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Autor: María José Ferlini Cartín

Bolivia: justicia por la vía ordinaria para las víctimas de la masacre de Senkata

*Galo Amusquivar

Familiares de asesinados, siendo gasificados por militares y policías, en plena ciudad de La Paz – Bolivia.

Después de argumentar en varias oportunidades que la Ex Presidenta de Facto de Bolivia, Jeanine Añez, debe ser procesada por un Juicio de Ordinario y no por un Juicio de Responsabilidades (o de Privilegio), imaginé que con la Resolución del caso de la Empresa Boliviana de Alimentos – EBA, el debate había concluido, pero nuevamente afloran supuestos intelectuales, políticos de derecha y hasta algunos afines al Proceso de Cambio, señalando que Añez merece ser privilegiada con un Proceso que solo es para Presidentes Constitucionales.

Fíjense que el discurso de la derecha y de algunos afines al Movimiento al Socialismo – MAS (primera fuerza partidaria en Bolivia), responden a una operación ideológica revestida de un formato pseudojurídico, con la utilización de los grandes medios de comunicación, intentando mostrar únicamente el efecto del Golpe suscitado el año 2019; estas personalidades critican únicamente los últimos acontecimientos, sin contar con el contexto histórico y político que llevó a la masacre y matanza en Sacaba, Senkata y El Pedregal; las opiniones que emiten a través de sus cuentas personales en redes sociales, alimentan el discurso de una derecha neoliberal y conservadora. Por lo que voy a argumentar, una vez más, por qué Jeanine Añez tiene y debe ser procesada en Juicios Ordinarios.

Previamente recordemos algunos hechos históricos. En noviembre del 2019, se llevó a cabo un Golpe de Estado en Bolivia, a la cabeza de militares, policías, políticos de derecha, la iglesia católica e “intelectuales”, ocasionando una ruptura constitucional. Todo este plan se inició con diferentes demandas de forma específica en la ciudad de Santa Cruz, el desprestigio en redes sociales del Ex Presidente Evo Morales Ayma, mediante la creación de Fakes News, lo que derivó en la ciudad de Santa Cruz en un paro de 21 días, por un supuesto Fraude Electoral –nunca fue comprobado–, ocasionando un vacío de poder político, un motín policial y una solicitud cohercionada del Alto Mando Militar para que Evo Morales Ayma renuncie como Presidente Constitucional. Una vez ejecutado el plan, un grupo reducido tomó el Palacio y la Casa Grande del Pueblo (sede del Gobierno), atrincherándose por casi un año, con una falsa bandera de democracia, fraude electoral y pacificación, con la utilización de la fuerza policial y militar, asesinando a los ciudadanos movilizados y auto-convocados para defender al gobierno democrático en Sacaba, Senkata y El Pedregal.

El 11 de noviembre de 2019, Jeanine Añez, publicó un vídeo en sus redes sociales, en el que instruía a las Fuerzas Armadas coordinar con la Policía Boliviana Nacional y realizar acciones represivas en contra de los sectores sociales movilizados, que clamaban por nuevas elecciones y el retorno de Evo Morales Ayma; además, Añez llamó criminales y delincuentes a las Organizaciones Sociales; las mismas organizaciones que días más tarde se sentaron con Añez en la mesa de “pacificación”. El 19 de noviembre, policías y militares reprimieron a civiles en la ciudad de El Alto, donde se registraron 10 muertos por proyectiles de arma de fuego y 31 personas heridas; recordarán aquel Ministro de Gobierno de Jeanine Añez, que realizó una conferencia de prensa, declarando que las personas se habían dispararon entre ellos, los golpistas inventaron que querían explotar la Planta de Gas de Senkata, no sabían cómo justificar los delitos que habían cometido y que ahora la justicia los persigue uno por uno. No olvidemos que el 14 de noviembre, Jeanine Añez junto a su gabinete, promulgó el Decreto Supremo N° 4078 (llamado “Decreto de la Muerte”) otorgando impunidad a las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional Boliviana; precisamente en cumplimiento de este Decreto ocurrieron las masacres en Senkata, Sacaba y el Pedregal.

Ingresando al debate de qué juicio merecería Añez, el mismo se inició al momento de su detención en marzo de 2021; entonces se discutía si la deberían procesar en un Juicio de Responsabilidades (Privilegio) o un Juicio Ordinario, por el último se argumentó que la imputada no tuvo una asunción constitucional; existió una autoproclamación vulnerando la Constitución Política del Estado y el Reglamento de la Cámara de Senadores; no llegó a contar con ninguna credencial que es otorgada por el Tribunal Electoral Plurinacional; no cumplió con el formalismo requerido para la posesión de Presidentes o Presidentas Constitucionales; y por sobre todo, los delitos de lesa humanidad (entre los que se encuentra el genocidio), conforme Jurisprudencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), no deben contar con ningún tipo de privilegio o fuero. Con estos argumentos, Jeanine Añez, está siendo procesada por la Vía Ordinaria en un Juzgado Anticorrupción de La Paz, por la designación irregular de Karina Leiva Añez como Gerente de la Empresa Boliviana de Alimentos – EBA, en mayo de 2020, cuando Añez se encontraba de Presidenta de Facto e Inconstitucional; la Jueza de la causa procesal, se declaró competente y rechazaron todos los incidentes planteados por la defensa de la imputada. Entre los principales argumentos de la competencia de la Jueza señaló que Áñez: “No acreditó de manera documentada” –que en 2019, tras la renuncia de Evo Morales– “hubiera adquirido la investidura presidencial siguiendo los rituales constitucionales previstos”. En ese marco, justificó que: “La asunción de facto deslegitima las prerrogativas para ser sometida a juicio de responsabilidades” y que los juicios de privilegio solo corresponden para los “funcionarios que asumen el cargo de forma constitucional”, en el marco de la Ley N° 044. El Tribunal de Alzada argumentó que: “ninguna persona puede autoproclamarse Presidenta o Presidente y menos atribuirse mandatos para los que no fue designada y/o elegida”, siendo que esto infringe los postulados de la Constitución Política del Estado.

El 24 de enero de 2023, el Juez de la causa de los asesinatos cometidos en Senkata de la ciudad del El Alto, durante el gobierno de Facto de Jeanine Añez, declaró tener competencia para conocer el proceso y llevarla a Juicio Ordinario por los delitos de genocidio, homicidio y lesiones graves y leves. Se ratificó así el primer Suceso Histórico del caso EBA, marcando nuevamente jurisprudencia nacional e internacional, enviando el mensaje que ninguna persona volverá a autoproclamarse como Presidenta de un Estado y asumir funciones que no le fueron delegadas y/o designadas; y que además quiera gozar de un privilegio (el Juicio de Responsabilidades) que únicamente es para los Presidentes elegidos por la vía democrática y constitucional. Ante esta situación, un Ex Presidente de Bolivia (Eduardo Rodríguez Veltzé), señaló que hay un desconocimiento y vulneración abierta a la Constitución, mencionando que las competencias se encuentran establecidas en la Constitución Política del Estado, dando entender que Jeanine Añez, debería ser juzgada por un Juicio de Responsabilidades. Definitivamente con total desconocimiento de la realidad y de los hechos, el Ex Presidente, no dice nada de los delitos de lesa humanidad y que estos no cuentan con fuero o privilegio para su juzgamiento; asimismo, se olvida que ya existió una Resolución anterior por el Caso de EBA; tampoco menciona qué articulados infringió el Juez que se declaró competente; igualmente señala que existiría un desprecio a las víctimas del 2019. Es que ese desprecio para el Ex Presidente, seguramente es el estancamiento de un proceso de mínimo 10 años, como sucedió con el Juicio de Responsabilidades en contra del dictador Luis García Meza que comenzó en 1984 y culminó en 1993 y que se efectuó con la antigua y vetusta Constitución, por los delitos cometidos en la época de dictadura. Por último, al ex presidente habría que recordarle que Jeanine Añez, no cumplió con los Artículos 166 y 169 de la Constitución Política del Estado, por lo que nunca fue proclamada y posesionada como Presidenta Constitucional.

Coincidiendo con el expresidente de derecha, una ex Diputada del MAS del año 2019, da a entender que Jeanine Añez debería contar con un Juicio de Responsabilidades. A ambos personajes les pregunto: ¿Qué documentos son acreditables para ser Presidente o Presidenta Constitucional? ¿Será que cuenta con estos documentos Jeanine Añez? ¿Será que Jeanine Añez, cumplió con el Reglamento de la Cámara de Senadores? ¿La banda presidencial la colocan en la Asamblea Legislativa o lo puede hacer un militar? ¿Cumplió con lo establecido en la norma suprema? ¿Debería irse a un Juicio de Responsabilidades, al igual que podría irse Carlos D. Mesa o algún otro ex Presidente Constitucional? ¿Por qué le dan la misma categoría de Presidenta de Facto y Presidenta Constitucional?, Lo que si estoy seguro, es que Jeanine Añez no cumplió con lo establecido en la norma suprema y normas conexas como ha definido la Sentencia Constitucional 0052/2021, para determinar que merezca un Juicio de Responsabilidades.

Con la detención y enjuiciamientos de Jeanine Añez y de Luis Fernando Camacho, tenemos que exigir llevar a la justicia a Carlos D. Mesa (Presidente del Partido Político, Comunidad Ciudadana), Samuel Doria Medina (ex aspirante a la Vicepresidencia de Jeanine Añez, por la agrupación Política, JUNTOS), Jorge Quiroga (ex Vicepresidente del dictador fallecido, Hugo Banzer Suarez), Oscar Ortiz (ex candidato a la Presidencia por la Coalición “Bolivia Dijo No”), Ricardo Paz (asesor de Carlos D. Mesa), Waldo Albarracín (ex Rector y candidato a la Alcaldía por la Ciudad de La Paz), Aurelio Pesoa (obispo), Giovani Arana (monseñor) y León de la Torre (ex Embajador de la Unión Europea) y a todos los que directa o indirectamente fueron cómplices y autores de las acciones violentas que suscitaron en quema de casas, 38 asesinatos, miles de heridos y detenidos arbitrariamente.

AHORA TOCA EL TURNO DE ENJUICIAR A LOS RESPONSABLES DE LAS MUERTES DE SACABA Y EL PEDREGAL.

*Galo Amusquivar es analista de la situación y la realidad boliviana.

Acuerdo de Escazú: Asamblea Legislativa archiva emblemático tratado regional adoptado en Costa Rica en el 2018 bajo su liderazgo

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto: nboeglin@gmail.com

Según informaron distintos medios de prensa, el pasado 1ero de febrero la Asamblea Legislativa de Costa Rica optó por no mantener en la corriente legislativa el expediente correspondiente al trámite de aprobación del Acuerdo de Escazú, puesto a su conocimiento desde el mes de febrero del 2019 (véase por ejemplo cable de la agencia EFE replicado en Swissinfo y esta nota muy completa cuya lectura integral se recomienda publicada en el medio digital Delfino.cr).

Al vencerse el plazo cuatrenial, este expediente pasa a ser definitivamente archivado, a menos que el Poder Ejecutivo costarricense decida presentarlo de nuevo en la corriente legislativa: se estima que esta posibilidad no ocurrirá con las actuales autoridades que tomaron posesión en mayo del 2022.

Como se recordará, el Acuerdo de Escazú es un tratado internacional adoptado bajo los auspicios de la Comisión Económica de Naciones Unidas para América Latina y el Caribe (CEPAL) en marzo del 2018 en Costa Rica por 33 delegaciones de América Latina y del Caribe y consta de 26 artículos (el texto se encuentra disponible en este enlace): su objetivo es traducir en términos legales el Principio 10 de la Declaración de Río de 1992 sobre participación pública informada en materia ambiental.

En marzo del 2022, una cita en la capital costarricense auspiciada por la CEPAL con los principales bancos internacionales de cooperación al desarrollo (Banco Mundial, BCIE, BID, BEI) reafirmó que el Acuerdo de Escazú se enmarca perfectamente con los lineamientos generales sobre transparencia y rendición de cuentas que promueven estas entidades internacionales en materia de inversión (véase comunicado oficial de prensa).

Un hecho insólito

Cabe precisar que fue sin Costa Rica que el Acuerdo de Escazú entró oficialmente en vigor el 22 de abril del 2021, con 12 Estados Parte, siendo Argentina y México los Estados que permitieron alcanzar la cifra necesaria para su entrada en vigor: el estado actual de firmas y ratificaciones está disponible en este enlace oficial de Naciones Unidas, con un instrumento de ratificación adicional (Chile) depositado en junio del 2022, y otro pendiente (Colombia) luego de aprobarse por parte de ambas cámaras de su congreso y ser sancionado por el Presidente colombiano en noviembre del 2022 (véase nota nuestra al respecto).

En el caso de Costa Rica, es la primera vez que se observa semejante ausencia por parte de un Estado que lidera la negociación de un instrumento internacional y que le da el nombre de uno de sus cantones: es ausente al no estar entre los primeros Estados en ratificarlo y es de igual forma ausente al no figurar en el grupo de Estrados que le dan vida jurídica para lograr su entrada en vigor (11 Estados requeridos en el caso del Acuerdo de Escazú).

Se trata de una situación totalmente anómala e insólita, y sobre todo desconocida hasta la fecha en la práctica diplomática internacional. Tanto dentro como fuera de Costa Rica, la inconsistencia con la imagen internacional proyectada es absoluta.

En el ámbito interno, la incongruencia de varios partidos políticos es más que evidente al recordarse que en febrero del 2020, este mismo instrumento internacional fue aprobado en primer debate con 44 votos a favor y 0 en contra (véase tablero con detalle de los votantes del 13 de febrero del 2020): raramente se ha observado en Costa Rica tan súbito cambio de parecer de diversas agrupaciones políticas, las cuales se retiraron en mayo del 2022 de aquella legislatura (2018-2022) sin brindar ninguna explicación al respecto.

Las lagunas persistentes del ordenamiento jurídico en materia ambiental

Es totalmente erróneo sostener que el Acuerdo de Escazú no aporta nada nuevo al marco legal existente costarricense, tal y como escuchado por parte de las actuales autoridades costarricenses para justificar su no aprobación.

Entre muchos ejemplos de omisiones legales en Costa Rica que busca precisamente solucionar este tratado regional de vanguardia, la indefensión de las personas que defienden el ambiente constituye una persistente realidad. Una valiosa publicación titulada «Una memoria que se transforma en lucha: 30 años de criminalización del movimiento ecologista en Costa Rica» documenta una realidad muy alejada de la imagen de democracia verde y pacífica promovida internacionalmente por el Estado costarricense en los últimos 30 años. Incluso, un informe presentado por el Relator Especial de Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas en septiembre del 2022 recomendaba expresamente a Costa Rica ratificar sin más preludios el Acuerdo de Escazú, ante la situación de total vulnerabilidad que sufren líderes de varias comunidades indígenas costarricenses, dos de ellos habiendo sido asesinados en menos de un año entre marzo del 2019 y febrero del 2020 (véase nota nuestra al respecto).

Otro aspecto que busca regular este tratado internacional, como por ejemplo el acceso a la información en materia ambiental, es objeto de lagunas persistentes que obligan a ciudadanos y a organizaciones costarricenses a recurrir sistemáticamente a los tribunales de justicia para obtener información que entidades estatales les niegan. El mismo recurso a la justicia nacional se puede observar en materia de consulta y de participación de comunidades potencialmente afectadas por un proyecto de cierta envergadura: sobre este preciso punto, Chile recientemente estableció un mecanismo siguiendo precisamente los lineamientos del Acuerdo de Escazú (véase enlace oficial del SEA – Servicio de Evaluación Ambiental – al respecto).

La conflictividad socioambiental en aumento registrada en Costa Rica en los últimos tiempos evidencia las diversas carencias de su actual marco normativo en materia ambiental (y los reiterados informes del Estado de la Nación así lo documentan).

A modo de conclusión

Más allá del desconocimiento que parecieran tener algunos jerarcas sobre el carácter incompleto del marco legal en materia ambiental en Costa Rica y de las razones esgrimidas por las actuales autoridades ambientales costarricenses para justificar su posición, es muy probable que el archivar el Acuerdo de Escazú dañe sustancialmente la imagen de Costa Rica en el exterior.

Tal y como se indicó en una nota publicada por el Semanario Universidad este mismo 1ero de febrero, al no aprobar el Acuerdo de Escazú, «Costa Rica está perdiendo toda credibilidad internacional, al estar dándole la espalda a dos pilares tradicionales de su política exterior, como lo son derechos humanos y ambiente«.

En junio del 2012 el vehículo de José Menéndez y de Sonia Bermúdez fue incinerado. Esta pareja había denunciado el madereo así como la extracción de piedras del río Banano en Limón. Foto extraída de este artículo del Semanario Universidad del 6 de abril del 2021 sobre el Acuerdo de Escazú. Como suele ocurrir en Costa Rica, 10 años después, la impunidad campea en este caso, como en muchos otros en los que ecologistas son objeto de acciones de esta naturaleza.

Concejo Municipal de Belén aprueba nueva tarifa hídrica sin conocer si hogares seguirán subsidiando otras categorías

  • Rebajas proyectadas no alcanzan ni la mitad del aumento aprobado en 2022

  • Concejo Municipal aprobó la tarifa con tan solo unas pocas horas de haberse recibido el estudio

  • Fracción de Unión Belemita justifica voto negativo

Tras casi un año de haber aprobado un aumento de entre el 60% y el 100% en la tarifa del agua, el Concejo Municipal validó los nuevos estudios recibidos menos de 6 horas antes del inicio de la sesión municipal 05-2023 del pasado martes 24 de enero.

Estos estudios se habían solicitado para enmendar los errores cometidos con la tarifa vigente, que, entre otros aspectos, pusieron a pagar un aumento mayor a quienes menos consumen, y uno menor a quienes más consumen.

VER VIDEO:

Sin embargo, pese a una rebaja planteada en algunos casos del -23,9% y de -10,3%, quedaron dudas pendientes que no fueron respondidas antes de votar apresuradamente la validación de los estudios, motivo que llevó a la fracción de Unión Belemita a votar en contra.

Desde Unión Belemita se pidió que se aclarara con exactitud si la tarifa domiciliar estaría subsidiando a otros tipos de tarifas como la reproductiva, que es las de los comercios que utilizan el agua para sus procesos productivos.

El estudio realizado por ANC Consultores, -misma empresa que había realizado el estudio el año anterior- no presentó el dato de cuanto porcentaje de ingreso representa cada una de las tarifas, cuestión que no permite verificar si un tipo de tarifa estaría subsidiando a otra.

También se consultó por las inversiones que proyecta hacer el Acueducto municipal por más de mil millones de colones, debido a que las mismas no venían especificadas en el estudio de ANC Consultores.

Esta situación impidió corroborar que ninguna tarifa este subsidiando a otra, tal cual, y como había aprobado el Concejo Municipal en el punto primero del encuadre que debía tener la nueva tarifa del agua en Belén

Ilustración 1Pliego tarifario vigente. Tomado del estudio de ANC Consultores.
Ilustración 2 Nuevas tarifas propuestas. Tomado del estudio de ANC Consultores.

Reacciones

Las y los regidores de Unión Belemita reiteraron que están de acuerdo con las rebajas, pero hacía falta aclarar las dudas y evaluar con la información completa si este rebajo realmente era el suficiente para hacer justicia y permitir unas finanzas saludables al Acueducto.

‘’Saludo el hecho de que haya una rebaja en la tarifa domiciliar de 23,9% en el bloque de 0-15 metros cúbicos y de 10,3% en el bloque de 16-25, sin embargo, me da temor que aprobemos estoy hoy mismo sin tener la respuesta de estas preguntas que tenemos en este momento’’. Afirmó el regidor Ulises Araya.

‘’Yo no sé si ese 23,9% es un alivio tan grande o no, porque la tarifa subió más de un 100%. Hoy vemos que presentan un documento, pero no vienen las dudas planteadas y al menos a mí ya me pasó una vez, me fui por defender el Acueducto, lo voté y resultó un absoluto desastre porque matamos a todo el mundo con la tarifa. Todos sabemos lo que estamos pagando que es un bombazo de plata y ahora que nos digan que es un 23,9%, pero para mí yo no puedo decir si es un pequeño o un gran alivio. Yo de mi parte si quiero leerlo y analizarlo como debe de ser’’. Reiteró la regidora María Antonia Castro.

‘’Creo que es importante que se aclaren todas esas dudas para no cometer los mismos errores en que se incurrieron la vez pasada, también es importante recordar que se tiene que hacer una audiencia con todos los vecinos para saber si están de acuerdo o no. Por eso para mí es importante que se quede en estudio para que los compañeros del Acueducto traigan todas las respuestas y así se apruebe con todo resuelto’’. Advirtió la regidora Marjorie Torres

‘’Creo que las dudas que se han externado son válidas, razonables que todos los belemitas merecen conocer, entonces yo estaría de acuerdo con que se nos mande esa información, especialmente la de los posibles subsidios, en el menor tiempo posible para poder analizarlo con toda la información completa, esa es la sugerencia de este servidor, yo sin esa información no estaría dispuesto a dar el voto positivo’’. Propuso el regidor Luis Rodríguez.

Pese a las peticiones de las regidurías de Unión Belemita de dar al menos una semana de tiempo para que las dudas pudieran ser aclaradas, una mayoría de 3 a 2, decidió dejar avalados los estudios y por consiguiente dar por aprobada la nueva tarifa, misma que ahora tendrá que seguir el procedimiento de audiencia pública y posteriormente ser publicada en el diario oficial La Gaceta con lo que la misma cobrará vigencia.

Contexto

Ante una propuesta de aumento tarifario por parte de la Administración municipal el Concejo Municipal había aprobado una tarifa que significó aumentos en algunos bloques tarifarios de hasta el 100%.

Posterior a unas cartas recibidas por el Concejo Municipal de parte de los vecinos Alexander Porras y William Murillo, indicando errores e injusticia tributaria, el Concejo Municipal decidió posponer la entrada en vigor de la tarifa en un primer momento, pero en un segundo momento y dado que la Administración no había entregado las respuestas a los vecinos, la fracción de Unión Belemita propuso en la sesión 21-2022 del 7 de abril del 2022, extender un mes más la prórroga para que entrara en vigencia la tarifa. Esta propuesta fue rechazada por parte de las fracciones del PUSC y el PLN ocasionando así que entrara en vigencia la tarifa actualmente vigente.

Finalmente, cuando se genera consciencia entre estas fracciones de que efectivamente los estudios de soporte de la nueva tarifa estaban malos, se presenta la propuesta de realizar unos nuevos estudios para enmendar los errores en la tarifa del agua y en los acuerdos de referencia 2834-2022 y 3324-2022 se aprueba el encuadre que la tarifa debía tener, a saber:

  1. Ningún sector debe subsidiar a otro, salvo en la tarifa social. 2. Que se actualicen todos los usos del agua, no solo algunos. 3. Costos ascendentes para aquellos usuarios que más agua potable usan.

San Antonio de Belén, 1 de febrero del 2023

 Ver articulo 34, pagina 119: https://www.belen.go.cr/documents/20181/124620/28-2022.pdf 

 Ver articulo 24, pagina 74: https://www.belen.go.cr/documents/20181/124620/33-2022.pdf 

La importancia de realizar actividad física

Raúl López Guilles

Nuestro deseo como seres Humanos es que la Esperanza de Vida aumente cada día, pero

MSc. Raúl López Gilles

Las generaciones actuales no viven más que las que las precedieron y estos implican grandes desafíos en la búsqueda de no solo prolongar la existencia, sino de buscar las mejores herramientas que favorezcan un envejecimiento más saludable¨

Las organizaciones que promocionan salud brindan una serie de recomendaciones para que las personas realicen actividad física y aprovechen el tiempo libre, pero esto debe de tomarse como una acción de cultura habitual – natural y conociendo de previo nuestra condición física actual y nuestras limitaciones. Por ello recomendamos una actividad útil, fácil, práctica, funcional y llena de beneficios como lo es CAMINAR.

Y aquí nos vamos al principio de hacerlo de calidad y no es tan importante la cantidad de lo que hagamos sino de la calidad de cómo lo hagamos.

La acción de caminar como tal es una coordinación de movimientos que involucra muchas áreas corporales y tomamos en cuanta aquí, la zancada, el braceo, la postura, la vista, el contacto con el piso etc.

La excelente decisión de dar inicio a realizar actividad física es algo muy personal pero si se debe tomar en cuenta varios aspectos.

Buscar orientación profesional o de una persona especializada en estos programas y en primera instancia aplicarse una Prueba de Esfuerzo Físico para valorar y conocer su condición física actual y su comportamiento cardiaco. (Aspecto preventivo – rendimiento deportivo).

Después de obtener el resultado de esta valoración, definir la vestimenta, el calzado y el lugar apropiado para realizar la actividad física, buscando que tenga buena ventilación y seguridad.

El ejercicio físico es el medio más seguro de mantener la autonomía y asegurar las capacidades motrices y cognitivas, además de ayudar a hacer buen uso del tiempo libre con enormes beneficios corporales, psicológicos, sociales, familiares y sobre todo evitar el sedentarismo y potenciar el disfrute y la recreación sana.

Múltiples estudios realizados por especialistas en Fisiología del Ejercicio y Cardiología han concluido que el caminar, trotar o correr diariamente, crea una enorme mejoría física y retrasa su deterioro en la vejez, en unos 10 a 15 años.

Beneficios de Caminar

La acción de caminar con técnica apropiada contribuye a mejorar los indicadores en muchos niveles y los vamos a resumir así.

Nivel Cardiovascular

Incrementa la capacidad aeróbica – desempeño miocárdico.

Aumenta la capacidad diastólica- capacidad de contracción del corazón.

Reduce las contracciones ventriculares. Evita la obesidad.

Reduce la presión sistólica y diastólica- presión cardíaca.

Disminuye el tejido adiposo abdominal y la resistencia a la insulina.

Reduce la cantidad de grasa corporal- reduce el colesterol.

Reduce la formación de coagulo sanguíneos por tanto la trombosis.

Nivel Osteoarticular

Favorece la movilidad articular- fuerza y flexibilidad.

Aumenta y fortalece la densidad ósea. Reduce el riesgo de fractura.

Fortalece el área músculo esquelética.

Nivel Bienestar

Refuerza la actividad intelectual, gracias a la buena oxigenación cerebral.

Aumenta los niveles de serotonina y norepirefrina.

Aumenta la longevidad y mejora los niveles de equilibrio corporal.

Disminuye la ansiedad el insomnio y la depresión.

Como verán son múltiples los beneficios que podemos obtener con la acción de CAMINAR. Es fácil, útil, funcional, práctico y hasta divertido.

*54 de caminar por todo el país
Atleta y Entrenador.

 

Imagen de portada ilustrativa, UCR.

UNDECA: Contratación de mamografías en la caja debe ser transparente

La Unión Nacional de Empleados de la Caja y la Seguridad Social, UNDECA, y el Bloque Unitario Sindical y Social Costarricense, BUSSCO, demandamos total transparencia y que se haga pública la contratación privada de mamografías.

No puede existir ningún motivo de ocultamiento sobre las condiciones, los plazos y la garantía de la calidad de los diagnósticos, para seguridad del médico y de los pacientes, con más razón cuando se trata de fondos económicos consagrados de la seguridad social y la salud que están bajo la tutela de controles muy estrictos de leyes y reglamentos.

Lo mencionado debido a que los atrasos y el incumplimiento del Contrato oculto con la empresa, están sujetos a debida y justificada rendición de cuentas y sanciones administrativas y legales.

Consideramos también, que la Auditoría de la institución tiene la total autonomía y responsabilidad para investigar este caso incluyendo el oscurantismo del contrato.

Asesino de Jerhy Rivera es sentenciado a 22 años y 15 días de cárcel y 6 meses de prisión preventiva

Comunicado de Prensa CLSS

Miércoles 1 de febrero de 2023. El Juzgado Penal de Buenos Aires de Puntarenas dió a conocer la parte resolutiva de la sentencia en contra de Juan Eduardo Varela a quien impusieron 22 años de prisión por los delitos de homicidio calificado y portación ilegal de arma permitida ambos en concurso ideal en contra de Jerhy Rivera Rivera, 15 días por amenazas agravadas en contra de Melisa Garbanzo y 6 meses de prisión preventiva.

En una explicación breve de la sentencia el Juzgado tuvo por acreditado que Varela Rojas actuó con alevosía, que Jerhy estaba sujetado, golpeado y disminuido por dos sujetos cuando el hoy condenado le disparó por la espalda; por lo que el ente juzgador no tiene como probado el argumento de la legítima defensa.

Además, el ente juzgador tiene por acreditado que la turba en la que se encontraba Varela tenía la intención de quemar la casa de la testigo Melisa Garbanzo y que esta fue amenazada con arma de fuego por Varela.

Teniendo en cuenta estos elementos probados, no comparte la Coordinadora de Lucha Sur Sur que se le hayan impuesto las penas mínimas de 20 años por el homicidio calificado, 2 años por portación ilegal de armas y 15 días por las amenazas, no hay congruencia entre lo que dijo tener el Juzgado por acreditado y las penas mínimas impuestas.

Ante el arraigo endeble de Varela Rojas, el Juzgado impuso 6 meses de prisión preventiva al considerar un peligro de fuga inminente.

La lectura íntegra de la sentencia será el 8 de febrero, donde se darán los detalles de lo resuelto por el Juzgado.

La Coordinadora de Lucha Sur Sur considera que esta sentencia significa un paso importante contra la impunidad que ha imperado ante las múltiples agresiones y violaciones a los derechos humanos que viven los Pueblos Originarios, sin embargo, hay muchos casos pendientes, muchos agresores libres y muchas amenazas contra estos Pueblos que continúan en una vergonzosa impunidad.

Este fallo judicial reafirma y demuestra de qué parte se ejerce la violencia, el odio y el racismo.

Sin embargo, no estamos de acuerdo con las penas mínimas impuestas por el Juzgado y esperamos la explicación del porqué de las mismas y que las instancias respectivas del Poder Judicial establezcan las responsabilidades penales correspondientes a quienes ofrecieron falsos testimonios por parte de la defensa del hoy condenado.

Así mismo exigimos justicia para Sergio Rojas, su familia, el Pueblo Bribri de Salitre y todos los Pueblos Originarios del país.

Nos solidarizamos y enviamos un gran abrazo a la familia Rivera y al Pueblo Brörán.

Coordinadora de Lucha Sur Sur. https://www.facebook.com/111882987093775/posts/pfbid0qX7P8biWLEpMja1fRY8HcLEowrMADdCskTUzrAsU8x2xLkCVDSFcfPsC46oBX71gl/?mibextid=Nif5oz

La sociedad y el pueblo deben ser exigentes para recuperar una función pública basada en valores

José Luis Pacheco Murillo

Cómo han ido cambiando la vivencia de los valores morales y espirituales. Antes, era motivo de orgullo el comportarse de manera tal que quienes nos conocían tenían confianza en nuestro actuar y desempeño en las acciones que desarrollábamos. Había un deseo de hacer las cosas dentro del marco de la honradez y la transparencia y en caso de fallar ante eso, no solamente éramos castigados, sino que además se nos obligaba a reparar el error, ya sea con una acción correctiva o con una solicitud de disculpas y perdón y con el propósito de no volver a hacerlo. Eso implicaba una vergüenza que nos llevaba a un retiro temporal de la cotidianeidad y a un silencio respetuoso a la hora de asumir el castigo.

Hoy al parecer todo eso quedó atrás. Hoy vemos cómo son acusadas muchas personas de cometer acciones que riñen con esos valores morales y espirituales y es como si nada pasara. Al contrario, como que se sienten empoderadas ante esas acusaciones y no hacen nada por reparar el daño moral que no solamente a él o ella afecta, sino que nos afecta a todos.

El solo hecho de ser señalado como partícipe de una acción que significaba salirse de lo moral, de lo honrado y transparente era motivo de renuncia a seguir detentando un cargo o de pretender aspirar a alguno.

Hoy las cosas son diferentes. No importa tener acusaciones ante el Ministerio Público y la Fiscalía, no importa tener fecha para un juicio penal en el que puede salir con condena incluso de cárcel. No hay ni renuncia y menos vergüenza.

Hoy escuchamos cómo el expresidente Trump y el presidente Biden se apropiaron indebidamente de documentos de Estado y secretos, acciones que llevaron al ministro de Justicia a nombrar fiscales especiales para que investiguen esas acciones. Hoy sabemos que la organización empresarial de Trump evadió el pago de millones de dólares al fisco y amparándose en la quinta enmienda de la constitución se abstuvo de responder. Sin embargo, en ambos casos, en lugar de responder ante esas actuaciones con renuncias y con el dejar de aspirar, están pretendiendo presentarse como candidatos a la próxima elección presidencial. Una verdadera vergüenza para un pueblo que debe escoger entre personas cuestionadas.

Por nuestros lares no andamos muy lejos, muchos de los que hoy están con situaciones de denuncias y procesos penales en lugar de hacerse a un lado manifiestan deseos de aspirar a nuevos cargos para los cuales el manejo de los bienes públicos requiere de transparencia y honestidad.

Dios quiera que, de alguna manera, la sociedad y el pueblo puedan ser más exigentes con quienes evidencien esas actuaciones transgresoras de la moral y la espiritualidad y les castigue con el rechazo de sus pretensiones.

UNED abrirá esta semana periodo de solicitud de beca por situación socioeconómica

El periodo de solicitud de beca por situación socioeconómica de la Universidad Estatal a Distancia (UNED) será del 2 al 4 de febrero del 2023, para aquellas personas con interés de iniciar estudios universitarios durante el tercer cuatrimestre del 2023. Esta convocatoria también está dirigida a estudiantes regulares y será completamente virtual.

El formulario de solicitud estará activo en el sitio web uned.ac.cr únicamente en el plazo definido, a partir del día 2 de febrero, a las 8:00 a.m. y hasta el 4 de febrero, a las 4:00 p.m. Al confirmar el formulario, se le indican las fechas importantes, entre ellas, la fecha en la que las personas recibirán, por correo electrónico, las indicaciones y el enlace respectivo para la carga de documentos probatorios.

Para cumplir con el proceso, usted puede también consultar con la “Guía de documentos solicitud de beca socioeconómica UNED”, para descarga aquí.

La coordinadora del Programa de Becas de la UNED, María Sofia Chacón Sánchez, comentó que, para un proceso exitoso, es importante que las personas solicitantes realicen la Admisión y el Empadronamiento antes del 25 de febrero, para lo cual se requiere el título de bachillerato de secundaria, e ingresar aquí.

“Es importante que las personas recuerden responder las preguntas del formulario y confirmar el envío del mismo.  Se sugiere tomar una captura de pantalla para un llenado más rápido y tener a disposición los números de cédula de su grupo familiar, los montos de ingresos y gastos, así como otra información de interés”, comentó Chacón Sánchez.

Para la solicitud de beca no es requisito que la persona esté matriculada en la UNED. Si desea más información del proceso, puede llamar al número telefónico 2527-2275, escribir al correo electrónico becasuned@uned.ac.cr o al WhatsApp 8822-3557.

La Oficina de Atención Socioeconómica realizará el 1 de febrero de 2023, a las 5:00 p.m., un Facebook Live para aclarar dudas con relación al proceso de llenado del formulario de solicitud de beca socioeconómica y la carga de documentos probatorios, a través de UNED Vida Estudiantil y Videocomunicación UNED Costa Rica, así como en este canal de YouTube.

Este espacio estará disponible para usted en estos canales, en caso de que no pueda sintonizarles en vivo.

Retos socio ambientales desde la lucha contra el cambio climático en Voces y Política

Voces y Política

Este miércoles 1 de febrero tendremos un programa de “Retos socio ambientales desde la lucha contra el cambio climático” con la participación de Pascal Girot: director Escuela de Geografía y especialista en Cambio climático. Escúchenos por la 96.7 FM en Radio Universidad, 5pm y véanos a través del Facebook de Radio Universidad de Costa Rica (https://www.facebook.com/radiouniversidadcr)

Frente de Lucha Ciudadana solicita apertura de debido proceso con miras a la destitución de Rocío Aguilar Montoya

COMUNICADO DE PRENSA

El Frente de Lucha Ciudadana, mediante carta abierta de fecha 31 de enero del año 2023, se dirigió a la Junta Directiva del Banco Central y al CONASSIF, solicitando la apertura de un órgano del debido proceso con miras a la destitución de la señora Rocío Aguilar Montoya, actual superintendente de SUPEN y con recargo de la SUGEF.

Dicha petición se fundamenta en los siguientes hechos:

La señora Aguilar Montoya fue suspendida de su cargo como ministra de Hacienda para investigación por parte de la Contraloría General de la República. Al renunciar al cargo, al parecer también logró eludir la continuación de la misma y la sanción correspondiente al procedimiento administrativo CGR-PA-2019002299 que está protegido con archivos encriptados, de los que exigimos su apertura y se concluya la investigación con relación a lo que eufemísticamente llamaron el Hueco Fiscal, cuya sanción posiblemente la inhabilitaría de ejercer cargos públicos como le sucedió a su antecesor.

No solo quedó inconclusa dicha investigación, sino que sorpresivamente fue nombrada en un cargo con mayor remuneración y responsabilidad, que ha ejercido de manera negligente, causando una gran afectación a la mayoría de trabajadores y trabajadoras que nos encontramos en sometimiento, dado que mediante una ley de supuesta Protección al Trabajador, se nos obliga a cotizar parte de nuestro salario para un fondo de “supuesto interés público”, pero que se encuentra secuestrado alevosamente por el capital financiero. Mes a mes recibimos unos “estados de cuenta”, que demuestran que nuestros fondos fueron apostados en diferentes espacios especulativos y que por ello hemos perdido una suma significativa de nuestros ahorros.

Ningún funcionario público es ajeno a lo que dicta la Constitución Política de la República de Costa Rica, por tanto, la Junta Directiva del Banco Central y el CONASSIF están en la obligación de cumplir con el artículo 11, ya que siendo simples depositarios de la autoridad, no pueden eludir esta petición ciudadana que responde a un clamor nacional.

Puede ver el video en este enlace.