Por Uriel Rojas
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Se debe realizar cada 9 de agosto
Este miércoles 5 de febrero la Asamblea Legislativa aprobó el Expediente Número 23.278, que declara de interés público, académico y cultural la conmemoración del Día Internacional de los Pueblos Indígenas, el día 9 de agosto de cada año, y se exhorta a todas las instituciones públicas a la celebración y divulgación de este acontecimiento.
La conmemoración de esta fecha será celebrada, en todos los centros educativos del país y las comunidades indígenas, con diversas actividades culturales e incorporada al calendario escolar del Ministerio de Educación Pública (MEP), con el objetivo de permitir al pueblo costarricense generar una reflexión, análisis y compromiso con los pueblos indígenas, para mantener su identidad, sus tradiciones, su forma de vida, sus costumbres, sus contribuciones culturales y el derecho sobre sus territorios tradicionales y recursos naturales que estas comunidades tienen, no solo en Costa Rica sino en todos aquellos países donde existan poblaciones indígenas.
El Poder Ejecutivo organizará, el 9 de agosto de cada año, actos oficiales de celebración del Día Internacional de los Pueblos Indígenas y queda autorizado para que destine recursos económicos, humanos, o bien, generar donaciones que garanticen cumplir con el propósito de esta ley, procurando realizar actividades durante todo el mes de agosto para visibilizar los aportes de la cultura indígena al país.