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Etiqueta: Servicio Civil

El cambio de la titularidad de la rectoría del empleo público

“¿Dónde empieza la niebla que te esconde” (Benedetti)

Manuel Hernández

  • De la dictadura de MIDEPLAN a la dictadura de la DGSC

En el trámite motorizado del primer día de mociones, vía artículo 137 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, la Comisión Permanente de Gobierno y Administración aprobó varias, que asestaron un duro golpe contra MIDEPLAN, aunque no definitivo, en virtud de las cuales la rectoría del empleo público, que el proyecto de ley originalmente atribuyó a este Ministerio, se transfirió mecánicamente a la Dirección General de Servicio Civil (DGSC).

La rectoría consiste en la potestad que tiene este órgano de “establecer, dirigir y coordinar la emisión de políticas públicas, programas y lineamientos generales que tiendan a la estandarización, simplificación y coherencia en el empleo público” (artículo 6 y 7).

Algunos consideran que este navajazo constituye una contención que limita la intervención política del Poder Ejecutivo, y otros piensan, con cierto conformismo, que es menos malo que la rectoría del empleo público la ostente la Dirección General de Servicio Civil.

Mi opinión, por lo contrario, es que este cambio de la titularidad de la rectoría en nada mejora el impresentable proyecto, y mucho menos se atajan los vicios de constitucionalidad que tiene en esta materia.

Resulta necesario, por tanto, advertir los alcances e implicaciones jurídicas que tiene esta enmienda legislativa, las cuales se desarrollan de seguido.

Hasta ahora, la Dirección General de Servicio Civil ha sido una dependencia técnica del Poder Ejecutivo, con personalidad jurídica instrumental, únicamente para el efecto de su manejo presupuestario (artículo 7 bis del Estatuto de Servicio Civil), que le corresponde realizar las competencias que establece esta ley (artículo 13 íd).

La cuestión que tiene que quedar muy clara -que no ha sido objeto de mucho análisis-, es que aquella modificación legislativa transmuta la naturaleza jurídica de la DGSC y la convierte en un órgano, siempre residenciado dentro del Poder Ejecutivo, que le corresponderá realizar una función de naturaleza eminentemente política: la gobernanza del empleo en toda la Administración Pública.

Esta transformación de la naturaleza jurídica, que no es cualquier cosa, responde a la misma lógica y objetivo político del proyecto, que pretende la mayor concentración de poder en manos del Poder Ejecutivo, un poder absoluto, centralizando ahora en la emergente DGSC -en lugar de aquel Ministerio que le robaron la gallina de los huevos de oro- la regulación, planificación y coordinación del empleo público.

Entonces, la DGSC viene a ser el nuevo y sobreviniente Leviatán, que tendrá bajo su imperio y gobernanza política la rectoría del empleo público, la cual comprende prácticamente la entera Administración Pública, cuyo disciplinamiento se realizará de la misma forma que se le cometió al desbancado MIDEPLAN; es decir, de manera autocrática, vertical y unilateral.

Es decir, no porque se traspase la gobernanza del empleo público a la DGSC, la rectoría va a ser más técnica y democrática. Por contrario, se mantiene incólume la misma dictadura estatutaria, solo que únicamente cambia la titularidad del mando. Como dice el refrán: aunque la mona se vista de seda, mona se queda.

Por los mismos motivos de constitucionalidad, y otros de carácter institucional y operativo, que se cuestionó la rectoría que se le confirió a MIDEPLAN, se puede reprochar, con mayor razón, la pertinencia jurídica, constitucional y administrativa, de ese hurto -aun no consumado- de la rectoría a favor de la nueva mega y supradependencia política DGSC.

Los excesos, defectos y vicios de constitucionalidad que contiene el proyecto original, no se pueden encubrir o blanquear con este engañoso cambio de la titularidad de la rectoría, que ha logrado seducir a algunos.

De toda manera, independientemente del órgano del Poder Ejecutivo en que se radique la rectoría del empleo público, es necesario precisar dos cosas muy importantes:

En primer lugar, la rectoría tiene límites bien definidos en nuestro ordenamiento jurídico. El proyecto desborda estos límites -aunque la rectoría la sostenga la DGSC-, porque en virtud de las múltiples competencias que se le está atribuyendo al órgano rector, más allá de la dirección, planificación o coordinación de la actividad de los entes sometidos a esa rectoría, la potestad de imponer actos concretos, órdenes, instrucciones y mecanismos de control a dichos entes, excede el marco constitucional de la autotutela administrativa.

En segundo lugar, ni MIDEPLAN, ni la DGSC, ostentan legitimación, por mínima que sea, para asumir la rectoría del Poder Judicial y la gobernanza de la Caja Costarricense de Seguro Social, las universidades públicas y las municipales, salvo que sea violentando la autonomía que reconoce la derrumbada Constitución Política.

Finalmente, mucho menos puede un órgano desconcentrado, como la DGSC, asumir la rectoría del empleo público, porque es una potestad reservada al Poder Ejecutivo, lo cual así lo ha resuelto la Sala Constitucional.

Esto último no puede interpretarse de suerte que se está alentando que se restituya la rectoría a MIDEPLAN -como ya se dijo, manifiestamente contraria a la Constitución-, sino advirtiendo otro vicio de constitucionalidad, otro más que se suma a los múltiples que contiene el desaguisado Frankenstein legislativo.

Probablemente el bloque de poder hegemónico calcula que con ese acto de ilusionismo legislativo, se disipen sospechas acerca de la verdadera finalidad política que persigue el proyecto, y en la de menos se allanen algunas resistencias.

Quedaremos a la espera de las resultas de la disputa política-legislativa, que determinará, en definitiva, cuál de los dos órganos, MIDEPLAN o la DGSC, pese a las concurrentes inconstitucionalidades, se alzará con la rectoría y se vestirá de seda.

14/02/2021

El proyecto de empleo público

Óscar Madrigal

El proyecto de Empleo Público obedece a una concepción ideológica absolutamente neoliberal que se orienta no solo directamente contra los empleados públicos, sino contra el Estado de Bienestar. Es en consecuencia un proyecto ideológico impulsado especialmente por el Partido Liberación Nacional, el PUSC, el PAC, los ramashekos en sus dos variantes y algunos independientes. Según el presidente Alvarado, hay que vacunar a los diputados para que continúen su trabajo, sea de desmantelamiento de nuestro Estado de Bienestar.

Lo primero que se debe aclarar es que su fin no es fiscalista, no busca resolver el problema de las finanzas nacionales porque, como lo ha dicho hasta Rocío Aguilar, los empleados públicos no son el problema del déficit. Además, el ahorro que dicen las autoridades de Hacienda que producirá el proyecto, no se debe principalmente a establecer un salario único o global, sino al congelamiento de los salarios de los funcionarios públicos por 12 años. El salario único en la administración va a producir de arranque un aumento de los gastos en salarios, por la sencilla razón que un trabajador que empieza a trabajar va a devengar un salario muy superior a otro que empezaría con salario base más pluses. Será hasta dentro de 15 años que un salario base con pluses se igualaría al salario único. Pero en ese entonces, el gasto de las finanzas ya habrá tenido que haberse equilibrado. El ahorro que se producirá proviene de la congelación salarial impuesta por más de una década a los trabajadores, pero no por el cambio del sistema de pago. Congelar salarios, lógicamente, si producirá el ahorro planteado.

El proyecto crea trabajadores con salarios más altos que otros con funciones iguales. Más de 25.000 trabajadores con salario compuesto, recibirán un salario bastante menor que los trabajadores con salario único, haciendo las mismas funciones. Algunos tendrían un salario de ¢200.000 menos por mes. Este asunto no solo refleja la injusticia del proyecto sino lo que cualquiera entiende, que con el salario único en los primeros 10 o 15 años el gasto salarial del Estado será mayor.

Por otra parte, el proyecto propone eliminar las convenciones colectivas en la práctica, porque solo las limitarán a asuntos menores, dejando de lado la reivindicación principal de todo trabajador, la negociación salarial.

El proyecto propone eliminar el consejo salarial del sector público con participación sindical que se encarga de negociar los aumentos salariales por costo de vida, para dejarlo en manos de grupos indefinidos.

Además, se propone que se pueda hacer una reorganización de una institución, sea la posibilidad de disminución de personal o el cierre de departamentos o secciones con menos requisitos y sin los estímulos que actualmente se exigen para llevarla a cabo. Por esta vía se cierran partes importantes de instituciones.

También se propone introducir un sistema de dirección del personal de toda la administración pública, dirigida por el Servicio Civil, cuyo jerarca será nombrado por la Asamblea Legislativa. De esta manera regresamos al estado anterior a la actual Constitución que garantiza que los puestos públicos no son un botín político.

El proyecto de empleo público está enmarcado dentro de las políticas de reforma fiscal, pero va más allá. Es una regresión en derecho democráticos y facilita el desmantelamiento de instituciones del Estado. Por ello este proyecto no solo afecta a los empleados públicos sino a todos sectores sociales.

Y el ataque continúa.

La Constitución Política de MIDEPLAN

“ciegos que ven, ciegos, que viendo, no ven.” (Saramago)

Manuel Hernández

La Ministra de Planificación lamentó que la Comisión de Gobierno y Administración de la Asamblea Legislativa, aprobara una moción de alto voltaje, en virtud de la cual la tan acariciada rectoría de la gobernanza del empleo público se transfiere de MIDEPLAN a la Dirección General de Servicio Civil.

Pero no solo se quedó en el desconsuelo, sino, además, advirtió que esa sorpresiva huida de competencias puede tener problemas de constitucionalidad.

Así es, ahora la Ministra se nos convirtió en emergente escudera de la Norma Suprema de la Nación, de la propia Constitución que la tienen haciendo aguas desde que asumieron el poder.

La reconvención ministerial que impele la corrección política, para que el desaguisado proyecto vuelva por su fuero original, obliga a preguntarse: ¿A cuál Constitución apela con tanta vehemencia la jerarca de Gobierno, por la que ahora se viene a rasgar las vestiduras?

¿A la Constitución radicada en la Lex Mercatoria, en el dogma fundamentalista de menos Estado y más mercado, redactada en los astilleros de la OCDE y el FMI?

¿A la Constitución inspirada en la doctrina de Friedman, Buchanan y Hayek, a ese neoconstitucionalismo económico, que impusieron a sangre y fuego en el régimen de Pinochet?

¿A la Constitución del Estado de derechas, plutocrático, que proscribe el pluralismo y la legitimidad política del conflicto social?

A la titular de MIDEPLAN le duele en el alma, más que a nadie, aquella transferencia de competencias de una institución a otra, invocando al paso un problema de constitucionalidad; pero, por contrario, no ve que tenga un grave problema de constitucionalidad la operación política de subordinar las autonomías de la Caja Costarricense de Seguro Social, las universidades públicas y corporaciones municipales, a la gobernanza totalitaria, ya sea de ese ministerio, o de cualquier otro órgano del Estado.

Tampoco ve ningún conflicto de constitucionalidad imponer a rajatabla el esquema de salario único global, a las y los funcionarios públicos que actualmente tienen un esquema de salario base más pluses, a contrapunto del principio de irretroactividad de la ley, Pilar del Estado de Derecho, consagrado en el artículo 34 constitucional.

Mucho menos un problema de constitucionalidad que signifique la desafección de los derechos de ciudadanía social de las personas funcionarias, particularmente los derechos colectivos de representación sindical, negociación colectiva y el derecho fundamental de huelga, inherentes a cualquier sistema democrático.

Entonces, el agravio de constitucionalidad, como grito puesto en el cielo, que censura la Ministra, sólo se podría increpar en aquel modelo constitucional de facto, porque la Constitución del Estado Social y Democrático la tienen acorralada.

29/01/2021

Despidos colectivos a la carta y al por mayor

Manuel Hernández

El Proyecto de Ley Marco de Empleo Público tiene cuatro objetivos: el primero, de carácter político, otro fiscalista, el tercero, de corte antisindical.

Pero, además, sobresale el cuarto objetivo, cuyo propósito es acelerar el desmantelamiento del Estado y la privatización de los servicios públicos.

Una de las herramientas diseñadas para alcanzar este espurio objetivo es la desregulación y flexibilización de los procesos de reorganización y reestructuración de las instituciones públicas.

Esta flexibilización se consolida aún más con la exorbitante moción que aprobó la Comisión de Gobierno y Administración de la Asamblea Legislativa, el día de hoy, que relajó el correspondiente requisito, bastando que la reorganización afecte por lo menos el 50% de los servidores de la respectiva dependencia pública, en lugar del 60% que exigió el anterior texto dictaminado.

De esta forma, por una parte, se facilitan, como en feria al por mayor, los despidos colectivos, que será suficiente, y nada más, cualquier remedo de estudio “técnico”, para justificar la pretendida reorganización institucional, con el consecuente sacrificio masivo de los empleos.

Por otra parte, a expensas de la reestructuración, se desmantelan los servicios que presta la institución o entidad a la comunidad.

Además, las indemnizaciones tendrán un costo muy barato, porque la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, N° 9635, derogó varias normas del Estatuto de Servicio Civil, que dispusieron que a los cesados por los anteriores motivos, les correspondía una indemnización tasada, a razón de un mes por cada año de servicio prestado. En lugar de estas normas derogadas, se ha interpretado que la regla que ahora aplica es la contenida en el artículo 29 del Código de Trabajo, que preceptúa un tope de 8 años, norma a la que expresamente remite la Ley N° 9635.

Por último, es importante recordar que el Memorando Técnico de OIT, rendido a solicitud de la misma Comisión Legislativa, advirtió los alcances de esta lesiva propuesta legislativa y recomendó la inclusión de un mecanismo de consulta previa con las organizaciones representativas de las y los trabajadores, cuando la Administración pretende cesar personal por motivos económicos o estructurales.

Esta recomendación de la prestigiosa OIT fue totalmente despreciada por la comisión legislativa -como la gran mayoría de las observaciones y recomendaciones de ese memorando, que tuvieron la misma desafortunada suerte-, dejándose a las y los servidores en una situación totalmente vulnerable y sin ninguna clase de protección legal.

En conclusión, con esta regulación se expulsa de nuestro ordenamiento la estabilidad laboral de los y las funcionarias públicas, cuyo derecho subjetivo se elimina y sustituye por un régimen abusivo de despido colectivo, a la carta, unilateralista, a libre discreción de la Administración, sin garantías de protección para el servidor, devaluado, excluyéndose toda instancia de consulta a los sindicatos que representan los intereses colectivos de las personas trabajadoras afectadas.

Así, se consuma el derrumbe de la institucionalidad pública y la afectación del sistema democrático, porque los servicios públicos constituyen la infraestructura de la democracia.

De esta manera, avanza incontenible, en clave cada vez más regresiva, la consolidación del Derecho de la Función Pública del Enemigo, fundado en la construcción ideológica de una cultura de odio y violencia institucional contra la clase trabajadora del sector público.

27/01/2021

FMI y Empleo Público: ¿La última frontera?

La locura no tiene propósito o razón, pero puede tener objetivo
Sr. Spock. Stark Trek

Luis Andres Sanabria Zaniboni

En las últimas semanas asistíamos a la confirmación e inicio de las negociaciones con el Fondo Monetario Internacional (FMI), para el acceso al Servicio Ampliado del Fondo. Este hecho ha provocado muchas intervenciones desde distintos sectores, que cada quien se coloca desde las diversas posiciones al respecto, sin embargo, un hecho resalta a todas luces, la decisión del Poder Ejecutivo de dar prioridad máxima a la Ley de Empleo Público como llave para las negociaciones con el FMI. No podemos dejar de mirar el proceso político-económico que viene adoptando el país y consolidado con la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, esa hoja de ruta que hoy vuelve a confirmarse, debemos preguntarnos ¿Por qué esta necesidad de impulsar ese proyecto?

Si con la ley de Finanzas Públicas quedaba claro la postura de la carga impositiva regresiva del país y la protección de ciertos sectores económicos-financieros dominantes del país, la “Ley para brindar seguridad jurídica sobre las huelgas y sus procedimientos” perfiló la postura autoritaria ante el disenso y la criminalización de la protesta social, facilitando así la imposición de un supuesto “consenso” de los actores políticos, y el etiquetado a los disidentes.

Sin embargo, faltaba más, la Ley de Empleo Público procura realizar una reingeniería social sobre el Estado, basada en la anulación de la independencia y las autonomías de las instituciones, a través de la centralización de la política del empleo en MIDEPLAN, sin embargo, salta la primera pregunta ¿Qué hay del servicio civil?

Más allá de las percepciones que podríamos tener al respecto, que no se ignora la necesidad de repensar el empleo público, pero salta a la vista que esta postura no va en línea de la formalización laboral y protección de los derechos, sino como instrumento “austero” de los salarios, facilitando la congelación de estos y desregulación del empleo.

Como señalan muchos de sus defensores desde el Poder Ejecutivo hasta representantes de los mismos Organismos Financieros Internacionales, esta Ley coloca a Costa Rica en los “estándares internacionales”, sin embargo leamos esta afirmación detenidamente, estar dentro de dichos estándares para estos sujetos es la promoción de la desregulación laboral; la precarización de las condiciones de trabajo tanto de lugar de trabajo como de derechos, no podemos dejar de pensar lo que significó años atrás la movilidad laboral, en definitiva son formas de extorsión sobre los sectores trabajadores.

Y con esto, se consolida lo que muchas personas han señalado al respecto del Neoliberalismo, la erosión de la institucionalidad pública, grandes cascarones administrativos dedicados al pago de servicios profesionales, lo cual garantiza el desmejoramiento de los servicios y mercantilización de los derechos sociales, económicos y culturales, entiéndase la educación, la salud y la cultura de nuestro país.

Tal vez al leer esto ya lo pensó, el país continúa su ya reconocida vereda anti-sindical, si con el proyecto de Ley anti-huelga habían generado un consenso político de suprimir sindicatos (existía dicha cláusula, nada más que por extraño que parezca para estos sujetos era inconstitucional), este proyecto de ley procura cerrar los espacios de negociación colectiva de las y los trabajadores, profundizando así los alcances de las posturas autoritarias que están caracterizando a la formulación del tipo Estado que desean las élites político-económicas en esta época del “Consenso del Coronavirus”.

Podrían argumentarse con toda razón que nos encontramos en una crisis fiscal sin precedentes, pero les preguntamos aquí de todo lo que han propuestos los actores políticos ¿Qué asignaciones tienen que ver con la recuperación económica? A manera de ejemplo los grandes ausentes: política de empleo post-covid, alivio de deudas a la población, política de crédito blando para sectores productivos (pequeños y medianos), política contra la elusión y evasión fiscal integral o combate contra la morosidad de los grandes contribuyentes, impuestos selectivos sobre a las nuevas actividades económicas, por citar los grandes ausentes.

No es de extrañar que las grandes propuestas de negociación presentadas el pasado octubre 2020 fueran el calco y copia de las recomendaciones de la auditoría del FMI, así que para esta ocasión no podemos ser ingenuos, los supuestos “Acuerdos Multisectoriales” fueron una forma de legitimar esta negociación, ¿Cuánto de eso está en la mesa de negociación? Sumado a estas estrategias, el FMI invita a participar con 5 minutos para exponer, así legitiman su estilo participativo (tenemos que tomar nota esta será la nueva forma “participativa” para futuras negociaciones).

Por esta razón, es importante reconocer que la hoja de ruta está planteada lo que justifica el porqué de las contradicciones entre las y los negociadores, ya que las negociaciones tomarán el rumbo que este Organismos cite, hay consenso en las elites de las bondades para esta reingeniería del Estado, las desigualdades estructurales continuarán (precarización laboral y erosión de los servicios públicos) y el privilegio de algunos se consolida (exoneraciones, privatizaciones y desregulación).

Ante esto es necesario reconocer la importancia de la protesta social como instrumento de incidencia pública, eso sí mientras siga existiendo, pero claramente insuficiente, se hace necesario repensar la participación desde otros espacios, y debemos abordar la discusión desde otras propuestas de trabajar y abordar el déficit fiscal y la estabilidad financiera, pero la urgencia es evidenciar los intereses en conflicto y dejar claro que la apuesta de la población seguirá siendo por una sociedad inclusiva y solidaria.

 

Imagen tomada de CRONICON.

ANEP se reunirá con el Servicio Civil

Ya empezaron los primeros despidos

Podría haber manifestación frente a Casa Presidencial

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El pasado 5 de agosto de 2014, el Lic. Hernán Alberto Rojas Angulo, Director General de Servicio Civil, recibió a una representación de la Junta Directiva Nacional (JDN), de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), para tratar el tema del cese de interinatos prolongados en el Gobierno Central (ministerios, básicamente), proceso que, lamentablemente, ya empezó con el despido de varios trabajadores y de varias trabajadoras que se han comunicado con la ANEP para denunciar el asunto.

El pasado miércoles 30 de julio y en la sede de la ANEP, unas 150 personas trabajadoras en esta condición de interinatos prolongados se reunieron por vez primera para analizar la grave situación que representa quedarse sin empleo.

Además, se valoró lo injusto del sistema de Servicio Civil en este ámbito de los interinatos prolongados que, de un momento a otro, deviene en despido y generando, por un lado, un grave drama social y familiar; y, por otro, una pérdida de talento, de inversión pública en capacitación, aprendizaje de destrezas ejecutivas y de gestión que, a final de cuentas, generan tropiezos en la acción político- gubernativa y, por ende, propician problemas de eficiencia y de eficacia en la atención de las necesidades de la ciudadanía.

Para la ANEP “resulta incomprensible y hasta contradictorio que las nuevas autoridades de la Dirección General de Servicio Civil, designadas por el nuevo gobierno de un partido que jamás ha estado en tal escenario, le pongan a sus compañeros de la acción ejecutiva al más alto nivel, los ministros y las ministras de Estado, una especie de “zancadilla”; al quitarles, abruptamente, personal que se ha venido especializando su quehacer aunque en tal condición de interinazgos prolongados”.

El personal interino afectado se congregó el pasado 6 de agosto en la ANEP, donde se valoraron los contenidos de la reunión del 5 de agosto entre la Dirección General de Servicio Civil y la ANEP.

A esta altura, ya varias autoridades gubernamentales conocían la aspiración central de este movimiento en desarrollo: que se emita la orientación política pertinente para suspender la aplicación de los contenidos del Oficio Circular DG-011-2014, fechado 19 de junio de 2014, con el asunto “Modificación a lineamientos complementarios a la normativa aplicable sobre la conformación y trámite de Nóminas de Candidatos Elegibles Oficio Circular ARSP-008-2013 de julio de 2013”, emitido por la Dirección General de Servicio Civil. De la misma manera, se debe proceder con el Oficio Circular DG-012-2014, de fecha 27 de junio de 2014, con el asunto “Ampliación al OFICIO CIRCULAR DG-011-2014, en lo que respecta a la fecha rige de su aplicación”, también emitido por la Dirección General de Servicio Civil.

Efectivamente, desde el 29 de julio, la ANEP así lo peticionó vía electrónica en mensaje simultáneo para el Presidente de la República, don Luis Guillermo Solís Rivera; para los ministros de Estado de la Presidencia y de Trabajo y Seguridad Social; en su orden, Melvin Jiménez Marín y Víctor Morales Mora; así como se le pidió intervención al Viceministro del Área Laboral de la cartera de Trabajo y Seguridad Social (MTSS); y, lógicamente, al Director General de Servicio Civil, el Lic. Hernán Alberto Rojas Angulo.

Ilustración: http://www.anep.or.cr/article/servicio-civil-toma-decisiones-sobre-interinazgos/

Información enviada a SURCOS Digital por Albino Vargas Secretario General ANEP, Presidente CSJMP.

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ANEP continúa apoyando la lucha del personal interino del Servicio Civil

Personal en condición de interinazgo del Gobierno Central-Servicio Civil

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La ANEP en su lucha por la defensa del empleo y del derecho constitucional al trabajo, efectuó el pasado 6 de agosto la segunda reunión del movimiento de lucha del personal en condición de interinazgo del Gobierno Central-Servicio Civil.

Previo a este reunión, el 5 de agosto se dio en primer contacto oficial entre la Dirección General de Servicio Civil el Lic. Hernán A. Rojas Angulo, MBA el encargado de recibir a este grupo de lucha.

En la siguiente dirección usted podrá enterarse mediante un video-nota de la reunión del pasado 30 de julio:

http://www.anep.or.cr/article/masiva-presencia-de-trabajadores-interinos-en-la-a/

 

Ilustración: http://www.anep.or.cr/article/anep-logra-congelar-despido-de-interinos/

 

Información enviada a SURCOS Digital por ANEP.

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Desastrosa gestión del Servicio Civil provoca confusión con nombramientos docente para 2014

La desastrosa gestión que ha realizado el Servicio Civil, respecto al envió de listas de candidatos para puestos propiamente docente para el curso lectivo 2014, está provocando una enorme confusión y preocupación entre miles de trabajadores de la educación, quienes no tienen certeza de si serán nombrados o no en los puestos para los que han sido postulados.

El 15 de noviembre de 2013, el Servicio Civil anunció el envío al Ministerio de Educación Pública, de una lista de 5703 candidatos a ser nombrados en puestos propiamente docentes, con plaza en propiedad, a partir del curso lectivo 2014; mediante el oficio CD-1027-2012. Aunque dicha entidad informó que esa sería la lista definitiva, la modificó apenas 3 días después, y remitió el oficio CD- 1029- 2013, con un nuevo listado de candidatos. El 26 de noviembre, el Sindicato de Trabajadoras y Trabajadores de la Educación Costarricense, SEC, obtuvo información de que fue remitida a la Dirección de Recursos, minutos antes de las 3 pm, un nuevo listado de candidato, aun cuando a esa hora ya se entregaban mensajes confirmando las candidaturas a las plazas en propiedad de miles de docentes. El SEC tiene información de que, entre la lista original y la tercera nómina enviada, hubo más de 2800 cambios, lo que resulta inexplicable y alarmante.

El SEC denuncia el desorden imperante respecto a la elaboración de listas de candidatos de puestos docentes, situación que es persistente en las gestiones del Servicio Civil. La negligencia, sumado a la poca información divulgada sobre estos cambios, ha causado que afiliados al SEC denuncien que fueron postulados a una plaza en un inicio, para luego descubrir que su postulación ya no existía, lo que causa una gran inestabilidad laboral y familiar, para docentes que ya daban por resuelta su situación laboral. Estos hechos provocan gran incertidumbre y desconfianza, sobre todo si se considera que este desorden sirve para encubrir actos irregulares u omisiones en la elaboración del concurso, y abre el portillo para hacer nombramientos irregulares o sin requisitos, especialmente en épocas electorales.

Ante ello, el SEC ha exigido al Servicio Civil, que le remita los tres listados completos de candidatos a las plazas docentes en propiedad para el año 2014, con el fin de hacer un análisis pormenorizado de los mismos, y así señalar a los responsables de este desastre, y exigir la corrección del mismo, de forma tal que se haga justicia con los nombramientos docentes.

 

Información enviada a SURCOS por el SEC.