Mensaje de la Comisión Nacional de Asuntos Indígenas

Comunicado oficial

El proceso llevado a cabo por DINADECO en Cabagra no es culturalmente apropiado y no cumple con los estándares internacionales de Derechos Humanos que protegen a los pueblos indígenas, preocupa los temas de seguridad, paz y convivencia pacífica en este contexto.

Comisión Nacional de Asuntos Indígenas con fundamento en su Ley de creación N°5251, le compete pronunciarse en protección del pueblo indígena Bribrí de Cabagra. Manifiesta, que el procedimiento seguido por DINADECO violenta los derechos culturales de los pueblos indígenas reconocidos nacional como artículo 1 de la Constitución Política y la Ley Indígena e internacionalmente como la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y el Convenio 169 de la OIT (supraconstitucional para Costa Rica). Se denota desconocimiento, de carácter riesgoso en derechos, ante las medidas tomadas para apresurar la asamblea de este territorio del 10 de junio 2023, poniendo en peligro sistemas propios culturales del pueblo Bribrí.

La institución considera de gran importancia empoderar al territorio de Cabagra a realizar procesos en mira de la transparencia y anticorrupción. Sin embargo, se debe cumplir con los estándares internacionales donde se procure respetar los principios de autodeterminación y autonomía, procurando con ello que no se ponga en riesgo la participación legítima de las personas indígenas, así como la protección contra personas no indígenas con intereses particulares que puedan amedrentar los espacios propios de las personas indígenas, tal como lo indica las recomendaciones del Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas en su apartado de Libre determinación, autogobierno y participación política (A/HRC/51/28/Add. 1) y el dictamen de la procuraduría «… por ello es inconcebible que personas no indígenas puedan participar de ellas por ejemplo, en la asambleas generales, en mucho menos, que se les permita acceder a puestos de decisión como la Junta Directiva, o aún representantes por las asociaciones ante otras entidades…» (C-045-2000 del 9 de marzo del 2000)

Es por esto que la CONAI hace un llamado a las instituciones en este caso DINADECO a respetar su resolución del 29 de marzo del 2023, cumpliendo la consulta según los estándares internacionales antes de convocar a asamblea según la resolución DDN-RE- 035-2023 en donde su parte dispositiva resolvió: La Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, con fundamento en los hechos expuestos y consciente del perjuicio en la comunidad, estima anular el nombramiento de la Comisión para la Revisión y Conformación del Padrón de Afiliados de la ADII de Cabagra y el Grupo de Mayores citado, así como sus actuaciones, con el fin de replantear el proceso seguido y garantizar que situaciones tan gravosas no se vuelvan a dar. En este cometido, de previo a determinar las acciones a seguir, con miras al objetivo de depurar el padrón de afiliados de la ADII, que permita la celebración de una nueva asamblea que elija su junta directiva, la institución consultará a distintas instancias territoriales e institucionales con la finalidad de que el proceso a seguir sea respetuoso de la autonomía, costumbres y tradiciones intrínsecas del Territorio Indígena de Cabagra.