Estas acciones las han realizado sobre la base de hechos ocurridos en los territorios, datos concretos y observaciones directas. Sin duda, su participación ha sido fundamental en varios momentos críticos en defensa de los derechos indígenas, labor, por cierto, claramente disminuida en los últimos cuatro años.

7.Es ante lo anteriormente expuesto, que nos desconcierta conocer que la señora Defensora emita criterios inconsecuentes y contradictorios con el accionar previo, producto de una reunión en el Territorio Indígena de Salitre donde participaron personas no indígenas que tienen posesiones ilegales en tierras indígenas, cuyas acciones y reacciones organizadas, han desatado violencia, manifestaciones de odio, racismo y sufrimiento. Hostigan e incitan a la violencia, utilizando las redes sociales y algunos medios de prensa para desinformar a la población. Afirmar en ese contexto que las recuperaciones son ilegales es avalar a los usurpadores, revictimizar a quienes han sido agredidos y criminalizar a los defensores de los derechos indígenas.

En particular llama la atención que una de las personas activamente participante -según se dice en la noticia – fuera la señora Thais Vidal, quien fue condenada a tres años de cárcel por usurpación de tierras en Salitre (No. 2016-0321)7 – como es de conocimiento público – llegando al punto de declararse indígena “pluriétnica”8, para obtener su propósito. Dos peritajes culturales llegaron a las mismas conclusiones sobre la falta de legitimidad de documentos aportados por la señora Vidal, acerca de su identidad como indígena bribri y posteriormente la ADI de Ujarrás declaró que tampoco es cabécar. ( Véase Resolución de la Sala Constitucional N°20139-2014 que declara sin lugar Recurso de Amparo). En esas ocasiones, la señora Vidal cuestionó a los profesionales responsables porque sus dictámenes no la favorecen, incluyendo su apelación a la sentencia mediante recurso de casación, el cual la Sala III declaró sin lugar ( R 2017-000585).

Considerando los criterios antes expuestos, con todo respeto solicitamos a la señora Defensora de los Habitantes, que:

  • La Defensoría de los Habitantes conforme a su misión de tutelar los derechos en general y de los pueblos indígenas en particular y en su agenda como Defensora, se mantenga la acción consecuente que la ha caracterizado en la defensa y restitución de derechos de los Pueblos Indígenas, retomando con fortaleza las acciones que estén a su alcance para que se agilice el Plan RTI y todas las acciones institucionales necesarias para garantizar el saneamiento y la seguridad de los territorios indígenas. Así como se ejecuten acciones específicas para garantizar el acatamiento de la normativa nacional e internacional en materia indígena, un papel fundamental de la Defensoría.
  • Aclare la posición de la Defensoría de los Habitantes ante las dudas generadas por sus declaraciones, y en caso de que haya variaciones con el criterio histórico que ha mantenido la institución-, muestre los argumentos y datos que fundamentan un cambio tan importante.
  • En ese mismo sentido, respetuosamente le hacemos un llamado para que el conflicto que viven los pueblos y territorios indígenas por la violación de sus derechos, no sea utilizado para dirimir diferencias institucionales internas, que como es de dominio público, se vienen dando dentro de la Defensoría.

Nombre / Institución:

1. Xinia Zúñiga Muñoz. Investigadora. CICDE – UNED / Proyecto Conflictos Territoriales UCREA-UCR.

2. Denia Román Solano. Proyecto Conflictos Territoriales. UCREA / Esc. Antropología. CIAN UCR.

3. David Solís Aguilar. ProCultura, CICDE-UNED / FLACSO Guatemala.

4. Mauricio Alvarez Mora. Docente en las Escuelas de Geografía, Ciencias Políticas, Programa Kioscos Socioambientales de la UCR y IDELA-UNA.

5. Jeffrey Peytrequín Gómez. Esc. Antropología UCR.

6. Rebeca Arguedas Ramírez. Académica UNED.

7. Andrea Cuenca Botey, Cátedra de Investigación en Ciencias Sociales y Humanidades UNED.

8. Juan Antonio Gutiérrez Slon, Centro de Investigación en Cultura y Desarrollo, CICDE-UNED.

9. Patricia Mora Castellanos. Escuela de Estudios Generales UCR.

10. Alberto Gutiérrez Arguedas, Sede de Occidente y CIEP, UCR.

11.Ma. del Carmen Araya Jiménez, CIAN-UCR.

12. Jorge Arturo Lobo Segura. Escuela de Biología, UCR.

13. Helga Arroyo Araya. Proyecto Conflictos Territoriales. UCREA / Esc. Psicología.

14. Alejandro Alvarado Alcázar, Escuela de Sociología, UCR.

15. Onésimo Rodríguez Aguilar, director, Centro de Investigaciones Antropológicas.

16. María E. Bozzoli Vargas, Proyecto Conflictos Territoriales UCREA/Esc.Antropop. CIAN. UCR.

17. Ana Lucía Calderón Saravia, asesora curricular, Centro de Evaluación Académica, UCR.

18. Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, UCR.

19. Maritza Marín Herrera, Académica de la Escuela de Estudios Generales, UCR.

20. Vernon Soto Lugo. Docente de Ciencias biológicas en la Escuela de Estudios Generales, UCR.

21. Macarena Barahona Riera. Docente e investigadora de Escuela de Estudios Generales.

22. Sylvia Elena Solano Ulate. Docente de la Escuela de Estudios Generales, UCR.

23. María José Chaves Groh. Docente de la Escuela de Estudios Generales e investigadora en el CIEM, UCR.

24. Ángela Ramírez Guerrero. Docente en la Escuela de Estudios Generales, de la Universidad de Costa Rica.

25. Geanina Amaya Rodríguez. Docente de la Escuela de Trabajo Social, Universidad de Costa Rica.

26. César Moya Aburto, Centro de Investigación en Cultura y Desarrollo, CICDE-UNED.

27. Carmen María Camacho Rodríguez, académica e investigadora jubilada (UNA, UCR, ICAP).

28. Verónica Jerez Brenes, docente, Escuela Estudios Generales, UCR.

29. Ernesto Cortes Amador, docente, Escuela de Antropología, UCR.

30. Silvia Rojas Herrera, académica, Escuela de Sociología, UNA.

31. Catalina Carrillo Vargas, académica IDESPO y Sede Brunca, UNA.

32. Mariana Porras Montero, docente de la Escuela de Trabajo Social, UCR.

33. Celia Barrantes Jiménez, docente interina Escuela de Antropología, UCR.

34. Osvaldo Durán-Castro, Sociólogo ITCR/Proyecto Pueblos Originarios-Universidades Públicas-CONARE.

35. Vania Solano Laclé, docente de la Escuela de Antropología y coordinadora del proyecto EC-581 Observatorio para la acción contra el racismo, CIAN-UCR.

36. Francisco Javier Mojica Mendieta, Antropólogo Proyecto Pueblos Originarios-U Públicas-CONARE; docente posgrado en Antropología-UCR; Director de Revista Trama, ITCR.

37. Giovanni Beluche Velasquez. Coordinador del Programa de Humanidades de la UTN.

38. Zuiri Méndez Benavides, docente Escuela de Sociología y Programa Kioscos Socioambientales, UCR.

39. Luis Andrés Sanabria Zaniboni. Proyecto EC-518 Observatorio Bienes Comunes. Programa Kioscos Socioambientales, UCR.

40. José Antonio Mora Calderón. Docente Sede de Occidente y Coordinador de Programa Kioscos Socioambientales para la Organización Comunitaria, UCR.

41. Nathalia Vargas Umaña. Trabajadora Social, Gestora Sociocultural y activista feminista.

42. Mar Fournier Pereira. Docente Escuela de Psicología, UCR

43. Mariana R. Mora. Docente Escuela de Sociología UCR

44. Daniel Solano Ulate. Docente Escuela de Danza, Escuela de Música, UNA.

45. Marcelo Valverde Morales. Académico IDELA, UNA.

46. Luis Paulino Vargas Solís, investigador CICDE-UNED.

47. Ali García Segura. Bribri Talamanca. Investigador Facultad Ciencias y Letras UCR.

48. Paulo E. Coto Murillo, Investigador y docente, CICDE-UNED/ Posgrado de Sociología, UCR.

49. Mariano Saenz Vega, Investigador docente Ad-Honorem, UCR.

50. Anacristina Rossi, Profesora de Estudios Generales. Universidad de Costa Rica.

51. Priscilla Carballo Villagra, investigadora, CICDE-UNED.

52. Pablo Arturo Díaz González, investigador, CICDE-UNED.

53. David Arias Hidalgo, profesor-investigador ITCR-

54. Héctor Ferlini-Salazar, director de SURCOS, docente UCR.

55. Raquel Lafuente Chryssopoulos, profesora-investigadora Escuela de ingeniería en producción industrial, integrante del Consejo Institucional ITCR.

56. Evelyn Hernández Solís, Estadística de la Oficina de Planificación, ITCR.

57. Noemy Quirós Bustos, Coordinadora Centro de Investigación CEQIATEC, profesora-investigadora Escuela de Química, ITCR.

58. Roberto Cortés Morales, Director Escuela de Ingeniería en Computación, ITCR.

59. Isabel Ducca Durán, catedrática jubilada de la Universidad Nacional.

60. Carolina Quesada Cordero, Escuela de Antropología, Universidad de Costa Rica.

61. Nora Garita Bonilla, catedrática jubilada, Universidad de Costa Rica.

Siguen más firmas…

1 https://www.diarioextra.com/Noticia/detalle/479409/defensora-visita-salitre-y-se-espanta-con-lo-que-ve. y https://www.diarioextra.com/Noticia/detalle/479557/funcionarios-de-defensor-a-ocultaron-lamento-ind-gena

2 https://semanariouniversidad.com/pais/defensora-visita-salitre-guiada-por-abogada-condenada-a-carcel-por-usurpar-tierras-indigenas/ y https://delfino.cr/2022/07/defensora-de-los-habitantes-califica-de-ilegales-las-recuperaciones-de-territorios-indigenas

3 https://delfino.cr/2022/07/sindicato-de-la-defensoria-senala-a-catalina-crespo-por-reunirse-con-usurpadores-de-tierras-indigenas?s=09.

4 https://www.facebook.com/111882987093775/posts/555428809405855/

5 https://www.diarioextra.com/Noticia/detalle/479926/denuncian-a-funcionarios-de-la-defensor-a-de-los-habitantes

6 La Comisión impuso a Costa Rica la Medida Cautelar 321-12 desde el 2015 vigente hasta el momento. https://www.oas.org/es/cidh/indigenas/proteccion/cautelares.asp. El país ha recibido la visita de dos Defensores de Derechos Indígenas, James Anaya (2011) y Francisco Cali Tzay (2020) quienes en sendos informes han expresado su preocupación por múltiples violaciones de derechos indígenas en nuestro país. Para mayor información véase https://www.sciencespo.fr/opalc/content/pueblos-indigenas-en-salitre-las-medidas-cautelares-solicitadas-costa-rica-por-la-cidh.html#:~:text=Las%20medidas%20cautelares%20constituyen%2C%20como,de%20la%20CIDH%3A%20la%20violencia

7Dictada a las 11 horas 56 minutos, del 20 de mayo de 2016, por el Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, Sección Primera. Sentencia de cárcel para Thais Vidal https://www.youtube.com/watch?v=DUF9jcySHBc). La señora Vidal, abogada de profesión, obtuvo ejecución condicional de la pena, lo mismo que su pareja el señor Carlos Gutiérrez Alpízar, abogado y exjuez agrario quienes compran ilegalmente una parcela en Cebror de Salitre a una persona que no era indígena bribrí, pero que de buena voluntad la comunidad indígena la había dejado habitar en el Territorio.

8 ADI de Ujarrás niega identidad indígena a Thais Vidal https://www.tvsur.co.cr/etiqueta/thais-vidal-salitre/

Respuesta de recuperadores y recuperadoras, defensores de derechos humanos a las últimas declaraciones de la Señora Defensora de los Habitantes

Compartido por SURCOS por Pablo Sibar Sibar. 

Respuesta dirigida a la Defensora de los Habitantes Catalina Sancho Crespo, sobre sus últimas declaraciones presentadas a la prensa, se indica que contradice las labores de su cargo e ignora las posiciones que anteriormente ha defendido respecto a la problemática en los territorios de los pueblos indígenas del sur, donde los finqueros y usurpadores han provocado con anterioridad la muerte de líderes indígenas. Se cuestiona la reunión de la Defensora con personas que han usurpado y ejercido violencia en territorios indígenas, sabiendo de primera mano, la buena voluntad con la cual las comunidades indígenas afectadas han tratado el tema de la usurpación de sus tierras frente a las instituciones estatales y las leyes de este país a fin de lograr una solución pacífica. 

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Defensoría de los Habitantes

Señora
Catalina Sancho Crespo
Defensora de los Habitantes de Costa Rica

REF: Respuesta de recuperadores y recuperadoras, defensores de derechos humanos a las últimas declaraciones de la Señora Defensora de los Habitantes.

Le saludo cordialmente en nombre de las recuperadoras y los recuperadores de territorios indígenas, defensores de nuestros derechos humanos. La presente se debe a sus fuertes afirmaciones en el diario La Extra (1), por la gravedad de estas (2), me veo en la obligación de contarle sobre nuestro proceso de recuperaciones.

Señora Defensora, justo donde usted se reunió en el Territorio Bribri de Salitre con la Señora Thais Vidal (3) fue donde la violencia en los territorios indígenas se exacerbó a partir del año 2012. La causa inmediata fue precisamente, que la Señora Vidal, siendo abogada y quien dice ser indígena pluriétnica, en aquel momento con su esposo Señor Carlos Gutiérrez Alpízar, abogado y exjuez Agrario, compraron ilegalmente una parcela en la comunidad de Cebror de Salitre a una persona no indígena, que de buena voluntad la comunidad había permitido habitar el área. Sobra señalar que como profesionales en derecho e incluso como Juez Agrario ambas personas (Señor Gutiérrez y Señora Vidal) conocían sobre la ilegalidad de comprar tierras dentro de un territorio indígena.

Además de la compra y posesión ilícita, estas dos personas demarcaron con cercas violentando los linderos de la parcela, hecho por el cual la Asociación de Desarrollo finalmente realizó gestiones para su desalojo. Desde entonces, esta pareja organizó un movimiento de muchos finqueros los cuales usurpan nuestros territorios, donde imponen violencia en contra de nuestros pueblos sembrando el miedo y terror.

Todo este contexto fue la razón por la que se conformó una mesa de diálogo mediada por la Defensoría de los Habitantes, el PNUD, Gobiernos de Pueblos indígenas del sur Buenos Aires y Pérez Zeledón. De esta forma se logró demostrar que ni la Señora Vidal ni el Señor Gutiérrez son indígenas ni tienen derecho alguno de posesión, por lo que posteriormente se logra su desalojo.

Además, ambos tuvieron causas abiertas por la Fiscalía donde fueron condenados por el delito de usurpación, condena que fue confirmada incluso por la Sala Tercera.

Señora Defensora, los pueblos indígenas siempre hemos contado con el acompañamiento técnico de la Dirección de Igualdad y no Discriminación, particularmente resaltamos la gran labor del Señor Álvaro Paniagua y la Señora Marjorie Herrera así como otras y otros funcionarios. Incluso, durante el inicio de su mandato, cuando usted respetaba el criterio técnico de dicha oficina, usted misma ha estado presionando al Ejecutivo para que asuma correctamente la situación sobre el proceso de saneamiento territorial mediante la expropiación y el desalojo de las personas no indígenas que tienen tierras o viven dentro de nuestros territorios. La Defensoría ya ha manifestado su preocupación pues en los últimos años, que ha estado en “marcha” el Plan RTI a cargo del INDER, no se ha retirado a ninguna persona no indígena de ninguna finca dentro de ningún territorio. También es un hecho conocido y validado por esta Defensoría que desde la “Arrastrada” en el 2010, no nos quedó otra opción que recurrir a las recuperaciones pacíficas por la vía de hecho y derecho, exponiendo nuestras vidas.

Es contradictorio lo que usted ahora manifiesta en prensa Señora Defensora, “que estamos olvidados”, pues como dije anteriormente, la Defensoría de los Habitantes ha sostenido una posición técnica clara con los habitantes no indígenas, haciéndoles ver que si tienen documentos de propiedad anterior a la ley del 1977 tienen derechos a la expropiación pero si los adquirieron después solo les corresponde el desalojo simple, sin ninguna indemnización. Todo esto consta en el Informe Anual de Labores 2020-2021 de la Defensoría de los Habitantes, de particular atención la página 96.

Le pregunto por qué la Señora Defensora de los Habitantes acude a una reunión con personas que las y los habitantes indígenas hemos denunciado por agresiones, amenazas, discriminación, usurpación, y otros delitos. Denuncias que no se reciben en muchas ocasiones o se tramitan discriminatoriamente en todas las oficinas judiciales, ahora incluso atentado por una persona que ostentando el cargo de Diputada de la República, la Señora Sonia Rojas, afirma ser indígena cuando no es reconocida como tal en ningún por ningún pueblo indígena. Siempre hemos reclamado el respeto a nuestro derecho de acceso a la justicia y la Defensoría de los Habitantes siempre dio acompañamiento a estos tratos discriminatorios.

Señora Defensora, usted le dio cobertura mediática incluso con fotografías en el sitio de la visita, dejando en claro su interés figurativo más allá de la resolución real del problema o incluso dejando de lado el análisis de riesgo de violencia que dicha acción podía provocar.

Usted miente al afirmar desconocimiento de la situación real de tierras e incluso de problemas internos que enfrentamos los territorios del sur, porque usted si ha tenido reuniones con nosotras y nosotros. En la Asamblea Legislativa usted reconoció que fue a darle las condolencias a la Madre de Jehry, y ahora se alía con quienes provocaron el contexto de su muerte. Usted está propiciando la violencia en contra de nuestros territorios al reunirse con el sector reconocido por propiciar agresiones armadas incitar a la violencia creando más odio y racismo contra nuestros pueblos (4).

En su visita a Salitre, Diario La Extra afirma que en dichas reuniones se conversó sobre separar de su cargo e incluso iniciar investigaciones contra funcionarios como la Señora Marjorie Herrera y el Señor Álvaro Paniagua. Es lamentable escuchar que la persona que ostenta el cargo de Defensora de los Habitantes, lejos de querer fortalecer la institución y respetar su investidura, busca al contrario alejar a las únicas personas dentro de la Defensoría con la capacidad técnica y la experiencia suficiente para conocer realmente la situación de los derechos indígenas. A ambos tengo muchos años de conocerlos y solo sé que son defensores de los derechos indígenas. Derechos, que como usted sabe, han sido olvidados, pisoteados y violentados por los que tienen la autoridad para garantizarlo.

Se hace absolutamente necesario conocer con la profundidad y dimensión adecuada, la situación de nuestros pueblos y los problemas que afrontamos. Siempre he abogado por nuestra autodeterminación y he dicho que los problemas nuestros los arreglamos nosotros, respeten nuestro derecho de autodeterminación y déjennos solucionar nuestras diferencias, porque mientras los de la Capital sigan sembrando nuestras diferencias será muy difícil encontrar una solución.

Señora Defensora, su rol es buscar la solución y mediar para que se nos devuelvan las tierras, por favor haga todo lo que esté a su alcance en esa ciudad que a nosotras y nosotros se nos hace tan difícil llegar. Yo le garantizo que si las tierras fueran nuestras y se respetaran todos nuestros derechos, donde nosotros tengamos nuestra propia autonomía, los problemas serían menores porque uno de los grandes problemas que enfrentamos es la intromisión desde afuera queriendo ser los salvadores, pero esa práctica discriminatoria lo único que logra es fomentar más el odio y racismo.

En nuestras recuperaciones hay vida, esperanza y espiritualidad se siente un buen vivir para vivir bien y esto lo que garantiza la vida para las siguientes generaciones, que no sufran todos los atropellos que hemos vivido nosotros.

Esperando su respuesta, se despide un recuperador de hecho muy orgulloso y defensor de los derechos indígenas.

Pablo Sibar Sibar
Indígena Brörán del Territorio Indígena Térraba
Beneficiario MC 321/12 CIDH

CC:

-Naciones Unidas
Señor Francisco Cali Tzai, Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas.
Señora Mary Lawlor, Relatora Especial sobre la situación de los defensores de derechos humanos.
Señora Ana Maria Upegui, OHCHR Costa Rica.

-Comisión Interamericana de Derechos Humanos CIDH
Comisionada Esmeralda Arosema de Troitiño, Relatora para Pueblos Indígenas.
Comisionado Carlos Bernal Pulido, Relator para Costa Rica.
Sra. Fernanda Alves dos Anjos, Coordinadora de la Sección de Medidas Cautelares y Provisionales.

-Autoridades Estatales
Señora Natalia Díaz, Ministra de la Presidencia de la República.
Señor Ricardo Sossa, Comisionado de Inclusión Social de la Presidencia de la República.
Señora Diputada, Presidenta Comisión Especial Permanente de Derechos Humanos Asamblea Legislativa.

-Forest Peoples Programme.

-Front Line Defenders.

Notas:

1 Diario La Extra, “Defensora visita Salitre y se espanta con lo que ve”, nota del 8 de julio del 2022.

2 Delfino CR, “Defensora de los habitantes califica de «ilegales» las recuperaciones de territorios indígenas”, nota del 11 de julio 2022.

3 Semanario Universidad, “Defensora visita Salitre guiada por abogada condenada a cárcel por usurpar tierras indígenas”, nota del 12 de julio 2022.

4 Semanario Universidad, “Sindicato de la Defensoría de los Habitantes reclama a Defensora por avivar conflicto en Salitre exponiendo a indígenas y luego salir del país”, nota del 15 de julio 2022.

5 Diario La Extra, “Denuncian a funcionarios de la Defensoría de los Habitantes”, nota del 18 julio 2022.

Ceremonia Ák Kuè (Jala de la Piedra)

El pasado sábado 16 de julio, se celebró con éxito la ceremonia Ák Kú̱k (Jala de la Piedra), uno de los eventos culturales más importantes de la cultura Bribri. 

Se contó con la participación de centenares de personas de la comunidad de Salitre y de territorios de Pueblos Originarios del sur del país; así como organizaciones amigas, universidades públicas y personas solidarias con estas luchas.

Se extiende una gran felicitación al Concejo Ditsö Iríria Ajkönuk Wákpa de Salitre por seguir trabajando con gran empeño en la revitalización de su cultura y tradiciones.

Puede acceder al video de la ceremonia por medio del siguiente enlace: https://fb.watch/elw-7zGtNO/

Los territorios indígenas son exclusivos para estos pueblos

Comunicado Público

Resoluciones que ordenan el desalojo de personas del pueblo Bribri de Salitre son contrarias al bloque de constitucionalidad y violentan los derechos humanos de los Pueblos Originarios.

Funcionarios judiciales serán denunciados por prevaricato

Miércoles 13 de julio de 2022. La Ley Indígena 6172, el Convenio 169 de la OIT, jurisprudencia de la Sala Constitucional y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos reconocen que los Territorios indígenas son exclusivos para estos Pueblos.

Es reiterada la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la que reconoce la importancia que para los Pueblos Originarios tienen la tierra – territorio y la necesidad y obligación de parte de los Estados de garantizar ese derecho a estos pueblos “Los indígenas por el hecho de su propia existencia tienen derecho a vivir libremente en sus propios territorios; la estrecha relación que los indígenas mantienen con la tierra debe de ser reconocida y comprendida como la base fundamental de sus culturas, su vida espiritual, su integridad y su supervivencia económica” (Caso de la Comunidad Mayagma (Sumo) Awas Tingni Vs. Nicaragua, sentencia de 31 de agosto de 2001).

También la Sala Constitucional ha reconocido el derecho de los Pueblos originarios a sus territorios como un derecho fundamental “Los grupos de personas pertenecientes a las comunidades autóctonas tienen el derecho de vivir en las tierras donde históricamente han estado asentados, y el Estado debe garantizar plenamente el disfrute de este derecho fundamental” (Res: 2002-03468 del dieciséis de abril del dos mil dos.)

Por su parte el Convenio 169 de la OIT que Costa Rica ratificó desde el año 1993 y por tanto es parte de nuestro Bloque de Constitucionalidad y Derecho Indígena, sobre este tema y  en lo que interesa establece: “Artículo 14 1. Deberá reconocerse a los pueblos interesados el derecho de propiedad y de posesión sobre las tierras que tradicionalmente ocupan… 2. Los gobiernos deberán tomar las medidas que sean necesarias para determinar las tierras que los pueblos interesados ocupan tradicionalmente y garantizar la protección efectiva de sus derechos de propiedad y posesión. 3. Deberán instituirse procedimientos adecuados en el marco del sistema jurídico nacional para solucionar las reivindicaciones de tierras formuladas por los pueblos interesados»

La Ley Indígena 6172 de 1977 que en su artículo 2 establece “Declárese propiedad de las comunidades indígenas las reservas mencionadas…” y el numeral 3 indica “Las reservas indígenas son inalienables e imprescriptibles, no transferibles y exclusivas para las comunidades indígenas que las habitan.  Los no indígenas no podrán alquilar, arrendar, comprar o de cualquier otra manera adquirir terrenos o fincas comprendidas dentro de estas reservas.  Los indígenas sólo podrán negociar sus tierras con otros indígenas.  Todo traspaso o negociación de tierras o mejoras de éstas en las reservas indígenas,  entre indígenas y no indígenas, es absolutamente nulo,  con las consecuencias legales del caso.” 

Pese a lo contundente de la normativa y jurisprudencia referida existen tres resoluciones judiciales que ordenan el desalojo contra las familias recuperadoras del Pueblo Bribri de Salitre, emitidas por el Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia Agraria) mediante sentencia 40-2021 del 30-6-21 y Ejecución de Sentencia del 22-6-22 y el voto N.373-F-22 del Tribunal Agrario del segundo Circuito Judicial de San José en un proceso interdictal que se conoce en el expediente 19000045-655-AG-2.

Las personas Bribris que recuperaron la finca Kapleña, en Puente de Salitre desde el 2 de noviembre de 2019, fueron representadas judicialmente por personal de la Defensa Pública, quienes actuaron de forma poco diligente, sin el consentimiento de la totalidad de las y los recuperadores  y con poco conocimiento de los derechos humanos que asisten a los Pueblos Originarios, lo que causó indefensión a las y los demandados.

Insisten el Tribunal Agrario, aun reconociendo que el terreno en litis está dentro del Territorio Brirbi de Salitre, que las y los recuperadores son Bribris y que el actor Edwin Guevara no es indígena, que estas órdenes de desalojo “en nada afectaría el derecho de propiedad y posesión indígena, pues solo se tutela la posesión actual momentánea sea ésta ilegítima o no”; por lo que se estaría reconociendo una posesión ilegítima  e ilegal desde sus orígenes; basando su resolución en criterios exclusivamente de orden civil y desconociendo y dejando sin aplicación el Derecho Indígena.

Las y los recuperadores decidieron desistir de la representación judicial de la Defensa Pública y serán representados por un  abogado privado y en estos días estarán presentando en tiempo y forma los acciones judiciales pertinentes para evitar el desalojo y también se estará denunciando a funcionarios del Juzgado y Tribunal mencionados por el presunto delito de prevaricato, de acuerdo al artículo 357 del Código Penal “Se impondrá prisión de dos a seis años al funcionario judicial o administrativo que dictare resoluciones contrarias a la ley o las fundare en hechos falsos.”

¡Justicia para Sergio, Jerhy y los pueblos originarios!

Concejo Ditsö̀ Irìria Ajkö́nu̱k Wakpa (CODIAW).

Coordinadora de Lucha Sur Sur (CLSS).

https://www.facebook.com/111882987093775/posts/557116465903756/

Imagen ilustrativa.

Rey Curré te invita a jugar, ganar y bailar

Uriel Rojas

Los padres de familia de la Escuela Indígena de Rey Curré han organizado para este fin de semana una serie de actividades sociales y recreativas con el fin de recaudar fondos y construir los baños de la institución educativa.

Este sábado 16 de julio de 2022 estarán realizando un grandioso bingo. Lea no más ¡qué premios!

  1. Un mueble para cocina
  2. Una olla arrocera
  3. ₡50.000 colones
  4. Un sartén eléctrico
  5. Un cerdito
  6. Un mueble para TV
  7. Una canasta de víveres
  8. Una potranca
  9. Una licuadora
  10. Un celular
  11. Un coffe maker
  12. Una lavadora
  13. ₡25.000 colones
  14. Una novilla

Lugar: Salón Comunal Rey Curré

Hora: 12 mediodía.

Precio del cartón: ₡5000

Puede adquirir y cancelar su cartón al Sinpe: 85150927

Y por la noche… Baile a más no poder al ritmo del grupo nacional La Selección alternado con Tsunami Discomóvil.

Organiza: Padres de familia de la Escuela Indígena de Rey Curré 2022.

Mujeres Mano de Tigre invita a defensora a no «alarmarse» y actuar

SURCOS comparte la carta enviada por Elides Rivera Navas, presidenta de la organización de Térraba Mujeres Mano de Tigre a la jerarca de la Defensoría de los Habitantes Catalina Crespo Sancho. En la nota se invita a la funcionaria «… a no alarmarse, sino a actuar y abrir diálogo propositivo y efectivo en busca de la paz y el respeto a la diferencia étnica que corresponde a los pueblos indígenas, que también tienen derechos humanos y territoriales… «.

Esta es la nota enviada:

Térraba 10 de julio 2022

Señora Catalina Crespo Sancho
Defensora de los Habitantes de Costa Rica

Le extiendo un fraternal saludo de parte de la Organización de Mujeres Indígenas Mano de Tigre (Orcuó-Dbón) del Territorio Indígena Térraba.

Con suma preocupación hemos hecho de nuestro conocimiento los reportajes del medio informativo La Extra, donde su persona se ha reunido únicamente con personas de la parte conocida por sus intereses como foráneos o no indígenas, en el territorio hermano de Salitre, personas que buscan legitimar sus conveniencias de posicionarse de las tierras indígenas; dicho medio informativo, señala que su persona se «espanta» de la situación y que además ve con gran preocupación el conflicto en los territorios del Sur.

Señora defensora, la situación empieza desde 1977 cuando se aprueba la ley indígena 6172, donde se delimitan los territorios y se reducen a pequeñas áreas que oficializa el catastro nacional, pero desde ese entonces ningún gobierno o institución encargada de velar el cumplimento de la misma se interesara por hacerlo realidad.

Los tres poderes del Estado han optado por hacer su mirada a otra dirección y se ha generado lo que hoy se mira como conflicto, los mismos grupos de siempre que han explotado las tierras indígenas y a sus pueblos en su favor hoy denuncian e invocan no objetividad de funcionarios de la defensoría y otras instancias nacionales e internacionales, porque estos no se han rendido a sus mentiras y manipulaciones.

Me refiero de manera enfática a la señora Maryuri Herrera Castro y al señor Álvaro Paniagua, actual director del departamento de la niñez y adolescencia de la DDH, los cuales son mencionados en discursos llenos de mala fe con el fin de menoscabar sus capacidades en el tema de Derechos Humanos, cuando su reputación como profesionales ha sido siempre intachable e integra.

Desde hace 10 años enfrentamos los brotes de violencia en el cantón de Buenos Aires por el grupo de personas que se reunió con su persona en Salitre, dirigidos (en parte) por Thais Vidal, y como efecto de dichas acciones hemos enfrentado los asesinatos de dos compañeros defensores de los derechos humanos y territoriales de los pueblos indígenas, así como un sin fin de situaciones que se encuentran en los juzgados que corresponden, este grupo organizado que se mueve en todos los territorios indígenas del cantón de Buenos Aires, todas estas denuncias han llegado a la defensoría a su despacho donde ha podido constatar la información de hechos de violencia, abusos, y la criminalización de la defensa indígena.

Hacemos de su conocimiento que la señora Vidal no es indígena como ella aduce, ya que en los tribunales quedó demostrado a través de un peritaje cultural, además fue desalojada del territorio de Salitre por usurpar tierras indígenas.

Señora Catalina Crespo; señora Defensora, la invitamos a no alarmarse, sino a actuar y abrir diálogo propositivo y efectivo en busca de la paz y el respeto a la diferencia étnica que corresponde a los pueblos indígenas, que también tiene derechos humanos y territoriales en las instituciones gubernamentales, que la asamblea legislativa apruebe presupuesto para que se liquide a quién corresponden las indemnizaciones y con el Ministerio de Seguridad Pública ejecutar los desalojos que corresponden, con el instituto Mixto de Ayuda Socia ly el Instituto de Desarrollo Rural, para que las familias que no ostenten indemnización y lo ameriten, puedan ser atendidos como corresponde como seres pertenecientes a la sociedad costarricense.

Con el más profundo respeto exhortamos a su persona desde su investidura para que actúe cumpliendo los estándares nacionales e internacionales en materia de derechos humanos y apegados a la justicia como primer pilar de la democracia.

Atentamente:

Elides Rivera Navas
Presidenta de Mujeres Mano de Tigre

Información compartida con SURCOS por Pablo Sibar.

Protestan contra la Ley de Semillas y los agrotóxicos y son galardonados por la Medalla al Mérito Agrícola 2022

El sábado 28 de mayo no fue un día cualquiera para el colectivo Mojojoy quien recibió la medalla al mérito agrícola 2022 de las manos de la Ministra de Agricultura Laura Bonilla y del presidente de la República Rodrigo Chaves. 

Durante el acto de premiación se pudo observar al colectivo Mojojoy que en sus camisetas portaban mensajes que decían: “no a la ley de semillas”, “no más agrotóxicos”, “no más monocultivos”, “justicia para China Kicha”, “tierra para el campesino”.

Mojojoy Agri-Cultura es un proyecto que lleva a cabo la recuperación de suelos, la dignificación del saber campesino, la producción de hortalizas sin venenos, el diálogo entre sistemas productivos agrícolas y la necesidad de plantas nativas para la conservación, la democratización del conocimiento, el impulso a una pedagogía para y con la tierra,  la necesidad para el sostenimiento de esto, de la lucha contra la agroindustria tanto en lo productivo cómo en las ideas. 

Según los participantes la protesta se hizo cómo una forma de visibilizar el abandono a la pequeña o pequeño productor agrícola, en denuncia a la mentira que de existe un apoyo real a proyectos de una u otra manera apuntan a una relación más armónica con el ecosistema. Además, desearon visibilizar la lucha por un modelo agrícola alternativo con la lucha de los pueblos indígenas que alrededor del mundo son los defensores de otro tipo de agricultura junto al campesinado y visibilizar que el Estado responde a los intereses de los grandes capitales agrícolas. 

Según el Colectivo Mojojoy, fue una forma de levantar la voz ya que dentro el discurso hegemónico de la agroindustria no existe cabida para este tipo de prácticas y aportar en la lucha por otro modelo de producción distinto al que hoy destruye bosques, es causante de epidemias, desaparece el saber campesino, provoca la desaparición de especies y ha puesto al borde del precipicio a la humanidad entera, declaró el Colectivo Mojojoy, ganador al mérito agrícola 2022 otorgado por el MAG.

 

Compartido con SURCOS por Bloque Verde.

ORGANIZACIONES SOCIALES Y DE PUEBLOS ORIGINARIOS INTERPELAN A DEFENSORA DE LOS HABITANTES DE COSTA RICA

Queremos expresar nuestro total apoyo a las labores realizadas por Álvaro Paniagua Núñez, actual director de Niñez, Adolescencia y Juventud y Marjorie Herrera Castro, profesional de defensa de derechos de la Dirección de Igualdad y No Discriminación. Durante muchos el señor Paniagua y la señora Herrera, han demostrado un profundo y respetuoso conocimiento de las culturas y realidades de los Pueblos Originarios de Costa Rica, aunado a una actitud de total solidaridad, entrega y disposición en las gestiones necesarias para la defensa y el efectivo ejercicio de los derechos humanos de los Pueblos Originarios en total apego al bloque de constitucionalidad y legalidad costarricense. 

No obstante, con preocupación manifestamos nuestro asombro de lo expresado por la señora Catalina Crespo Sancho a un medio escrito de alcance nacional, donde indicó que las recuperaciones de tierra son ilegales, ante ello, nos permitimos recordarle que estos procesos de reafirmación territorial son legítimos y acorde a nuestra historia, cultura y cosmovisión, además de que están a derecho de acuerdo con el bloque de constitucionalidad y los derechos culturales y humanos.

Le invitamos a conocer la realidad que vivimos los Pueblos Originarios y a dialogar con la diversidad de sectores con el fin de encontrar los caminos para hacer efectiva la defensa de los derechos humanos de los Pueblos Originarios y evitar la exacerbación de la violencia.

 

Compartido con SURCOS por Coordinadora de Lucha Sur-Sur.

¡Sin justicia no hay democracia! Reclamo de pueblos originarios

El día viernes 11 de marzo del 2022, una delegación del Pueblo Cabécar de China Kichá, la Coordinadora de Lucha Sur Sur y de organizaciones defensoras de los derechos humanos sostuvieron una reunión con el director del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) y su equipo.

Las organizaciones expresaron sus inquietudes, denuncias y propuestas sobre las crecientes agresiones y violaciones a los derechos humanos contra los Pueblos Originarios de Costa Rica y la impunidad reinante en estos casos.

La Dirección del OIJ se comprometió a dar respuesta al documento presentado por las organizaciones. En estos días se estará brindando mayor información sobre estas gestiones.

El documento contiene el siguiente texto:

Señor

Walter Espinoza Espinoza

Director

Organismo de Investigación Judicial

Reciba un saludo de parte de las organizaciones de Pueblos Originarios y defensoras de los derechos humanos que suscribimos el presente documento.

A partir de la reunión de una delegación de quienes suscribimos con el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, señor Fernando Cruz Castro, el pasado 26 de enero y con el objetivo de continuar con el diálogo que permita un real acceso a la justicia para los Pueblos Originarios, nos hacemos presentes para manifestar algunas inquietudes y demandas ante esta Dirección.

Es de conocimiento público las múltiples agresiones y violaciones a los derechos humanos que estamos viviendo los Pueblos Originarios de Costa Rica. Como hemos comunicado reiteradamente y desde hace muchos años, la ocupación legal de nuestros Territorios por parte de personas que no pertenecen a nuestros Pueblos, es la causa principal de la violencia y violación sistemática de nuestros derechos humanos y es obligación del Estado, en este caso del Poder Ejecutivo, ejecutar los desalojos administrativos necesarios para devolvernos nuestras tierras.

Ante el ejercicio de nuestro derecho humano colectivo a la tierra; está la violencia y violaciones a los derechos humanos en nuestra contra se han incrementado, ante lo cual, la impunidad es la respuesta que hemos encontrado de parte del Poder Judicial.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos define la impunidad como: «falta en su conjunto de investigación, persecución, captura, enjuiciamiento y condena de los responsables de las violaciones de los derechos protegidos por la Convención Americana, toda vez que el Estado tiene la obligación de combatir tal situación por todos los medios legales disponibles ya que la impunidad propicia la repetición crónica de las violaciones de derechos humanos y la total indefensión de las víctimas y sus familias»

Son reiteradas las denuncias públicas, ante la Inspección Judicial, la Defensoría de los Habitantes y otras instancias, sobre el actuar discriminatorio y racista de diversas instancias judiciales, incluido el OIJ, en la atención, trámite y resolución de los casos en los que son parte los Pueblos Originarios.

Uno de los obstáculos frecuente para el acceso a la justicia por parte de los Pueblos Originarios es que, conociendo las realidades culturales de estos Pueblos y su poco o nulo acceso al internet y equipos de cómputo, diversas instancias judiciales se niegan a entregar copias en físico de las denuncias, resoluciones y demás trámites judiciales, a pesar de la solicitud expresa de las y los ofendidos.

SURCOS comparte además el siguiente documento entregado por representantes de pueblos originarios al fiscal general interino:

 

https://www.facebook.com/111882987093775/posts/477557537192983/

Compartido con SURCOS por Coordinadora de Lucha Sur Sur-CLSS.