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Etiqueta: recurso de amparo

Sala Constitucional condena al Ministerio de Ambiente

CONCEVERDE

A raíz de un recurso de amparo que presentamos desde el colectivo CONCEVERDE, la Sala Constitucional en resolución del 14 de julio del 2023 condena al Ministro de Ambiente y Energía (MINAE) Franz Tattenbach por violentar el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, al considerar el tribunal que en el MINAE su conducta ha sido “dilatoria, ilegítima e injustificada, que ha llevado a desproteger una zona que es patrimonio natural del Estado de conformidad a la Ley 65 del 30 de julio de 1888”.

La resolución indica:

“Ahora, pese a que tales extremos alegados por el recurrente fueron argüidos y analizados por esta Sala mediante la sentencia N° 2008-012109 de las 15:16 horas del 05 de agosto de 2008, y si bien se evidencia un grado de avance, a través de las acciones emprendidas por el MINAE, estas han sido insuficientes, pues se comprueba una conducta dilatoria, ilegítima e injustificada por parte de la cartera ministerial recurrida, pues desde el año 2008, no se han logrado identificar la totalidad de los terrenos correspondientes a las zonas protegidas y declaradas como patrimonio natural, ni se han recuperado dichas zonas, según el mandato de protección establecido por la Ley N° 65 del 30 de julio de 1888…”.

Esperemos que esta vez en el MINAE obedezcan la resolución judicial recuperando los terrenos estatales e indispensables para preservar el recurso hídrico para las generaciones actuales y futuras del Valle Central, ya que en ese Ministerio están demostrando que para actuar necesitan acciones direccionadas de parte de los tribunales de justicia que les obliguen a llevar a cabo lo que les corresponde realizar: la protección del ambiente.

Por lo anterior es que la Sala Cuarta le ordena a: “Franz Tattenbach Capra, en su condición de ministro de Ambiente y Energía, o a quien en su lugar ocupe ese cargo, que gire las órdenes pertinentes y disponga de manera pronta y oportuna las acciones y coordinaciones necesarias para que, en un plazo de SEIS MESES, contado a partir de la notificación de esta sentencia, se identifiquen la totalidad de los terrenos correspondientes a las zonas protegidas y declaradas como patrimonio natural. Posteriormente, dentro de los SEIS MESES posteriores, se deberá coordinar las acciones que sean necesarias, a fin de recuperar las zonas protegidas, según lo establecido por la Ley N° 65 del 30 de julio de 1888, e iniciar materialmente, cuando así corresponda, los procesos o procedimientos necesarios para tal fin. Finalmente, deberá la autoridad recurrida remitir a este Tribunal cada TRES MESES, un informe de avance de las acciones llevadas a cabo, respecto a la identificación de los terrenos y la reivindicación de las zonas protegidas…”

Resolución completa aquí.

San Rafael de Heredia
José Francisco Alfaro
CONCEVERDE

Sala IV da trámite a denuncia contra Presidencia

En el ejercicio de un recurso de amparo por la persona física, Gadi Amit se presenta una denuncia por desobediencia a la orden judicial contra la ministra de la Presidencia Natalia Diaz.

La señora ministra recibió orden, por medio de SENTENCIA 2023- 1228, de responder en un plazo máximo de 15 días. Ya está vencido hace tiempo y no ha cumplido.

La Sala Constitucional le da 3 días para que justifique esta desobediencia.

 

Imagen ilustrativa.

Transparencia del gobierno Chaves en Costa Rica

Gadi Amit
Asociación Confraternidad Guanacasteca

La TRANSPARENCIA es una de las condiciones básicas de la democracia.

El gobierno del presidente Chaves se precia de cumplir con ella, y lo pretende demostrar con las amplias conferencias de prensa de los miércoles.

Sin embargo, nuestra experiencia nos dice que esa NO ES TODA LA VERDAD.

JUZGUE USTED.

Por no recibir respuesta a una carta con preguntas enviada al señor Presidente Chaves el 14 de noviembre, interpusimos un AMPARO ante Sala IV y fue declarado a nuestro favor, el 20 de enero por medio de SENTENCIA 2023- 001228.

“POR TANTO

Se declara parcialmente con lugar el recurso, solo en relación con los siguientes puntos de la gestión planteada por el amparado el 14 de noviembre de 2022: la solicitud del proyecto, así como los puntos A, B, C, E, G, I, J y M -solo en relación a “¿Se ha valorado la alternativa de plantas desalinizadoras de moderna tecnología, en uso en QATAR y otras zonas del Golfo y Medio Oriente?”. Se ordena a Natalia Díaz Quintana, en su condición de ministra de la Presidencia, o a quien ocupe tal cargo, que, de FORMA INMEDIATA, traslade el punto G) de la gestión planteada por el accionante el 14 de noviembre de 2022 al despacho correspondiente, a los efectos de que, en el plazo máximo de QUINCE DÍAS, contado a partir de la notificación de este pronunciamiento, pongan a disposición de la PARTE tutelada la información solicitada y se le notifique lo correspondiente al medio señalado para tales efectos.”

La ministra Natalia Diaz Quintana, tuvo el “apoyo” de un notificador que no pudo cumplir con encontrar el correo apropiado de Casa Presidencia por una semana. Aún así, vencidos todos los plazos establecidos en la sentencia, la MINISTRA DE LA PRESIDENCIA ha desobedecido la orden de los señores MAGISTRADOS DE SALA CONSTITUCIONAL.

Para nosotros, esto es muy grave. Muestra irrespeto al Poder Judicial.

Es una falta total de transparencia.

La violación a nuestro derecho de respuesta está demostrada.

La desobediencia judicial a la sentencia es clara.

En otro gobierno, ya se estaría pidiendo le RENUNCIA DE LA SEÑORA MINISTRA.

ANEXAMOS SENTENCIA Nº 2023- 001228 de la SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas veinte minutos del veinte de enero de dos mil veintitrés.

Recurso de Amparo contra ministro de Ambiente -CONCEVERDE

COMUNICADO

Ante la desidia del Ministerio de Ambiente, se presenta un recurso de amparo ante la Sala Constitucional en contra del ministro por no haber llevado a cabo el Ministerio acciones para recuperar los terrenos que son propiedad del Estado, de acuerdo con la Ley 65 promulgada el 30 de julio de 1888, que declaró desde esa fecha, terrenos inalienables miles de hectáreas para proteger el agua de los habitantes del Valle Central.

¿Será que nuestros antepasados del siglo XIX tenían mayor sabiduría que se interesaron en proteger el recurso hídrico, o eran menos proclives a ceder ante intereses particulares que los gobernantes actuales?

Ya la Sala Constitucional había ordenado en el 2008 al MINAE en resguardo del ambiente, llevar a cabo acciones para recuperar los terrenos de la zona inalienable que se encuentran en manos de particulares, no obstante, a la fecha de hoy, 14 años después de la resolución judicial, ese Ministerio no ha recuperado terreno alguno, lo que ha obligado por medio de solicitud de amparo, recurrir de nuevo ante ese tribunal en resguardo de un derecho sano y ecológicamente equilibrado.

Suscribe este comunicado;
José Francisco Alfaro C

Compartimos los documentos para mayor detalle:

Sala IV acoge amparo contra Presidencia y MINAE – pozos de aguas ilegales

SURCOS comparte la siguiente información enviada por Confraternidad Guanacasteca:

La Sala Constitucional acaba de notificar el debido trámite de un recurso de amparo contra la Presidencia  del MINAE, sobre el robo de agua y la legalización de los pozos ilegales perforados.

En el resumen que hace la Sala en su resolución de aceptar el trámite y ordenar a los funcionarios a rendir cuentas, es suficientemente claro.

El amparo fue acompañado de muchos documentos con pruebas.

Quedamos a las órdenes para más información.

Por motivos de procedimiento se interpuso sólo a mi nombre, siendo yo, presidente de la Asociación Confraternidad Guanacasteca

Gadi Amit.

Para conocer más sobre el tema, acceda en el siguiente enlace: https://wp.me/p6rfbZ-jiw

A continuación se adjunta el expediente con el Recurso de Amparo para mayor detalle de la situación expuesta:

 

Información compartida con SURCOS por la Asociación Confraternidad Guanacasteca.

Recurso de Amparo en defensa de salud de afectados con arsénico

La Sala Constitucional dio trámite a Recurso de Amparo contra la ministra de Salud por no informar sobre acciones del Ministerio para atender a los afectados por ingesta de aguas contaminadas por arsénico desde hace más de 10 años.

El documento adjunto es la resolución dónde se consta algunas de las preguntas que debe responder la señora ministra.

El señor Daniel Salas fue condenado dos veces por los Magistrados por no responder a las mismas preguntas que se le formularon a la ahora ministra.

Las preguntas que nos hacemos es ¿Qué ocultan? ¿Por qué no quieren responder? 

Cientos de vecinos sufren de enfermedades graves e incapacitantes, hay decenas de muertos, vecinos que sufren de ERN crónica y otras patologías asociadas al consumo de dicho elemento tóxico.

Solicitamos seguir la sugerencia del doctor Wong de la CCSS  y realizar análisis de pelo, orina y sangre para detectar la presencia de arsénico en los vecinos, lo que ayudaría a prevenir los problemas. ¿Por qué se niegan a hacerlo en un número reducido de vecinos de Montenegro y Agua Caliente de Bagaces como plan piloto?

Exigimos respuestas.

La señora ministra de Salud tiene la palabra.

 

Compartido con SURCOS por la Asociación Confraternidad Guanacasteca.

Imagen: Semanario Universidad.

Adultos mayores pensionados de IVM presentan recurso de amparo ante la Sala Constitucional

El pasado 30 de julio de 2022, un grupo de adultos mayores presentó un recurso de amparo, en contra de la Caja Costarricense de Seguro Social, solicitando que se obligue a la CCSS a cancelar en el mes de agosto de 2022, el reajuste de 2,52% a las pensiones por la pérdida de valor debido a la inflación de los precios del segundo semestre de 2021, retroactivo a enero de 2022, correspondientes a 330 mil pensionados de IVM. 

Se apela a La Ley Integral para la Persona Adulta Mayor N° 7935 y al artículo 21 de la Constitución Política, que establece el derecho a la vida como el bien jurídico más valioso que tiene todo ser humano, ya que se les está viendo vulnerado al no poder siquiera comprar los alimentos básicos.

Se está a la espera de que la Sala Constitucional declare con lugar el recurso de amparo y la Caja realice el aumento de la pensión en el mes de agosto de 2022.

 

Compartido con SURCOS por Rodrigo Arias López.

Imagen de cabecera tomada de https://cambiopolitico.com

Recurso de amparo contra presidente Chaves

Albán Camacho Lobo, Sociólogo y activista cultural

El pasado lunes 9 de mayo 2022 me presenté a interponer un Recurso de Amparo contra el presidente entrante R. Chaves por aparente falta del 192 de la Constitución Política, el cual resguarda el derecho ciudadano a contar con servidoras y servidores públicos con “idoneidad demostrada”, en este caso se impugna el nombramiento de la Sra. Y. Guadamuz como ministra de Cultura y Juventud.

El Recurso de Amparo por un lado busca la salvaguarda del derecho constitucional, por lo que se acude al ente superior para obtener su pronunciamiento al respecto. Si no, a la vez, es un llamado de atención a las autoridades del Gobierno entrante, sobre la condición de Emergencia que vive el sector, el cual incluso debió darse a la tarea de diseñar, presentar, cabildear y reglamentar una ley especial, ya aprobada, la Ley 10041.

Por ende, el recurso de amparo, el primero presentado contra el presidente Chaves, en su primer día de gestión, es un llamado al respeto integral hacia las y los actores en el campo de la cultura.

 

Imagen tomada de Facebook.

Recurso de amparo contra el Ministerio de Salud por envenenamiento con arsénico

Gadi Amit interpuso un recurso de amparo contra el Ministerio de Salud, como representante de la Asociación Confraternidad Guanacasteca.

El recurso se interpuso luego de que en setiembre anterior se enviara una carta a dicho Ministerio, en la que se solicitaba información sobre todos y cada una de las comunidades de Guanacaste afectadas por arsénico, así como el plan de acción ante la emergencia sanitaria por arsénico, también reportes de avances, cambios realizados, nombre de los responsables de su ejecución y supervisión, entre otros.

Sin embargo, no recibió respuesta de la Dra. Sandra Delgado Jiménez de la Dirección de Vigilancia de la Salud.

El Ministerio de Salud emitió una Orden Sanitaria, pero se desconoce qué pasó con el arsénico depositado ilegalmente, las causas penales contra los responsables y las formas en las que se está controlando la presencia de este químico. 

En ocasiones anteriores, la Sala Constitucional en sentencia 2013 – 007598,  le ordenó al MINSA realizar inspecciones cada 3 meses, para mantener informada a la comunidad, pero no ha sucedido.

Gad Amit solicita respuesta a dicha nota, una Reunión entre las partes, la Convocatoria de Comisión Agua Segura, la aplicación de un protocolo y plan de emergencia para las comunidades afectadas, entre otros.

Además, señala que el 11 de octubre de 2021. recibieron el oficio N° MSDPRSA-0935-

2021, en el cual le dan respuesta a la pregunta sobre la disposición de residuos de

arsénico y, ese mismo día, también recibieron el oficio N° MS-DPRSA-0937-2021,

con el cual cree que los recurridos pretendían contestar su consulta sobre el

cumplimiento de la sentencia N° 2013-007598 de esta Sala Constitucional. No obstante, el resto de las respuestas y al día de interponer este recurso, desde el Ministerio no les han contestado lo solicitado. 

Desde la Asociación Confraternidad Guanacasteca, se expone que el problema con el arsénico continúa, pese a la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional y la declaratoria de emergencia sanitaria emitida en el 2014.

Para conocer a profundidad sobre este amparo puede observar el archivo adjunto.

Recurso de amparo contra la Corte Plena de la Corte Suprema de Justicia y la Asamblea Legislativa de Costa Rica

SURCOS comparte la siguiente información:

Carlos Campos Rojas, en la condición de Coordinador Nacional del Movimiento de Ciudadanía que Construye Territorios Seguros y en calidad de persona ciudadana responsable como lo establece el Art. 9 de la Constitución Política, interpuso un recurso de amparo contra el artículo 20 de la sesión No. 42-2021 de 11 de octubre del 2021, en el cual la Corte Plena escogió a los integrantes de la lista para optar por magistrados suplentes de la Sala Constitucional, obviando principios y derechos constitucionales de la ciudadanía.

De previo y por la índole del amparo que se presenta, al estar involucrados todos los magistrados titulares y la mayoría de los suplentes, se estima inevitable, que por primera vez en la historia de esa Sala Constitucional se cumpla con lo que dispone el precepto del numeral 32 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. De no hacerlo, estarían incurriendo en violación al principio de legalidad.

Para conocer más de este recurso de amparo, adjuntamos el documento oficial: