Ir al contenido principal

SIFUPCR felicita a las mujeres de Costa Rica y les llama a organizarse

Desde el SIFUPCR felicitamos a todas las mujeres de Costa Rica y les llamamos a organizarse y defender la Patria y la institucionalidad. ANIMARSE a romper las cadenas de la opresión, construir una cultura de amor e inclusión humana y salirse de los distintos círculos de violencia que el sistema promueve.

Y de cara al 03 de abril utilizar su inteligencia emocional, social y profundamente humana, para votar sin que las falsas promesas de siempre y los bellos discursos priven sobre sus realidades.

Se la trajeron al suelo políticos y magistrados

Manuel Hernández

En el siglo pasado, las democracias fueron derribadas con acciones militares y golpes de Estado.

En Guatemala, Chile, Argentina, Brasil, República Dominicana, la derrocaron con violentos golpes de Estado, que nos dejaron miles de compatriotas latinoamericanos muertos y desaparecidos.

Pero, modernamente, afirma The New York Times, las democracias se han derrumbado mayoritariamente, no con golpes violentos, sino a través de un deslizamiento gradual hacia el autoritarismo.

Nuestra democracia, la de la Suiza centroamericana, que aunque ciertamente nunca fue perfecta, radicada en la Constitución de 1949, resultado de una dolorosa guerra civil, la derrumbaron políticos y Magistrados, de manera motorizada, en menos de los últimos 4 años.

Esta subversión de la institucionalidad democrática, se fraguó a merced de un poderoso y autoritario tridente legislativo: Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (2018), la regresiva Ley Antihuelgas (2020), y para coronar esta vorágine neoliberal, la Ley Marco de Empleo Publico (2022), que, en definitiva, dinamitó nuestro diseño constitucional.

Nuestro mayor desafío, ahora más que nunca, es recuperar el Estado Social y Democrático.
08/03/2022

8 de marzo, lucha, compromiso, transformación y cambio: Memoria histórica y resistencia femenina

Clara Zetkin con Luxemburgo en enero de 1910.

Por Ana Cecilia Jiménez Arce, Alfonso Pardo Martínez, Trino Barrantes Araya

“A las madres que sucumbieron en la defensa de sus tierras, que lucharon contra la usurpación y despojo imperial. En la lucha por su derecho a la vida, de vivir en paz y en libertad. A aquellas mujeres que a pesar de ser madres con mucho heroísmo resistieron a la invasión bárbara europea de la América, en su propósito sublime perecieron con valor y dignidad”.

Con un excelente suceso, el sábado 5 de marzo de 2022, bajo el llamado a un conversatorio denominado : “LGTBIQ+, Feminismos Históricos y Nuevas Masculinidades” y, en el marco de un aniversario más, a fin de conmemorar el 8 de marzo; con narrativas muy novedosas y de grandes retos y desafíos, la exponente y los otros dos exponentes: Irene Barrantes Jiménez, militante orgánica del Frente Amplio, Alfonso Pardo, miembro del Comité Ejecutivo Nacional del PVP y Marco Castillo Rojas, presidente de la Organización Interseccional y gran defensor de los derechos de las poblaciones LGTBIQ+ , cada una y uno de ellos, desde su posición teórica-metodológica, dejaron esa sensación de novedad que requieren las izquierdas respecto a los temas tratados.

En las diferentes intervenciones, se hizo un recorrido, por los largos e intrincados caminos de nuestros pueblos, las luchas femeninas, la afirmación de los Derechos y el papel de las mujeres en esta afirmación de sus roles.

Irené señaló que una voz, un abrazo o la tierna caricia de un beso, nos hacen recordar -a las mujeres- que estamos más vivas que nunca, que nuestros cuerpos como territorios libres y afirmación de autonomías siguen siendo imprescindibles en la construcción de una sociedad igualitaria y justa.

Para los tres ponentes(a), obviamente, cada 8 de marzo, obliga al repaso de aquellas jornadas heroicas de las mujeres obreras en sus luchas reivindicativas para exigir y arrancar mejores condiciones de vida y trabajo al voraz sistema opresor, machista, misógino y de capitalismo explotador, cuya lógica es absolutizar la ganancia por encima de cualquier otra condición.

En honor a un hecho histórico concreto, fue Clara Zetkin, quien, desde la doctrina del marxismo, analizó científicamente los mecanismos de explotación a los que eran sujetas las mujeres. Por eso, en 1910, en la II Conferencia Internacional de Mujeres Socialistas se propuso celebrar el 8 de marzo como una Jornada internacional dedicada a la mujer. A ella devendrían compromisos históricos significativos como el de Rosa Luxemburgo, Alejandra Kolontay, y miles de mujeres más.

La historia no es posible pensarla sin tener los referentes femeninos ancestrales y contemporáneos. Tlazoltéotl, la diosa luna de los huastecos, marca de alguna manera esa ruta. Así entonces, frente al discurso patriarcal, xenofóbico y machista, la voz femenina ha decodificado las estructuras de poder. Brevemente:

 “En la antigua Grecia, Lisístrata empezó una huelga sexual contra los hombres para poner fin a la guerra; en 1789, la Revolución Francesa, las parisienses que pedían «libertad, igualdad y fraternidad» marcharon hacia Versalles para exigir el sufragio femenino /…/ La idea de un día internacional de la mujer surgió al final del siglo XIX, que fue, en el mundo industrializado, un período de expansión y turbulencia, crecimiento fulgurante de la población e ideologías radicales”.

Pero la historia avanza, no es estática, no se queda ahí, se amplifica en cada espacio de sus tejidos sociales. Así nombres como Ifigenia, Las Amazonas o Aspasia, la mujer más famosa de Atenas en tiempos de Pericles, Safo, de la cuál no tenemos muchas noticias pues la iglesia mandó a quemar toda su obra; Sukaina, que desafió a su propio bisabuelo, a Mahoma, demostrándole que en ninguna parte del Corán se les exigía a las mujeres cubrirse la cara con un velo. Sherezade, la gran tejedora de la narrativa popular, la creadora del cuento oral.

Por eso, nuestro homenaje es para nosotras mismas – nos dice Ana Cecilia-, contra la violencia estructural de un sistema, que nos subordina en todos los espacios de nuestras vidas, porque el trabajo productivo y reproductivo de la mujer, sigue sin valorarse socialmente.

 Cada siglo, un largo camino de afirmación, cada trozo de historia de nuestro continente, un legado de la feminidad en la memoria histórica. No agotamos para nada la lista de mujeres comprometidas con los cambios importantes de la sociedad.

Anacaona, Kura Oqllo, Mama Asarpay, María Kusi Warcay, Guacolda y en nuestro país Biriteca, cuyo valor le dio la seguridad a Coyoche para que, conjuntamente con Pabru Presberi, mantuvieran la resistencia más grande a la invasión española, solo comparada con esa larga memoria inquebrantable de los mapuches.

En América Latina, el proceso colonial tampoco fue ajeno a esta historia de la feminidad. Los grandes nombres ausentes en nuestra historiografía están encabezados por Ana de Tarna, María Gregoria, Juana Moreno, Micaela Bastidas Puyuqawa, Tomasa Tito Condemayta, Bartolina Sisa, Cecilia Tupac Amaru.

Otra gran etapa en esta larga historia de las mujeres, se registra en el siglo XIX, porque la afirmación del Estado/nación no hubiese sido posible sin el papel decidido de las mujeres. Permítasenos referir tres nombres que no pueden seguirse escamoteando. Hacemos referencia, sin lugar a dudas a Juana de Azurduy, a la cual la historia refiere como la máxima heroína de la Independencia de América. Pero en este orden el compromiso de Manuela Sáenz o de Pancha Carrasco, no tienen ningún demérito, son parte de esa afirmación del proceso de los feminismos.

Al devenir el siglo pasado, el papel lo jugarán, sin temor a equivocarnos, las sufragistas norteamericanas y Ángela Acuña Brown en Costa Rica y todas aquellas mujeres que de una u otra forma, fueron creando el tejido social de la feminidad.

Este 8 marzo compartimos el homenaje con las compañeras de las maquilas, las mujeres trans, las lesbianas, de los territorios ancestrales indígenas, las amas de casa, las profesionales, campesinas, estudiantes, en recuerdo de las madres solteras, para esa mujer que levanta la lucha por los Derechos Humanos en su barrio o que debe inmolarse ante un vulgar capital imperialista, en defensa de lo más sagrado de sus tierras, de sus creencias, de sus territorios internos y su ecología interior, como son los casos de María del Mar Cordero en Costa Rica, el de Berta Cáceres en Honduras y más recientemente el de Keyla Patricia Martínez y la cientos de mujeres víctimas del feminicidio en nuestro país.

Finalmente, dos breves comentarios para situar históricamente la fecha que conmemoramos:

“…En 1945, la Carta de las Naciones Unidas ( link is external ) se convirtió en el primer acuerdo internacional que establece el principio de igualdad entre mujeres y hombres. Dos años después, en diciembre de 1947, la Asamblea General aprobó una resolución por la que se proclamaba el Día de las Naciones Unidas para los Derechos de la Mujer y la Paz Internacional, que los Estados Miembros deben observar todos los días del año, en conformidad con su tradiciones históricas y nacionales. (Día Internacional de la Mujer (unesco.org) /…/ En 1975 la ONU, celebra por primera vez el DIA INTERNACIONAL DE LA MUJER. 8 de marzo, y en 1995, se da la Declaración por los Derechos de las mujeres. Esta se conoce como la Declaración y Plataforma de Beijing…”

Breve cronología del día internacional de la mujer: 8 de marzo

  • 1900: las mujeres alemanas dirigen una serie de peticiones al Reichstag para exigir el acceso a la universidad y la posibilidad de presentarse a oposiciones.
  • 1907: en Austria, los landstag deciden establecer el voto general y obligatorio.
  • 1909 comenzó la huelga de las camiseras (New York shirtwaist strike of 1909), también conocido como el Levantamiento de las 20.000 (Uprising of the 20.000).La huelga dirigida por Clara Lemlich y apoyada por la Liga Nacional de Sindicatos de Mujeres Estados Unidos (National Women’s Trade Union League of America – NWTUL)
  • De conformidad con una declaración del Partido Socialista de los Estados Unidos de América el día 28 de febrero se celebró en todos los Estados Unidos el primer Día Nacional de la Mujer, que éstas siguieron celebrando el último domingo de febrero hasta 1913.
  • 1910: La Internacional Socialista, reunida en Copenhague, proclamó el Día de la Mujer, de carácter internacional como homenaje al movimiento en favor de los derechos de la mujer y para ayudar a conseguir el sufragio femenino universal. La propuesta fue aprobada unánimemente por la conferencia de más de 100 mujeres procedentes de 17 países, entre ellas las tres primeras mujeres elegidas para el parlamento finés. No se estableció una fecha fija para la celebración.
  • 1911 como consecuencia de la decisión adoptada en Copenhague el año anterior, el Día Internacional de la Mujer se celebró por primera vez (el 19 de marzo) en Alemania, Austria, Dinamarca y Suiza, con mítines a los que asistieron más de 1 millón de mujeres y hombres. Además del derecho de voto y de ocupar cargos públicos, exigieron el derecho al trabajo, a la formación profesional y a la no discriminación laboral- 1911, más de 140 jóvenes trabajadoras, la mayoría inmigrantes, murieron en el trágico Incendio en la fábrica de camisas Triangle Shirtwaist de Nueva York. Este suceso tuvo grandes repercusiones en la legislación laboral de los Estados Unidos, y en las celebraciones posteriores del Día Internacional de la Mujer se hizo referencia a las condiciones laborales que condujeron al desastre.
  • 1913-1914 En el marco de los movimientos en pro de la paz que surgieron en vísperas de la primera guerra mundial, las mujeres rusas celebraron su primer Día Internacional de la Mujer el último domingo de febrero de 1913. En el resto de Europa, las mujeres celebraron mítines en torno al 8 de marzo del año siguiente para protestar por la guerra o para solidarizarse con las demás mujeres.
  • 1914: En Alemania, Suecia y Rusia se conmemora por primera vez, de manera oficial, el Día Internacional de la Mujer Trabajadora.
  • 1917 como reacción ante los 2 millones de soldados rusos muertos en la guerra, las mujeres rusas escogieron de nuevo el último domingo de febrero para declararse en huelga en demanda de «pan y paz». Los dirigentes políticos criticaron la oportunidad de la huelga, pero las mujeres la hicieron de todos modos. El resto es historia: cuatro días después el Zar se vio obligado a abdicar y el gobierno provisional concedió a las mujeres el derecho de voto. Ese histórico domingo fue el 23 de febrero, según el calendario juliano utilizado entonces en Rusia, o el 8 de marzo, según el calendario gregoriano utilizado en otros países.
  • 1975 coincidiendo con el Año Internacional de la Mujer, las Naciones Unidas celebraron el Día Internacional de la Mujer por primera vez, el 8 de marzo.
  • 1995 la Declaración y la Plataforma de Beijing, una hoja de ruta histórica firmada por 189 gobiernos hace 20 años, estableció la agenda para la materialización de los derechos de las mujeres.
  • 2014 en la 58 Sesión de la Comisión sobre la Condición Jurídica y Social de la Mujer (CSW58), la reunión anual de Estados para abordar cuestiones relativas a igualdad de género, se centró en los «Desafíos y logros en la aplicación de los Objetivos de Desarrollo del Milenio para las mujeres y las niñas». Las entidades de las Naciones Unidas y las organizaciones no gubernamentales (ONG) acreditadas por ECOSOC debatieron sobre los avances realizados y los retos pendientes para cumplir los ocho Objetivos de Desarrollo del Milenio.

La Mujer y la Defensa del Territorio

SURCOS comparte la siguiente invitación:

«Foro internacional: Participarán Cindy, compañera Böran-Térraba (Costa Rica) defensora de territorios de pueblos originarios; compañera Laura, con un amplio conocimiento y luchas colectivas contra mega empresas que destruyen pueblos y territorios en Guatemala; Nora, madre de Keyla (Honduras) decidida a lograr Justicia Para Keyla y cada víctima de feminicidios en el mundo, articulada a todas las familias y pueblos. Y otras valiosas compañeras.

Nuestra presencia es una manifestación de sororidad, solidaridad y acuerpamiento en acción».

Puede ver los detalles para seguir el foro en el afiche.

Frente a segunda ronda, ciudadanía vigilante espera respuestas – Comunicado

De cara a la segunda ronda, es imprescindible saber cómo responden los dos candidatos a los planteamientos que presentaremos a continuación, y que reflejan preocupaciones cotidianas de la ciudadanía.

Creemos fundamental e importante escuchar, analizar qué dicen o qué no dicen los candidatos sobre el empleo, la educación, la estabilidad financiera, si son directos en sus respuestas o las evaden, si tienen propuestas viables y quiénes son los equipos que les acompañarían en su Gobierno.

Debemos mirar más allá de las apariencias para poder votar conscientemente y con intuición.

Señores candidatos, queremos saber:

1. Costa Rica se ha comprometido como país a escala internacional, a lograr la igualdad entre las mujeres y los hombres, ¿qué medidas concretas hará su gobierno para cumplir con esta obligación? ¿Qué medidas tomará para garantizar que esas obligaciones se incluyan en los programas y planes operativos institucionales?

2. ¿Cómo van a enfrentar el problema del desempleo y del empleo de mala calidad que afecta actualmente a la población costarricense?

3. Las mujeres presentan los mayores niveles de desempleo, subempleo, empleo informal y mal pagado, y enfrentan enormes limitaciones para salir a trabajar, debido a las labores de cuido, ¿Qué medidas y programas concretos y realizables proponen para que las mujeres tengan acceso a trabajos de calidad y bien remunerados?

4. ¿Qué propuestas tienen para mejorar el acceso a los servicios de salud? ¿Cómo van a asegurar la estabilidad financiera de la CCSS con servicios de calidad para toda la población?

5. ¿Cómo se va a asegurar un proceso de envejecimiento digno para la creciente población mayor?

6. Nos preocupa profundamente la grave crisis educativa que vive la población estudiantil del sector público, ¿Qué medidas concretas y efectivas tomarán para asegurar una educación de calidad y detener la exclusión educativa?

7. Ante eventuales descontentos populares por decisiones de gobierno, ¿qué mecanismos utilizarán para considerar las posiciones de sindicatos, organizaciones sociales y demás sectores de la sociedad civil?

8. ¿Cuáles serán sus prioridades en programas y políticas para el sector agropecuario? ¿Fomentarán las plantaciones de piña, banano y melón, productos agrícolas altamente contaminantes junto con la precariedad de la condiciones de estos trabajos? ¿Qué medidas tomarán para fomentar la producción de alimentos para consumo nacional? ¿Qué propuestas tienen en relación al problema del cambio climático en el sector agropecuario?

9. ¿Qué medidas van a tomar para mejorar las políticas y programas para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia femicida?

10. ¿Promoverán el cierre, venta o participación privada en instituciones estatales? En caso afirmativo: ¿Cuáles son sus propuestas?

11. ¿Cómo implementarían la regla fiscal para que no afecte los programas sociales?

12. ¿Cuáles son sus propuestas para fortalecer el Estado social de derecho y la institucionalidad pública?

13. ¿Cómo resguardarán los recursos económicos de las instituciones que protegen los derechos de las mujeres en toda su diversidad, los derechos humanos en general y el medio ambiente?

14. ¿Cómo resolverán los conflictos por usurpación de tierras en los territorios indígenas?

Demandamos respuestas claras y concretas a estas preguntas para tomar una decisión informada y responsable el próximo 3 de abril.

Estaremos vigilantes de que las instituciones que garantizan el Estado social de derecho no se cierren ni cambien su naturaleza sino, por el contrario, se fortalezcan para que puedan cumplir con sus mandatos para garantizar el bienestar de toda la población.

Estos, entre otros temas, serán nuestra preocupación y exigencia por los cuales estaremos vigilantes a lo largo de todo el gobierno.

Iniciativa:

1. Alda Facio Montejo Cédula 103830940
2. Ana Cecilia Escalante Herrera Cédula 103600701
3. Ana Elena Badilla Cédula 105290786
4. Ciska Raventós Vorst Cédula 900360482
5. Marta Solano Arias Cédula 104530311
6. Rodrigo Jiménez Sandoval Cédula 105370978
7. Roxana Arroyo Vargas Cédula 106430057
8. Sharo Rosales Arce Cédula 106920853
9. Thais Aguilar Zúñiga Cédula 105870972
10. Vilma Leandro Zúñiga Cédula 303360920

Puede ser parte de esta iniciativa firmando en el siguiente formulario: https://forms.gle/sD67gcsWx3XwXH838

Compartimos el documento original en formato PDF para descargar:

El gran desafío histórico

Manuel Hernández

La Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano (1789), es la piedra angular de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948).
El artículo 16 de la primera Declaración estableció:

“Artículo 16.-
Una sociedad en la que no está establecida la garantía de los Derechos, ni determinada la separación de los Poderes, carece de Constitución.”

Nuestra Constitución Política se promulgó hace más de 70 años (1949).
La custodia de la supremacía de nuestra Constitución y la supremacía de los Derechos Humanos se le confió a la Sala Constitucional.

Las opiniones consultivas de la Sala Constitucional acerca de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, la Ley de contrarreforma del Código de Trabajo, N* 9808, en materia de huelga, y los pronunciamientos más recientes del Proyecto de Ley Marco de Empleo Publico (N* 2021-017098 y N* 2022-02872), implican, en términos generales, lo siguiente:

1.- En primer lugar, una gravísima alteración del diseño constitucional y democrático de nuestro ordenamiento jurídico, que, por una parte, lesiona el principio de independencia de Poderes, y por otra parte, vacía de contenido las autonomías de las universidades públicas, CCSS y las municipalidades.
2.- El desmantelamiento y menoscabo de los servicios públicos, a merced de la salvaje Regla Fiscal.
Los servicios públicos son la infraestructura de la democracia.
3.-En tercer lugar, una grave vulneración de los derechos fundamentales de la clase trabajadora: el derecho de huelga y negociación colectiva.
La libertad sindical es inherente a cualquier sistema Democrático.
4.- Además, como si lo anterior fuera cualquier cosa, implica una seria lesión del derecho fundamental a un salario que sea suficientemente justo y remunerativo, que por lo menos se ajuste al aumento en el costo de vida.

Este aluvión de pronunciamientos del Tribunal del Perpetuo Martirio de la Constitución, se vuelan, de un solo plumazo, el principio de independencia de poderes y enervan derechos fundamentales de la clase trabajadora.

Pero no dejemos abandonado en el tintero el artículo 16 citado de la Declaración de los derechos del hombre y el ciudadano: nuestra Constitución fue derrumbada, porque los derechos más preciados de las personas trabajadoras no fueron garantizados y la arquitectura de nuestro ordenamiento constitucional fue aniquilada.

La jurisprudencia de la Sala, que en la práctica funciona como un Senado, abrazó la doctrina neoconstitucional, inspirada en el fundamentalismo neoliberal de Hayek, Buchanan y Friedman.
!Nos arrebataron, en tan poco tiempo, pero de una manera tan violenta, la Constitución de 1949!

Este es el mayor desafío histórico que tenemos: recuperar el Estado Social y Democrático.

UCR, Voz experta: Chile está a punto de rectificar su postura frente al Acuerdo de Escazú, mientras que Costa Rica se limita con los demás a… ¿mirar?

Por Nicolas Boeglin, profesor de la Facultad de Derecho

Hoy, 4 de marzo, el Acuerdo de Escazú cumple cuatro años. Este tratado es tanto un instrumento ambiental como un tratado de derechos humanos. Nuestro país continúa sin ratificarlo, a pesar de los ataques a quienes defienden el ambiente

«En los años anteriores de conflicto armado hubo muchos líderes que también sufrieron y fueron desaparecidos. Los que asesinaron a mi hijo pensaron que estábamos en esa época todavía, en la que un líder se levantaba a reclamar sus derechos y todos los demás se quedaban callados. Pero se equivocaron, porque yo no me voy a callar», Rodrigo Tot, líder q’eqchi de Agua Caliente de Guatemala, entrevista a El País (España), artículo publicado el 10 de febrero del 2022

El pasado 22 de febrero del 2022, el Acuerdo de Escazú cumplió diez meses desde que entró oficialmente en vigor. Se trata del primer tratado ambiental en América Latina y el Caribe.

A nivel ya no solamente regional, sino global, constituye un instrumento internacional único, que contiene, por vez primera, disposiciones específicas para proteger a quienes defienden el ambiente desde sus comunidades. Al respecto, su inminente entrada en vigor fue celebrada por varios órganos universales de derechos humanos de Naciones Unidas, organización que precisó en su comunicado conjunto que:

«El resto de las naciones de la región de América Latina y el Caribe deberían avanzar rápidamente hacia la ratificación del Acuerdo de Escazú para maximizar la eficacia del tratado en la protección de los derechos humanos frente a las actuales crisis interconectadas del clima, la biodiversidad y la contaminación» (véase el comunicado oficial de Naciones Unidas, del 9 noviembre del 2020).

Pese a este y muchos otros llamados, a la fecha solo 12 Estados (de 33 posibles) lo han ratificado (véase el estado oficial de firmas y ratificaciones). Estos se reunirán en Santiago de Chile (sede de la Cepal) el próximo mes de abril, para lo que constituirá la primera reunión oficial de Estados Parte a este novedoso instrumento.

En efecto, a cuatro años desde su adopción en Costa Rica (hoy 4 de marzo del 2022), se registran 24 firmas de Estados y 12 ratificaciones. En América Latina, persisten en ni siquiera registrar su firma Chile, Cuba, El Salvador, Honduras y Venezuela; al tiempo que, entre los que lo han firmado, persisten en no ratificarlo Brasil, Colombia, Costa Rica, Guatemala, Haití, Perú, Paraguay y República Dominicana.

Para quienes no estén muy familiarizados con el trámite de aprobación de un tratado internacional, es menester recordar que mientras el Poder Ejecutivo no firme un tratado internacional (una sencilla instrucción, usualmente enviada desde la capital a su representante ante la sede de Naciones Unidas en Nueva York para proceder a depositar un documento que oficializa la firma del Estado) no hay cómo iniciar una campaña en favor de su aprobación por parte del Poder Legislativo. Es lo que precisamente ocurre en el caso de los Estados citados en la primera lista.

Como se recordará, este tratado regional fue adoptado en marzo del 2018 en Costa Rica, después de un largo proceso de negociación de varios años liderado de forma conjunta por Chile y Costa Rica. El nombre completo del Acuerdo de Escazú (véase el texto completo de su versión oficial en español) es Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe.

Resulta de interés precisar, además, que la disposición específica relativa a la necesidad de proteger a  los defensores del ambiente se debe a una iniciativa conjunta de Chile, Costa Rica, Panamá, Paraguay y Perú, que configuró lo que finalmente se convirtió en el artículo 9 del Acuerdo de Escazú aprobado en el 2018 (véase la nota oficial presentada por este grupo de Estados a las demás delegaciones durante el proceso de negociación). 

Recientemente (14 de febrero del 2022), la revista National Geographic publicó un valioso artículo titulado «Defender la tierra, pagar con sus vidas» sobre el angustiante drama que se vive en varias regiones de Colombia: una situación muy similar a la que viven poblaciones campesinas en varias otras latitudes del continente americano. Un columnista colombiano no dudó en escribir en las primeras semanas del año 2022 que «Nuestros abundantes recursos naturales en Colombia son una maldición. Y querer ayudar a conservarlos, una condena de muerte» (véase «Ecologista: profesión peligro«, publicada en El Espectador el 24/01/2022).

Chile: la urgencia del tiempo

Las nuevas autoridades chilenas electas han anunciado que rectificarán en los primeros días de su gestión lo acontecido durante la Administración del presidente Sebastián Piñera con este acuerdo internacional pionero (véase la nota de prensa del 6/02/2022).

Como bien se recordará, el presidente Piñera asumió sus funciones el 11 de marzo del 2018, una semana después de aprobarse en Escazú el texto que la Administración de la presidente Michelle Bachelet había promovido. Al respecto, el título de este artículo publicado en El País (España) en setiembre del 2020 «Chile abandona el acuerdo medioambiental de Escazú que lideró en la región» traduce bien la inconsistencia y la incoherencia de las autoridades de Chile desde el 2018 al negarse a tan siquiera firmar este instrumento regional de vanguardia para la región y para el mundo.

Las razones (algo originales) esgrimidas por las autoridades chilenas para no firmarlo fueron analizadas en detalle en este valioso artículo conjunto de dos juristas chilenas, Valentina Durán Medina y Constance Nalegach Romero, titulado «¿Por qué Chile debe adherir al Acuerdo de Escazú?», cuya lectura se recomienda. En septiembre del 2020, un documento (véase el texto completo) sin firma, ni indicación de los departamentos del que procede, ni tampoco número de consecutivo, ni mayores detalles que toda buena administración pública incluye en cualquiera de sus oficios, fue divulgado por las autoridades chilenas, reafirmando las razones que impiden, según ellas, a Chile firmar el texto. En lugar de la firma, en la parte final, nuestros lectores observarán que aparece simplemente la mención «Ministerio del Medioambiente – Ministerio de Relaciones Exteriores«.

Es muy probable que la adhesión de Chile  será muy rápida de registrar en Naciones Unidas por parte del nuevo Poder Ejecutivo apenas tome oficialmente posesión (11 de marzo del 2022); seguida luego de un cabildeo con los partidos políticos en el Poder Legislativo para aprobarlo, con el objetivo de poner a Chile al unísono con un clamor general en América Latina y con los lineamientos como los que contiene el Acuerdo de Escazú en materia de justicia ambiental y de derechos de quienes defienden el ambiente.

Estos lineamientos, además, coinciden no solamente con los que promueven diversas entidades de derechos humanos de Naciones Unidas, sino también —pese a que ello no se divulgue mayormente en algunos círculos políticos y económicos— con los de la misma OCDE o del Banco Mundial (véase el comunicado oficial de este último celebrando su entrada en vigor el pasado 22 de abril del 2021).

El cambio de orientación política en Chile augura un regreso muy pronto de este país al Acuerdo de Escazú. Al respecto, noticias halagadoras recientes, como esta nota del 2 de marzo del 2022, así nos lo confirman. Por tanto, es muy factible, pese a la premura del tiempo, que Chile sí logre participar en la reunión prevista en Santiago el 21 de abril del 2022 y que constituirá la primera COP1 (de las siglas en inglés de «Conference of Parties«).

La Conferencia Preparatoria a la COP1 (por sus siglas PreCOP1) fue fijada por la Cepal para celebrarse hoy 4 de marzo del 2022, una fecha en la que el Acuerdo de Escazú cumple exactamente 4 años desde su adopción en Costa Rica (véase el comunicado de la Cepal).

Costa Rica:  una persistente interrogante

En lo que concierne a Costa Rica, sigue interpelando a numerosos observadores internacionales y a organizaciones, tanto en América Latina como en otras latitudes, el hecho de no haber ratificado un instrumento que lleva el nombre de uno de sus cantones y que trata sobre ambiente y derechos humanos: dos pilares tradicionales de la política exterior de Costa Rica sobre los que ha basado su imagen y su prestigio internacionales.

Esta insólita ausencia de Costa Rica se entiende cada vez menos con el pasar del tiempo: ya han ratificado el Acuerdo de Escazú sin generar algún tipo de problema Estados como Bolivia y Uruguay (2019), Ecuador, Panamá y Nicaragua (2020), así como Argentina y México (2021). En este 2022, es muy factible que algunos cambios políticos en Suramérica (además del acaecido en Chile) auguren varias nuevas ratificaciones.

Foto de una manifestación contra el proyecto minero de Crucitas en Costa Rica. Imagen extraída del artículo «Canadian groups tell gold company to »stop harassing» Costa Ricans» (Bilaterals.org., edición del 17/04/2013).

Cabe recordar que, en el mes de febrero del 2020, en primer debate, se adoptó con 44 votos a favor y 0 en contra en la Asamblea Legislativa costarricense. Varios de los actuales legisladores luego cambiaron de parecer, debido a la fuerte presión ejercida por diversas cámaras empresariales costarricenses que se oponen a este instrumento con base en supuestos «argumentos», cuyos autores rehúyen el debate público con especialistas en materia ambiental (Nota 1).

El titular de esta nota de prensa de abril del 2021 que se lee así «Acuerdo de Escazú entrará en vigor sin la ratificación de Costa Rica, uno de sus impulsores», del programa radial Amelia Rueda, refleja (al igual que en el caso de Chile), la incoherencia  e inconsistencia de las autoridades costarricenses.

Las extrañezas del Poder Judicial costarricense ante el Acuerdo de Escazú

Es de resaltar el hecho que, desde la Sala Constitucional, un solo magistrado, Paul Rueda Leal (de siete integrantes) evidenció la innecesaria complicación que esta jurisdicción le significó en el 2020 a la aprobación del Acuerdo de Escazú, con base en argumentos y en un cambio de su línea jurisprudencial más que cuestionables (Nota 2).

Al respecto, vale la pena advertir que en ninguno de los 12 Estados que ya han ratificado el Acuerdo de Escazú —así como Perú (véase la opinión del Poder Judicial recogida en este documento oficial)—, sus poderes judiciales externaron un criterio tan insólito (como erróneo) como el de la Corte Plena del Poder Judicial de Costa Rica: según esta última, el Acuerdo de Escazú conllevaría un gasto adicional para el funcionamiento y un cargo a las finanzas del Poder Judicial costarricense. Esta lectura tan aislada en el continente viene a confortar aún más lo externado por el precitado magistrado en su primer voto salvado del mes de marzo del 2020, al señalar la lectura completamente errada hecha por la Corte Plena y por la mayoría de la Sala Constitucional (véase el texto completo de la sentencia 06134-2020 de marzo del 2020):

«Se advierte con facilidad que tal norma en ningún momento le impone al Poder Judicial la obligación de brindar asistencia técnica y gratuita, la cual corresponde implementarse a partir de las condiciones propias del ordenamiento jurídico de cada país«.

El mismo magistrado, en una segunda decisión de agosto del 2020 (véase el texto de la sentencia 015523-2020) explicó de manera detallada el súbito cambio de línea jurisprudencial al que procedió la Sala, no sin antes concluir su voto salvado señalando que:

«Con lo anterior se evidencia, que la postura de la mayoría viene a desconocer estas potestades de la Asamblea y el trámite establecido por interna corporis. A partir de los argumentos expuestos, considero viable que el Plenario consulte al Poder Judicial, subsane la omisión y continúe con el debido procedimiento legislativo, como ocurrió en el sub examine. La tesitura contraria, escogida por la mayoría de la Sala, redunda en un evidente atraso en el trámite parlamentario del proyecto ‘Aprobación del Acuerdo Regional sobre el acceso a la información, la participación pública y el acceso a la justicia en asuntos ambientales en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú)‘».

A estas extrañas actuaciones de la justicia costarricense constitucional, se vienen añadir otras anomalías del aparato judicial, al parecer decidido a aplazar o dificultar, de una u otra manera, el trámite de aprobación del Acuerdo de Escazú. En este artículo publicado en abril del 2021 leemos que, para quien fue la negociadora en nombre de Costa Rica del Acuerdo de Escazú, Patricia Madrigal Cordero:

«‘Primero, se aparta del criterio de servicio técnicos de la Asamblea Legislativa… y también se aparta del criterio de servicios técnicos del Poder Judicial que considera que este proyecto de ley no afecta de manera orgánica al funcionamiento del Poder Judicial y menos tratándose de un tratado de derechos humanos, continuó la exviceministra.

Segundo, la magistrada Nancy Hernández, en una nota, manifiesta sus preocupaciones interpretativas del Acuerdo de Escazú que coincidentemente son las mismas que ha encontrado la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (UCCAEP) para oponerse al proyecto, añadió Madrigal«.

Salvo error de nuestra parte, no se ha sistematizado este conjunto de extrañezas provenientes del Poder Judicial que tienden a complicar la aprobación del Acuerdo de Escazú. Se sugiere a investigadores y a especialistas en la materia realizar un análisis minucioso del trámite sufrido por el Acuerdo de Escazú ante tan original interpretación en aras de explicarnos de donde podrá provenir tan inusual mezquindad del juez constitucional costarricense, comparando (por ejemplo) los criterios emitidos para la aprobación de otros tratados internacionales que contienen disposiciones formuladas de manera muy similar a las del Acuerdo de Escazú: es posible que sus conclusiones tiendan a consolidar la idea según la cual, por razones que creemos se deben conocer, el Acuerdo de Escazú posee a muy decididos detractores dentro del mismo Poder Judicial.

Los supuestos «argumentos» en contra de Escazú: una facilidad para rebatirlos que merece mención

Hace unos meses, se publicó por parte de la Asociación Costarricense de Derecho Internacional (Acodi) un valioso artículo que refuta nuevamente los falsos argumentos y los verdaderos mitos creados por algunas cámaras empresariales costarricenses (y sus siempre hacendosas fichas políticas) en contra de este instrumento: véase el artículo titulado «El Acuerdo de Escazú sin Costa Rica», cuya lectura recomendamos. De igual manera, nos permitimos  referir al lector a un muy valioso esfuerzo del equipo de periodistas de DobleCheck, el cual examinó en detalle cada uno de los argumentos de una influyente cámara empresarial (véase el documento), en el que podemos leer que:

«Doble Check conversó el viernes 23 de abril con Álvaro Jenkins, presidente de la UCCAEP, quien dirigió las consultas al director ejecutivo Fabio Masís. Masís dirigió hoy, lunes, nuestras consultas al departamento de prensa, que indicó que no podrían responder hasta la tarde del miércoles 28 de abril. Doble Check actualizará esta nota si las respuestas llegan para entonces«. A la fecha en la que se redactan estas líneas, la precitada nota se ha mantenido sin cambio alguno desde el mes de abril del 2021.

También se puede consultar el artículo del mismo académico, Mario Peña Chacón (véase el texto completo) titulado precisamente «Desmitificando el Acuerdo de Escazú» y publicado en el sitio jurídico costarricense de DerechoalDia. Una versión ampliada del mismo estudio fue puesta a disposición del público por parte del Sistema de Estudios de Posgrado (SEP) de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica (UCR)  —véase el enlace— el primero de diciembre del 2020.

Finalmente, en relación con el punto específico de la inversión de la carga de la prueba en materia ambiental que tanto pareciera preocupar a estas cámaras empresariales (así como a una magistrada de la Sala Constitucional), un artículo del mismo especialista en derecho ambiental de octubre del 2019 (también publicado por el SEP de la UCR), explicaba claramente que se trata de un principio que ha recibido acogida en la legislación y en la jurisprudencia de tribunales costarricenses desde hace ya muchos años, y que, al parecer, desconoce por completo la precitada magistrada de la Sala Constitucional (Nota 3).

Una verdadera campaña de desinformación orquestada desde sectores empresariales y sus fichas

Desde varios meses, tanto en Costa Rica, como en Chile, en Colombia, en Guatemala, en Perú y en Paraguay, la discusión con relación al Acuerdo de Escazú en sus respectivos congresos se ha polarizado debido a una verdadera campaña de desinformación, gestada desde diversos círculos políticos y empresariales, haciendo uso de una creatividad pocas veces observada para justificar la oposición a este acuerdo regional.

A modo de ejemplo, entre muchos, podemos remitir a este documento suscrito por altos mandos militares en Perú sobre la supuesta pérdida de soberanía en la Amazonía peruana (véase el texto completo), o bien a este anuncio de cámaras paraguayas del sector agropecuario (véase el texto completo). Nuestros estimables lectores podrán apreciar por sí mismos el alcance de esta creatividad. En Paraguay, además, el Poder Ejecutivo se sintió obligado a retirar el texto en trámite de aprobación en el 2019 debido a críticas (tan insólitas como infundadas) de la Iglesia católica asociando el Acuerdo de Escazú con el aborto (véase la nota de ÚltimaHora del 2/12/2019). En Costa Rica, un directivo de la cámara nacional de exportadores de piña (Canapep) se refirió al Acuerdo de Escazú como «una barbaridad que quieren aprobar» (véase la nota de CRHoy del 15/12/2020).

Es de notar que recientemente (25 de febrero del 2022) la misma Canapep y otras siete cámaras nacionales, varias de ellas ligadas al sector agroexportador costarricense, reiteraron a los diputados su firme oposición al Acuerdo de Escazú (véase el texto de la carta) indicando que «dicho Acuerdo contiene vicios de inconstitucionalidad, imprecisiones y desaciertos de fondo altamente riesgosos para la estabilidad del sector productivo» y concluyendo su misiva solicitando que «se proceda con el rechazo del proyecto 21.245, ante los riesgos que representa para la competitividad del sector privado y por resultar altamente inoportuno para el país«.

Una realidad objetiva que refuta los supuestos «argumentos» contra Escazú

De manera a valorar la pertinencia de las razones esgrimidas por estos sectores productivos (así como sus aliados políticos) en Costa Rica pero también en otras latitudes, invitamos a nuestros estimables lectores a hacerse algunas de las siguientes preguntas: en los Estados de América Latina que ya han ratificado este novedoso instrumento regional (Argentina, Bolivia, Ecuador, México, Nicaragua, Panamá o Uruguay), sus economías ¿acaso han sufrido alguno de los supuestos efectos negativos que conlleva, según los opositores al Acuerdo de Escazú, su aprobación?¿Se ha creado algún tipo de inseguridad jurídica? ¿Tal vez ha salido ahuyentada la inversión extranjera hacia los Estados que no han aún aprobado el Acuerdo de Escazú? ¿Habrán perdido competitividad algunos de sus productos? O bien ¿se ha podido observar en uno de ellos cómo se ha desestabilizado el sector productivo?

De igual manera, en aras de calmar los temores (infundados) de los militares peruanos y de sectores cercanos a estos, se debe señalar que, en ninguno de los ejércitos de los precitados Estados, se ha cedido un solo ápice de soberanía territorial.

Foto de una manifestación contra la expansión de la piña en Costa Rica (frente a la Asamblea Legislativa). Imagen extraída de la nota de prensa del TicoTimes titulada «Environmentalists demand halt to pineapple expansion», edición del 15/05/2017.

Esta realidad objetiva y observable aplica también a lo sostenido por parte de las cúpulas empresariales colombianas, guatemaltecas, paraguayas y peruanas (y sus siempre leales fichas políticas) en contra del Acuerdo de Escazú: sus supuestos «argumentos» han sido de igual manera rechazados desde universidades y desde organizaciones sociales, llevándolas a explorar diversas herramientas de comunicación ante lo que califica como una verdadera campaña de desinformación a la cual se han prestado varios medios de prensa en América Latina en contra del Acuerdo de Escazú (Nota 4). 

Tampoco se ha observado que el principio de la inversión de la carga en materia ambiental haya en lo más mínimo erosionado, en materia penal, la presunción de inocencia en los 12 Estados Parte al Acuerdo de Escazú: se trata de un principio moderno del derecho ambiental que, en el caso de Costa Rica al menos, ya aplica desde hace muchos años, y que de ninguna manera amenaza otras esferas del ordenamiento jurídico.

En relación con la campaña de desinformación de algunas cúpulas empresariales, en una entrevista muy completa (véase el  texto) durante su reciente visita a Perú, el relator especial de Naciones Unidas sobre Derechos Humanos y Sustancias Tóxicas, Marco Orellana, indicó que: «lo que vemos son campañas de desinformación totalmente irresponsables de algunos grupos empresariales que ven en el acuerdo una amenaza a sus actividades de producción. Pero los mercados del futuro le van a pertenecer a las empresas que exhiban un verdadero compromiso con estándares ambientales y sociales«.

Chile y Costa Rica: dos Estados en la mira

Ahora bien, si se considera que Chile y Costa Rica fueron ambos líderes indiscutibles durante los más de cinco años y medio que duraron las negociaciones del Acuerdo de Escazú con las demás 31 delegaciones estatales, su sorprendente ausencia en la lista de Estados Parte en este 2022 tiene un efecto que trasciende sus fronteras.

En efecto, el hecho que no sean Estados Parte ofrece un inesperado argumento para los adversarios más decididos de este tratado: en particular para algunas cúpulas empresariales de América Latina, aferradas a no permitir ningún tipo de participación ciudadana en materia ambiental ni afianzar la justicia ambiental, y mucho menos ofrecer algún tipo de protección para quienes alzan la voz desde sus comunidades. 

Una entrevista que tuvimos el privilegio de tener recientemente en la televisión chilena con la negociadora de Chile del Acuerdo de Escazú durante el proceso de negociación, Constance Nalegach Romero (véase el video), detalla las inconsistencias de diversa índole que Costa Rica y Chile comparten en estos momentos ante los demás integrantes de la comunidad internacional.

A modo de conclusión

Dado que Chile posiblemente muy pronto cierre el lamentable paréntesis que ha significado su actual presidente en muchos ámbitos relacionados con el ambiente y los derechos humanos (Nota 5), ¿será factible rectificar antes de Chile (o al mismo tiempo que Chile) su no aprobación, o Costa Rica querrá arriesgarse a seguir «luciéndose» internacionalmente, dándole la espalda a un tratado que busca proteger quiénes defienden el ambiente, promover la transparencia, así como la rendición de cuentas (Nota 6)?

Tienen la palabra su actual Ejecutivo, así como los 57 actuales integrantes de su Asamblea Legislativa hasta el próximo 30 de abril: estos últimos aún están a tiempo de reconocer que erraron (y bastante) al cambiar de parecer sobre el Acuerdo de Escazú con base en argumentos que no lo son. El argumento escuchado durante la actual campaña electoral según el cual la normativa en Costa Rica es lo suficientemente adelantada por lo que resulta innecesario aprobar el Acuerdo de Escazú resulta bastante débil. Basta, para convencerse de ello, con observar la desprotección de quiénes defienden el ambiente ante amenazas de todo tipo que reciben en algunas comunidades; o bien, entre muchos otros aspectos, la dificultad para obtener informes técnicos en materia ambiental de entidades estatales: se trata de una situación que el mismo Consejo Universitario de la UCR vivió en el 2018, al solicitar información sobre los efectos de las plantaciones de piña en la salud de las comunidades circundantes (Nota 7). Recientemente la Sala Constitucional acogió un recurso por desobediencia exigiendo a las autoridades de salud determinar y dar a conocer el alcance de la contaminación con arsénico en el agua en las regiones de Cañas y Bagaces, y entregar toda la información que posean sobre los efectos detectados en la salud humana (Nota 8).

Haciendo a un lado los ajustes legales que permitiría en Costa Rica el Acuerdo de Escazú en aras de mejorar notablemente diversos ámbitos en materia de participación ciudadana, de acceso a la información ambiental y de efectividad de la justicia ambiental, sería deseable que, para hoy 4 de marzo, Costa Rica pudiera oficialmente anunciar algo medianamente decoroso en relación con la aprobación de este instrumento pionero a nivel mundial.

Más generalmente, en relación con Costa Rica y los demás Estados que mantienen aún una distancia con el Acuerdo de Escazú pese a observar, a veces mes a mes, como se intimida y se elimina físicamente a líderes de pequeñas comunidades campesinas o indígenas que alzan la voz, hacemos nuestras las conclusiones de un valioso artículo escrito por dos juristas chilenas titulado «La necesidad de una democracia ambiental en América Latina: el Acuerdo de Escazú» en las que señalan, con una claridad meridiana que no puede dejar indiferente a nadie, que:

«Con justa razón se ha destacado que el Acuerdo de Escazú es tanto un instrumento ambiental como un tratado de derechos humanos. Gracias a esta doble dimensión, los compromisos que los Estados han asumido en favor de un desarrollo sostenible —así como aquellos derivados del derecho internacional de los derechos humanos— se ven reforzados gracias a nuevos estándares que aspiran a una mayor prosperidad, dignidad y sostenibilidad. Sin duda, en la región más desigual del mundo y de mayores ataques a los defensores de derechos humanos en asuntos ambientales, el Acuerdo de Escazú goza aún de una mayor justificación» (Nota 9).

Notas

Nota 1: En efecto, tan pronto fue conocido el comunicado de una influyente cámara empresarial en Costa Rica en contra del Acuerdo de Escazú en el mes de abril del 2021, se invitó a sus representantes legales a un debate público virtual con dos académicos especialistas en derecho ambiental, al que prefirieron no asistir: véase la emisión de Café para tres del medio digital costarricense Delfino.cr con los dos académicos invitados a «debatir» con los ausentes. En el mes de mayo del 2021, un segundo intento desde la UCR confirmó la renuencia al debate antes señalada (véase el foro en este enlace oficial de la UCR). En junio del 2021, fue esta vez desde el Colegio de Biólogos de Costa Rica que se confirmó, por tercera vez consecutiva, que rehuir el debate pareciera ser, para algunos, la manera acordada para defender sus supuestos «argumentos» (véase el foro).

Nota 2: Sobre la innecesaria complicación que ha generado la Sala Constitucional en el trámite de aprobación de este tratado regional en Costa Rica,  véase la sección «La peculiar situación del Acuerdo de Escazú en Costa Rica» en nuestro breve análisis: BOEGLIN N., «La reciente aprobación del Acuerdo de Escazú por parte del Senado de México: breves apuntes» , DerechoalDía, edición del 18/11/2020, disponible en este enlace, en el que nos permitimos indicar que: «La total regresión del juez constitucional costarricense con relación a la participación ciudadana en materia ambiental externada en una decisión del 2017 podría explicar su profunda reserva con respecto a un tratado internacional adoptado con posterioridad en el 2018, y que busca precisamente ampliarla y consolidarla«.

Nota 3: Véase PEÑA CHACÓN M.Acuerdo de Escazú y la carga de la prueba ambiental en Costa Rica, Portal del Sistema de Estudios de Posgrado (SEP), Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR), octubre del 2019, disponible en este  enlace.

Nota 4: En Colombia, la organización Ambiente y Sociedad publicó esta otra contribución titulada «Mitos y verdades del Acuerdo de Escazú», disponible en este enlace. En Perú, la Sociedad Peruana para el Derecho Ambiental (SPDA) difundió este artículo titulado «10 mitos y verdades sobre el Acuerdo de Escazú: democracia y defensores ambientales». En Paraguay, el sitio El Surti explicó en un texto titulado «Cinco puntos para que entiendas cómo te afecta el Acuerdo de Escazú» que el aborto no está de ninguna manera contemplado en el Acuerdo de Escazú, entre muchas otras leyendas que se originaron en la sociedad paraguaya en relación con el Acuerdo de Escazú.  En materia audiovisual, universidades y ONG no han escatimado en talento y creatividad para intentar desmitificar el Acuerdo de Escazú: en Colombia, el talentoso equipo de comunicadores de La Pulla realizó un video de gran calidad que busca responder a las diversas maniobras políticas de algunos sectores políticos colombianos, titulado «La nueva trampa que nos quieren hacer los congresistas» (disponible aquí). En Costa Rica, ante la evidente falta de voluntad política para aprobar el Acuerdo de Escazú, recientemente fue la misma Universidad de Costa Rica (UCR) la que elaboró dos cortos videos, que, en lo personal, se recomiendan: El Acuerdo de Escazú y los defensores del ambiente, disponible en YouTube aquí, y otro video titulado Uccaep y el Acuerdo de Escazú, disponible aquí.

Nota 5: Sobre el particular se remite al lector a las recomendaciones hechas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos al Estado chileno en esta precisa materia (pp.116-124) en un reciente informe dado a conocer en enero del 2022 (véase el texto completo).

Nota 6: El pasado 25 de noviembre del 2021, la Cepal dio a conocer una nueva publicación sobre los alcances del Acuerdo de Escazú, cuya lectura igualmente recomendamos: se trata de la obra  titulada El Acuerdo de Escazú sobre democracia ambiental y su relación con la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, que reúne diversas contribuciones de renombrados/as especialistas de distintas latitudes del continente americano. El texto completo del documento (298 páginas), y cuya lectura completa recomendamos, está disponible en este enlace oficial de la Cepal.

Nota 7: En efecto, al leerse detenidamente el pronunciamiento del Consejo Universitario de la UCR sobre la expansión piñera de noviembre del 2018 (véase el texto), se lee en el recuadro del párrafo 8 que, de todas las entidades estatales solicitadas, fueron únicamente las dos entidades del sistema de salud las que entregaron «información insuficiente».  Salvo error de nuestra parte, a la fecha no se conoce de un informe sobre las patologías para la salud de las personas que trabajan en las fincas piñeras y para las comunidades aledañas que toman agua contaminada por las sustancias químicas usadas para la producción de la variedad MD-2 (o «Sweet Gold»). Las filminas 23-25 de la presentación del experto Clemens Ruepert (IRET/UNA) durante su exposición en el 2013 durante una sesión del Tribunal del Agua sobre lo encontrado en el polvo de dos escuelas (véase la presentación) permite dar una idea de lo que respiran menores de edad, docentes y en general comunidades expuestas a las sustancias químicas rociadas con cierta regularidad en las plantaciones de piña costarricenses.  En lo personal, nos resulta inaudito que el Estado costarricense no se haya preocupado por sistematizar ni tampoco registrar los distintos efectos negativos para la salud humana de las comunidades rurales que provoca la expansión piñera desde el 2007. Un pronunciamiento del mismo Consejo Universitario de diciembre del 2008 recomendaba (véase el texto completo) una moratoria para nuevas plantaciones de piña hasta tanto: «b. Se ejerzan los controles necesarios y se cuente con los estudios que demuestren, fehacientemente, que la actividad piñera está causando el menor impacto posible al medio ambiente y a la salud ambiental, incluida la de las personas que habitan en el entorno de los cultivos«. En el 2018, tuvimos la oportunidad de referirnos al documental realizado por la DW de Alemania titulado Costa Rica, el precio de la piña (véase el enlace en YouTube). Véase nuestro artículo publicado en el medio digital Delfino.cr, titulado «A propósito de un reportaje sobre la piña costarricense difundido por la DW». En él indicábamos algo que posiblemente muchas amas de casa, empleados de cocina y en general manipuladores de frutas y alimentos en Costa Rica ignoran al indicar que: «Este último es completado de forma muy interesante con muestras analizadas en un laboratorio alemán independiente (a partir del minuto 22:36): entre varios hallazgos, el técnico de laboratorio recomienda tener extrema precaución a la hora de manipular la fruta en una cocina, al contener sus hojas sustancias químicas sumamente dañinas para la salud humana que se desprenden (y que no impregnan la pulpa ni la cáscara de la fruta exportada a Alemania)«.

Nota 8: En una sentencia sobre desobediencia del 7 de enero del 2022, se lee que la Sala Constitucional «ordena a Daniel Salas Peraza, en su condición de ministro de Salud, o a quien ocupe ese cargo, que coordine lo necesario, gire las órdenes pertinentes y lleve a cabo todas las actuaciones que estén dentro del ámbito de sus competencias para que, dentro del plazo de quince días, contado a partir de la notificación de esta sentencia, se atienda conforme a derecho corresponde lo requerido por la parte accionante en la gestión del 6 de setiembre de 2021«. Véase el Expediente N° 21-023543-0007-CO, sentencia 469-2022 y una de las pocas notas publicadas al respecto.

Nota 9: Véase  ASTROZA P. & NALEGACH C., «La necesidad de una democracia ambiental en América Latina: el Acuerdo de Escazú», Fundación Carolina, Serie Documentos de Trabajo, Número 40, 2020, p. 28. Texto completo disponible aquí

 

Nicolas Boeglin,
Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica.

Nos veremos en los foros internacionales

Manuel Hernández

El Tribunal del Perpetuo Martirio de la Constitución le dio el último toque de gracia a la Carta Magna de la 2* Republica.

MIDEPLAN transmutado en el nuevo Leavitan del Sector Público.

Las autonomías constitucionales hechas pedazos de un solo plumazo.

Se confirma la política extrema y salvaje de devaluación de los salarios de las personas servidoras públicas.

Un pronunciamiento que vulnera la Opinión Consultiva de la CORTEIDH, OC-27-21, que en materia de negociación colectiva en las Administraciones Públicas estableció 3 cuestiones fundamentales:
1.- El reconocimiento del derecho de negociación colectiva en la función pública, con fundamento en los Convenios 98, 151 y 154 OIT.
2.- La OC 27-21 dispuso que los Estados tienen la obligación de promover la negociación colectiva en la función pública.
3.- Pero, además, la CORTE IDH estableció que los Estados tienen que PRIVILEGIAR -literal- la negociación colectiva en la Administración Pública, en lugar de leyes que limiten los salarios (literal).

Una resolución del Senado Poltitico de Costa Rica radicada en los dogmas neoliberales de Buchanan y Friedman.
La democracia quedo herida de muerte.

Nos veremos en los foros internacionales.

UCR: La ley que aspira a cubrir a trabajadores agrícolas ante accidentes ofídicos es casi una realidad

La ley que aspira a cubrir a trabajadores agrícolas ante accidentes ofídicos es casi una realidad

La UCR impulsó el proyecto de ley aprobado en segundo debate. Las personas beneficiarias de esta ley son quienes realizan labores agrícolas y están en condición de pobreza

Por primera vez en la historia nacional, Costa Rica está cerca de concretar una ley que garantizará la cobertura universal del seguro de riesgos a todas las personas trabajadoras independientes afectadas por mordeduras de serpientes.

Esta ley, aprobada en segundo debate en febrero del 2022 en la Asamblea Legislativafue impulsada por el Instituto Clodomiro Picado de la Universidad de Costa Rica (ICP-UCR), en conjunto con el diputado José María Villalta del partido Frente Amplio.

El proyecto de ley constituye el expediente 22 334 y su aprobación abre el camino para que todas las personas agrícolas trabajadoras del campo, quienes en la mayoría de los casos no están aseguradas, puedan tener una protección ante eventuales envenenamientos ofídicos. También, podrían acceder a una compensación económica por las secuelas temporales o permanentes debido a un accidente de este tipo.

“Nos llena de alegría dar este paso. Lo que nos motivó a generar este proyecto de ley, junto con el Instituto Clodomiro Picado de la Universidad de Costa Rica, fue la preocupación por las y los trabajadores que se encontraban en total situación de desprotección. Trabajadores independientes de zonas rurales y de escasos recursos, muchas veces en condición de pobreza, que sufren de accidentes laborales y no cuentan con un seguro. Esto les impide tener una pensión y protección social para sus familias si quedan en una situación de invalidez”, indicó el diputado José María Villalta.

La problemática

La idea del ICP-UCR en impulsar esta ley se desprende de un estudio publicado en enero del 2020 en la prestigiosa revista científica “Toxins”, del Instituto Multidisciplinario y de Publicación Digital (MDPI).

El estudio, que parte de una tesis de licenciatura desarrollada por la Lic. Jazmín Arias en la Universidad Nacional, y con la participación del Instituto, logró documentar en la región Brunca de Costa Rica la seriedad de las secuelas o consecuencias del envenenamiento por mordeduras de serpientes.

Asimismo, reveló que muchas de las familias afectadas son las que poseen el menor ingreso per cápita registrado en el país.

Desde las palabras del Dr. José María Gutiérrez Gutiérrez, científico del ICP-UCR y profesor emérito de la UCR, la investigación fue un aporte de gran relevancia. Si bien desde antes se conocía que un porcentaje de las personas que sufren envenenamiento ofídico tenían consecuencias diversas que afectan su calidad de vida, la información era más anecdótica y no estaba sistematizada.

En ese momento, la estudiante desarrolló un valioso estudio cualitativo que mostró cómo campesinas y campesinos que trabajan de manera independiente, o bien como trabajadores ocasionales y que son afectados por esta patología, no reciben compensación, ni rehabilitación, ni apoyo psicológico para enfrentar las secuelas de diverso tipo que les causan los envenenamientos ofídicos.

“Jazmín también documentó las consecuencias económicas que impactaron a estas personas y a sus familias. Este tema ha recibido muy poca atención no solo en Costa Rica, sino también en muchos otros países del mundo. La Organización Mundial de la Salud ha señalado la importancia de atender este aspecto olvidado del problema. En varios países se ha demostrado que las consecuencias psicológicas de los envenenamientos son terribles, con el desarrollo de cuadros de síndrome de estrés post-traumático, depresión y ansiedad. También se ha mostrado que muchas personas afectadas y sus familias, usualmente personas en condiciones de vulnerabilidad social, sufren una verdadera catástrofe económica producto de las secuelas de las mordeduras. Algo similar pudo observar Jazmín Arias en su estudio en la zona sur de Costa Rica”, ahondó el Dr. Gutiérrez.

En Costa Rica, las personas víctimas son atendidas por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y reciben los antivenenos necesarios para su recuperación costeados por la seguridad social. No obstante, muchas de ellas quedan con secuelas permanentes, sin la posibilidad de seguir laborado, sin recibir rehabilitación por no ser asalariados regulares y, además, sin ningún tipo de indemnización.

“El estudio se basó en entrevistas semiestructuradas con 15 personas que habían sufrido envenenamiento por mordeduras de serpiente. Las personas describieron muchas dificultades como consecuencia de estos venenos, como secuelas físicas permanentes, incluidas dos amputaciones, secuelas psicológicas, dificultades económicas y dificultades para reinsertarse en el trabajo agrícola”, se menciona en el artículo científico publicado.

Aunque la mortalidad se ha reducido drásticamente debido a la atención que provee el sistema de salud, algunos casos tienen una alta severidad con secuelas física y psicológicas. «Este es un aspecto que hasta hace poco no se había analizado a cabalidad ni se había documentado bien. La información de que disponemos ahora indica que este aspecto de las secuelas es un ángulo fundamental del problema, al que hay que ponerle mucho mayor atención». Dr. José María Gutiérrez Gutiérrez. Foto: Karla Richmond, UCR.

Esperanza

De acuerdo con el Dr. José María Gutiérrez Gutiérrez, Costa Rica ha tenido importantes avances para reducir el impacto de los envenenamientos ofídicos en el país, pero es claro que se ha tardado en compensar las consecuencias físicas, psicológicas, sociales y económicas de estos envenenamientos. Por lo tanto, esta ley viene a llenar ese vacío.

“Este nuevo proyecto de ley viene a llenar en buena medida este vacío y esta deuda que el país tiene con las personas afectadas por esta enfermedad. La aprobación de esta ley lanza una señal de esperanza de que en nuestro país, mediante sinergias entre las universidades públicas, el sistema de salud pública, el sector político y de gobierno y los sectores comunitarios organizados, podemos avanzar por sendas marcadas por la solidaridad y la procura del bien común. Este logro nos debe motivar a seguir mejorando cada vez más los esfuerzos para reducir el sufrimiento humano causado por las mordeduras de serpientes”, manifestó el Dr. Gutiérrez.

La entidad que emitirá el la cobertura será el Instituto Nacional de Seguros (INS). El tomador de la póliza será el Consejo de Salud Ocupacional y estará a cargo de cumplir con las obligaciones dispuestas en los incisos a), b) y c) del artículo 214 del Código de Trabajo respecto a los trabajadores independientes indicados.

Asimismo, el documento del proyecto de Ley señala que no será necesario presentar planillas ni reportar de previo al trabajador para el aseguramiento. No obstante, el Consejo de Salud Ocupacional sí deberá llevar los controles o registros necesarios para verificar que los reportes de accidente que remita sean procedentes.

“El mecanismo diseñado establece la creación de un seguro especial, una póliza especial, que sería financiado con recursos del Consejo de Salud Ocupacional, un órgano del Ministerio de Trabajo con la competencia legal para promover la salud ocupacional y prevenir accidentes de trabajo. Este Consejo suscribiría una póliza colectiva de riesgo del trabajo con el INS que cubriría a las personas trabajadoras independientes que no están aseguradas, comentó Villalta.

Villalta reiteró que las personas beneficiarias de esta ley son quienes están en condición de pobreza, con escasos recursos económicos, y que por eso no han podido suscribir un seguro por su cuenta.

Por ese motivo, el mecanismo fue diseñado para proporcionar una cobertura a pesar de que la persona, antes de sufrir el accidente o la mordedura de serpiente, no haya estado asegurada. Si este mecanismo funciona bien, se podría extender la cobertura a otros riesgos y accidentes de trabajo que actualmente están descubiertos.

“Esta ley podría ser la semilla de un mecanismo de protección más ambicioso que cubra a las personas trabajadoras independientes del campo y de la ciudad que sufran accidentes de trabajo y que no tienen un seguro. En el país hay muchos casos de trabajadores independientes de bajos ingresos que no tienen una cobertura. Si hoy sufren un accidente laboral, no tienen protección. ¿Un ejemplo? Los repartidores de comida de plataformas digitales. El proyecto tiene una gran perspectiva a futuro porque, si funciona bien el mecanismo, podríamos extender esta protección a otras poblaciones desprotegidas”, resaltó Villalta.

Actualmente, en Costa Rica se reportan entre 400 y 600 casos de mordeduras de serpientes cada año. La mayor incidencia se dan en Puntarenas, Limón y Alajuela, aunque ocurren envenenamientos en todo el país.

Las zonas más afectadas son regiones bajas de clima tropical húmedo y con vocación agrícola y ganadera, regiones donde se distribuye la especie Bothrops asper (terciopelo), que causa la enorme mayoría de los accidentes y los más graves.
 
Ahora, la iniciativa está en manos del Poder Ejecutivo para continuar el proceso y para que entre en vigencia deberá salir publicado en La Gaceta.

 

Jenniffer Jiménez Córdoba
Periodista, Oficina de Divulgación e Información, UCR

Guerra en Ucrania / perspectivas

Hoy jueves 3 de marzo a las 6 pm, se extiende la invitación a informarse y a entender el contexto geopolítico en Ucrania ante el ataque Ruso , de manera que se abordará las consecuencias económicas y comerciales del conflicto, reacciones en América Latina y sus proyecciones evolutivas. Esto es gracias a la organización de la Escuela de Ciencias Políticas, Observatorio de la Política Internacional, Escuela de Geografía y la Facultad de Ciencias Sociales.

Se contará con la participación de:

D.E.A Pascal Girot Pignot ( Director de la Escuela de Geografía, UCR)
M.Sc. María Fernanda Morales Camacho (Docente de Relaciones Internacionales, UNA)Dr. Calos Humberto Cascante Segura (Docente de la Escuela de Ciencias Políticas, UCR)
Lic. Javier Johanning Solís (Docente de la Escuela de Ciencias Políticas, UCR)

También estará presente como moderadora la Dra. Isabel Avendaño Flores (Decana- Facultad de Ciencias Sociales, UCR)

Podrá acceder al programa a través de las plataformas de YouTube /WebVUCR (Escuela de Ciencias Políticas)

O su página oficial de Facebook @CienciasPoiticasUCR o el de la Facultad de Ciencias Sociales @FCSUCR

 

Compartido con SURCOS por la Escuela de Ciencias Políticas de la UCR.