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Etiqueta: independencia judicial

Callejón sin salida

Walter Antillón

Como cabeza de la organización estatal para impartir la justicia en Costa Rica, desde hace varios decenios la Corte Suprema ha venido errando en los fines y en los medios, en una demostración ‘muy humana’ de arrogancia, sometimiento e improvisación.

Hace mucho tiempo nuestro sistema judicial viene dando muestras inequívocas de obsolescencia, pero el grueso de los miembros de la Corte finge no advertirlo, porque sabe que, técnicamente hablando, uno de los cambios requeridos es la desaparición de sus propias potestades de dirección y gobierno del sistema (con el prestigio, los lazos y los anejos privilegios); lo cual para ellos, simplemente, no es negociable.

Costa Rica no está sola en esta deslucida situación: la acompaña todo el resto de Centro América y no pocos países del Sur en, los que hasta ahora el poder político y económico ha sido detentado por oligarquías o tiranos que no quisieron ni querrían vérselas alternando con órganos judiciales independientes y garantistas que, irremediablemente, les pedirían cuentas de sus actos.

A través de sus órganos especializados, como el Consejo y el Alto Comisionado para los Derechos Humanos y varias Relatorías Especiales, la Organización de las Naciones Unidas ha atesorado la mejor doctrina existente en materia de organización judicial. Y Costa Rica ha tenido el privilegio de que la ONU se haya interesado particularmente en los problemas de la justicia que el País está enfrentando, y ha ofrecido su ayuda para superarlos con criterios modernos y bien probados. Pero la Corte Plena le ha cerrado la puerta, y con ello se ha cortado a sí misma la salida, con una muestra inconcebible de ceguera y absurda prepotencia.

El problema para Costa Rica es que, a lo que parece, nuestra organización de justicia se está acercando al final del callejón, donde empieza a aparecer la sumatoria de las consecuencias de las improvisaciones y los palos de ciego, los abusos de poder, las indebidas tolerancias, el crecimiento de las frondas burocráticas, la sumisión al poder político, la maraña de las comisiones sin estrategia; la formación de bandos transversales con lazos politiqueros para ejercer el ‘lobbismo’ interno e interinstitucional: todo menos la simple y serena administración de la justicia, independiente e imparcial. Veamos algunos hechos significativos en orden cronológico:

  1. Año 2002, un hombre con influencias, Oscar Arias Sánchez, negocia con algunos magistrados de la Sala Constitucional una reforma de la Carta que le permitirá aspirar a la reelección presidencial. Esto (y otros hechos anteriores y posteriores) fue posible porque, como es vergonzosamente obvio, el sistema de nombramiento de magistrado coloca a éste a merced de las cúpulas políticas.
  2. Aprobado en 2007 el TLC con Estados Unidos, y sometidas sus leyes complementarias a escrutinio constitucional durante los años siguientes, el Presidente Arias negocia con el Presidente de la Corte para colocar a un asesor suyo como magistrado suplente en la Sala Cuarta, a fin de asegurar con su presencia el rechazo mayoritario de los recursos planteados contra dichas leyes (las correspondientes resoluciones de la Sala ostentan los honorabilísimos votos salvados de Fernando Cruz y Gilbert Armijo).
  3. Durante la década siguiente, profundizando la tendencia de las cúpulas políticas de subordinar la justicia a sus intereses, se suceden en la Asamblea Legislativa nombramientos y reelecciones de magistrados políticamente comprometidos, como fueron los casos de Jesús Ramírez, Luis Fernando Salazar, Carlos Chinchilla, Celso Gamboa y otros.
  4. En fecha 24 de marzo de 2016 el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas llamó la atención a Costa Rica sobre el tema de independencia judicial interna por procesos disciplinarios seguidos en la Corte Suprema de Justicia a un juez por aplicar criterios de convencionalidad e instó a “asegurar y proteger la independencia e imparcialidad de los jueces y garantizar que la toma de decisiones judiciales esté libre de todo tipo presiones e injerencias”.
  5. En setiembre del mismo año la Asamblea Legislativa cocina el nombramiento de Luis Porfirio Sánchez Rodríguez como magistrado de la Sala Segunda: pero la cosa estuvo consumada a trechos, con fórceps, en condiciones equívocas, quedando derrotadas dos candidatas especialistas con mucho mayor experiencia y preparación. Fue un nombramiento parte de una serie de nombramientos políticamente arreglados que tuvieron lugar en esos años, con el designio tramposo de domar a la Corte, ‘para tranquilidad de todos’. (Estaban recientes las condenas de los expresidentes)
  1. El escándalo del Cementazo, en su vertiente judicial, destapado en 2017, provoca la defenestración de tres magistrados de la Sala Penal (entre ellos, el Presidente de la Corte), y del Fiscal General, y una sanción para el veterano magistrado Ramírez: todos ellos atrapados en componendas con diputados, empresarios y personajes políticos. Este episodio mancha la hasta entonces impoluta imagen de la justicia costarricense; y desencadena la preocupación de los órganos especializados de Naciones Unidas: como se verá, las deficiencias judiciales de nuestro País concentrarán su atención en los años siguientes. Pero en la Corte Plena el asunto no pasa a más: todos miran para otro lado y el resto de los ‘lobbistas’ encaja el golpe y continúa sus actividades.
  1. En 2018 arranca la presidencia de Carlos Alvarado con la Ley de Fortalecimiento Fiscal, aprobada gracias al oportuno blindaje de la Sala Cuarta, y a pesar de una prolongada huelga general del funcionariado público. Es un nuevo capítulo del asedio neoliberal a nuestro Estado Social de Derecho.
  2. Entretanto, la Relatoría Especial de la ONU sobre independencia judicial, pasado un tiempo prudencial sin iniciativas de cambio de parte de la Corte, dirige “al Gobierno de Costa Rica” la nota OL-CRI 3/19 del 12 de julio de 2019, en la que lo insta a “adoptar y aplicar las medidas necesarias para garantizar que el proceso de selección y nombramiento de las altas magistraturas esté basado exclusivamente en criterios objetivos y transparentes y que tengan por objetivo asegurar la integridad, idoneidad y la formación o calificación idónea de las personas seleccionadas. Dicho proceso ha de adecuarse a los estándares y principios internacionales de la independencia judicial.” Para el gobierno de Alvarado y su mayoría parlamentaria la crisis judicial era ‘miel sobre hojuelas’, porque favorecía su estrategia neoliberal; de modo que la instancia del Relator Especial queda en el vacío.
  1. Con el control legislativo, la pasividad del Poder Judicial y la ayuda de la prensa, Alvarado consigue, entre otros golpes, debilitar las pensiones judiciales y las instituciones de la huelga y el sindicato, imponer la Regla Fiscal y tramitar una nueva Ley Marco de Empleo Público.
  2. Entre tanto, a fin de reforzar futuras gestiones, el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, con fecha 23 de julio de 2020, instó “a todos los Gobiernos a cooperar con el Relator Especial y a prestarle asistencia en el desempeño de su cometido, a facilitarle toda la información necesaria que solicite, a responder sin dilaciones indebidas a las comunicaciones que les haga llegar, y a considerar la posibilidad de acceder a sus solicitudes para visitar sus países y de poner en práctica sus recomendaciones”.
  3. Pocos meses después, en la misma línea, la citada Relatoría Especial, mediante la nota OL CRI 3/2020 de 27 de octubre de 2020, aborda de nuevo el problema judicial de Costa Rica, para recomendar: “2. Que se impulsen los esfuerzos necesarios para cesar las amenazas a la independencia judicial causadas por intromisión en la autogestión del poder judicial, la regresividad de derechos sociales y económicos y que se adopten las medidas de derecho interno que sean necesarias para dejar sin efecto, y haciendo cesar, los actos causantes de las violaciones a la independencia judicial aquí establecidas. 3. Exhortar al Estado de Costa Rica a adecuar su legislación a los principios y garantías de la independencia judicial consagrados internacionalmente y resolver lo antes posible las acciones constitucionales que ponen en entredicho ciertas leyes”.
  4. Acogiéndose a una ‘invitación abierta’ de la Cancillería costarricense (Oficio DGPE-838-2019 de 29 de agosto de 2019), la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos anunció la intervención del Relator Especial Diego García Sayán en la sesión de Corte Plena del 24 de mayo de 2021, la cual fue agendada por la Secretaría de la Corte para las 9 am.; pero inesperadamente varios magistrados cuestionaron la intervención y finalmente votaron rechazándola por mayoría. ¿Cómo pudo pasar esto? Ese grupo mayoritario, con lujo de cinismo y desvergüenza, cometió la atrocidad de rechazar la intervención del Relator Especial que había sido gestionada por la Alta Comisionada para los Derechos Humanos de Naciones Unidas, pisoteando con ello reglas elementales de la. Comitas Gentium y colocándose al margen de la legalidad internacional, a la altura de un Daniel Ortega. Y lo hizo porque sabía que cualquier propuesta racional para modernizar la organización de la justicia, amenaza inexorablemente el poder al que dicho grupo se halla aferrado con uñas y dientes.
  1. Aquí necesito volver atrás: la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1997 creó los ‘letrados’ (abogados asistentes) de los magistrados (artículo 50) y autorizó a la Corte Plena (artículo 66) a formar comisiones permanentes, especiales y temporales; y estas novedosas disposiciones generaron cambios cualitativos insospechados en el paradigma y en el funcionamiento de la Corte misma, y de las Salas que la integran.
  2. Por el III Informe del Estado de la Justicia, correspondiente al año 2018, nos enteramos de que ya entonces las magistradas y los magistrados, junto con gran cantidad de otros funcionarios judiciales y extrajudiciales, y de ciudadanos particulares, presidían o formaban parte de 134 comisiones dedicadas a una gran variedad de propósitos.
  3. A la fecha de hoy, gran número de magistrados ha delegado en sus letrados el estudio de las causas y la redacción de las sentencias, actos que la Constitución y las Leyes les asignaron a ellos como su exclusiva función; y lo hacen para dedicar sus energías a la gestión de asuntos administrativos, parcial o totalmente ajenos a la misma. Y fue precisamente en vista de esas labores gerenciales que los magistrados decidieron, desde el año 2008, incrementar sus ya altos salarios.
  4. En esas circunstancias, era fácil suponer una tendencia difusa a la preterición de las funciones judiciales. De modo que, cuando en enero de 2024 la jueza Silvia Elena Arce Meneses demostró que los magistrados de la Sala II, empezando por su Presidente Porfirio Sánchez, arrastraban una mora de años en la solución de numerosos asuntos de su competencia (aunque cada uno de ellos dispusiera de cuatro letrados a su servicio), lo que hizo fue revelar el cambio perpetrado de paradigma: al margen de la Constitución, un sector de los magistrados de la Corte (que excede los de la Sala II) ha perdido el rumbo, pero se niega a admitirlo: se niega a admitir su extravío. Y al igual que lo ocurrido con la visita del Relator Especial, contra toda razón, incluso contra el parecer de la Dirección Jurídica, contra jurisprudencia inequívoca de la Sala Constitucional, (Sesión 08-2024 de 26 de febrero de 2024), once magistrados se encierran en su negativa, y decretan que la promovente no está legitimada para pedir que se ventile la llaga.
  5. Ahora tenemos que el mismo magistrado de marras, Porfirio Sánchez Rodríguez, sin intentar explicar su inexcusable atraso como juez, viene a pedir a la Asamblea Legislativa que el próximo 28 de agosto en curso lo reelija en su cargo por otros ocho años; y con esta noticia nos percatamos de que, de alguna manera, después de todo lo narrado, con este último caso se está cerrando una especie de círculo infame, porque es evidente que la candidatura del magistrado Sánchez fue decidida políticamente con anterioridad a la votación, y que, por encima de eso, él no se ha molestado siquiera en cumplir sus auténticas obligaciones. Generalmente no resultaba fácil no reelegir a un magistrado, pero las cosas pueden presentarse diferentes ahora que el voto es público y motivado. Son muchas y muy serias las inconsistencias del candidato Porfirio, las denuncias de su inconducta, acumuladas desde tiempos anteriores a su designación: en conjunto nos indican que ésta fue un desacierto, obra de la politiquería. Esto… ¿quién querrá refutarlo en el Plenario?

Corrupción e impunidad

José Manuel Arroyo Gutiérrez

         El itinerario de una causa penal por corrupción privado-pública está plagado de accidentes, trampas, baches y emboscadas. Dado el perfil de los sospechosos, individuos con poder económico, político, religioso o de influencia social, llegar al puerto de la Justicia no resulta sencillo. En el marco de un debido proceso legal, más allá de la inocencia o culpabilidad de los involucrados, o de los recursos extraordinarios con que cuenta su defensa, existen condicionamientos estructurales que resultan, al fin de cuentas, determinantes: un sistema económico que no dibuja con claridad dónde terminan los negocios lícitos y dónde comienzan los abusos con la cosa pública; la imperiosa necesidad de contar con instituciones judiciales bien financiadas, con suficiente personal capacitado, salarios competitivos, derechos laborales garantizados y expectativas de jubilaciones dignas, entre otros factores.

         La mayoría de los hechos por corrupción ni siquiera son conocidos o denunciados. Habitan la zona oscura de las prácticas burocráticas viciadas por décadas y siglos. La realidad evidencia que los cambios de gobierno sólo tienen un peso relativo en el descontrol o agravamiento delictivos, pues los verdaderos expertos se encuentran enquistados, por una parte, en poderosas cúpulas empresariales; y por otra, en los mandos medios del aparato estatal, verdaderos conocedores y practicantes de las conductas ilícitas. En las sociedades modernas, casi siempre es la casualidad, la denuncia mediática o la obviedad del daño, las vías por las que se destapan los hechos irregulares y se convierten en escándalos públicos.

         Si la denuncia logra concretarse, se abren tiempos de investigación preliminares con frecuencia interminables. Años y años de supuestos esfuerzos por acopiar las pruebas y construir la base acusatoria. En el mejor de los casos –dicho con ironía- nos enfrentamos a instancias policiales y fiscales incompetentes, negligentes o ignorantes. En la peor de las situaciones, la cuestión tiene que ver con cálculos politiqueros, deliberados atrasos, o abierta búsqueda de impunidad mediante eventuales prescripciones de las acciones delictivas. La lentitud es una variable transversal a lo largo de todo el proceso. La prescripción, y con ella la impunidad, puede finalmente alcanzarse en cualquier etapa del juicio.

         La culminación de este itinerario puede ser una acusación débil o defectuosa, que omita hechos graves y relevantes, o saque del expediente a los acusados más “notables”. Es también el momento en que un Ministerio Público complaciente facilita las salidas alternas al proceso, llegando a acuerdos y conciliaciones que le permita a sujetos connotados burlar el rigor de la ley, sólo aplicable al común de los mortales. No debe olvidarse que las alternativas al proceso ordinario, -en principio un buen mecanismo para descongestionar tribunales y cárceles-, se aplican en nuestro medio si acaso a un 3% de los asuntos. El problema no está en los mecanismos en sí, sino en acordarse de ellos sólo frente a cierta categoría de delincuentes.

         Si al final de este tortuoso trayecto, el caso llega a la etapa de juicio, no hay como anular, es decir, eliminar del conjunto probatorio, elementos de juicio esenciales y determinantes. Eliminada la prueba decisiva, el juzgador puede cómodamente justificar una absolutoria, por duda y hasta por certeza. No importa si hay precedentes jurisprudenciales del más alto rango que contradicen esas anulaciones. La cuestión es encontrarle salida jurídicamente “creíble” a la impunidad.

         Y todavía más. Existiendo una sentencia condenatoria, se encontrarán subterfugios e interpretaciones judiciales o administrativos para que la persona convicta, con todo y su cuello blanco, no ponga un pie en la cárcel, destino sólo padecido por los desheredados de la tierra.

         El daño irreparable se le estará haciendo al régimen democrático. La responsabilidad, sobre todo de los jueces y juezas, es de una trascendencia escalofriante. Un juzgador con miedo a los medios de comunicación o a los poderosos que procesa debería buscar otra forma digna de ganarse la vida. Un juzgador lo suficientemente ambicioso para sacrificar la justicia en aras de alcanzar metas en su carrera, es la negación misma de la independencia judicial. Como pesadas sombras, el miedo y la ambición corroen personas e instituciones por igual.

         Cuando las instancias que deciden los nombramientos, en nuestro caso el Consejo Superior del Poder Judicial (jueces 1 a 3), la Corte Plena (jueces 4 y 5) y la Asamblea Legislativa (magistrados), quebrantan las reglas objetivas, se burlan de los concursos y sacrifican méritos y atestados en aras de cercanías y afinidades personales o partidarias, se está contribuyendo al descrédito de la Justicia y a la desconfianza fundada de la gente.

         Uno de los mecanismos más conocidos universalmente, es la promoción y designación de jueces amigos o afines, a los que se pueda llamar o manipular en ciertos expedientes delicados, como son los de corrupción. El colmo de esta decadencia se perpetra cuando el nombramiento está atado a una encomienda específica, sea un cambio jurisprudencial, sea el favorecimiento a alguien con nombres y apellidos.

         El caldo de cultivo estará preparado, en una “democracia plena”, para que florezca el demagogo populista, de derecha o de izquierda. Las deficiencias de las instituciones le servirán, no para enmendarlas, sino para destruirlas. Será tan autoritario y corrupto como muchos de los viejos políticos, y sólo querrá cambiar la camarilla tradicional por la suya propia, incluidos sus jueces de confianza, si pudiera. Por desgracia, los abusos, excesos y vicios del pasado juegan a su favor. Le darán todo el argumentario requerido para que un pueblo cansado y decepcionado le crea las mentiras y medias verdades que dice. Y aprovechará cualquier ocasión para recordarnos que hubo jueces y otras instancias de control que fueron designados por meras cercanías personales o partidarias, que se intentó controlar la Comisión de Nombramientos de la Asamblea Legislativa para buscar objetivos espurios, y que andan por ahí sueltos algunos personajes, eternos procesados y hasta condenados, pavoneando su impunidad.

El mito de las elecciones judiciales

Por Vladimir Huarachi Copa

El nuevo orden establecido en Bolivia en 2011, relacionado a la elección de magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional por voto popular, con el principal objetivo de procurar una independencia real y efectiva de la jurisdicción constitucional a través del sistema de elección de sus miembros, se constituyó como novedoso. Pero también se sabe que todo orden imaginado siempre está en peligro de desmoronarse, porque depende de mitos, y los mitos se desvanecen cuando la gente deja de creer en ellos.

Siendo así, parece que, tras 12 años, la ciudadanía ha estado obligado a actuar de acuerdo con el orden imaginado de justicia real y efectiva. ¿Pero qué ha sucedido para que este orden imaginado se sostenga durante estos años? Se podría decir que ha estado y está sustentado de creyentes verdaderos ligado a operadores jurídicos y de justicia, y de algunos ciudadanos que se benefician de dicho orden. Es por ello que, los magistrados autoprorrogados, persisten en hacer cumplir el orden imaginado que ellos mismos no creen.

No obstante, los magistrados autoprorrogados a sabiendas de que este orden imaginado se ha desvanecido tras 12 años, en la actualidad, después de que la Cámara de Senadores ha logrado “garantizar” el camino hacia las “Elecciones Judiciales” a través de la sanción del Proyecto de Ley N° 144, pese a numerosos desafíos y obstáculos enfrentados; el mito de las elecciones judiciales transciende dentro la creencia de los ciudadanos fieles de un orden imaginado, debido a que esta garantía hizo que se detenga las medidas de presión de los de abajo.

Hoy, con una Convocatoria aprobada por unanimidad para la preselección de candidatos judiciales 2024, de nueva cuenta, aparece ese orden imaginado vinculado a la elección de magistrados, pero está vez, con un desgaste manifiesto que encamina a una reforma urgente de la justicia. ¿Pero cómo reformar la justicia? Puede ser admitiendo que la justicia es un orden imaginado que está sujeto a cambio y que no está creada por dioses, en este sentido, coadyuvar al principal objetivo de las elecciones judiciales, por ende, a la ciudadanía. Por tanto, las ficciones que se vayan a construir en torno a la justicia, se deben edificar con base a un orden sujeto a cambio.

CIDH da curso a petición contra estado costarricense por inadecuados procesos de elección de magistraturas

  • Demandantes reclaman proceso transparente de elección que garantice la independencia judicial

El pasado 09 de agosto del 2022, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) dio tramite a la petición P-1923-19 (Enrique Napoleón Ulate Chacón y otros), y notificó a Costa Rica por la presunta violación de varias normas de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en los procedimientos y requisitos (metodología) para el nombramiento de magistraturas en la Corte Suprema de Justicia. Le otorgó al Estado costarricense un plazo de tres meses para dar respuesta a la petición.

Algunas de las personas peticionarias participaron en varias convocatorias abiertas por la Comisión Permanente Especial de Nombramientos (CPEN) de la Asamblea Legislativa para llenar vacantes de la Corte Suprema de Justicia (CSJ). En este marco, se enfrentaron a procesos que no cumplen con las obligaciones internacionales a las que se comprometió Costa Rica, por ejemplo, se les excluyó de manera arbitraria, no hubo una evaluación objetiva de los atestados ni tampoco de la entrevista, las votaciones se realizaron de manera secreta y sin motivación alguna, irrespetándose también el principio de paridad de género.

Además, entre las personas peticionarias se encuentran ciudadanos y ciudadanas que cuestionaron las metodologías aprobadas por la CPEN ante la Sala Constitucional alegando que tienen el derecho de contar con tribunales idóneos que resuelvan sus conflictos apegados solo al Ordenamiento Jurídico, sin embargo, el órgano constitucional rechazó la acción interpuesta. En general, la jurisprudencia de dicha Sala ha sido consistente en dar a la Asamblea Legislativa un cheque en blanco para nombrar las magistraturas sin que se cumpla con los estándares internacionales, comprometiendo así la responsabilidad internacional del Estado de Costa Rica.

Sobre la petición, el señor Enrique Ulate Chacón manifestó: “Este paso ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos está orientado a consolidar y defender uno de los pilares básicos de cualquier régimen democrático de derecho: la independencia judicial. El Estado costarricense tiene un compromiso histórico, urgente e ineludible en este tema: modificar el sistema de nombramiento imperante por uno que resguarde los principios del Estado de Derecho y sea acorde a los estándares internacionales, esa es nuestra principal motivación”.

Información relevante sobre el caso:

¿Quiénes son las personas peticionarias (así se les llama a las demandantes)?

Nueve personas presentaron la petición: Enrique Ulate Chacón, Yerma Campos Calvo y J.Q.C, además los y las ciudadanas Walter Antillón Montealegre, Gabriela Arguedas Ramírez, Larissa Arroyo Navarrete, Alda Facio Montejo, Héctor Ferlini-Salazar, y Arnoldo Mora Rodríguez.

¿Cuáles son los derechos y obligaciones que han sido incumplidos por el Estado costarricense?

Deber de adoptar normas internas (artículo 2), garantías judiciales (artículo 8), derechos políticos (artículo 23), igualdad ante la ley (artículo 24) y tutela judicial efectiva (artículo 25), todos de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

¿Qué es lo que buscan las personas peticionarias?

Se pretende que la Comisión Interamericana y eventualmente la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ordene al Estado costarricense adoptar medidas para reformar el sistema de elección de magistraturas de manera que se garantice la independencia judicial.

¿Qué sigue en el proceso?

Costa Rica tiene tres meses para rendir su informe ante la CIDH, posteriormente este órgano analizará si se cumplen todos los requisitos de admisibilidad y eventualmente emitirá un informe de fondo en el que determinará si el Estado de Costa Rica incumplió con sus obligaciones, además, dará recomendaciones al Estado. Si se incumplen, el caso será elevado ante la Corte IDH.

En defensa del Poder Judicial

José Manuel Arroyo Gutiérrez

Dice la candidata Lineth Saborío que está a favor de eliminar la reelección automática de integrantes de la Corte Suprema. En primer lugar, hay que aclararle al electorado que la reelección automática no existe en Costa Rica. Por razones justificadas y con la mayoría de dos tercios, la Asamblea Legislativa puede remover o no reelegir a un magistrado. Es un sistema equilibrado que busca garantizar la independencia judicial para no hacer de los miembros de Corte simples marionetas de los políticos de turno, amenazándolos permanentemente si sus decisiones no son del agrado de éstos.

Doña Lineth fue directora del OIJ. No puede decirse que ignora la importancia de órganos judiciales independientes. En su momento aspiró a ser magistrada de la Corte sin lograrlo. Eran tiempos en los que todavía se valoraba, en la mayoría de los casos, el peso jurídico de los aspirantes. Doña Lineth después dejó botada su carrera judicial por meterse en política. En tiempos donde la demagogia hizo de la llamada seguridad contra la delincuencia el tema de campaña, ella dilapidó su patrimonio como policía para ocupar una vicepresidencia, nada sobresaliente, por cierto.

Aparte de asegurarle trabajo a su esposo y otras personas cercanas, no se le recuerda ningún logro significativo. Después quiso volver al Poder Judicial, pero ya no era tan sencillo el retorno. Había que hacer exámenes y acumular méritos para el reingreso y ella no los tenía. Ahora, otra vez en campaña, la emprende de nuevo contra el Poder Judicial. Está de moda emprenderla contra los jueces. Hace rato el PUSC, el partido de expresidentes ayer involucrados en graves casos de corrupción y hoy con algún diputado cercano a narcotraficantes, considera necesario debilitar, aún más a la Corte Suprema, obligando a sus miembros a portarse bien por breves cuatro años porque de lo contrario, los políticos no los reelegirán.

Estamos avisados: la corrupción y el crimen organizado avanzan a paso firme y tendrán patente de corso para actuar a sus anchas.

CONTROLAR LA JUDICATURA

José Manuel Arroyo Gutiérrez. Exmagistrado y Profesor Catedrático UCR.

         Tal parece que la crisis de la democracia contemporánea en todo el mundo, y con ella la deriva autoritaria que la acompaña, tiene un síntoma claro y siempre presente: el ansiado control del Poder Judicial por parte del Ejecutivo o el Legislativo.

         Sea que volvamos los ojos a Europa, donde destacan, entre otros, los casos de Polonia, que ha obligado la intervención de las instancias externas de la Unión Europea para preservar un mínimo de independencia de la judicatura; o bien el caso de España, donde la situación resulta ya alucinante, dado que partidos conservadores de derecha, principalmente el PP, se niegan a renovar el Consejo de la Judicatura, acumulándose cuatro años de caducidad del mandato de los antiguos integrantes, asegurándose su control y haciendo de la Constitución letra muerta.

         Si nos fijamos en el continente americano, en estos momentos están declarados varios incendios en la casa de la democracia. En Brasil, el presidente Bolsonaro no está dispuesto a someterse a decisiones de la Corte Suprema de Justicia –que obviamente no controla-, y está acudiendo al apoyo del ejército y de seguidores en las calles para legitimar un eventual golpe de estado. Y en el barrio centroamericano, un muchachito de gorrita con visera hacia atrás, envalentonado por un apoyo popular fruto del desgaste de las fuerzas partidarias tradicionales, está haciendo mesa gallega con las instituciones salvadoreñas, en cuenta y en primer lugar, todas las instancias judiciales, comenzando por el Tribunal Constitucional, la cabeza del Ministerio Público, y más recientemente, todos los jueces y juezas que en principio considera desconfiables (mayores de 60 años o con 30 de servicio).

         Ciertamente los casos mencionados son algunos de los más groseros, que ilustran las intromisiones político-partidarias en el Poder Judicial, su independencia y el rol de árbitro que se supone debe jugar en un régimen democrático sano. Pero éstos no son los únicos caminos que el autoritarismo elige para asegurarse un ascendiente determinante para tener a la judicatura arrodillada. Hay vías más sutiles, aunque no menos peligrosas. El reciente caso de los Estados Unidos de América, donde haciendo uso de los mecanismos legales para designar a los miembros de una de las cortes de justicia más prestigiosas del mundo, un Donald Trump prepotente y una mayoría senatorial republicana ultraconservadora, maniobraron para impedir la última propuesta del presidente Obama e impusieron un control mediante varios nombramientos nuevos, todos adeptos a su línea ideológica, poniendo así en riesgo los avances conquistados durante siglos de jurisprudencia progresista, destruyendo sanos equilibrios y poniendo en capilla ardiente temas fundamentales de derechos humanos.

         En Costa Rica, con exhibición del peor rasgo de carácter tico, es decir, el “mátalas-callando”, y en el contexto de varias resoluciones lamentables para nuestra Constitución, tales como la autorización de la reelección presidencial o la aprobación de la agenda complementaria al TLC, la ruta seguida sobre todo desde las mayorías parlamentarias, ha sido tomar control de la Corte Suprema a través de un régimen de nombramientos patético, donde se juega a la objetividad mientras se maniobra de mil maneras para designar las candidaturas políticamente “confiables” o “inofensivas”. Todo lo que se perciba como excelencia académica o profesional, todo lo que pueda garantizar independencia y objetividad en los fallos, todo lo que pueda repetir condenas por corrupción a políticos o gentes de poder cuestionados, es inmediatamente descalificado, en un “diálogo” cada vez más intenso y pernicioso entre algunos vecinos de González Lahman y otros de Cuesta de Moras.

         El síntoma de descomposición institucional más grave que se percibe en este degradado régimen de nombramientos, está en los mismos agentes internos del Poder Judicial, con suficiente conexión e influencia político-partidario como para recomendar o descalificar a los aspirantes a la magistratura. Si infundir miedo en una democracia es el recurso más vil que pueda concebirse para conquistar las mayorías, llevar esa estrategia de terror al terreno de la justicia, prepara el colapso definitivo de todo el sistema. Jueces con miedo equivale a médicos hipocondriacos o a sacerdotes ateos.

         En nuestro país ya no basta la afinidad ideológica de los jueces, lo cual puede ser comprensible. Se está exigiendo algo más. Una clase política miope y regresiva, está queriendo imponer un modelo de sociedad con pensamiento único, en el que frases como “dictadura en democracias” o “en Costa Rica hay exceso de democracia”, son ya consignas que están dispuestos a imponer al precio que sea necesario.

         En la antesala de un campaña política más, donde el debate sobre la Justicia y el Poder Judicial siempre han estado ausentes, valdría la pena que una iniciativa ciudadana le pregunte a candidatos y candidatas si realmente creen en el Poder Judicial, y el necesario control que los jueces deben tener frente a los conflictos entre ciudadanos y de éstos frente al Estado.

CHIVOS EXPIATORIOS

José Manuel Arroyo Gutiérrez

¿Quién es el culpable de los problemas que el sistema no logra resolver? En el nacional-socialismo alemán, principalmente la minoría judía; el odio en su contra atizó y movilizó a un pueblo por otra parte culto, cumbre de la filosofía, la literatura, la música, la teoría jurídica y política… hasta convertirlo en una horda delirante y genocida. En la Costa Rica actual, se señala como culpable a la minoría que integra el sector público, sus asalariados y jubilados, y por arrastre, instituciones claves para la democracia: la independencia judicial y la autonomía universitaria, entre otras. La estrategia es la misma: repetir hasta el cansancio verdades a medias o abiertas mentiras y fomentar el odio contra el chivo expiatorio. Será culpable todo lo que huela a Estado Social de Derecho; a regulación de la ley de la selva y el sálvese quien pueda; todo lo que tenga que ver con aportes solidarios para asistir a los trabajadores que enferman o darles condiciones de vida dignas en la vejez; todo el que no pueda costearse una educación de calidad; en fin, culpable será ese otro, quien no tiene idea de los que significa la palabra offshore y no puede refugiarse en un paraíso fiscal.

Y no me vengan a decir que los casos no admiten comparación. Pregúntenle a un joven chileno que para estudiar tiene que hipotecar a una vulgar financiera todo su futuro. Pregúntenle a un viejo, también chileno, que tiene que escoger entre comer o comprar las medicinas. Demuéstrenme que estas no son sólo formas más sofisticadas de exterminio.

Alcances del dictamen: empleo público y Estado Social de Derecho

El pasado jueves 05 de agosto la Universidad de Costa Rica dio inicio a las Jornadas de Análisis del dictamen de la Sala Constitucional y su relación con el Proyecto de Ley Marco de Empleo Público. La primera sesión se titula: “Alcances del dictamen: empleo público y Estado Social de Derecho”.

Se contó con la participación de:

  • Gustavo Gutiérrez Espeleta
  • Rosaura Chinchilla Calderón
  • Alfredo Chirino Sánchez
  • Constantino Urcuyo Fournier

El objetivo de esta actividad es abrir un proceso de reflexión en las distintas temáticas que abarca el fallo, con expertos de la UCR y de otros ámbitos, que contribuya a la formulación de argumentos sobre lo que implica este dictamen para la sociedad costarricense.

A continuación compartimos el vídeo completo:

 

Imagen: La Sala Constitucional emitió el dictamen en relación con el proyecto de Ley Marco de Empleo Público el pasado 31 de julio. Foto: Karla Richmond, UCR. Andrea Marín Castro, periodista, Oficina de Divulgación e Información, UCR.

La UCR organiza jornadas para analizar el dictamen de la Sala Constitucional en relación con el proyecto de Ley de Empleo Público y sus implicaciones

Se realizarán del 5 al 13 de agosto

El pasado 31 de julio, la Sala Constitucional emitió su fallo en relación a las consultas de constitucionalidad que se le hicieron al proyecto de Ley de Empleo Público. Dado este contexto, el Área de Ciencias Sociales, junto con la Rectoría de la UCR, están organizando las jornadas de análisis del dictamen de la Sala Constitucional del proyecto de Ley Marco del Empleo Público.

El objetivo de esta actividad es abrir un proceso de reflexión en las distintas temáticas que abarca el fallo, con expertos de la UCR y de otros ámbitos, que contribuya a la formulación de argumentos sobre lo que implica este dictamen para la sociedad costarricense.

La primera sesión se llevará a cabo el jueves 5 de agosto a las 5 de la tarde. Este espacio se dedicará a conocer los alcances del dictamen en relación al empleo público y al estado social de derecho. Se contará con la participación de la Dra. Rosaura Chinchilla Calderón, docente de la Facultad de Derecho y del Dr. Alfredo Chirino Sánchez, decano de la Facultad de Derecho.

Durante las jornadas se analizarán otros temas como el diseño constitucional del Estado, las implicaciones de los derechos laborales y sindicales, la independencia judicial y electoral, la objeción de conciencia y la autonomía universitaria.

Se contará con la participación de personas expertas como José Manuel Arroyo Gutiérrez, ex magistrado; Fernando Cruz Castro, presidente de la Corte Suprema de Justicia; Ariane Grau Crespo,coordinadora de la Escuela Sindical de APSE; y la diputada Paola Vega Rodríguez , entre otras.

La institución siempre ha manifestado la necesidad de contar con una ley que tenga principios rectores sobre las políticas de empleo público, pero que respete el diseño institucional del Estado costarricense.

De esta manera, la UCR se ha convertido en un espacio de discusión y análisis sobre el tema y con este tipo de actividades busca seguir proponiendo y reiterando la necesidad, a las y los diputados, de que se construya un proyecto de Ley de Empleo Público que incluya a diversos actores de la sociedad, por medio del diálogo abierto y que supere una actitud de polarización, que ha sido la tónica en la discusión actual.

Para Isabel Avendaño Flores, decana de la Facultad de Ciencias Sociales, como institución es vital contar con un proceso de reflexión en torno a este tema, ya que tiene una enorme repercusión en el porvenir de Costa Rica. La discusión va más allá de los salarios, como se ha querido establecer, por lo que estas jornadas sirven para comprender que está pasando con el futuro del Estado Social de Derecho.

Las distintas sesiones se podrán seguir en vivo por el canal de Youtube de la UCR y de la Facultad de Ciencias Sociales; así como por las páginas de Facebook de la Rectoría, la Facultad de Derecho y la de Educación.

Cronograma

Jueves 5 de agosto
5:00 p. m.
Alcances del dictamen de la Sala Constitucional en empleo público y Estado Social de Derecho


Participan:
Rosaura Chinchilla Calderón
Docente, Facultad de Derecho

Alfredo Chirino Sánchez
Decano, Facultad de Derecho

Modera:
Constantino Urcuyo Fournier
Profesor Jubilado, Escuela de Ciencias Políticas

Lunes 9 de agosto
5:00 p. m.
Diseño constitucional del Estado: entre frenos, balances y contrapesos

Participan:
Carlos Manuel Arguedas Ramírez
Ex magistrado Constitucional titular, Corte Suprema de Justicia
Ex diputado
Docente jubilado, Facultad de Derecho

Paola Vega Rodríguez
Diputada

Olga Marta Sánchez Oviedo
Ex Ministra de Planificación Nacional y Política Económica

Modera:
Patricia Quesada Villalobos
Directora, Consejo Universitario

Martes 10 de agosto de 2021
5:00 p. m.
Implicaciones para los derechos laborales y sindicales

Participan:
Mauricio Castro Méndez
Docente, Facultad de Derecho

Ariane Grau Crespo
Coordinadora de la Escuela Sindical de APSE

Comenta:
David Díaz Arias
Docente, Facultad de Ciencias Sociales

Modera:
Leonardo Castellón Rodríguez
Decano, Facultad de Ciencias Económicas

Miércoles 11 agosto
5:30 p. m.
Independencia judicial y electoral

Participan:
Adriana Orocú Chavarría
Presidenta, Asociación Costarricense de la Judicatura
Docente, Facultad de Derecho

Fernando Cruz Castro
Presidente, Corte Suprema de Justicia
Docente, Facultad de Derecho

Comenta:
José Manuel Arroyo Gutiérrez
Ex magistrado
Docente jubilado, Facultad de Derecho

Modera:
Isabel Avendaño Flores
Decana, Facultad de Ciencias Sociales

Jueves 12 de agosto de 2021
5:00 p. m.
Objeción de conciencia

Participan:
Mauren Solís Madrigal
Magistrada Suplente
Docente, Facultad de Ciencias Sociales

Sara Barrios Rodríguez
Docente, Facultad de Ciencias Sociales

Comenta:
Marinela Córdoba Zamora
Docente, Facultad de Ciencias Sociales

Modera:
Margarita Salas Guzmán
Ex comisionada Presidencial para Asuntos LGBTIQ+
Docente, Facultad de Ciencias Sociales

Viernes 13 agosto
5:00 p. m.
Autonomía universitaria

 

Imagen: La Sala Constitucional emitió el dictamen en relación al proyecto de Ley Marco de Empleo Público el pasado 31 de julio. Foto: Karla Richmond, UCR.

Andrea Marín Castro
Periodista, Oficina de Divulgación e Información

Abogada Rosaura Chinchilla: Resoluciones le dificultarían a la Sala IV contradecirse ante consulta sobre Empleo Público

Por Fabiola Pomareda García / Semanario Universidad

Sala Constitucional tiene hasta el 2 de agosto para resolver consultas de constitucionalidad a ley de Empleo Público.

La jueza, investigadora y docente de la UCR, Rosaura Chinchilla Calderón explicó que existen numerosas resoluciones de la Sala Constitucional relacionadas con lo que se cuestiona el proyecto de Ley Marco de Empleo Público, como la autonomía universitaria y la independencia del Poder Judicial, y que por eso sería difícil que la Sala emita una resolución que contradiga sus propios pronunciamientos jurídicos.

UNIVERSIDAD entrevistó a Chinchilla sobre la futura resolución de la Sala Constitucional de calas consultas de constitucionalidad presentadas por diputados y por la Corte Suprema de Justicia al proyecto de Ley Marco de Empleo Público.

En su más reciente artículo “Una reforma estatal encubierta”, la jurista señaló que “el citado proyecto de ley representa el riesgo más profundo que ha tenido nuestra maltrecha institucionalidad democrática en lo que va de su longeva existencia”.

En el cierre de dicho texto, Chinchilla escribió que “un estricto análisis técnico, siguiendo la jerarquía de fuentes del ordenamiento jurídico e, inclusive, partiendo de los mismos antecedentes jurisprudenciales del órgano encargado de ello, implicará, a no dudarlo, una declaratoria de inconstitucionalidad.

En entrevista con UNIVERSIDAD, la jurista analizó este tema.

-¿Está en riesgo la legitimidad de la Sala Constitucional ante la decisión que tiene que emitir con respecto a las consultas de constitucionalidad de la Ley Marco de Empleo Público?

“Sí, en realidad el tema es muy obvio, en la medida en que existen normas constitucionales expresas y han habido pronunciamientos de diferentes integraciones de la Sala Constitucional sobre temas, como por ejemplo, la autonomía universitaria y la independencia judicial, que son dos de los cuales se ven afectados y que han tenido pronunciamientos de diferentes integraciones de la Sala Constitucional en tiempos anteriores. Entonces la decisión es muy obvia, me parece a mí, por las implicaciones que tiene el proyecto en estas instituciones”.

-Las consultas de constitucionalidad que se presentaron argumentan que le corresponde a la Sala garantizar la continuidad del Estado social y democrático y la supremacía de los derechos fundamentales garantizados en la Constitución Política y en convenios internacionales. ¿Qué otro camino le quedaría a quienes presentaron estas consultas si la Sala no se pronuncia en contra de esos vicios del proyecto?

“Bueno, a nivel interno se agotaría prácticamente, por lo menos a nivel constitucional, cualquier litigio. Específicamente las personas que resulten perjudicadas, de instituciones afectadas, podrían recurrir a la vía contencioso administrativa. Pero a nivel externo se abre un abanico de posibilidades, pero es un camino largo. Tampoco vamos a decir que es un camino ni fácil, ni corto, ni rápido; es un camino largo, difícil y bastante empinado, de acudir a organismos internacionales, sobre todo en el caso de la independencia del Poder Judicial, en que sí hay pronunciamientos de instituciones extranjeras, como la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el Comité de Derechos Humanos de la ONU y que se han referido en el caso del Poder Judicial, por los alcances de la independencia judicial. En el caso de las otras autonomías, como la municipal, la de las instituciones autónomas y la universitaria, es muchísimo más difícil la situación, a falta de ese tipo de convenios internacionales”.

-Entonces en el caso de la Corte Suprema de Justicia, que alertó que el proyecto es una regresión en la independencia de poderes, ¿podría tener más posibilidades?

“Podría tener más posibilidades de hacer litigios estratégicos a nivel internacional, establecer qué actos en particular de la Asamblea Legislativa violentan tratados internacionales; en este caso la Convención Americana de Derechos Humanos y todas las disposiciones que tienen referencia a la independencia judicial sí es posible hacerlo en tribunales internacionales. No es un recurso adicional a lo que resuelva la Sala; es un medio totalmente diferente, pero puede dejar sin efecto lo que indique la Sala Constitucional, como ocurriera por ejemplo en la fecundación in vitro, que la Sala dijo una cosa y la Corte Interamericana le enmienda la página. Pero uno esperaría que realmente ese no sea el escenario. Primero, los vicios son muy obvios; segundo, los antecedentes jurisprudenciales de diferentes integraciones del tribunal Constitucional también han sido reiterados, lo cual le va a dificultar más a la integración actual apartarse de sus propios precedentes; y en tercer lugar, existen estos argumentos efectistas como el tema de la crisis fiscal, de la protección de ciertos principios económicos abstractos. En algún momento la Sala Constitucional hizo eco de ellos al votar el tema del plan fiscal; pero vio que los límites que ella misma impuso a lo interno de su resolución, el poder estatal no los quiso acatar y se vieron las pugnas; por ejemplo, entre Contraloría y Poder Judicial, entre Contraloría y universidades y está eso todavía en discusión en sede constitucional. Entonces creo, o quisiera pensar así, que ese antecedente va a implicar que la Sala va a ser más cauta en no comprarse argumentos efectistas y darse cuenta de las implicaciones que tiene el no hacer un estricto análisis jurídico en ese caso”.

La profesora y abogada Rosaura Chinchilla Calderón es licenciada en derecho y notaria pública, Máster en Ciencias Penales y egresada del doctorado en Estudios Latinoamericanos con énfasis en pensamiento latinoamericano, Universidad Nacional. Es jueza en materia penal desde 1992, consultora internacional, y ha recibido los Premios Alberto Brenes Córdoba del Colegio de Abogados y Abogadas 2002; Ulises Odio Santos del Poder Judicial 2008; y Emilia Solera 2016 de la Asociación Costarricense de la Judicatura por su trayectoria académica.

El proyecto de Ley Marco de Empleo Público fue aprobado en primer debate el 17 de junio, con 32 votos.

La Sala Constitucional tiene hasta el 2 de agosto para definir si las consultas de constitucionalidad presentadas cumplen o no con los requisitos para ser evacuadas, lo que se resolverá junto con la sentencia sobre las consultas -opinión consultiva-.

En total se presentaron cuatro consultas de constitucionalidad sobre el proyecto de ley. El Tribunal acumuló las consultas tramitadas bajos los expedientes 21-011915-0007-CO (Diputado Pablo Heriberto Abarca y otros), 21-012118-0007-CO (Diputado Roberto Thompson y otros) y 21-012714-0007-CO (Corte Suprema de Justicia), a la consulta 21-011713-0007-CO (Diputado José María Villalta y otros), en vista de que esta fue la primera en ser presentada, se informó.

 

Foto: La abogada Rosaura Chinchilla. (Foto: Archivo/Semanario Universidad).

Fuente: https://semanariouniversidad.com/pais/abogada-explico-que-jurisprudencia-le-dificultaria-a-la-sala-iv-contradecirse-en-su-resolucion-sobre-empleo-publico/