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Definen estrategias conjuntas frente a problemáticas causadas por la expansión piñera

Comunicado de prensa

Definen estrategias frente a expansion pinera

Personas de comunidades afectadas, organizaciones ecologistas, representantes sindicales y legisladores y legisladoras participaron en un encuentro para definir estrategias conjuntas y construir soluciones frente a las problemáticas socioambientales y laborales asociadas a la expansión intensiva y extensiva del monocultivo de la piña en Costa Rica.

El encuentro, realizado el pasado 4 de junio, fue un espacio para fortalecer y ampliar los esfuerzos de lucha contra la expansión piñera, y poder llevar esta acción a una escala nacional e internacional. Uno de los objetivos que se cumplieron en esta reunión fue construir un plan de acción conjunta ante esta problemática.

En la reunión participaron personas del Frente Nacional de Sectores Afectados por la Actividad Piñera (FRENASAPP), la Asociación de Iniciativas Populares Ditsö, la Coordinadora Norte Tierra y Libertad, la Coordinadora de Lucha Sur Sur, el Foro Ecuménico para el Desarrollo Alternativo de Guanacaste (FEDEAGUA), el Sindicato de Trabajadores de Plantaciones Agrícolas de Costa Rica (SITRAP), los despachos de la diputada Patricia Mora y del diputado Edgardo Araya, del Frente Amplio, el programa Era Verde de la Universidad de Costa Rica, COECOCEIBA y la Red de Coordinación en Biodiversidad, entre varios otros.

Este esfuerzo es importante porque es un espacio donde existe una voluntad compartida y reúne a mucha gente y a muchos actores que, durante casi 20 años, han trabajado y estudiado el tema de los daños causados por las piñeras y acompañando a las comunidades afectadas.

En el país, el sector piñero sigue buscando un crecimiento agresivo y formas de competir con otros países exportadores de piña. Ha quedado claro que actores poderosos como la Cámara Nacional de Productores y Exportadores de Piña (CANAPEP) ejercen fuerte presión ante el actual Gobierno, tanto en políticas agrícolas como en medidas fitosanitarias. Cuando recientemente el Servicio Fitosanitario del Estado (SFE) -adscrito al Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG)- ordenó la inspección de contenedores de piña para exportación en los puertos de salida, los productores se quejaron por este endurecimiento de controles sanitarios, y presionaron al Gobierno hasta que se sacó al director de dicha instancia, Francisco Dall’Anese. La medida había sido dictada por un aumento en los casos de detección de insectos en estos contenedores, destinados a Estados Unidos.

En las últimas décadas han aumentado en Costa Rica las héctareas sembradas de piña, el número de transnacionales instaladas y es claro que se ha generado una dinámica de dependencia de las economías locales donde están las fincas piñeras.

Investigadores del Instituto de Estudios Sociales en Población (IDESPO) de la Universidad Nacional realizaron un estudio sobre jóvenes nicaragüenses y las dinámicas laborales en fincas piñeras de la Zona Norte, específicamente en las localidades de Guatuso, Pital y Aguas Arcas de San Carlos, Los Chiles, y Upala.

De acuerdo con el estudio, las 21 personas entrevistadas no tienen jornadas laborales claras ni vacaciones sino que sus horarios están sujetos a la demanda del mercado exterior y al período de cosecha. Trabajan un promedio de 6-7 días a la semana y entre 8-10 horas al día. Además, no existe un salario mínimo y éste varía según la finca. Las violaciones más graves ocurren con la figura del contratista, pues según las personas entrevistadas éste no tiene responsabilidad patronal, no les paga seguro social ni póliza de riesgos y se les obliga a largas jornadas de trabajo.

En abril de este año se dio a conocer el estudio “Condiciones de producción, impactos humanos y ambientales del sector piña en Costa Rica”. El reporte, elaborado por Oxfam y la Oxfam y la Asociación Regional Centroamericana por el Agua y el Ambiente (ARCA) estaba dirigido a los países consumidores de la piña que se produce aquí.

La investigación concluyó que grandes empresas piñeras que alaban la sostenibilidad vierten sus aguas residuales contaminadas con químicos cerca de reservas de agua potable sin ocultarlo; y que compañías responsables de contaminar aguas subterráneas no han pagado indemnización alguna ni construido el sistema de abastecimiento de agua requerido para subsanar el daño. Asimismo, se destacaron las quejas de las personas trabajadoras en las piñeras sobre sueldos, horas de trabajo e incumplimiento de derechos sindicales.

Después de tener un panorama sobre las principales consecuencias socioambientales y laborales causadas por la expansión piñera -y que son resultado de experiencias de ex-trabajadores, de personas vecinas de las fincas piñeras, y de investigaciones académicas-, en el Encuentro se discutieron las posibles rutas a seguir en conjunto para la construcción de alternativas.

Las y los participantes en el Encuentro aseguraron que continuarán trabajando en esa dirección, al lado de las comunidades que sufren las consecuencias directas del desarrollo, muchas veces irresponsable, de la actividad piñera; a vista y paciencia de todo el aparato institucional.

 

Información enviada a SURCOS Digital por Fabiola Pomareda, Voces Nuestras.

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Trabajadores de CCSS solicitan cese de rebajos de salarios y reposición de tiempos

La Central General de Trabajadores comparte con SURCOS Digital el oficio emitido por las organizaciones integrantes, con respecto a la solicitud de cese inmediato de los rebajos de salarios y reposición de tiempos improcedentes a los trabajadores de la CCSS por su participación en la huelga realizada el pasado 26 y 27 de abril:

 

San José, 24 de junio de 2016

SG-SISSS-333-16

 

Doctora

María del Rocío Sáenz Madrigal

Presidenta Ejecutiva

CCSS

Asunto: Solicitud de cese inmediato de los rebajos de salarios y reposición de tiempos improcedentes a los trabajadores de la Caja por su participación en la huelga de los días 26 y 27 de abril de 2016

Estimada doctora: reciba un atento saludo.

Sirva la presente para reiterarle la solicitud de nuestra organización sindical trasladada mediante el oficio SG-SISSS-259-2016, en el sentido que la Institución cese en su intención de realizar rebajos de salarios u obligar a reponer con tiempo en forma ilegal, a los trabajadores(as) participantes en la huelga de los días 26 y 27 de abril de 2.016.

Lo anterior pese a que el Lic. Ronald Lacayo Monge, Gerente Administrativo y por delegación de esa Presidencia Ejecutiva, mediante oficio GA-48061-2016 de fecha 20 de mayo de 2016, informó que no habrían procedimientos administrativos, sancionatorios ni de responsabilidad patronal por esta causa; pero ulteriormente se han emitido diversas directrices en contrario, las cuales consideramos arbitrarias e improcedentes por los siguientes motivos:

 

  1. Según lo consignado por el señor gerente administrativo en el oficio GA-48061-2016, la Caja Costarricense de Seguro Social sólo accionó dos procesos judiciales en razón de la huelga del 26 y 27 de abril; a saber, uno bajo el expediente 16-000419-0641-LA-4 en el Juzgado de Trabajo de Cartago y otro bajo el expediente 16-000431-1178-LA-8 en el Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José referente al Hospital San Juan de Dios, Hospital Calderón Guardia y Hospital México.
  2. Bajo ésta premisa, resulta evidente que deviene en ilegal la pretensión de rebajos de salarios o de reposición de tiempos que impulsa la Caja en todo el país; dado que la Institución no actuó oportunamente en presentar las diligencias judiciales de ley, si es que su intención era hacer dichos rebajos y reposiciones de tiempos.
  3. Inclusive ésta pretensión es inaplicable en los hospitales San Juan de Dios, Calderón Guardia, México y de Max Peralta de Cartago, ya que las sentencias de primera instancia han sido apeladas, lo cual acarrea que al no estar en firme aún no son definitivas.
  4. Respecto al acuerdo firmado por la Caja y una representación del Bussco (cinco sindicatos institucionales encabezados por Undeca), debemos manifestar que las más de 53 organizaciones sindicales existentes en la Institución, pero sobre todo las que pertenecemos a la Federación Unitaria Nacional de Sindicatos de la Salud y la Seguridad Social-FUNASS y posiblemente también los trabajadores que no están afiliados a ninguna organización sindical, no nos sentimos representados ni aceptamos los términos de ese acuerdo, toda vez que no se nos convocó a dicha reunión, a pesar de haber sido parte activa del movimiento de huelga en amplios sectores de trabajadores y centros de trabajo en todo el país.
  5. Aunado a lo anterior, siendo que hasta donde nos consta el Bussco no es una organización de derecho, su legitimidad para ejercer la representación de todos y todas las trabajadores(as) de la Caja participantes en la huelga debió ser acreditada; siendo ésta una razón más por la que no reconocemos y mucho menos aceptamos dicha negociación.

PETITORIAS:

  1. Reiteramos nuestra solicitud en el sentido de que la Presidencia Ejecutiva de la Caja a su digno cargo, interponga sus buenos oficios en el sentido de que se dejen sin efecto todas las directrices instituciones y las acciones de las jefaturas intermedias, con las que se pretenden realizar rebajos de salarios y reposiciones de tiempos improcedentes e ilegales a los trabajadores de la CCSS, en razón de su participación en huelga del 26 y 27 de abril de 2.016 que no ha sido declarada ilegal por las instancias judiciales competentes.
  2. En el caso del Hospital de Cartago, HCG, HSJD y Hospital México, quedamos a la espera de las resoluciones en sentencias en firme, posterior a las cuales estamos anuentes a negociar con las autoridades institucionales y con la participación de todas las organizaciones sindicales de la Caja interesadas, las acciones que en derecho correspondan.

 

Sr. Carlos Alberto Gómez Ramos

Secretario General

Sindicato de la Salud y Seguridad Social

SISSS

 

*Imagen con fines ilustrativos.

Enviado a SURCOS Digital por Carlos Cabezas, CGT.

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La CGT abandona BUSSCO

Comunicado de prensa

 

La Junta Directiva Nacional de la Central General de Trabajadores aprobó no participar más en el espacio unitario denominado BUSSCO, solicitando a las organizaciones miembros de esa confederación que analizaran también la posibilidad de renunciar también.

Como resultado del silencio cómplice del Bussco ante el acto de deslealtad de excluir de las negociaciones con las autoridades de la CCSS a los sindicatos agremiados, como la exclusión del Apse de la Convención Colectiva, fue la última gota que derramó el vaso de la paciencia de la Central Sindical, que plantea como fundamento para la creación y participación en alianzas los principios de democracia obrera y lealtad, los cuales cada vez están más deteriorados en la dinámica del Bussco, señalo el Secretario General Carlos José Cabezas Mora.

Añadió el compañero Cabezas que “el distanciamiento con el Comité Político del Bussco inicia al anunciar públicamente el acercamiento con otros colectivos como Patria Justa y las Centrales Sindicales”, consideramos que el Bussco no es lo suficientemente fuerte para ser quien detenga el avanzar de las posiciones del Bloque Opositor de la Asamblea Legislativa, se requiere de una unidad más amplia, las pasadas huelgas y los resultados demuestran esas tesis, opinó el dirigente.

La salida de uno de los aliados más importantes del Bussco, de una organización combativa y que aporta muchísimo en los procesos de movilización como es Apse, fue valorada de manera despectiva por el plenario del Bussco, como un punto de varios en la agenda.

La CGT ha tenido puntos divergentes con las decisiones del Comité Político del espacio unitario informal que apostó fundamentalmente al debate de una agenda nacional, cuyos resultados son evidentemente nulos, además en lugar de promover el clima de protesta contra los proyectos en la Asamblea Legislativa la prioridad de ese colectivo es sentarse a conversar con la casa presidencial, una camino que parece apostar al supuesto carácter progresista de un gobierno en el cual más influencia tiene los empresarios que los sindicatos.

La Junta Directiva Nacional aprobó a pesar de las diferencias continuar la coordinación con todos los espacios sindicales unitarios existentes con la pretensión de lograr aunque sea coordinaciones mínimas que impidan el avance de los proyectos de empleo público.

Carlos J. Cabezas Mora

Secretario General

 

*Imagen con fines ilustrativos.

Enviado a SURCOS Digital por Carlos Cabezas.

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SITRAHSAN: Reestructuración en aduanas fue hecha de manera unilateral

El Sindicato de Trabajadores del Ministerio de Hacienda y del Sistema Aduanero Nacional, SITRAHSAN, dio a conocer el oficio enviado al Ministro de Hacienda sobre los intentos de reestructuración que impulsaría el Director General de Aduanas, y que según esta agrupación, fue hecho de manera unilateral y sin dar participación, en un proceso tan importante, al SITRAHSAN.

De acuerdo con el comunicado, SITRAHSAN argumenta que este sindicato tiene mucho que decir y aportar en estos procesos para buscar la protección de los intereses fundamentales del personal aduanero y del Servicio Nacional de Aduanas.

Con la entrega del oficio, el cual se aprecia en las siguientes imágenes, los integrantes de SITRAHSAN esperan ser atendidos por el ministro lo antes posible. (Dele clic a las imágenes para ampliarlas).

SITRAHSAN oficio s

SITRAHSAN oficio3

*Imagen: Lic José Manuel Gómez, Secretario Adjunto, SITRAHSAN

Enviado a SURCOS Digital por SITRAHSAN.

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Convención de RECOPE: Sala IV hizo lo correcto

Comunicado de prensa

Intendente de Energía se expone a demanda por prevaricato

ARESEP en la picota y UCCAEP atiza la confrontación

 

En el Colectivo Sindical PATRIA JUSTA estima que la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia ha emitido un resolución estrictamente apegada a la institucionalidad jurídica nacional y al Derecho Internacional en materia laboral, con ocasión del fallo que “pone en su lugar” a la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP); anulando la serie de tropelías y graves acciones de abuso de poder por ella cometidos, cuando esta entidad decidió anular, de facto, varios de los artículos de la actual Convención Colectiva de Trabajo vigente en la Refinadora Costarricense de Petróleo (RECOPE), suscrita con su sindicato legítimo, integrante éste del Colectivo Sindical PATRIA JUSTA, el Sindicato de Trabajadores Petroleros, Químicos y Afines (SITRAPEQUIA).

En el marco de la irracional, injusta y confrontativa campaña de agresión ideológica y de terrorismo ideológico en contra del empleo público, del sector público mismo, de los derechos sociolaborales de las personas trabajadoras que en él laboran y de las organizaciones sindicales que les representan; el colectivo laboral de RECOPE fue de los más vilipendiados, siendo víctimas inocentes de ejecuciones mediáticas de carácter sumario, cuando ni siquiera son responsables en lo más mínimo del déficit fiscal pues esta institución no depende de las finanzas del Gobierno Central (Ministerio de Hacienda).

El fallo de la Sala IV, gústeles o no a los ideológicos y ejecutores de esa vil campaña, recuerda que en Costa Rica hay vigente una Constitución Política que consagra al instituto más importante del Derecho Colectivo de Trabajo, que es la Convención Colectiva de Trabajo, dándole rango de ley entre las partes: obrera y patronal (artículo 62 de nuestra carta magna).

La Sala IV está recordando con este fallo que Costa Rica, gústeles a o no, forma parte de la comunidad mundial de naciones y que en materia laboral pertenecemos a la Organización Internacional de Trabajo (OIT), entidad fundamental dentro del sistema de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Por tanto, hay toda una normativa de Derecho Laboral Internacional que Costa Rica debe observar y respetar, así relegitimada por la propia Asamblea Legislativa del país, como lo es el derecho de Negociación Colectiva que hoy, todavía más fuertemente, refrenda al más alto tribunal del país.

La Sala IV nos recuerda que la Libertad Sindical es un Derecho Humano Fundamental universalmente reconocido y que dentro del mismo, el derecho de Negociación Colectiva es intrínsecamente parte de esos Derechos Humanos fundamentales; por tanto, la ARESEP, en la persona de su Intendente de Energía, no solamente cometió esas graves tropelías contra la Constitución y contra el Derecho Internacional en materia laboral, sino que usurpó potestades que únicamente le competen a la propia Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.

De ello que hemos de proponer al equipo dirigente del Colectivo Sindical PATRIA JUSTA entablar una demanda penal por prevaricato en contra del Intendente de Energía de la ARESEP, el señor Juan Manuel Quesada, a fin de que se haga responsable de su ilegal proceder cuando, de facto, usurpó potestades constitucionales en la materia de negociaciones colectivas en empresas públicas sujetas a la regulación de ARESEP.

Finalmente, es lamentable y condenable el anuncio del gremio representante del alto corporativismo del país, la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones de la Empresa Privada (UCCAEP), de que emprenderá acciones de inconstitucionalidad en contra de la Convención Colectiva de Trabajo vigente en RECOPE y hoy relegitimada por la Sala IV, pues esto representa un acto de provocación confrontativa.

Patria Justa

 

*Imagen con fines ilustrativos tomada del Facebook de Sindicato Sitrapequia

Enviado a SURCOS Digital por secretaría general ANEP.

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BUSSCO presenta propuesta de reajuste salarial para el sector privado

Segundo semestre del 2016

 

El pasado lunes 6 de junio, el Bloque Unitario Sindical y Social Costarricense (BUSSCO), a través Susan Quirós Díaz, Secretaria General de la UNT, presentó ante el Consejo Nacional de Salarios, para su valoración y aprobación, la propuesta para el ajuste salarial del Sector Privado, correspondiente al segundo semestre del 2016.

BUSSCO presenta propuesta de reajuste salarial2

Concretamente se propuso ajustar los salarios de la siguiente manera:

  1. Un 0.76% general para todas las clases de puestos.
  2. Un ajuste adicional del 2% para las categorías de puestos No Calificados, Semicalificados y Calificados; correspondiéndoles a estas categorías de puestos un ajuste total del 2.76%.
  3. Un ajuste adicional del 2% para los trabajadores del Servicio Doméstico. Para este grupo de trabajadores proponemos un ajuste total del 4.76%.

La propuesta se fundamentó en lo siguiente:

  1. Los índices económicos demuestran que la economía costarricense si bien no crece al ritmo esperado, lo cierto es que es una de las economías que más crece, incluso a nivel latinoamericano. El Banco Central proyectó para este año un crecimiento del 4.2%.
  2. La inflación a mayo cerró en un -1.37% y este Consejo Nacional de Salarios arrastra una deuda del 2.13% a favor de los trabajadores, generada en la fijación salarial del I Semestre de 2015.
  3. El Banco Central prevé para este año una inflación proyectada del 3%. Dividiéndolo en semestres, para estos primeros 6 meses se espera una inflación no superior al 1.49%.
  4. El ex ministro de Trabajo y Seguridad Social Víctor Morales Mora, firmó un acuerdo con una organización sindical, representante de los trabajadores domésticos, comprometiéndose a realizar un ajuste semestral superior al general para este sector laboral. Es reprochable que este dicho sector, no gane ni siquiera el salario mínimo de un trabajador no calificado.
  5. Que desde los sindicatos y la representación de los trabajadores en el seno del Consejo, siempre hemos demandado que el salario mínimo al menos debe alcanzar para comprar dos canastas básicas alimentarias, para un núcleo familiar promedio de 4 personas.

Asimismo, se demandó al Consejo, conforme al mandato del acuerdo tripartito que dio origen a la fórmula de ajuste salarial que se aplica actualmente, se proceda con toda prioridad a consensuar una nueva metodología que integre a la actual, otras variables, económicas, financieras; por rama de producción o de carácter regional, que le permitan a los trabajadores en cada fijación salarial, tener acceso a una mayor proporción de la riqueza producida.

Por ejemplo, recientemente el Instituto Nacional de Seguros (INS) anunció un rebajo en la tarifa del Seguro de Riesgos del Trabajo de un 7%. Con este rebajo se proyecta que el sector empresarial se ahorrará, anualmente, unos 6,700 millones de colones. ¿Cómo se reflejará este ahorro patronal en los salarios de los trabajadores?

La propuesta fue suscrita por UNT, ANDE, UNDECA, SIPROCIMECA, ANEJUD, SINDEU, UNTRASEP, SINASS-CGT, SITRAINA, SIMEVET, SITECO Y CCTD; todas organizaciones que integran el Bloque Unitario Sindical y Social Costarricense (BUSSCO).

 

**Para más información llamar al 8877-5471 con Susan Quirós Díaz.

 

Enviado a SURCOS Digital por Unión Nacional de Trabajadoras y Trabajadores.

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El movimiento sindical costarricense a partir de la década del 40 del siglo XX

… dificultades, avances, aciertos, debilidades y perspectiva futura

El movimiento sindical costarricense3

Don Rodrigo Aguilar Arce compartió con SURCOS Digital el documento realizado por él mismo, el cual nos acerca al debate sobre la auto-reforma sindical propuesta por la Confederación de Sindical de las Américas, que propone que tengamos más afiliación pero menos sindicatos, pero que, según el autor del escrito, “lamentablemente, Costa Rica continúa aún día con los pasos contrarios, construyendo mayor atomización sindical, pero sin entrarle al fondo de la afiliación al principal y mayoritario segmento de la población trabajadora y que es la que se desempeña en las empresas privadas”.

Don Rodrigo Aguilar inició con la elaboración de este documento hace 3 años, pero fue dando un margen de tiempo y ahora manifiesta que se vio obligado a variar algunos conceptos y datos estadísticos, hasta diciembre 2015.

El documento se puede ver en el siguiente vínculo:

Reflexiones sobre datos estadísticos sindicales

En la Presentación del trabajo don Rodrigo Aguilar señala:

El movimiento sindical costarricense2

“El presente documento de análisis, tiene como propósito, contribuir con los procesos de formación de las organizaciones sindicales costarricenses, sindicatos, federaciones, confederaciones, en sus debates y proyecciones orientados a la construcción de un nuevo modelo de desarrollo sindical en el país, tal y como lo demanda la declaratoria de la Confederación Sindical de las Américas, CSA en la perspectiva de avanzar en una auto-reforma sindical, que permita fortalecerle y potenciar su acción de lucha y su papel protagónico en la sociedad, lo cual requiere del esfuerzo de toda la clase trabajadora y por supuesto de sus dirigencias, altas, medias, intermedias y de base, especialmente en una Costa Rica que ha cambiado radicalmente su estructura económica, y que lejos de crear las condiciones óptimas para la generación de fuentes de trabajo, se ha inclinado por una economía de mercado, que si bien ha generado crecimiento, el mismo, no ha contribuido a la solución de la pobreza y la desigualdad, por el contrario, ha extremado la concentración de la riqueza en pocas manos, e incrementado la poca generación de fuentes de trabajo en una alta proporción en la informalidad.

A pesar de que Costa Rica al finalizar el año 2015 muestra una tasa significativa en materia de densidad sindical, (13.08% de la Población Económicamente Activa, PEA y 14.17% de la Población Ocupada, PO), que pareciera ser bastante elevada, la verdad es que prácticamente el 80% de la fuerza sindical está incorporada al sector público, y cerca de un 15%, forman parte del sindicalismo en el campesinado.

Aunque desde mi perspectiva, esa alta densidad, que se incrementa con la integración de dos organizaciones gremiales del Magisterio que se convirtieron en sindicatos a finales del 2014, podría ser más baja, en virtud, de que la percepción, es que, en el sector público, en algunas instituciones que cuentan con varias organizaciones sindicales, puede estarse dando la doble y hasta triple afiliación. Para ello habría que hacer un estudio a profundidad que conllevaría bastante tiempo para detectarlo correctamente

Cuando hacemos la comparación del total de afiliados en las empresas privadas, sean multinacionales o nacionales, las cifras son alarmantes, 0.58%.

Desde mi perspectiva, el movimiento sindical tendrá que dar pasos gigantescos para revertir esos últimos datos y trabajar concienzudamente para incrementar la afiliación en ese sector, lo que indudablemente no será fácil de organizar, por las condiciones que se han dado a lo largo del tiempo, como se analizará en el presente documento».

Reflexiones sobre las Tendencias del Movimiento Sindical Costarricense dentro del Escenario Continental y Mundial.

Cofundador del SEC

Rodrigo Aguilar Arce

 

Enviado a SURCOS Digital por el autor.

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Análisis general sobre la «Ley para racionalizar el gasto público»

ANEP-Unidad de Asesoría Jurídica (UAJ)

Expediente legislativo No. 19.923

 

En un comunicado enviado por ANEP a SURCOS Digital, se manifestó que el equipo de profesionales en derecho laboral de la Unidad de Asesoría Jurídica (UAJ) de dicha organización, ha elaborado el documento adjunto al final de esta nota, haciendo un análisis muy general, desde una perspectiva legal, sobre el Expediente Legislativo No. 19.923, «Ley para racionalizar el gasto público», el cual han denominado en ANEP como la «Ley para aniquilar el sector Público», o «combo antitrabajador».

Los profesionales de la UAJ han elaborado este documento con la finalidad de que sea de utilidad para los socios y las socias de la ANEP, para los y las integrantes de las diferentes seccionales del sector público de la ANEP, para los delegados y para las delegadas sindicales en diferentes centros laborales; así como para organizaciones sindicales que convergen en enfrentar esta iniciativa.

*Imagen con fines ilustrativos.

Información enviada a SURCOS Digital por ANEP.

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Ministerio de Hacienda: SITRAHSAN y Frente Sindical fijan posición ante política de rotación de puestos

Frente Sindical

SINDHAC – SECCIONAL ANEP – SITRAHSAN – SiDGH

Posición oficial respecto a la “Política de rotación para funcionarios que laboran en el Ministerio de Hacienda”

El Sindicato de Trabajadores del Ministerio de Hacienda (SITRAHSAN) hizo llegar a SURCOS Digital un comunicado emitido sobre la política de rotación implementada en el Servicio Aduanero y en todo al personal hacendario. Éste se dio por la negativa de las autoridades hacendarias a entablar un diálogo y negociación en forma justa y seria con las organizaciones sindicales que representan al personal hacendario, pues, según la información suministrada, imponen sus criterios y cancelan las reuniones que venían realizando con el señor vice ministro de Trabajo y Seguridad Social.

 

Falta de criterio técnico

Respecto al criterio técnico, la Administración hace llegar un Proyecto Directriz denominado “Políticas de Rotación para funcionarios que laboran en el Ministerio de Hacienda”, a los Sindicatos de este Ministerio, sin embargo, no se adjunta ningún estudio o criterio técnico que justifique esta política o la necesidad institucional de la rotación de los funcionarios.

Lo anterior, crea ambigüedad e incerteza jurídica, la cual atenta contra la estabilidad laboral de los funcionarios, debido a que hay una actitud antojadiza por parte de la Administración, sin que medie ningún respaldo.

Aunado a lo anterior, la necesidad de que la Directriz que solicita la rotación de funcionarios deba contener una profusa motivación técnica multiprofesional, implica que la carencia de este requisito atenta contra el artículo 11 de la Constitución Política y 11 de la Ley General de Administración Pública, que disponen la adecuada motivación de los actos administrativos en cumplimiento del principio de legalidad, al cual está sometida la actuación de la Administración Pública. De obviarse esta motivación y acudir por lo tanto a vías de hecho, este Frente Sindical, no dudará en exigir la responsabilidad civil, administrativa y penal para los funcionarios involucrados en dichas actuaciones.

También, el Reglamento Autónomo de Servicios de este Ministerio, es claro al indicar:

…”El Ministerio, previo cumplimiento del debido proceso, con la debida justificación y con fundamento en los principios que inspiran este reglamento, podrá cambiar en forma temporal conforme lo establece el Estatuto y el Reglamento de Servicio Civil, el horario, el lugar de trabajo y otros aspectos de la prestación de servicio, siempre que no cause un perjuicio grave al trabajador(a). Podrá también temporalmente trasladar al servidor(a) a otras dependencias del Ministerio según criterios técnicos de rotación. Podrá reubicar a los funcionarios (as) dentro de sus diferentes dependencias, de acuerdo con las disposiciones del Estatuto de Servicio Civil y de este reglamento.*Tratándose de puestos del Régimen Policial, el Ministerio podrá variar el horario, el lugar de trabajo y otros aspectos de la prestación de servicio, previo cumplimiento del debido proceso. (El resaltado no es del original)…”

Adicionalmente, si se aboga y se fundamenta la necesidad de una rotación periódica de funcionarios, atendiendo a cuestiones de control interno junto con el Informe Técnico, debería establecerse una tabla de rotación de todos los funcionarios y no de algunos, como suele suceder, incluyendo a los Directores y Sub Directores, de lo contrario este proceso estaría viciado de subjetividad, persecución y obedecería a intereses personales y no a un verdadero interés público.

Asumimos, que al no existir estudios técnicos sobre el proyecto de rotación de funcionarios del Ministerio de Hacienda, la Contraloría General de la República, dentro de su competencia, desconoce las acciones y decisiones que pretende tomar esta Administración.

Zonaje

Respecto a este punto, el señor Ministro de Hacienda, suspendió la autorización para la asignación de nuevas tareas a puestos, debido a la necesidad de contener el gasto y la disminución del contenido económico, por lo que valoramos contradictorio, este proyecto, debido a que ¿Se encuentran previstos los gastos presupuestarios que generarán estas rotaciones, tales como zonajes y alojamiento? (capacidad habitacional).

El significado de “Perjuicio grave” en el Estatuto de Servicio Civil, la Administración lo ve únicamente como un perjuicio económico subsanable con el pago de “Zonaje”, donde en realidad dicho monto es una falacia de la Administración para conceptualizar un supuesto beneficio económico.

El “Zonaje” pasa ser parte del salario y como tal es sujeto de rebajas, al final, dependiendo del lugar donde al funcionario lo “reubiquen”, por ejemplo en la Aduana Peñas Blancas, el funcionario debe buscar un lugar donde vivir, pagar transporte, alimentación (la cual en zonas rurales es sumamente cara) entre otros, además de los gastos paralelos de su familia.

Según la misma propuesta de Política de Rotación, en el apartado número XI. Indica que:

…”el Departamento de Gestión de Potencial Humano verificará que la dependencia cuente con su presupuesto con el contenido económico para la emisión de este pago, aparte de otros requisitos establecidos para que el funcionario pueda hacerse acreedor al beneficio. Si no existe contenido económico el Departamento de Gestión de Potencial Humano, lo pondrá en conocimiento del Director de la Dependencia [sic] para que se proceda con los ajustes presupuestarios necesarios, de previo a realizar el movimiento de personal que requiera el pago de este beneficio”.

Teniendo en cuenta la transcripción anterior, la Política de Rotación de Personal, estaría generando gastos innecesarios y fomentando una hipertrofia de trámites burocráticos para que al final de cuentas el funcionario termine asumiendo los gastos ya mencionados, dado que el monto de zonaje no cubre la totalidad de nuevas erogaciones que el funcionario debe incurrir producto de su traslado.

Violaciones legales de la directriz

Esta directriz violenta el artículo 191 la Constitución Política (en cuanto atenta contra la eficiencia de la gestión que debe buscar la Administración Pública) porque la rotación forzosa que se pretende instaurar implica la pérdida de conocimientos especializados en cada área que es fundamental para la recaudación, además se ha demostrado que una institución en la que exista un alto nivel de rotación de personal se desgasta en aspectos como nuevos requerimientos de capacitación y reorganización aumentando sus costos operacionales.

De conformidad con el “Manual de Normas Generales de Control Interno para la Contraloría General de la República y las entidades y órganos sujetos a su fiscalización”, M-1-2002-CO-DDI, con respecto a lo que indica el Capítulo II “Normas Generales Relativas al Ambiente de Control”, en el punto 2.4. “Administración eficaz del potencial humano”, en su declaración interpretativa manifiesta:

“…La importancia del elemento humano radica en que el funcionamiento eficaz de los sistemas de control interno dependen de cuán adecuadamente desempeñe su función cada uno de los miembros de la organización y de cuán claramente comprendan su papel para el cumplimiento de los objetivos…”

Lo anterior, rescata la importancia del recurso humano de este Ministerio, y consideramos que con esta Política de Rotación se contradice la norma transcrita puesto que afecta de manera negativa la estabilidad laboral y emocional del funcionario, así como también lo perjudica a nivel familiar, creando personal desmotivado y sin sentido de pertenencia en un ambiente de incertidumbre.

La Directriz crea un amplio margen de discrecionalidad y subjetividad en los directores de programas que va en contra de los principios de objetividad, probidad y legalidad consagrados en la Ley General de la Administración Pública.

Esta misma subjetividad creada en la directriz de rotación se ve reflejada en lo que se entiende como “perjuicio grave”, ya que no existe un criterio objetivo que lo defina y deja en manos de la Administración la aplicación antojadiza de este concepto.

La directriz analizada no deja clara cuál es la definición de director de dependencia y el director de programa presupuestario, lo cual lleva a una contradicción en lo establecido por el resultando número cinco y los puntos ocho y nueve del apartado de las políticas de rotación, haciendo necesaria una aclaración sobre cuales directores tienen la facultad de promover, coordinar y aprobar las resoluciones de rotación y reubicación de personal.

Los apartados cinco y seis de las políticas de rotación establecen dos temas preocupantes: el primero de ellos que deja como una facultad exclusiva del director de cada dependencia la decisión de rotar al personal, esto a nuestro criterio aumenta su poder de actuación discrecional y contradice lo establecido en la Normativa de Control Interno. Un segundo punto que genera preocupación es el hecho de que se establece una anualidad en la rotación del personal, sin tomar en cuenta los costes económicos y la saturación de funciones de las oficinas involucradas en el proceso, generando un desgaste innecesario para la Administración, así como un despilfarro de recursos en épocas en las cuáles se exige austeridad a los funcionarios públicos.

Perjuicio a la administración

La falta de experiencia en el desempeño de los puestos, somete a la Administración a un alto nivel de vulnerabilidad frente al error humano con afectación de los objetivos, misión y visión Institucionales, y su consecuente perjuicio económico por eventuales demandas y daños al administrado.

En el documento bajo análisis no se toma en cuenta la capacitación al funcionario trasladado, ya que la curva de aprendizaje debe actualizarse a las nuevas funciones de su puesto. Asimismo, la capacitación adquirida en su momento, prácticamente se desecha para el nuevo puesto, por lo tanto, incide en un costo para la Administración.

La Política de Rotación, perjudica la misión del plan estratégico del Gobierno 2015-2018, puesto que somete a la Administración a un desgaste económico y administrativo innecesario con pocos o nulos resultados positivos que a la fecha no hay un documento o informe oficial que los demuestre.

La directriz es ambigua y provoca ¿Cuánta será la cuota mínima de estos cambios?, ¿Se encuentra la Administración preparada para actuar en caso que un funcionario “gane” los recursos, entonces cómo se cubrirá esa plaza a la que se tuvo que haber trasladado, quedando con menos personal uno de los lugares de trabajo?

Perjuicio al funcionario

Esta política de rotación de personal atenta contra la estabilidad del empleo público consagrada en la Constitución Política y regulada por Estatuto de Servicio Civil, permitiendo la incidencia política en el nombramiento y remoción de puestos, lo cual va perjudicar al funcionario eficiente, para beneficiar a otros que muy probablemente no tengan la cantidad de conocimientos y competencias del funcionario removido.

Un enorme perjuicio para el funcionario es el desarraigo familiar, de un traslado sin justificación técnica, simplemente por antojo de un funcionario que ocupa un puesto político por 4 años, donde a la Administración le importa lo más mínimo su situación familiar, su entorno social, el hecho que muchos funcionarios tengan casa propia y personas que dependan de ellos, tratamientos médicos en centros de salud específicos, en donde un movimiento de este tipo afecta directamente al funcionario en su salud física y psicológica.

El daño moral causado a los funcionarios que son trasladados ya que este cambio los estigmatiza y marca como funcionarios corruptos o problemáticos, siendo esto un grave atentado contra sus derechos de personalidad e imagen.

Perjuicio al Administrado

La constante rotación de personal colocándolos es puestos para los cuales no ha sido capacitado afecta negativamente al usuario de los servicios que presta el Ministerio. Este usuario será víctima de funcionarios con poco conocimiento técnico sobre el servicio que presta y además muchas veces funcionarios que se encuentren sumamente desmotivados y a disgusto con su traslado.

Crea un administrado confundido y desmotivados con grandes consecuencias económicas para las finanzas públicas.

Petitoria

  1. Dejar sin efecto las rotaciones efectuadas y futuras, hasta tanto no se cuente con un estudio técnico que las justifique y que además se establezca una política de rotación de personal que sea transparente, ética y objetiva que no atente contra el funcionario y las finanzas públicas. Y además que se participe a este Frente Sindical sobre las reuniones o mesas de trabajo que discutan la política de rotación de personal.
  2. Consideramos que el señor Fabricio Chavarría no tiene la autoridad ética, legal y moral para estar presente en esta mesa de trabajo, debido a las actuaciones pasadas, específicamente lo relacionado con las licencias por antigüedad y además por su condición de simple asesor del ministro carente de la investidura necesaria para la toma de decisiones.
  3. Solicitamos la destitución del Director de Aduanas, Benito Coghi por haber implementado una política de rotación que transgrede los derechos de los trabajadores, y que además atenta contra las finanzas del Estado, por no haber realizado ningún informe de resultados que compruebe el cumplimiento de los objetivos de la rotación de personal. No se ha demostrado aumento en la recaudación producto de los traslados, ni mucho menos una reducción de los índices de corrupción en el Sistema Aduanero Nacional.

*La Defensoría de los Habitantes está investigando el tema. Si desea conocer el documento de indagación de este organismo puede solicitarlo a nuestro correo:

Periodico.SURCOS@surcosdigital.com

 

*Imagen: Lic. Víctor Rojas Morales, secretario general, SITRAHSAN.

Enviado a SURCOS por Miguel Ureña Cascante, de SITRAHSAN.

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