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Etiqueta: pueblos originarios

Aspectos legales y legítimos de los procesos de recuperación de tierras

Las recuperaciones de Tierra-Territorio realizadas por los Pueblos Originarios no son sólo acciones de hecho, sino que corresponden a su cosmogonía, tradiciones y derechos legales que les pertenecen como Pueblos Originarios. El derecho a la tenencia y recuperación de Tierras-Territorios es reconocido en distintos mecanismos legales nacionales e internacionales.

Compartimos esta infografía que contiene los aspectos legales y legítimos de los procesos de recuperación de Tierras-Territorios y la autodeterminación territorial.

Esta infografía forma parte de la campaña informativa “Justicia para Sergio, Jerhy y los Pueblos Originarios”; de la Coordinadora de Lucha Sur Sur (CLSS) con el apoyo de Ditsö y Voces Nuestras.

¡JUSTICIA PARA SERGIO, JERHY Y LOS PUEBLOS ORIGINARIOS!

#JusticiaParaSergioYJerhy

Coordinadora de Lucha Sur Sur-CLSS.

 

*Imagen de portada: Conferencia de prensa UCR luego de agresión a Jerhy Rivera, 2013
Fotografía: Ricardo Araya Rojas.

Primeros matrimonios entre personas del mismo sexo

Mario Solera Salas

Somos el país número 29 en el mundo que aprueba este matrimonio. Excelente, vamos dejando atrás paradigmas irracionales y creciendo como sociedad igualitaria y solidaria.

Felicidades, Costa Rica, país construido a partir de población invasora que cinco siglos después, sigue invisibilizando a los pueblos originarios, habitantes y legítimos dueños de estas tierras, que habitan desde hace más de 12000 años.

Perdón malekus, borucas, broran, ngöbe, bribri, por continuar tratándolos como lo hicieron los conquistadores. Perdón por usurpar sus tierras, por no otorgarles cédulas, por no darles los mismos derechos que tenemos nosotros los invasores.

Al menos una buena noticia les tengo, si bien viven en extrema pobreza, ya pueden casarse con personas del mismo sexo.

 

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En Salitre se siguen violando impunemente los derechos del pueblo indígena Bribri

Alberto Gutiérrez Arguedas, Universidad de Costa Rica

18 de febrero 2020

En días pasados hicimos una visita al territorio indígena Bribri de Salitre y pudimos constatar de primera mano el grave escenario de violación de derechos que este pueblo continúa sufriendo de manera sistemática. A casi un año del asesinato del líder Sergio Rojas Ortiz (18 marzo 2019), el cual permanece en total impunidad, las violencias en contra de la integridad física, psicológica y patrimonial del pueblo indígena Bribri de Salitre son una realidad de todos los días, demostrando, una vez más, el fracaso del Estado costarricense por salvaguardar los derechos fundamentales de este pueblo.

Estos actos de violencia, con altos niveles de crueldad y saña, son ejercidos principalmente por parte de finqueros y terratenientes no-indígenas, quienes con el pasar del tiempo se han apropiado de manera ilegal e ilegítima de estas tierras. Sin embargo, todo esto es posible debido a la negligencia, indiferencia y complicidad por parte de las autoridades gubernamentales que -se supone- deberían de velar por los derechos indígenas, comenzando por el derecho a la tierra y el territorio, el cual está en la raíz del actual conflicto que azota Salitre y otros territorios indígenas de la Zona Sur.

El pasado domingo 10 de febrero Minor Ortiz Delgado, de la comunidad de Río Azul, fue agredido con un arma de fuego en su pierna derecha, cuando se encontraba trabajando en las tierras que él y su familia han recuperado y que por ley les pertenecen. No es la primera vez que Minor es agredido gravemente por parte de finqueros y terratenientes: en su otra pierna, la izquierda, también tiene metida una bala producto de un ataque en 2013, en el cual también fue torturado con un machetazo en una oreja y quemado con un fierro incandescente en el pecho, el mismo que se usa para marcar el ganado. Producto de este último ataque, Minor sufrió una fractura ósea que probablemente le impida volver a trabajar por el resto de su vida.

¿Qué ha sucedido con los responsables de tan atroces actos de violencia? Absolutamente nada. A pesar que se conoce bien quiénes son estas personas (pues los indígenas conviven con ellos diariamente), todas las denuncias que se han interpuesto en la Fiscalía local han quedado desestimados por “falta de pruebas”. Los agresores andan libremente por el territorio; han amenazado de muerte a Minor y a otros recuperadores; amedrentan e intimidan a los hijos e hijas de los recuperadores cuando estos se dirigen a la escuela, inclusive con amenazas sexuales a niñas menores de edad. Mientras que Minor y su familia viven prácticamente prisioneros en su propio territorio, con profundo temor de salir de sus casas, sin conseguir dormir en paz, con una angustia constante de que en cualquier momento puede repetirse otra escena de terror.

¿Hasta cuándo las autoridades van a seguir permitiendo que esto continúe? Recordemos que el pueblo indígena Bribri de Salitre es beneficiario de medidas cautelares por parte de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH), la cual ha determinado que el Estado costarricense es responsable por hacer valer los derechos de este pueblo. Esto significa, en primer lugar, mostrar voluntad política para resolver de una vez por todas la problemática de tenencia de las tierras, el Saneamiento Territorial como le llaman las personas recuperadoras. Pero además, es responsable por cualquier atentado en contra de la vida y la dignidad de estas personas. ¿Está el Estado costarricense dispuesto a que corra más sangre indígena? Si no se toman medidas urgentes y decididas, la violencia no cesará y corremos grave peligro de que haya otras personas con el mismo destino que Sergio Rojas.

 

Enviado por el autor.

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Saldar la deuda histórica con los pueblos originarios

DECLARATORIA DE BORUCA

12 Octubre 2019

El saldar la deuda histórica con las naciones originarias que quedaron dentro del Estado Nación de Costa Rica es, sin duda, una política de reivindicación cultural e histórica que este Estado tiene con nuestras naciones originarias y sus 24 pueblos.

El Estado nacional de Costa Rica, mediante una reforma parcial al artículo 1ºde la Constitución; se declaró ser una “República democrática, libre, independiente, multiétnica y pluricultural” (24 de agosto del 2015). Sin embargo, aún, el artículo 75 establece que: “La religión católica, apostólica y romana, es la del Estado, el cual contribuye a su mantenimiento, sin impedir el libre ejercicio en la República de otros cultos que no se opongan a la moral universal ni a las buenas costumbres”. Lo que provoca una gran contradicción con el artículo 1º. Es decir, la República de Costa Rica es multiétnica y pluricultural, no multireligiosa o plurireligiosa. Por lo tanto, se deberá modificar el artículo 75 de la Constitución.

Debemos reflexionar que los Estados multiétnicos y pluriculturales se definieron en los años noventa en América Latina y desde el siglo XVIII, en otras partes del mundo, es decir, que llevamos más tres siglos de retraso. Por lo tanto, se deben modificar el art 1º y el 75º, en virtud de reconocer las naciones originarias, las cuales estuvieron antes que la invención del Estado Nación de Costa Rica. Por lo tanto, el artículo primero deberá decir: “República democrática, libre, independiente, multilingüe, multiétnica, pluricultural y plurinacional”. Según lo estipula la Declaratoria de Matambú del 21 de octubre del 2018.

Retomando el reconocimiento de naciones originarias que forman parte del Estado de Costa Rica, deberemos establecer relaciones de iguales con las 8 naciones compuestas por 24 pueblos originarios.

  1. Nación Bribrí, compuesta por los pueblos: Salitre, Cabagra, Talamanca Bribrí, Kekoldi-Cocles.
  2. Nación Brunca o Boruca, compuesta por el pueblo Boruca y Rey Curré
  3. Nación Cabécar, compuesta por los pueblos: Alto Chirripó, Ujarrás, Tayni, Talamanca Cabécar, Telire, Bajo Chirripó, Nairi Awari, China Kichá,
  4. Nación Chorotega, compuesta por el pueblo de Matambú, Matambuguito, Barrio Guanacaste, Hondores
  5. Nación Huetar, compuesta por los pueblos: Zapatón, Quitirrisí,
  6. Nación Maleku o Guatuso, pueblo Guatuso
  7. Nación Ngäbe Bukle: pueblos Abrojo –Montezuma, Osa, Conte Burica, Coto Brus y Ngäbe de Altos de San Antonio.
  8. Nación Teribe Térraba, pueblo Teribe.

Al reconocerse estás naciones originarias y al ser un Estado pluricultural y plurinacional, debemos ampliar los escaños en la Asamblea Legislativa. Por consiguiente, crear ocho curules más los cuales serán reservados para un representante de cada Nación Originaria. Estas naciones se organizarán y sólo ellos podrán elegir a sus representantes en la Asamblea Legislativa. Es decir, cada nación elegirá un representante de su nación para ejercer el cargo de diputado según sus tradiciones, costumbres y forma organizativa autónoma.

De lo anterior se desprende que, debemos realizar un referendo donde el Estado Nación apoye esta propuesta y se establezcan esos ocho puestos exclusivos para las Naciones Originarias de la República Plurinacional de Costa Rica, estas eligen mediante sus tradiciones, costumbres y organización autónoma por cada nación originaria a un diputado. Por consiguiente, el referendo incluye las modificaciones a los artículos 1, 75, 76, 93,95, 98, 102, 106 y 108 de la Constitución de la República de Costa Rica, los cuales deberán decir los siguientes:

TITULO I LA REPUBLICA, CAPÍTULO ÚNICO

Artículo 1: Costa Rica es una República democrática, libre, independiente, multiétnica pluricultural y plurinacional.

TITULO VI, LA RELIGIÓN, CAPÍTULO ÚNICO

Artículo 75: El Estado Plurinacional de Costa Rica, es un Estado laico, que garantiza el libre ejercicio en la república de diferentes denominaciones religiosas, cultos, cosmovisiones y concepciones del mundo, el universo y la creación, promoviendo la tolerancia, la igualdad y fraternidad entre sus habitantes.

TITULO VII, LA EDUCACION Y LA CULTURA, CAPÍTULO UNICO,

Artículo 76: El Bribri, Boruca, Cabécar, Español, Huetar, Inglés afro-caribeño, Maleku, Mangue, Ngäbe y Teribe son los idiomas oficiales del Estado Plurinacional de Costa Rica.

TITULO VIII, DERECHOS Y DEBERES POLITICOS, CAPÍTULO II EL SUFRAGIO.

Artículo 93: el sufragio es función civil primordial y obligatoria y se ejercerá ante las Juntas Electorales en votación directa y secreta, por los ciudadanos inscritos en el Registro Civil. Artículo 95: La ley regulará el ejercicio del sufragio de acuerdo con los siguientes principios:

  1. Autonomía de la función electoral;
  2. Obligación del Estado de inscribir, de oficio, a los ciudadanos en el Registro Civil y de proveerles de cédula de identidad para ejercer el sufragio;
  3. Garantías efectivas de libertad, orden, pureza e imparcialidad por parte de las autoridades gubernamentales;
  4. Garantías de que el sistema para emitir el sufragio les facilita a los ciudadanos el ejercicio de ese derecho;
  5. Identificación del elector por medio de cedula con fotografía u otro medio técnico adecuado dispuesto por la ley para tal efecto;
  6. Garantías de representación para las minorías;
  7. Garantías del pluralismo político;
  8. Garantías para la designación de autoridades y candidatos de los partidos políticos, según los principios democráticos y sin discriminación por género
  9. Garantías para que las Naciones originarias ejerzan sus procesos de designación de autoridades y diputados según sus tradiciones, costumbres y forma organizativa autónoma.

Artículo 98: Los ciudadanos tendrán el derecho de agruparse en partidos para invertir en la política nacional, siempre que los partidos se comprometan en sus programas a respetar el orden constitucional de la República. En el caso de la Naciones Originarias, estas elegirán a sus diputados según sus tradiciones, costumbres y forma organizativa autónoma.

Los partidos políticos expresarán el pluralismo político, concurrirán a la formación y manifestación de la voluntad popular y serán instrumentos fundamentales para la participación política. Su creación y el ejercicio de su actividad; serán libres dentro del respeto de la Constitución y la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.

CAPITULO III, EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES.

Artículo 102: el Tribunal Supremo de Elecciones tiene las siguientes funciones:

1) Convocar a elecciones populares;

2) Nombrar los miembros de las Juntas Electorales, de acuerdo con la ley;

3) Interpretar en forma exclusiva y obligatoria las disposiciones constitucionales y legales referentes a la materia electoral;

4) Conocer en alzada de las resoluciones apelables que dicte el Registro Civil y las Juntas Electorales;

5) Investigar por sí o por medio de delegados, y pronunciarse con respecto a toda denuncia formulada por los partidos sobre parcialidad política de los servidores del Estado en el ejercicio de sus cargos, o sobre actividades políticas de funcionarios a quienes les esté prohibido ejercerlas. La declaratoria de culpabilidad que pronuncia el Tribunal será causa obligatoria de destitución e incapacitará al culpable para ejercer cargos públicos por un período no menor de dos años, sin perjuicio de las responsabilidades penales que pudieren exigirle. No obstante, si la investigación practicada contiene cargos contra el Presidente de la República, Ministros de Gobierno, Ministros Diplomáticos, Contralor y Subcontralor Generales de la República, o Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, el

Tribunal se concretará a dar cuenta a la Asamblea Legislativa del resultado de la investigación;

6) Dictar, con respecto a la Fuerza Pública, las medidas pertinentes para que los procesos electorales se desarrollen en condiciones de garantía y libertad irrestrictas. En caso de que esté decretado el reclutamiento militar, podrá igualmente el Tribunal dictará las medidas adecuadas para que no se estorbe el proceso electoral, a fin de que todos los ciudadanos puedan emitir libremente su voto. Estas medidas las hará cumplir el Tribunal por sí o por medio de los delegados que designe;

7) Efectuar el escrutinio definitivo de los sufragios emitidos en las elecciones del Presidente y Vicepresidente de la República, Diputados a la Asamblea Legislativa, miembros de las Municipalidades y Representantes a Asambleas Constituyentes;

8) Hacer la declaratoria definitiva de la elección de Presidente y vicepresidentes de la República, dentro de los treinta día siguientes a la fecha de la votación y en el plazo que la ley determine, la de los otros funcionarios citados en el inciso anterior;

  1. Organizar, dirigir, fiscalizar, escrutar y declarar los resultados de los procesos de referéndum. No podrá convocarse a más de un referéndum al año; tampoco durante los seis meses anteriores ni posteriores a la elección presidencial. Los resultados serán vinculantes para el Estado si participa, al menos, el treinta por ciento (30%) de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral, para la legislación ordinaria, y el cuarenta por ciento (40%) como mínimo, para las reformas parciales de la Constitución y los asuntos que requieran aprobación legislativa por mayoría calificada.
  2. Acompañar y ser observadores de los procesos que se realizarán en la Naciones Originarias para elegir sus autoridades y la elección del diputado de cada Nación Originaria ante la Asamblea Legislativa.
  3. Certificar los procesos de cada una de las naciones originarias donde se escogió mediante las tradiciones, costumbre y su forma organizativa autónoma el diputado de la Nación Originaria respectiva, juramentarlo y acreditarlo.

TITULO IX EL PODER LEGISLATIVO, CAPÍTULO I ORGANIZACIÓN DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

Artículo 106.- Cincuenta y siete diputados serán electos por provincias. Ocho diputados serán electos, uno por cada Nación Originaria que se escogerá según sus tradiciones, costumbres y forma organizativa autónoma.

La Asamblea se compone de sesenta y cinco Diputados. Cada vez que se realice un censo general de población, el Tribunal Supremo de Elecciones asignará a las provincias las diputaciones, en proporción a la población de cada una de ellas. Las ocho naciones originarias contarán con un diputado por cada nación que se elige según las tradiciones, costumbres y forma organizativa autónoma.

Artículo 108-A: Para ser diputado por Naciones Originarias, se requiere,

1) Ser ciudadano en ejercicio;

2) Ser costarricense por nacimiento,

3) Autoidentificarse como miembro de una Nación Originaria y ser reconocido, así como aprobado su reconocimiento por la Nación Originaria, de acuerdo con sus tradiciones, costumbres y forma organizativa autónoma.

4) Haber cumplido veintiún años de edad.

Artículo 108 B Para ocupar una de las 57 diputaciones por provincia se requiere:

1) Ser ciudadano en ejercicio;

2) Ser costarricense por nacimiento, o por naturalización con diez años de residencia en el país después de haber obtenido la nacionalidad;

3) Haber cumplido veintiún años de edad.

Acuerdo tomado el día 12 de octubre del 2019, por el Consejo de Naciones Originarias Madre Tierra, en el Territorio de la Nación Originaria Boruca.

 

Imagen ilustrativa de la UCR.

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Feminismos y diversidades sexuales y de género en las comunidades originarias, relatos de vida y lucha

El Centro de Investigación en Estudios de la Mujer de la UCR invita a la conferencia: «Feminismos y diversidades sexuales y de género en la comunidades originarias, relatos de vida y lucha«, a realizarse el próximo miércoles 20 de noviembre de 6 p.m. a 7:30 p.m. en la Sala #1 de Audiovisuales de la Biblioteca Carlos Monge Alfaro.

Enviado por Vania Solano Laclé.

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Organizaciones y comunidades del sur de Costa Rica apoyan procesos de recuperación de tierra – territorio de los pueblos originarios

Pronunciamiento público

Lunes 4 de noviembre de 2019. Mientras se consolida la recuperación de la finca Kalpeña en Puente del territorio Bribri de Salitre, misma que se mantiene sin nuevos incidentes de violencia, se continúa con las labores necesarias para retirar las últimas reses que quedaron en la tierra recuperada.

Las organizaciones y comunidades de pueblos originarios, campesinas y sociales que suscriben, reiteran su total apoyo a esta recuperación y a todos los procesos de recuperación de tierra – territorio que en el ejercicio de su derecho a la tierra han venido desarrollando los pueblos originarios del sur de Costa Rica.

Recalcamos que según las culturas de los pueblos originarios y la legislación nacional e internacional, estos procesos de reafirmación territorial son totalmente legítimos, legales y realizados completamente a derecho, con la particularidad de que no son judicializados por parte de los pueblos originarios.

Es clara la legislación nacional e internacional en establecer que los territorios indígenas pertenecen y solo pueden ser habitados en forma exclusiva por los pueblos originarios respectivos; por lo que toda ocupación de estas tierras por personas no pertenecientes a estos pueblos es absolutamente ilegal.

Por lo tanto es obligación del Estado costarricense reintegrar esos territorios a los pueblos originarios, obligación que hasta el momento ningún gobierno ha cumplido; por lo que estos pueblos han ejercido su derecho humano a la tierra.

Las organizaciones y comunidades que suscriben exigimos que se determinen los autores intelectuales y materiales del asesinato del compañero Bribri Sergio Rojas Ortiz y se apliquen las sanciones respectivas. Reafirmamos que el Estado costarricense es responsable de esta ejecución extrajudicial por omisión; este vil asesinato ocurrió el 18 de marzo de 2019 y hasta el día de hoy se mantiene impune.

¡Justicia para Sergio Rojas y los Pueblos Originarios!

Consejo Ditsö Iriria Ajkönuk Wakpa de Salitre

Consejo Indígena Regional Pacífico Sur de Yimba Cajc

Consejo de Mayores Iriria Jtechö Wakpa de Cabagra

Recuperador@s Cabecares de Kono Ju de China Kichá

Recuperador@s Bribris de Salitre

Recuperador@s Broran de Crun Shurin

Recuperador@s Broran de Finca San Andrés

Organización Autónoma Gwrvechi Kare del Territorio Ngäbe de Conte Burica

Asociación de Productores de Finca 10

Comité de lucha por la tierra de finca Changuina

Cootraosa

Voces Nuestras

Comité de Lucha por la tierra de kilómetro 37 de Golfito y Corredores

Asociación para la defensa de los Usuarios de los Servicios Públicos (ADUSP)

Comité de lucha por la tierra de Finca Venecia

SOJUPANO de Palmar de Osa

Tierra para el Campesino de Finca Puntarenas (TIPAELCA)

SERBUSUR de Finca Puntarenas

Ditsö

Coordinadora de Lucha Sur Sur

 

Imagen ilustrativa.

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Denuncian detonaciones de armas de fuego en Río Azul de Salitre

  • Desconocidos suben con los rostros cubiertos a Río Azul

Miércoles 30 de octubre de 2019. Al ser las 10 de la mañana un grupo de personas que se identifican como peones de Doris Ortiz, ingresaron ilegalmente varias cabezas de ganado a la finca recuperada desde el 2014 por el originario Bribri José Luis Ortiz Delgado, ubicada 2 km al norte del cruce de Puente y Río Azul, camino hacia esta última comunidad, en el territorio Bribri de Salitre.

Aunque Doris Ortiz es Bribri, la misma ha permitido en varias ocasiones que personas no indígenas ingresen ganado a esa finca y es conocido ampliamente su relación con terratenientes que usurpan los territorios de los pueblos originarios de la zona sur de Costa Rica.

Al ser las 3:15 de la tarde se escucharon varios disparos en esa finca y al ser las 3:30 p.m. dos sujetos con el rostro cubierto ingresaron a la comunidad de Río Azul y minutos después se retiraron.

En la finca recuperada por José Luis Ortiz Delgado desde el 2014, varias personas han ingresado ilegalmente ganado en varias ocasiones; el 27 de mayo de 2019 el no indígena Alfredo Valverde ingresó varias reses que luego retiró.

El 20 de setiembre de este año, varias personas que se dicen ser peones de Doris Ortiz, también ingresaron varias reses, que tuvieron que ser retiradas por varios jóvenes del pueblo Bribri de Salitre; en esa ocasión hubo disparos por parte de los peones de Doris; quienes hoy repiten la acción ilegal e ilegítima.

Desde el Consejo Ditsö Iriria Ajkönuk Wakpa de Salitre se responsabiliza al Estado de Costa Rica por permitir estos reiterados actos de violación de los derechos humanos del Pueblo Bribri de Salitre.

Consejo Ditsö Iriria Ajkönuk Wakpa de Salitre

Coordinadora de Lucha Sur Sur

 

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Pueblos originarios y organizaciones sociales exigieron respuesta a sus demandas por parte de los Poderes Ejecutivo y Judicial

El pasado sábado 27 de julio de 2019, pueblos originarios y organizaciones sociales de la Zona Sur se manifestaron en la carretera Interamericana Sur, frente a la finca recuperada Crun Shurin en el Territorio Indígena de Térraba.

Al ser las 9:00 a.m. varias organizaciones de pueblos originarios, campesinas y sociales ejerciendo su derecho a la autonomía y la protesta social decidieron cerrar el paso en esa vía, al Sur de Costa Rica.

Las organizaciones demandan la presencia de representantes del Poder Ejecutivo y Judicial en el lugar de la manifestación, para que den respuesta a sus demandas.

Las y los manifestantes exigen justicia para Sergio Rojas Ortiz, miembro del pueblo bribri de Salitre, asesinado el pasado 18 de marzo.

También reclaman la ejecución de varios desalojos administrativos contra terratenientes no indígenas que usurpan tierras en estos territorios.

Luego de un espacio de diálogo y alcanzar algunos acuerdos con representantes del Poder Ejecutivo, las organizaciones de pueblos originarios, campesinos y sociales de la zona sur de Costa Rica levantaron el bloqueo sobre la carretera Interamericana Sur. Los acuerdos alcanzados se compartirán eventualmente.

La totalidad de las demandas y propuestas de estas organizaciones se encuentran en las fotografías adjuntas.

Coordinadora de Lucha Sur Sur.

 

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Agresores de personas indígenas recuperadoras de la Zona Sur siguen en la impunidad

Organizaciones y colectivos de personas indígenas exigen al Poder Judicial y al Gobierno en general un fin a la impunidad ante los ataques perpetrados hacia personas indígenas, recuperadoras de tierras de pueblos originarios

 

Fabiola Pomareda García / pomaredafabiola@gmail.com

El primero de setiembre de 2016 un grupo de no indígenas dispara al menos en seis ocasiones al campamento de recuperadores de Brazo de Oro, en las montañas de Cabagra, provincia de Puntarenas. Dentro del grupo agresor se identifica a Sebastián Córdoba Rodríguez, Álvaro Solís Moreno y Víctor Hugo Vargas Valderrama.

El 17 de setiembre, unos días después, un grupo de no indígenas ataca a balazos a Allan Delgado Torresy Baldomero Waisa en la misma recuperación de Brazo de Oro. Los agresores fueron identificados como Marlon Sandí Morales, Yordani Sandí Morales, Elvin Picado Altamira y Esteban Córdoba Rodríguez.

Estos son sólo algunos de los cientos de ataques perpetrados durante años, como se recopila en el documento “Los conflictos por la tenencia de la tierra en la Zona Sur: Pueblos originarios y comunidades campesinas”. Si estos ataques se hubieran dado en cualquier barrio de clase media de San José; o al final de un partido de futbol en Cartago, lo más probable es que ya se hubiera dado un juicio, una sentencia y cárcel para los responsables. Pero poco le importa a la gente y a las autoridades lo que ocurre en las montañas de Cabagra, en ese lugar lejos de todo, donde pareciera que ya no hay ley.

Luzmilda Delgado Morales, recuperadora en su territorio de Brazo de Oro de Cabagra, confirma que las amenazas y ataques físicos que han sufrido son a raíz de las recuperaciones que hicieron.

“El 17 de setiembre de 2016 se dio un ataque violento, donde dos de nuestros hermanos fueron heridos. Fueron impactados con balas, les dispararon y tuvieron que ser atendidos. Al día siguiente hicimos la denuncia correspondiente; pero hasta la fecha no ha habido resolución. Los agresores siguen libres y, hasta donde sé, tenían medidas cautelares, pero siguen por la comunidad transitando como si nada. No ha habido sentencia”, cuenta Luz.

Costa Rica arrastra problemas históricos de falta de reconocimiento jurídico de los derechos ancestrales y territoriales de los pueblos originarios. La Ley de Terrenos Baldíos de 1939 establece el derecho inalienable de los indígenas sobre las tierras que habitan. Sin embargo, desde fines de los años 50s muchas personas no indígenas adquirieron fincas dentro de estos territorios de manera violenta, mediante procesos de compra-venta o por medio de engaños. La indiferencia de los gobiernos, la presión de sectores políticos y económicos y la lentitud de los procesos judiciales es lo que ha colmado la paciencia de las familias indígenas, que han decidido recuperar estas tierras que históricamente les pertenecen.

Finca recuperada Crun Shurin, en territorio indígena Térraba. Foto: Fabiola Pomareda.

Todas las agresiones han sido denunciadas ante las autoridades, afirman

El 5 de julio un grupo de no indígenas con matones a sueldo queman ranchos de familias indígenas recuperadoras en Cebror, Salitre y los persiguen por las montañas. Bloquean la entrada al territorio indígena. El 6 de julio más de 100 no indígenas amenazan y disparan, bloqueando el acceso al territorio con piedras y arena que llevan en dos vagonetas. Cortan la electricidad en Cebror. Este es otro hecho recopilado en el documento citado.

Leandro Morales Ortiz, es parte del Consejo Iriría Ajkonuk Wakpa, de Salitre y relata: “Estábamos en una finca que pertenecía a Pindeco y se había recuperado, en Salitre. Habíamos hecho el rancho. De pronto llegaron los terratenientes que se habían organizado y habían bloqueado la carretera por Cebror. Nos corretearon. Muchas mujeres tuvieron que huir hacia la montaña; estuvieron escondidas por varias horas. Y así nos quemaron el rancho. Encontramos las botellas con gasolina”.

“La mayoría de los ataques que se han cometido, se han hecho las denuncias pero no se llega a ningún castigo ni a ninguna condena. Lo único que hacen es que archivan los casos. Los ataques han sido de los terratenientes no indígenas que viven en los territorios indígenas. Unos son de Salitre o Cabagra; otros de Buenos Aires. No ha habido ningún castigo. Muchos casos se han archivado, han quedado impunes porque dentro de los territorios uno sigue viendo a los mismos agresores. No hay nada que nos favorezca. No se han cumplido las leyes a favor nuestro”, afirma Leandro.

Gustavo Oreamuno Vignet, de la Asociación de Iniciativas Populares Ditsö y la Coordinadora de Lucha Sur Sur, señala que “en los últimos años, ante su digna lucha y justa causa de recuperar sus territorios, los pueblos originarios han sido víctimas de distintas agresiones, como intentos de homicidio, quema de sus casas, agresiones físicas, agresiones psicológicas, amenazas por parte de terratenientes y de grupos de interés que tratan de apoderarse de sus territorios”.

“Todas estas agresiones han sido denunciadas públicamente. La mayoría han sido llevadas a las vías judiciales y hasta el momento ha habido una impunidad total, en el sentido de que ninguno de los responsables ha sido sancionado de acuerdo a la ley, sino que siguen en la mayor impunidad. Las y los funcionarios judiciales del cantón de Buenos Aires no están cumpliendo con sus obligaciones; entonces, las investigaciones que en muchos casos se han iniciado, no han llegado a nada. En otros casos, por la inacción de las y los funcionarios judiciales nisiquiera se llegan a desarrollar los procesos judiciales. Es absolutamente necesario que se establezcan las sanciones legales ante estas agresiones”, subraya Oreamuno.

Leandro Morales Ortiz, es parte del Consejo Iriría Ajkonuk Wakpa, de Salitre. Foto: Fabiola Pomareda.

Jueces desvirtúan la demanda original de las agresiones, dicen

El 17 de setiembre de 2012 un grupo de no indígenas dispara en seis ocasiones contra Sergio Rojas Ortiz, líder del territorio bribri de Salitre y en ese entonces presidente de la Asociación de Desarrollo Indígena de Salitre, en Cebror. La persecución que ha tenido que experimentar Rojas desde entonces ha sido inaudita. En lugar de que sus agresores fueran detenidos, él fue arrestado y encarcelado injustamente, por apoyar las recuperaciones de tierras.

Rojas se encuentra libre y el 9 de agosto participó en una conferencia de prensa realizada en la Casa de Ejercicios Espirituales Misioneros Claretianos, en San José. La actividad fue organizada por el Frente Nacional de Pueblos Indígenas y el Comité Nacional de apoyo a la Autonomía Indígena.

“Hemos enfrentado la persecución de los invasores, encarcelamientos, agresiones físicas y verbales en Salitre, Cabagra y Térraba y hemos logrado enfrentar y salir adelante de estas agresiones. Hemos acudido a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que dictó medidas cautelares; pero el Gobierno no las ha cumplido”, añade Rojas.

“En el caso del territorio bribri de Salitre, hay varias causas judiciales que han sido desestimadas. Otras que han sido archivadas porque dicen que no hay suficiente pruebas, que no hay testigos, que no saben si la tierra es de indígenas o de no indígenas; entonces que por eso no pueden resolver el caso, porque no están seguros de quién es la tierra”, explica el líder.

“Cuando tratan de resolver un tema de agresión de usurpadores, los jueces lo que hacen es desvirtuar la demanda original, para decir que no castigan al agresor porque no saben si la tierra es del agresor o era de los indígenas, y declaran libre de culpa al agresor”, critica Rojas.

El 22 de febrero de 2016 Clarita Quiel Torres y su familia recuperan una finca en Palmira, territorio indígena de Cabagra. El no indígena Mario Espinoza, quien era el usurpador ilegal de la finca, los alemanaza con arma de fuego. Al día siguiente regresa con otros seis hombres a amenazar de nuevo. Posteriormente llegan dos oficiales de la Fuerza Pública y únicamente pidieron los datos a la familia de Clarita y se fueron. La noche del 22 alguien prendió fuego y destruyó el ú-sure o casa cósmica, en Cabagra, construido por el Consejo de Mayores Iriria Jtecho Wakpa, que apoya las recuperaciones.

Clarita Quiel Torres también participó en la conferencia de prensa del 9 de agosto. “Hasta el momento no han habido resoluciones en contra de los agresores. Algunas resoluciones han habido en contra de nosotros los bribris. Hay algunos casos cerrados. En el caso mío la denuncia que pusimos de amenazas contra mi persona está cerrada. La fiscalía la cerró”, refiere.

Clarita Quiel, junto a doña Luisa Bejarano. Foto: Fabiola Pomareda.

Piden investigación en el Poder Judicial y en el Ministerio de Seguridad

Desde la Coordinadora de Lucha Sur Sur se solicitó a las autoridades una investigación en el Poder Judicial y en el Ministerio de Seguridad, incluyendo defensores públicos, fiscalía, tribunales, Organismo de Investigación Judicial (OIJ) y la delegación de la Fuerza Pública del cantón de Buenos Aires. Las personas afectadas quieren que se cumplan las leyes, que se sancione a los responsables de las agresiones, que las denuncias se tomen con seriedad y que haya resoluciones.

La Coordinadora gestionó, junto con la Defensoría de los Habitantes una reunión con representantes del Poder Judicial. Finalmente esta se realizó el 24 de agosto en Buenos Aires. Asistieron representantes de distintos pueblos y de los territorios indígenas de Salitre, Cabagra, Rey Curré y Térraba y representantes campesinos de Finca Chánguina y Térraba. De parte del Estado participaron distintas juezas, jueces, representantes de la defensa pública, de la fiscalía, de la Contraloría de Servicios y Carmen María Escoto, coordinadora de la Comisión de Acceso a la Justicia para los Pueblos Indígenas es Vicepresidenta de la Corte Suprema de Justicia.

“Los y las representantes indígenas dejaron en evidencia las sistemáticas agresiones que viven los pueblos indígenas en los procesos de recuperación de tierra-territorio, donde la respuesta institucional ha sido la impunidad. Esto es evidente al constatar que ninguno de los agresores plenamente identificados ha sido condenado, además de que distintas denuncias han sido desestimadas por considerarse falsamente como un conflicto entre indígenas”, recuenta un comunicado de la Coordinadora.

El Poder Judicial se comprometió “a presentar ante la Inspección Judicial cada uno de los casos denunciados por las personas indígenas presentes en la reunión, para que sean debidamente investigados; lo que podría generar sanciones administrativas y/o judiciales a las y los funcionarios implicados”.

Para Luzmilda Delgado, “el objetivo de retomar lo que era de nosotros es algo que nos da fuerzas para seguir adelante hasta el final porque una vez empezado un proceso de esa magnitud sabíamos que enfrentaríamos cosas” y afirmó: “Creemos que tenemos todo el derecho de retomar lo que por derecho nos corresponde”.

Leandro Morales, por su parte, expresó: “Hemos seguido con nuestra visión, con nuestra lucha, que es recuperar las tierras. Aprendemos de lo que sucede y agarramos más valor para hacer que se cumplan las leyes y demostrar que el territorio es nuestro”.

 

Enviado a SURCOS por Fabiola Pomareda, periodista Voces Nuestras.

Fuente original: http://www.vocesnuestras.org

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