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Autor: María José Ferlini Cartín

Los viernes serán de carro compartido en la U

Plan piloto se implementará por dos meses

 

Katzy O`neal Coto,

Periodista Oficina de Divulgación e Información

Los viernes serán de carro compartido en la U
Quienes vengan a la UCR compartiendo su carro con al menos tres personas (incluido el chofer) tendrán acceso a un espacio de parqueo exclusivo (diseño Ibux Sánchez).

A partir de este viernes 28 de agosto estudiantes, docentes y funcionarios de la Universidad de Costa Rica podrán ser parte del “Plan Piloto de Carro Compartido UCR”, un proyecto que busca colaborar para reducir la congestión vial en los alrededores de la Sede Rodrigo Facio.

El Plan Piloto consiste en realizar los “viernes de carro compartido” durante dos meses en el segundo ciclo lectivo del 2015. La idea es que los universitarios se pongan de acuerdo, por medio de una página web, para encontrar compañeros de viaje y compartir su vehículo los viernes.

Este proyecto es desarrollado por los estudiantes del curso de Taller de Diseño Ingeniería Civil: Yari Maciel León Ulate, Miguel Ángel Zamora y Ana María Campos Rojas, bajo la tutoría de su profesora, Ing. Diana Jiménez Romero y cuenta con el respaldo de la Oficina de Servicios Generales (OSG).

Dependiendo de la participación que se logre durante los viernes de carro compartido, del 28 de agosto al 16 de octubre, el proyecto se podría extender por resto del semestre y se consideraría convertirlo en un programa permanente para el 2016.

¿Cómo funciona?

Para que las personas puedan ponerse de acuerdo y compartir su vehículo deberán registrarse en una página web, en la cual podrán encontrar y comunicarse con sus posibles compañeros de viaje.

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Para participar del Plan Piloto de Carro Compartido el requisito es ser estudiante, docente o funcionario de la UCR y contar con una cuenta de correo institucional (diseño Ibux Sánchez).

La plataforma permitirá encontrar rutas registradas, elegir entre varias opciones como un único viaje o viajes regulares (semanales, mensuales), si es de ida y vuelta o sólo en un sentido. También permite estimar los tiempos de viaje y calcular las emisiones de carbono que se generan por cada viaje.

Para darles más seguridad a los viajeros, quienes deseen participar en el programa deberán crear un usuario con su correo electrónico de la UCR(ucr.ac.cr), el cual será verificado. Los usuarios deberán ingresar sus datos y podrán ver los datos de otros usuarios, únicamente si se piensa compartir un viaje con él.

Ventajas

Quienes participen en esta iniciativa tendrán acceso a un parqueo dentro del campus que será para uso exclusivo de quienes vengan compartiendo su carro, es decir, con al menos tres personas dentro del vehículo (incluido el chofer). Inicialmente, se destinaron para este fin 14 espacios en el parqueo que está junto al Comedor Universitario.

Entre otros beneficios, están la reducción de emisiones de CO2, el ahorro en los gastos de transporte, ya que los pasajeros pueden ponerse de acuerdo para dividir los costos del combustible. También es una forma de viajar más amena y una oportunidad para conocer gente nueva.

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Porcentaje de personas dispuestas a participar en el plan de Carro Compartido UCR (imagen tomada de carrocompartidoucr.wordpress.com).

Sin embargo, algunas personas han expresado dudas y preocupaciones relacionadas con la dinámica del Carro Compartido UCR, especialmente por la idea de viajar con personas desconocidas. Por eso, el equipo organizador ofrece una serie de recomendaciones y respuestas a preguntas frecuentes en su página en Facebook.

Encuesta

Durante el mes de julio se aplicó una encuesta para conocer el interés de la comunidad universitaria en un programa de carro compartido en el campus de la sede Rodrigo Facio.

La encuesta fue completada por 1542 personas, de las cuales un 85,2% manifestaron estar dispuestos a participar durante varios días a la semana y en ambos sentidos de viaje (de la casa a la universidad y de la universidad a la casa).

Entre las principales razones por las que las personas están dispuestas a compartir sus vehículos, están contribuir con el medio ambiente y con la disminución de presas en los alrededores del campus, compartir gastos de transporte y parqueos exclusivos dentro del campus.

Las personas interesadas en participar sólo deben acceder al sitio web http://osg.ucr.ac.cr/CarroCompartido/ donde podrán registrarse y encontrar compañeros de viaje.

 

Información tomada de: http://www.ucr.ac.cr/

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Mesa Redonda ¿Son las instituciones públicas realmente ineficientes y consumen la mayoría de recursos en salarios?

La Cátedra de Estudios Culturales Luis Ferrero Acosta y Miércoles de Poesía le invitan a la mesa redonda: ¿Son las instituciones públicas realmente ineficientes y consumen la mayoría de recursos en salarios?, a realizarse este miércoles 26 de agosto a las 7:30 p.m. en la Casa Cultural Amón del ITCR (250 metros Norte del hotel Aurola Holiday Inn).

 

Participan:

Joaquín Rodríguez del Paso (artista)

Dr. Celso Vargas (Profesor ITCR)

Lic. Miguel Hernández (abogado)

 

*Imagen con fines ilustrativos.

 

Información enviada a SURCOS Digital por Adriano Corrales Arias.

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Clases inician con mejoras en servicio de transporte

II semestre 2015

Demanda aumentará en los próximos dos años

 

Katzy O`neal Coto,

Periodista Oficina de Divulgación e Información

Clases inician con mejoras en servicio de transporte
De acuerdo con un estudio realizado por estudiantes de taller de Diseño de la Escuela de Ingeniería Civil, para el 2017, alrededor de 6.200 personas requerirán trasladarse a Finca 2 (foto Archivo ODI).

Este semestre la Universidad de Costa Rica (UCR) recibió a estudiantes y funcionarios con cambios en los servicios de transporte interno, que tienen como propósito facilitar el traslado de las personas entre las tres fincas de la Sede Rodrigo Facio.

Con este objetivo se realizó un estudio a cargo de estudiantes del Taller de Diseño de la Licenciatura de Ingeniería Civil, quienes aportaron datos sobre la demanda del servicio, los tiempos de recorrido y de demora en el servicio, así como proyecciones del aumento de la demanda en los próximos dos años.

Los resultados de este estudio sirvieron como insumo para la implementación de varias mejoras que ha realizado la Sección de Transportes de la Oficina de Servicios Generales (OSG).

Demanda

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Los autobuses universitarios ahora cuentan con sillas de seguridad para transportar niños y niñas (foto Archivo ODI).

El estudio confirmó que el servicio de transporte interno, el cual es gratuito para la población universitaria, mueve a unas 4.500 personas diariamente entre las tres fincas de la UCR y éste número sigue aumentando con la entrada en funcionamiento de edificios como el de Educación Continua en Finca 2.

Se estima que para el 2017, alrededor de 6.200 personas requerirán trasladarse a Finca 2 (Ciudad de la Investigación), debido a la entrada en funcionamiento de los nuevos edificios que la Universidad construirá entre el 2015 y 2017. Este aumento planteará nuevos retos para la administración del transporte universitario.

Para responder a la demanda actual, la estudiante de licenciatura Natasha Coward, brindó varias recomendaciones para agilizar el servicio. Entre ellas, adecuar los horarios según la demanda y brindar información más oportuna a los usuarios.

Mejoras

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El mapa muestra la nueva ruta que realiza el autobús universitario para ir de la Facultad de Educación al Edificio de Parqueos y viceversa (imagen tomada del Análisis del servicio de bus interno en la Sede Rodrigo Facio).

Con base en la información que aportaron los estudiantes, se realizaron cambios en los horarios de salida y llegada de los autobuses que permitirán cubrir mejor las necesidades del grueso de la población usuaria, especialmente en horas pico. Los nuevos horarios empezaron a regir a partir del mes de agosto, y se encuentran disponibles en el sitio web de la Oficina de Servicios Generales (OSG) y en todas las paradas.

A partir de este semestre ya están habilitadas dos paradas independientes para las dos rutas que se ofrecen; una en la Facultad de Ingeniería para la ruta que va de ese punto a las Instalaciones Deportivas y otra en la Facultad de Educación para la ruta que va de ahí al Edificio de Parqueos.

La jefa de la Sección de Transportes, de la Oficina de Servicios Generales (OSG), Ana Zúñiga Arce, explicó que una de las mejoras más importantes que se han implementado es que se abrió el acceso (portón) ubicado frente a la Facultad de Educación para que el autobús ingrese y salga por ahí.

Zúñiga resaltó que con este cambio, se evita la vuelta que el autobús hacia por la Facultad de Ingeniería, lo cual ha permitido reducir el tiempo de recorrido de 30 minutos a 17 minutos en la ruta que va de la Facultad de Educación (Finca 1) al Edificio de Parqueos (Finca 2).

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Alternativas de movilidad activa como el uso de la bicicleta contribuyen a facilitar el traslado de personas en las tres fincas de la UCR (foto Archivo ODI).

Recientemente también se adquirieron sillas de seguridad para transportar niños y niñas, con el propósito de brindar el servicio a aquellos estudiantes y funcionarios que tienen hijos en el Centro Infantil Laboratorio (CIL) y la Casa Infantil Universitaria (CIU). En total se adquirieron 12 sillas y se colocaron tres en cada unidad. Además, los autobuses ahora pueden transportar hasta 60 personas de pie, aumentando así su capacidad.

A futuro

Zúñiga adelantó que, con el propósito brindar mayor comodidad a los usuarios con limitaciones de movimiento, en este mes se concretará la compra de dos buses de piso bajo, que vendrán a fortalecer el servicio en la ruta Facultad de Educación (Finca 1) -Edificio de Parqueos (Finca 2).

La Oficina de Servicios Generales (OSG) también tiene en proceso de contratación, dos paradas de autobús que se colocarán en Facultad de Educación y frente a la Escuela de Educación Física y Deportes (EDUFI), que brindarán a los usuarios protección para el sol y la lluvia.

Los estudiantes de Ingeniería Civil recomendaron seguir monitoreando los flujos de demanda del servicio en diferentes momentos del año para sopesar las variaciones que ocurren a inicios de semestre, durante la época lluviosa y en horas pico.

Además del funcionamiento adecuado del bus, señalaron que es necesario ofrecer al usuario alternativas de movilidad. Esto implica la reparación de la acera que comunica Finca 1 con Finca 2, además de la creación de un puente peatonal y ciclovía que comuniquen las fincas de forma directa.

 

Información tomada de: http://www.ucr.ac.cr/

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Consejo Universitario analiza propuesta para reducción de anualidades

Iniciativa no implica rebajo salarial, sino un ajuste de la anualidad del 5,5% al 3%

 

Rocío Marín González,

Periodista Oficina de Divulgación e Información

Consejo Universitario analiza propuesta para reducción de anualidades
La Rectoría hace un llamado a la comunidad universitaria sobre la necesidad de preservar los más altos intereses institucionales y a meditar, con toda la seriedad que el tema requiere (foto Archivo ODI).

Hoy se inició en el Consejo Universitario de la Universidad de Costa Rica (UCR) la discusión y análisis de una propuesta presentada por seis miembros de este órgano colegiado, con miras a derogar el acuerdo de la sesión N°5390, artículo 1, punto 2, del 29 de setiembre de 2009, y aplicar el 3% de anualidad que estipula la Convención Colectiva y no el 5,5% que establece el mencionado acuerdo. La medida no implica un rebajo salarial, sino un ajuste de la anualidad a partir del 2016.

Al respecto la Rectoría de la Institución emitió el siguiente comunicado a la comunidad universitaria:

Como es de su conocimiento, el tema de las implicaciones a futuro de los actuales porcentajes de anualidad, ha venido siendo analizado por distintas instancias de la Universidad de Costa Rica (UCR) desde hace varios años. Es falso, como se ha querido hacer ver por algunas personas, que las opciones en estudio sean una respuesta a las recientes afirmaciones hechas por sectores que adversan a la institución, y en general al empleo público. Tampoco es cierto que la administración lo haya hecho a espaldas de la comunidad universitaria. Estas aseveraciones, como es de conocimiento público, han sido rechazadas y rebatidas por el Sr. Rector, en diversos momentos y medios de comunicación.

Los análisis vienen de mucho tiempo atrás. Desde hace varios años, se han venido elaborando y presentando importantes estudios:

  • Estudio comparativo de los salarios universitarios en relación con varias instituciones del sector público, elaborado por el Instituto de Investigaciones en Ciencias Económicas, 2012. Actualizado en el 2015.
  • Estudio de Capacidad de Pago al Fideicomiso UCR-BCR. Rectoría, 2013.
  • Informe de la Contraloría Universitaria. OCU-R-222 -2014.
  • Estudio actuarial realizado por el Instituto de Investigaciones en Ciencias Económicas, el Observatorio del Desarrollo y la Escuela de Matemática, 2014.
  • El pago del incentivo de anualidades en la Universidad de Costa Rica: análisis y recomendaciones. Comisión para el Análisis del Sistema de Administración de Salarios. Rectoría 2015.

Los principales resultados de todos estos análisis han sido comunicados a la comunidad universitaria. Además, los informes completos son de conocimiento del Consejo Universitario (CU). Todos ellos coinciden en una conclusión básica: el ritmo de crecimiento del componente salarial representado por la anualidad muestra un comportamiento que, de no tomarse medidas, pone en peligro la salud financiera de la institución. A su vez, la convención colectiva establece una anualidad del 3%, que nadie ha cuestionado, y que no está en discusión. Tampoco está en discusión ninguno de los otros componentes de la estructura salarial.

El acuerdo del CU que subió la anualidad del 3% al 5,5% se tomó en un contexto muy concreto, en el cual los salarios institucionales mostraban un cierto rezago y las tasas de inflación eran bastante más altas que las actuales.

Ambas circunstancias han cambiado. Los estudios hechos, comparando los salarios de la UCR con los de muchas otras instituciones afines nacionales e internacionales, muestran que en la actualidad, al cabo de unos pocos años de laborar en la institución, todas las categorías salariales son bastante competitivas. Esto es básico en una institución que requiere de personal altamente calificado, a menudo el mejor del mercado, y así seguirá siendo. En cuanto a las tasas actuales de inflación, estas son mucho más bajas que las de los últimos años.

Así, una medida que en su momento pudo haberse justificado, hoy día empieza a amenazar la salud futura de las finanzas institucionales. Debemos recalcar que esto es algo en lo que coinciden todos los estudios hechos al respecto. Dichas investigaciones han arrojado resultados que, a su vez, han sido transmitidos y discutidos en diversas instancias desde hace más de un año, incluyendo varios Consejos de Rectoría Ampliados.

No es cierto, entonces, que no existan bases técnicas para la decisión. Tampoco lo es que este tema sea desconocido para la comunidad universitaria. Todo lo contrario, los funcionarios de la UCR están conscientes de:

  1. Que los resultados arrojados por todos los estudios hechos por instancias técnicas coinciden en el peligro para las finanzas institucionales de mantener el actual porcentaje de anualidad.
  2. Que tales estudios fueron iniciados, y en varios casos concluidos, con mucha antelación a que se iniciara la reciente campaña de desprestigio lanzada por diversos sectores políticos y económicos en contra de la institución y del empleo público en general.
  3. Que existe la necesidad de tomar decisiones al respecto, no por imposición externa, sino con base en el ejercicio de la plena autonomía de la institución, y sin dejarse afectar, ni en un sentido ni en otro, por esta campaña.

La propuesta presentada al CU ha sido planteada por seis miembros de este órgano, incluido el señor Rector. Responde a una iniciativa que le fue entregada al Consejo Universitario por destacados miembros de la comunidad universitaria, en el sentido de volver a la anualidad del 3%, tal y como lo establece la Convención Colectiva. Independientemente del curso de la discusión de esta propuesta en el órgano colegiado, se trata de una iniciativa respaldada por toda la información y evidencia producidas por serios estudios hechos por instancias técnicas universitarias, cuya única meta es la de garantizar la salud financiera de la institución.

Hacemos un llamado a la comunidad universitaria sobre la necesidad de preservar los más altos intereses institucionales y a meditar, con toda la seriedad que el tema requiere, en la responsabilidad que tenemos y las esperanzas cifradas en el futuro para que podamos decir “Somos UCR: una universidad de grandes acciones y grandes logros, para el bienestar del país”.

 

Información tomada de: http://www.ucr.ac.cr/

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Comunidades de Guanacaste y Guatuso: de espectadores a actores del desarrollo turístico

Produs lidera proceso participativo para elaboración de un plan

 

Patricia Blanco Picado,

Periodista Oficina de Divulgación e Información

Comunidades de Guanacaste y Guatuso- de espectadores a actores del desarrollo turístico
El acceso de las comunidades a los beneficios económicos que generan las áreas protegidas es el objetivo de la propuesta del Programa de Investigación en Desarrollo Urbano Sostenible (Produs), de la UCR, para Curubandé y Guatuso (foto Denis Castro Incera).

Curubandé, al pie el volcán Rincón de la Vieja, y Guatuso, tierra ancestral, de aguas celestes y humedales que son patrimonio de la humanidad encuentran en el turismo una oportunidad de desarrollo local y de mejoramiento de la calidad de vida de sus pobladores.

Con ese objetivo, el Programa de Investigación en Desarrollo Urbano Sostenible (ProDUS), de la Universidad de Costa Rica (UCR), lideró en cada comunidad la elaboración de un Plan de Turismo Sostenible, para que por medio de una serie de proyectos la gente del lugar se involucre en el sector turístico.

La iniciativa es coordinada por el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac), del Ministerio del Ambiente, y cuenta con el apoyo financiero del Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

“Produs cree que se debe retomar la idea inicial de que el turismo rural o ecoturismo sea el que ayude a que salgamos adelante, porque son las comunidades las que estarían a cargo de desarrollar la oferta turística”, aseguró el Ing. Luis Zamora González, coordinador de este Programa.

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Entre las actividades del Plan de Turismo de Curubandé se proponen ciclovías, un centro cultural, un mirador y una torre de observación del Proyecto Geotérmico Las Pailas (foto Denis Castro).

El 11 y 12 de agosto, Produs presentó en Curubandé y en San Rafael de Guatuso la propuesta final del Plan, el cual comprende tres componentes: un diagnóstico sobre las condiciones existentes en cada lugar, la identificación de las políticas públicas o servicios necesarios para echar a andar el plan, y como tercer componente, el plan mismo, que consiste en una serie de proyectos de infraestructura y de emprendimientos locales.

El proyecto BID Turismo contempla la construcción de infraestructura dentro del Parque Nacional Rincón de la Vieja y del Refugio Nacional de Vida Silvestre Caño Negro para la atención de turistas, así como el trabajo con comunidades aledañas del distrito de Curubandé, de Liberia, y del cantón de Guatuso, y la coordinación con las municipalidades respectivas.

El papel de la UCR ha sido el de liderar un proceso con la participación de representantes del sector turístico, instituciones públicas y privadas y grupos organizados de la comunidad, tendiente a identificar fortalezas y debilidades para el desarrollo de un modelo de turismo comunitario y a señalar el camino que se quiere seguir de manera planificada.

De espectadores a actores

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Representantes de distintas organizaciones de Guatuso intercambian puntos de vista con los profesionales de Produs, durante la presentación a la comunidad del Plan de Turismo Sostenible (foto Denis Castro).

El coordinador del proyecto, el M.Sc. Felix Zumbado Morales, explicó que con esta propuesta se pretende que tanto la comunidad de Curubandé como el cantón de Guatuso «dejen de ser espectadores de la actividad turística y se conviertan en actores del sistema turístico, para que se beneficien de la actividad económica que generan los parques nacionales”.

El Parque Nacional Rincón de la Vieja, ubicado a unos tres kilómetros de Curubandé, tiene en promedio 60 000 visitantes al año y esa afluencia de turismo no se ha aprovechado hasta el momento como fuente de ingresos para los habitantes de la zona. Esa población trabaja básicamente como empleados de los hoteles de los alrededores y en el Proyecto Geotérmico Las Pailas, del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE).

Curubandé pretende rescatar elementos de su pasado indígena que podría mostrar a los turistas a través de leyendas, artesanía, comida tradicional y petrograbados. Asimismo, posee una serie de atractivos naturales como bosque, ríos y, por supuesto, el volcán.

En el caso de Guatuso, el cantón también cuenta con múltiples posibilidades que se desean explotar, entre las que sobresalen el Territorio Indígena Maleku, Río Celeste, el volcán Tenorio, el Refugio Nacional de Vida Silvestre Caño Negro y otros humedales, el río Frío, actividades productivas como el cacao y zonas montañosas.

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En las comunidades de Curubandé y Guatuso se requiere fortalecer ciertos servicios básicos como transporte, agua, recolección de desechos sólidos, caminos y educación (foto Denis Castro).

Propuesta complementaria

A criterio de los especialistas de ProDUS, se trata de impulsar una propuesta complementaria de la comunidad a los desarrollos privados que ya existen, en la que las municipalidades desempeñen un papel rector en la gestión y fiscalización del Plan, de la mano con las organizaciones locales y las instituciones estatales.

Se menciona como referente a La Fortuna de San Carlos, en donde existe una asociación de desarrollo que ha manejado con mucho éxito una serie de proyectos turísticos y de esta manera contribuye con el desarrollo de esa comunidad.

El modelo turístico que se desea impulsar es un turismo de baja escala, selectivo, no masivo, que no impacte fuertemente la forma de vida de las poblaciones y el medio ambiente.

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El cantón de Guatuso, con un alto nivel de desempleo, presenta dificultades de acceso a los lugares de interés turístico y servicios turísticos insuficientes (foto Denis Castro).

Produs cree que el país debe retomar la idea del turismo rural o ecoturismo, para que sean las comunidades las que asuman el desarrollo de una oferta turística. “El ecoturismo genera trabajo porque las comunidades están involucradas y es un tipo de desarrollo que es amigable con el ambiente. Y a esto es lo que apuesta el país, porque se ha dado cuenta que no ha mejorado el turismo masivo”, señaló el coordinador.

Por su parte, José Ramón Aguilar Calvo, coordinador del proyecto Fortalecimiento del Programa de Turismo para el Parque Nacional Rincón de la Vieja del Área de Conservación Guanacaste, aseguró que el Plan de Turismo Sostenible haría una diferencia importante en relación con el modelo de turismo que ha imperado en la provincia de Guanacaste.

Enfatizó en que “ningún otro emprendimiento turístico ha sido manejado por una asociación de desarrollo como sería en este caso y las personas que estarían dentro de este emprendimiento son personas locales. Esto va a generar una serie de encadenamientos productivos a nivel local que va a permitir mejorar la calidad de vida de los habitantes del distrito de Curubandé”.

En la elaboración de los planes de turismo participaron seis profesionales de ProDUS de diversas áreas: Cristian Quirós Calderón, ingeniero civil; Karla Barrantes Chaves, arquitecta; Leonardo Sánchez Hernández, economista; Mayra Durán Hidalgo, abogada; Paola Salazar Arce, antropóloga y Felix Zumbado Morales, con una maestría en desarrollo sostenible.

Además, se contó con el aporte de los estudiantes Maricé Miranda Zúñiga, de Trabajo Social; Jessica Álvarez López, de Antropología; y Víctor Pereira y Kevin Viales, de Arquitectura.

“Queremos hacer un turismo con identidad” 

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La presidenta de la Asociación de Desarrollo Integral de Curubandé, Enid Rodríguez Arrieta, se mostró muy entusiasmada y muy esperanzada de que la comunidad pueda arrancar con el Plan de turismo.

“Me parece muy interesante que hayan puesto los ojos en esta comunidad, porque esta propuesta es lo que hemos estado anhelando. Ahora podemos involucrar a muchas personas, podemos fomentar el empleo y podemos desarrollarnos como personas”, expresó.

Para Rodríguez, la oferta turística debe revalorizar el patrimonio cultural. “Queremos hacer un turismo con identidad, darle un sello especial, ofrecer algo que en otras comunidades de Guanacaste no haya. Que digan: ‘Curubandé se conoce o se diferencia por ese sello especial’”, agregó.

Esta dirigente comunal considera que ya han pasado por un proceso largo de capacitaciones por parte de algunas instituciones estatales y ahora lo que falta es apoyo financiero para empezar. “Yo visualizo a Curubandé en unos años como La Fortuna de San Carlos. Que va a haber mucho que ofrecer, todo manejado por la comunidad, dándole prioridad a los habitantes de aquí”, aseveró.


“Lo que nos falta es una buena organización”

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El alcalde de la Municipalidad de Guatuso, Abelino Torres Torres, es muy pragmático cuando se refiere a las posibilidades de desarrollar el plan de turismo en su cantón: “Debemos mejorar pues tenemos mucho potencial: el lago Cote, río Celeste, los humedales de Caño Blanco y la catarata. El destino indígena para mí es uno de los mejores, por el recibimiento que dan a los turistas”.

“Lo que nos hace falta es una buena organización, para que a través de esta la comunidad se empodere, quiera seguir adelante y así poder cumplir nuestros sueños”, añadió.

Torres está convencido que el Plan de turismo puede avanzar siempre y cuando haya una persona que desde la municipalidad guíe el proceso. “Debe haber alguien que conozca de turismo. Planificar es muy importante, pero las cosas hay que aterrizarlas, llevarlas a la acción, y eso es lo que necesitamos aquí en Guatuso”, afirmó.

El alcalde ve una oportunidad de organización en la presente coyuntura ante la participación de la Universidad de Costa Rica. “La UCR debe tener una alianza fuerte con la municipalidad, la asociación de desarrollo y las instituciones presentes en el cantón. Si logramos involucrar a todas las fuerzas vivas del cantón haremos más grande el proyecto”.


Información tomada de: http://www.ucr.ac.cr/

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75 años de grandes acciones, grandes logros

UCR celebra con arte y música su aniversario de brillantes

Consulte el programa de la semana de aniversario

 

Elizabeth Rojas Arias,

Periodista Oficina de Divulgación e Información

75 años de grandes acciones, grandes logros
Como parte de las actividades conmemorativas Sergio Orozco ofrecerá una conferencia sobre la fuente Cupido y el Cisne, uno de los sitios emblemáticos del campus universitario (foto Mónica Bolaños).

Arte, pasacalles, conciertos de gala y actividades académicas engalanan esta a la universidad más antigua del país, que este miércoles 26 de agosto cumple los 75 años de haber sido fundada. Los aportes de la Universidad de Costa Rica (UCR) al país enorgullecen a la comunidad universitaria que celebrará con gran entusiasmo sus logros.

El programa de actividades arranca este domingo con la Tercera carrera y Segunda caminata UCR a las 7:30 a.m. La salida es del Estadio Ecológico en las Instalaciones deportivas, carretera a Sabanilla.

También para este domingo la Junta de Protección Social emitió un billete de lotería conmemorativo para este aniversario de la UCR.

El lunes 24 el escultor nacional Néstor Zeledón develizará la escultura Yo protesto en la entrada principal del nuevo edificio de la Facultad de Ciencias Sociales en la Ciudad de la Investigación.

El martes 25 en la sala de Expresidentes de la Asamblea Legislativa a las 9 a.m. un destacado grupo de académicos disertarán en un foro sobre “UCR pieza angular de la sociedad costarricense” Participan el Dr. José María Gutiérrez Gutiérrez, del Instituto Clodomiro Picado; la M.Sc. Marta Bustamante Mora, directora de la Escuela de Tecnología de Alimentos, el Dr. Julio Mata Segreda, Catedrático Humboldt 2006; la Dra. Patricia Vega Jiménez, director del Centro de Investigación en Comunicación y el Ing. Randolph Steinvorth Fernández, director de la Escuela de Ingeniería Eléctrica.

También el martes a la 9 a.m. en el auditorio de la Facultad de Educación se dará a conocer el matasellos conmemorativo del 75º aniversario y Sergio Orozco dictará la conferencia “La fuente Cupido y el cisne: del Palacio de cristal a la Universidad de Costa Rica”.

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Las celebraciones del 75º aniversario de la UCR estarán impregnadas de música y arte. La Orquesta Sinfónica hará su participación el miércoles 26 de agosto a las 7 p.m. en el Teatro Nacional (foto Anel Kenjekeeva).

Cumpleaños festivo

El 26 de agosto se celebra tradicionalmente el cumpleaños de la UCR porque fue en esa fecha en el año 1940 cuando la Asamblea Legislativa emite el decreto para la creación de esta institución. Por ser este un aniversario especial a partir de las 11 a.m. en varias partes del campus Rodrigo Facio se realizarán diversas actividades artísticas, una de ellas es el pasacalles a cargo de estudiantes de las escuelas de Artes Musicales y Artes Dramáticas que arrancará en esta unidad académicas y pasa por la Plaza de la Libertad de Expresión, el Instituto Confucio, las facultades de Ingeniería y Ciencias Económicas, la Plaza 24 de abril y el Pretil.

También en el Pretil Danza UCR y Danza Abierta ofrecen espectáculos, lo mismo que la Banda de la Escuela de Artes Musicales y una comedia con actores de Artes Dramáticas.

Entre tanto, en la Plaza de la Libertad de Expresión desde las 9 a.m. hasta las 7 p.m. habrá actividades recreativas.

En el edificio Administrativo A, a partir de las 11:15 a.m. y hasta el mediodía se presentará la Camerata Vivaldi, el Ensamble de saxofones y la Comedia del arte.

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En la Facultad de Ciencias Económicas también de 11 a.m. a 12:30 p.m. habrá música, danza y comedia y en la Facultad de Ciencias Sociales de 11:30 a.m. a 12:30 p.m. se presentará el Ensamble de trombones y Danza Abierta.

Asimismo, en el Comedor estudiantil a partir de las 11:30 a.m. la Banda de la Escuela de Artes Musicales y el Ensamble de trombones darán un espectáculo de música para los comensales.

Homenaje y concierto de gala

Finalmente, la Universidad de Costa Rica realizará un homenaje en la sesión solemne del Consejo Universitario a los estudiantes más destacados por sus excelencia académica. Los mejores promedios de grado y posgrado recibirán un certificado y una medalla por su buen desempeño, en la actividad que se realizará este miércoles 26 en el Teatro Nacional a las 10 a.m.

En este lugar este mismo día a las 7 p.m. la Orquesta Sinfónica de la UCR ofrece un concierto bajo la dirección de Juan Manuel Arana, quienes deseen asistir pueden solicitar sus entradas en la Oficina de Divulgación o en la Tienda Línea U.

 

Información tomada de: http://www.ucr.ac.cr/

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La solicitud de Costa Rica de poner término a la demanda de Infinito Gold ante el CIADI: breves reflexiones

NicolasBoeglin (*)

La solicitud de Costa Rica de poner término a la demanda de Infinito Gold ante el CIADI

El pasado 24 de julio del 2015, Costa Rica solicitó poner un término al procedimiento arbitral interpuesto por la empresa minera canadiense Infinito Gold ante el Centro Internacional de Arreglo de Disputas entre Inversionistas Extranjeros y Estados (más conocido como CIADI en español, ICSID en inglés). Unos días antes, el 15 de julio del 2015, se había informado en la prensa especializada (ver nota de prensa titulada «Infinito Gold Ltd. Announces Resignation of All Directors and Officers») de la renuncia de todos los directivos y funcionarios de la empresa debido a su delicada situación financiera: «As a result of the aforementioned working capital deficit and given the fact that the Company’s major shareholder and creditor has advised the Company that it is unwilling to advance any further funds to the Company, the Company has concluded that it will not be possible for it to continue operations». Dos días después, en un sitio especializado en valores bursátiles (ver sitio de Bloomberg.com) se mencionaba que:”Further to the TSX Venture Exchange (TSXV) Bulletin and InfinitoGold Ltd.’s press release both dated July 15, 2015, effective at the opening on July 17, 2015, trading in the shares of the company will be suspended for failure to maintain Exchange requirements“. (colocar sección “Snapshot” para leer la nota completa). La sección “Charts” en este mismo enlace sobre acciones bursátiles- colocar los últimos 5 o 10 años – permite apreciar cuán sensible fue el valor bursátil de las acciones en Canadá de Infinito Gold Ltd a eventos ocurridos en Costa Rica, incluidos los episodios que se dieron ante los estrados judiciales costarricenses, en particular a partir de octubre del 2008.Cabe indicar que la salud financiera de la empresa canadiense Infinito Gold había sido objeto de un interesante artículo de opinión del activista canadiense Rick Arnold, publicado en mayo del 2015 en Costa Rica, titulado: ”Op-ed: ‘Zombie’ Canadian mining company, Infinito Gold, stalks Costa Rica”: en la parte final del texto, se lee por parte del periódico que lo publicó que:”The Tico Times sought a response from Infinito Gold to this opinión piece. Calls made to the company’s Costa Rica office and to its Canadian headquarters were not returned, and emails were unanswered”.

El CIADI en América Latina:

Como bien se sabe, el CIADI es un mecanismo arbitral creado en 1965 mediante la Convención de Washington (ver texto completo, pp. 7-33) para dirimir las controversias entre Estados e inversionistas extranjeros. Contrario a una opinión generada desde algunos sectores, no es necesario ratificar este tratado para atraer inversión extranjera: en América Latina, Brasil, Cuba, México, República Dominicana son un claro ejemplo de ello (ninguno ha ratificado la Convención de 1965). A ellos, se pueden sumar los logros económicos más recientes obtenidos por Bolivia y Ecuador, Estados que denunciaron este tratado en el 2007 y en el 2009 respectivamente (por considerar abusivas algunas demandas planteadas ante el CIADI y cuestionables varias de sus decisiones).

En cuanto a los Estados del hemisferio americano, el último Estado en aceptar el sistema establecido en el CIADI es Canadá, que anunció su adhesión tan solo el pasado 1ero de noviembre del 2013.

Es importante recordar que hasta 1996, el CIADI funcionó de manera sumamente esporádica a nivel mundial: 1972 es la fecha del primer caso registrado (el único del año), el año 1974 registra 4 casos, y luego siguen años sin ningún caso registrado: 1973, 1975,1979, 1980, 1985, 1988, 1990 y 1991. El aumento exponencial en la cantidad de casos por año desde 1996 (1997: 10 casos por año, 38 para el año 2011, y 50 para el 2012) se explica gracias al efecto de los numerosos tratados bilaterales de protección y promoción de inversiones. Se trata de acuerdos bilaterales, más conocidos como TBI, APPRI (expresión usada sobre todo en España – ver al respecto artículo sobre práctica convencional española -), BIT por sus siglas en inglés – o también FIPA o FIPPA – firmados a partir de los años 90. Estos tratados bilaterales representaban el 63% de la base del consentimiento a la jurisdicción del CIADI para el conjunto de casos registrados en el 2011 (ver gráfico, p. 10 de las estadísticas oficiales 2011-2): este porcentaje se ha mantenido casi incólume (61,8%) según las últimas estadísticas a 2015-1 (p. 10).En América Latina, Argentina, Estado que suscribió 58 de estos tratados bilaterales en los años 90 (ver recuadro en p.4 de este interesante estudio ) es el Estado que más demandas ha registrado ante el CIADI en toda la historia (51 demandas contra Argentina, de las cuáles 18 siguen pendientes de resolución).En un estudio sobre las demandas de inversionistas contra Estado (cuya lectura recomendamos), un autor como Patxi Zabalo ha llegado a concluir, a partir de la triste experiencia de Argentina y de otros Estados de la región, que: “A la vista del lastre que las demandas inversor-estado están suponiendo para el desarrollo de diversos países latinoamericanos, y de la insuficiencia de las medidas adoptadas hasta ahora para evitarlo, resulta necesario realizar una seria reconsideración del camino emprendido” (Nota 1).

Después de Argentina, en América Latina, están Costa Rica (con 4 casos pendientes), Ecuador, Panamá y Perú (con 3 cada uno).Notemos que en el caso de Panamá, una de las demandas fue interpuesta por la corporación costarricense Álvarez y Marín (ver ficha técnica). Para completar el panorama de la comunidad hispanoparlante, cabe mencionar que España ha experimentado un reciente aumento de demandas en su contra ante el CIADI (muchas de ellas debido al cambio en la legislación sobre energías renovables tendiente a reducir las subvenciones públicas) colocándola, según algunos medios de prensa, justo detrás de Argentina y Venezuela en cuanto a número de demandas registrada (ver nota de El País): al momento de redactar esta nota, España contabiliza 18 demandas pendientes de resolución ante el CIADI, detrás de Venezuela (con 25 casos pendientes) y Argentina (con 18).

En lo que respecta al Estado objeto de estas breves reflexiones, es menester recordar que Costa Rica firmó el Convenio de Washington que crea el CIADI en 1981 y que lo ratificó en 1993, bajo presión externa debida a la no resolución del caso de Santa Elena (Nota 2).

Algunas precisiones terminológicas

En el sitio oficial del CIADI, se lee en la ficha técnica relacionada con la demanda interpuesta por Infinito Gold contra Costa Rica, de las cuatro actualmente pendientes de resolución ante el CIADI y una más ante otro mecanismo arbitral (Nota 3) que: «the Respondent files a request for the discontinuance of the proceeding pursuantto ICSID Arbitration Rule 44 on July 24, 2015». Si, pese a las reservas sobre la falta de transparencia del sistema CIADI, tomamos como base este dato, la situación resultante es la siguiente. El artículo 44 sobre regulaciones arbitrales al que refiere el CIADI se lee como sigue: «If a party requests the discontinuance of the proceeding, the Tribunal, or the Secretary-General if the Tribunal has not yet been constituted, shall in an order fix a time limit within which the other party may state whether it opposes the discontinuance. If no objection is made in writing within the time limit, the other party shall be deemed to have acquiesced in the discontinuance and the Tribunal, or if appropriate the Secretary-General, shall in an order take note of the discontinuance of the proceeding. If objection is made, the proceedings hall continue». La versión en castellano de la misma regla procesal 44 aplicable a los procedimientos de arbitraje (ver texto en pp. 101 y subsiguientes) se lee como sigue: «Regla 44. Terminación a solicitud de una de las partes Si una de las partes solicita que se ponga término al procedimiento, el Tribunal, o el Secretario General si aquel no se ha constituido todavía, fijará mediante resolución el plazo dentro del cual la otra parte podrá oponerse a la terminación. Si no se formula objeción alguna por escrito dentro del plazo fijado, se presumirá que la otra parte ha consentido en la terminación y el Tribunal, o en su caso, el Secretario General, dejará constancia, en una resolución, de la terminación del procedimiento. Si se formula una objeción se continuará el procedimiento». La versión en español que habla de «solicitud de poner término al procedimiento» para la expresión inglesa «request of discontinuance of the proceeding» aclara el panorama y permite apreciar mucho mejor el alcance del término de «suspensión» usado (de manera incorrecta, a nuestro modesto parecer) en medios de prensa en Costa Rica en días recientes. En efecto, la noción de “suspensión” puede ser interpretada como una suspensión provisional, o como una acción momentánea que puede dar pié a una reconducción ulterior del procedimiento. Lo que establece la versión castellana de lo que hay que entender por “discontinuance” es muy distinto a una “suspensión”: se trata de solicitar poner fin a un procedimiento. La última frase de la Regla 44 es aún más clara en cuanto al alcance de esta figura: si existe objeción a esta solicitud de poner término al procedimiento, dicho procedimiento continúa.

En declaraciones dadas a la prensa en días recientes, el Ministro de Comercio Exterior indicó – sin querer ahondar en las razones o motivaciones del equipo jurídico a carga de la defensa de Costa Rica- que se objetó en el mes de julio la solicitud de un nuevo plazo hecha por parte de la empresa (ver nota de prensa del programa radial Amelia Rueda con audio incorporado): no se menciona el hecho que Costa Rica solicito poner un término al procedimiento (ni se sabe si la empresa objetó –o no – la solicitud hecha por Costa Rica el 24 de julio con base en el artículo 44).

Esta breve aclaración de carácter terminológico realizada intenta responder a una confusión generada por algunos titulares de prensa a partir del 24 de julio leídos en los medios de prensa de Costa Rica: títulos tales como “Infinito Gold pidió suspender demanda contra Costa Rica, mientras dejó de operar como empresa” ( nota de CRHoy) o “Minera Infinito pide congelar pleito internacional contra país” ( nota de La Nación) u otro aún más confuso, como “País pide a centro de arbitraje internacional no suspender litigio contra minera Infinito” (ver nota del Programa radial de Amelia Rueda). El 24 de julio, no hubo ninguna suspensión solicitada por parte de la empresa, ni tampoco solicitud hecha por la empresa como tal. Se trata de una solicitud de poner fin al procedimiento por parte del Estado y puede extrañar un poco que ningún titular así lo haya reseñado.

 

Un proyecto minero frenado por la justicia costarricense

La empresa minera canadiense Infinito Gold presentó su demanda contra Costa Rica por poco menos de 94 millones de US$ en el mes de febrero del 2014 (ver texto integral de la demanda), debido a la anulación de los permisos, concesión, viabilidad ambiental y decreto de conveniencia nacional (todos emitidos por el Poder Ejecutivo) por parte de los tribunales de Costa Rica en el año 2010: remitimos a lector al texto completo de la sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo (TCA) de noviembre del 2010, confirmada en noviembre del 2011 por la Sala Primera en todos sus extremos (ver texto completo). La sentencia del TCA concluía precisando que:»Se anulan las resoluciones número 3638-2005-SETENA, número 170-2008-SETENA, número R-217-2008-MINAE, número 244-2008-SCH y el Decreto Ejecutivo número 34801-MINAET. Se condena a los demandados Industrias Infinito Sociedad Anónima, al Estado y al Sistema Nacional de Áreas de Conservación, a la reparación integral de los daños ambientales provocados con la tala rasa llevada a cabo en las propiedades de Industrias Infinito Sociedad Anónima, con posterioridad al dictado de la resolución N°244-2008-SCH, mismos que se determinarán en fase de ejecución de sentencia /…/». Adicionalmente, los tres jueces del Tribunal Contencioso Administrativo indicaron que la extraña actitud del Estado tendiente a cometer tantas ilegalidades en tan poco tiempo (y que calificaron como una verdadera “orquestación de voluntades”) se debía investigar desde el punto de vista penal, abarcando dicha investigación a altos funcionarios, incluyendo al Presidente Oscar Arias, a su Ministro de Ambiente Roberto Dobles, a Sonia Espinoza, Secretaria Ejecutiva de la Secretaría Nacional para el Ambiente (SETENA) entre otros. Los jueces hicieron esta indicación en los siguientes términos: «Se ordena comunicar esta sentencia al Ministerio Público para que allí se determine seguir una causa penal en contra de las siguientes personas: Oscar Arias Sánchez, Roberto Dobles Mora, Sonia Espinoza Valverde, Eduardo Murillo Marchena, José Francisco Castro Muñoz, Cynthia Cavallini Chinchilla, Sandra Arredondo Li y Arnoldo Rudín Arias.».

Uno de los abogados litigantes que llevaron este caso, y profesor especialista en derecho ambiental, Álvaro Sagot, indicó después de leída la sentencia (ver nota) que: ”Lo que queda perfectamente de manifiesto, y así se deja entrever de algunas frases de la sentencia, es que la SETENA olvidó que es un órgano técnico y estaba tomando decisiones políticas”. El mismo jurista sentenció en un artículo posterior que: “Si bien el proyecto auguraba aparentes beneficios locales, nunca un pueblo puede beneficiarse y sentar un supuesto progreso económico o social amparado en ilegalidades, puesto que esto distorsiona a todo un Estado, que a la postre tendría que seguir permitiendo irregularidades, en nombre de un espejismo” (Nota 4).

Con relación a la ejecución de la sentencia del TCA del 2010 confirmada en el año 2011, las organizaciones ecologistas y sus abogados debieron proceder a reunir peritos para cuantificar el daño: una primera evaluación del daño ambiental causado en la zona concluye con una cuantificación del daño que asciende a más de 4,6 millones de US$ (ver informe, p. 76). Una segunda evaluación realizada esta vez por un equipo que sí pudo realizar una visita in situ unos meses después sitúa el monto en más de 10 millones de US$ (ver nota de prensa). El procedimiento de ejecución se dilato en el período 2012-2013 debido a la estrategia de la empresa (ver nota de CRHoy). La audiencia convocada por la jueza a cargo de la ejecución del fallo prevista en junio del 2015 fue pospuesta nuevamente, a solicitud de la empresa (ver nota de Radio Santa Clara).

Un proyecto minero polémico

Para quienes viven fuera de Costa Rica y lo han visitado atraídos por la exuberancia de su naturaleza y la imagen verde que proyecta hacia el mundo desde hace muchos años, puede resultar un tanto sorprendente que ahí se quisiera desarrollar un proyecto como el de Infinito Gold, que pretendía ser el mayor proyecto minero de toda Centroamérica. La sorpresa (mezclada de estupor) lo fue también para muchos de sus habitantes cuando este mismo proyecto se declaró de “conveniencia nacional e interés público” en un Decreto Ejecutivo inconsulto a mediados de octubre del año 2008. Ubicado en la remota localidad de las Crucitas, en la Zona Norte de Costa Rica, se situaría a 3 kilómetros del Río San Juan, río fronterizo con Nicaragua, en uno de las zonas con los últimos vestigios de bosque tropical de la Zona Norte, santuario de varias especies en vías de extinción y en una zona del trópico húmedo con los mayores índices de precipitaciones a nivel mundial. El juego de mapas (pp.3-4) de esta tesis de posgrado publicada en Finlandia permite apreciar el potencial expansivo que hubiera podido tener el proyecto minero Crucitas para la zona.

El apoyo irrestricto a este proyecto por parte de las autoridades a partir del 2008 provocó una contundente reacción de la sociedad costarricense, y dio lugar a una de las mayores luchas de sectores ecologistas, sociales y académicos de Costa Rica de los últimos tiempos, en medio de inéditas polémicas. Varios reportajes internacionales refieren a una movilización sin precedentes de la sociedad civil costarricense contra este proyecto (ver por ejemplo este reportaje del 2014 de Reporterre titulado “Au Costa Rica, une formidable mobilisation a faitéchouer un énormeprojet de mine d’ord’Amérique Latine”. Resulta oportuno recordar que, pese a erráticos esfuerzos del Ejecutivo en el 2008 y 2009 para intentar convertir a Costa Rica en un paraíso para empresas mineras (ver por ejemplo este reportaje del 2009 del Semanario Universidad), la movilización de la sociedad civil en el caso Crucitas fue tal que en noviembre del 2010, su Congreso adoptó la ley 8904 (ver texto) que declara a Costa Rica libre de minería metálica a cielo abierto (Nota 5).

El “contubernio” Estado/empresa fue la palabra usada – a nuestro modesto juicio de manera exacta – para un titular sobre una inédita actuación del Poder Ejecutivo ante un primer ejercicio realizado ante el juez constitucional (ver nota del Semanario Universidad) en noviembre del 2009. Un episodio anterior realizado el mes anterior (septiembre del 2009) en el sitio del proyecto con dos integrantes de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia arrojó una sensación muy similar (ver nota del Semanario Universidad), esta vez con relación a la actuación de ambos magistrados. Denuncias de la prensa que involucraron a las más altas autoridades del Estado (como por ejemplo esta nota de La Nación de febrero del 2011 sobre llamadas recibidas por la Procuradora General, o esta otra nota de abril del 2011, sobre una donación a la Fundación Arias) estremecieron una y otra vez a la sociedad costarricense. Estas y muchas otras irregularidades llegaron a tal punto, que inspiraron a un realizador, Pablo Ortega, quién las plasmó en un documental producido por la Universidad de Costa Rica (UCR) y titulado «El Oro de los Tontos», disponible en Youtube . El documental fue presentado en junio del 2011 y su éxito en Costa Rica fue tal que se optó por poner en línea una versión subtitulada en inglés (“Fool´s Gold (Gold Mining in Costa Rica documentary”, disponible en este enlace).

Algunos de los profesores universitarios entrevistados en este documental fueron demandados por la empresa minera por supuesta difamación por un monto de 1 millón de US$ cada uno, provocando una ola de repudio generalizada, antes de que los tribunales los absolvieran de todo delito (remitimos al lector a la nota publicada en Canadá: «Mining Company Fails to Silence Critic» (y su versión en francés. «Une société minière échoue dans sa tentative de faire taire les critiques»). Además de los dos académicos de la UCR, la empresa demandó por supuesta difamación a un líder comunal por un millón de US$, así como a dos diputados costarricenses. La ausencia de los abogados de la empresa minera a los juicios penales entablados contra los tres primeros llevo a los demandados a hacer ver en distintos medios de prensa lo extraño que resultaba acudir a audiencias con ausencias justificadas por dolencias tan repentinas como repetidas (ver artículo de opinión titulado “Audiencias con el Infinito: ausencias…” publicado en La Nación en julio del 2012).

Este proyecto minero estuvo también en el epicentro de uno de los mayores escándalos judiciales de Costa Rica, con la filtración de un borrador de sentencia en noviembre del 2011 a los abogados de la empresa, filtración denunciada por el ex vocero de la misma empresa (ver nota del Semanario Universidad). En este otro artículo de CRHoy, sobre la investigación realizada por la magistrada Julia Varela con relación a esta filtración, se lee que: “Varela intentó por todos los medios establecer quién o quiénes fueron las personas que sustrajeron el borrador de la sentencia de la Sala Primera contra el recurso interpuesto por Industrias Infinito, en el caso “Crucitas”, sin embargo, nunca pudo determinar con certeza quién lo hizo, según se desprende del informe que presentó ante la Corte Plena”.

El proyecto minero ubicado en Las Crucitas también dio lugar a una inédita acción de la empresa minera tendiente a solicitar formalmente a la UCR modificar la lista de exponentes en un seminario y descartar a varios de ellos: referimos al lector a la petición (en nuestra modesta opinión, insólita) enviada por los representantes de la empresa canadiense y a la respuesta del Rector de la UCR en julio del 2012, disponibles al final de este artículo publicado en el portal de la UCR. El seminario de la UCR inició en agosto del 2012 sin mayores contratiempos (ver nota), mientras que los representantes de más de 68.000 académicos en Canadá enviaron una carta a los directivos de la empresa minera en la que le exigían cesar sus acciones legales contra la UCR en términos raramente leídos en Costa Rica: «We urge you to immediately with draw any current legal actions against the University of Costa Rica and their academics and to put an end to the aggressive threats and inappropriate interference undermining their freedom to teach» (ver texto completo de la carta).

Otro escándalo como el ocurrido en la Asamblea Legislativa en noviembre del 2012 en un intento (fallido) de varias bancadas tendiente a separar al Magistrado Fernando Cruz de la Sala Constitucional– o Sala Cuarta – fue analizado por algunos abogados como una maniobra no del todo ajena a un recurso presentado por la empresa minera contra la decisión de la Sala Primera: la nota “Abogados del caso Crucitas: Salida del magistrado Cruz podría inclinar la balanza en la Sala Constitucional” permite leer interesantes aseveraciones al respecto. Sobre esta última acción legal de la empresa minera, vale la pena indicar que parecía existir una “falta de acuerdo” entre los magistrados de la Sala Constitucional, según lo que se lee en una entrevista de su Presidenta (ver nota del Semanario Universidad de mayo del 2012) en la que textualmente afirma que: “Ese asunto vengo presentándolo a la Sala desde el mes de diciembre, que ya tenía un planteamiento específico y no se ha podido resolver. No nos hemos puesto de acuerdo”. No obstante, la Sala Constitucional rechazó la petición en junio del 2013 (ver nota de prensa de La Nación): la disonancia interna que pudo dejarse entrever en votos salvados de alguno de los siete integrantes de la Sala Constitucional (o en la división existente al momento de aprobar una decisión) se desvaneció por completo: el rechazo a este último intento de la empresa se aprobó por acuerdo unánime.

Pese a tratarse de un Decreto Ejecutivo de conveniencia nacional firmado en octubre del 2008 por dos altos funcionarios, la Fiscalía General de la República optó – sin brindar mayores explicaciones – por dividir las causas. En enero del 2015 fue condenado en primera instancia por el juez penal uno de los firmantes del texto, el Ministro de Ambiente (ver nota de La Nación): es posible esta decisión sea apelada ante el sistema judicial costarricense y que la acusación penal no resista a una apelación ulterior.

Estos y muchos otros episodios, algunos de los cuales han sido desestimados uno tras uno por el Ministerio Público, explican que se haya concluido un modesto artículo de opinión nuestro publicado en noviembre del 2011 (ver texto) refiriendo al carácter un tanto novelesco de este «proyecto minero ubicado en una remota localidad que pareciera llevar el inmejorable nombre de “Las Crucitas”, y que pareciera, al mismo tiempo, escogido por el destino para constituirse en una novela sin fin».

El procedimiento seguido ante el CIADI

En la carta enviada en abril del 2013 a las autoridades de Costa Rica, la empresa minera notificó que iniciaba el plazo de 6 meses para lograr un acuerdo satisfactorio, y que, de lo contrario, acudiría al mecanismo de arbitraje internacional previsto en el tratado bilateral de inversiones (TBI) vigente entre Costa Rica y Canadá. En la carta enviada (ver texto completo), se hacía referencia a la inseguridad jurídica en la que se encontraba la empresa, concluyendo que “/…/ Industrias Infinito has not been treated fairly, transparently and consistently and finds itself in a situation of complete legal insecurity that prevents it from further developing the Las Cristinas project” (sic) (p.3). La referencia al proyecto minero Las Cristinas (ubicado en Venezuela) puede entenderse– al menos en parte – como evidencia de la premura con la que se redactó y se firmó dicha carta. En una misiva, varias ONG de Canadá, pendientes de este anuncio, indicaron a la empresa que: “We demand that Infinito Gold respect the will of the vast majority of Costa Ricans and drop the threat of international arbitration” (ver carta).

En el texto de la demanda con fecha del 6 de febrero del 2014 enviada al CIADI (ver texto integral de 32 páginas y anexos varios incorporados), la empresa minera detallaba las distintas violaciones al T BIentre Canadá y Costa Rica que alegaba haber sufrido y se refiere a la (supuesta) contradicción entre el fallo de la Sala Constitucional de abril del 2010 y la decisión del TCA de noviembre del 2010 y a inseguridad jurídica resultante de esta situación. En cuanto a los montos indemnizatorios solicitados, se lee (párrafo 110) que sus representantes legales incluyeron otros montos que podrían derivarse de acciones legales pendientes de resolución ante los tribunales de Costa Rica (en particular – aunque no lo mencionaran expresamente – la condena en costas por la fallidas acciones por presunta difamación y sentencia de ejecución (aún pendiente) de la decisión del TCA: “Pursuant to this provision, Infinito requests that the tribunal award to it orto Industrias Infinito:

(i) damages for expenses of at least USD $93,896,794;

(ii) damages for any amounts paid in accordance with the Supreme Court (Sala I)’s decision condemning Industrias Infinito to pay damages to restore the Crucitas project area to its pre-construction state;

(iii) damages for expenses incurred in connection with the Crucitas project after the filing of this Request for Arbitration;

(iv) costs associated with these proceedings, including all professional fees and disbursements;

(v) pre-award and post-award interest at a rate to be fixed by the Tribunal; and

(vi) such further relief as counsel may advise and this Tribunal may permit.”.

Pese a algunas posiciones hechas públicas en octubre del 2013 (ver nota del Semanario Universidad)y a un debate público organizado por la UCR (ver nota sobre foro realizado en marzo del 2014)tendientes a externar a las autoridades que el CIADI no fue previsto para revisar sentencias de tribunales nacionales, y que existe una cláusula en el mismo TBI suscrito entre Costa Rica y Canadá (ver texto del TBI Canadá Costa Rica), Artículo XII 3 b) que prohíbe recurrir al arbitraje si el inversionista optó por acudir a los estrados judiciales nacionales, las autoridades de Costa Rica que ejercieron sus funciones hasta mayo del 2014 accedieron a la petición de la empresa de remitir el caso al CIADI. Se pudo leer en un artículo de opinión del geólogo Allan Astorga, ex Secretario General de la SETENA, publicado en febrero del 2014 que: “Siendo así las cosas, resulta altamente recomendable que el Poder Ejecutivo revise sus argumentos y se cuestione con toda seriedad si acepta ir a un arbitraje, en donde los aportadores de insumo técnico para el mismo son instituciones que en su momento formaron parte de la “orquesta” de entidades que fueron partícipes de autorizaciones y viabilidades ambientales que no tenían sustento técnico ni científico. De no haber sido por el accionar de la sociedad civil, hace muchos años que la empresa habría extraído el oro de Crucitas”.

Otro llamado, entre muchos, esta vez a las nuevas autoridades a partir de mayo del 2014 fue el del economista ambiental Joan Martínez Alier, quién concluyó un artículo titulado “Crucitas, Costa Rica y el CIADI” de la siguiente manera: “¿debería Costa Rica bajo su nuevo presidente acudir al CIADI en Washington para defenderse en cancha contraria contra la absurda pretensión de Infinito Gold en un tema ya juzgado? ¿Debería retirarse totalmente del CIADI, dando un buen ejemplo a otros países de la región?”: no obstante, las nuevas autoridades electas optaron en este caso (como en muchos otros) por continuar con el proceder heredado de la administración de la Presidenta Laura Chinchilla (2010-2014).

Un detalle, que da una idea de lo que significa para cualquier Estado defenderse ante el CIADI, merece mención: en febrero del 2014, se indicó por parte de las autoridades que el costo en honorarios para la defensa de Costa Rica en el caso de la demanda presentada por Infinito Gold ascendería a 2 millones de US$ anuales (ver nota del Tico Times) (Nota 6).

En el mes de agosto/septiembre del 2014, se conformó el tribunal arbitral, según lo que estipula el Artículo 37(2) de la Convención que crea el CIADI de 1965: la empresa designó a un jurista belga, Costa Rica a una jurista francesa, y el CIADI designó como Presidente a una jurista suiza (ver nota de CRHoy del 4/10/2014) así como la hoja de vida de los tres árbitros disponibles en este enlace del CIADI). Dicho tribunal tuvo su primera sesión el 22 de enero del 2015 y el 17 de febrero del 2015, indicó a las partes el procedimiento y plazos de presentación de escritos acordados por sus integrantes.

Montos indemnizatorios, demandas, y preguntas sin responder

La empresa minera había inicialmente amenazado con presentar una demanda contra Costa Rica ante el CIADI en octubre del 2013 por un monto de 1.092 millones de US$ (ver nota de La Nación). La prensa canadiense se hizo eco de este anuncio, precisando (ver nota) que: ”Les 1,092 milliards réclamés par la compagnie se décomposent en 92 millions au titre des investissements déjà réalisés et un milliard au titre du manque à gagner sur la production envisagée”. No obstante, en febrero del 2014, la demanda que se presentó formalmente ante el CIADI fue por poco menos de 94 millones de US$: a la fecha no se tiene explicación por parte de la empresa de tan vertiginosa revisión a la baja de sus pretensiones. En noviembre del 2013, una petición con 14.000 firmadas reunidas en Canadá y en Costa Rica fue entregada de forma personal a los directivos de la empresa, solicitándoles (independientemente del monto solicitado) abandonar la idea de demandar internacionalmente a Costa Rica (ver nota publicada en el sitio de Canadians.org). Sobre el monto indemnizatorio solicitado, vale la pena recordar que cuando la empresa antecesora a cargo del proyecto minero en Las Crucitas, Vanessa Ventures, demandó a Costa Rica en el año 2005 (debido a la no aprobación del estudio de impacto ambiental por parte de la SETENA, equivalente, según ella, a una nacionalización), lo hizo por un monto de 276 millones de US$ (ver nota de La Nación). En una carta con fecha del 3 de octubre del 2005 (ver texto completo), la empresa minera retiró formalmente su demanda aduciendo estar en negociaciones con el gobierno de Costa Rica de la época. Al haber la SETENA dos meses después (diciembre del 2005)aprobado el Estudio de Impacto Ambiental que había rechazado anteriormente, la expresión “reason ablyoptimistic” mencionada por la empresa en esta carta de octubre del 2005 adquiere particular significado. A la fecha, se desconoce quiénes en nombre del Estado «negociaron» con la empresa en el 2005 y cuál fue el objeto de dichas negociaciones.

Remitimos al lector a una breve nota sobre los montos indemnizatorios de las demandas realizadas por mineras canadienses a Costa Rica, publicado en agosto del 2010 en La Nación, con ocasión de un inédito anuncio por parte de las autoridades de Costa Rica: su Vicepresidente adelantó la suma de 1.700 millones de US$ como indemnización a pagarle a la empresa en caso de derogar el decreto de conveniencia nacional por parte del Ejecutivo (ver declaraciones en nota de La Nación del 27/7/2010). A la fecha, se desconoce la identidad de los integrantes del “Grupo de Trabajo” luego llamado «Comisión de Alto Nivel» que llevaron al Vice Presidente de Costa Rica a semejante aseveración. Una nota publicada en Elpais.cr se concentró en los atestados de uno de ellos (ver nota reproducida en Kioscos Ambientales de la UCR). En un artículo del Semanario Universidad de febrero del 2014, se lee que el despacho de uno de los diputados de la Zona Norte (al parecer más preocupado que los demás 56 restantes sobre la identidad de quiénes asesoran a la autoridades en temas de relevancia nacional) intentó obtener la lista de los integrantes de esta comisión: «Felipe Arguedas, asesor del diputado Manrique Oviedo aseguró que no han recibido respuesta a un oficio enviado hace más de tres años en el que solicitaban los nombres de los asesores nombrados por Piva. Ahora se les volvió a solicitar los nombres nuevamente, pero todavía están dentro del plazo para responder, agregó Arguedas».

En el caso de la investigación relacionada con la Fundación Arias, la Fiscalía anunció en junio del 2013 que recibió documentación de Canadá (lo cual al parecer preocupó a la vocera de la empresa minera según se lee en esta nota de CRHoy); finalmente, optó por desestimar la causa abierta contra el Presidente Oscar Arias en octubre del 2014 (ver nota de CRHoy).Activistas canadienses percibieron cierto desinterés por parte de sus propias autoridades para responder a los requerimientos más específicos de información enviados desde el Ministerio Público de Costa Rica desde el 2013:unasolicitud de información a las autoridades de Canadá fue hecha por parte de Peter Julian, congresista canadiense, (ver nota de CRHoy del 22/12/2014), en los siguientes términos, que nos parece pertinente reproducir: “(a) does the Minister of Justice or his Department have any information regarding an amount of $200,000 sent to the Arias Foundation for Peace in 2008 and, if so, what are details, including the identity of the sender and the relationship between the sender and Infinito Gold, Ronald Mannix, the Norlien Foundation, and Coril Holdings Ltd.; and (b) did the Department of Justice answer the Costa Rican Attorney General’s questions in the first request letter (#08-000011-033-PE) sent on Tuesday, December 10, 2013, as well as in the second request letter (#12-000124-621-PE) dated Tuesday, February 4, 2014, (i) if so, what answer was provided, (ii) if not, why not?”.

Al parecer, esta solicitud de información del este congresista tampoco fue contestada por las autoridades de Canadá.

En junio del 2015, una demanda planteada contra el Fiscal General por desestimar la causa contra el Ex Presidente Oscar Arias fue rechazada por un juez penal, alegando que para ello, se debe primero demonstrar en qué la desestimación de la causa contra el ex Presidente afecta a la persona que presenta este tipo de acciones (ver nota de prensa).

Algunas valoraciones

Las dudas y muchas otras interrogantes que han surgido a raíz de tan peculiar actuar de las instituciones públicas de Costa Rica en el “caso Crucitas” en estos últimos años (incluyendo a un Ministerio Público que se muestra poco efectivo para investigar y sancionar graves irregularidades, y más generalmente denuncias en casos de corrupción) serán tal vez algún día objeto de una detallada publicación que aclare lo que las limitadas investigaciones de la Fiscalía han ido descartando.

Con relación al arbitraje transnacional inversionista-Estado en el caso de Crucitas, habíamos tenido la oportunidad de detallar con más precisión las distintas amenazas de demanda internacional hechas por la empresa minera canadiense en distintos momentos (y el eco a estas amenazas por parte de las mismas autoridades para justificar su accionar): remitimos al lector a una pequeña nota publicada por Kioscos Ambientales/UCR, que concluía indicando que: “La buena fe de un inversionista extranjero sugiere más bien que, al saber que una concesión minera está siendo cuestionada antes los tribunales, hay que esperar la decisión de un tribunal antes de iniciar operaciones, y no adelantarse a invertir sin saber a ciencia cierta si los permisos (en este caso la concesión minera) serán declarados vigentes o no. La lectura de las 170 páginas del reciente fallo del Tribunal Contencioso Administrativo revela de manera muy detallada y documentada que palabras usadas como “fraude”, “grosero”, “malicioso”, “orquestación” cuentan con un sólido y variado sustento probatorio, tanto en relación a la conducta de las autoridades nacionales como de la empresa. En cambio, no aparece ningún registro de la “buena fe” del inversionista en el texto de esta sentencia que pudiese serle de alguna utilidad en un eventual recurso ante el CIADI”.

Concretada finalmente la amenaza contra Costa Rica en febrero del 2014, constituido el tribunal arbitral, y fijados los plazos para presentar los escritos ante el CIADI, el incumplimiento de la empresa de presentar su escrito el 10 de julio ha llevado a Costa Rica el pasado 24 de julio a solicitar formalmente poner un término al procedimiento.

Más allá de las dificultades financieras de la empresa minera que han dado pié para solicitar por parte del Estado poner fin al procedimiento, este caso ilustra (nuevamente) la imperiosa necesidad de buscar la manera de proteger a Costa Rica de demandas abusivas de este tipo. En un estudio que detalla el vertiginoso aumento de las demandas de inversionistas extranjeros debido al efecto de los TBI se lee: “En los últimos años, el riesgo de que el Estado sea demandado por un inversor ha aumentado considerablemente debido a varios factores. En primer lugar, estos procesos cobraron mayor notoriedad en el mundo empresarial. En consecuencia, la cantidad de juicios se disparó desde una docena a mediados de los años 1990 hasta 568 a fines de 2013” (Nota 7). Recientemente (ver nota de La Nación) un consejero económico de la embajada de China en Costa Rica urgió la aprobación del TBI pendiente de ratificación por parte de Costa Rica: ante las dificultades que encuentran las empresas chinas concesionadas para implementar sus proyectos en Costa Rica, la amenaza de demandas podría resultar de gran utilidad, como la ha sido para otras empresas en Costa Rica.

Con relación a los casos en los que el inversionista extranjero alega que la legislación ambiental es la que lo ha llevado a presentar el caso ante el CIADI, un estudio reciente indica lo poco que ofrecen en materia ambiental los TBI a los árbitros del CIADI para apreciar debidamente los alcances de una legislación nacional, y más generalmente los argumentos técnicos de unos y otros (Nota 8). En este sentido, se puede adelantar que muchos de los casos llevados ante el CIADI en materia de explotación de recursos naturales constituyen una maniobra del inversionista extranjero a modo tendiente a ejercer algún tipo de presión sobre las autoridades de un Estado. Un reciente informe publicado en Canadá que analiza las demandas planteadas por inversionistas canadienses contra Estados de América Latina y de otras partes del mundo – muchas de las cuales refieren a la explotación de recursos naturales – refiere de igual forma al carácter abusivo de estas demandas en los siguientes términos: “Despite the government’s posturing, this study has shown that Canada’s ISDS regime does not work as its proponents suggest it should. Instead of facilitating restitution where domestic legal systems have failed, Canada’s promotion of ISDS abroad has resulted too often in investors abusing the process to claim compensation from governments acting in the public interest” (Nota 9).En lo atinente a Estados receptores de inversión extranjera en América Latina, el caso de Colombia merece especial mención: se trata del único Estado que a la fecha no ha sido objeto de ninguna demanda ante el CIADI. Ello se explica por la existencia de una legislación interna que restringe esta posibilidad, a diferencia de lo que ocurre en muchos otros Estados de la región. Se lee en un artículo publicado en Colombia que: “En Colombia, el Decreto 2080 de 2000, por medio del cual se expidió el régimen general de inversiones de capital del exterior en Colombia y de capital colombiano en el exterior, permite acudir al arbitraje internacional para la solución de este tipo de controversias, siempre que las partes en el conflicto así lo hubieran pactado. Nuestra legislación interna no hace alusión expresa al arbitraje CIADI; en consecuencia, existe libertad para escoger el foro a través del cual se solucionarán las controversias. Por su parte, la recientemente expedida Ley 963, por medio de la cual se establece un régimen de estabilidad jurídica para inversionistas, dispone que en los contratos de estabilidad jurídica que celebre el Estado para promover nuevas inversiones podrá incluirse una cláusula compromisoria por medio de la cual se solucionen las diferencias que surjan entre las partes; pero en tal caso se solucionarán mediante arbitraje nacional regido de manera exclusiva por las leyes colombianas. De tal forma, las controversias surgidas por estos contratos típicos de inversión celebrados entre el Estado colombiano y un inversionista, no podrán ser dirimidas frente al CIADI” (Nota 10).

Conclusión

No cabe duda que el caso Crucitas (que algunos columnistas calificaron como “affaire”, como esta columna de Edgar Espinoza de mediados del 2011) ha marcado profundamente a un sector importante de la sociedad costarricense. Con relación al arbitraje transnacional, evidencia cuán receptivos pudieron ser los decisores políticos a la amenaza de una demanda internacional para justificar ante la opinión su errático accionar. Revisar decididamente las cláusulas contenidas en algunos tratados bilaterales de inversión o tratados de libre comercio, reconsiderar la pertenencia al sistema CIADI sin ningún tipo de salvaguardas, a la luz de algunas experiencias recientes (que desafían el dogma según el cual “si no hay CIADI y TBI, no hay inversión extranjera”) permitiría reducir el riesgo que conllevan estas costosas demandas que se dirimen ante el CIADI: además de Bolivia, Ecuador, Venezuela, o de un Brasil totalmente ajeno al sistema establecido por el CIADI, Indonesia, Sudáfrica y otros Estados receptores de flujos de inversión han también optado por resguardarse de los apetitos (siempre voraces y a menudo insaciables) de algunos inversionistas extranjeros favorecidos por este tipo de cláusulas (Nota 11). El caso de la legislación adoptada en Colombia es también una vía que debieran de explorar los Estados para limitar el riesgo de demandas abusivas ante el CIADI. El caso (pendiente de resolución) de la demanda interpuesta en el 2010 ante el CIADI por la transnacional Philip Morris contra Uruguay por 25 millones de US$ (con base en el TBI Suiza-Uruguay) a raíz de la adopción de una legislación para proteger a los uruguayos de los efectos del fumado (ver ficha) es más que ilustrativo a este respecto.

Vale la pena recordar que América Latina, en los años 60, fue la única región del mundo que adversó la idea de crear una instancia como el CIADI: el primer borrador de convención CIADI elaborado en 1963 fue aprobado por la Junta de Gobernadores del Banco Mundial el 10 de septiembre de 1964, durante la reunión anual del Banco Mundial en Tokio. No obstante, en esa oportunidad, los siguientes Estados (además de Irak y de Filipinas) votaron en contra, en lo que se denomina en la literatura especializada el «No de Tokio»: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, República Dominicana, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Haití, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela (Nota 12).

 

Notas:

Nota 1: Véase ZABALO P., “América Latina ante las demandas inversor-Estado”, documento digital, 30 páginas, disponible aquí.

Nota 2: El caso de la adhesión de Costa Rica a la Convención CIADI es bastante ilustrativo. Costa Rica firmó la Convención en 1981, pero la ratificó tan solo 12 años después, en 1993. Este plazo se debe a la renuencia de Costa Rica a ratificarla mientras no se resolviera el caso de Santa Elena ante sus tribunales nacionales. El caso Santa Elena refiere a una expropiación realizada con motivo de la creación del Parque Nacional Santa Rosa en 1978, la cual dio lugar a un reclamo por parte de la Compañía de Desarrollos de Santa Elena SA, controlada por ciudadanos norteamericanos, por 6,400.000 US$: el Estado ofrecía un monto de 1,900.000 US$, considerando que la propiedad había sido adquirida en 1970 por dicha sociedad a un precio de 395.000 US$. Ante la falta de acuerdo, y posterior a la ratificación de Costa Rica en 1993 de la Convención CIADI, la compañía reclamó el 31 de mayo de 1995 a Costa Rica el pago de 41 millones de US$, y el CIADI decidió en su laudo del 17 de febrero del 2000 ordenar un pago indemnizatorio de 16 millones de US$. Se lee en un memorandum de la GCAB (Global Committee of Argentina Bond holders) sobre la situación en Argentina que esta decisión de Costa Rica resultó de presiones directas de Estados Unidos en relación al caso Santa Elena: ” En los años 90, después de un reclamo por una supuesta expropiación de un inversionista norteamericano, Costa Rica se rehusó a someter la controversia a un arbitraje del CIADI. El inversionista norteamericano invocó la enmienda Helms y se suspendió un préstamo de 175 millones de US$ del Banco Interamericano de Desarrollo a Costa Rica. Costa Rica consintió someterse al procedimiento del CIADI, y el inversionista norteamericano recuperó 16 millones US$” (Traducción libre del autor). En una nota de La Nación de 1997 (ver nota) sobre acciones indebidas de parte del senado Helms por problemas de ciudadanos norteamericanos, se lee que: ”La conducta de este senador compagina con su pretensión, en 1993, de bloquear los préstamos para Costa Rica del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para que se pagara la expropiación de la hacienda Santa Elena, propiedad de Joseph Hamilton”.

Nota 3: Ante el CIADI están registrados, además de la demanda de Infinito Gold, los siguientes casos contra Costa Rica. Supervision y Control S.A. v. Republic of Costa Rica, ICSID Case No. ARB/12/4: se trata de una solicitud de arbitraje de la empresa Riteve por 262 millones de US$: en una conferencia de prensa, (ver nota de Diario Extra, del 16/06/2012) el viceministro del Ministerio de Obras Públicas y Transporte (MOPT), Rodrigo Rivera, «explicó que para el Estado era más barato permitirle a Riteve quedarse operando 10 años más y de esta manera asegurarse no tener que pagar los $280 millones si perdía el arbitraje». Se aduce violación al TBI entre Costa Rica y España: Costa Rica revalidó la concesión por 10 años más a Riteve en el 2012, pero la demanda se mantiene ante el CIADI. Se lee en la ficha de este caso que el pasado 20 de julio del 2015, sucedió algo un tanto inédito “The Claimant files a proposal for disqualification of arbitrators Claus von Wobeser, Joseph P. Klock Jr. and Eduardo Silva Romero. The proceeding is suspended in accordance with ICSID Arbitration Rule 9(6)”. El 11 de marzo del 2013, se introdujo un nuevo caso, Cervin Investissements S.A. and Rhone Investissements S.A. v. Republic of Costa Rica (ICSID Case No. ARB/13/2) por 30 millones de US$ (ver ficha): se trata de un grupo de accionistas que controla la empresa Gas Zeta, y se aduce violación del TBI entre Suiza y Costa Rica. En diciembre del 2014, el tribunal arbitral del CIADI se declaró competente (ver fallo del 15 de diciembre del 2014 y su versión en castellano).Se registra también el Caso Spence International Investments et al. v. Republic of Costa Rica (ICSID Case No. UNCT/13/2), en la que se alega violaciones al Tratado de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos y Centroamérica, y se exige el pago de un monto de 49 millones de US$ (ver solicitud de arbitraje del 10 de junio del 2013): ello debido a limitaciones para desarrollar un proyecto en las playas de Santa Cruz, Guanacaste. En abril del 2015, El Salvador presentó, como Estado Parte al TLC, su interpretación sobre ciertas cláusulas (ver texto) así como Estados Unidos (ver texto).Ante otra instancia a cargo de resolver disputas de este naturaleza, se registra ante la UNCITRAL el siguiente caso, en la que se alega también violaciones al TLC con Estados Unidos, por un proyecto frenado en Playa Esterillos por el que se reclama un monto de 70 millones de US$: David Aven, Samuel Aven, Carolyn Park, Eric Park, Jeffrey Shioleno, GiacomoBuscemi, David Janney and Roger Raguso v. Costa Rica: ver documento enviado por la Ministra de COMEX del 24 de febrero del 2014 en respuesta a la solicitud de arbitraje (ver texto). El último fallo sobre el fondo del CIADI contra Costa Rica fue dado en el 2012, en su decisión del 16 de mayo del 2012 en al caso M. & R. Unglaube c. Costa Rica (ARB/09/20) en la que se condenó a Costa Rica a pagar más de 4 millones de US$ a una pareja alemana: se alegaba en la demanda interpuesta en el 2008, violación al TBI entre Alemania y Costa Rica, al no poder desarrollar su proyecto en Playa Grande, Guanacaste y al considerar ser objeto de una expropiación. Es de notar que los demandantes exigían en su demanda el pago de 8,8 millones de US$.

Nota 4: Véase SAGOT RODRIGUEZ A., “Las ilegalidades y lo justo en Crucitas”, Revista Ambientico, Numero 2010, UNA, Marzo 2011, pp.5-6, p. 6. Número disponible aquí.

Nota 5: El proyecto de ley inicial, así como sus motivaciones, dictaminado en agosto del 2010 por la Comisión de Ambiente del Congreso se puede leer en La Gaceta Oficial, Número 171, del 2 de septiembre del 2010, pp. 2-7, disponible aquí. Al respecto, véase también WO CHING E., “Costa Rica, the first Latin American country free of open pit gold mining”, in WESTRA L.& VILELA M. (Eds), The Earth Charter, ecological integrity and social movements, New York, Routledge, 2014, pp. 216-229.

Nota 6: En el caso de una demanda presentada ante el CIADI en el 2004 por la minera canadiense Vanessa Ventures contra Venezuela por 1.045 millones de US$ debido a la suspensión del proyecto minero Las Cristinas en 1999, se determinó (ver párrafo 235 del fallo del CIADI a favor de Venezuela con fecha de diciembre del 2012, texto en español) que Venezuela y la empresa gastaron ambos 20 millones de US$ en su defensa. En el largo caso Pacific Rim contra El Salvador, iniciado por una minera canadiense en el 2008 exigiendo una indemnización por 314 millones de US$ (ver ficha de este caso en el sitio oficial del CIADI), es posible este monto sea ampliamente superado: en una entrevista reciente de julio del 2015 en El Salvador se leyó que: “Arbitraje con Pacific Rim ha costado al Estado $12.6 millones” (ver nota). Sobre la complejidad de este caso, y las reacciones que ha suscitado, tanto en El Salvador como fuera, remitimos a un artículo de The Guardian titulado “Law suit against El Salvador mining ban highlights free trade pit falls” publicado en mayo del 2015.

Nota 7: Véase EBERHARDT P., “La protección de las inversiones en una encrucijada: La TTIP y el futuro del derecho global de las inversiones”, Friedrich Ebert Stiftung, 2014, pp.5-6. Texto de este detallado estudio disponible aquí.

Nota 8: Se lee en las conclusiones de este artículo del 2013 que: “Despite the increasing number of cases involving the environment, investment treaties themselves are not well-equipped to provide guidance to tribunals on environmental issues. As a result, these issues are generally handled on a case-by-case basis with tribunals assessing the overall reasonableness of the state policy or regulatory process followed. All the while, tribunals attempt the formidable, and at times seemingly impossible, task of balancing the public interests that the State represents and the negative impact of measures on foreign investments”: véase BEHARRY C.L & KURITZKY M.E.: “Going Green: Managing the Environment Through International Investment Arbitration”, Vol. 30, American Univesity Law Review (2013), pp.383-429, p. 429.

Nota 9: Véase, MERTINS-KIRKWOOD H., “A Losing Proposition: The Failure of Canadian ISDS Policy at Home and Abroad”, Report of Canadian Centre for Policy Alternatives, August 2015, p. 38, Informe disponible aquí.

Nota 10: Véase MEDINA CASAS H.M., “La jurisdicción del CIADI: una evolución en el arreglo de controversias internacionales”, in ABELLO GALVIS R. (Ed.) Derecho Internacional Contemporáneo: Lo Público, Lo Privado, Los Derechos Humanos: liberamicorum en homenaje a Germán Cavelier”, Bogotá D.C., Universidad del Rosario, 2006, pp. 707-727, p. 718. Texto integral del artículo disponible aquí. En una nota preparada por la Embajada de Estados Unidos en Bogotá para las empresas norteamericanas interesadas en invertir en Colombia (ver texto completo de dicha nota elaborada en mayo del 2011), se reconoce la dificultad que presenta para el inversionista extranjero esta ley en caso de querer demandar al Estado colombiano, pero se informa que la suscripción de numerosos TBI por parte de Colombia podría cambiar la situación: “Since Colombia has become party to FTAs and multilateral and bilateral investment treaties, the number of international investment arbitration cases between investors and State entities will increase. These arbitration processes may help to change Colombian case law because FTAs, BITs and multilateral investment treaties empower arbitration tribunals to decide cases related to breach of treaty standards of investment protection”(p. 9).

Nota 11: Recientemente Indonesia puso fin al TBI con Países Bajos, efectiva a partir del 1ero de julio del 2015 (ver nota) y se lee en unabrevereferenciaque “The Netherlands embassy also stated that the Indonesian Government had mentioned it intended to terminate all of its 67 BITs” (ver nota). Se trata de una marcada tendencia en la que también incursionó el mayor receptor de inversión extranjera en el continente africano, Sudáfrica (ver nota). En América Latina, Brasil ha suscrito una gran cantidad de TBI sin ratificar ninguno y no se vislumbra cambio alguno con relación a la Convención que crea el CIADI (que tan siquiera ha firmado). Ecuador, Bolivia y Venezuela – quiénes denunciaron dicha convención en el 2007, 2010 y 2012 respectivamente – han de igual forma procedido a revisar estos tratados bilaterales, algunos de los cuales incluyen cláusulas muy favorables al inversionista extranjero: en el 2008 Venezuela denunció su TBI con Países Bajos suscrito en 1991 (ver ficha técnica), el cual sirvió de base para unas 10 demandas ante el CIADI. Un estudio del 2010 de la UNCTAD sugiere que: ”Finally, a State wishing to rule out the possibility of ISCID arbitration may negotiate with its BIT partners with a view to removing the ICSID clause from the BITs altogether” (p. 8 de studio titulado “Denunciation of the ICSID Convention and BITAS: impact on investor-state claims” y disponible aquí). Sobre los recientes intentos en América Latina remitimos al lector a un modesto análisis publicado en el 2013: BOEGLIN N., “ICSID and LatinAmerica. Criticism, with drawal and the search for alternatives”, Bretton Woods project, disponible aquí, así como su versión en español, “El CIADI y América Latina. Críticas, denuncias y busca de alternativas”.

Nota 12: Véase ICSID, History of the ICSID Convention. Documents Concerning the Origin and the Formulation of the Convention on the Settlement of Investment Disputes between States and Nationals of Other States, Washington DC, ICSID, vol. II-1, pp.606-608. Ver también un detallado análisis, FACH GOMEZ K., “Latin America and ICSID: David versus Goliath”, publicación digital, 2010, en p. 2,. Texto integral del artículo disponible aquí.

 

(*) Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).

 

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«Cultura y Gobierno Local»

Luis Ángel Salazar Oses

 

«El arte no es un espejo para reflejar la realidad sino un martillo para darle forma»  Bertold Brecht”

A menudo se escucha decir que las municipalidades son las formas de gobierno más cercanas al pueblo, nosotros estamos convencidos de que no deben estar simplemente «cercanas» al pueblo sino que deben ser los pueblos mismo auto gobernándose constantemente de manera tal que, dado que conocen como nadie sus capacidades y recursos, resuelvan con ellos, lo más participativamente posible, sus problemas cantonales y, mediante la inteligente y fraternal coordinación con las demás comunas, los regionales, provinciales y nacionales, propósito este último que lograrán al democratizar y fortalecer con su enérgica, sabia y poderosa alianza, los demás poderes de nuestra República, a fin de eliminar los grandes obstáculos que le impiden a nuestra Nación disfrutar del bienestar integral en paz con la Naturaleza, que tanto merecemos.

Y estas afirmaciones cobran hoy más vigencia que nunca pues, el sistema capitalista neoliberal, por desgracia gobernante mediante sus tradicionales partidos -PLN, PUSC, PAC en su versión Otonista, ML y pseudocristianos-, ha demostrado evidentemente que su único interés, al contrario de lo que su mentirosa propaganda electorera predica, es el de favorecer cotidianamente los intereses de su argolla de manera tan perversa, que convierte únicamente en ganancias para esas élites, la solución a problemas como la vivienda, el transporte, la alimentación, la seguridad ciudadana, la pobreza en general y un largo etcétera que, por ser tan buenos negocios, jamás va eliminar.

Como hemos destacado constantemente, la Cultura, entendida en general como toda creación humana y, en particular, como artes, ciencias, letras, filosofías, manifestaciones religiosas, etc. está constituida, de una u otra forma, tanto por las preguntas como por las respuestas teóricas y materiales que, como seres inteligentes, nos plantemos y obtenemos para sobrevivir y crecer en nuestra inevitable relación dialéctica con la Naturaleza, por lo que se constituye en el recurso fundamental que debe alimentar, alentar, sistematizar e impulsar toda forma de gobierno honesto que realmente se dedique a su tarea esencial de eliminar los obstáculos que le impiden a los pueblos, disfrutar plenamente del buen vivir que merecen en un medio ambiente sustentable.

Por desgracia, las argollas históricamente gobernantes y, en particular la vigente en nuestro país, han pretendido -¡y con la ayuda de sus esbirros y secuaces muchas veces lo logran- convertir a la Cultura en una simple mercancía, que les genera por cierto, muchos ganancias pecuniarias y, peor aún, en instrumento de manipulación ideológica para convertir al resto de la sociedad, que es apabullantemente mayoritaria, en un conjunto de dóciles esclavos, ciervos y proletarios, según históricamente ha correspondido. Hoy día, en nuestra querida Costa Rica, esta situación está plenamente vigente, por lo que le corresponde a nuestro Pueblo la tarea de liberar la Cultura para que cumpla su original papel, como plantea la clarificante frase supra citada del genial Brecht, de «un martillo para darle forma» de justa, equitativa, digna, humanista y ecologista a nuestra Patria, de manera tal que se convierta en cuna del nuevo ser humano redimido y constructor del mundo plenamente confortable que merece como hogar.

Acá en Grecia tenemos la oportunidad ideal par lograr este propósito empezando precisamente por nuestro Gobierno Local. Gracias a la presión y contribución de diversos sectores populares amantes y practicantes de las distintas manifestaciones que constituyen el quehacer cultural y, con la colaboración del Ministerio de Cultura y Juventud, nuestra Municipalidad apoyó la creación de nuestra Política Cultural Cantonal durante el año 2012 y, finalmente, la aprobó en el 2013 con lo que hizo nacer la actual Oficina de Gestión Cultural Municipal que, por cierto, ha jugado un excelente papel impulsando integralmente el desarrollo cultural para todas y todos los habitantes de nuestro Cantón y, lo que es también fundamental, de manera honesta e imparcial, con cuentas claras y sin importar favoritismos ni clientelismos politiqueros ni de ninguna otra índole.

Este excelente trabajo que, en aras de la reapropiación popular de la Cultura como instrumento fundamental para su auténtico desarrollo integral unió, de una u otra forma, a nuestro pueblo con su Ayuntamiento y el Gobierno de la República, se debe potenciar más aún. Nuestro Gobierno local tiene la oportunidad de hacerlo, convirtiendo a esta Oficina, sin cambiarle su nombre desde luego, en una especia de Ministerio de Cultura Cantonal, permitiéndole que cumpla plenamente con todas las trascendentales tareas que se incluyen en el extenso y denso documento que constituye la Política Cultural Cantonal que, además de la protección, fortalecimiento, conservación y desarrollo de nuestro patrimonio cultural, de su constante creación, difusión y disfrute por todas y todos los habitantes de nuestro Cantón, incluye la dotación de la infraestructura adecuada para lograr esos propósitos, la coordinación con otras fuentes de creación cultural, como universidades, ministerios, asociaciones y grupos culturales y su aprovechamiento, el desarrollo de todo tipo de campañas para impulsar creativamente diferentes y fundamentales especificidades como, cultura cívica, política -no politiquera-, municipalista, fiscal, ecológica, deportiva, recreativa, musical, cinematográfica, literaria, en Derechos Humanos, en Ecología, en Bienestar Integral, en Juventud, en preparación y disfrute de la Tercera Edad, y mil facetas culturales más, todas ineludiblemente importantes para nuestra comunidades.

Esta Oficina, de Gestión Cultural Municipal, adecuadamente instalada y rigurosa y profesionalmente dirigida logrará, además, el establecimiento de programas de intercambio cultural con otras regiones y países, la atracción de recursos para el desarrollo cultural legalmente exonerados, de espectáculos teatrales, plásticos, musicales -intérpretes, conciertos, solistas, coros, bailes, etc.-, y otras manifestaciones culturales que circulan en el ambiente internacional, de tal manera que su llegada y disfrute por parte de nuestro Pueblo, no dependa de la voluntad, intereses económicos o preferencias ideológicas o politiqueras de pseudo mecenas oportunistas.

Esta entidad municipal no se limitará a manejar operativamente la pobre visión reduccionista de Cultura que la limita a las Artes, sino que fomentará todo el quehacer cultural que, como vimos, incluye la Ciencia, la Literatura, la Filosofía, la Religión, la Artesanía, etc. y, en fin, toda otra creación humana.

Democratizará esta Oficina, mediante la constitución y puesta en funcionamiento de un Comité Asesor de la Gestora o Gestor titular, integrado por representantes de los diversos sectores culturales del Cantón, el manejo, desarrollo y distribución de los diversos recursos ya citados para que puedan ser disfrutados por todo nuestro Pueblo y no por un reducido grupo de habitantes de nuestra Ciudad, como, generalmente ha sido hasta ahora.

Esta mega tarea cultural que debe realizar esta Oficina requiere de un espacio físico muy amplio, de fácil acceso y estructuralmente adecuado y equipado. Por dicha nuestra comunidad ya cuenta con ese edificio -el Centro de la Cultura- que, además, está construido detrás de la Municipalidad en un terreno que es de su propiedad y que, por muchas otras razones -incumplimientos contractuales, deudas, interés comunal, etc.- nuestro Gobierno local se lo puede -y debe- anexar de inmediato. Otros factores fundamentales que justifican y, mejor aún, exigen esta recuperación por parte de nuestra Institución Municipal son:

1.- Si bien es cierto que, el Arquitecto Javier Bolaños Quesada impulsó su construcción y lo ha manejado desde esa época mediante su presidencia de la Asociación Centro la Cultura de Grecia (Sic) -constituida como tal el 25/04/1986- los recursos económicos con que fue construido y ha funcionado desde entonces -partidas específicas, mano de obra, cuotas, etc.- han sido generados en última instancia, por nuestro Pueblo.

2.- Tanto el actual Estatuto que rige esta Asociación que hoy administra el Centro, como el empleo que se ha hecho del mismo, han propiciado por un lado que su directiva se halla eternizado en el puesto -don Javier ha sido su presidente casi vitalicio- y, por otro, que el uso del edificio y sus instalaciones que, reitero, son legítima propiedad popular, haya sido voluntaria o involuntariamente cubierto por una mítica concepción de empleo limitado y manejado por intereses de diversa índole y no tan populares, democráticos libres y gratuitos como debe ser.

3.- El carácter casi privado que se le da a este tipo de Asociaciones, impide el adecuado control popular de sus instalaciones y de sus recursos que, como ya señalamos, en este caso pertenecen en su abrumadora mayoría a todo nuestro Pueblo. Por todo lo anterior, lo mejor para los intereses culturales y generales es que sea nuestro Municipio a través de su Oficina de Gestión Cultural Municipal la que tome posesión plena y administre, como le corresponde, el Centro de la Cultura el que en adelante, sugerimos, agregará a su nombre «…del Pueblo Griego»

 

«El Gobierno o es popular y participativo o no es democrático».

 

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Realizan primera escuela de Big data en Costa Rica

Estadísticos se actualizarán sobre esta nueva disciplina

 

Elizabeth Rojas Arias,

Periodista Oficina de Divulgación e Información

nube informatica
Big data o datos masivos en la computadora están generando una revolución en disciplinas como la estadística (ilustración Lucía González y Rafael León).

En la última década en el mundo se manejan cantidades de datos infinitamente más grandes en comparación con años anteriores, la información que circula cada minuto en redes sociales, computadoras, teléfonos inteligentes representan un nuevo reto para profesionales en informática, matemática y estadística.

Procesar ese volumen y variedad de información a la velocidad que aparece requiere, según los especialistas, de una evolución de la minería de datos a lo que hoy se conoce como Big Data o en español datos masivos en la computadora.

Por esa razón, la Escuela de Estadística de la Universidad de Costa Rica ha organizado para esta semana una Escuela de Big Data y Estadística con la participación de tres expertos en el tema: el matemático y estadístico costarricense Oldemar Rodríguez que se destaca por su trabajo en seguridad bancaria en relación con fraudes en tarjetas de crédito y lavado de dinero; el informático estadounidense Derek Ruths quien hablará de la aplicación de Big Data en el análisis de redes sociales para la medición de opinión pública, y el padre del Análisis de Datos Simbólico, el matemático francés Edwin Diday.

La actividad se realizará este miércoles 19 y jueves 20 de agosto de 8:30 a.m. a 5 p.m., en el auditorio del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas, ubicado 50 metros al sur de la Rotonda de la Bandera en San Pedro de Montes de Oca.

El programa del seminario se desarrollará parte en inglés y parte en español y está dirigido a profesionales y estudiantes de Estadística.

Más sobre Big Data

Realizan primera escuela de Big data en Costa Rica2
El investigador del CIMPA Dr. Oldemar Rodríguez es uno de los especialistas en Big data que ofrecerá una conferencia para abrir la escuela este miércoles 19 de agosto (foto Archivo ODI).

El Dr. Oldemar Rodríguez Rojas profesor de la Escuela de Matemática, investigador del Centro de Investigación en Matemática Pura y Aplicada (CIMPA), y consultor en minería de datos explicó que Big Data debe tener tres características: el volumen de información, la variedad y la velocidad de publicación que dificulta su análisis inmediato.

El reto de procesar y analizar millones de datos ha hecho que la estadística evolucione de la minería de datos al Big data y para ello, afirma Rodríguez, hay dos alternativas, una es usar computadoras más potentes que permitan procesar al mismo tiempo mucha información y la otra es reinventar la matemática.

Debido a esto añadió “los matemáticos nos volvimos más demandados, porque las técnicas matemáticas que requiere son más sofisticadas”. Big data es prácticamente una nueva rama de la ciencia expresó el especialista.

También destacó que en los países desarrollados ya hay mucha investigación sobre el tema y en la universidades la carrera de administración de empresas es la que ha tomado el liderazgo al respecto, porque al ser una ciencia interdisciplinaria los administradores lo abordan desde la perspectiva de negocios, para dar servicio a la banca, las compañías aseguradoras, de telecomunicaciones, empresas multinacionales y de tecnologías de la información.

El programa de la Primera Escuela de Big Data y estadística se puede consultar en este enlace: http://www.estadistica.ucr.ac.cr/bigdata/index.php/programa/

Todas las sesiones de esta actividad serán grabadas en video, que luego de concluida la Escuela, estarán disponibles en el sitio web.

 

Información enviada a SURCOS Digital por Otto Sala Murillo, Periodista, Oficina de Divulgación e Información, UCR.

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Profesionales en Medicina se capacitan en investigación clínica

Escuela de Medicina facilita acceso a curso virtual avalado por Universidad de Harvard

 

Kátheryn Salazar Zeledón, Periodista, Oficina de Divulgación e Información

Otto Salas Murillo, Periodista Oficina de Divulgación e Información

Profesionales en Medicina se capacitan en investigación clínica
El curso se brinda los días jueves, de 2:00 p.m. a 5:00 p.m. en la Sala de Cómputo del NIDES, en la Escuela de Medicina, de febrero a noviembre, lo que suma 24 clases y se realizan cuatro exámenes (foto Rafael León).

Médicos de la Escuela de Medicina de la Universidad de Costa Rica (UCR) reciben un curso en modalidad virtual denominado Principios y Práctica de Investigación Clínica (PPCR), el cual pertenece al programa colaborativo de aprendizaje a distancia de la Escuela de Medicina de la Universidad de Harvard, Boston.

Este curso ofrece entrenamiento básico y avanzado en investigación clínica, por lo que quienes participan serán capaces de diseñar protocolos clínicos, recolectar datos de manera apropiada, usar paquetes de estadística y elegir estudios estadísticos adecuados, siempre basados en los principios de integridad y ética.

Adicionalmente, este programa promueve enlaces de cooperación y trabajo colaborativo con participantes de diferentes partes del mundo, no sólo en términos de ciencias básicas y clínicas, sino que también en mecanismos de trabajo en equipo e integración social.

Profesionales en Medicina se capacitan en investigación clínica2
El curso se brinda los días jueves, de 2:00 p.m. a 5:00 p.m. en la Sala de Cómputo del NIDES, en la Escuela de Medicina, de febrero a noviembre, lo que suma 24 clases y se realizan cuatro exámenes (foto Rafael León).

Esta iniciativa está dirigida por el Dr. Felipe Fregni (PhD, MPH), profesor asociado de la Escuela de Medicina de la Universidad de Harvard y director de estudios clínicos en el Centro Médico Beth Israel, y cuenta con el soporte de una red de investigadores y profesores de gran renombre en investigación clínica.

El Dr. Gabriel Torrealba Acosta, profesor de la UCR y médico residente de Neurología en el Hospital México, y el Dr. Miguel Barboza Elizondo, especialista en Neurología graduado de la UCR, son quienes coordinan el curso en el país, el cual se ha convertido en el segundo centro más grande en Latinoamérica con 18 participantes, solo superado por Brasil.

“La ejecución de este curso trae consigo grandes beneficios para el país”, comentó el Dr. Torrealba Acosta, por ejemplo aseguró que como resultado se observará una formación de profesionales sólidos en metodología de investigación, instruidos con principios bioéticos fundamentales para el desarrollo de la nueva etapa de investigación que empieza con la puesta en marcha de la Ley de Investigaciones Biomédicas en Costa Rica.

Profesionales en Medicina se capacitan en investigación clínica3
El Dr. Gabriel Torrealba Acosta comentó que las o los profesionales en medicina que se inscriben en este curso tienen el compromiso de compartir el conocimiento adquirido con sus colegas (foto Rafael León).

Además, el Dr. Torrealba añadió que hoy en día el profesional en medicina tiene pocas bases teóricas para desarrollarse en el mundo de la investigación, por lo que la apertura de iniciativas como esta beneficiaría a la misma Facultad al impulsar este tema.

“Esta iniciativa repercute de forma positiva, ya que brinda herramientas para un mejor manejo y abordaje de las patologías, lo que influye directamente en el bienestar del paciente y en las instituciones del área de la salud”, indicó el Dr. Torrealba.

Modalidad del curso

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En el año 2007 nació el curso Principios y Práctica de Investigación Clínica, adscrito a la Universidad de Harvard y hasta la fecha se ha impartido en 31 centros académicos y ha contado con 410 estudiantes en total (foto Rafael León).

Para este curso de aprendizaje a distancia, la Escuela de Medicina ha facilitado sus instalaciones con el objetivo de proporcionar un centro interactivo con conexión a Internet que cuente con un ancho de banda adecuado para las transmisiones de las sesiones, mismas que se realizan en vivo desde Boston.

El Dr. Torrealba Acosta señaló que aunque el curso es virtual la asistencia es obligatoria, ya que es monitoreado por sus encargados con la finalidad de evaluar las tareas y los aportes, además de evacuar dudas y calificar la participación de las y los estudiantes.

Asimismo, deben realizar asignaciones como la lectura de 15 artículos semanales y la participación en foros de discusión en el sitio web del curso, al cual se tiene ingreso exclusivo y controlado. Sumado a esto, el programa ofrece talleres adicionales de cinco días para fortalecer los conocimientos adquiridos.

Por otro lado, el Dr. Torrealba Acosta declaró que el establecimiento de un centro asociado a la Universidad de Harvard reduce el costo del curso en un 60%, por lo que es más accesible para el o la estudiante. Conjuntamente, como beneficio asociado, se les permite participar en tres talleres en la Universidad de Harvard y uno en Brasil de forma gratuita, sólo tienen que costear transporte y estancia.

Finalmente es importante mencionar que la UCR no incurre en ningún gasto al impartirse este curso, ya que cada participante lo financia por su cuenta y la Universidad vela únicamente para que se desarrolle normalmente.

 

Información tomada de: http://www.ucr.ac.cr/

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