Foro de Justicia se pronuncia ante visita (virtual) del relator especial de la ONU sobre “independencia de magistrados y abogados a la Corte Suprema de Justicia”

PRONUNCIAMIENTO DEL FORO DE JUSTICIA ANTE LA VISITA (VIRTUAL) DEL RELATOR ESPECIAL DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LA INDEPENDENCIA DE MAGISTRADOS Y ABOGADOS A LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE COSTA RICA

TENIENDO EN CUENTA QUE:

I.- Costa Rica, como signatario original de la Carta de las Naciones Unidas forma parte del sistema de Naciones Unidas el cual, para el cumplimiento de sus objetivos de defensa de las garantías democráticas, posee una amplia cantidad de órganos de verificación, entre los que se encuentra la Relatoría Especial sobre la Independencia de Magistrados y Abogados (sic), creada desde el año 1994, cuyo mandato, según resolución 26/7 del 10 de julio de 2014, se origina en la convicción de que “la independencia e imparcialidad del poder judicial, la independencia de los profesionales del derecho, la objetividad e imparcialidad de fiscales capaces de desempeñar debidamente su cometido y la integridad del sistema judicial son requisitos esenciales para la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales y la aplicación de la legislación propia de un estado de derecho, y para asegurar que los juicios sean imparciales y se celebren al margen de cualquier discriminación”. En dicho cargo el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas designó, desde 2017, a quien fuera juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos por dos períodos consecutivos (2008-2013) el Dr. Diego García-Sayán.

II.- La Relatoría Especial de las Naciones Unidas sobre la Independencia Judicial de los magistrados y abogados, mediante nota diplomática remitió a Costa Rica la OL CRI 3/2019 de fecha 12 de julio de 2019 en la cual, entre otras cosas, estipuló la necesidad de “Adoptar y aplicar las medidas necesarias para garantizar que el proceso de selección y nombramiento de las altas magistraturas esté basado exclusivamente en criterios objetivos y transparentes y que tengan por objetivo asegurar la integridad, idoneidad y la formación o calificación idónea de las personas seleccionadas. Dicho proceso ha de adecuarse a los estándares y principios internacionales de la independencia judicial.”

III.- La Relatoría Especial de las Naciones Unidas sobre la Independencia Judicial de los magistrados y abogados, mediante la OL CRI 3/2020 de fecha 27 de octubre de 2020 recomendó a Costa Rica lo siguiente: “2. Que se impulsen los esfuerzos necesarios para cesar las amenazas a la independencia judicial causadas por intromisión en la autogestión del poder judicial, la regresividad de derechos sociales y económicos y que se adopten las medidas de derecho interno que sean necesarias para dejar sin efecto, y haciendo cesar, los actos causantes de las violaciones a la independencia judicial aquí establecidas. 3. Exhortar al Estado de Costa Rica a adecuar su legislación a los principios y garantías de la independencia judicial consagrados internacionalmente y resolver lo antes posible las acciones constitucionales que ponen en entredicho ciertas leyes”.

IV.- Que en fecha 24 de marzo de 2016 el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas llamó la atención a Costa Rica sobre el tema de independencia judicial interna por procesos disciplinarios seguidos en la Corte Suprema de Justicia a un juez por aplicar criterios de convencionalidad e insto a que “asegurar y proteger la independencia e imparcialidad de los jueces y garantizar que la toma de decisiones judiciales esté libre de todo tipo presiones e injerencias”.

V.- Que los estándares internacionales relacionados con la elección de magistraturas se derivan de las obligaciones internacionales del Estado costarricense y se encuentran desarrollados ampliamente en diversos documentos como los siguientes: Informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre garantías para la independencia judicial; Informe del ex Relator Especial de la ONU Leandro Despouy sobre garantías internas y externas a la independencia judicial; Principios básicos relativos a la independencia de la judicatura ONU; y diversas sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, entre las que destacan los casos Reverón Trujillo Vs. Venezuela y Quintana Coello vs. Ecuador.

VI.- Que existe una “invitación abierta a los procedimientos especiales de las Naciones Unidas”, según fue indicado mediante nota DM-1830-2019 por la ministra a.i. de Relaciones Exteriores y Culto de Costa Rica, Lorena Aguilar Revelo, y que, específicamente, mediante oficio DGPE-838-2019 del 29 de agosto de 2019 la señora Adriana Bolaños Argueta, Directora General de Política Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, realizó una invitación formal al señor Diego García Sayán Larrabure, Relator Especial para la independencia judicial de las Naciones Unidas.

VII.- Que la intervención —anunciada por la Oficina de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) — del Dr. Diego García-Sayán en la sesión de la Corte Suprema de Justicia el 24 de mayo de 2021, ocurre en su condición de experto independiente y Relator Especial de Naciones Unidas sobre independencia judicial, lo cual es parte de su mandato.

VIII.- Que en la resolución del Consejo de Derechos Humanos de fecha 23 de julio de 2020, este órgano intergubernamental instó “a todos los Gobiernos a cooperar con el Relator Especial y a prestarle asistencia en el desempeño de su cometido, a facilitarle toda la información necesaria que solicite, a responder sin dilaciones indebidas a las comunicaciones que les haga llegar, y a considerar la posibilidad de acceder a sus solicitudes para visitar sus países y de poner en práctica sus recomendaciones”.

IX.- Que la crisis institucional del Poder Judicial costarricense de 2018, generó una pérdida de legitimidad de la ciudadanía costarricense en el Poder Judicial y evidenció la necesidad de reformas profundas, que a la fecha no se han producido por falta de voluntad política de los diferentes sectores involucrados, lo que implica un debilitamiento de la institucionalidad del país.

X.- Que los diferentes informes y visitas de los distintos mecanismos de protección de derechos humanos de las Naciones Unidas son un medio para fortalecer el cumplimiento de los Derechos Humanos y consolidar el respeto al Estado Constitucional y Democrático de Derecho, siendo que Costa Rica se ha destacado por ser un país respetuoso del Derecho Internacional Público y aliado de los órganos internacionales.

INSTA RESPETUOSAMENTE:

1.- A los señores magistrados y magistradas del Poder Judicial costarricense a que, siguiendo las mejores tradiciones cívicas y democráticas que les han precedido, escuchen el mensaje del experto independiente de las Naciones Unidas y, en el marco de sus competencias, avancen las reformas necesarias para ajustar la situación nacional a los estándares internacionales.

2.- A la ciudadanía, sociedad civil y prensa nacional e internacional a que, den seguimiento a las reformas pendientes que tienen como objetivo fortalecer la independencia judicial, algunas de las cuales se encuentran a la espera de aprobación por parte de la Corte Suprema de Justicia.

3.- A la Asamblea Legislativa de Costa Rica a que se inviten a las diferentes oficinas especializadas de las Naciones Unidas para que coadyuven en el diseño de las reformas necesarias adecuadas a la tradición de civilidad y juridicidad del país, a fin de que se asegure la independencia interna y externa de cada juez o jueza de la República, y se garantice la vigencia de los derechos humanos de toda la población.

4.- A la Relatoría Especial de las Naciones Unidas sobre Independencia de los Magistrados y Abogados, y a la OACNUDH, a que, en el marco de sus competencias, contribuyan con el fortalecimiento de la independencia judicial en Costa Rica.

5.- Invitamos a toda la ciudadanía a seguir con atención la sesión de la Corte Suprema de Justicia del lunes 24 de mayo de 2021 a las 09:00, a través del enlace https://livestream.com/poderjudicial-costarica.

El Foro de Justicia es un espacio de diálogo, sin fines de lucro, compuesto por organizaciones de distintas orientaciones y disciplinas cuyo objetivo consiste en proponer reformas para lograr una justicia independiente, pronta, cumplida e igual para todas las personas. El Foro de Justicia está conformado por la Asociación Americana de Juristas rama Costa Rica, la Asociación Costa Rica integra (CRI), la Asociación Costarricense de la Judicatura (ACOJUD), la Cátedra Unesco de Derechos Humanos de la Universidad De La Salle, el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL, por sus siglas en inglés), la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, el Programa Estado de la Nación/CONARE (PEN) y por personas expertas independientes. Para consultas o colaboraciones al Foro de Justicia puede escribir a los correos: mesoamerica@cejil.org; forodejusticiacr@gmail.com.

Walter Antillón Montealegre

Asociación Americana De Juristas – Rama Costa Rica

Adriana Orocú Chavarría

Asociación Costarricense de la Judicatura (ACOJUD)

Lorena González Pinto

Cátedra Unesco de Derechos Humanos Universidad De La Salle

Evelyn Villarreal Fernández

Programa Estado de la Nación-PEN CONARE

Claudia Paz y Paz Bailey

Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL)

Alfredo Chirino Sánchez

Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (FD-UCR)

Rosaura Chinchilla Calderón

Integrante independiente

Marcia Aguiluz Soto

Integrante independiente

Fraya Corrales Gómez

Asociación CR Íntegra (CRI)

Luis Antonio González Jiménez, Integrante independiente