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Etiqueta: universidades públicas

Las Universidades no pueden estar bajo la férula de los intereses políticos

Dra. Yamileth González García, exrectora UCR y Colectivo Mujeres por Costa Rica

Costa Rica vive en la actualidad circunstancias que amenazan, como nunca, su estabilidad democrática y que, ponen en riesgo el Estado Social de Derecho y, en particular a las instituciones de educación superior pública.

El proyecto del Gobierno de Costa Rica que plantea una “Ley reguladora del Fondo Especial para la Educación Superior”, expediente 23.380, es un irrespeto a las universidades públicas y muestra una ignorancia impropia de un Poder Ejecutivo. El proyecto inicia con una conceptualización pobre, y peor, errada de lo que son las universidades públicas, desconociendo profundamente sus características y la esencia misma de lo que es una universidad. Cuando señala que “El financiamiento de la educación en Costa Rica no se ha puesto en duda a lo largo de décadas”, evidencia, además, desconocer que durante los años de 1980 y 1990 ese financiamiento se vio severamente disminuido, particularmente para la educación superior, como, también, lo ha sido en décadas más recientes.

Cuando se afirma que la universidad pública ha sido considerada, simplemente “…como un mecanismo de movilidad social, fundamental para el país…“ nos hace entrar en dudas si los proponentes de este proyecto entienden la esencia de la Universidad; se pone en evidencia que, para el Gobierno, las universidades son, de manera excluyente, simples casas de enseñanza, centros de formación de profesionales y, quienes vivimos la vida universitaria a profundidad, sabemos que en nuestro país el quehacer de estas instituciones es mucho más que eso, que está asentado sobre tres pilares esenciales: la investigación, la docencia y la acción social, cuando, además, se señala que las universidades, no están cumpliendo a cabalidad su misión porque no están formando los recursos profesionales que requiere el mercado, surge la pregunta ¿Qué es esa concepción de universidad, que la reduce, exclusivamente, a formar profesionales para la empresa privada y su interés mercantil? Si la visión que prevalece en el documento está dirigida a dar prioridad a las carreras que demande la empresa privada, entonces ¿dónde queda el concepto de un desarrollo integral? ¿Adónde van a dar las carreras de ciencias sociales, de arte y las humanidades? que son, precisamente, las que desarrollan en sus graduados la formación de destrezas relacionadas con el liderazgo, la creatividad, el pensamiento crítico y el trabajo en grupos, que tanto ha influido en la idiosincrasia nacional.

En el artículo1 se establecen límite a la distribución del FEES, el cual sería, fundamentalmente, para financiar la regionalización, las becas y la infraestructura y, entonces, ¿no existe financiamiento para la investigación y la acción social? En la perspectiva de este proyecto a la investigación se le da un papel marginal y la acción social es absolutamente inexistente. Y eso no es casual: así buscarían romper o silenciar la significativa relación que las universidades tienen con la sociedad. A eso se le une que, según este proyecto de ley, la creación de nuevas carreras solo se podría dar si son acordes con el Plan Nacional de Desarrollo (art.7), o sea que se elimina la potestad de las universidades de hacer inversión académica en áreas que estas consideren pertinentes.

A pesar de que, como se señala en el expediente 23.380, hubo, desde la Asamblea Constituyente de 1949, algunos legisladores que discutieron sobre la asignación del presupuesto para la Universidad, otros con sabia visión, como Rodrigo Facio, Carlos Monge y Fernando Baudrit… buscaron protegerla de posibles y futuros embates, como el que se vive en los momentos actuales.

Es inadmisible que, el Gobierno, tergiverse la Constitución Política y señale que el Estado solo debe comprometerse presupuestariamente, con lo necesario para las universidades, y así dejarlas sometidas a los criterios políticos de turno, asignando el mínimo y no el máximo.

No es admisible desde ningún punto de vista y el proyecto lo hace, que se irrespeten los procedimientos universitarios en temas diversos, como son la asignación o distribución de los recursos, la regionalización, etc. y, menos aún, que órganos de la coordinación institucional de las universidades sean eliminados o despojados de sus atribuciones en aras de un control total del Poder Ejecutivo. Contrario a lo que se señala, las universidades siempre han contado con una instancia de coordinación de la educación superior (CONARE), quinquenalmente se han elaborado planes de desarrollo universitario (PLANES) y hay un fondo especial denominado FEES. Por todo lo anterior resulta inaceptable pensar que la educación superior pueda estar administrada, como se propone en el artículo 4, por cuatro ministros de gobierno o sus representantes, encargados de desarrollar el Plan de la Educación Superior y de promover, fiscalizar y evaluar el FEES. Las Universidades no pueden estar bajo la férula de los intereses políticos.

No es de recibo la falaz afirmación de que en la educación superior pública se camina sin controles y que las universidades quieren estar exoneradas del cumplimiento de las leyes de la República; por el contrario siempre se han ajustado a todos los controles de la Contraloría General de la República (presupuestos, refrendo de contratos, etc), también de los mismos organismos de control internos, de los Tribunales de Justicia y de toda la legislación nacional pertinente: por eso la defensa frente a esta proyecto que atenta contra sus derechos, no solo es necesaria y urgente, así como cualquier otra legislación que vaya en contra de estas instituciones.

Inconcebibles son las trabas que se proponen para una ágil y eficiente administración de los recursos, si estos pasan a ser administrados por el Banco Central, y, peor aún, que las universidades tengan que hacer, mensualmente, los trámites para solicitar los fondos requeridos (art.3) y si los recursos, considerados excedentes deben pasar a la Caja única del Estado, pues, entonces, se crean impedimentos para la realización de obras que requieren más tiempo que el que define el período presupuestario señalado.

Es de esperar que una propuesta que irrespeta tanto a las universidades públicas no reciba la atención de la Asamblea Legislativa y que, en ese espacio, no olviden que, aún en tiempos de crisis, no se debe amenazar, como lo ha hecho inconcebiblemente el Presidente Chaves, a la sociedad con el quiebre de nuestro sistema democrático, sino que, por el contrario, recuerden que consolidar la naturaleza de bien público de la educación, constituye el mejor camino para fortalecer la democracia.

El proyecto de “Ley Reguladora del Fondo Especial para la Educación Superior” violenta la autonomía de las universidades públicas y la institucionalidad

José María Gutiérrez
Profesor Emérito, Universidad de Costa Rica

Se encuentra en la corriente legislativa el proyecto denominado ‘Ley Reguladora del Fondo Especial para le Educación Superior’ (expediente N° 23.380), presentado por el Poder Ejecutivo. Dicho proyecto violenta de manera flagrante aspectos centrales de la autonomía universitaria y, de aprobarse, tendría serias consecuencias para la institucionalidad del país.

¿Qué es la autonomía universitaria?

Al calor de la discusión de este proyecto, conviene refrescar el concepto de autonomía universitaria. “La autonomía incluye la libertad académica o de cátedra, la autodeterminación en el establecimiento de planes, programas, presupuestos y organización interna, y la plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, así como para darse su organización y gobierno propios y para decidir sobre el uso de los recursos que les provee el estado. La autonomía, en suma, procura dar a estas instituciones todas las condiciones jurídicas requeridas para que desarrollen con independencia su misión. En el caso de Costa Rica, la autonomía universitaria está claramente establecida en los artículos 84, 85 y 87 de la Constitución Política. El cumplimiento de la misión académica, cultural y social de las universidades públicas requiere del ejercicio de la plena autonomía, para que puedan ser un espacio de pensamiento y acción libres, no supeditados a los poderes fácticos, sino al servicio de toda la sociedad.” (Gutiérrez, 2021).

¿Por qué violenta este proyecto la autonomía universitaria?

El artículo 4 del proyecto propone la creación del Consejo de Coordinación de la Educación Superior Universitaria Estatal, que estaría constituido por el Consejo Nacional de Rectores (CONARE) y por cuatro ministros o ministras del gobierno.

El artículo 5 dice textualmente: “Corresponderá al Consejo de Coordinación de la Educación Superior Universitaria Estatal promover, fiscalizar y evaluar los resultados del financiamiento de la Educación Superior Universitaria Estatal. Para estos efectos deberá elaborar un Plan de Desarrollo de la Educación Universitaria Estatal, en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo, las perspectivas de desarrollo de la investigación y extensión universitaria al crecimiento económico, social y ambiental del país. Este plan deberá definir metas, indicadores y resultados esperados de corto, mediano y largo plazo.  Para lo cual se elaborará un plan quinquenal y se definirán informes a los tres años del plan y al finalizar el quinquenio.”

En otras palabras, el proyecto propone crear un nuevo organismo, con la participación de cuatro ministros o ministras, el cual elaboraría un plan nacional de desarrollo universitario, definiría metas, indicadores y resultados esperados. Es decir, el accionar de las universidades públicas estaría supeditado a este órgano y, para efectos prácticos, pasaría a ser controlado en gran medida por las autoridades de los gobiernos de turno. Esto liquidaría, en la práctica, el ejercicio de la autonomía universitaria, con todas las implicaciones que esto tendría.

El texto del proyecto de ley refleja un desconocimiento enorme del concepto de la autonomía universitaria. Por ejemplo, se dice que “es evidente que la autonomía universitaria está circunscrita a la parte organizativa de las instituciones y a las facultades de autogobierno de las universidades públicas costarricenses”. La constitución política y diversas resoluciones de la Sala Constitucional muestran, por el contrario, que la autonomía va mucho más allá de la parte organizativa de estas instituciones, ya que incluye decisiones y ámbitos que involucran muchos otros aspectos de la vida institucional, como señala la definición al inicio de este ensayo.

Resulta paradójico que el texto del proyecto recurra a citas de la Sala Constitucional para apoyar la propuesta, tergiversando el espíritu de varias de ellas, e incluye una cita (Voto 1313-03) que más bien confirma que este proyecto contradice los pronunciamientos emitidos por dicha Sala. En dicho voto, con respecto a la autonomía, se indica que: “…significa, para empezar con una parte de sus aspectos más importantes, que aquéllas (se refiere a las universidades, aclaración nuestra) están fuera de la dirección del Poder Ejecutivo y de su jerarquía, que cuentan con todas las facultades y poderes administrativos necesarios para llevar adelante el fin especial que legítimamente se les ha encomendado; que pueden auto determinarse, en el sentido de que están posibilitadas para establecer sus planes, programas, presupuestos, organización interna y estructurar su gobierno propio”. Los artículos 4 y 5 del proyecto de ley arriba citados contradicen drásticamente este texto de la Sala Constitucional.

¿Por qué es esencial mantener la autonomía universitaria?

Las universidades públicas cumplen roles esenciales en la vida del país. Por un lado, generan amplios contingentes de profesionales de excelente calidad que nutren los espacios privado y público del país. Un reflejo de esto es la alta empleabilidad de las personas que se gradúan de dichas instituciones. Además, las universidades son el principal reservorio de ciencia y tecnología de Costa Rica. Son centros que tienen una enorme proyección a la sociedad a través de múltiples formas de extensión que llegan a amplios sectores de la población en todo el país. Esta multiplicidad de aportes ha sido posible gracias al ejercicio de la autonomía.

Tan importante como lo anterior es el hecho de que, gracias a su autonomía, las universidades públicas son centros permanentes de reflexión sobre la realidad nacional. Este ejercicio de análisis, ejercido de forma autónoma, es fundamental, pues genera insumos de pensamiento y conocimiento que iluminan amplios aspectos de la vida del país. El trabajo universitario no debe estar regido por decisiones que emanen de los poderes políticos, pues ello aniquilaría ese sentido de reflexión permanente para convertirse en simples ejecutoras de políticas emanadas de poderes fácticos. Ello no implica de ninguna manera que las universidades no tengan una coordinación activa y profunda con los planes nacionales de desarrollo y con las instituciones del estado. Esta relación existe y siempre ha existido. Pero debe darse en el marco de su autonomía.

Lejos de lo que algunos piensan, incluyendo sectores del actual gobierno, el país necesita, para garantizar un desarrollo próspero y con equidad, de la existencia de universidades autónomas, en las que se estudie la realidad nacional y se cultiven saberes diversos, en un permanente ejercicio de reflexión, investigación y formación. También necesita la forja de profesionales que no solo sean competentes técnicamente, sino que posean una visión amplia de la realidad y puedan ser personas creativas, innovadoras y solidarias. Y requiere instituciones de educación superior que no solo respondan a los intereses de sectores políticos y económicos específicos, sino que sirvan a toda la sociedad. Estas metas son posibles de alcanzar solamente en el contexto de instituciones verdaderamente autónomas.

Por este medio hago un llamado vehemente a las señoras diputadas, a los señores diputados, a los partidos políticos, a las comunidades universitarias y a la ciudadanía en general a rechazar de manera enfática el proyecto de la “Ley Reguladora del Fondo Especial para le Educación Superior”. Nuestro país no merece semejante retroceso en su institucionalidad.

Referencia citada

Gutiérrez, J.M. (2021) Reflexiones desde la Academia. Universidad, Ciencia y Sociedad. Editorial Universidad de Costa Rica.

 

Imagen ilustrativa, UCR.

En defensa de la autonomía universitaria

Por Dra. Yamileth González García, Exrectora de la UCR

Hoy, como en pocos momentos de nuestra historia, frente a los adversos y amenazantes vendavales autoritarios que corren en el país, las y los universitarios nos enfrentamos, otra vez, al reto de defender la autonomía y el financiamiento de las universidades públicas; una defensa de principios esenciales para el quehacer de las instituciones de educación superior, ya que se trata de los fundamentos que posibilitan un accionar libre de estas instituciones en beneficio de la sociedad costarricense sobre principios que han estado por décadas consignados en la Constitución Política y que han sido reiterados por diversos fallos de la Sala Constitucional y que hoy, como otras veces, “algunos” pretenden ignorar.

Lo señaló con claridad el Voto 1313-93 de la Sala Constitucional: “(…) la universidad, como centro de pensamiento libre, debe y tiene que estar exenta de presiones o medidas de cualquier naturaleza que tiendan a impedirle cumplir, o atenten contra ese su gran cometido». La universidad debe ser independiente, como lo subrayó el jurista Luis Baudrit Carrillo, 2011; tiene que estar libre de acciones que busquen debilitarla en el cumplimiento de su deber, o que pretendan quebrar su rol imprescindible en pro del bienestar nacional.

Y es que cuando los gobiernos autoritarios se sienten amenazados por el pensamiento crítico que se genera en las  universidades, lo primero que hacen es atacarlas, como parece que está sucediendo en este momento en el país. Todas y todos los universitarios y la comunidad nacional hemos visto la fuerte y orquestada agresión que han recibido las Universidades Públicas desde el momento mismo en que se intenta debilitarlas financieramente, con la reducción del Fondo Especial para la Educación Superior (FEES) y con afirmaciones falaces que lo único que evidencian es un total desconocimiento del quehacer y el aporte que estas instituciones le dan al país.

Hoy, el Poder Ejecutivo presenta una propuesta que contraviene ese principio fundamental de la educación superior pública, atentando y desconociendo torpemente ese fundamento constitucional. Así, pretenden desconocer la esencia de esa noción, que como lo indica el  voto citado de la Sala Constitucional “(…) la autonomía consagrada a las universidades en el  artículo 84) constitucional, ha sido clasificada como especial, completa, y por ella distinta de los entes descentralizados de nuestro ordenamiento jurídico regulados por los artículos 188 y 190 de la Carta Política, lo que significa que las Universidades del Estado, aún cuando pertenecen a este, están fuera de la dirección del Poder Ejecutivo y de su jerarquía y que cuentan con todas las facultades y poderes para llevar a cabo los fines constitucionalmente encomendados”. Además, como lo escribió Iván Salas, 2010, ex asesor de la rectoría y hoy Juez Contencioso Administrativo, la Asamblea Legislativa no puede legislar en relación con “(…) temas relacionados con la organización o auto estructuración universitaria, tales como sus propios planes, presupuestos, programas, estructura de su propio gobierno conforme a su normativa interna, sobre su potestad reglamentaria mediante la cual pueden repartir sus competencias dentro del ámbito interno y desconcentrarse en lo jurídicamente posible y lícito, regular el servicio que presten y decidir libremente sobre su personal”.

Es importante aclarar que cuando hablamos de autonomía y de su importancia para el trabajo de las universidades públicas, no se trata solo de un valor para estas instituciones,  sino de lo que significa, particularmente, para la sociedad costarricense, contar con universidades que trabajen en forma independiente y sin presiones de ninguna naturaleza por el bienestar de la nación y su desarrollo integral. Un significado, el de autonomía, que como señala Axel Didriksson, 2006, está ligado “a la construcción de un mundo mejor, a la idea de un proyecto cultural nacional”.

No puede la universidad trabajar sin autonomía, para cumplir su misión de hacerlo desde la libertad de pensamiento y acción, con la injerencia política de los Gobiernos de turno, sin que eso no signifique una disminución de los beneficios que recibe la sociedad.

Por ello, las universidades públicas tienen que demandar, al Poder Ejecutivo y al Legislativo y, a todo aquel que, de modo directo o indirecto, pretenda interferir en sus funciones, en su gobierno, en su organización y en su patrimonio, respeto por su quehacer.

Las universidades tienen muy claro, contrario a lo que tergiversan algunos interesados, que la autonomía, no es un cheque en blanco; por el contrario, están sometidas a todos los controles, valga la redundancia, de la Contraloría General de la República, de los mismos organismos de control internos y de toda la legislación pertinente y desde luego al juicio de la sociedad a la que se debe.

Siempre las universidades han cumplido con la rendición de cuentas, pues, como se señaló desde la Asamblea Constituyente de 1949, la noción de autonomía universitaria implica “libertad pero con responsabilidad”, lo dijo Luis Dobles Segreda: “por autónoma que sea la Universidad, deberá decir, al igual que todas las instituciones del país, cuánto gasta y en qué lo gasta”.

No es este el problema en discusión, sino el del respeto que el Gobierno debe tener para con las instituciones de educación superior y para la Constitución Política misma. Por tanto, ante una violación de los principios constitucionales en un país de derecho, exigimos que se respeten la autonomía y la independencia universitarias.

 

Compartido con SURCOS por la autora.

Imagen, UCR.

CONARE rechaza categóricamente el Proyecto de Ley No. 23.380 que pretende la injerencia del Poder Ejecutivo en la gestión de las universidades públicas

Una vez más y de manera sistemática, el Gobierno irrespeta el orden constitucional y el Estado Social de Derecho al condicionar el funcionamiento de las universidades públicas a los intereses de los gobiernos de turno.

El Fondo Especial para el Financiamiento de la Educación Superior (FEES) está garantizado en la Constitución Política:

  • En los artículos 78 y 85, en cuanto a su monto e indexación.
  • En el artículo 84 en cuanto a la autonomía e independencia del gobierno universitario que planifica su aplicación y destino.
  • En el artículo 85 en cuanto a sus fines constitucionales y su asignación institucional.

El FEES tiene como destino constitucional único, atender al financiamiento del quehacer sustantivo de las universidades públicas y sus distintos programas, desarrollados de conformidad con el Plan Nacional para la Educación Superior Universitaria Estatal (PLANES).

El PLANES 2021-2025 define 43 indicadores y 171 desagregaciones de la actividad sustantiva: Docencia, Investigación, Extensión y Acción Social y Gestión; y 41 metas estratégicas que incluyen 90 indicadores para los ejes de Regionalización, Calidad y Pertinencia, Cobertura y Equidad, Internacionalización y Sostenibilidad, tomando como referencia los índices e instrumentos mundialmente reconocidos y utilizados en materia de Educación Superior Universitaria.

El CONARE, en conjunto con representantes del Gobierno que conforman la Comisión de Enlace, definieron, desde hace más de ocho años, una estructura de indicadores homologados del Sistema de Educación Superior Universitaria Estatal para el Seguimiento de los Acuerdos de Financiamiento del FEES, en el cual las universidades estatales han evaluado su gestión con 104 indicadores en 6 ejes y 21 temas relacionados con: aseguramiento de la calidad, equidad, cobertura, la rendición de cuentas, vinculación con sectores productivos y excelencia académica.

Lo anterior demuestra que la correcta aplicación e inversión del FEES está determinada y medida por una gran cantidad de indicadores, asociados con acciones y metas, que permiten evaluar el desempeño de las universidades públicas y también medir la eficiencia y eficacia de la ejecución del presupuesto universitario.

Adicionalmente, en la última negociación del financiamiento universitario fueron incorporados en el Anexo del Acuerdo de Financiamiento, índices específicos de desempeño asociados con este financiamiento, derivados del PLANES vigente.

Tal y como lo establecen los artículos 84 y 85 de nuestra Carta Magna, le corresponde al CONARE elaborar el PLANES y definir la distribución del FEES.

Nuestras universidades reiteran su compromiso con el adecuado uso de los fondos públicos que les confieren los artículos 78 y 85 de la Constitución Política y su sistema de transparencia y rendición de cuentas. Sometemos a aprobación de la Contraloría General de la República (CGR), los planes anuales operativos y sus respectivos presupuestos, los informes de ejecución presupuestaria y su liquidación final. Asimismo, hemos cumplido ante la Autoridad Presupuestaria y la propia Contraloría con la Regla Fiscal.

El CONARE rechaza categóricamente el Proyecto de Ley No. 23.380 que pretende la injerencia del Poder Ejecutivo en la gestión de las universidades públicas y reprueba la intención del Gobierno para intervenir en materias constitucionalmente asignadas al gobierno autónomo universitario y llama a todas las autoridades gubernamentales a respetar el orden constitucional y los principios democráticos de nuestra Nación.

Hacemos un llamado de alerta a las comunidades universitarias y a la propia comunidad nacional para manifestarnos en defensa del Estado Social de Derecho.

Confiamos plenamente que la Asamblea Legislativa actuará conforme a la observancia de los principios y normas constitucionales vigentes.

 

Compartido con SURCOS por Efraín Cavallini Acuña.

Los retos de las universidades públicas latinoamericanas

José María Gutiérrez
Profesor emérito, Universidad de Costa Rica

Las universidades públicas son instituciones esenciales del estado social de derecho en nuestra América Latina. Las universidades han jugado y juegan papeles fundamentales en la región, como vías de movilidad social generadoras de oportunidades, centros productores de nuevo conocimiento y promotoras de desarrollo inclusivo y democrático mediante múltiples vínculos con la sociedad. Además, constituyen centros de reflexión crítica permanente, aportando a los debates sobre el devenir de nuestros pueblos y atisbando nuevas avenidas solidarias por las que transiten nuestras comunidades.

Pese a su importancia y significado, las universidades públicas de América Latina sufren un acoso sin precedentes por parte de los sectores políticos y económicos hegemónicos, acoso que se refleja en una creciente reducción de sus presupuestos, en el cuestionamiento de su carácter público y en los continuos embates contra su autonomía. La reciente negociación de los presupuestos de las universidades públicas en Costa Rica es un claro reflejo de estas tendencias, al violentarse preceptos constitucionales básicos, en el contexto de una política abiertamente hostil por parte de autoridades de gobierno.

El escenario actual de las universidades públicas latinoamericanas plantea enormes retos para estas instituciones. Por un lado, se requiere defender y fortalecer la autonomía y el carácter público de las mismas, renovando los principios de excelencia académica y procura del bien común como ejes centrales. Por otra parte, las universidades deben efectuar las transformaciones que los tiempos demandan, para depurar su funcionamiento, incrementar su trabajo académico y social y atender las urgentes necesidades de los más amplios sectores sociales de nuestros países.

Esta tesitura debe servir para desarrollar procesos de análisis y reflexión crítica y autocrítica en el seno de las universidades y mediante diálogos permanentes con diversos sectores de la sociedad. La revista UNIVERSIDADES, de la Unión de Universidades de América Latina y el Caribe (UDUAL), ha publicado un número especial sobre el futuro de las universidades públicas en la región. En dicha publicación se incluye el artículo que se adjunta, que ofrece reflexiones sobre estos temas, centrados en la experiencia de Costa Rica.

El número completo en el que se publica esta contribución está accesible en el siguiente enlace: http://udualerreu.org/index.php/universidades

Nota editorial.
SURCOS comparte además el documento en formato PDF:

Importancia del Proyecto Siwá Pákö

Desde el 2008, la Comisión Interinstitucional Siwá Pákö, integrada por la UNA-UCR-UNED y el MEP, imparten el Bachillerato en Ciencias de la Educación I y II ciclos, con Énfasis en Lengua y Cultura Cabécar, único plan que forma personas educadoras para atender a los más de 60 centros educativos con que cuenta la región del Chirripó, pertenecientes a la Dirección Regional de Educación de Turrialba. 

Todas estas personas estudiantes cuentan con beca total como apoyo esencial para culminar con éxito el proceso de formación.

Este proyecto se plantea con el fin de contribuir, desde la educación universitaria pública costarricense, a la formación de personal docente que cumpla con los perfiles étnicos, culturales, académicos y profesionales idóneos para laborar en las comunidades indígenas de Chirripó Duchí.

La idea es que este proyecto se pueda replicar en otras comunidades indígenas, con el fin de que el modelo educativo sea más inclusivo y respetuoso de los procesos de aprendizaje de las poblaciones indígenas.

Invertir en la U Pública es invertir en Costa Rica y su gente…

¡Apoyémosla!

 

Compartido con SURCOS por Efraín Cavallini Acuña.

FEES: Crónica de una muerte anunciada. FEITEC: ¿Un “Hilo de Ariadna” hacia la claridad?

Edgar Chacón
31 de agosto de 2022

La puesta en blanco y negro de las palabras, pensamientos, adscripción, militancia de la presidenta de la FEITEC, Abigail Quesada Fallas, sobre el proceso de imposición* gobierno/aceptación del FEES, por parte de los rectores de las cinco universidades públicas, es una manifestación de elementos que ayudan a darle fundamento a preguntas pertinentes.

* Rector de la Universidad de Costa Rica

“A criterio de la FEITEC el acuerdo alcanzado era satisfactorio pues inicialmente el gobierno planteó un recorte de 148.000 millones de colones. “Dicha propuesta podría significar complicaciones en las universidades que menos recursos reciben del FEES, derivando en reducciones a los sistemas de asignaciones de becas”. Delfino.cr

Burda justificación, para aceptar el “mal menor”.

Preguntas que ya tiene respuesta son: ¿a qué obedece la posición de la presidenta de la FEITEC y de la FEITEC, si no dice lo contrario y por qué tiene el atrevimiento de decir que el rector de la UCR puso en riesgo negociación del FEES y plantear la redistribución del mismo entre las universidades?

En el Foro: Análisis del acuerdo firmado en Comisión de Enlace sobre el FEES 2023, realizado el lunes 29 de agosto, en instalaciones del TEC, una profesora de la Institución llamó a reflexionar a los estudiantes del TEC, con las siguientes palabras: “ En el tema de FEITEC … yo quisiera decir también a nuestros estudiantes que por favor se pregunten si de verdad la FEITEC los está representando… si de verdad lo que está haciendo la FEITEC los representa, porque pareciera que por un lado está la FEITEC pero por otro lado… y ese comunicado enviado por FEITEC yo quisiera ver si de verdad fue aprobado por la mayoría de los estudiantes, lo cual dudo muchísimo como docente que soy…”

Por su parte otro profesor comentó y afirmó: “…Como es posible que nosotros no reaccionemos cuando una estudiante, la presidenta de la Federación de Estudiantes de esta Universidad, que está en la plana del partido de Otto Guevara, un reconocido enemigo público de las universidades públicas…ahí está y no reaccionamos… y nos dice que las universidades, el presupuesto es un gran negocio, para quién?.. los cinco rectores deberían decirnos qué están dispuestos a defender y qué no están dispuestos a defender… un 1% de crecimiento…”.

Esto nos obliga a otra pregunta en consecuencia: ¿Qué estudiantes están formando en el ITCR, pero no sólo en el ITCR, en todas las universidades públicas.

Si bien la educación es vehículo de movilidad social, otra cosa es que sea un vehículo de arribismo egoísta.

Y con respecto a los rectores: Defender algo, se hace sobre la base de unos principios que a su vez son la base de una adscripción. ¿Cuál es su adscripción política y económica? ¿A qué adscriben entonces?

Recuerdo en el año 2011, atendiendo una invitación de la Asamblea Legislativa para conversar sobre un proyecto de educación. Ese año, el rector del TEC presidía Conare, y como tal fue invitado, pero expuso sus ideas diciendo que las universidades públicas destinaban muchos recursos a las ciencias sociales y debían dedicarlos más a los programas STEM, muy en coincidencia con el Banco Mundial. Me sentí indignado y manifesté que ese no era el pensamiento de las universidades públicas.

En ese tiempo yo coordinaba la Región Huetar Atlántica del Programa de Regionalización de Conare.

Durante la campaña para elegir a la presidenta Laura Chinchilla, dos ex rectores de la UNA y un ex rector de la UNED (el actual rector), apoyaron esa campaña.

Durante ese gobierno, uno de esos ex rectores de la UNA, fue nombrado presidente del INA y el ex rector (en ese tiempo), de la UNED fue nombrado presidente ejecutivo del SINART.

Pregunta con comentario: ¿Cuál fue el sustento de la decisión para que a una de las mesas de trabajo de la Comisión de Enlace asistieran sólo los rectores de la UNED y el ITCR?

Parece no haber sido lo más atinado.

¿Por qué los rectores contando con un respaldo constitucional y multitudinario, le cedieron la iniciativa a la parte gubernamental de la Comisión de Enlace?

Por otro lado, es conveniente reflexionar sobre que este puede no ser un fin, sino un principio en la defensa de la institucionalidad pública.

Entre otras cosas, la educación es la construcción de una mejor persona: tierna, respetuosa, solidaria y transformadora. O no es educación y puede que sea una simple transferencia de conocimientos.

 

Imagen ilustrativa. Mural, Facultad de Derecho, UCR.

Presupuestos universitarios (el FEES): el acuerdo firmado

Luis Paulino Vargas Solís
Economista
Investigador CICDE-UNED

Primero: ¿qué dice la Constitución de Costa Rica?

Básicamente interesan los siguientes artículos:

  • Artículo 77: textualmente indica que la “educación pública” está conformada por “sus diversos ciclos, desde la pre-escolar hasta la universitaria”. Por ningún lado se admite que el INA, los CEN-CINAI y “alrededor de 50 instituciones” (Müller dixit) sean parte del sistema educativo.
  • Artículo 78: establece que el presupuesto destinado a la educación será un monto equivalente al 8% del PIB. Siendo que esa reforma constitucional fue aprobada en 2011, se daba tiempo hasta 2014 para cumplir con el mandato. Después de ese año, el presupuesto anual debía ser del 8%. Hoy, sin embargo, está en un 6%.
  • Artículo 84: entre otras cosas, igualmente importantes, este artículo ordena que: “El Estado las dotará [a las universidades] de patrimonio propio y colaborará en su financiación”.
  • Artículo 85: es un artículo muy largo, que contiene disposiciones muy importantes, entre las cuales corresponde destacar las siguientes: el Estado “dotará de patrimonio propio” a las universidades; las “rentas” asignadas a las universidades “no podrán ser abolidas ni disminuidas”, excepto si se las sustituye por otras mejores; los presupuestos, asignados según un plan quinquenal (que las universidades SIEMPRE han presentado) se ajustarán “de acuerdo con la variación del poder adquisitivo de la moneda”.

Segundo: lo acordado

Los principales elementos del acuerdo son los siguientes: el presupuesto de la UTN se suma como parte del FEES; se toma como base el presupuesto de 2022 (un poco más de ₡559 mil millones, incluida la UTN); se concede un ajuste del 1% “por inflación”. Presupuesto total acordado para 2023: ₡564.791 millones.

Tercero: evolución del poder adquisitivo real del FEES

Si comparamos el dato para el año 2021, con respecto a 2017, veremos que, en términos de su poder adquisitivo real (descontada la inflación), el monto real del FEES tuvo, durante esos cuatro años, un pequeñísimo incremento de menos del 1% (un 0,95% para ser exacto).

Por su parte, una vez que consideramos la inflación, el FEES para 2022, sufre, de forma inevitable, una considerable contracción, tanto respecto del año 2017, como en relación con el año 2021. Podríamos hacer la estimación de formas diversas: suponiendo que la tendencia de la inflación observada a julio 2022, se mantiene igual para el resto del año, o imaginar diversas hipótesis, más o menos optimistas, que supongan una relativa moderación del ritmo inflacionario. En cualquier caso, la reducción real del FEES de 2022 oscilaría entre -6,3% y -7,9%, al comparar con los años 2017 y 2021.

Igualmente puede hacerse la estimación con respecto al valor adquisitivo real (descotada la inflación) del presupuesto acordado para 2023. El valor que obtengamos varía, dependiendo de los supuestos que asumamos, tanto respecto de la inflación para el resto de este año 2022, como los que establezcamos en relación con la inflación para 2023. Hice un ejercicio, imaginando que la inflación para el próximo año se modera (un 6% de inflación anual). En tal caso, obtengo estimaciones que, al comparar con 2017 y con 2021, muestran reducciones que oscilan entre -12,9% y -15,7%.

Comportamiento del FEES con respecto al PIB

Si comparamos el FEES con el PIB, sin incluir a la UTN (lo que esta agregaría sería aproximadamente un 0,85% del PIB), el porcentaje respectivo disminuye de un 1,39% en 2017 a 1,19% en 2022 (1,27% incluyendo la UTN). Lo acordado para 2023 implica que ese porcentaje disminuye a 1,11% (1,19% incluyendo la UTN), lo anterior con base en el dato del PIB que el Banco Central estima para 2023.

Conclusiones

  1. Claramente ha quedado configurada una ruta que conduce al desmantelamiento de las universidades públicas.
  2. Claramente la Constitución de Costa Rica está siendo convertida en papel higiénico, y sus mandatos están siendo sistemáticamente violentados.

Mitos y realidades en la discusión del presupuesto universitario

Alberto Salom Echeverría

Examinaré en este artículo lo ocurrido en el proceso de negociación que está en curso en el momento de redactar este artículo, del presupuesto universitario o FEES. Mostraré con apego a datos e información real las falsedades que se han esgrimido por la parte gubernamental. Para mí lo ocurrido es grave. Ustedes tienen la última palabra. Vamos a ir por pasos.

1.Lo primero que se debe tener claro es que, desde el 9 de junio del 2011, quedó modificado el segundo párrafo del artículo 78 de la Constitución Política, de la siguiente manera: “En la educación estatal, incluida la superior, el gasto público no será inferior al ocho por ciento (8%) anual del producto interno bruto, de acuerdo con la ley, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 84 y 85 de esta Constitución.” (Cfr. Ley N°8954 del 9 de junio de 2011.)

Sin embargo, los legisladores del período 2010-2014, le concedieron al Estado una oportunidad para llegar al 8% escalonadamente, con el objeto de que no hubiese un descalabro económico. Fue así como debieron agregar un transitorio a la ley citada, que estipuló cómo se iba a conceder ese permiso al Estado para que pudiese enfrentar el aumento del presupuesto estatal de un 6% a un 8%. El Transitorio I de la mencionada ley lo estableció como sigue: “El gasto público en educación podrá ser inferior al 8% durante los períodos fiscales anteriores al año 2014.” Pero se agregó que: “Sin embargo, en ningún caso el porcentaje del PIB destinado a la educación podrá ser inferior al del año precedente.” (Cfr, Transitorio I de la ley 8954.)

Como puede apreciarse quedó formulado sin ambages que, a partir del 2014 la obligación de dotar a todo el sistema de educación del 8% cobraba pleno vigor. No había pues trampa ni engaño. Pero, los gobiernos no fueron previsores e incumplieron durante varios años con el mandato Constitucional. Lo que es peor, todavía se sigue incumpliendo, ya que solamente se ha llegado al 8% mediante una acción truculenta, ya que se buscó sumar a la dotación presupuestaria del sistema de educación en su conjunto, el presupuesto del INA y otros rubros que tienen que ver con los recursos de las redes de cuido y los CEN-CINAI, todos los cuales cuentan con su propia dotación de recursos establecidos en sus propias leyes. Además, ninguna de estas nobles instituciones ha formado parte nunca del sistema nacional de educación; el INA está bajo la tutela del Ministerio de Trabajo y las redes de cuido, tanto como los CEN-CINAI siempre han formado parte del Ministerio de Salud. En cambio, el legislador ha dejado claro, tanto en el artículo 77 de la Carta Magna como en el 78 que, “La educación pública está organizada como un proceso integral correlacionado en sus diversos ciclos, desde la pre-escolar hasta la universitaria.” (Cfr. Artículo 77 de la Constitución).

Como es bien sabido, en el derecho público lo que no está expresamente dicho no puede asumirse como verdadero. No existe ningún artículo Constitucional, ni ley alguna que mencione al INA, a las Redes de Cuido o a los CEN-CINAI, todas instituciones de bien público como ya lo expresé, como si fueran parte del sistema nacional de educación. Aquí tenemos pues el primer mito con el que se ha afectado el presupuesto de todo el sistema de educación nacional, incluidas desde luego las universidades públicas.

2. Otro error en que suelen incurrir los gobiernos y hasta la Asamblea Legislativa, consiste en pretender rebajar el monto presupuestario que se asigna a las casas de educación superior, respecto del año anterior. La actual administración del presidente Rodrigo Chaves, había propuesto reducir el presupuesto de las entidades de educación pública universitaria, nada menos que en ciento veintiocho mil millones de colones (128.000 millones de colones). Aunque el gobierno ya depuso esa abusiva e inconstitucional pretensión, después de la enorme marcha de los universitarios acaecida el martes 16 de agosto, considero oportuno revisar qué hay detrás de la propuesta ya descartada. Aunque esta se desechó, opino que lo que yace detrás de la propuesta permanece incólume; por eso deseo analizarlo.

Veamos el proceder gubernamental. Los negociadores por la parte gubernamental, entre los cuales se encuentra el ministro de hacienda Nogui Acosta Jaén, abrieron el diálogo el 11 de agosto señalando su pretensión de reducir el FES de 522.822 millones de colones (dotación presupuestaria para el 2022) a 430.130 millones de colones; una rebaja del 24% del Fondo Especial de la Educación Superior. Debe tenerse en cuenta que esta tesis la sostuvo el gobierno hasta el propio día de la marcha, o sea hasta el 16 de agosto al inicio de la conversación; ello fue así a pesar de haber sido advertido por los rectores desde el comienzo de las negociaciones (es decir desde el 11 de agosto) que estaban incurriendo en una inconstitucionalidad. Debieron pasar cinco días, antes de que el gobierno reconociera su error.

Vale la pena acudir ahora al artículo 85 de la Constitución, porque el mismo no deja ninguna duda con relación al atropello en el que se pretendió incurrir por parte del gobierno de la República. Lo cito en la parte que interesa: “El Estado dotará de patrimonio propio a la Universidad de Costa Rica, al Instituto Tecnológico de Costa Rica, a la Universidad Nacional y a la Universidad Estatal a Distancia y les creará rentas propias, independientemente de las originadas en estas instituciones.

Además, mantendrá -con las rentas actuales y con otras que sean necesarias- un fondo especial para el financiamiento de la Educación Superior Estatal. El Banco Central de Costa Rica administrará ese fondo y, cada mes, lo pondrá en dozavos, a la orden de las citadas instituciones, según la distribución que determine el cuerpo encargado de la coordinación de la educación superior universitaria estatal. Las rentas de ese fondo especial no podrán ser abolidas ni disminuidas, si no se crean, simultáneamente, otras mejoras que las sustituyan.” (Cfr. Artículo 85 de la Constitución Política vigente.)

Como pueden verlo, el artículo Constitucional es clarísimo. Las rentas del FEES no pueden ser “abolidas”, ni siquiera “disminuidas”, en tanto no sean creadas “simultáneamente” otras “mejoras” que las sustituyan.

¿Es creíble entonces lo que dijo el ministro de Hacienda, Nogui Acosta, el mismo martes 16 de agosto, el día de la gran marcha de los universitarios, apenas unas horas después de haber reiterado la inconstitucional propuesta? Citémosle: “Ese reconocimiento de hoy (martes 16 de agosto alrededor del mediodía), no parte de un tema puramente de negociación, sino de convencimiento de las partes…caímos en cuenta que hay una disposición constitucional que nos obliga a cumplir con ese precepto de mantener los recursos, entonces no podemos darles a las universidades menos de lo que ya les dábamos.” (Cfr La Nación Entrevista telefónica, miércoles 17 de agosto. Pag.4) ¿Hemos de creerle?

Dice el artículo 129 del código civil: “Nadie puede alegar ignorancia de la ley, salvo en los casos que la misma autorice. No tiene eficacia la renuncia de las leyes en general, ni la especial de las de interés público.” El asunto es más delicado tratándose de don Nogui Acosta, hoy ministro de Hacienda puesto que, apenas ayer, en la administración anterior fue viceministro del mismo ramo y en varias ocasiones negociador del FEES reemplazando a la entonces ministra Rocío Aguilar. Pero la ignorancia confesada deja en un mal predicamento al resto de los ministros que están negociando el FEES con las universidades, a los abogados que los deben asesorar, y al propio presidente de la República al que, o nunca se le mostró la propuesta y por lo tanto no la conocía, o también es otro desconocedor de la Carta Magna. Cualquiera de las dos opciones pone en entredicho el prestigio del presidente. La primera en su condición de líder del equipo, la segunda porque una vez más deja al presidente de la República como un desconocedor de la Constitución.

3. Lo anteriormente dicho, más parece una jugadita política para retrasar la negociación, en vista de que, si no hubiese acuerdo entre las partes, el diferendo tendría que ir a la Asamblea Legislativa, único caso en el que los diputados pueden resolver el asunto. Así el gobierno se lavaría las manos ante la sociedad costarricense. Aunque por fortuna, después la ministra Müller se desdijo, quedó en clara evidencia otro mito pregonado por la parte gubernamental, cuando copiosamente la ministra de educación declaró en los medios de información nacionales, mediante un comunicado oficial que: “La Constitución Política de nuestro país establece que el presupuesto del sector educación es uno solo.” Para enseguida deslizar una falacia: “Dicho presupuesto debe ser dividido entre las diferentes instituciones que integran el sector: Preescolar, Escuelas, Colegios, Colegios Universitarios, Universidades Pública, Cen Cinai, Red de Cuido, el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) y alrededor de 50 instituciones.” Luego remató expresando: “Estamos ante un gran dilema, porque todos los niveles de educación son importantes. ¿A quién le damos más quitándole al otro?” (Cfr. CP-007-08-2022. 12 de agosto del 2022. El comunicado viene precedido con los logos de Casa Presidencial, del ministerio de Educación MEP, el de Planificación MIDEPLAN, el ministerio de Hacienda MH y el ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones MICITT.)

Una vez más se acude al ardid de querer pintar un panorama como si las universidades fueran enemigas del resto de la educación pública no universitaria. Aunque insisto, la ministra Müller después se retractó, va dejando la estela en diversos sectores de la sociedad de una mentira que, está esgrimida para corroer el prestigio bien ganado en la sociedad, de las universidades públicas del país. La mención al INA, a la Red de Cuido y a los Cen Cinai quedó desmentido supra; lo relativo a las 50 instituciones del ministerio no se sostiene pues, ellas han gozado de la dotación presupuestaria que los gobiernos otorgan al ministerio de Educación y no tienen por qué las instituciones universitarias apechugar con esa responsabilidad estatal.

Mientras tanto, el párrafo citado entra en abierta contradicción además, con el contenido de los párrafos tres y cuatro del artículo 85 de la Constitución, donde queda clarísimo el reconocimiento que le atribuye tanto el legislador constituyente como el derivado, a la educación superior universitaria estatal. Pueden corroborarlo leyendo con atención de seguido, los párrafos tres y cuatro del artículo 85 constitucional.

“El cuerpo encargado de la coordinación de la Educación Superior Universitaria Estatal preparará un plan nacional para esta educación, tomando en cuenta los lineamientos que establezca el Plan Nacional de Desarrollo vigente.

Ese plan deberá concluirse, a más tardar, el 30 de junio de los años divisibles entre cinco y cubrirá el quinquenio inmediato siguiente. En él se incluirán, tanto los egresos de operación como los egresos de inversión que se consideren necesarios para el buen desempeño de las instituciones mencionadas en este artículo.

El Poder Ejecutivo incluirá, en el presupuesto ordinario de egresos de la República, la partida correspondiente, señalada en el plan, ajustada de acuerdo con la variación del poder adquisitivo de la moneda.” (Cfr. párrafos 3 y 4 del artículo 85 de la Constitución).

Cae desplomado otro de los mitos difundidos en la reciente negociación del FEES por la parte gubernamental. No ha existido, ni existe la menor intención de los universitarios de menospreciar o socavar a ninguno de los niveles de la educación pública no universitaria. Antes bien está debidamente documentado el aporte constante de las universidades públicas al sistema de educación estatal en general, tanto mediante la preparación y formación de miles de docentes, como mediante asesorías, investigaciones y trabajos de extensión o acción social que, año con año realizan las universidades en las diferentes regiones del país. No reconocerlo es mezquino, pretender negarlo es falsear la realidad.

4. Solo me resta por ahora, tocar otro tema que es crucial. En los párrafos tres y cuatro recién citados del 85 constitucional, el legislador deja clara la importancia de planificar el desarrollo de las universidades estatales quinquenalmente. Las universidades no han dejado de cumplir con este precepto constitucional, ya que cada cinco años se presenta al poder ejecutivo el plan de desarrollo universitario, sustentado en el Plan Nacional de Desarrollo vigente, tal como lo ordena la Constitución, según lo acabamos de constatar. El último plan quinquenal las universidades lo presentamos en el año 2020, antes del 30 de junio; el gobierno lo recibió de conformidad, por lo que dicho plan entró en vigor en el año 2021 y rige hasta el 2026. Aún así, los gobiernos hacen caso omiso de este plan quinquenal universitario y someten a las universidades públicas, cada año, a una discusión impertinente, porque ponen en entredicho, un año sí y el otro también, las bases mismas en las que se sustenta el plan y gran parte de los preceptos constitucionales, como ha quedado demostrado en esta ocasión.

Es pues el Estado, cada gobierno, con algunas excepciones, el que incumple con su responsabilidad de planificar el desarrollo de la educación universitaria estatal tal como lo manda la Constitución. Cito una vez más, aunque sea redundante, el cuarto párrafo del 85 constitucional: “El Poder Ejecutivo incluirá, en el presupuesto ordinario de egresos de la República, la partida correspondiente, señalada en el plan, ajustada de acuerdo con la variación del poder adquisitivo de la moneda.” Pero no ocurre así. ¿Puede alguien negar esta incontrovertible realidad? Cada persona que se haya tomado la molestia de leer este artículo tiene la palabra.

 

Enviado a SURCOS por el autor.

Universidad de Costa Rica firma bajo protesta acuerdo de financiamiento para la Educación Superior 2023

  • Propuesta de la Universidad de Costa Rica y la Federación de Estudiantes no fue adoptada por otros representantes de las universidades públicas.

El jueves 25 de agosto de 2022, la Comisión de Enlace firmó el Acuerdo de financiamiento para la Educación Superior 2023. Como se adelantó de sesiones anteriores, la base de cálculo para el Fondo Especial para la Educación Superior (FEES) 2023 fue la presupuestada para 2022. En este sentido, las universidades revirtieron la intención de recorte planteada por el Poder Ejecutivo a inicios de mes.

Asimismo, un aspecto positivo que destaca del acuerdo es la inclusión de los fondos correspondientes a la Universidad Técnica Nacional (UTN) en el FEES. Esta decisión permite consolidar la estabilidad de los recursos de esta universidad y garantizar su adecuada operación en el tiempo.

Sin embargo, existieron dos puntos en los que la Comisión no logró consenso: el cumplimiento del artículo 78 constitucional y el aumento por concepto de inflación. En este sentido, la Universidad de Costa Rica y la Federación de Estudiantes de la Universidad de Costa Rica (FEUCR) remitieron al Consejo Nacional de Rectores (CONARE) una propuesta el pasado viernes 19 de agosto. Esta propuesta contemplaba el reconocimiento de la inflación interanual a mayo calculada en un 8,71% y, de este monto, un aporte de las universidades públicas al rezago educativo por 26 mil millones de colones. Sin embargo, la propuesta no fue adoptada en el seno de CONARE.

En este sentido, se propuso incluir una cláusula de firma bajo protesta en el convenio que indicaba lo siguiente: “El Rector de la Universidad de Costa Rica deja constancia que firma bajo protesta este acuerdo, en virtud del criterio mayoritario de todos sus colegas rectores y la representación estudiantil de las otras cuatro universidades.

Considera que este acuerdo incumple con lo estipulado en el artículo 78 de la Constitución Política y está en desacuerdo con el monto incluido por concepto de ajuste de inflación”.

Sin embargo, ante la negativa del Poder Ejecutivo, la cláusula finalmente no fue incluida.

El rector de la Universidad de Costa Rica, Dr. Gustavo Gutiérrez Espeleta, lamentó la situación:

“Consideramos que la negociación fue adversa en sus diferentes etapas. Sin embargo, ante un escenario incierto en la Asamblea Legislativa y la falta de apoyo en seno de CONARE a las propuestas planteadas por la Universidad de Costa Rica, nos hemos visto en la obligación de firmar el acuerdo tal cual fue presentado en la Comisión de Enlace. Seguiremos en defensa permanente de la educación pública en todos sus niveles”.

Información de la ODI.