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UCR: Uno de cada cuatro ticos está dispuesto a celebrar la Navidad y el Año Nuevo fuera de su burbuja

Encuesta Actualidades 2020

La población que asumiría el riesgo son quienes tienen estudios universitarios y un mayor nivel económico, revela encuesta

Una cuarta parte de la población costarricense está dispuesta a arriesgarse al contagio del COVID-19 para celebrar la Navidad y el Año Nuevo con familiares fuera de su burbuja social. Así lo revela la Encuesta de Actualidades 2020 publicada el 16 de diciembre del presente año.

La Encuesta Actualidades es un esfuerzo realizado cada año por estudiantes de la Escuela de Estadística de la Universidad de Costa Rica (UCR), la cual consulta la opinión de los y las costarricenses sobre temas cotidianos.

En esta ocasión, la encuesta tuvo un enfoque especial a raíz de la pandemia y abordó un total de 12 temas. Entre ellos está el de las “Tradiciones de fin de año en época de pandemia”, efectuada por Sebastián Duarte Rojas, Sebastián Montero Jiménez y Natalia Núñez Calderón.

Al analizar los datos obtenidos de 1 287 entrevistas, cuya tasa de respuesta fue del 50 %, el equipo de investigación encontró que un 23,6 % piensa compartir las noches del 24 y del 31 de diciembre con otros familiares o amigos que no viven en el hogar; es decir, fuera de su burbuja social.

“Es posible afirmar que, de no tener los cuidados necesarios, aproximadamente una de cada cuatro personas se someterá a riesgo de infección por COVID-19 en las noches del 24 y 31 de diciembre, cifra que es mayor entre quienes han adoptado menos prácticas preventivas que son casi el 33,7 %”, indicó Sebastián Montero.

Dato poco usual

De acuerdo con Montero, las personas que más están dispuestas a arriesgarse son aquellas con educación universitaria (32,2 %) y entre costarricenses (25,1 %).

De igual forma, ese deseo se da más en aquellas personas que poseen mayores facilidades económicas y cuyos ingresos se vieron poco o nada afectados por el COVID-19.

“Un aspecto importante es que este porcentaje también es más alto entre quienes, por lo general, sostienen prácticas de riesgo (40,2 %) y aquellos que han adoptado menos medidas para prevenir el contagio (33,7 %)”, manifestó Montero.

Para la Dra. Ileana Vargas Ureña, directora de la Escuela de Salud Pública de la UCR, ese comportamiento podría deberse a que las personas con un nivel educativo más alto, y con mayores recursos económicos, podrían tener una sensación de mayor seguridad frente al virus.

“Muy posiblemente las personas con un nivel educativo más alto y con más recursos piensen que tienen un buen manejo de todas las medidas de protección como el protocolo o el distanciamiento. También, que tienen el dinero para comprar todo lo que necesiten, entonces eso les quita un poco el miedo al contagio. Otro aspecto es que tal vez estas personas cuentan con seguros privados adicionales que les podrían permitir recibir una atención más rápida a nivel privado. Por lo tanto, es tan solo una sensación de que, al tener los medios económicos, pueden sobrepasar cualquier problema”, opinó la Dra. Vargas.

Menos tamales

Debido al impacto del COVID-19, en este 2020 diversos hogares costarricenses consideran tener menos dinero para elaborar este alimento. Foto: Anel Kenjekeeva, UCR.

Otro aspecto abordado por el grupo fue la cantidad de personas anuentes a preparar tamales. Como resultado, esta costumbre está presente en el 57,3 % de los hogares costarricenses y no se registran cambios con respecto al año 2014.

Sin embargo, si se dan importantes modificaciones en cuanto a la cantidad de hogares que podrán preparar este platillo. En relación con los datos expuestos, solo el 29,1 % de las personas consultadas dijo que los hará.

“Distinto a años anteriores, se espera que para finales del 2020 disminuya el número de hogares en los que se harán tamales. Esa disminución se explica, en parte, porque la tradición de hacerlos es más alta en hogares con grandes dificultades económicas y en los que han sido perjudicados económicamente por el COVID-19”, ahondó Montero.

Por lo tanto, según los estudiantes, no es de extrañar que los hogares que harán tamales sean aquellos que no han visto sus ingresos afectados por la pandemia (un 35,2 %) y los que pueden ahorrar con el ingreso familiar, quienes son cerca del 37,1 %.

De igual forma, la “tamaleada” podría guardar relación con la diseminación del virus. Los resultados sugieren que los hogares que harán tamales tienen la magnitud más alta de riesgo, cuando en estos residen personas que también celebrarán fuera de su burbuja en las noches del 24 y 31, si se compara con los hogares en los que no residen este tipo de personas.

“Aunque se espera que para este año el número de hogares dedicados a hacer tamales se reduzca considerablemente, lo cierto es que hay indicios de que esta actividad, de no tenerse los cuidados debidos, puede contribuir a diseminar el virus”, indicó el equipo en su documento.

En declaraciones anteriores, la Dra. Patricia Sedó Masís, docente de la Escuela de Nutrición de la UCR, manifestó que el tamal es uno de los mayores íconos de la tradición alimentaria costarricense.

Por lo tanto, y si se tiene la posibilidad económica, no hay que dejarlos de hacer. En cambio, hay que buscar formas seguras para preparar este alimento tradicional y emplear recetas más sanas.

“Lo que podemos hacer es innovar. Por ejemplo, que una burbuja de la familia haga los tamales y los reparta, y no esa gran unión familiar que se daba antes. Esto ayuda a evitar los contagios. De igual forma, si hay preocupación de que el alimento lleve el virus, por lo general es muy difícil debido a las altas temperaturas a las cuales está sometido el alimento”, destacó la Dra. Marcela Dumani Echandi, docente de la Escuela de Nutrición de la UCR.

Además, agregó: “Con respecto a la preparación, no hay que olvidar que este alimento se puede elaborar en formas más sanas, como incluir vainicas, zanahorias y, al hacer caldos de las carnes, desgrasarlos para que no sea una añadidura más a la grasa de la masa. También, medirse con la sal y aprovechar los vegetales ya sean crudos o con una cocción mínima previa al tamal”, concluyó la Dra. Dumani.

 

Jenniffer Jiménez Córdoba
Periodista, Oficina de Divulgación e Información

Aumentan en Costa Rica la depresión y la ansiedad frente a la pandemia

  • El 32,1% de la población presenta una afectación crítica en su salud mental

  • Mujeres enfrentan mayor temor frente al COVID-19, así como poblaciones de 36 a 40 años y 51 a 55 años de edad

  • De quienes no cumplen al menos una medida de las consultadas, el 51.1% dice que no lo hace por olvido

Los estados depresivos en la población costarricense aumentaron en un 50% desde el inicio de la pandemia en marzo pasado. Asimismo, la resiliencia y otros mecanismos de afrontamiento se ven afectados en personas entre 15 y 80 años de edad, según un estudio de la Universidad Estatal a Distancia (UNED) y la Universidad Nacional (UNA).

En cuanto a los efectos del COVID-19 en la comunidad, la población percibe un fuerte impacto sobre todo para quienes han perdido el empleo o enfrentan una reducción de jornada, y en cuanto a la sobrecarga de trabajo doméstico especialmente para las mujeres.

Estos resultados forman parte de la investigación “Salud mental y relaciones con el entorno en tiempos de COVID-19, desarrollada por la UNED y la UNA, con el apoyo del Ministerio de Salud y la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y personas expertas de España. El estudio fue avalado por el Consejo Nacional de Investigación en Salud (CONIS).

El estudio fue realizado con una muestra de 6 786 personas, quienes completaron un cuestionario en línea, durante el periodo comprendido entre el 9 al 29 de octubre del 2020. Estas conclusiones suceden a la primera investigación realizada del 30 de marzo al 31 de marzo de este año.

“Un 61,0% de la población costarricense posee sintomatología depresiva y al hacer una comparación de la anterior medición con el estudio presente se constata un aumento del 50% en términos absolutos (pasando de un 10% en marzo a un 61% en octubre)”, anota la investigación.

Por otra parte, un 43,7% de la población consultada presenta sintomatología asociada con ansiedad generalizada severa, lo que contrastan con los resultados al estudio realizado en marzo pasado, cuando únicamente un 13,8% de las personas participantes manifestaron síntomas de ansiedad.

 “Más de la mitad de la población tiene una baja resiliencia, resultado que indica que sus estrategias de afrontamiento no están permitiendo reducir el impacto y no se están adaptando suficientemente a la situación de emergencia. Un 30,2% obtuvo puntuaciones medias, mientras que un 15% obtuvo puntuaciones en el extremo superior señalando este grupo con una mayor capacidad de adaptación”, explica el equipo investigador.

Entre las reacciones adversas físicas significativas que dijo presentar el 43,6% de la población se encuentran sudoración de manos, palpitaciones en el pecho y dificultades para dormir.

En tanto, un 51,5% de la población presentan reacciones emocionales adversas destacadas ante el miedo de contraer el COVID-19 y se manifiesta entre otras formas con la incomodidad al pensar al respecto, miedo a perder la vida, nervios o ansiedad frente a noticias e historias sobre el virus.

“En la medición de marzo de 2020, un 53,8% de la población presentaba miedo a la COVID-19. En la medición actual alcanzó el 88,3%, lo que implica que en términos absolutos se ha dado un aumento 34,5%”, anotó el estudio.

La investigación anotó también que el 57,9% de la población sí se adhiere a las medidas de protección. «Los datos recopilados indican que la situación de emergencia sanitaria y frente a la perspectiva de contagiarse o que se contagien personas a nuestro alrededor, generan reacciones físicas o emocionales adversas en la población costarricense. La escala de miedo a la COVID-19 se asocia a estrés agudo y afrontamiento. Se establecen como factores protectores al miedo la escolaridad y la estabilidad laboral”, agrega.

Eva Carazo Vargas, coordinadora de la investigación, enfatizó en la importancia de atender los impactos que la pandemia está provocando en la salud mental de la población. Es comprensible que esta situación extraordinaria provoque efectos en esta área, y la investigación evidencia la urgencia de potenciar factores protectores y mecanismos de afrontamiento para manejar dichas consecuencias de manera saludable.

Apuntes

  • Las mujeres obtienen puntuaciones superiores a los hombres en la mayoría de las medidas realizadas (ansiedad, depresión, calidad de vida profesional, miedo, impacto psicológico/psicosocial).
  • Las poblaciones de 36 a 40 años y 51 a 55 años presentaron las puntuaciones más altas en depresión, ansiedad y miedo.
  • A menor edad, la capacidad de afrontamiento es menor junto con más leves manifestaciones de miedo.
  • A mayor nivel educativo, se presenta menor impacto en la salud mental.
  • Población con educación primaria muestra mayor posibilidad de presentar mayor afectación en estrés, ansiedad, depresión o miedo.
  • Las personas que cuentan con estudios de secundaria y técnicos no universitarios mencionan un menor cumplimiento de las medidas sanitarias.
  • Personas solteras tienden a tener más síntomas de depresión y ansiedad, así como una menor resiliencia.
  • Las personas divorciadas presentan mayor estrés, ansiedad y miedo.
  • La estabilidad laboral es determinante en cuanto a la mayor parte de los resultados recopilados sobre la afectación producida durante la pandemia: a mayor estabilidad laboral, los efectos en la salud mental son menos críticos
  • Personas desempleadas, pertenecientes al sector informal y que se dedican a ventas en locales o servicios directos, muestran, en líneas generales, una situación de salud mental más difícil.
  • Respecto de la provincia de residencia, las provincias de Heredia y Limón mostraron mayor afectación en las medidas de ansiedad, estrés o miedo.
  • Las personas residentes de Cartago presentan menor impacto, en general, frente a esta afectación.

La investigación realizó un análisis de segmentación de la población costarricense en función de todas las dimensiones psicológicas estudiadas y se encontraron cuatro segmentos en la población según el grado de afectación en la salud mental.

Como resultado se determinó un segmento (clúster) de 32,1% con mayor afectación, seguido por un tercer clúster de 11,1% de la población. Por su parte, el clúster de menor afectación lo conforma el 30,7% de la población.

El 32,1% de la población que está siendo más afectada por la pandemia se caracteriza por presentar “un estado de salud mental más crítico, con una mayor probabilidad de padecer trastorno por ansiedad generalizada. Estas personas también se caracterizan por tener niveles más altos de estrés, definido por la facilidad de la irritación, cambios de humor o la aparición de conductas de riesgo”.

Respecto de la calidad de vida profesional, las personas de este clúster también se caracterizan por sobrecarga y desgaste emocional, por rebasar los límites en la capacidad de afrontamiento, pudiendo considerarse valores muy elevados.

“Estas personas presentan una mayor afectación en el miedo. Presentan mayor sudoración en las manos y mayor aceleración del corazón al evocar el pensamiento sobre el contagio de la COVID-19; una mayor preocupación a que las personas cercanas se puedan contagiar y una menor resiliencia”, acotaron las personas expertas.

Además de las dimensiones sicológicas, el estudio analizó otras variables como el cumplimiento de medidas, los motivos de no cumplimiento, las acciones realizadas para mejorar la situación, el acceso a zonas verdes y los medios por los que la población se informa de la pandemia.

Entre los principales datos relacionados con el cumplimiento de las medidas destaca que un 88% afirma lavarse las manos con agua y jabón, un 63,3% se moviliza a lugares públicos únicamente con su burbuja social, y un 60,5% lava y desinfecta los productos que ingresa a la casa.

En cuanto a evitar salir de casa, la medición de octubre indicó que un 13,7% de la población se está adhiriendo a esa medida, contra un 51,5% que dijo cumplirla en marzo pasado, en la primera investigación. Asimismo, un 73,7% dijo estornudar con un pañuelo desechable frente a un 91,6% que afirmó cumplir con esta medida en marzo anterior. En general se evidencia un relajamiento en el cumplimiento de las distintas medidas recomendadas para evitar el contagio.

Las mujeres son más cuidadosas que los hombres en el cumplimiento de las medidas como lavarse las manos, usar la mascarilla, establecer un adecuado manejo de residuos en la casa, respetar la restricción vehicular, no escupir en el suelo, salir únicamente con sus burbujas sociales, evitar tocarse los ojos y boca, y cambiarse de ropa y bañarse al llegar a la vivienda.

Se identificaron también distintas medidas que la población está aplicando por propia iniciativa, como por ejemplo desinfectar superficies y las cosas que se utilizan diariamente, hacer ejercicio para mantenerse saludable, o mantener contacto cercano con familiares y amistades por teléfono e internet. Sin embargo, de quienes no cumplen al menos una medida de las consultadas, el 51.1% dice que no lo hace por olvido

Si usted desea ver los datos completos, puede escribir al correo electrónico ecarazo@uned.ac.cr

La investigación continúa activa. Si desea participar ingrese aquí.

 

Comunicado de prensa de la Universidad Estatal a Distancia (UNED).

Análisis de coyuntura: “La Costa Rica Política en tiempos del FMI: segunda parte”

El Observatorio de Política Nacional (OPNA) de la Universidad de Costa Rica (UCR) publicó el cuarto análisis de coyuntura del año titulado “La Costa Rica Política en tiempos del FMI: segunda parte”, correspondiente al período que abarca entre octubre y noviembre.

En el análisis se abordan tres temas:

– Protesta y conflictividad social en la Costa Rica post-pandemia: es en este contexto económico, político, sanitario y social que se comprende el surgimiento del Movimiento Rescate Nacional.

– Tres semanas de diálogo multisectorial: actores y posiciones: ante la negativa de distintos sectores de participar en este proceso de diálogo multisectorial, los poderes Ejecutivo y Legislativo vuelven a convocar un tercer intento de diálogo.

– Análisis de los acuerdos: la oportunidad que no fue: se presenta un escenario de incertidumbre para el futuro cercano y que al no generarse consenso sobre medidas estructurales sobre gasto y captación de recursos como la Ley de Empleo Público, nuevos empréstitos internacionales o la depuración del presupuesto 2021, la economía costarricense sigue en peligro.

SURCOS invita a consultar el documento aquí

La UCR concluye con éxito la última etapa para seleccionar a sus mejores médicos residentes

La CCSS definió un total de 127 plazas para la UCR
Las y los admitidos solo serán aquellos que tengan el rendimiento más sobresaliente

Para conformar la prueba se cuenta con un equipo técnico integrado por personal académico del área de psicología, educación, filología y estadística. También, se tiene el apoyo de especialistas de las diversas ramas de la medicina que aportan criterios basados en los últimos avances de la Medicina, así como datos de epidemiología nacional. Foto: Karla Richmond, UCR.

En medio de la pandemia ocasionada por el COVID-19, y después de la aprobación de un estricto protocolo sanitario, el Programa de Posgrado en Especialidades Médicas de la Universidad de Costa Rica (PPEM-UCR) concluyó con éxito la segunda etapa para seleccionar al cuerpo estudiantil que iniciará su aprendizaje en una de las 24 especialidades médicas más requeridas por el país.

El proceso no ha sido sencillo. En febrero de 2020 (antes de la pandemia), la UCR llevó a cabo la primera fase basada en una prueba escrita.

Dicho examen estuvo orientado a evaluar los conocimientos en medicina general y cirugía de los aspirantes con un total de 150 ítems distribuidos en seis áreas de conocimiento: Cirugía, Ginecología y Obstetricia, Medicina Familiar y Comunitaria, Medicina Interna, Pediatría y Psiquiatría. Todas las preguntas debían ser contestadas en un tiempo máximo de tres horas.

Ahora, diez meses después de grandes cambios ocasionados por el COVID-19, y un estricto proceso de la UCR, las y los aspirantes que superaron favorablemente la primera etapa se enfrentaron, finalmente, al segundo examen. Quienes lo aprueben de forma favorable y pasen la valoración de los atestados podrán comenzar su preparación en el 2021.

«Si hay algo de lo que el país puede estar seguro, es que las personas admitidas han tenido un escrutinio de muy alta calidad. Es decir, que los estándares que cumplen son muy altos y que los residentes escogidos atenderán a la población con la más alta rigurosidad académica. Esto, incluso, ya la población lo ha notado. En esta pandemia, ‘¿en manos de quién hemos estado?’ La mayoría son médicos formados por la UCR como los especialistas de Cuidados Intensivos o Medicina Interna”, ahondó la Dra. Flory Morera González, jefa de Ginecología del Hospital México y directora del Programa de Posgrado en Especialidades Médicas de la UCR.

De igual forma, añadió: “la calidad de la UCR se ha mantenido en años anteriores y se seguirá manteniendo, porque para eso estamos: para proteger la salud de todo un país”.

La cantidad de espacios en los campos clínicos ya fue definido por el Centro de Desarrollo Estratégico e Información en Salud y Seguridad Social (Cendeisss) de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

En esta ocasión, la CCSS habilitó 127 espacios. Las especialidades con más campos clínicos para el 2021 son Medicina Interna con 15, Anestesiología y Recuperación (10) y Neonatología (10), de acuerdo con las necesidades expresadas directamente por la CCSS. Otras especialidades son Geriatría y Gerontología, Pediatría, Medicina Crítica y Terapia Intensiva, entre otras.

“La Caja tiene la responsabilidad de asignar y distribuir las plazas para el ingreso a residencias médicas, en concordancia con sus necesidades y prioridades institucionales. Por su parte, la Universidad tiene el deber de llevar a cabo un proceso de admisión, que garantice la participación e ingreso de las personas con las competencias idóneas para conformar el cuerpo médico de cada especialidad, mediante mecanismos acordes con la igualdad de oportunidades, la transparencia y el rigor científico”, aseguró Landy Chavarría Garita, coordinadora de la primera etapa y equipo técnico de las pruebas de admisión del PPEM.

Los admitidos serán quienes alcancen una nota mínima de 7 en una escala de 0 a 10. Las plazas se asignarán a los aspirantes elegibles académicamente según la nota obtenida, siguiendo el orden de mayor a menor.

En otras palabras, quienes desarrollen una especialidad en la UCR son las personas con las notas más sobresalientes, siempre y cuando cumplan con los requisitos y regulaciones propias de la CCSS.

“La selección que realiza la UCR se basa en altos estándares de calidad, con el fin de lograr un único objetivo: dotar al país de las personas especialistas en los diferentes campos de la Medicina, con los más altos niveles académicos y humanísticos”, indicó Chavarría.

Riguroso proceso

La aplicación de la segunda etapa estaba programada del 03 al 29 de agosto del 2020. Sin embargo, por la situación de emergencia nacional, el Posgrado construyó un protocolo para aplicar el examen. Ese protocolo fue revisado por el Centro de Coordinación Institucional de Operaciones (CCIO), y avalado por el Consejo del Sistema de Estudios de Posgrado, el Consejo de Rectoría y el Ministerio de Salud.

Al lograr todos los consentimientos, la aplicación logró realizarse del miércoles 02 al 14 de diciembre del presente año con algunas variaciones. Por ejemplo, en convocatorias previas algunas de las especialidades realizaban entrevistas.

No obstante, para este año, y por única, vez se otorgó este rubro a todos los aspirantes por igual, sin necesidad de llevar a cabo esa evaluación. Por otra parte, cada especialidad evaluó contenidos en la segunda etapa mediante un único examen escrito cuyo valor fue del 83 %.

“Se suspendió la aplicación de pruebas orales o prácticas, por esto, cada Especialidad deberá evaluar los contenidos en segunda etapa mediante un único examen escrito con valor de 83 %. Adicional a ese rubro también se contempla si la persona postulante realizó publicaciones científicas, ha procurado tener una educación médica continua y si maneja un segundo idioma”, dijo Chavarría.

La persona residente de la UCR tendrá una experiencia única de aprendizaje bajo la tutela de sus docentes y a través del contacto directo con las personas usuarias de la CCSS. Ese acercamiento les abrirá las puertas para aprender haciendo y tener acceso al conocimiento de diversas patologías, diagnósticos, tratamientos y procedimientos médicos de vanguardia. Foto: Karla Richmond, UCR.

Mediante el Sistema de Estudios de Posgrado de la UCR, el Programa de Especialidades Médicas se abasteció de los materiales e insumos para cumplir con el protocolo sanitario, como alcohol en gel, desinfectante, cloro, entre otros.

Además, gracias al permiso que otorgó el decanato y la jefatura administrativa de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Costa Rica, se estableció esa facultad como el único lugar de aplicación para el control y resguardo de las personas aspirantes, así como del personal administrativo y docente que llevó a cabo el proceso. En años previos se habían utilizado hospitales, aulas universitarias y las instalaciones del Cendeisss.

“En la subárea de administración de posgrados, campos clínicos e internados estamos haciendo más presencia para el control de las pruebas de primera y segunda etapa. Nosotros hicimos la supervisión de pruebas como invitados especiales y pude observar un excelente cumplimiento del protocolo sanitario. Por auditorio había casi catorce estudiantes, uno de por medio. Todos los muchachos estaban bajo una supervisión directa. En general, todo estuvo muy bien y se hizo de manera correcta. Les doy un 10 y les corresponde una merecida felicitación”, manifestó el Dr. Eduardo Zamora Méndez, coordinador de las residencias médicas del Cendeisss.

Esa felicitación no es para menos. El PPEM estableció horarios de entrada escalonados para evitar aglomeraciones, publicó lineamientos específicos para el ingreso y la permanencia en el campus (uso de mascarilla, protocolos de lavado de manos, entre otros).

Asimismo, se capacitó sobre el protocolo al personal docente y administrativo que participó en las aplicaciones y, por último, se estableció por aula la cantidad de aspirantes según el aforo permitido en el contexto actual.

“Tuvimos un proceso muy largo para cumplir con todos los protocolos sanitarios, hacer los trámites pertinentes y efectuar cambios. No tuvimos ningún problema y, desde el punto de vista académico, las pruebas llevaron todo un trámite de validación para que cumplieran con todos los criterios internacionales de una prueba de alto estándar. Como UCR estamos muy orgullosos de haber cuidado a nuestra población estudiantil y cumplir los estándares académicos”, expresó la Dra. Morera.

La prueba forma parte de la “Comisión interinstitucional para la construcción de estándares que garantizan la validez”, por lo tanto, es una prueba estandarizada que cumple con las normas estipuladas para las pruebas de altas consecuencias.

Retos del 2021

Para el 2021, a los y las residentes admitidos les corresponderá seguir afrontando el reto de la pandemia y atender un sistema de salud que actualmente se encuentra en la primera línea de atención del COVID-19. Por lo tanto, tendrán que adaptarse al contexto y desarrollar nuevas estrategias de aprendizaje.

“Como población mundial, la pandemia nos puso contra la pared para hacer cambios. Cosas que no pensamos que se podían lograr en un plazo muy corto se lograron: cursos en línea, virtuales y las rotaciones con medidas para que los jóvenes logren cumplir. Al final, la práctica es casi el 60 % de lo que ellos necesitan para seguir formando desde el ‘aprender haciendo’”, enfatizó la Dra. Morera.

Además, agregó: «La población también debe conocer que algunas especialidades tuvieron un receso, pues por la pandemia no podían continuar. Ese receso lo hicimos con un único propósito: mantener la calidad. Pudimos haber seguido todo virtual pero, al final, ¿qué clase de profesional tendría el país? Costa Rica merece lo mejor», resaltó la doctora.

La nota inicial de los admitidos se dará a conocer el 7 de febrero 2021. Los y las aspirantes tienen la posibilidad de interponer recursos de revocatoria y apelación, por lo que la nota final estará el 14 de marzo de 2021.

Se proyecta que el primer grupo de residentes ingrese a la CCSS en el primer y segundo semestre del 2021.

 

Jenniffer Jiménez Córdoba
Periodista, Oficina de Divulgación e Información

Programa Voces y Política: “Diálogo Nacional: un balance necesario”

Hoy 16 de diciembre a las 5:00 pm el programa Voces y Política de Radioemisoras Universidad de Costa Rica (UCR) abordará el tema “Diálogo Nacional: un balance necesario”, con la participación de la Dra. Ilka Treminio, politóloga y una de las facilitadoras del Dialogo Intersectorial y Ana Felicia Torres, antropóloga Social, teóloga y coordinadora del Foro de Mujeres del Instituto Nacional: un balance necesario”, con la participación de la Dra. Ilka Treminio, politóloga y una de las facilitadoras del Dialogo Intersectorial y Ana Felicia Torres, antropóloga Social, teóloga y coordinadora del Foro de Mujeres del Instituto Nacional de la Mujer (Inamu).

Puede sintonizar el programa en Radio Universidad 96.7 FM y participar por medio de las redes sociales o llamada telefónica al 2234-3233.

CSJMP-ANEP rechaza integrar Consejo Consultivo Económico Social

SURCOS comparte la carta de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) dirigida al ministro de la Presidencia, Marcelo Prieto Jiménez:

San José, miércoles 16 de diciembre de 2020.

Honorable señor
Marcelo Prieto Jiménez
Ministro
Ministerio de la Presidencia

¡URGENTE! S.G. 17-21-2524-20
Dirección electrónica: joselyne.sanchez@presidencia.go.cr
ASUNTO: CSJMP-ANEP rechaza integrar Consejo Consultivo Económico Social

Estimado señor:

Con relación a su nota DM-1595-2020, fechada 14 de diciembre de 2020, en la cual se comunica a la corriente sindical en la cual militamos del “…acto de creación del Consejo Consultivo Económico Social”, previsto para este mismo día 16 de diciembre, a las 5 de la tarde, en el Teatro Nacional; agregándose que el decreto ejecutivo que se firmará con tal finalidad “…contempla una representación de la Central Social Juanito Mora”; nos permitimos indicarle lo siguiente:

Realizadas las consultas del caso entre las personas compañeras dirigentes de la Central Social Juanito Mora Porras (siglas CSJMP-ANEP), y con la urgencia debida por cuanto su carta se recibió hace tan sólo unas horas; comunicamos que rechazamos su invitación, por considerar que la Mesa de Dialogo Multisectorial del Gobierno de la República, de la cual surgió la propuesta de la creación de ese consejo, resultó en un verdadero fiasco, una tomadura de pelo, una real engañifa; quedando en evidencia la acción que a las espaldas de los grupos y de las personas que se “embarcaron” en esa experiencia, fueron burladas en su buena fe (aunque hubo otros que se prestaron al juego), nada más y nada menos que por el propio señor Carlos Alvarado Quesada. Afortunadamente, nosotros no caímos en esa especie de emboscada política, a la que fueron conducidos quienes creyeron en el desacreditado gobierno del cual usted es integrante, de que habría una especie de “solución nacional” a los graves problemas del país de amplio conocimiento público, sin tener que sujetarnos a convenio alguno con el Fondo Monetario Internacional (FMI).

La idea de la creación del Consejo Consultivo Económico Social es sana para democracias que no han sido infectadas por lo desnaturalización que sufren sus poderes Ejecutivo y Legislativo, cuando se dan procesos políticos paralelos, en la sombra y a oscuras, como sucedió en el Diálogo Multisectorial del Gobierno.

Para la corriente sindical CSJSMP-ANEP, aceptar integrar ese Consejo en las actuales condiciones de la democracia costarricense, sería darle un respaldo político a que situaciones como las que narró la ciudadana doña Patricia Mora Castellanos, en su carta de renuncia: “Estoy señalando un acto simbólico que da cuenta de la impertinente y vergonzosa intromisión de los grupos empresariales en el ámbito soberano del Poder Ejecutivo. Estoy narrando un acto concreto que demuestra lo que hemos venido observando con enorme preocupación y que he denunciado en las sesiones del Consejo de Gobierno en reiteradas ocasiones: la práctica recurrente de despreciar el valor de la representación democrática, de imponer intereses corporativos en las decisiones de Estado, a espaldas de la población, intromisiones que se traducen en desigualdad, en privilegios para algunos y pobreza, violencia y exclusión para otros y otras.

Y en cuanto a lo que sucede en el Poder Legislativo, el diputado don Luis Ramón Carranza Cascante, recientemente y en el propio plenario, manifestó: “Siento vergüenza que hoy aquí una empresa haya hecho lobby suficiente para sacar la cerveza del proyecto. Daniel, tus propios compañeros te han traicionado y eso es vergonzoso y hay que decirle al país que hay empresas que tienen la fuerza suficiente para doblar a diputados y diputadas”. Cualquier buena idea que pudiera surgir del Consejo y con destino parlamentario, está expuesta a la barbaridad antidemocrática que denunció el mencionado diputado.

Así las cosas, estamos más que convencidos de que los grandes poderes económico- empresariales que se mueven al interior de su Gobierno y “que tienen la fuerza suficiente para doblar a diputados y diputadas”, bloquearán, vetarán, sabotearán, desnaturalizarán, etc.; cualquier decisión, por tímida que sea, que se adoptase en ese consejo y que les afectara sus egoístas intereses corporativos. En ese juego de falso diálogo, no queremos matricularnos; indicándole que nos quedan muchos argumentos adicionales para hacer evidente lo endeble que es “la convicción y el espíritu democrático” que dice usted que caracteriza a su Gobierno.

Con todo respeto,
Albino Vargas Barrantes
Presidente CSJMP-ANEP
Secretario General ANEP

 

Compartido con SURCOS por Albino Vargas.

Gustavo Gutiérrez Espeleta será juramentado como nuevo rector de la UCR

Acto se realizará el jueves 17 de diciembre a las 10:00 a. m.

Dr. Gustavo Gutiérrez Espeleta. Foto: Anel Kenjekeeva.

Este jueves 17 de diciembre, en sesión solemne del Consejo Universitario, el Dr. Gustavo Gutiérrez Espeleta será juramentado como nuevo rector de la Universidad de Costa Rica (UCR) por un periodo de cuatro años.

La actividad se llevará a cabo a las 10:00 a. m., en el Aula Magna. Debido a las medidas sanitarias para prevenir el contagio del COVID-19, la asistencia de público será reducida; sin embargo, quienes deseen seguir el acto podrán hacerlo sintonizando la transmisión del Canal UCR, a través de Radio Universidad (96,7FM), del sitio web institucional (www.ucr.ac.cr) o por medio del Facebook del Consejo Universitario (@consejoucr) y de las redes sociales de las radioemisoras universitarias.

Durante esta sesión solemne, la directora del Órgano Colegiado, Prof. Cat. Madeline Howard Mora, también juramentará a las personas que tendrán a su cargo las cinco vicerrectorías: Dr. Oldemar Rodríguez Rojas, en Administración; Dr. José Ángel Vargas Vargas, en Docencia; Dra. María Laura Arias Echandi, en Investigación, y de quienes asuman las vicerrectorías de Acción Social y Vida Estudiantil, pues aún está pendiente la designación.

Trayectoria

El Dr. Gustavo Gutiérrez es el decimosexto rector de la Universidad de Costa Rica, es biólogo de profesión, ha trabajado más de 29 años para esta casa de estudios superiores y cuenta con una amplia experiencia en docencia, investigación y acción social.

Obtuvo el bachillerato y la maestría en Biología en la UCR y cursó el doctorado en la especialidad de Genética Molecular en la Universidad Estatal de Arizona. Ha realizado diversas pasantías en instituciones internacionales de gran prestigio, entre ellas: el Oak Ridge National Laboratory, Tennessee y el Brigham and Women’s Hospital de la Harvard Medical School, ambas en Estados Unidos, y en el Women’s College Research Institute, University of Toronto, en Canadá.

Es catedrático desde el año 2005, se desempeñó como director de la Escuela de Biología en el periodo 2009-2017 y ha participado en múltiples comisiones institucionales, tanto de materia ambiental como de otras temáticas de relevancia para el país.

 

Alejandra Amador Salazar
Periodista, Consejo Universitario

Posicionamiento de BUSSCO y UNDECA sobre Ley de Empleo Público

El pasado 4 de diciembre del 2020 la Unión Nacional de Empleados de Caja y la Seguridad Social (UNDECA) y el bloque unitario sindical y social costarricense (BUSSCO) reiteraron su oposición al proyecto de ley marco de empleo público, Exp. N° 21336, mismo que denuncia que carece de legitimidad constitucional y democrática.

Adjunto se encuentra el comunicado compartido por SURCOS.

SG-414-2020
San José, 4 de diciembre del 2020

Diputado
Víctor Morales Mora

Asunto: Unión Nacional de Empleados de la Caja y la Seguridad Social (UNDECA) y el bloque unitario sindical y social costarricense (BUSSCO) reiteran su oposición al proyecto de ley marco de empleo público, Exp. N° 21336, y denuncia que carece de legitimidad constitucional y democrática

Cualquier mutilación a esos principios vendría en detrimento de la verdadera justicia social” (Asamblea Nacional Constituyente, 1949)

Estimado señor:

En atención a la consulta que nos realizó la Comisión de Gobierno y Administración, que usted preside, acerca del texto dictaminado y aprobado por esa Comisión, del proyecto de Ley Marco de Empleo Público, N° 21336, nos permitimos manifestar y reiterar nuestra oposición a este proyecto.

No omitimos señalar que ya en dos oportunidades anteriores nos pronunciamos acerca de este mismo proyecto, expresando, de manera justificada, los motivos por los cuales nos oponemos.

En esta otra ocasión, no vamos a dejar pasar esta otra oportunidad, para reiterar nuestra rotunda disconformidad, no obstante que tenemos muy claro que existen espurios y poderosos intereses económicos, nacionales, transnacionales y supranacionales, que representan los poderes fácticos, que no han sido votados, cuyas demandas son los únicas que son atendidas por quienes se arrogaron y volvieron contra la voluntad popular.

Consideración previa acerca del trámite del proyecto

Pero de previo a referirnos al contenido de esta nueva versión del proyecto, denunciamos que carece de legitimación democrática, porque se ha tramitado a hurtadillas, de manera acelerada, atropellada, sin que se haya promovido un espacio de debate democrático, en el que hayamos tenido la oportunidad de participar las organizaciones que representamos los legítimos intereses del colectivo de las personas que laboran en la Administración Pública.

El proyecto contiene modificaciones que alteran sustancialmente las reglas de nuestra institucionalidad y el juego del sistema democrático, por lo que deploramos que la tramitación legislativa se haya sustanciado de esa arbitraria manera, excluyendo toda instancia de verdadero, real y comprometido Diálogo Social.

El contenido del proyecto: Falta de legitimidad constitucional y democrática

De seguido exponemos los justificados motivos por los cuales nos oponemos a este dictamen legislativo:

1.- El proyecto de ley se radica en una premisa infundada, de carácter fundamentalista, que no se corresponde con los alcances que tienen los artículos 191 y 192 de la Constitución Política (COPOL).

La jurisprudencia de la Sala Constitucional, vinculante, abiertamente ignorada por los impulsores de este desatinado proyecto, tiene establecido, desde 1993, que no existe ningún obstáculo constitucional para que puedan existir diferentes regímenes o estatutos de empleo en la Administración Pública, siempre que se correspondan con los principios que se derivan de estas normas constitucionales.

Los principios resultantes de dichas normas son básicamente tres: garantía de acceso a la función pública, en igualdad de condiciones, con base en méritos, previa demostración de idoneidad, tutela de la estabilidad laboral y promoción de la carrera administrativa y, además, la eficiencia en la prestación de los servicios públicos.

La imposición de un único y exclusivo régimen de empleo, prácticamente en toda la universalidad de la Administración Pública, que comprenda unitariamente las relaciones de empleo, de naturaleza estatutaria, pública y “mixto”, no se adecua a la interpretación realizada por el Tribunal Constitucional de aquellas normas de nuestra Carta Política, que es la fuente de las fuentes, la norma fundamental y suprema de nuestro ordenamiento.

Desde aquí empieza a perder legitimidad constitucional ese infortunado proyecto.

2.- La aplicación de este régimen administrativo a las empresas públicas, que realizan una actividad mercantil, industrial, cuyo régimen de empleo actualmente lo regula, de manera principal, el derecho laboral común, significa una regresión de más de 50 años. Mientras los ordenamientos jurídicos modernos han promovido y desarrollado la “laboralización” de las relaciones de empleo de este giro de empresas, con las modulaciones que correspondan, por contrario, dicho proyecto viene a (re)publificar dichas relaciones.

Esta regresión normativa da lugar a una derogatoria parcial y tácita de los incisos 2) y 3) del artículo 112 de la Ley General de Administración Pública.

3.- La sumisión de las instituciones descentralizadas que tienen una regulación autonómica, especial y reforzada, comporta una afronta constitucional que tiene que ser analizada con mayor rigor.

El constituyente construyó un diseño institucional que sistemáticamente comprendió una administración centralizada y descentralizada.

Este diseño se pactó con un doble propósito: por una parte, contener la concentración desmedida del poder por el Gobierno, y por otra parte, atribuir a las descentralizadas fines específicos, con el propósito de garantizar una prestación técnica, más eficiente y especializada de los servicios públicos a la ciudadanía.

La Constitución definió y articuló diferentes niveles o grados de autonomía, reservando a algunas instituciones descentralizadas un nivel de autonomía superior, que trasciende la ordinaria autonomía administrativa, contemplada en el artículo 188 CO POL.

La Caja Costarricense de Seguro Social (artículo 73 COPOL), las universidades públicas (artículo 84, 85 COPOL) y las municipalidades (artículo 170 COPOL, en relación con el artículo 4 del Código Municipal) ostentan, además de la simple autonomía administrativa, autonomía de gobierno, presupuestaria y las que más, autonomía de organización.

Estos niveles o grados de autonomía han sido reconocidos por la jurisprudencia constitucional, determinando, en definitiva, que la autonomía constituye un valladar que impide no sólo la indebida intromisión legislativa, sino, además, la intervención política del Gobierno.

Las normas contenidas en el artículo 2 del proyecto, que someten estas instituciones autónomas a los mandatos políticos del Gobierno de turno, son manifiestamente inconstitucionales.

En aras de la supremacía de la Constitución Política, estas instituciones tienen que ser totalmente excluidas de la cobertura normativa de dicho proyecto.

Otro vicio más de legitimidad constitucional.

4.- A esta misma vinculación gubernamental queda sujeto el Poder Judicial.

Este sometimiento vulnera la independencia de poderes, que es una garantía del Estado de Derecho Democrático, en virtud de cuya reforma legislativa el gobierno y la administración de justicia quedarían a recaudo de los lineamientos y directrices de MIDEPLAN.

Queda así de manifiesto la vocación de concentración de poder político que refleja el proyecto, que ni siquiera guardó la elemental contención de respetar la independencia del Poder Judicial.

5.- En la última versión de la saga de los sucesivos textos de este proyecto, cada vez más impresentable, algunos redactados en los astilleros del FMI y el BM, se están incluyendo las empresas públicas en régimen de competencia, las cuales quedan afectas a sus principios.

Tampoco se justifica, aunque sean en estos términos, la inclusión de estas empresas, porque, de la misma manera, implica un mecanismo de control político de la actividad empresarial e industrial de las mismas, que puede tener la intencionalidad o consecuencia de debilitar su gestión y favorecer a las transnacionales que compiten con ellas.

6.- El núcleo duro del proyecto lo constituye la gobernanza exclusiva que se le arroga a MIDEPLAN, en orden a la regulación y administración del sistema total de empleo público.

Esta gobernanza comprende los principales componentes (subsistemas) de la relación de empleo, en todo el ámbito de la Administración Pública.

No existe ningún componente sustantivo de la relación de empleo, desde el reclutamiento, selección de personal, la carrera administrativa, los concursos, la promoción, la formación, hasta el sistema de compensación salarial, que quede fuera de la gobernanza exclusiva y excluyente de MIDEPLAN, transmutado en un megaministerio, en el nuevo Leviatán de la Administración Pública.

7.- Esta gobernanza total y totalitaria del régimen de empleo se desarrolla en el artículo 7, un extensísimo artículo, de 17 incisos, que contiene las múltiples y desbordadas competencias que se le cometen a MIDEPLAN.

Esta rectoría política del sistema de empleo público mucho menos se adecua a las disposiciones de nuestro ordenamiento jurídico, resultando pertinente hacer dos precisiones.

Por una parte, tratándose de aquellos órganos e instituciones en los que constitucionalmente sería pertinente la rectoría, las exorbitantes competencias atribuidas a MIDEPLAN, desbordan los límites jurídicos de la dirección intersubjetiva horizontal que son inherentes a la rectoría.

Esta competencia se desborda porque MIDEPLAN queda expresamente habilitada para definir lineamientos, dictar directrices, reglamentos y hasta resoluciones concretas, que mucho más allá de coordinar y dirigir la actividad, en general, de esas instituciones, las somete a una relación de “tutela” jerárquica, interorgánica, de supraordenación y subordinación, incompatible con el artículo 26, 27, 99 y 100 de la Ley General de Administración Pública. Otra derogatoria tácita de dicha ley.

Pero, de otra parte, resulta totalmente incompatible con la Constitución Política, someter a la Caja Costarricense de Seguro Social, las universidades públicas y gobiernos locales, a la dirección gubernativa de MIDEPLAN, salvo que sea violentando los artículos 73, 84, 85 y 170 de la COPOL.

Ninguna de estas instituciones autónomas puede ser gobernada, dirigida, controlada y mucho menos su actividad disciplinada por el Gobierno de turno, lo cual implicaría necesariamente una reforma constitucional, desde luego, una reforma que sería de contenido totalitario y regresivo.

8.- El proyecto convierte a la Dirección General de Servicio Civil en una oficina anémica, en una caricatura administrativa, aunque sea un órgano de desconcentración máxima de MIDEPLAN, porque le sustrae las competencias sustantivas que actualmente le asigna el Estatuto de Servicio Civil.

La Dirección General de Servicio Civil y demás dependencias de Recursos Humanos de las instituciones cubiertas por la ley, se convierten en simples unidades ejecutoras de las políticas, directrices y demás normativa vinculante que promulgue unilateralmente MIDEPLAN.

Este disciplinamiento imperativo no producirá otra consecuencia que no sea un menoscabo en la eficiencia de la prestación de los servicios públicos.

9.- Entonces, más allá de una reforma del empleo público, el proyecto aspira a fortalecer el Poder Ejecutivo, promoviendo una mayor concentración de poder en manos de MIDEPLAN, rompiendo el equilibrio constitucional, menoscabando la autonomía de aquellas instituciones; es decir, una irregular manera de desconstitucionalizar la autonomía, valiéndose de un subterfugio legal, que no se compadece con nuestro diseño constitucional.

El proyecto nos devuelve en el tiempo a aquellas encendidas discusiones de la Asamblea Constituyente, en que los sectores más conservadores se oponían a la descentralización administrativa, cuyas tesis fueron brillantemente confrontadas por Rodrigo Facio Brenes: “La tesis según la cual el Presidente, o el Ejecutivo, debe tener todas las atribuciones en última instancia, la teoría según la cual el Presidente debe ejercer la jerarquía única de la Administración, esa es la teoría estatista o totalitarizante; la de las autonomías, la que busca evitar la concentración del poder, es la tesis democrática.” (Actas Asamblea Constituyente).

Esta es la apuesta política del proyecto de ley: atribuir a MIDEPLAN la gobernanza y la jerarquía única del sistema de empleo en toda la Administración Pública Costarricense, aspiración que riñe con la configuración de nuestro sistema democrático.

10.- El producto estrella del proyecto de ley es el denominado “salario único global”.

El salario único global, para toda la Administración Pública, será definido y fijado exclusiva y unilateralmente por MIDEPLAN.

En primer lugar, tenemos que reiterar que este producto es el más opaco del proyecto, el cual tiene una finalidad indiscutiblemente fiscalista.

En las tantas versiones de este desaguisado político, las reglas de configuración del esquema de salario global, siguen siendo oscuras, formando bancos de niebla e incertidumbre.

Lo que hasta ahora ha venido planteando el proyecto no pasa más allá de un ejercicio especulativo, que ha sido ampliamente cuestionado por las diferentes instancias que han sido consultadas a lo largo de la frenética tramitación de este accidentado proyecto.

MIDEPLAN, que tiene la maternidad o paternidad de esta malformada criatura, con graves vicios congénitos, pese a tanto cuestionamiento, hasta ahora no ha dado una respuesta mínimamente razonable, satisfactoria de la configuración legal del esquema de salario global.

Esta falta de claridad y precisión, implicaría una concesión de una patente de corso al Poder Ejecutivo, para que en ejercicio de la potestad reglamentaria, proceda a concretar y desarrollar la configuración normativa del salario global

Esta anomia en la configuración legal, desde el punto de vista jurídico, da lugar a una vulneración del principio de seguridad jurídica, consagrado en el artículo 34 constitucional, que constituye otro principio del Estado de Derecho.

Además, se estaría violentando el principio de reserva de ley, de rango constitucional, porque a consecuencia de las lagunas normativas, el correspondiente decreto ejecutivo tendría que estar supliendo las regulaciones que omite el proyecto, a contrapelo del artículo 140 COPOL.

11.- Pero más allá de estos cuestionamientos constitucionales, también tenemos serias dudas acerca de la razonabilidad técnica del producto estrella.

Hasta donde resulta comprensible, la conformación de las denominadas 8 familias, no tiene ninguna justificación técnica, como tampoco tiene justificación técnica el ejercicio de vaciamiento de estas familias en una sola y definitiva escala global de salarios

No conocemos ninguna simulación o prospección que haya realizado MIDEPLAN acerca de la construcción de este esquema y mucho menos el impacto financiero que podría tener en las finanzas públicas.

Insistimos, una patente de corso que deja a la libérrima disposición del Poder Ejecutivo la construcción normativa del salario global.

12.- La regulación del salario global excluye radicalmente la mínima participación de los sindicatos en la construcción de este esquema y en el mecanismo de revisión periódica de los salarios.

Sin lugar a duda, la regulación de los salarios es un tema central de la negociación colectiva.

El salario normalmente es el único patrimonio de las personas trabajadoras. Comprendemos que la negociación de las remuneraciones en la Administración Pública, debe tener reglas propias, equilibradas, pero jamás la regulación que corresponda puede llegar al extremo de prohibir la negociación colectiva de los salarios.

El proyecto deja en un estado de total interdicción la negociación de los salarios, en virtud que, por el carácter genético del esquema del salario global, queda absolutamente vedado todo espacio de negociación colectiva.

Asimismo, se suprime toda participación de los sindicatos en los mecanismos de reajuste y revisión periódica de los salarios, los cuales quedan totalmente a discreción del Consejo de Gobierno, órgano al que se le transfiere esta otra competencia.

Este mecanismo de “reajuste”, a la libre discreción de los Ministros de Estado, elimina la Comisión Negociadora de Salarios del Sector Público.

13.- No podríamos dejar de advertir que el Memorando que rindió la Oficina de OIT, a solicitud de la Comisión de Gobierno y Administración de la Asamblea Legislativa, realizó un riguroso análisis del texto que se le consultó (el anterior texto sustitutivo).

El Memorando de OIT contiene un conjunto de cuestionamientos, observaciones y recomendaciones, las cuales en su gran mayoría desdichadamente fueron ignoradas por esa comisión legislativa.

Precisamente, el Memorando tiene varios cuestionamientos concernientes al sistema de compensación y su producto emblemático, el salario global.

En esta temática, el Memorando de OIT advirtió que no se observa el cumplimiento del Convenio 100, sobre la igualdad de remuneración (1951), ratificado por Costa Rica.

El Memorando también señala serios cuestionamientos relacionados con el cumplimiento de este Convenio y el Convenio N° 111, sobre la discriminación en el empleo y ocupación (1960), en razón que la metodología de valoración del trabajo no contempla medidas que promuevan la eliminación de la discriminación del trabajo de las mujeres.

Otro tanto se cuestiona con el cumplimiento del Convenio 156, sobre trabajadores con responsabilidades familiares (1981), con la finalidad de reducir las brechas salariales entre hombres y mujeres.

14.- Como si lo anterior no fuera poco, en materia de compensación, en el texto dictaminado del proyecto de ley, se incorporó un artículo transitorio, el Transitorio XI, a cuya merced, los funcionarios y funcionarias que laboran actualmente en la Administración, se les impondrá, mano militari, el esquema de salario global único.

Este transitorio, mocionado de último momento, sacado del sombrero de un mago, violenta el principio de irretroactividad de la ley.

La irretroactividad de la ley es otro principio elemental del Estado de Derecho; otro más, como si los anteriores no fueran suficientes, que están siendo vulnerados.

Nuestra Constitución Política, que tenemos alguna suposición de que los diputados que dictaminaron este proyecto tienen una edición muy diferente de la que se promulgó en 1949, garantiza la irretroactividad de la ley, en perjuicio de los derechos de las personas, los derechos adquiridos y las situaciones jurídicas consolidadas.

El transitorio violenta palmariamente esta garantía constitucional, porque lesiona gravemente situaciones jurídicas consolidadas, cuya afectación obligaría al Estado a indemnizar a los servidores afectados los daños y perjuicios que se causen.

15.- El dictamen incorporó al proyecto el principio de negociación colectiva.

La incorporación de este principio es totalmente ilusa, que no pasa de ser más que una declaración lírica.Sostenemos que se trata de una declaración poética, porque en sentido contrario e incompatible con el simbólico reconocimiento de este principio, el proyecto, de corte autoritario, con un perfomance antidemocrático, que nada tendría que envidiar a la legislación del período franquista, no deja el menor espacio a la negociación colectiva, no sólo de los salarios, que ya vimos que quedó absolutamente prohibida, sino de todos los demás componentes sustantivos de la relación de empleo.

16.- El proyecto de ley es tributario de concepciones dogmáticas, que datan de la de la segunda mitad del Siglo XIX, cuyo origen lo encontramos en la Filosofía del Derecho de Hegel (1821).

Para Hegel el fundamento del Estado es la fuerza y el basamento del derecho público se residencia en la desigualdad, en la supremacía absoluta del poder público sobre el súbdito, que se resume en aquella frase: “Todo lo que el hombre es lo debe al Estado; sólo en él encuentra su esencia.”

Transposicionadas estas concepciones al ámbito de la relación de empleo, el funcionario público queda reducido a un estado de servidumbre, cuyo único acto de libertad, su incorporación a la función pública, queda totalmente enajenado una vez que forma parte de la maquinaria administrativa, que impone de manera unilateral los “derechos” y las obligaciones de los servidores públicos.

De acuerdo con esta concepción dogmática, de corte autoritaria, las condiciones de trabajo sólo pueden ser modificadas por la Administración, excluyendo radicalmente todo espacio de participación de los sindicatos.

Partiendo de este enfoque decimonónico, que no admite que los servidores públicos tengan intereses propios, colectivos, diferentes de los intereses de la Administración, el proyecto proscribe el conflicto social y laboral.

En consecuencia, quedan prohibidas todas las acciones colectivas de los trabajadores tendientes al mejoramiento de sus condiciones de trabajo y desde luego las medidas de presión.

17.- La negociación colectiva no solo es un Derecho Fundamental, sino además un derecho que está constitucionalizado (artículo 62 CO POL), reconocido en el Convenio N° 98 OIT, ratificado por Costa Rica, con rango superior a la ley ordinaria (artículo 7 constitucional)

Pues este derecho fundamental, de un solo plumazo, está siendo violentado.

El proyecto de ley, además de carecer de legitimación constitucional, está desprovisto de legitimación democrática porque, en definitiva, enerva la participación y la acción de los sindicatos, que constituyen actores esenciales e imprescindibles de la sociedad.

La Libertad Sindical es componente esencial de todo sistema democrático. Los juristas señalan que la efectividad del orden democrático, depende de la eficacia de la libertad sindical (Giugni); otro jurista comprueba que la libertad sindical es una constante de los regímenes democráticos (Verdier) y Lyon Caen, concluye que no existe democracia, sino existe libertad sindical.

Sin el reconocimiento pleno y tutela efectiva de este Derecho Fundamental, de cuyo ejercicio muchos menos está exceptuados los servidores de la función pública, sería imposible concretar la libertad, la dignidad, la igualdad material y la justicia social.

La libertad sindical, “es garantía de libertad –acotaba el jurista Mario de la Cueva-, porque los hombres que carecen de poder económico o político, pierden su libertad y aislados, carecen de toda fuerza frente al Estado y el patrono.”

La Libertad Sindical es un pilar de nuestro Estado Social de Derecho, que lamentablemente está siendo quebrantado en el proyecto de ley

18.- Las regulaciones que contiene el proyecto en materia de negociación colectiva, implican una contrarreforma laboral, porque deroga tácitamente, de manera parcial, el artículo 690 del Código de Trabajo.

Esta norma establece las reglas de la negociación colectiva en el sector público, que tienen pleno respaldo en nuestro ordenamiento constitucional.

Uno de los más talentosos juristas que ha tenido nuestro país, nada sospechoso de ser asesor de los sindicatos, pero sí un reconocido jurista de convicciones democráticas, el Dr. Eduardo Ortiz Ortiz, el principal co-redactor de la Ley General de Administración Pública, que nunca se dejó enajenar predicando discursos apologéticos de odio contra los servidores públicos, que por cierto, algunos predican en la Asamblea Legislativa y que no pocos diputados aplauden hasta con las orejas, sostuvo esta acertada conclusión sobre la validez y constitucionalidad de las convenciones colectivas de trabajo en la Administración Pública:

“La convención colectiva en el sector público es no sólo constitucionalmente posible sino también deseable, como la forma más democrática y participativa de regular las condiciones de trabajo, poniendo en comunión y comunicación a la Administración y a sus servidores.” (E. Ortiz Ortiz. Convenciones colectivas y módulos convencionales en la Administración Pública.)

19.- No podríamos terminar este memorial sin dejar de reconocer y destacar el examen riguroso que realizó la Oficina de OIT acerca de este proyecto de ley.

El Memorando de OIT, que arriba mencionamos, contiene una considerable cantidad de señalamientos, observaciones y recomendaciones, las cuales retratan de cuerpo entero las deficiencias, los excesos y las manifiestas infracciones de la legislación internacional de trabajo que contiene dicho proyecto

20.- El Memorando también reconviene el esquema de gobernanza del régimen de empleo público, centralizado en MIDEPLAN, que no contempla espacios de consulta con las organizaciones de las personas servidoras públicas, en los asuntos que son de su legítimo interés.

Recomienda, sin perjuicio de los procesos directos de negociación colectiva, que el proyecto comprenda mecanismos de consulta con estas organizaciones, o que se haga la remisión a las correspondientes fuentes normativas, de conformidad con los principios de libertad sindical, Recomendación N° 113 OIT y Convenio N° 151 OIT (aún no ratificado).

Asimismo, tratándose de la desvinculación por reorganización forzosa de servicios, el informe insta revisar si la correspondiente norma del proyecto, configura una causal de desvinculación por motivos económicos, y, en consecuencia, recomienda que se incluya un mecanismo de consulta previa con las organizaciones representativas de las y los trabajadores, cuando la Administración pretenda cesar personal por motivos económicos y estructurales.

21.- Desafortunadamente, la gran mayoría de las observaciones y recomendaciones de este prestigioso organismo internacional, fueron completamente ignoradas por la Comisión de Gobierno y Administración de la Asamblea Legislativa de Costa Rica.

Sin que signifique que se esté comprometiendo nuestra soberanía, que por cierto, la clase política, encabezada por el Gobierno de Carlos Alvarado Quesada, no ha tenido el menor escrúpulo de ofrecer en bandeja de plata a OCDE, FMI y los buitres financieros internacionales, nuestra adhesión a la OIT exige un mínimo de respeto de los Convenios Internacionales; con mayor razón de aquellos que forman parte de la Declaración de OIT relativa a los principios fundamentales en el trabajo y su seguimiento (1998) , dentro de los cuales destaca el Convenio N° 98 y otros que el Memorando advirtió que el proyecto de ley no cumplía y sigue desatendiendo.

Los órganos de control de OIT, el Comité de Libertad Sindical y la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones de OIT han condenado a los Gobiernos de Costa Rica, en múltiples pronunciamientos, por la constante e irrefrenable infracción del Convenio N° 98.

Las señaladas inadvertencia de las observaciones y recomendaciones que contiene el Memorando de OIT, no hace más que confirmar el desprecio que políticos criollos le tienen a este organismo internacional, que llegó hasta el extremo de una legisladora que no hace mucho afirmó que Costa Rica tenía que abandonar la OIT.

22.- En conclusión, el proyecto de Ley Marco de Empleo Público responde a las exigencias de los organismos financieros internacionales, dirigidas a reestructurar la Administración Pública de Costa Rica, deteriorando la provisión de los servicios públicos y promoviendo su privatización.

La iniciativa legislativa, promovida por el Gobierno de la República, reitera la continuación de la legislación fiscalista y de austeridad que recientemente aprobó esa misma Asamblea Legislativa, que pretende reducir y congelar las remuneraciones de los servidores públicos, precarizar la calidad de sus condiciones de vida y trabajo, deteriorando los recursos que se destinan a la provisión de los servicios públicos.

El presupuesto ideológico es el mismo que informó la Ley N° 9635, transfiriendo la responsabilidad del déficit fiscal al colectivo de los servidores públicos.

El proyecto contiene serios problemas de constitucionalidad, porque aspira imponer un único régimen de empleo en toda la Administración Pública, aunque sea violentando la autonomía constitucional de un conjunto de instituciones fundacionales del Estado Costarricense, como las universidades públicas, la Caja Costarricense de Seguro Social, las municipalidades.

La imposición de un régimen único de empleo y salarios, que excluye los espacios de negociación colectiva, vulnera el Convenio N° 98, 151 y 154 OIT

23.- Con fundamento en los motivos expuestos, comparecemos, una vez más, a expresar nuestra total oposición a este proyecto, que reiteramos carece de legitimidad constitucional y democrática.

Advertimos que recurriremos a las instancias internacionales que correspondan, con la finalidad que, en este país, la tan devaluada suiza centroamericana, se respeten los derechos fundamentales de la clase trabajadora que presta sus servicios en la Administración Pública.

Mujeres por Costa Rica: “Señores y señoras diputadas, aprueben el empréstito del BID”

El colectivo Mujeres por Costa Rica comunica:

“Señores y señoras diputadas. Aprueben el empréstito del BID. Demandamos compromiso con Costa Rica

El crédito ahorra al país 7.800 millones anuales en intereses de la deuda, baja la presión sobre las tasas de interés, ayuda a la reactivación y destina 10% al presupuesto de la CCSS. Es tiempo de solidaridad y compromiso con las personas que padecen las consecuencias de la pandemia”.

Homenaje al Dr. Mario Devandas Brenes

El Sindicato Nacional de Administradores de Servicios de Salud y Afines del Seguro Social (Sinassass) invita al acto virtual “Homenaje al Dr. Mario Devandas Brenes” el próximo viernes 18 de diciembre a las 9:30 am.

Puede participar ingresando a la plataforma Zoom con el ID 892 3537 1339, código de acceso 103679.