
Defensoría solicita información sobre eventual revisión del beneficio tarifario en buses para personas adultas mayores
La Defensoría de los Habitantes solicitó al Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) y a la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) información precisa sobre los análisis que se estarían realizando en torno a la sostenibilidad y eventual revisión del beneficio tarifario para las personas adultas mayores usuarias del transporte público colectivo.
La solicitud se realiza en el marco de las competencias de la Defensoría como órgano contralor de la actuación administrativa y de defensa de los derechos e intereses de las y los habitantes, particularmente ante la relevancia que tiene el transporte público para la movilidad, autonomía y acceso a servicios esenciales de las personas adultas mayores.
La Defensoría tuvo conocimiento de diversas informaciones difundidas en medios de comunicación, en las que se señala que, según un acta del Consejo de Transporte Público (CTP), la exoneración del pasaje para las personas adultas mayores podría ser objeto de revisión.
De acuerdo con dichas informaciones, el MOPT estaría analizando la sostenibilidad del beneficio y posibles fuentes alternativas de financiamiento. Asimismo, se ha informado que durante 2025 los pasajes no cobrados a esta población habrían representado aproximadamente ₡14.000 millones.
Ante esta información, la Defensoría considera necesario conocer con claridad si se está analizando únicamente la sostenibilidad y las fuentes de financiamiento del beneficio vigente o si también se estudia modificar las condiciones actualmente aplicables a las personas adultas mayores.
Por ello, solicitó al MOPT información sobre si existe o no algún estudio, análisis o valoración sobre la sostenibilidad o eventual modificación del beneficio y cuál es su estado; además, si se están considerando modificaciones a las condiciones de acceso, porcentajes de exoneración o distancias actualmente establecidas.
También se consultó cuáles son los criterios técnicos, financieros y jurídicos utilizados y cómo se están incorporando las obligaciones derivadas de la Ley Integral para la Persona Adulta Mayor, Ley N.° 7935, si se ha valorado o no el posible impacto de una eventual modificación, especialmente en personas adultas mayores en condición de vulnerabilidad económica, residentes en zonas rurales o que dependen del transporte público para acceder a servicios esenciales y si se contempla la participación o consulta de las organizaciones de personas adultas mayores y de las instituciones vinculadas con la protección de sus derechos, así como el cronograma previsto para concluir el análisis y eventualmente adoptar medidas.
La Defensoría solicitó, además, información a la ARESEP para conocer cuál ha sido su participación en los análisis que estaría realizando el MOPT y cuál sería su intervención, dentro del ámbito de sus competencias, ante una eventual modificación de las condiciones del beneficio.
Asimismo, si ha realizado o tiene previsto realizar estudios sobre el impacto económico y tarifario de mantener, modificar o establecer mecanismos alternativos de financiamiento del beneficio, y se solicita remitir los estudios, informes o criterios técnicos correspondientes.
Hasta este miércoles 7 de octubre, solo ARESEP había respondido e indicó por medio de la Intendencia de Transporte que, no tenía conocimiento si el MOPT-CTP había realizado algún análisis en torno al beneficio tarifario de las personas adultas mayores en el servicio de autobús, de manera que no ha tenido participación en ese proceso, en caso de que se esté llevando a cabo.
Además, informó que en este momento la ARESEP es la contraparte técnica en nuestro país de la cooperación internacional que realiza el Programa de Sociedades Inclusivas de la Unión Europea en el marco de la iniciativa Global Gateway, con la que se procura asentar los primeros cimientos conducentes al diseño de medidas de tarificación progresiva en el transporte público de Costa Rica que considera la situación de la exoneración tarifaria a las personas adultas mayores y que, si bien las medidas asociadas a las fuentes necesarias para la sostenibilidad financiera de los servicios de transporte público requieren modificaciones legales y políticas públicas que corresponde gestionar al Poder Ejecutivo (MOPT-CTP), la ARESEP debe procurar la continuidad de los servicios públicos regulados, de manera que los resultados de esta cooperación internacional serán un insumo importante para esa discusión país.
Para la Defensoría, cualquier análisis sobre este beneficio debe contar con información técnica, financiera y jurídica suficiente, así como considerar los derechos de las personas adultas mayores y los posibles efectos que cualquier eventual modificación pudiera generar sobre su movilidad, autonomía y acceso efectivo a otros derechos y servicios.
La Defensoría enfatiza que su intervención tiene como propósito conocer y valorar la actuación de las instituciones competentes y verificar que los procesos de análisis y eventual toma de decisiones se desarrollen conforme al ordenamiento jurídico y desde un enfoque de derechos humanos.
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