Se informa sobre el juicio interpuesto ante las familias afectadas por la problemática de desalojo de tierras en el asentamiento Los Jardines, en San Ramón de Alajuela. La hora de inicio del juicio está establecida para las ocho de la mañana el día lunes 22 de enero de este año. Este proceso se llevará a cabo en los Tribunales de Justicia de San Ramón, Alajuela.
Es importante recordar que esta problemática involucra, además del desalojo de las tierras, un considerable faltante de agua potable en la zona previo al 2020 debido a la falta de respuesta ante la solicitud de las llaves públicas para el acceso a este bien común, tal como se aprecia en la nota de SURCOS Comunidad de Jardines Dos de San Ramón continúa sin servicios básicos – SURCOSSURCOS.
Por esto, el Movimiento de Trabajadores y Campesinos (MTC) hace un llamado al apoyo para las familias afectadas. Puede ver la información detallada en la imagen compartida.
A 15 años del terremoto de Cinchona, el Observatorio Vulcanológico y Sismológico de la Universidad Nacional (Ovsicori-UNA) se solidariza con las personas que resultaron damnificadas y recuerda este evento sísmico como uno de los terremotos más devastadores en la historia costarricense.
Esteban Chaves, sismólogo del Ovsicori-UNA indicó que la secuencia sísmica de Cinchona se asoció al sistema de fallas Vara Blanca-Ángel, un sistema de fallas ubicado en el flanco este del volcán Poás con movimiento lateral derecho y orientación Noroeste-Suroeste. El hipocentro del evento principal tuvo una profundidad de 7 km y su duración de ruptura fue de 5 segundos.
Chaves agregó que este evento fue precedido por un sismo (evento premonitor) con magnitud local, Ml=4,5, ubicado 4 km al Noroeste de Fraijanes de Sabanilla de Alajuela, ocurrido el 7 de enero a las 10:00 am, hora local, el cual generó una secuencia en cascada con alrededor de 25 réplicas cuyas magnitudes locales fueron menores a 3,0.
La fuente generadora del terremoto de Cinchona tuvo una duración de 5 segundos y una caída de esfuerzos de 6.71 MPa y aceleraciones máximas en superficie de 223 gal (2.156 m/s2) en el valle central. La red sísmica del OVSICORI-UNA localizó un total de 1032 réplicas durante todo el mes de enero de 2009.
Explicó que, en la actualidad, la topografía del terreno hace que sea vulnerable a la ocurrencia de deslizamientos, sobre todo cuando los suelos están cargados de fluidos, por lo que el Ovsicori ha instalado instrumentación sísmica en la zona para comprender el comportamiento de la falla desde el punto de vista mecánico y físico.
Tragedia en la memoria
Al ser las 15:21 pm (hora local en Costa Rica), de un día como hoy, pero hace 15 años, ocurrió uno de los terremotos más devastadores en la historia costarricense. El terremoto de Cinchona, con magnitud MW = 6,2, y con epicentro ubicado 4 km hacia el Suroeste de Cinchona de Poás, generó una sacudida con intensidades máximas equivalentes a VII en la escala Mercalli modificada. Este temblor dejó más de 2,000 personas damnificadas, 91 personas heridas, 7 desaparecidas y 25 personas fallecidas.
Dicho terremoto generó la ocurrencia de 1,561 desprendimientos de Tierra, 132 deslizamientos y 90 flujos de lodo que afectaron y destruyeron infraestructura tanto pública como privada.
Oficina de Comunicación Universidad Nacional, Costa Rica
Carlos Gutiérrez Vargas, estudiante de la Facultad de Derecho, UCR.
A propósito de la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad
Las ciudadanías disminuidas pasan de ser un concepto a una realidad cuando no se garantiza la independencia de las personas sordas con medidas proaccesibilidad en procesos electorales
Se aproximan las elecciones municipales en Costa Rica y, lamentablemente, no existe ni una persona con discapacidad auditiva participando en cualquiera de las opciones electorales que brindan los partidos políticos costarricenses. Soy una persona sorda. Por este motivo, mi primera lengua es la lengua de señas costarricense y el español es mi segunda lengua. Escribo este artículo pensando en la perspectiva de las personas sordas, considerando que es importante en relación con los derechos políticos de las personas con discapacidad, específicamente de las personas sordas que están siendo invisibilizadas por el Estado, así como su perspectiva histórica al no ser consideradas como personas politizadas.
Leyendo con admiración un reportaje noticioso acerca de Shirley Pinto, una mujer sorda que tuvo la oportunidad de ejercer su derecho a la participación política como legisladora en el Parlamento de la nación de Israel, me llevó a la reflexión sobre uno de los objetivos primordiales que establece la Convención sobre los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad con respecto a la participación política de las personas con discapacidad, la cual forma parte de los derechos políticos que reconocen y garantizan a la ciudadanía a participar en la toma de decisiones públicas. Desde la visión de los derechos humanos, los derechos políticos contribuyen a la promoción y consolidación de la democracia en la construcción de un Estado democrático de derecho. A continuación, analizaré el derecho a la participación política de las personas sordas.
De acuerdo con los estudios estadísticos presentados por el Banco Mundial, existen 85 millones de personas en situación de discapacidad que viven en América Latina y el Caribe. Las Naciones Unidas declaró el 23 de setiembre como el Día Internacional de la Lengua de Señas. Para conmemorar esta fecha, la Organización citó en su página web las cifras de la Federación Mundial de Sordos, la cual estima que, hasta el presente momento, hay 70 millones de personas sordas en el mundo, y el 80 % de esta población vive en países en vías de desarrollo, utilizando en forma global más de 300 lenguas de señas. De ahí la importancia de destacar la lengua de señas como elemento clave de las personas sordas en su lucha por el derecho a la participación política.
Generalmente, las personas con discapacidad se encuentran con barreras en el ejercicio de su derecho al sufragio. Por ejemplo, existen impedimentos para acceder en forma física a los centros electorales, lo que implica una discriminación, ya que no pueden acceder en condiciones de igualdad que los demás ciudadanos.
Con respecto a las personas sordas, el enfoque previsto en este artículo son las barreras de accesibilidad comunicacional que enfrentamos, las cuales no solo se presentan en Costa Rica, sino en todo el ámbito latinoamericano. De estas barreras, mencionamos el acceso a la información y la comunicación en los procesos electorales.
Sobre el derecho a elegir, surge una barrera que se da en la mayoría de los procesos electorales donde se emiten mensajes y contenidos informativos que sirven de guía a la formación de criterios del ciudadano para decidir y razonar su voto. Precisamente, para este fin se utilizan medios de comunicación como la televisión y las redes sociales para emitir videos informativos, debates entre candidatos a la presidencia, entre otros. Sin embargo, no suelen contar con el recuadro del intérprete de la lengua de señas y el subtitulado, por lo tanto, sin estos recursos de apoyo a la accesibilidad, las personas sordas se quedan desinformadas sobre los procesos electorales y las propuestas de las distintas formaciones políticas, lesionando su derecho al voto.
En cuanto al derecho a ser elegido como candidato, se presenta una limitación muy seria, porque las personas sordas no tienen garantías de recibir apoyos, como un intérprete de la lengua de señas, en caso de que decidan participar de alguna forma en el proceso electoral. Este tipo de recursos son imprescindibles para disputar en igualdad de condiciones por los puestos de síndico, alcalde, diputado, etcétera.
Estas barreras implican un menoscabo a la libertad, a la igualdad y a la no discriminación conforme al modelo de los derechos humanos de las personas en situación de discapacidad. Las ciudadanías disminuidas pasan de ser un concepto a una realidad cuando no se garantiza la independencia de las personas sordas con medidas proaccesibilidad en procesos electorales, lo cual afecta su derecho a la vida independiente.
Otra limitación patente contra la población sorda, en particular, y contra las personas con discapacidad, en general, es no poder manifestar su voz en asuntos claves de su interés. Simplemente son invisibilizadas en el debate público. Por ejemplo, no somos tomados en cuenta en las propuestas específicas que presentan los candidatos inscritos en procesos electorales. Asimismo, los canales para escucharnos son muy limitados. En síntesis, la pluralidad del debate y la democracia se ven afectadas al existir grupos invisibilizados, como el colectivo de las personas con discapacidad.
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad es el primer instrumento de derechos humanos establecido en el siglo XXI y fue aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006. Es sumamente necesaria la existencia de este tratado específico por la insuficiencia de otros instrumentos para proteger los derechos de las personas con discapacidad y sirve para poder visibilizar al colectivo de las personas con discapacidad, entre ellos los sordos. Por ende, hay una identidad política y un grupo que se moviliza en torno al tema y, además, permite tener mecanismos específicos para casos de violaciones de derechos, por ejemplo, quejas ante el Comité.
Para comprender la idea principal del artículo, necesitamos conceptualizar el término discapacidad. La discapacidad es el resultado de la interacción entre ciertas características de las personas, las cuales son comprendidas como deficiencias, pero que no lo son, según mi criterio, sino que son condiciones inherentes a la diversidad humana y a las barreras del entorno.
La Convención reconoce el derecho a la participación política de las personas con discapacidad en su artículo 29. Una lectura analítica del artículo permite comprender cómo aborda la Convención las barreras que enfrentan las personas con discapacidad en el ejercicio de sus derechos, ya que se identifica en el texto las obligaciones específicas que tienen los Estados partes para erradicarlas. Desde la perspectiva de la igualdad, la no discriminación y la autonomía se da el reconocimiento del derecho al sufragio en forma activa y pasiva, así como el derecho de participación, ya sea en titularidad como en ejercicio.
Entre las obligaciones de los Estados, la Convención establece que deben asegurar los derechos políticos de las personas sordas de las siguientes formas:
Garantizar que los procedimientos, instalaciones y materiales electorales sean adecuados, accesibles y fáciles de entender y utilizar.
La protección del derecho de las personas con discapacidad a emitir su voto en secreto, en elecciones y referéndums públicos, sin ningún tipo de intimidación, y a presentarse efectivamente como candidatas en las elecciones, a ejercer cargos y desempeñar cualquier función pública en todos los niveles de gobierno, facilitando el uso de nuevas tecnologías de apoyo cuando proceda.
La garantía de la libre expresión de la voluntad de las personas con discapacidad como electores. Para este fin, cuando sea necesario y a petición de ellas, permitir que una persona de su elección les preste asistencia para votar.
Además, el reconocimiento a la capacidad jurídica de las personas con discapacidad establecido en el artículo 12 tiene una estrecha relación con el derecho de la participación política, en tanto el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (que se conocerá en adelante como Comité CDPD) comprende que no se puede negar el derecho al voto de las personas con discapacidad, independientemente de que pueda necesitar mecanismos de apoyo a su capacidad jurídica.
En la Observación General N.º 1, el Comité CDPD establece aquellos aspectos que afectan al derecho de participación política desde el punto de vista de la accesibilidad, que es una cuestión que se debe asegurar, proteger y respetar. Además, las medidas de austeridad o la poca atención de los Estados partes en el aseguramiento de recursos presupuestarios para garantizar la accesibilidad en los procesos electorales no pueden constituir un argumento para demorar la implementación gradual de la accesibilidad, ya que es de aplicación inmediata.
Constituye un deber del Estado promover la garantía de los derechos políticos de las personas sordas en aras de que puedan gozar de ellos en igualdad de condiciones que los demás ciudadanos. En el caso de Costa Rica, este rol lo puede asumir el Tribunal Supremo de Elecciones, como organismo nacional encargado de la organización de los procesos electorales. En caso de no haber acciones concretas que posibiliten el cumplimiento de estos derechos, entraría en la escena el rol de los organismos internacionales, como la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuya función principal es promover la observancia y la defensa de los derechos humanos de las personas sordas en el ámbito de la participación política, exhortando al Estado a asumir su responsabilidad en la garantía de estos derechos, además de promover el reconocimiento legal de la lengua de señas en cada país latinoamericano, procurando asegurar que las personas sordas puedan tener acceso a la participación en la vida política y pública en forma conjunta con la sociedad, ya sea directamente o mediante la elección de representantes libremente elegidos, inclusive, el derecho y la posibilidad de las personas sordas a votar y ser elegidas.
El artículo 9 de la Convención aborda la obligación que tienen los Estados partes de adoptar medidas para asegurar la accesibilidad de las personas con discapacidad al entorno de la información y la comunicación, además de otros aspectos. En relación con el contexto de las personas sordas, se pretende garantizar que los procedimientos, las instalaciones y los materiales empleados en procesos electorales sean adecuados para ser accesibles a ellas, como la capacitación de guías electorales en el uso de la lengua de señas y el uso de intérpretes de la lengua de señas y el subtitulado en mensajes y contenidos informativos. Esto, en plena concordancia con el reconocimiento de la lengua de señas, un componente fundamental de la comunidad sorda comprendida como minoría lingüística-cultural.
Es importante tener en cuenta que la lengua de señas varía en cada país de Latinoamérica. Es decir, cada uno tiene su propia lengua de señas, comprendida como sistema lingüístico que tiene componentes visuales, gestuales y manuales.
Es fundamental destacar cómo se ha abordado gradualmente el reconocimiento legal de la lengua de señas en cada país latinoamericano. En un comunicado de prensa la Comisión Interamericana de Derechos Humanos instó a los países miembros a reconocer oficialmente la lengua de señas en sus legislaciones, además de promover medidas positivas que garanticen la accesibilidad mediante el uso de la lengua de señas en diferentes ámbitos de la sociedad.
En los Estados existen comunidades sordas de distintos tamaños y, precisamente, la lengua de señas es el principal vehículo lingüístico que emplean para comunicarse. Los trece Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos que han reconocido la lengua de señas como lengua oficial de la comunidad de personas sordas en su normativa son Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Perú, Uruguay y Venezuela. Pero solo dos países han reconocido la lengua de señas en sus constituciones políticas: Ecuador y Venezuela.
A modo de conclusión, podemos afirmar que, a partir del análisis de la realidad fáctica, legal y jurisprudencial, el derecho de participación política para la población sorda está limitada por la falta de adaptación normativa y la aplicación insuficiente de la normativa en América Latina, teniendo por efecto la vulneración de este derecho y su ejercicio.
Muestra de ello es la falta de accesibilidad en la promulgación de materiales de carácter electoral, como la inclusión de intérpretes de la lengua de señas en debates con candidatos presidenciales, así como la carencia de cupos asignados para la participación de personas con discapacidad en los sistemas electorales, tanto a nivel municipal como para los puestos de elección nacional.
En esta línea, se debe respetar en todos los extremos de la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad, la cual reconoce desde la perspectiva de la igualdad, la autonomía de las personas sordas y su no discriminación, por medio del reconocimiento de la lengua de señas como parte del derecho de participación política, con el fin de asegurar el derecho de participación en el proceso electoral.
Carlos Gutiérrez Vargas Estudiante de la Facultad de Derecho, UCR
Como parte del esfuerzo impulsado desde el Departamento de Participación Ciudadana de la la Asamblea Legislativa se abre la convocatoria para nuevas organizaciones comprometidas con el medio ambiente, para que participen del Parlamento Cívico Ambiental.
Se recibirán solicitudes del 8 de enero al 8 de febrero del 2023.
Requisitos de Solicitud:
-Breve reseña y naturaleza de la organización.
-Nombres, correo electrónico y teléfono de una persona representante titular y suplente.
Únase al esfuerzo colectivo por la protección ambiental. Su participación y las de su organización es crucial para impulsar cambios positivos. ¡Esperamos la solicitud!
En la ruta hacia las elecciones municipales de febrero 2024, SURCOS se sumerge en el entramado político de Montes de Oca, presentando perfiles diversos y experiencias singulares de las candidaturas a la alcaldía.
Gabriela Bolaños Gamboa, del Partido Liberal Progresista, emerge con una licenciatura en Comunicación y un bagaje de más de 25 años en la Administración Pública y destacada como Asesora Legislativa. Actual presidenta municipal, destaca por su habilidad para tejer alianzas cruciales para el cantón.
Por otro lado, Domingo Arguello, del Partido Unidad Social Cristiana, trae consigo una sólida formación en Administración de Empresas y es conocido como el rostro de «Domingo entre semana». Ya en 2020 se aproximó a la silla de la alcaldía bajo el estandarte del Partido Republicano Social Cristiano.
Julio Andrés Telles Madrigal, del Partido Liberación Nacional, se presenta con estudios en Ciencias Políticas y Derecho, desempeñándose como abogado.
La Coalición Gente Montes de Oca apuesta por Ana Lucía González, arquitecta y actual primera vicealcaldesa, mientras que la Coalición Somos Montes de Oca confía en José Rafael Quesada Jiménez, administrador de empresas con certificaciones en desarrollo social, productivo y ambiental, quien ocupa el puesto de segundo vicealcalde actualmente.
Rodolfo Villalobos, ingeniero, representa al Partido Unidos Podemos, mientras que el Partido Nueva República cuenta con Marco Quesada en sus filas.
Mario Ruiz, del Partido en Común, se ha destacado en ámbitos variados: desde artes gráficas, publicidad y música hasta una carrera jurídica con enfoque en el derecho administrativo, laboral y municipal. Además, fue regidor municipal en el periodo 2016-2020.
La diversidad de visiones y experiencias de estos candidatos refleja la riqueza de opciones para los votantes. SURCOS persistirá en proporcionar detalles y contexto para empoderar a los ciudadanos en este trascendental proceso democrático.
En la nota faltan María Barboza del Partido Justicia Social Costarricense y Eugenia Mora del Partido Nuestro Pueblo, ellas son candidatas a las que no pudimos contactar. Les extendemos una invitación abierta para que se comuniquen con el periódico SURCOS.
SURCOS desea aportar a un voto informado y consciente.
El domingo 4 de febrero de 2024 son las elecciones municipales. Se eligen alcaldías, regidurías, sindicaturas y consejos de distrito.
Durante los últimos 30 años las Municipalidades han sido gobernadas por los partidos tradicionales. Los alcaldes diamante del PLN y PUSC han gobernado para beneficio personal y de esos partidos, favoreciendo unas pocas empresas y sus socios. Son los mismos de siempre. Huelen igual que las ciudades, feo, a corrupción, a negocios turbios y mal gobierno.
Tampoco son opción los partidos de alquiler, partidos taxi, partidos de rejuntados o partidos tureca. Esos buscan el mejor postor y no para beneficio de la ciudadanía. Llegan al poder local ya comprados.
En este panorama el Frente Amplio es la opción electoral para el electorado progresista, de izquierdas, que repudia la corrupción en las Municipalidades y que cree que los gobiernos locales pueden ayudar a mejorar la calidad de vida de la población y a resolver problemas urgentes como la falta de agua y de vivienda, las carreteras y aceras en mal estado y la inseguridad.
El Frente Amplio es un partido político con candidaturas honestas que proponen un cambio verdadero en la gestión municipal: gobernar sin robar, gobernar con la gente y gobernar eficientemente. Los programas de gobierno elaborados con participación de la comunidad son la mejor carta de presentación del Frente Amplio.
El Frente Amplio está participando con su propia bandera amarilla y negra, en los siguientes cantones: San José, Pérez Zeledón, Desamparados, Goicoechea, Moravia, Vázquez de Coronado, Curridabat, Santa Ana, Aserrí, Acosta, Mora, Puriscal, León Cortés Castro, Alajuela, San Ramón, Palmares, Cartago, La Unión, Paraíso, Turrialba, Oreamuno, Heredia, Barva, San Rafael, San Pablo, San Isidro, Liberia, Cañas, Coto Brus, Montes de Oro, Limón y Siquirres. En coalición en los cantones de Montes de Oca y Belén.
El Frente Amplio agradece el apoyo electoral crítico a todas las candidaturas del Frente Amplio por parte del Partido Revolucionario de las y los Trabajadores (PRT), así como las muestras de simpatía de personas luchadoras sociales por la vivienda y colectivas feministas. Nos parece una posición constructiva, en condiciones donde se valora la unidad en la acción para enfrentar la ofensiva neoliberal de la nueva casta que encabezan Chaves-Cisneros, articular luchas político-sociales y cuestionar el patriarcado.
Creemos también en la capacidad de análisis de la coyuntura y el entendimiento de las personas luchadoras de los movimientos sociales alternativos y de la intelectualidad progresista, por eso les llamamos a votar por las papeletas del Frente Amplio a las personas ambientalistas, feministas, LGTBIQ+, sindicalistas, comunalistas, agraristas, indigenistas, estudiantes y jóvenes, mujeres que luchan por vivienda digna, personas trabajadoras de la cultura, defensoras de los DDHH, organizadas por los derechos de las personas con discapacidad, con pequeñas empresas y emprendimientos o de la economía social-solidaria.
No podemos ofrecerles transporte por lo que les pedimos movilizarse por sus propios medios hasta las urnas el domingo 4 de febrero de 2024. Salgan a votar y no dejen en manos de otros las decisiones del poder local. Que los muevan sus conciencias y su deseo de mejorar los cantones donde viven, trabajan y luchan. A todas les decimos que las personas que resulten elegidas por el Frente Amplio quedarán comprometidas a luchar por todos los derechos para todas las personas y por el programa de gobierno local ofrecido al electorado.
Comisión Política del Partido Frente Amplio, enero de 2024.
En estos días de tanto exceso de consumo alimenticio por las festividades y celebraciones, y antes de que aumente nuestro peso corporal y tengamos posteriormente algunos problemas digestivos… a caminar se ha dicho.
Les invitamos a compartir con nosotros la primera caminata familiar del año, ascenso a la histórica Piedra de Aserrí.
Salimos: 7:30 a.m.
Punto de partida: Parque de Aserrí
Distancia: 4 km.
Inversión. c 4.000 colones
Duración. 3 horas
Incluye. Guía acreditado – refrigerio y souvenir de la Fundación Caminantes de Costa Rica.
Descripción del recorrido
Esta es una de las rutas tradicionales históricas a la leyenda de la Bruja Zárate en las cercanías de la Piedra de Aserrí y cuyo ascenso es muy ecológico y retador, un tanto corto, pero de un grado de inclinación que amerita esfuerzo de altura.
Una estructura milenaria y con una leyenda muy impresionante.
Su recorrido es tipo sendero, con avistamientos hacia la GAM y las montañas del sur del país. 85% rendimiento físico. Es un reto personal y ecológico.
En la petitoria del día 29 de diciembre de 2023 se señala, en relación con la Junta Directiva de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), los siguientes puntos como antecedentes:
Primero. Esa Junta Directiva aprobó, en la sesión extraordinaria del viernes 27 de octubre de 2023, una revalorización de las pensiones del régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) para el periodo comprendido entre enero de 2022 y setiembre de 2023.
Segundo. Lo anterior muestra que esa Junta Directiva dejó de realizar tres revaluaciones semestrales a los montos de las pensiones.
Tercero. Por lo tanto, esa Junta Directiva dejó pasar 15 meses -desde el 31/12/2021 hasta el 30/09/2023- sin revaluar los montos de las pensiones, afectando no solo a los beneficiarios de IVM, sino extendiendo el plazo de exposición a eventos no solo inflacionarios, sino también deflacionarios.
Cuarto. En la página 6 del “Estudio REVALUACIÓN DE LOS MONTOS DE LAS PENSIONES EN CURSO DE PAGO DEL SEGURO DE INVALIDEZ, VEJEZ Y MUERTE EST-0085-2023, octubre 2023”, elaborado por la Dirección Actuarial y Económica de la CCSS, que sirvió de base técnica para el acuerdo de reajuste tomado por esa Junta Directiva, se indica lo siguiente: “La pérdida de valor en el tiempo de los montos de las pensiones en curso de pago se produce como consecuencia del aumento en el costo de bienes y servicios de la canasta básica o costo de vida”.
Quinto. No obstante, lo anterior, lo cierto es que, la metodología acogida y empleada por esa Junta Directiva para acordar el reajuste de marras, descrita en el Anexo 2 del informe antes citado, combinada con los períodos deflacionarios que se muestran en el Gráfico N° 1, concedió a un grupo de 34.099 pensionados beneficiarios, un beneficio adicional al de la pérdida de valor debido a la inflación de los precios.
Sexto. Esa Junta Directiva confunde dos conceptos que tienen un fundamento jurídico diferente y por eso están regulados en dos artículos distintos del Reglamento de IVM, el 28 y el 29, el primero sobre los reajustes por inflación y el segundo por el principio de suficiencia de la pensión mínima. Lo que está haciendo esa Junta Directiva sería como decir que cuando a un empleado se le pagan anualidades por experiencia, no se le hacen los reajustes por inflación, lo cual no tiene fundamento legal y a todas luces viola el artículo 11 de la Constitución.
En relación con lo anterior, la petitoria presentada señala los siguientes puntos:
Primero. El suministro del criterio jurídico legal que tuvo esa Junta Directiva para aprobar dicho reajuste en la forma que lo hizo, dejando por fuera a quienes estaban recibiendo el monto de la pensión mínima y beneficiando menos a quienes se pensionaron antes de enero/2022 en comparación con quienes se pensionaron después del diciembre/2021. Si no existiera dicho criterio jurídico solicitamos que así se haga constar.
Segundo. Que esa Junta Directiva corrija los defectos jurídicos que contiene el acuerdo de revaluación.
Tercero. Que esa Junta Directiva integre una comisión con participación ciudadana para la redacción de un proyecto de ley con una propuesta para incluir en la Ley Constitutiva de la Caja el mecanismo de revaluación de los montos de las pensiones de IVM.
Firman el M.Sc. Rodrigo Arias López, el Lic. Carlos Eduardo González Arroyo, el Lic. Jorge Manuel García Araya y el MBA. Juan Carlos Aguilar Zamora.
Le invitamos a consultar y leer el documento completo, con los cuadros referentes a los puntos de principal importancia, en este enlace. O bien:
Como parte del curso, el grupo visitó el sitio arqueológico y museo Finca 6, en la Zona Sur del país, el cual fue declarado Patrimonio de la Humanidad por la Unesco en el 2014. Foto: cortesía de Rosaura Chinchilla Calderón, UCR.
Curso Derecho y Antropología
Estudiantes y docentes manifestaron su deseo de que la Universidad ofrezca más cursos compartidos
De las decenas de cursos que tiene una carrera universitaria, hay algunos que dejan una marca singular en la vida del estudiante, ya sea por su contenido, por el docente, por la metodología o por “todas las anteriores”.
Este es el caso del curso Derecho y Antropología, el cual se impartió por primera vez en el segundo semestre del 2023, como una forma de acercamiento entre ambas disciplinas, en vista de la antiquísima y constante relación que hay entre ellas.
En términos prácticos, cada vez que se habla de derecho hay que remitirse a elementos antropológicos, mientras que la antropología hace referencia, una y otra vez, a los derechos humanos, patrimoniales y ambientales, entre muchos otros.
Si bien el curso se diseñó para estudiantes de estas dos carreras, también contó con la participación de personas que cursan las carreras de Agronomía, Educación, Economía, Farmacia, Matemática y Filología Española, lo cual nutrió aún más el trabajo interdisciplinario.
De esta manera, la visita que se realizó al sitio arqueológico de Finca 6, en la Zona Sur del país, se analizó no solo desde el Derecho y la Antropología, sino también recibió aportes en torno a la gestión económica de estos lugares y la labor educativa que se puede hacer en relación con el patrimonio cultural.
Enrique Valverde Porras, estudiante de Derecho y Contaduría Pública, valoró la experiencia como necesaria y como “un muy buen primer paso”, porque la formación en Derecho precisa complementarse con otras áreas del conocimiento. En este sentido, manifestó su deseo de que se ofrezcan más cursos interdisciplinarios entre Derecho y otras carreras.
“El Derecho no existe en el vacío. Las normas no se hacen solo porque sí. Pero en la Facultad, normalmente, no se explica el contexto de ellas. En Derecho, no hay ningún curso en que se vea esta materia de protección de patrimonio cultural. Si no hubiera llevado este curso, nunca hubiera sabido que estas cosas existían”, subrayó Valverde.
Por su parte, Natasha Hernández Arguedas, estudiante de Antropología, consideró que el curso fue bastante satisfactorio porque profundizó en temas legales y de derechos, algo de lo que se habla mucho a lo largo de su carrera, pero que difícilmente se aborda con la especificidad que se hizo en esta novedosa propuesta académica conjunta.
“El contenido que vimos es algo que estaré aplicando día a día porque mi énfasis de estudio es la arqueología y el trabajo en los museos. Además, el intercambio con los estudiantes de Derecho fue muy enriquecedor”, agregó Hernández.
A cargo del curso estuvieron las docentes Mónica Aguilar Bonilla, de Antropología, y Rosaura Chinchilla Calderón, de Derecho. Ambas coincidieron en la necesidad de seguir estimulando este tipo de cursos compartidos para ampliar los horizontes del estudiantado y desarrollar una mayor capacidad de trabajo en grupos interdisciplinarios.
“Algo que me llamó la atención es que muchos grupos se enfocaron en derechos de pueblos indígenas, inclusive derechos relacionados con identidad de diferentes pueblos en territorios compartidos. Ese nuevo horizonte que estaban descubriendo lo aplicaron bastante bien en los trabajos. […] En el caso de la antropología, este tipo de experiencias también permiten ir aterrizando muchas temáticas que se abordan. Por ejemplo, muchas veces se dice que las poblaciones vulnerabilizadas tienen derechos, pero cuáles derechos, específicamente de qué estamos hablando, cuál concepto aplica”, comentó Aguilar.
Mientras tanto, Chinchilla destacó el significativo aporte del curso para quienes estudian Derecho, porque todo les resultó una novedad, desde los términos de antropología y arqueología hasta la gira al sitio arqueológico Finca 6.
“Lograron darse cuenta de que la Antropología lo estudia todo y tiene relación con todo, así como el Derecho. Entonces se trata de empezar a unir cosas. Hay gente que quedó muy entusiasmada con ciertos temas y creo que de aquí van a salir algunos trabajos de graduación”, añadió Chinchilla.
“Para nosotros, desde la antropología, es muy habitual hablar de derechos humanos, la parte ambiental. Uno lo ve como natural. Inclusive, la relación del ser humano antes de sapiens hasta la actualidad. Pero también nos dimos cuenta de que no es algo que se conozca mucho en la universidad. […] Es increíble que en una universidad humanista haya pocos espacios para hablar de derechos humanos y de derecho ambiental. Entonces, para muchos de ellos, en realidad, esta es la única experiencia que han tenido o que, quizás, vayan a tener en la universidad para eso”.
Mónica Aguilar Bonilla, profesora de Antropología (izquierda)
“Para mí, fue una experiencia de aprendizaje, más que de facilitar. Pero, al margen de eso, es la convicción de que es lo que deberíamos hacer en la Universidad. Unir campos de estudio cuesta muchísimo poque la burocracia es tremenda. Entonces, hablar, por ejemplo, de derecho y literatura, derecho y biología, derecho y arqueología, o antropología y biología, esos proyectos conjuntos son muy valiosos, apostar por la interdisciplinariedad, pero cuesta mucho por todas estas cuestiones burocráticas de las matrículas y las coordinaciones”.
Rosaura Chinchilla Calderón, profesora de Derecho (derecha)
Fernando Montero Bolaños Periodista, Oficina de Comunicación Institucional, UCR
La Unión Hispanomundial de Escritores, junto a Mil Mentes por México Internacional y con el respaldo de la Academia Mundial de Literatura, Historia, Arte y Cultura, así como la UNACCO Centro y Sudamérica, han otorgado el «Premio Mundial Águila de Oro a la Excelencia Literaria» al escritor costarricense Herbert Enrique Contreras.
El reconocimiento, ratificado por el Centro Universitario Cever Siglo XXI y otras instituciones asociadas a la Alianza de Líderes Globales, resalta las notables contribuciones literarias de Contreras durante el año 2023. Este galardón destaca no solo su destreza artística, sino también su compromiso con la excelencia global, consolidando su posición como una figura destacada en la escena literaria internacional. La distinción subraya el impacto duradero de su obra y su relevancia en la herencia cultural y literaria mundial.
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