Costa Rica se encuentra ante una encrucijada histórica. La indiferencia ya no es una opción, es lo que alimenta al autoritarismo. Si guardamos silencio, permitiremos el desmantelamiento de los pilares que sostienen la vida democrática y la libertad.
Convocamos a la acción unitaria del Bloque Democrático: comunidades, organizaciones sociales, universidades públicas, artistas e intelectuales, iglesias, ciudadanía.
Exigimos respeto a nuestra Constitución Política.
El Poder Judicial está bajo asedio y existe el peligro de un «cierre técnico»
La campaña de hostigamiento contra los tribunales y la fiscalía general ha cruzado límites peligrosos. Ya no se trata solo de descalificaciones verbales en conferencias y redes, sino de una estrategia de asfixia financiera planificada.
El fiscal general de la República, Carlo Díaz Sánchez, elevó una alarma gravísima ante la Corte Plena al denunciar que los millonarios recortes presupuestarios impuestos por el Poder Ejecutivo buscan provocar un «cierre técnico» del Poder Judicial.
El impacto real: esta reducción forzada de recursos desmantela las fiscalías y el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) en el peor momento para la seguridad del país, y con esto deja vía libre al crimen organizado. Como bien señaló la magistrada Patricia Solano en la misma sesión: “Pareciera que el enemigo no es el crimen organizado, sino el Poder Judicial”.
El objetivo de fondo es debilitar los expedientes de corrupción que comprometen directamente al oficialismo y promover la impunidad de las redes de influencia. Un Poder Judicial maniatado económicamente pierde la capacidad de actuar como contrapeso constitucional frente a los abusos del Ejecutivo.
La Caja de Seguro Social (CCSS): El desmantelamiento del bienestar social
A la par del ataque contra el Poder Judicial, la Caja Costarricense de Seguro Social sufre una intervención sistemática destinada a ahogarla y colonizar sus mandos técnicos.
El impacto real es la manipulación de las juntas directivas, la parálisis de infraestructura hospitalaria básica urgente y las políticas que promueven la fuga de especialistas de la salud para destruir la mayor conquista social de nuestro pueblo.
El objetivo de fondo es convertir la salud pública en un negocio y neutralizar cualquier foco de resistencia técnica o sindical interna.
Dejar caer a la CCSS es romper el pacto social de solidaridad que ha garantizado democracia social en Costa Rica por más de ochenta años.
La amenaza de la represión y la pérdida de garantías individuales
El debilitamiento institucional busca allanar el camino hacia un régimen autoritario. Nos preocupan profundamente las narrativas que coquetean con la suspensión de garantías individuales so pretexto de crisis, y el ingreso desmedido de fuerzas militares extranjeras aprovechando los recesos de la Asamblea Legislativa.
Un escenario sin controles constitucionales facultaría al oficialismo para ejecutar allanamientos políticos, intervenir la Fiscalía General y neutralizar a la Contraloría General y al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).
No permitiremos una Costa Rica arrodillada, temerosa y militarizada.
¡Actuemos ya!
Hacemos un llamado urgente para unirnos a la Red Nacional de Comités Democráticos y Patrióticos en cada barrio del país. Nuestra resistencia es pacífica pero firme, fundamentada en las leyes y en la soberanía de la ciudadanía costarricense.
Luchamos porque:
1- El Poder Judicial mantenga su total independencia y el presupuesto constitucional.
2- La Caja Costarricense del Seguro Social sea rescatada de la intervención política y financiera de Zapote y del secuestro del Ministerio de Hacienda.
3- Costa Rica sea un país donde se respetan la vida y leyes republicanas, las libertades públicas y democráticas. Que se respeten las garantías individuales.
¡Viva Costa Rica!
Firmantes:
Edison Valverde Araya, Comunidad Buen Vivir
Lenin Chacón Vargas, Buen Vivir Comuna Cocles
Raúl Blanco Chavarría, abogado, secretario general de la JVC
Manuel Monestel, Premio Magón
Alfonso Chase Brenes, Premio Magón
Manuel Mora Salas, comandante Ramiro
Gonzalo Villalta Gewrtz
Gloria Valerín Rodríguez, exministra de La Mujer
Macarena Barahona Riera, escritora
Patricia Mora Castellanos, exministra, exdiputada
Olga Goldemberg Guevara, escritora
Marielos Castro Umaña
Ángel Lara, escultor
Ana Mercedes Rodríguez, profesora
Rafael Cuevas Molina, escritor
Oscar Madrigal Jiménez, abogado
Alcides José Murillo Campos
Leiner Vargas Alfaro
Enrique Sibaja Granados
Marvin Cordero Gómez
Gonzalo Gallegos Jiménez
Habib Succar Guzmán
Inés Gutiérrez Moya
Aurelia Trejos Paris, cantautora
Oscar Espinoza, cantautor
Gerardo Aguilar Sevilla, abogado
Ena Aguilar Ramírez
Manuel Romero Arroyo
Walter Arias Bermúdez
Claudio Monge Pereira, exdiputado
Mónica Peredo, filóloga
Victoria Montero Zeledón, actriz
Nieves Barahona Riera, actriz
Arnaldo Moya Gutiérrez, historiador
Dorelia Barahona Riera, escritora
Alex Cuadra Hernández
Ana Lorena Alfaro Fuentes, M.G.L.
Rosa María Mata Mena
Ronulfo Morera Vargas
Gerardo Contreras, catedrático universitario
Francisco Javier Hernández Quiros
Francisco Barahona Riera, doctor Ciencias Políticas
German Chacón Araya, sociólogo
Alberto Campos Barrantes
Li Sáenz Urgell
Israel Guillén González
José Rafael Flores Alvarado
Alejandro Antonio Fernández Madrigal
Zeyla Meza, abogada
Julissa De Los Ángeles Madrigal Madrigal
Leda Montoya, trabajadora social
Xiomara Eve
César Quirós Brenes
Franklin Monge Montero
Jorge Edwin Lao Largaespada
Diego Villalobos Quirós
Lyn Madrigal
Ligia María Madrigal Castillo
Freddy Jiménez Herrera
Ricardo Ascanio Sánchez, librero
María Eugenia González García
Alcides José Murillo Campos
Luis Hidalgo Canifrú
Mario Alfaro Rodríguez, profesor
Luis Fernando Monge Rojas
Annie Saborío Mora
Karla Matamoros Hernández
Juan Bautista Rojas Esquivel
Leonardo Rivera Pérez
Karen Vargas Gutiérrez
Jorge Vallejos Ortiz
Guillermo Garro Brenes
Alfredo Gerardo Chaverri Brenes
Luis Miranda Vega
Héctor Ferlini-Salazar
Sandra Flora Paniagua Paniagua, médica
Li Sáenz Urgell, profesora de arte
Beatriz Paniagua Valverde, ingeniera
Aquiles Jiménez Arias, escultor
Dorelia Barahona Riera, escritora y filósofa
Jaime Delgado Rojas, filósofo y politólogo
Óscar Alfredo Barboza Lizano, académico
Héctor Cerdas Zamora, pensionado I.V.M.
María Cecilia Crespo, abogada
Óscar Daniel Espinoza Ramos, músico
Sonia Espinoza Conejo, diseñadora en costura y poeta
Adriano Corrales Arias, escritor
Bernardo Jaén Hernández, productor agrícola
Grace Chaves Zamora, Jupema
Marco Vinicio Fournier Facio, Red Nacional por la Democracia
Habib Succar Guzmán, jubilado
Ana Lorena Davila Cubero, trabajadora social
Doris Peterd, empresaria
Alba Nidya Vargas Castro, educadora
Lucía Inés Sanou Sequeira, pensionada
Luis Alberto Meza Sosa, construcción
Isabel Araya Montero, psicóloga jubilada
Xiomara Esquivel Vargas, actriz, PCOA-Costa Rica
Carlos Alberto Rubio Torres, escritor, profesor jubilado
Carlos Rubio Torres. escritor y profesor jubilado
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«La grandeza de una república no reside en la estridencia de quienes gobiernan, sino en los anhelos de dignidad de su gente y en los límites que la ley le impone al capricho del poder».
Por Jaime E. García González, Dr. sc. agr. Profesor catedrático jubilado de la UCR y la UNED Miembro de la Red de Coordinación en Biodiversidad (RCB) y de la Unión de Científicos Comprometidos con la Sociedad y la Naturaleza de América Latina (UCCSNAL) biodiversidadcr@gmail.com
A propósito de la alocución de la escolar Keyla Chavarría; por qué el reclamo de la infancia al respeto y al diálogo desarma la propaganda de la General Cañas y nos recuerda que la paz se practica con el ejemplo y no con la estricta estrategia del insulto.
Hay algo profundamente desconcertante en contemplar, durante este Mes de la Patria, la palabra PAZ iluminando la carretera General Cañas mientras Costa Rica atraviesa uno de los períodos de mayor crispación política de sus últimas décadas.
La instalación lumínica de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz (CNFL) es hermosa, pero las palabras en el escenario público también funcionan como espejos. Esta imagen nos obliga a plantear una pregunta incómoda: ¿es este despliegue un simple gesto patriótico o una flagrante contradicción política que pretende maquillar con propaganda la retórica oficialista de la confrontación?
El viejo refrán popular alberga una sabiduría implacable: «dime de qué presumes y te diré de qué careces». En este contexto, resulta contradictorio que el Poder Ejecutivo exalte la concordia en las carreteras mientras, en la práctica cotidiana, se cultiva el enfrentamiento permanente como método de gobierno.
Como hemos podido observar, durante la administración de Rodrigo Chaves, y ahora bajo la línea de continuidad de la presidenta Laura Fernández, el aparato estatal se ha concentrado en deslegitimar de forma sistemática a las instituciones que garantizan el equilibrio republicano. La Asamblea Legislativa, la Contraloría General de la República, el Tribunal Supremo de Elecciones y la prensa independiente han sido convertidos en blancos recurrentes de descalificaciones y etiquetados oficiales desde el poder.
Frente a este ambiente de constante hostilidad que promueven las altas esferas gubernamentales, la verdadera sensatez cívica ha brotado desde las aulas escolares. Los actos del pasado 1ero. de setiembre en el cantón de Coronado quedaron marcados por la intervención de Keyla Chavarría Jiménez, una estudiante de segundo grado y apenas ocho años de edad, quien con enorme lucidez sacudió la complacencia de los adultos al recordarles una verdad medular:«la democracia no solamente se hereda, también se cuida». Su mensaje desarmó la propaganda política actual, evidenciando que la estabilidad de una nación no se decreta, sino que se construye tolerando la disidencia.
Lamentablemente, el comportamiento del Gobierno transita por el rumbo contrario. En el preciso momento en que la escolar recordaba que el civismo exige convivir en la diversidad al dictar que «aprendemos democracia cuando vemos que las personas pueden pensar diferente y aun así se hablan con respeto», el ministro de Justicia y Paz utilizaba su papelería oficial para validar el rastreo y etiquetado de profesores y defensores civiles bajo la premisa de tenerlos «identificados». De manera simultánea, la presidenta de la República arremetía contra la independencia judicial, acusando públicamente a los veintidós magistrados de la Corte Suprema de amoldar sus fallos a conveniencias de continuidad de sus cargos.
Estos ataques rompen el tejido social elemental, dado que no puede haber paz institucional cuando se pretende arbitrariamente dividir al país entre «ciudadanos legítimos» que aplauden al oficialismo, y supuestos «enemigos de la patria» bajo registro y vigilancia estatal.
Por esa razón, las peticiones de Keyla constituyen un severo y directo emplazamiento ético a las autoridades del Estado. Al exhortar a los adultos a deponer los discursos de odio, Keyla sentenció: «Enséñennos con su ejemplo, enséñennos que podemos estar en desacuerdos sin convertirnos en enemigos. Enséñennos que nuestras palabras pueden construir en lugar de lastimar».
Lamentablemente, el oficialismo actual intenta validar su opacidad y sus despliegues autoritarios bajo la premisa de que el triunfo en las urnas les concede un poder absoluto e incuestionable. Olvidan de forma voluntaria que en nuestro ordenamiento constitucional el gobernante es un simple administrador transitorio y que el verdadero soberano es el pueblo. Los frenos técnicos de los tribunales y la fiscalización del periodismo independiente no son obstáculos ni complots; son las salvaguardas que protegen la libertad de la ciudadanía frente a los abusos del mandatario de turno.
La paz, tal y como lo resumió de forma magistral la escolar, va mucho más allá del desarme militar: «La paz no significa solamente vivir en un país sin ejército; significa también aprender a convivir, perdonar, escuchar y resolver nuestras diferencias sin violencia».
Siendo así, es claro que la auténtica fortaleza republicana no radica en gritar más fuerte desde un micrófono presidencial ni en atemorizar a la judicatura, sino en respetar la legalidad y actuar con la humildad de saber que el poder puede equivocarse.
Este próximo 14 de septiembre, cuando la ciudadanía responda a la convocatoria de participar activamente en la faroleada nacional portando luces y banderas blancas por la concordia, se estará enviando una advertencia contundente a las cúpulas políticas.
Es hora de que los inquilinos temporales de Casa Presidencial abandonen la estricta estrategia del insulto y demuestren con acciones que, tal como concluyó Keyla en Coronado, «todas las personas merecen ser tratadas con dignidad».
Imagen: Página de la CNFL en Facebook aportada por el autor.
«La independencia judicial es el escudo del ciudadano frente al abuso del gobernante, pero nunca puede convertirse en el velo que oculte los errores o la impunidad de los tribunales».
Por Jaime E. García González, Dr. sc. agr. Profesor catedrático jubilado de la UCR y la UNED Miembro de la Red de Coordinación en Biodiversidad (RCB) y de la Unión de Científicos Comprometidos con la Sociedad y la Naturaleza de América Latina (UCCSNAL) biodiversidadcr@gmail.com
Defender la judicatura frente a la intimidación del Gobierno de turno es un deber; tolerar la opacidad y la lentitud burocrática es un error. Las claves para evitar la trampa de la «mano dura».
Hay una frase que convendría repetir estos días hasta que nadie pueda hacerse el desentendido: defender la independencia del Poder Judicial no significa darle un cheque en blanco. Tampoco significa considerar infalibles a sus jueces, colocar sus decisiones por encima de la crítica o asumir que toda persona que cuestione su funcionamiento es, por ese solo hecho, enemiga de la institucionalidad. Una democracia adulta debería ser capaz de entender algo tan elemental.
La concentración ciudadana realizada el pasado 6 de agosto en la Plaza de la Democracia merece ser interpretada, ante todo, como una defensa de la independencia judicial frente a cualquier intento de sometimiento político. Esa defensa es legítima y necesaria, pues la judicatura no constituye un privilegio corporativo ni una concesión de quienes ocupan transitoriamente otros poderes del Estado: es una garantía esencial para todos los ciudadanos.
Precisamente por eso, acuerpar la institución no puede confundirse con defender indiscriminadamente todo lo que ocurre dentro de ella. Existe una diferencia fundamental entre ambos extremos: la primera es una obligación democrática; la segunda corre el riesgo de convertirse en un corporativismo ciego.
Cuando las decisiones generan sospechas
Costa Rica necesita un Poder Judicial fuerte e independiente, pero también eficaz, transparente, oportuno y sujeto a la rendición de cuentas. De acuerdo con el reporte mañanero de Delfino.cr de este 4 de septiembre, existen fallas sistémicas preocupantes en la aplicación de las medidas cautelares.
El informe expone ejemplos críticos: un funcionario judicial investigado que en el pasado liberó a un líder criminal que posteriormente se fugó; la liberación de un sospechoso de homicidio que después falleció en un tiroteo contra la policía; y un juez penal que dictó sobreseimiento en un caso relacionado con 800 kilos de cocaína, permitiendo la huida de los imputados.
Cada uno de estos casos puede estar rodeado de complejidades y tecnicismos jurídicos que deben ser analizados conforme a la ley y al debido proceso. Pero, considerados en conjunto, inevitablemente encienden las alarmas públicas. La independencia judicial es vital, pero no puede convertirse en un muro de silencio frente a resoluciones cuyos desenlaces resultan particularmente graves.
Cuando varias decisiones terminan teniendo consecuencias de esta naturaleza, es perfectamente legítimo preguntarse cómo fueron valorados los riesgos y si los mecanismos institucionales de control están funcionando adecuadamente.
¿Mano dura o reformas democráticas?
Ante el crecimiento del narcotráfico, el sicariato y el crimen organizado, aumenta la demanda social de «mano dura». Es comprensible. Pero la pregunta que debemos hacernos es otra: ¿mano dura contra el delito o mano dura contra los controles democráticos? No son la misma cosa.
Nuestro país necesita fiscales más eficaces, policías mejor preparados, investigaciones rápidas y jueces rigurosos. Necesita que los procesos no se eternicen y que quienes representen un verdadero riesgo para la sociedad no puedan burlar fácilmente las medidas impuestas por los tribunales.
La firmeza frente a la corrupción, la transparencia en la gestión pública, la evaluación de resultados y la eliminación de privilegios injustificados no son amenazas contra el Poder Judicial; son, por el contrario, condiciones indispensables para fortalecerlo.
El peligro real aparece cuando la llamada «mano dura» se convierte en intimidación, concentración del poder o sometimiento de los jueces a las decisiones del Gobierno de turno. Entonces ya no estamos hablando de reforma, sino de una amenaza directa al Estado de derecho y al orden constitucional.
Escuchar el malestar ciudadano
El profundo malestar ciudadano con el funcionamiento de la justicia no puede despacharse como ignorancia, manipulación o conspiración. Hay personas que esperan años por una resolución, víctimas que sienten que sus casos no avanzan, y ciudadanos que perciben una justicia lenta, burocrática y distante. Ese desencanto existe y merece ser escuchado.
Si las instituciones no lo atienden, otros terminarán capitalizándolo. Una ciudadanía frustrada puede llegar a pensar que cualquier transformación es preferible a mantener el estado actual de las cosas, incluso si para conseguirla debe sacrificar contrapesos institucionales. Esa tentación es peligrosa, pues las instituciones democráticas son mucho más fáciles de debilitar que de reconstruir.
Por lo tanto, es vital impedir que el descontento ciudadano se use como pretexto para arrodillar a los jueces, tanto como evitar que la bandera de la independencia judicial sirva para frenar las transformaciones urgentes del sistema. El reto democrático actual exige rechazar dos posturas destructivas por igual:
Exigir rendición de cuentas es un derecho cívico; presionar o amedrentar a la judicatura es una amenaza autoritaria.
Eliminar privilegios injustificados fortalece la República; subordinar los tribunales a los intereses del Ejecutivo la destruye.
Reclamar eficiencia y resultados es indispensable; concentrar el poder en el gobierno de turno es inaceptable.
La Costa Rica que necesitamos no es una Costa Rica con un Poder Judicial subordinado ante el Gobierno, pero tampoco una nación donde las instituciones puedan decirle a la ciudadanía: «confíe en nosotros y no haga preguntas». Eso tampoco es democracia.
La movilización pacífica del 6 de agosto debería servir para defender algo mucho más profundo que una entidad concreta: el principio republicano de que ningún Gobierno puede convertirse en juez de sus propios actos. Pero esa defensa quedaría incompleta si no incorporamos otro principio igualmente importante: ninguna institución democrática está por encima de la ciudadanía a la que sirve.
El peor escenario para el país sería tener jueces sometidos al poder político, pero tampoco es saludable tener instituciones que, amparadas en su independencia, terminen convencidas de que no tienen que dar explicaciones.
No queremos un Poder Judicial débil, pero tampoco uno intocable. Queremos una judicatura responsable, transparente y capaz de responderle a la ciudadanía cuando esta pregunta, con toda legitimidad: ¿por qué? Y cuando las preguntas son legítimas, las instituciones democráticas no deberían sentirse amenazadas por ellas; deberían responderlas.
“En una república, los votos otorgan un mandato temporal, no un poder absoluto. El imperio de la ley existe para blindar la libertad ciudadana frente a los impulsos y los decretos del mandatario de turno.”
Por Jaime E. García González, Dr. sc. agr. Profesor catedrático jubilado de la UCR y la UNED Miembro de la Red de Coordinación en Biodiversidad (RCB) y de la Unión de Científicos Comprometidos con la Sociedad y la Naturaleza de América Latina (UCCSNAL) biodiversidadcr@gmail.com
Una defensa del principio de legalidad consagrado en el artículo 11 constitucional frente a la peligrosa normalización del autoritarismo discursivo y la opacidad estatal.
En el debate político contemporáneo de Costa Rica, ha comenzado a arraigarse una peligrosa confusión conceptual sobre la naturaleza del poder en una democracia. Con alarmante frecuencia, quienes ejercen las magistraturas del Poder Ejecutivo tienden a asumir que el respaldo mayoritario obtenido en una elección los faculta para situar su voluntad por encima de los controles institucionales, retratando las resoluciones judiciales, las advertencias de la Contraloría o el control parlamentario como «obstáculos» que impiden gobernar. Ante esta retórica de la confrontación, se vuelve imperativo regresar a las bases jurídicas que sostienen nuestra República y recordar una verdad fundamental: el gobernante no es el dueño del Estado; es, simplemente, su administrador temporal.
Nuestra Carta Magna es categórica al respecto. El artículo 2 de la Constitución Política de Costa Rica estipula con claridad meridiana que «la soberanía reside exclusivamente en la Nación». Esto significa que el pueblo es el único y verdadero «soberano». Las personas que ocupan la presidencia, los ministerios o las curules legislativas no adquieren una soberanía propia; son meros delegados.
Bajo esta lógica constitucional, es imperativo advertir que el hecho de que el partido actual en el poder se denomine «Pueblo Soberano» constituye una simple etiqueta electoral y una estrategia de nomenclatura partidaria; bajo ninguna circunstancia significa que dicha agrupación pueda encarnar o monopolizar a «al soberano». Pretenderlo, como se asoma en ocasiones en el discurso oficial, rozaría incluso el supuesto del artículo 3 de nuestra Carta Magna, el cual tipifica como “traición a la Patria” cualquier intento de usurpar la soberanía nacional.
En este contexto es importante recordar que el andamiaje constitucional costarricense se blindó contra el absolutismo mediante el artículo 105, el cual delega la potestad de legislar en la Asamblea Legislativa, y el célebre artículo 11, que consagra el Principio de Legalidad y la rendición de cuentas: “Los funcionarios públicos son simples depositarios de la autoridad. Están obligados a cumplir los deberes que la ley les impone y no pueden arrogarse facultades no concedidas en ella.”
La transitoriedad es, por lo tanto, una condición indispensable de la legitimidad democrática. Quien gana una elección no recibe una corona, sino un mandato a plazo fijo con reglas de juego preestablecidas. El ejercicio del poder en una república exige comprender que la alternancia en el gobierno y el respeto a las minorías no son concesiones benévolas del mandatario de turno, sino garantías que protegen a los ciudadanos frente al abuso. Cuando un gobernante utiliza el lenguaje de la ofensa, el secreto de Estado como refugio para la opacidad o la descalificación sistemática de los jueces del Poder Judicial, está violentando el pacto cívico que juró defender al asumir el cargo. La fuerza de Costa Rica nunca ha residido en la estridencia de personalidades mesiánicas, sino en la solidez de sus instituciones de control.
La historia enseña que las democracias rara vez colapsan por golpes de Estado abruptos; se marchitan desde adentro cuando la ciudadanía normaliza la degradación del lenguaje oficial y acepta la premisa de que la «mano dura» justifica el debilitamiento de la legalidad. Atacar los contrapesos institucionales bajo el argumento de que «no dejan trabajar» es una falacia autoritaria.
Un ejemplo concreto de este desencuentro institucional se evidencia en las recurrentes manifestaciones de la presidente Laura Fernández, quien, amparada en el porcentaje obtenido en las urnas, ha cuestionado públicamente a la cúpula de la Corte Suprema de Justicia al afirmar que sus magistrados responden a intereses continuistas, sugiriendo incluso que la judicatura debería someterse a votación popular. Esta retórica oficialista pretende subordinar la independencia técnica y judicial al veredicto de las mayorías electorales, ignorando que los tribunales existen precisamente para aplicar el derecho con neutralidad y blindar las garantías fundamentales frente a los impulsos políticos del gobierno de turno.
Los frenos y contrapesos existen precisamente para evitar que el poder se concentre en unas solas manos, garantizando que el diseño de las políticas públicas responda al interés nacional y no al capricho o al beneficio de una corporación o un partido específico. La fiscalización que realiza la prensa, la legislación que elabora la Asamblea Legislativa, su ejecución a cargo del Poder Ejecutivo y los límites que imponen los tribunales de justicia no son bloqueos al desarrollo: son la esencia misma de nuestra democracia y la vida en libertad.
Nuestro país ha construido su excepcionalidad internacional y su paz social sobre la convicción de que nadie está por encima de la ley. En este sentido, la ciudadanía tiene la responsabilidad histórica de mantener una vigilancia cívica activa y no dejarse seducir por narrativas que buscan dividir al país en un río revuelto de odios y polarizaciones.
Este próximo mes de la patria es el momento oportuno para recordar que las notas de nuestro Himno Nacional y su consigna de «Vivan siempre el trabajo y la paz» requieren coherencia en el ejercicio público.
En el contexto de turbulencia y confusión que hoy vivimos, se hace imperativo exigir a los gobernantes temporales estar a la altura de la dignidad que el cargo les demanda, y recordar, con firmeza republicana, que el verdadero soberano sigue habitando pacíficamente en cada ciudadano de este país.
Profesor catedrático jubilado de la UCR y la UNED. Miembro de la Red de Coordinación en Biodiversidad (RCB) y de la Unión de Científicos Comprometidos con la Sociedad y la Naturaleza de América Latina (UCCSNAL).
Por qué las sentencias constitucionales no pueden ser «ilegales», la regla matemática que valida la lista de 18 candidatos de la Corte y el peligro de subordinar la justicia a las mayorías de turno.
El presente texto constituye una síntesis articulada basada en las reflexiones y criterios jurídicos expuestos por el analista José Solano Saborío en su programa «Entre Verdades y Opiniones», así como en las tesis constitucionales desarrolladas por el jurista Jaime Ordóñez.
La democracia costarricense no se debilita únicamente por la violación flagrante de sus leyes, sino también cuando se pretende reinterpretarlas de manera oportunista al servicio de intereses políticos circunstanciales. Costa Rica atraviesa uno de los episodios institucionales más delicados de sus últimas décadas. El conflicto en torno al nombramiento de magistrados suplentes de la Sala Constitucional ha desatado enfrentamientos de discursos que, en muchos casos, solo han contribuido a aumentar la polarización y la confusión de la ciudadanía.
En este complejo escenario, el analista y abogado José Solano Saborío ha desarrollado en su programa Entre Verdades y Opiniones una exposición detallada de la controversia. Su fundamentación, complementada de forma nítida por las tesis académicas del jurista Jaime Ordóñez, recuerda un principio republicano elemental: los conflictos entre los poderes del Estado no pueden resolverse mediante la imposición de las mayorías, sino a través del derecho y del respeto absoluto a las reglas del orden constitucional.
El punto central de la discusión radica en determinar si la Asamblea Legislativa puede devolver discrecionalmente las nóminas enviadas por la Corte Suprema de Justicia y negarse de forma indefinida a efectuar las designaciones. Tal posibilidad no se encuentra contemplada en la Constitución Política ni en la Ley Orgánica del Poder Judicial. Admitir que el Poder Legislativo pueda bloquear de forma reiterada e indeterminada las ternas remitidas por la Corte hasta forzar la aparición de nombres afines a su preferencia política erosionaría la independencia de los jueces, subordinando la judicatura al interés del gobernante de turno.
Bajo esta misma línea de rigor normativo, el argumento político que acusaba a la Corte Suprema de Justicia de enviar una nómina incompleta por remitir dieciocho candidatos en lugar de veinticuatro carece de sustento legal. La razón jurídica es aritmética y categórica: el artículo 62 de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece de forma taxativa la obligación de enviar estrictamente dos candidatos elegibles por cada plaza vacante. Al existir exactamente de forma oficial nueve plazas vacantes a magistraturas suplentes en ese momento, la Corte cumplió de manera milimétrica con la ley al estructurar una lista final unificada de dieciocho aspirantes, haciendo que la exigencia de veinticuatro nombres fuese un sinsentido normativo.
Frente al preocupante impasse y punto muerto jurídico generado entre el Congreso y la Corte, la Sala Constitucional no solo tenía el derecho de resolver, sino la obligación y el deber de hacerlo. Como nos lo recuerda Ordóñez, el artículo 10 de la Carta Magna es taxativo al asignarle a esta magistratura especializada la competencia exclusiva de dirimir los conflictos de competencia entre los poderes del Estado. Como bien argumenta Ordóñez, al dictar su resolución provisional, el tribunal actuó en resguardo del bienestar de las personas, el fin supremo de todo sistema democrático.
Para destrabar el sistema, Ordónez nos hace ver que la Sala IV aplicó de forma unificada cinco principios medulares del derecho constitucional: el principio de continuidad del servicio público de justicia —que evita que miles de personas vulnerables vean suspendida la tutela de sus recursos de amparo en salud o acceso al agua—, la integración constitucional frente a omisiones del Estado, la plenitud hermética del ordenamiento, la prohibición del vacío de tutela y la doctrina de la inconstitucionalidad por omisión.
Esta jurisprudencia integradora no es una anomalía costarricense; es la misma herramienta de funcionamiento del orden constitucional (Funktionsfähigkeit der Verfassungsordnung) que aplica el Tribunal Constitucional Federal en Alemania, o las llamadas sentenze additive empleadas por la Corte Constitucional italiana cuando las omisiones del parlamento amenazan con dañar los derechos fundamentales de la sociedad.
Por esta razón, la narrativa impulsada desde sectores políticos que tachan de «ilegal» la resolución del tribunal denota una alarmante carencia de rigor técnico. Por esencia y naturaleza jurídica, jamás una sentencia de un Tribunal Constitucional puede ser catalogada de ilegal. Al ser el órgano supremo de interpretación de la Carta Magna, sus resoluciones se ubican en la cúspide de la pirámide normativa de Hans Kelsen y poseen un rango superior a la ley ordinaria. Sostener lo contrario es incurrir en un contrasentido conceptual insostenible.
Lo verdaderamente lamentable, y en lo que confluyen de forma categórica las críticas de Solano Saborío y Ordóñez, es observar a diversos periodistas y medios de comunicación repetir y amplificar estas ligerezas jurídicas, confundiendo a la población. Cuando la conveniencia política pretende sustituir al derecho, la institucionalidad democrática se resiente, y cuando el equilibrio de poderes se debilita, es toda la sociedad la que termina pagando las consecuencias.
«Entre un gobernante que lo hace mal y un pueblo que lo consiente hay una complicidad vergonzosa». Pensamiento atribuido a Víctor Hugo (1802-1885)
Jaime E. García González, Dr. sc. agr. Profesor catedrático jubilado de la UCR y la UNED Miembro de la Red de Coordinación en Biodiversidad (RCB) y de la Unión de Científicos Comprometidos con la Sociedad y la Naturaleza de América Latina (UCCSNAL)
Una democracia necesita gobernantes sometidos a la ley y ciudadanos dispuestos a exigirles cuentas. Cuando uno de los dos renuncia a su responsabilidad, todos pagamos las consecuencias.
Hay frases que sobreviven a su tiempo porque expresan verdades que ninguna sociedad debería olvidar. Esta, atribuida al escritor, político e intelectual francés Víctor Hugo, adquiere una particular vigencia en la Costa Rica actual.
La frase plantea una responsabilidad doble. Por un lado, la de quienes ejercen el poder y pueden utilizarlo de manera arbitraria, abusiva o irresponsable. Por otro, la de una ciudadanía que, por indiferencia, conveniencia, fanatismo político o simple resignación, termina aceptando aquello que debería cuestionar. Y aquí comienza nuestra responsabilidad.
Un gobierno puede equivocarse. Puede adoptar políticas desacertadas, incumplir promesas o fracasar en determinados ámbitos. Nada de ello, por sí mismo, constituye una amenaza para la democracia. El verdadero peligro aparece cuando el poder deja de aceptar límites, convierte la crítica en enemistad, presenta a las instituciones de control como obstáculos y pretende que la ciudadanía confunda autoridad con obediencia. Eso es lo que debería preocuparnos.
En la Costa Rica de hoy hemos visto crecer en los últimos años una confrontación política en la que el desacuerdo se presenta con demasiada frecuencia como una conspiración. El Poder Judicial, la prensa, la oposición política y otras instituciones han sido objeto de descalificaciones que no deberían convertirse en parte normal del lenguaje de quienes gobiernan. Una democracia constitucional, sin embargo, no fue diseñada para que el gobernante tenga siempre la razón. Fue diseñada para que nadie tenga todo el poder.
Por eso existen la división de poderes, la independencia judicial, la libertad de prensa, los órganos de control y el derecho ciudadano a conocer cómo se administra lo público. No son obstáculos colocados en el camino de un gobierno. Son precisamente los mecanismos que impiden que el poder público se convierta en poder absoluto.
Cuando controlar al poder se convierte en una amenaza
Uno de los signos más preocupantes de cualquier democracia es que quienes ejercen el poder comiencen a considerar ilegítimo todo aquello que los contradice. Si una resolución judicial resulta desfavorable, se cuestiona al juez. Si una investigación incomoda, se cuestiona al investigador. Si un medio publica información crítica, se cuestiona al medio. Si un ciudadano denuncia una irregularidad, se cuestionan sus intenciones.
El problema no está en criticar a jueces, fiscales, periodistas o ciudadanos. Todos pueden equivocarse y todos deben responder por sus actuaciones. El problema aparece cuando la crítica deja de dirigirse a sus decisiones y se convierte en una estrategia para deslegitimar sistemáticamente a quienes tienen la función de fiscalizar al poder. Porque entonces el debate deja de ser “¿tiene razón esta institución?” y pasa a ser “¿está con nosotros o contra nosotros?”. Esa lógica es incompatible con una democracia madura.
Lo mismo ocurre con la información pública. La seguridad del Estado puede justificar determinadas reservas, pero el secreto no puede transformarse en la regla general para administrar asuntos que pertenecen a la ciudadanía. En una democracia, quien gobierna administra recursos, instituciones e información que no le pertenecen personalmente.
El Estado no es propiedad del Gobierno.
Y la información pública tampoco. Por eso, ante cualquier intento de ampliar innecesariamente el ámbito de lo reservado, la ciudadanía tiene derecho a preguntar: ¿qué se pretende proteger?, ¿por cuánto tiempo?, ¿bajo qué criterios?, ¿quién ejercerá el control?
Preguntar no es conspirar. Fiscalizar no es desestabilizar. Discrepar no es traicionar.
El problema también somos nosotros
Aquí es donde la frase de Víctor Hugo adquiere su mayor fuerza. Resulta cómodo atribuir toda la responsabilidad al gobernante. Es evidente que quien ocupa la Presidencia tiene una responsabilidad extraordinaria. Pero ningún gobierno puede deteriorar por sí solo una democracia que encuentre una ciudadanía dispuesta a defenderla.
El poder necesita, para avanzar sin controles, algo más que funcionarios obedientes. Necesita ciudadanos indiferentes. En este contexto, la indiferencia puede adoptar muchas formas: Es aceptar una injusticia porque beneficia a los nuestros. Es justificar una arbitrariedad porque fue cometida por alguien a quien apoyamos. Es guardar silencio ante un abuso porque creemos que la víctima pertenece al bando contrario. Es repetir que “todos son iguales” para no asumir ninguna responsabilidad. Y es, sobre todo, renunciar a pensar críticamente.
Una democracia no se debilita únicamente cuando un gobernante concentra poder. También se debilita cuando los ciudadanos comienzan a justificar esa concentración. La pregunta, entonces, no puede limitarse a qué está haciendo mal el Gobierno. También debemos preguntarnos qué estamos haciendo nosotros frente a ello. Una democracia no se defiende en silencio.
Ni obediencia ni oposición ciega
Defender la democracia tampoco significa convertirse automáticamente en opositor del Gobierno. Una sociedad democrática no necesita ciudadanos que estén permanentemente a favor o permanentemente en contra. Necesita ciudadanos capaces de juzgar cada decisión según sus méritos.
Se puede reconocer un acierto del Gobierno y cuestionar su política institucional. Se puede defender una reforma y rechazar la forma en que pretende aprobarse. Se puede criticar al Poder Judicial sin aceptar que se destruya su independencia. Se puede cuestionar a la prensa sin pretender silenciarla. Se puede exigir reformas profundas sin permitir que la palabra “reforma” se utilice como sinónimo de sometimiento.
Esa independencia de criterio es justamente lo que distingue a un ciudadano de un partidario. Y nuestro país necesita más ciudadanos y menos fanáticos.
La democracia no desaparece de un día para otro
Las democracias rara vez se deterioran mediante un único acontecimiento espectacular. Con frecuencia, el proceso es mucho más silencioso: Una descalificación aquí. Una institución desacreditada allá. Una información que deja de estar disponible. Una amenaza que se normaliza. Una crítica que se convierte en enemistad. Un abuso que se justifica porque “esta vez” favorece a los nuestros. Cada episodio puede parecer menor. El problema aparece cuando todos empiezan a formar parte de una misma cultura política.
La normalización es el verdadero peligro. Cuando una sociedad se acostumbra a que el poder ataque a quienes lo controlan, deja de sorprenderse. Cuando deja de sorprenderse, deja de reaccionar. Y cuando deja de reaccionar, el abuso encuentra terreno fértil para crecer. Por eso no debemos esperar a que desaparezcan las instituciones para defenderlas. Hay que defenderlas precisamente mientras todavía funcionan.
La responsabilidad de no consentir
La cita de Víctor Hugo no debería utilizarse únicamente para acusar a un gobierno. Su verdadero valor está en obligarnos a mirar hacia nosotros mismos: ¿Qué estamos dispuestos a tolerar? ¿Qué principios estamos dispuestos a defender incluso cuando hacerlo perjudica políticamente a quienes apoyamos? ¿Somos capaces de exigir transparencia cuando el secreto beneficia a los nuestros? ¿Somos capaces de defender la independencia judicial cuando una resolución favorece al adversario? ¿Somos capaces de defender la libertad de prensa cuando una noticia nos incomoda?
Ahí se mide realmente la cultura democrática de una sociedad. Porque defender las instituciones únicamente cuando nos favorecen no es defender la democracia. Es defender nuestros intereses.
Nuestro país no necesita gobernantes infalibles. Necesita gobernantes sometidos a la ley. No necesita instituciones intocables. Necesita instituciones independientes y responsables. No necesita una ciudadanía que aplauda. Necesita unaciudadanía que pregunte, fiscalice y exija cuentas.
El poder debe saber que gobernar no significa disponer del país a voluntad. Y la ciudadanía debe recordar que votar no significa entregar un cheque en blanco. Al final, la advertencia de Víctor Hugo contiene una verdad sencilla: el poder que no encuentra límites ciudadanos termina creyendo que no los necesita.
Por eso, la pregunta decisiva no es únicamente qué hará el Gobierno. Es qué haremos nosotros. Porque mientras existan ciudadanos dispuestos a exigir cuentas, ninguna autoridad estará por encima de la sociedad.
Cuando, por el contrario, decidimos consentirlo todo, dejamos de ser solamente víctimas del mal gobierno: nos convertimos en parte del problema. Y esa sí sería, para nuestro país, una complicidad verdaderamente vergonzosa: una irresponsabilidad hacia nosotros mismos y, sobre todo, hacia las futuras generaciones.
En estos días escuchamos muchas opiniones sobre el tema de la duración del cargo de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia. Hay quienes se inclinan por un período corto (3 o 4 años), pero con posibilidad de reelección; hay quienes, por el contrario, proponen un único período, pero de 15 o 20 años; los restantes suelen moverse hacia soluciones intermedias. Pero en la mayoría o la casi totalidad de los casos no se aportan las razones que las respaldan ¿cuáles serían esas razones? ¿cuáles son los verdaderos fundamentos para una escogencia adecuada?
Parto de la afirmación de que la función de impartir justicia es, posiblemente, la más delicada entre las funciones del Estado, porque en ella la conjunción entre norma aplicable y verdad fáctica exige la mayor intensidad. De allí el esmero por implantaren los jueces la mayor honestidad, la mejor formación y la mayor destreza en el desempeño de su oficio; y de allí también la necesidad de una estabilidad y una duración en el cargo que conduzcan a la acumulación de experiencia y a la madurez de juicio. No hay que confundir la mera cifra de los años con rigidez y decrepitud.
La obsolescencia fulminante que observamos en la electrónica y en muchas otras tecnologías, es totalmente ajena al mundo de la experiencia jurídica. Todavía, después de dos mil años, el Derecho Romano tiene mucho que decirnos; y los actuales defensores del pueblo encontrarían utilidad en un estudio atento del régimen del tribunado de la plebe, que floreció en la República Romana. La carrera de Derecho dura cuatro o cinco años, pero el aprendizaje del oficio de juez dura la vida entera.
Por esas razones, si existen suficientes garantías institucionales de que el nombramiento recaerá en una persona honesta, culta, independiente, laboriosa e imparcial, lo más conveniente es que se prolongue hasta el límite de edad que fijaría la Constitución.
Si no es así, es decir, si una fracción mayoritaria de la Asamblea Legislativa, o toda la Asamblea, decide promover a la magistratura personas carentes de las condiciones indispensables, es decir, si vamos a tener una justicia de opereta, como Nicaragua o El Salvador, lo mejor será entonces que la duración en el cargo sea breve.
En los Estados Unidos, la historia de los grandes jueces longevos comienza con John Marshall, quien fue Presidente de la Corte Suprema durante 34 años y murió en el cargo; pero está el caso del célebre Oliver Wendell Holmes, quien estuvo 49 años en la judicatura (29 en la Corte Suprema) y se retiró, como Presidente, a los 90 años; están los casos de Louis Brandeis y Felix Frankfurter, que presidieron también la Corte y se retiraron con más de 80 años de edad. Y Learned Hand, quien para muchos ha sido el mejor juez en la historia de los Estados Unidos, vivió 89 años y ocupó su cargo en los Tribunales Federales de Nueva York durante 52. Todos esos jueces fueron progresistas y propiciaron los grandes saltos adelante dados por su País en el siglo XX.
En suma, si hay bastante acuerdo en que el límite inferior de edad de un candidato a Magistrado sea de 40 años ¿cuál sería el límite superior? Me parece que el límite superior etario de todo juez, en general, debe fijarse en una edad en la que, normalmente, las personas conservan su salud corporal y sus facultades mentales. Creo que, en la Costa Rica de hoy, la Constitución podría fijar esa edad en los 75 años, si no en los 80.
El pasado jueves 6 de agosto, en Costa Rica, se desarrolló una manifestación cívica de considerable importancia simbólica, por su composición, su convocatoria y su proclama: un plantón «Por la defensa de la democracia y la justicia».
Fue inicialmente convocado por sectores de la ciudadanía y organizaciones sociales, a los que luego se fueron sumando grupos universitarios, autoridades y personas funcionarias del Poder Judicial, organizaciones sindicales y diversas organizaciones de la sociedad civil, además de representantes de los partidos opositores al actual Gobierno. La convocatoria reunió a miles de personas en la Plaza de la Democracia en San José y tuvo también expresiones menores en el resto del país.
Esta manifestación surge en el contexto de diversas presiones y acciones realizadas por figuras del actual Gobierno de la República, protagonizadas por la presidenta Laura Fernández y el ministro de la Presidencia y de Hacienda y expresidente Rodrigo Chaves. Entre ellas se encuentran los recortes presupuestarios que han afectado al Poder Judicial; el apoyo oficialista a trasladar a la Asamblea Legislativa la elección de la persona titular de la Fiscalía General; el bloqueo legislativo al nombramiento de magistraturas suplentes de la Sala Constitucional; y, más recientemente, las acusaciones públicas contra magistrados constitucionales y las acciones penales anunciadas contra algunos de ellos a raíz de una resolución de la Sala Constitucional (se habló incluso de un ‘golpe de Estado judicial’).
A propósito de este contexto, un grupo de 54 profesoras y profesores de Derecho de la Universidad de Costa Rica publicamos un pronunciamiento titulado “En defensa de la Justicia Constitucional y del Estado Constitucional de Derecho costarricense”, visible acá:
Ahora bien, pasada la emoción tras la exitosa convocatoria, de mi parte entiendo que vale la pena subrayar que, en todo caso, mi apoyo a las instituciones del Poder Judicial, el Ministerio Público y otros órganos relacionados es de índole crítica. Ello alcanza también al pronunciamiento que con convicción firmé junto con otras profesoras y profesores.
No se trata, de mi parte, de una crítica centralmente dirigida a las personas que ocupan esos puestos (aunque puede existir) y, por ello, su resolución no apunta tampoco a un mero recambio de autoridades. El punto, en cambio, es que las instituciones que ejercen la potestad jurisdiccional y las potestades de persecución penal en Costa Rica cargan con un conjunto de problemas y dificultades relevantes, que afectan tanto la eficiencia en el desempeño de sus funciones como la vigencia de los principios constitucionales que las legitiman. Localizar las estructuras institucionales que hacen probables estos problemas y dificultades es aquello sobre lo que ha de recaer la crítica institucional y constitucional, que es la que a mí me parece de prioritaria atención. Entiendo que esta crítica es a un tiempo, profunda y ponderada.
Profunda, porque va a las estructuras que hacen probables ciertos actos y prácticas institucionales problemáticas.
Ciertamente, todo el episodio de Celso Gamboa y las actuaciones de magistrados como Carlos Chinchilla y Jesús Ramírez en el denominado ‘Cementazo’, así como la crisis institucional que rodeó la salida del entonces fiscal general Jorge Chavarría, se encuentran aún presentes en la memoria colectiva de la comunidad política costarricense. Mal haría cualquier defensor del valor de dichas instituciones en desconocerlo.
Empero la pregunta institucional relevante es otra: ¿qué características del diseño de esas instituciones (sus procedimientos de nombramiento, sus controles y su organización interna) hicieron posibles o más probables estos episodios sucedieran y qué reformas permitirían reducir la probabilidad de que vuelvan a ocurrir?
Ponderada, porque no cae en la descalificación generalizada de un entramado institucional que, con sus cargas históricas y sus bemoles contemporáneos, mantiene un funcionamiento regular y efectivo en múltiples ámbitos, de la mano de miles de personas funcionarias que día a día cumplen con su labor de la manera en que entienden que corresponde. La crítica institucional exige distinguir entre problemas estructurales, responsabilidades individuales y el funcionamiento ordinario de la institución.
En mi opinión, el apoyo ciudadano demostrado en los últimos días a dichas instituciones ante las preocupantes acciones de figuras del Poder Ejecutivo y Legislativo debería impulsar a sus autoridades, así como al bloque político opositor, a promover reformas largamente esperadas en sus estructuras institucionales fundamentales.
En síntesis, en este caso, la defensa frente a interferencias externas no debería entenderse como una defensa del statu quo vigente. Es precisamente porque la independencia judicial merece ser defendida, pues es clave para el ideal de la República democrática, que corresponde fortalecer las condiciones institucionales que la hacen probable. Para ello, sin embargo, requerimos realizar reformas claves a sus estructuras fundamentales.
Costa Rica se ha consolidado históricamente como uno de los referentes democráticos más estables y respetados de América Latina y del mundo. Este prestigio no es producto del azar, sino el resultado de una construcción cívica e institucional fundamentada en principios inquebrantables que protegen las libertades civiles y garantizan el Estado de Derecho. La salud de la democracia costarricense reposa sobre una serie de pilares constitucionales y culturales que aseguran que el poder siempre esté al servicio del ciudadano y nunca en su contra.
El principio fundamental que rige el sistema político costarricense es que la soberanía reside exclusivamente y esencialmente en la Nación. Este concepto, consagrado de manera explícita en nuestra Constitución Política, establece que el poder supremo no pertenece a ningún individuo, líder mesiánico, élite económica o fuerza militar, sino al conjunto de las personas ciudadanas. Es la Nación, en su totalidad, la única fuente legítima de autoridad.
De este principio se desprende que los gobernantes son meros depositarios de la autoridad, elegidos temporalmente para administrar el Estado, pero carecen de poder propio o absoluto. La soberanía popular significa que las grandes decisiones del país, la conformación de sus leyes y la elección de sus representantes provienen de la voluntad inalienable del pueblo, ejercida a través del sufragio universal, igual, directo y secreto.
Para garantizar que la soberanía popular no sea usurpada, el diseño institucional de Costa Rica se erige sobre la estricta independencia de poderes. El Estado se estructura en la clásica división tripartita: el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo y el Poder Judicial. A estos se suma, con rango de poder de la República en materia electoral, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).
Esta separación no es únicamente nominal, sino funcional y orgánica. Funciona mediante un sistema de pesos y contrapesos diseñado para evitar que cualquier rama del gobierno acumule una influencia desmedida. El Poder Legislativo debate y aprueba las leyes, el Ejecutivo las implementa y administra el país, y el Judicial vela por su cumplimiento y correcta interpretación. Ningún poder puede delegar sus funciones propias ni invadir las competencias de los demás, lo que crea un equilibrio constante que frena cualquier intento de abuso o concentración de autoridad.
Un pilar innegociable de esta arquitectura democrática es el respeto absoluto a las resoluciones del Poder Judicial. En una verdadera democracia, la ley está por encima de los hombres, y son las personas jueces(as) y magistradas(os) quienes tienen la última palabra en la interpretación normativa. En Costa Rica, la creación de la Sala Constitucional en 1989 reforzó este pilar, permitiendo a cualquier ciudadano defender sus derechos fundamentales de forma rápida y accesible.
El acatamiento de los fallos judiciales, independientemente de si favorecen o contrarían los intereses del gobierno de turno, es obligatorio. Las autoridades gubernamentales, desde la Presidenta de la República hasta la persona funcionaria de menor jerarquía, están sometidas al escrutinio legal y deben obedecer sin dilación lo dictaminado por el Poder Judicial. Este respeto a la judicatura es lo que materializa el Estado de Derecho, garantizando que el país se rija por leyes objetivas y no por arbitrariedades políticas.
El poder político en Costa Rica no es un cheque en blanco; está permanentemente subordinado al control popular. La democracia costarricense entiende que el voto cada cuatro años no es suficiente para garantizar la representatividad. Por ello, existen mecanismos de control político y social que mantienen a los gobernantes bajo el escrutinio público. La movilización nacional del día de hoy, jueves 6 de agosto de 2026, es una exigencia de garantía al respeto de lo resuelto por la Sala Constitucional y la independencia de poderes.
El control popular se ejerce a través de la libertad de prensa, la libertad de expresión, el derecho de petición y la participación ciudadana activa en organizaciones civiles y audiencias públicas.
Los principios detallados anteriormente —la soberanía nacional, la separación de poderes, el respeto irrestricto a los fallos judiciales y el riguroso control ciudadano— conforman un ecosistema político que es diametralmente opuesto y estructuralmente distante de cualquier forma de dictadura, tiranía o autoritarismo.
En una dictadura, el poder se concentra en una sola figura o cúpula; en Costa Rica, el poder se dispersa y equilibra. En un régimen autoritario, los tribunales de justicia son herramientas subordinadas a la persona dictadora para perseguir opositores; en Costa Rica, es deber del Poder Judicial proteger al ciudadano incluso frente al propio Estado. Mientras que las tiranías desprecian la voluntad popular y censuran la crítica, la democracia costarricense se nutre del debate abierto y reconoce que la autoridad emana únicamente de la Nación.
En conclusión, el modelo de Costa Rica demuestra que el verdadero poder de un Estado no radica en la fuerza o la imposición, sino en el respeto a la ley y en la firme protección de las garantías institucionales, asegurando así un clima de paz, libertad y dignidad para todas las personas habitantes. Que la Presidenta de la República llame «golpe de Estado», por el resultado de una resolución de la Sala Constitucional, es un peligroso irrespeto al artículo 2 de la Constitución Política de Costa Rica, un atentado contra el orden Constitucional y una muy mala señal de autocracia, en tanto hace tal calificativo porque no le gusta al Poder Ejecutivo ese resultado de una resolución Sala Constitucional o porque no les favorece.
Le escribe una jueza costarricense preocupada por el rumbo nacional y por el debate público alimentado con narrativas inadecuadas. Lo hago no para negar yerros en la institución en la que laboro, que los tiene y muchos. Mucho menos para pedir silencio ante sus errores; toda entidad pública debe aceptar el escrutinio ciudadano, corregirse y rendir cuentas. Le escribo porque la crítica pierde fuerza argumentativa —que es la única fuerza válida para el Derecho— cuando se sustituyen las razones por palabras elegidas para dividir, incluso a quienes se sientan cada noche en torno a la misma mesa.
Rosaura CHinchilla-Calderón.
Usted y yo, doña Pilar, seguramente coincidimos en que Costa Rica necesita mejorar su justicia. Pero si en vez de reparar la casa la incendiamos nos quedaremos sin techo común. Presentar cada decisión adversa al proyecto político que usted lidera como una conspiración contra “el pueblo” o contra quienes gobiernan y, a partir de ello, lanzar calificativos inadecuados deteriora el debate público y fomenta todo tipo de violencia. De allí la motivación de esta misiva. En nuestra América Latina expresiones como «golpe-de-Estado» o «dictadura» evocan desaparecidos, muerte, exilio y terror. Usarlas consciente y repetidamente en un contexto inadecuado no solo desplaza la atención de los temas urgentes sino que reabre heridas de quienes aún tienen marcadas en su piel las cicatrices de la tortura.
Dado que las formas y las palabras importan, me permito, con profundo respeto, apelar a su historia familiar, no con afán de mortificarla —nada más lejos de mis pretensiones—, sino porque esta contiene lecciones que pertenecen también a nuestra historia latinoamericana y que conviene que repasemos.
Poco se sabe por acá que su abuelo, Máximo Cisneros Valle, desarrolló una larga carrera en la docencia y la magistratura en Perú: fue juez de primera instancia en Tarma, relator de la Corte Superior de Justicia de Lima desde 1899, juez interino del Crimen entre 1906 y 1912 y, posteriormente, vocal de esa Corte Superior.[1] No puedo atribuirle opiniones que no conozco sobre los conflictos de su tiempo, pero sí infiero que si su vida estuvo ligada al oficio de juzgar y a la tradición jurídica de una República que buscaba ordenar el poder por medio del Derecho, tuvo que atravesar el dilema de toda persona dedicada a la justicia penal: apegarse a la prueba y a las normas y decidir con valentía, aunque su decisión no fuera popular y eso implicara linchamientos como los que hoy son frecuentes sin siquiera analizar las decisiones.
Máximo Cisneros Sánchez.
En ese ambiente de respeto por la legalidad creció también su padre, doña Pilar: el honorable Máximo Cisneros Sánchez, abogado, profesor de Derecho Comercial y Derecho Aeronáutico, integrante del Cuerpo Jurídico de la Marina de Guerra del Perú y magistrado de la justicia militar. Su carrera también fue prolífica en el ámbito judicial: desde secretario de juzgado, relator, fiscal y auditor del Consejo de Guerra Permanente hasta procurador general para los asuntos de Marina y primer contralmirante de su Cuerpo Jurídico. Al retirarse en enero de 1972, el Estado peruano le reconoció más de 35 al servicio de la justicia[2] y lo hizo porque la estabilidad judicial es un derecho ya recogido, en beneficio de la ciudadanía, en casi todos los tratados de derechos humanos tanto como el derecho a la jubilación y porque ninguna persona debe ser denostada por ajustar su vida a las normas cuando actúa con probidad, como lo hizo su padre y lo han hecho tantas magistraturas costarricenses, como don Orlando Aguirre y don Fernando Cruz, a las que hoy se les vilipendia mediante generalizaciones apresuradas.
Su papá unió la defensa del derecho y de la soberanía de su país con su propia actividad empresarial como fundador de una aerolínea peruana. Desde la asesoría jurídica naval, participó en el desarrollo de la argumentación peruana relativa a las 200 millas marítimas[3] y en 1954 era auditor letrado de la Zona Judicial de Marina cuando se tramitó el célebre caso de la flota ballenera vinculada con Aristóteles Onassis: un proceso que terminó con una multa millonaria y el decomiso de productos obtenidos en aguas reivindicadas por el Perú. Fue un fallo histórico para toda la región, precursor en materia de derecho ambiental y que nos inspira para seguir defendiendo la soberanía de nuestros países y sus recursos naturales contra quienes pretenden enriquecerse a costa de nuestro patrimonio común.
Tales episodios dibujan a un jurista que creyó en la capacidad del derecho para defender al Estado sin renunciar a reglas jurídicas. Un jurista que hizo su carrera para fortalecer la independencia judicial.
La prueba más dolorosa llegó el 3 de octubre de 1968, cuando el general Juan Velasco Alvarado derrocó al presidente constitucional Fernando Belaúnde Terry, disolvió el Congreso, concentró el poder, afectó las garantías individuales, expropió los periódicos y restringió el pluralismo al instalar el “Gobierno Revolucionario de la Fuerza Armada”, régimen que gobernó hasta 1975, siete años suficientes para sembrar división y dolor por doquier.[4] El posterior derrocamiento de Velasco, mediante otro golpe de Estado por las Fuerzas Armadas, anticipaba la inestabilidad política que, hasta nuestros días, ha vivido el noble pueblo peruano. Para evitar episodios similares, Costa Rica abolió el ejército y hasta los grados militares en las fuerzas policiales, aunque ahora se pretendan restaurar. La sustitución del gobierno elegido por un poder de facto que incide arbitrariamente en los derechos de las personas es el signo inequívoco del autoritarismo que hay que combatir y es todo lo contrario de resoluciones que protegen derechos y obligan a la Asamblea Legislativa a cumplir con un mandato constitucional expreso.
Su propio testimonio, doña Pilar,[5] da cuenta de que el golpista Velasco[6] no perdonó a su padre cuando este se negó a utilizar un vuelo comercial de su empresa APSA para sacar a Belaúnde fuera del itinerario regular y eso generó una persecución contra él, usando el aparato estatal: a su padre se le abrió un juicio por obligaciones tributarias de la empresa y, aunque obtuvo decisiones favorables de los tribunales, usted cuenta que el régimen sustituyó a los jueces por unos complacientes generando el temor de que finalmente apareciera uno dispuesto a condenarlo. Eso llevó a don Máximo a salir con la familia del Perú en 1972. ¡Miserable todo aquel que, como Velasco, use el poder contra sus adversarios políticos! ¡Repudiable Velasco por manipular el aparato de justicia a su antojo para proteger sus intereses! Precisamente para evitar actos como esos es que la estabilidad en la judicatura y la independencia judicial son tan preciadas y emergen como un horizonte, siempre mejorable, al que nunca hay que renunciar.
Solo conociendo esa historia se entiende la profundidad y el valor del discurso que don Máximo Cisneros Sánchez pronunció ante la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica en San José el 4 de septiembre de 1979, al ser recibido como vicepresidente de la naciente Corte Interamericana de Derechos Humanos. Allí afirmó que el Poder Judicial costarricense administraba una “justicia ejemplar”; recordó el proceso de extradición seguido en su contra y resumió su experiencia con una frase conmovedora:
“No fui nunca fugitivo hacia la libertad, sino un fugitivo hacia la justicia.”[7]
Periódico La República, 8 de enero de 1974 (referencias al proceso de extradición de Máximo Cisneros).
Costa Rica no fue para él únicamente un lugar seguro. Fue la demostración concreta de que la independencia judicial puede proteger a una persona cuando el poder político de su país ha dejado de ofrecerle confianza y extiende su brazo allende fronteras. En aquel discurso don Máximo explicó que escogió Costa Rica por el prestigio de su Poder Judicial y celebró que el país hubiera aceptado tempranamente la jurisdicción interamericana, esa que hoy se considera “alcahuetería de la agenda 2030”. Su gratitud no fue una cortesía vacía: habiendo comparecido en condición de acusado, algo que puede ocurrirle a cualquier persona, encontró respeto a sus derechos (¡esas garantías tan atacadas!) y una respuesta jurídica a su conflicto en vez de una orden dictada desde el poder de turno o un acto de humillación pública. ¡Jueces valientes aquellos que, pese al asedio internacional, tutelaron sus derechos y dignidad!
El proyecto político que usted apoya, doña Pilar, con frecuencia afirma que Costa Rica “tiene una dictadura de 70 años” y que gran parte de esa supuesta dictadura proviene de un Poder Judicial que —se da a entender— desde siempre y generalizadamente ha sido corrupto. Eso no concuerda con la valoración expresada por su padre, cuyas apreciaciones se ubican en el mismo rango temporal. Es cierto que en la historia costarricense ha habido abusos de quienes ejercen el poder, corrupción y ello ha generado un deterioro importante en diversos indicadores, sobre todo sociales, como el incremento en la deuda del Estado hacia la CCSS y la violencia social. No obstante, en estos más de 70 años se forjó un sistema de educación pública que le permitió a una hija de campesinos, como yo, estudiar junto a quienes pertenecen a las élites locales en universidades del máximo prestigio mundial. En este lapso se universalizó la seguridad social, se aumentó la cobertura boscosa y se hizo del país un referente en materia ambiental. A diferencia de verdaderas dictaduras siempre se han celebrado elecciones con una amplia oferta de posiciones políticas, la prensa no fue expropiada y funcionó el Congreso. Es cierto que toda democracia formal debe siempre profundizarse, pero inclusive la omisión en tal sentido no la convierte en dictadura.
En materia de justicia se fue ampliando la cantidad y calidad de los servicios y aunque hay discusiones en política pública, señaladas por el Estado de la Nación, que deben emprenderse, los indicadores comparativos con otros países siguen siendo ventajosos. Pero eso no permite hablar seriamente de un sistema fallido, ni generalizadamente inoperante, como ahora se hace ver mediante recursos retóricos populistas y demagógicos.
Por tanto, no hay punto de comparación entre el sistema político que llevó a su familia al exilio y el de Costa Rica, que la acogió. En honor a la precisión conceptual no dudo que usted aclarará, públicamente, que el uso de las palabras “dictadura” y “golpe de Estado” desde el Ejecutivo y el Legislativo están absolutamente fuera de lugar, explicará a sus seguidores lo inapropiado de su uso e instará a que quienes las utilizaron brinden disculpas públicas no solo a la comunidad costarricense, sino también a quienes han sufrido los embates de verdaderos regímenes tiránicos.
Primera conformación de la Corte IDH (con Máximo Cisneros y Rodolfo Piza).
Entre 1979 y 1985 su padre integró, como juez, la primera Corte Interamericana y fue su primer vicepresidente, período en el que coincidió con Rodolfo Piza Escalante,[8] ideólogo y fundador de nuestra Sala Constitucional que, por décadas, fue un referente latinoamericano. Si hoy ha perdido parte de ese reconocimiento no ha sido producto del diseño normativo de la jurisdicción constitucional sino de las decisiones en la selección de quienes ostentan algunas magistraturas, reglas que tampoco se cambiaron en la anterior legislatura. Don Máximo participó en el asunto Viviana Gallardo e intervino en las cinco primeras opiniones consultivas del tribunal regional.[9] Esa jurisprudencia estableció que los tratados de derechos humanos protegen a las personas frente a su propio Estado; que la pena de muerte no puede expandirse ni utilizarse contra delitos políticos pues aún los sentenciados no pierden su dignidad humana; que las diferencias legales no pueden perseguir fines arbitrarios o despóticos; y que la libertad de expresión es una condición de la democracia.[10] Dos de esas opiniones consultivas firmadas por su padre dialogan, de manera especial, con Costa Rica y con su justicia de hoy. VA IMAGEN 3
Esa herencia intelectual de dos ilustres juristas de su familia no la obliga a usted a pensar como ellos ni a defender tales ideas. Las biografías no son cadenas. Sin embargo, sí nos invitan a preguntarnos: ¿qué aprendemos de ellas? Don Máximo conoció un régimen que removía a su antojo las garantías y a quienes debían juzgar. No obstante, encontró refugio en un país donde los tribunales podían decidir sin recibir instrucciones del Ejecutivo. Cuando en los años 70 se detectaron vicios que podían afectar la objetividad, se trasladaron al Poder Judicial la investigación criminal y la acusación pública, con el propósito de alejarlas de la dirección inmediata del Ejecutivo (aunque manteniendo el porcentaje de presupuesto originalmente asignado en la Carta Magna solo para la judicatura).[11] Hoy, ese modelo se pretende revertir pese a las debilidades demostradas antes. Inclusive, el presupuesto aprobado legislativamente para sostener ese andamiaje se disminuye a partir de directrices ejecutivas.
Cisneros Sánchez ayudó a construir una Corte Interamericana destinada a limitar los abusos estatales. Su vida enseña que la justicia independiente incomoda precisamente porque no pertenece a ningún gobierno. ¿No son esa idea y esa lección lo suficientemente poderosas para que sigamos luchando por ellas? ¿No merece la justicia que encontró su padre que distingamos entre una reforma cuidadosa y la destrucción de aquello que todavía funciona?
En diciembre de 2023 usted calificó una decisión electoral como “golpe de Estado político-electoral” y habló de una “dictadura legal y constitucional”. En octubre de 2025 también aludió a una actuación del Tribunal Supremo de Elecciones como un “golpe de Estado institucional”.[12] Ahora las propias autoridades del Ejecutivo y del Legislativo a las que usted asesora utilizan la referencia a golpe de Estado. Duele, doña Pilar, escuchar esas expresiones aplicadas al quehacer de los órganos constitucionales creados para contener el poder, cuya actividad puede ser siempre mejorable, pero nunca prescindible. Al margen de que las decisiones se compartan o no, el recurso retórico es inadecuado y debe reconocerse, máxime si, además, se obvia cómo se generaron tales decisiones: por el incumplimiento de la letra expresa del artículo 164 de la Constitución Política en manos de las diputaciones afines a su proyecto político.[13] Duele que usted, habiendo intervenido como diputada en la Comisión que votó las nóminas de magistraturas suplentes, ahora guarde silencio ante la descalificación dirigida contra jueces y juezas de carrera que se encuentran en esas listas quienes, como su abuelo y padre, se someten de buena fe a las reglas del juego y sufren los embates de quienes opinan sin contar con información suficiente o contratados para tal fin.
Es legítimo considerar que una resolución sea errónea, excesiva o jurídicamente insostenible. También es legítimo pedir responsabilidades. Lo que resulta peligroso es borrar la frontera entre un desacuerdo sometido a procedimientos constitucionales y la ruptura del orden democrático. Usted, como asesora de comunicación de ese proyecto político, por respeto a la memoria de las víctimas de las dictaduras del Cono Sur y Centroamérica, ¿no cree prudente desaconsejar y condenar esta escalada narrativa? Su historia, doña Pilar, es parte de una experiencia latinoamericana mayor: la de quienes perdieron seguridad, trabajo, patria y hasta seres queridos cuando el poder dejó de aceptar límites.
Un golpe de Estado no es simplemente una resolución que disgusta al gobierno, a la oposición o a una mayoría legislativa. Supone la sustitución o anulación del orden constitucional por medios ajenos a él: fuerza, coerción, desconocimiento de los poderes legítimos o captura de las instituciones. Las democracias, en cambio, viven de conflictos regulados. Los poderes se controlan, se contradicen y a veces se frustran entre sí. Esa fricción puede ser incómoda, pero es justamente lo que impide que una sola voluntad se convierta en ley. Llamar golpe-de-Estado a la sentencia antes de debatir sus argumentos no fortalece a la Asamblea Legislativa ni debilita jurídicamente a la Sala Constitucional: solamente eleva la temperatura pública, convierte al adversario institucional en enemigo, puede afectar la confianza institucional y la imagen del país y, lo que es peor, banaliza las heridas de quienes sí sufrieron regímenes despóticos y que escogieron este terruño para encontrar paz y nutrirnos con su visión de mundo.
Doña Pilar, no le pido que abandone su crítica a ninguna institución. Le pido algo más fácil y valioso: que en honor a los Máximo Cisneros de su familia —que hoy se encarnan en jueces y juezas honestos que cumplen a diario con su labor aunque sean objeto de burla e incomprensión como seguramente pronto lo seré yo— esa crítica se realice con la fuerza de los hechos y del derecho, sin distorsiones, sin adulteraciones, sin violencia verbal, con disposición al diálogo y a la construcción conjunta, de tal forma que pueda diferenciarse la deficiencia de la conspiración y una divergencia interpretativa de una ruptura democrática. Recuerde que la independencia judicial real cobija a todas las personas, no solo a quienes comparten la decisión de un tribunal: protegió a su padre cuando era extranjero, exiliado, imputado y sometido a un proceso de extradición. Protege hoy a muchas personas víctimas de una furia alimentada con algoritmos y amañada con una amplia variedad de mecanismos de manipulación y aspiramos a que mañana todavía nos pueda resguardar si somos víctimas del abuso de poder que se vuelve cada vez más visible en el mundo actual.
También le solicito que esa crítica no acalle la que requieren todos los movimientos políticos y los otros poderes del Estado, porque la coherencia la verdad y la ética exigen aplicar el mismo escrutinio a todos por igual.
El proyecto político en el que usted participa ha incumplido mandatos constitucionales en materia de nombramientos y presupuestos aprobados. Ello no aporta a una justicia eficaz y confiable. El Poder Judicial requiere ejercer sus funciones con autocrítica y ajustar los indicadores que fallan. Ningún poder está por encima de la Constitución ni puede borrar al otro mediante consignas. No es válido incrementar el volumen del ruido para distraernos de los gravísimos problemas que tenemos enfrente: en seguridad tanto como en educación, en corrupción pero también en salud pública, en finanzas públicas y generación de empleo pero también en ética pública.
Me he tomado el atrevimiento de invocar la memoria de su familia porque la trayectoria de hombres públicos de bien no pertenece solo a sus parientes. La vida de don Máximo Cisneros Sánchez —tanto por su experiencia como perseguido político como, sobre todo, por su trayectoria como juez— nos sigue inspirando y nos recuerda que la función pública implica educar. Honrar esa memoria no exige idealizar nuestras instituciones; exige impedir que el lenguaje de la democracia se vacíe hasta que cualquier contrapeso parezca una traición. Exige conciliar y aceptar el error cuando este se produce. Hagamos honor a quienes buscaron justicia aquí, cuando la justicia dejó de ser segura allá. No destruyamos con palabras de confrontación la institucionalidad que, hace más de medio siglo, abrió a su familia una puerta de refugio y de derecho. Costa Rica necesita reformas, firmeza y verdad. También necesita serenidad. Nuestros problemas no se solucionan inventando golpes de Estado o dictaduras por doquier ni gritando e insultando al adversario: se empiezan a desenredar cumpliendo la Constitución y las leyes (las que nos gustan y las que no), respetando los contrapesos y cuidando la casa común, incluso —y sobre todo— cuando disentimos.
Por ello, doña Pilar, parafraseo a Oscar Arnulfo Romero y le imploro que interponga sus buenos oficios ante las autoridades del Ejecutivo y del Legislativo a las que usted asesora para que cada cual cumpla con los deberes constitucionales que le corresponden y que cese la violencia verbal y simbólica, alimento de otras formas de violencia social. Alce usted, doña Pilar, la voz para desescalar esta narrativa hostil que tanto divide a las familias. Que ese gesto de respeto a las normas sea el primer paso para emprender modificaciones de gran calado que honren la memoria de quienes, aquí y allá, han servido con rectitud a la justicia.
Atentamente, Rosaura CHinchilla-Calderón Jueza
[1] Fernando Ayllón Dulanto, “Manuel Benjamín Cisneros”, Museo del Congreso y de la Inquisición del Perú, pp. 4-6. La reseña documenta la formación y carrera de Máximo Cisneros Valle como juez, relator y vocal de la Corte Superior de Lima. Texto completo.
[2] Hernán Ponce Monge, “Semblanza del señor Contralmirante CJ. (f) Máximo Cisneros Sánchez”, Revista de Marina, núm. 2 (2014), pp. 191-197. Texto completo.
[3] La tesis de las 200 millas marinas fue una política peruana destinada a afirmar soberanía y proteger los recursos naturales del mar adyacente a sus costas. En 1947, Máximo Cisneros Sánchez participó, como auditor de la Zona Judicial de Marina y asesor del Ministerio de Marina, en el estudio jurídico del decreto que proclamó esa extensión marítima, junto con diplomáticos peruanos. La medida buscaba conservar los recursos pesqueros y se convirtió en antecedente del nuevo Derecho del Mar. Más tarde sirvió como fundamento histórico de la posición peruana en controversias de delimitación marítima, incluida la resuelta por la Corte Internacional de Justicia en 2014.
[4] Lugar de la Memoria, la Tolerancia y la Inclusión Social del Ministerio de Cultura del Perú, reseña sobre el Gobierno Revolucionario de la Fuerza Armada; véase también la bibliografía histórica sobre el golpe de 3 de octubre de 1968 y el gobierno de Velasco hasta 1975. LUM Perú.
[5] Ángel Hugo Pilares, “Pilar Cisneros, la peruana que es la mujer más influyente de Costa Rica”, El Comercio, 13 de junio de 2013. La entrevista recoge el relato de Pilar Cisneros sobre APSA, el proceso tributario y la sustitución de jueces. Entrevista.
[6] La historiadora Anna Cant, en un estudio sobre la propaganda política del velasquismo, señala que ese gobierno militar proclamó su propósito de derribar a la oligarquía y ejecutar grandes cambios sociales en beneficio de sectores populares. También subraya que fue una “revolución desde arriba por decreto”, apoyada en propaganda estatal y movilización simbólica y agrega “…el Gobierno utilizaba la comunicación de masas de una manera innovadora y extensa para generar el respaldo popular, por lo que acudieron a periodistas, artistas e intelectuales para promover sus reformas […] la propaganda política del Gobierno de Velasco tuvo un impacto acumulativo en el espacio público, es decir, hubo una “invasión” de mensajes políticos en las plazas, las calles y las paredes de los edificios públicos.” Ver: https://books.scielo.org/id/cw5zr/pdf/schuster-9789587389456-12.pdf
[7] Máximo Cisneros Sánchez, discurso pronunciado el 4 de septiembre de 1979 al ser recibida la Corte Interamericana por la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica, en Memoria de la Instalación de la Corte IDH, pp. 48-50. Texto completo.
[8] Ambos juristas tienen sesudos estudios que aún hoy son consultados: Cisneros Sánchez, Máximo. “Algunos aspectos de la jurisdicción consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”. En La Corte Interamericana de Derechos Humanos. Estudios y documentos, San José: Instituto Interamericano de Derechos Humanos, 1986. Piza Escalante, Rodolfo, y Cisneros Sánchez, Máximo. “Algunas ideas sobre la incorporación del Derecho de Asilo y de Refugio al Sistema Interamericano de Derechos Humanos”. En Asilo y Protección Internacional de Refugiados en América Latina, UNAM, México, 1982.
[9] Corte Interamericana de Derechos Humanos, Historia. Máximo Cisneros Sánchez fue juez entre 1979 y 1985 y primer vicepresidente. También intervino en el asunto Viviana Gallardo y otras, Serie A núm. 101 (1981).
[10] Corte IDH, opiniones consultivas OC-1/82, OC-2/82 y OC-3/83. Estas decisiones trataron, respectivamente, el alcance de la función consultiva, las reservas a la Convención Americana y las restricciones a la pena de muerte. OC-1/82; OC-2/82; OC-3/83. En la OC-4/84, la Corte IDH examinó una reforma constitucional sobre naturalización y desarrolló un criterio temprano de igualdad y no discriminación. Años después, la Sala Constitucional (voto de la Sala Constitucional 3435-92) utilizó los instrumentos internacionales de derechos humanos para interpretar el artículo 14 de nuestra Constitución sin la discriminación de género que contenía su antigua redacción. Valga aclararle a uno de los comentaristas de los canales oficiales que ni el de la reelección presidencial fue el único pronunciamiento constitucional que modificó la propia Constitución, ni tal pronunciamiento es único en la región, pues ha sido un recurso frecuente en los tribunales constitucionales de cara a lo dispuesto por el artículo 27 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, como se extrae con cualquier búsqueda de internet. En la OC-5/85 la Corte declaró incompatible con la Convención la colegiación obligatoria cuando impidiera a cualquier persona utilizar plenamente los medios para expresarse o transmitir información. La opinión sostuvo que la libertad de expresión es “piedra angular” de una sociedad democrática y que una sociedad mal informada no es plenamente libre. Máximo Cisneros firmó la opinión y agregó una declaración individual sobre el papel legítimo de los colegios profesionales cuando no restrinjan la libertad de expresión.
[11] Abusos de poder en la investigación y acusación condujeron a pasar la Dirección de Investigaciones Criminales (DIC) al Poder Judicial bajo el nombre de Organismo de Investigación Judicial (O.I.J.) y a excluir, de las potestades de la Procuraduría General de la República, el ejercicio de la acción penal pública creando el Ministerio Público, ambas con desconcentración máxima.
[12]Revista del TSE, núm. 38, sobre la reacción de diciembre de 2023; EFE, 7 de octubre de 2025, sobre la expresión “golpe de Estado institucional”.
[13] El artículo 164 de la Constitución encomienda a la Asamblea Legislativa su nombramiento a partir de una nómina propuesta por la Corte Suprema. La Sala Constitucional sostuvo desde 2013 (valga decir, decidió así contra un grupo político diferente al actualmente en el poder) que el Congreso debe escoger dentro de esa lista y que el procedimiento no contempla devolverla. En junio de 2026, la Presidencia de la Sala informó que la falta de designaciones ya incidía en decenas de expedientes con inhibitorias; semanas después, el Tribunal Constitucional resolvió un amparo interpuesto por un ciudadano directamente afectado por esa decisión. Todo ello ocurrió dentro del procedimiento previsto por el ordenamiento. El único punto discutible de la resolución puede ser el de la medida provisional destinada a conservar la integración necesaria para que el tribunal pudiera funcionar. Esa decisión puede y debe ser examinada críticamente: su fundamento, alcance, temporalidad y relación con las competencias legislativas son cuestiones constitucionales discutibles. Pero discutirlas exige razones que al 5 de agosto de 2026 no se conocen.
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