Mujeres Trabajadoras en Movimiento presenta en su Episodio Nº1 a Dania Obando, secretaria general del Sindicato de Trabajadores de la Palma (SITRAPA) de Costa Rica.
Desde que Dania llegó a la dirección de la organización en 2019, el sindicato no ha parado de crecer gracias a su arrojo, perseverancia y capacidad de trabajo.
En este video, ella cuenta cómo es uno de sus días en el trabajo, cómo aún no ha logrado sortear la falta de permiso sindical para desarrollar su tarea de organizar a los trabajadores y por qué a pesar de todo, nada hace que retroceda en su lucha.
SURCOS comparte la invitación a la comunidad universitaria realizada por Patricia Quesada Villalobos, directora del Consejo Universitario de la UCR, para unirse a la marcha el próximo sábado 13 de marzo a partir de las 10 a.m. en contra del Proyecto de Ley de Empleo Público y en defensa del Estado Social de Derecho.
El pasado 25 de febrero se llevó a cabo un encuentro multisectorial que tenía como finalidad establecer estrategias de acción para la defensa del Estado Social. Contó con la participación del movimiento sociales y algunos funcionarios de instituciones públicas del país, el objetivo general de este programa es conocer el Proyecto de Ley de Empleo Público, la forma en la que está propuesto con respecto a la institucionalidad pública y la forma en la que se maneja la gestión laboral.
En esta reunión de carácter multisectorial se establecieron propuestas y planes de acción para la defensa del Estado Social, entre ellas destacan acciones movilización y propaganda:
Manifestaciones en horario no laboral contra el FMI y Proyecto de Ley de Empleo Público. (viernes 05 de marzo a las 5:00pm)
Piquetes en la Asamblea Legislativa (1-5 de marzo)
Movilización Nacional contra el FMI y Proyecto de Ley de Empleo Público. (sábado 13 de marzo)
Preparación de materiales de concientización por parte de organizaciones. (mes de marzo)
Campaña audiovisual con videos contundentes, alianzas con oficinas audiovisuales universitarias y organizaciones asociadas.
Conversatorios virtuales públicos sobre Empleo Público y acuerdo con el FMI en horarios no laborales (mes de marzo).
Definir reuniones periódicas de coordinación y planificación de acciones.
A continuación, compartimos algunas fotografías del evento:
De última: en la última reunión de la COMISION DE EXPERTOS EN APLICACIÓN DE CONVENIOS Y RECOMENDACIONES DE OIT (CEACR), reunión N° 91°, celebrada a finales del año pasado (2020), convocada para examinar las memorias de los países miembros, este órgano de control de OIT revisó el cumplimiento del Convenio N° 98, acerca del derecho de sindicación y la negociación colectiva (1949), determinando, una vez más, que el Estado de Costa Rica persiste en el incumplimiento de este Convenio.
Además, el informe de la CEACR, señaló dos aspectos de la mayor importancia relacionados con el Proyecto de Ley Marco de Empleo Público:
1.- Que constando las reiteradas denuncias de las organizaciones sindicales acerca de las restricciones del derecho de negociación colectiva, le pide cuentas al Gobierno de Costa Rica acerca de la evolución del proyecto de empleo público “y confía que en el marco del mismo se tomarán plenamente en cuenta las garantías del Convenio.”
2.- Asimismo, la CEACR reitera que las y los servidores del sector público deben gozar del derecho de negociación colectiva, “inclusive con respecto a las remuneraciones”.
Con base en este pronunciamiento de CEACR se puede sostener que:
El Proyecto de Ley Marco de Empleo Público, N°21336, violenta el Convenio N° 98 de OIT.
El esquema de salario único global quebranta este instrumento internacional de Derechos Humanos, porque impide la negociación colectiva de las remuneraciones.
El proyecto no se ajusta a los estándares internacionales en materia de libertad sindical y negociación colectiva (volveré con un análisis más amplio acerca de este informe)
Las autoridades reconocen que aún quedan salarios altos, pero son muy pocos y están en proceso de desaparecer. Solo en el 2020, el ahorro por remuneraciones fue superior a los ₡2 300 millones
A la izquierda, el Dr. Gustavo Gutiérrez Espeleta, rector de la Universidad de Costa Rica; a la derecha, el Dr. Oldemar Rodríguez Rojas, vicerrector de Administración, ambos durante el conversatorio que abordó el tema salarial el pasado 19 de febrero del 2021.
Sí es urgente y sí es cierto que en la Universidad de Costa Rica es necesario un replanteamiento completo de la escala salarial. Así lo reconoció el rector de la Institución, el Dr. Gustavo Gutiérrez Espeleta, y su vicerrector de Administración, el Dr. Oldemar Rodríguez Rojas.
“No es aceptable que en la UCR se gane más por antigüedad que por mérito. Eso genera la existencia de salarios que están fuera de los límites razonables, son muy pocos, pero existen”, señaló el vicerrector de Administración.
El rector de la UCR adelantó que, en el marco del Consejo Nacional de Rectores (Conare), se dará a conocer una propuesta para actualizar la política salarial de las universidades públicas a las condiciones económicas del país.
Salario base y componentes
De acuerdo con el gráfico, entre los años 2017 y 2019 se dio un crecimiento en el pago, tanto del salario base como de los otros componentes salarios, de manera que en este período se mantuvo un crecimiento desacelerado, aún más pronunciado en el 2020, donde incluso la suma de los otros componentes (pluses) tuvo una disminución del 2,10 %.
A lo interno de la UCR, las autoridades trabajan por conformar una comisión que estudiará la transformación de las escalas salariales. Este esfuerzo completaría la labor que se ha venido realizando para contener el gasto por remuneraciones.
Dimensionar el problema
El salario base en la Universidad de Costa Rica, que es bajo, se reporta por separado al de la categoría académica. Eso hace ver erróneamente que lo que una persona gana por ser catedrática dé la apariencia de ser un plus, cuando en realidad no lo es.
La Universidad de Costa Rica emplea a un total de 10 000 personas funcionarias que tienen un salario promedio de ₡1 300 000 colones (con datos a mayo 2020). Los salarios altos de ₡4 000 000 o más, que representan cerca de un 3 % de total, corresponden en su mayoría a personas con más de 30 años de servicio. Al respecto, las autoridades afirman que se está en proceso de reformular el sistema para evitar que sea la antigüedad y no el mérito lo que defina la remuneración.
Componente salarial – General
La Universidad aclara que sí ha trabajado en racionalizar el gasto en salarios. Además de la ralentización de su crecimiento, solo en el 2020 se registró una reducción de más de ₡ 2 300 millones en lo presupuestado para ese rubro. Lo anterior como producto del congelamiento de plazas, limitación a tiempos contratados, limitación al pago de horas extra y específicamente se bajó la anualidad de 3,75 % a 1,94 % en puestos profesionales y a un 2,54 % en puestos no profesionales. También se congelo el escalafón y no se dieron aumentos por el costo de vida en el 2020, ni se contempla hacerlo en el 2021.
A lo largo del tiempo se puede contemplar una disminución de la proporción del presupuesto dedicado a remuneraciones, el cual era de un 72 % hace cinco años, mientras que en la actualidad esa proporción es del 67 %. Se trata de un esfuerzo que ha sido constante desde el 2012.
Anualidades – General
Gabriela Mayorga López Editora digital y periodista, Oficina de Divulgación e Información
Esta semana en Desde la Otra Acera, el Secretario General de APSE nos ofrece el editorial “Los ataques a la Educación Pública”, donde explica cómo el Gobierno y algunas fracciones de la Asamblea Legislativa le han jugado sucio a la Educación Pública.
Contamos con la participación de Marvin Padilla, Martha García y Jackeline Ureña, docentes que relatan los impactos de los recortes a la educación, y también nos acompaña el asesor legislativo Jonathan Acuña para entender la naturaleza de esos recortes.
Además, en el vox populi conversamos con algunas madres y padres de familia, sobre las condiciones de la Escuela Santa Marta en San José. Acompáñenos todos los jueves a las 7:00 p.m. con el programa “Desde la Otra Acera”, por medio de @apseinforma en Facebook y YouTube.
Este documento tiene como objetivo principal hacer un análisis de los principales problemas del proyecto de Ley Marco de Empleo Público tramitado bajo el expediente legislativo número 21.336. Como parte del trabajo aquí presente, se propone identificar dos objetivos centrales del proyecto, en sus distintas versiones: la centralización del poder y el control unilateral de salarios y condiciones laborales.
Algunos puntos importantes que se pueden encontrar en el documento son:
El proyecto viola el régimen de autonomía constitucional establecido para las municipalidades, la Caja Costarricense del Seguro Social y las universidades públicas.
Violenta los derechos humanos en el empleo público, al prohibir, o bien vaciar de contenido, la negociación colectiva y los medios de solución de conflictos colectivos, y al hacerlo violenta el derecho a la libertad sindical que tiene en aquellos, parte de sus elementos fundamentales.
En este análisis se abordan aspectos que tienen que ver con la inclusión del servicio civil en la Constitución, sobre la importancia que tiene la autonomía en la constitución política y el papel que tuvieron instituciones como: el Servicio Civil, el Tribunal Supremo de Elecciones, las Municipalidades, la CCSS, universidades y la Contraloría General de la Republica para la redistribución del poder del Ejecutivo. Por otro lado, también se toman elementos sobre empleo público desde lo normativo, económico y político.
Un apartado importante que se desarrolla en el análisis es la inconstitucionalidad del proyecto en relación a la invasión al ámbito de la independencia administrativa, organizativa, política y de gobierno de las universidades estatales y su régimen autónomo de empleo, también se abarcan aspectos que están siendo fuertemente discutidos por sectores y agrupaciones de la sociedad costarricense y que tienen que ver con la negociación colectiva y el salario global.
Algunas observaciones que se mencionan en este análisis son de carácter estructural como: las Competencias otorgadas a MIDEPLAN, al Ministerio de Hacienda o al Servicio Civil para la fijación salarial, la gestión o evaluación del desempeño en la política pública del país, la homogeneización del empleo público, las prohibiciones e incompatibilidades.
Por último, en relación a las conclusiones, este análisis plantea:
a) El proyecto tiene como objetivos centralizar el control y establecer unilateralmente las condiciones salariales y de trabajo.
b) Esto violenta los distintos regímenes de autonomía constitucional.
c) El proyecto parte de un enfoque del empleo público construido a partir de tesis autoritarias y unilateralistas propias del constitucionalismo clásico, en violación del constitucionalismo social expresamente incorporado a nuestro bloque de constitucionalidad por medio de las garantías sociales y por los tratados fundamentales de derechos humanos.
d) Las autonomías se justifican, no solo como instrumentos para limitar el poder del gobierno central, sino como instrumentos para potenciar la eficiencia en cada ente público autónomo, así como para garantizar la libertad de expresión y el ejercicio de prácticas democráticas.
e) Además, prohíbe, limita o vacía de contenido de forma inconstitucional la libertad sindical y la negociación colectiva.
f) El salario global tiende a convertir los salarios en instrumentos de política económica, fácilmente congelables o disminuibles con objetivos fiscales, violando la naturaleza de los salarios establecida en la Constitución Política como instrumento de distribución de la riqueza y movilidad social.
g) Además, el salario global impide la negociación colectiva sobre salarios y pluses salariales, en violación de lo señalado expresamente por la Sala Constitucional.
h) Crea competencias en manos de MIDEPLAN, el Ministerio de Hacienda y/o la Dirección General de Servicio Civil que trascienden por mucho los objetivos expresamente establecidos en los artículos 191 y 192 constitucionales (eficiencia, nombramiento con base a idoneidad comprobada y estabilidad en el empleo).
i) Homogeniza entes públicos que son radicalmente diversos en la naturaleza de sus funciones (administrativa y no administrativas).
j) La gestión de evaluación se centraliza, con lo que se violan las autonomías constitucionales.
Adjunto se encuentra la versión completa del documento:
El día miércoles 10 de febrero se presentó un acontecimiento muy importante para la ANEP, ya que se presentaron con licencia sindical y goce de salario, 5 trabajadores del servicio de transporte, específicamente choferes de autobús y 1 chequeador de la misma línea autobusera Tapachula para conformar la primera Junta Directiva de la seccional ANEP-TAPACHULA, lo que se considera un acontecimiento histórico.
Albino Vargas, quien es el secretario general de la ANEP, manifiesta un gran reconocimiento a la empresa TAPACHULA, que ha hecho un gran esfuerzo para respetar la libertad sindical y los convenios internacionales en materia de libertad sindical que Costa Rica tiene suscritos por la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Además, destaca la importancia de que esta empresa ha empezado a respetar los derechos humanos del personal colaborador, algo que deberían según Vargas deberían imitar otras empresas autobuseras.
María Laura Sánchez Rojas, quien es la coordinadora de la unidad de capacitación y formación político-sindical de la ANEP, es la encargada de brindar la capacitación sindical a estas 6 personas. Ligia Solís Solís, directiva Nacional de la ANEP es la encargada de cumplir funciones de asesora sindical de esta seccional de choferes de autobús. En el video se remarca la importancia que tiene este acontecimiento en la historia de la ANEP y en general para el movimiento sindical costarricense.
Debido al compromiso con el país y en relación a las facultades, la UCR ha considerado relevante realizar un aporte sustantivo y concreto para el debate sobre el proyecto de Ley Marco de Empleo Público (No.21.336), es por ello que el actual rector de la institución Gustavo Gutierrez Espeleta decide conformar una comisión multidisciplinaria, con el fin de “emitir un criterio legal, económico y político sobre la conveniencia de la aprobación del expediente legislativo 21.336, Proyecto de Ley Marco de Empleo Público que actualmente se discute en la Asamblea Legislativa” (oficio R-367-2021).
En el comunicado de prensa presentado por Rectoría “UCR se posiciona con análisis técnico de Ley Marco de Empleo Público” (UCR, 2021, p.1-2) se destacan ciertos aspectos negativos en relación al ámbito jurídico, económico y político, dada una eventual aprobación de este proyecto. Lo anterior se establece tras el análisis exhaustivo que desarrolló la comisión anteriormente mencionada y que según los expertos, no se logra tener certeza económica del aporte de la aprobación a la reducción del déficit fiscal.
¿Por qué este proyecto no es sustentable? A partir de los resultados de este material se establecen cuatro puntos que se pueden encontrar abordados de forma detallada en el documento “Análisis del Proyecto de Ley Marco de Empleo Público (Exp.26.336)” (UCR, 2021, p.1-28).
El primer punto es que el proyecto carece de estudios técnicos e información específica sobre las escalas salariales que permitan determinar el ahorro real que implicaría para el país los cambios estructurales en materia económica y de reducción que se establece en la ley. El segundo, es que esas afectaciones salariales podrían afectar la reactivación económica debido a las bajas en el consumo y la demanda interna (UCR, 2021, párr.6-7).
En relación al tercero, se infiere en que el proyecto de Ley de Empleo Público presenta vicios de constitucionalidad pues puede afectar el régimen de autonomías de CCSS, municipalidades y universidades. Con esto, se afectaría la dinámica administrativa y organizativa de las instituciones mencionadas. Por último, en el auge que ha tenido el tema no se ha permitido establecer un diálogo, reflexión y debate sobre la implicación real no solo en la parte económica sino también en la agitación social que pueda paralizar y profundizar la crisis económica actual (UCR, 2021, párr.8-9).
El documento al que se hace referencia permite entender la Ley de Empleo Público desde tres aristas: la jurídica, política y económica, por lo que es una herramienta para conocer lo que se está debatiendo en Asamblea Legislativa y tener un criterio propio para estar a favor o en contra. (UCR, 2021, p.1-28)
Tanto el comunicado de prensa como el análisis elaborado por la comisión de la UCR los puede encontrar completos aquí:
Universidad de Costa Rica (2021). Análisis del Proyecto de Ley Marco de Empleo Público (Exp.26.336). [Pdf]. Rectoría. [Consultado el 09 de febrero de 2021].
Universidad de Costa Rica (2021, febrero 8). UCR se posiciona con análisis técnico de Ley Marco de Empleo Público. Rectoría.
Utilizamos cookies y tecnologías similares para mejorar su experiencia en nuestro sitio web.