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Etiqueta: Constitución Política

La marcha de una Democracia bicentenaria

Vladimir de la Cruz

La democracia costarricense es una forma de vida desarrollada desde los albores de la Independencia, el 29 de octubre de 1821, la fecha costarricense de su Declaración, que se originó con el detonante en Centroamérica con la Declaratoria de Independencia de Guatemala, el 15 de setiembre de 1821, la sede de la Capitanía General y del Reino de Guatemala, que hizo que El Salvador se pronunciara por la Independencia el 21 de setiembre y, Nicaragua y Honduras el 28 de setiembre.

Desde 1821 hasta 1823 el inicio de la Independencia condujo, en Costa Rica, al establecimiento de Gobiernos provisionales, transitorios, Junta de Legados y Juntas Superiores Gubernativas, hasta que de nuevo, en un afán de reconstruir la unidad política que se tenía de la región antes de la Independencia, se encaminaron estas comunidades, en 1823, y luego en 1824, a fundar las Provincias Unidas de Centroamérica, y la República Federal de Centroamérica, que bajo un modelo federal las agrupó, gestando al interior de cada una de ellas el nacimiento de Estados, con sus particulares órganos de Poder y Constituciones Políticas.

En Costa Rica la Junta de Legados, de mediados de noviembre de 1821, estableció una Comisión redactora de una Constitución, que se aprobó el 1 de diciembre de 1821, “Pacto Social Fundamental Interino de Costa Rica o Pacto de Concordia”, la primera de la región en época independiente, siguiendo los lineamientos clásicos de los contractualistas y de la propia Constitución de Cádiz de 1812.

Al mismo tiempo se evidenció desde el origen mismo de la Independencia la autonomía y separación real que vivían estos Estados, desde finales de la colonia, por múltiples razones, que hicieron que a partir de 1837 el modelo de la República Federal de Centroamérica se desintegrara, a pesar de los esfuerzos que hiciera en 1842, Francisco Morazán, desde su llegada al Poder en Costa Rica, por pocos meses.

Los mecanismos inmediatos que siguieron a la Independencia para el desarrollo del Estado y la vida independiente, además de declarar abolida la esclavitud en Centroamérica en 1824, pasó, en el caso costarricense, por la llegada al Gobierno, desde 1824 hasta 1833, del Primer Jefe de Estado, educador de formación, que impulsó la educación tempranamente de niños y de niñas, encomendándole esta tarea a las municipalidades en gestación. Desde entonces Costa Rica, a diferencia de los restantes países, o estados centroamericanos, apostó a la educación popular, fortaleciéndola de distintas maneras con el correr de los años, hasta hoy, lo que sigue siendo una distinción en la región.

La ausencia de una lucha militar por la Independencia no impulsó, en Costa Rica, estructuras militares ni caudillos surgidos de estas luchas que se impusieran en el Poder. Tampoco la lucha militar fue necesaria porque no había una fuerza militar colonia que derrotar.

El Ejército como institución se desarrolló especialmente a partir de 1835, y alcanzó su mayor esplendidez en la lucha nacional libertadora contra la presencia de los filibusteros norteamericanos, encabezados por William Walker, que se había establecido en Nicaragua en 1855, donde aprovechando contradicciones políticas en ese país, se impuso y hasta estableció la esclavitud, que quería expandir a toda la región, motivo por el cual el Gobierno de Costa Rica, jefeado por Juan Rafael Mora Porras decidió avanzar sobre Nicaragua para acabar con esa usurpación del poder por Walker y para evitar su llegada a Costa Rica, como para asegurar la Independencia existente, que lo hizo a finales de marzo de 1856, cuando invadió el territorio nacional y fue derrotado el 20 de marzo. A partir de ese momento dos nuevas derrotas, el 10 de abril, en Sardinal, territorio costarricense y el 11 de abril, en la ciudad de Rivas, en Nicaragua, produjeron la derrota de los filibusteros, interrumpida, en toda la línea, en ese momento, por la peste del cólera que se desató, lo que obligó a suspender las acciones militares hasta que de nuevo, en el segundo semestre de 1856, continuaron los combates, con mayor presencia de los ejércitos centroamericanos que se sumaron al costarricense, hasta que en 1857, el 1 de mayo, William Walker se rindió y fue expulsado de Centroamérica. En 1860 intentó de nuevo invadir Centroamérica, y apoyándose en los intereses británicos en la región llegó a Honduras donde fue capturado y fusilado.

Las contradicciones internas por el Poder en Costa Rica produjeron la caída del gobierno del Presidente Mora Porras y, en 1860, ante un intento de recuperarlo fue detenido y ejecutado, con otro de los héroes de la lucha contra los filibusteros, el General José María Cañas, de origen salvadoreño y cuñado suyo.

Los siguientes diez años se impusieron dos militares, Máximo Blanco y Lorenzo Salazar, detrás de los mandatarios civiles, anulando el recuerdo de la Campaña Nacional contra los filibusteros y la imagen de los conductores de la Guerra, los Mora, Juan Rafael y su hermano, el General Joaquín Mora, y el propio General Cañas.

En 1869 el Presidente Jesús Jiménez limitó el poder de estos militares, impuso la educación primaria obligatoria, gratuita y costeada por el Estado, afirmando una vez más esta vocación democrática apoyada en la educación.

En 1871, bajo el gobierno del General Tomás Guardia Gutiérrez, cuyo gabinete era de civiles, se aprobó el Código Militar estableció controles civiles y políticos sobre el Ejército y el aparato militar. Desde entonces se impulsaron políticas para ir debilitando al Ejército, sus militares y reforzando el aparato educativo, con nuevas reformas de educación pública a partir de 1885.

En 1877 el General Guardia desaplicó la pena de muerte, y en 1882, la abolió proclamando del Derecho a vida con rango constitucional, elemento que también distinguió a Costa Rica en la Región y desde entonces en el mundo, entre los pocos países que entonces la había eliminado como castigo supremo.

Respecto al Ejército a principios del siglo XX se hizo una modificación al Escudo Nacional eliminándole dos cañones que estaban en su base, afirmando de esa manera este “civilismo” en marcha que había de la institucionalidad costarricense.

Con el breve golpe de estado, de 1917 a 1919, el Ejército se volvió a fortalecer, pero caída la dictadura, por acción popular, de nuevo el Ejército se debilitó hasta, que, en la década de 1940, resultado de la guerra civil de marzo y abril de 1948, se impuso un gobierno de facto, jefeado por José Figueres, quien gobernó hasta 1949, y tomó la decisión en diciembre de 1948 de abolir el Ejército como una institución permanente del Estado costarricense.

Desde entonces ningún costarricense sabe lo que es el Ejército como institución, ni sus militares, ni son convocados a ejercicios militares o a incorporarse al ejército, por circunscripción, conscripción, alistamiento o servicio militar obligatorio militar, como parte de su formación ciudadana.

Desde la abolición constitucional del Ejército, Costa Rica no puede participar en eventos militares, ni campañas militares, ni guerras ajenas. Esto ha sido confirmado por la Corte Suprema de Justicia, cuya Sala Constitucional estableció que tampoco puede dar apoyos a actos de guerra de otras naciones o Estados.

Las contradicciones generadas del mismo proceso productivo y del desarrollo económico del siglo XIX, hicieron surgir grupos económicos y clases sociales en formación, que de distinta manera se enfrentaron por la lucha del control político nacional, originando 10 Constituciones Políticas hasta 1871.

A partir de esta Constitución que desarrolló un régimen presidencialista fuerte, y por los vínculos con el mercado europeo e internacional, a partir de 1849, con las exportaciones de café, se logró mayor estabilidad política y gobiernos estables de duración cuatrienal.

Los procesos electorales fueron la principal fuente de poder. Con limitaciones en el ejercicio del sufragio se fue formando la democracia electoral costarricense. Desde 1890 con el surgimiento de partidos políticos se impuso la llegada a órganos de elección popular solo a través de partidos políticos. La elección directa se impuso sobre la de segundo grado en 1913, la elección secreta sobre la pública se impuso en 1924 y la elección universal, con el reconocimiento de voto a la mujer, se logró en 1949. En 1974 se bajó la ciudadanía de los 21 años a los 18.

Un elemento distintivo de la sociedad costarricense, respecto a la centroamericana, fue el desarrollo de libertades ciudadanas y políticas, y de derechos ciudadanos y Derechos Humanos, junto con Garantías Sociales, de rango constitucional desde el inicio constitucional en el siglo XIX hasta hoy.

Del mismo modo un aparato electoral, el Tribunal Supremo de Elecciones, con rango de Poder Estatal, independiente, alejado del control de los gobernantes, desde 1949, afirman la democracia nacional, le generan confianza institucional y popular a los resultados electorales, y al acatamiento popular de esos resultados.

Educación, elecciones por medio de partidos políticos, ejercicio político electoral como práctica de la vida ciudadana marcaron la diferencia también con el resto de los países centroamericanos, donde predominaron dictadores, tiranos y militares autoritarios en ejercicio del Poder.

A finales del siglo XIX el Presidente Barrios de Guatemala intentó sin éxito formar de nuevo la República Federal. Intentos unionistas vinieron después desde la sociedad civil sin éxito también.

El desarrollo de gobiernos autoritarios, despóticos, militaristas en la región alejaron esta posibilidad de reunión política. Costa Rica se alejó más de ese proyecto. Los intentos integracionistas vinieron de fuera, de la presencia económica extranjera en la época del imperialismo. Sin embargo, continuaron y a inicios de la década de 1950 se impulsó la Organización de Estados Centroamericanos, que políticamente no condujo a nada, pero estimuló la creación de la Secretaría de Integración Centroamericana, SICA, que si funciona, y bien, en el ámbito de las actividades económicas y comerciales.

Los sucesos ocurridos en Centroamérica, con motivo de las revoluciones y movimientos insurgentes, especialmente en Nicaragua, El Salvador y Guatemala condujeron a salidas políticas para restaurar la democracia política y sociedades democráticas que descansaran en la práctica de libertades y Derecho Humanos, que poco se ha logrado en esa dirección, pero que ha sido importante. Los Acuerdos de Esquipulas no fueron un acuerdo político para establecer el unionismo centroamericano. Tan solo fueron, importantes en ese sentido, para alcanzar la paz en la región, y estabilizarla.

Ante el bicentenario de la Independencia en Centroamérica estos 200 años transcurridos solo han afirmado la separación política de los países de la región, a los que se han integrado en el SICA Panamá y República Dominicana. Los organismos Regionales de tipo político que surgieron de los acuerdos de Esquipulas, la Corte de Justicia y el Parlamento, Costa Rica los ha rechazado, y no hay manera de que pueda integrarse a ellos mientras no se produzcan cambios sustantivos en su integración.

Por ahora los festejos del Bicentenario de la Independencia a nivel Centroamericano tan solo serán una fiesta especial en la región, que cada país también celebrará en su especificidad.

La primavera de la ultraderecha

Manuel Hernández

Pues miren que no andamos tan largo de ese horror fascista en la suiza centroamericana.

Hay que prestar mucha atención y reflexionar también de lo que ha ocurrido aquí, en Costa Rica, en tan solo los últimos 3 años.

La cuestión realmente es seria y no se puede ver con frivolidad.

Podríamos sostener que estamos viviendo una “explosión neo fascista” (Cornel West).

Yo llamaría a esta etapa: la primavera de la ultraderecha.

Esta versión fascista del neoliberalismo se expresa en el encierro en que están metiendo a los sindicatos, en la configuración de un Estado autoritario, en la represión de los espacios del conflicto social y la criminalización de la protesta social.

Todo un violento giro antidemocrático en tan poco tiempo, que tiene prácticamente derrumbada la Constitución.

Una derecha feroz que se fue de golpe contra la democracia.

Una bestia que creíamos desterrada, que hay que confrontar, como lo hacen los demócratas en Madrid, para evitar la barbarie en nuestro país.

 

Ilustración aportada por el autor.

Réquiem por la Costa Rica democrática, culta y solidaria

Rogelio Cedeño Castro, sociólogo y escritor costarricense

El espectáculo legislativo de este infausto mes de abril de 2021 tiene que continuar cueste lo que cueste, no importa si sus protagonistas estén destrozando, o desmontando paso a paso, mecanismo a mecanismo, pieza a pieza, los componentes esenciales de la institucionalidad del país y los fundamentos jurídicos e incluso filosóficos que le dieron fundamento a lo largo de las siete décadas transcurridas desde el fin de la la guerra civil de 1948 y la aprobación de la Constitución Política de 1949. Para eso es que el diario La Nación y sus propietarios necesitan tener a los diputados encerrados en el horroroso búnker de Cuesta de Moras, además de que cuentan con el beneficio adicional de la gran cantidad de tontos que piensan que la Asamblea Legislativa es una fábrica de leyes, sin darse cuenta de que afilan el cuchillo que pondrán en sus pescuezos.

La constitución de aquel año, que ahora nos parece tan lejano, y su espíritu han muerto después de agonizar durante al menos las dos primeras décadas del nuevo siglo, aunque todavía nosotros todavía no terminamos de tomar nota de las consecuencias de tan infausto suceso: la separación de los poderes del estado, la autonomía universitaria y la municipal han quedado reducidas a cenizas, pero también las instancias administrativas y judiciales en materia de gobierno y empleo público, las que pasarán a estar controladas por un cada vez más poderoso y jacobino gobierno central.

El estado social de derecho que se empeñaron en plasmar en los artículos 50 y 74 del nuevo texto los constituyentes reformistas del Partido Social Demócrata, tales como Rodrigo Facio y Luis Alberto Monge, entre otros y los del Partido Constitucional Demócrata como Celso Gamboa y un numeroso grupo de ilustres constitucionalistas de entonces, que contaron con el decisivo apoyo de la mayoría más bien “conservadora” de los diputados ulatistas de entonces, es algo que ha terminado por desvanecerse en medio de la oleada cortesana, mediocre y neoliberal-neoconservadora-neopentecostal que domina a la mal llamada clase política costarricense, la que ha venido a dar al traste con la brillante defensa de la autonomía universitaria, dotándola de recursos financieros que la garanticen, plasmada plenamente en aquella constitución por Rodrigo Facio, Fernando Baudrit y otros destacados constitucionalistas de grata memoria, durante largos debates que merecen recordados, sobre todo por su perenne vigencia (Ver Óscar Castro Vega RODRIGO FACIO en la constituyente de 1949 EUNED San José CR 2003). Han quedado en olvido y reducidos casi a nada los aportes de Luis Alberto Monge, como diputado constituyente encargado por su pequeña fracción socialdemócrata, de redactar y defender el capítulo de las garantías sociales, como un capítulo de la constitución que estaban por aprobar. La obra demoledora de las yorlenis león y otros personajes de poca monta terminó por ser más corrosiva y persistente, tanto como para dar al traste con los valiosos aportes de aquellas generaciones.

Estamos en manos de las gentes de una clase política, donde predominan la ignorancia y la mediocridad, dentro de la que se mezclan las expresiones integristas de una vieja religión revelada (como en el caso neopentecostalismo con su elaborada teología conservadora del éxito y la “salvación personal”, unidos al oportunismo e ignorancia supina de sus voceros políticos) con aquellas otras, de orden secular, propias de la religión del mercado, convertido en el gran desiderátum en todos los órdenes de la vida económica, política y social al que obedecen el PLN PAC PUSC RN NR y otras franquicias electorales, también listas para cazar incautos en la próxima “campaña electoral”, hoy convertidas en el “partido único neoliberal” que desgobierna a Costa Rica.

El delirante odio populista de cierta derecha hacia los intelectuales y el pensamiento libre ha marcado el tono de la ofensiva totalitaria contra la universidad pública costarricense, a la que ven como subversiva por ser un espacio libre para una profesión de fe democrática de amplio espectro y otorgadora de “privilegios” hacia sus académicos, investigadores y funcionarios a los que desearían ver reducidos a la condición de precariedad salarial y laboral de sus pares de las universidades privadas.

Son el pensamiento auténtico y el trabajo académico libre de las manipulaciones de los poderes fácticos, como también la investigación científica seria, con sus innumerables aportes de gran calidad en beneficio del conjunto de los costarricenses, junto con una sostenida acción social dirigida hacia muchas comunidades de todo el país los componentes de lo que en su conjunto irritan a los dueños de este país: a lo sumo, para estas gentes de corta mirada y gruesos bolsillos, las universidades deben ser fábricas de graduados, donde como en el caso de la gran mayoría de las privadas (en todo hay excepciones) brillan por su ausencia las bibliotecas, los laboratorios y los institutos de investigación. Por desgracia los poderosos dueños de los grandes medios de (in)comunicación social han tenido éxito en convencer a muchas gentes incautas ocultando, detrás de supuestas preocupaciones de orden fiscal, mientras se dedican a saquear de verdad los recursos públicos, sus verdaderas intenciones totalitarias y su insaciable rapiña, como en el caso de las trochas, la ruta 27 y otros inconfesables negociados, además de la colosal evasión tributaria.

Es por eso que no nos queda, por ahora, sino exteriorizar este réquiem por la la ruina de la institucionalidad democrática de un país como este en el que hemos nacido, al que consideramos digno de mejor suerte. Las nuevas generaciones tendrán que emprender de nuevo, casi de cero, una lucha que los reformadores sociales de los años cuarenta supieron materializar en hechos y resultados positivos, al construir de esa manera un país más solidario, culto y justo que los del resto de la región, ¿vamos entonces hacia una “centroamericanización” de Costa Rica, entendida en el peor sentido del término?

Chile, ¿Hacia una Verdadera Asamblea Constituyente?

Lic. José A. Amesty R.

El año pasado 2020, escribimos un artículo sobre Chile llamado: “Chile se Encamina Hacia un Nuevo y Profundo Ciclo Político”, donde luego de hacer una breve historia y consecuencias del modelo neoliberal en Chile, nos preguntamos: ¿Hacia dónde va Chile?

En el mencionado artículo recordamos, y ahora lo hacemos igualmente, sobre la Consulta Popular, hacia la redacción de una nueva Constitución para Chile, donde el 78,27% de los ciudadanos que votaron en el Plebiscito, aprobaron iniciar este proceso. Decíamos que sería un proceso largo y tedioso, aunque monumental, desmontar la vieja Constitución de Augusto Pinochet.

La nueva Constitución chilena, será redactada por una Convención Constituyente, compuesta por 155 miembros electos por votación popular, el 11 de abril del 2021.

Estos constituyentes tendrán 9 meses, para presentar un nuevo texto constitucional, pudiendo ser ampliado por 3 meses más, en una sola oportunidad. De esta manera, a mediados de 2022, el país vivirá un nuevo Plebiscito de salida para aprobar o rechazar la nueva Constitución.

Veamos las etapas del Proceso Constituyente, que tiene a Chile en este Momento Histórico:

15 de noviembre de 2019: Acuerdo por la Paz y la Nueva Constitución.

24 de diciembre de 2019: Reforma constitucional que modifica la Constitución vigente para incorporar el itinerario y reglas del proceso constituyente.

29 de marzo de 2020: Presidente convoca, vía decreto, al plebiscito de entrada del 25 de octubre de 2020.

25 de octubre de 2020: Plebiscito en el que se decide si se aprueba o rechaza la idea de una Nueva Constitución; y cuál sería el órgano que la redacte.

11 de abril de 2021: Elección de Convencionales Constituyentes.

Mayo o junio de 2021: Instalación de la Convención Constituyente.

Hasta 9 o 12 meses después: Convención aprueba un nuevo Texto Constitucional.

Aproximadamente 60 días después (agosto de 2022 aproximadamente): Plebiscito para aprobar o rechazar nueva Constitución.

Ya estamos a pocos días de celebrarse este paso histórico en la vida política de Chile. Aunque al momento de estar redactando este artículo, surge la eventualidad, que ante la ola de contagios de la Covid-19, que llega a niveles inéditos en toda la pandemia en Chile, el presidente Sebastián Piñera, presentará una reforma constitucional para que se lleven a cabo el 15 y 16 de mayo, la que necesita de los votos de dos tercios del Parlamento. La oposición, sin embargo, anunció que exigirá al Ejecutivo nuevas medidas sanitarias y de ayuda económica, a cambio de respaldar la medida en el Congreso. Veremos que sucede…

No obstante, la anterior eventualidad, deseamos compartir algunos elementos de tan importante hecho político para la institucionalidad y para la nacionalidad chilena.

  1. Lo cierto es que desde que se propuso la fecha del 11 de abril 2021, para la Elección de los Constituyentistas redactores del nuevo texto Constitucional, no ha habido mucha atención periodística y/o comunicacional de tal evento, por lo menos en América Latina, no sabemos si al interior del país. Dejamos esta inquietud-pregunta para su reflexión…
  2. Algunos sectores del país, señalan que en verdad en Chile no se está en un Proceso Constituyente, que no hay una Asamblea Constituyente, ya que lo “acordado” por los partidos políticos de derecha e izquierda, es celebrar una Convención Constitucional. Agregándose además, que la dicha Convención Constitucional, aprobará la nueva Constitucional con el quorum de dos tercios, que deja en entredicho la verdadera soberanía popular de la Convención.

Parece ser una traición al pueblo chileno, quien demanda una Asamblea Constituyente, con todas las potestades para redactar y someter a votación popular (apoyo masivo de un pueblo), un asunto de especial importancia para la Nación, como lo es una Constitución nueva.

Ojalá, este 11 de abril, preferentemente, le toque al pueblo chileno, iniciar y decidir su destino al escribir con su mano, con verdaderos redactores del pueblo, la primera Constitución democrática de la historia de Chile.

  1. Otro acuerdo entre las partes fue que el texto Constitucional, será escrito sin amarras a la actual Constitución; es decir que, en ausencia de acuerdos sobre algún punto, no se mantendrá el articulado del texto actual. Sin embargo, la condicionante de la derecha, para ceder dicho punto fue establecer como límites el respeto a la definición de Chile, como una República democrática, el respeto a los DDHH, a todos los tratados internacionales suscritos y a las sentencias judiciales ya ejecutoriadas.

Cosa que ha significado un punto de conflicto, toda vez que pone en cuestión el alcance soberano del proceso.

  1. Otros cambios u “acuerdos” han sido: dada la presión del feminismo, se incorporó la paridad de las y los constituyentes; se encuentran en debate los escaños reservados para los pueblos originarios y se flexibilizaron los requisitos para la participación de independientes en el proceso, pues el modelo de elección replica la elección de congresistas, que favorece la electibilidad de los partidos políticos.

¿Qué está en Juego en el Proceso Constituyente?

Primero, no se trata del cambio de un texto constitucional por otro, sino de la construcción de una Constitución con implicaciones materiales, tanto en relación a la sociedad actual de Chile, como en relación a los alcances de los cambios: la posibilidad de cambiar la orientación neoliberal del modelo actual, de superar ese orden político, social y económico nefasto.

Segundo, debe ser la oportunidad para abrir un proceso de transformaciones, que exceda al propio debate del texto. Las expectativas sociales son altas y, para no acumular frustración social, las fuerzas de cambio enfrentan el desafío de compatibilizar medidas de corto plazo, que tengan implicaciones materiales inmediatas, con cambios estructurales que excedan el propio debate constitucional.

Temas y/o Cambios de la Constitución Actual

  1. ¿Qué país se desea diseñar?
  2. ¿Que significa un nuevo Pacto Social?
  3. Discutir nuevamente la Regla Fiscal.
  4. Lo exclusivo del Ejecutivo en temas como el Presupuesto.
  5. La Independencia del Banco Central.
  6. Soluciones para 30 años de desigualdad económica-social.
  7. Una de las grandes demandas es la necesidad de redefinir la noción patriarcal, colonial y hetero normativa de familia, heredada históricamente de las constituciones autoritarias, que se han impuesto al país desde 1833 en adelante, y que ha sido una fuente de discriminación, exclusión y persecución a importantes sectores de la sociedad.

En definitiva, la discusión constituyente en Chile está abierta, por lo que la manera cómo se definirán a las familias democráticamente, es quizás unos de los puntos más importantes que se tienen que dar, ya que muestra cómo nos vemos a nosotros/as mismos realmente, y no como la elite conservadora ha querido que nos veamos por siglos.

Entonces, para que pueda significar la apertura de un proceso de transformaciones sociales profundas, el debate, y la acción, deberán exceder el plano institucional y reconducirlo hacia los diversos sectores populares.

Desde la calle, Chile debe comenzar a reescribir su historia, dejando en el basurero de su historia a los Pinochet, los Lagos, los Bachelet, los Piñera y otros tantos.

 

Imagen: Diario Jurídico.

Los diputados por su naturaleza son beligerantes políticos

Vladimir de la Cruz

Recientemente el Tribunal Supremo de Elecciones advirtió a los diputados, y a sus asesores de no caer en la figura de la beligerancia política, lo que pareciera una intromisión sin precedentes en la figura del Diputado, y sus asesores, los que él escoge, generalmente de su propio partido político, indicándoles que no podían hacer actividades, en su tiempo laboral, de carácter político electoral, o que estuvieran relacionadas con la próxima campaña electoral.

Fue en forma directa un jalón de orejas, especialmente, a los diputados que aspiran ser candidatos presidenciales, o que ya han anunciado sus intenciones en esa dirección. Fue ponerles un bozal político, un tapabocas, además del bozal de la pandemia que deben usar.

La Constitución Política, ni la legislación electoral, ni ninguna ley en particular establece prohibición alguna para los diputados, ni los consideran “empleados públicos”, ni se les puede considerar “servidores del Estado en el ejercicio de sus cargos”, los que sí tienen esa expresa prohibición, siempre y cuando estén en la categoría constitucional de “funcionarios a quienes les esté prohibido ejercerlas”, que en ninguna parte ni ley alguna se señala a los diputados.

De los altos funcionarios que sí tienen prohibición son, entre otros, el Presidente de la República, los Ministros de Gobierno, los Ministros Diplomáticos, el Contralor y Subcontralor Generales de la República, los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia

Y, es la Asamblea Legislativa, el conjunto de los diputados que la constituyen e integran, los que conocerán el resultado de la investigación que realice el Tribunal Supremo de Elecciones contra esos específicos altos funcionarios, si realizaran actos considerados de beligerancia política, si son investigados a ese efecto.

¿De dónde se saca el Tribunal Supremo de Elecciones que los diputados no pueden ser beligerantes políticos las 24 horas del día, dentro y fuera de la Asamblea Legislativa, en sus oficinas como en sus curules, Plenaria y de Comisiones, o en los actos que realice en comunidades, visitas, reuniones, actividades a las que es invitado o él mismo organiza para rendir cuentas, o para pasar facturas políticas ciudadanas, más allá del propio control político que puede realizar en el propio recinto parlamentario, que es quizá el acto de beligerancia más extremo que puede hacer contra los representantes y funcionarios de los Supremos Poderes y de las Instituciones del Estado y del Gobierno.

Los diputados aunque electos por Provincias tienen el carácter de “nacionales”, de ser la representación de la voluntad popular expresada por el sufragio, en la figura de cada diputado, y de cada grupo de diputados pertenecientes a los partidos políticos que eligen diputados. En la propia Asamblea Legislativa se organizan por partidos políticos, así se sientan, con curules que “pertenecen” a esas fracciones legislativas, en el orden en que se colocan, porque nombran un Jefe de Fracción partidaria, porque tienen reuniones de jefes de fracción para coordinar aspectos del debate parlamentario y de la agenda parlamentaria. Así, los diputados electos por la Nación actúan en nombre de sus partidos políticos. Es lo lógico, es lo natural, es lo usual, es lo inherente a cada diputado. En las notas de prensa, radiales, escritas o televisivas se les reconoce como diputados de tal o cual partido.

Toda la labor parlamentaria de los diputados es política, es partidaria, es calculadoramente electoral, porque de su buen o mal desempeño así les puede ir en la siguiente campaña electoral.

La Campaña Electoral no termina con la integración de la Asamblea Legislativa el 1 de mayo siguiente a la elección nacional. Allí continúa en el escenario legislativo. Esto es lo real, es lo que funciona.

Todos los diputados en sus intervenciones, en las Comisiones o en el Plenario, pueden hablar a nombre de sus partidos políticos, identificarse como miembros de esos partidos, hacer alarde de la Historia parlamentaria o nacional de sus partidos. Los que casi no hacen alarde de nada, casi siempre ha sido así, son los diputados oficiales, los del partido de gobierno en ejercicio. Les cuesta mucho defender al Gobierno, y porque muchas veces por las acciones y compromisos de los Gobiernos los diputados toman distancia silenciosa de su partido gobernante.

La jornada laboral de los diputados es 24 horas en el cargo. A los efectos de las reuniones que tienen, por asistir a las Comisiones o al Plenario, reciben un pago. Si faltan no se les paga lo correspondiente. Pero esto es un problema tan solo de responsabilidad laboral.

Toda la labor de un diputado, desde su presencia en la Asamblea Legislativa, hasta por sus actos y discursos es para beneficiar a su partido político, y a su propia figura política como dirigente parlamentario de su organización partidaria. Todo lo que tiene en la Asamblea Legislativa, desde su Oficina hasta los dineros que le dan de gasolina mensual, son para justificar su trabajo parlamentario que es político partidista. No se puede entender de otra manera.

Insisto. En la Constitución ni en ley alguna hay una solo sanción para los diputados, que pueda caer en la figura de la beligerancia política.

En mi opinión los asesores parlamentarios, nombrados por los propios diputados para su trabajo diputadil, con salario de la Asamblea Legislativa, están igualmente amparados por la misma protección que tienen los diputados para realizar su trabajo político y parlamentario, y aunque pagados por la Asamblea no caen en la categoría de “empleados públicos”, de “servidores del Estado en el ejercicio de sus cargos”. Son funcionarios que la sociedad paga para el mejor desempeño de los diputados como expresión de la soberanía popular que ellos representan.

Los que sí son “empleados públicos”, “servidores del Estado en el ejercicio de sus cargos”, son todos los Asesores de Servicios Técnicos parlamentarios que le sirven a todos los diputados, como un alto equipo o grupo especializado para esos trabajos. Igualmente aquellos funcionarios del Poder Legislativo que por su naturaleza le sirven a todos los diputados sin distinción de su pertenencia partidaria.

Está bien que se regule la ausencia de los diputados del Plenario y de las Comisiones, lo que se les sanciona con el no pago respectivo si no tienen autorización para ausentarse para atender asuntos personales, o funciones o labores propias de su cargo, que eso no se paga de esa manera.

Por este mismo motivo no se obliga a que un diputado que quiere ser candidato a la Presidencia tenga que renunciar a su cargo de diputado. Implícitamente se reconoce su papel de ser un representante de un partido político, que no tiene impedimento constitucional ni legal para ser candidato siendo también diputado.

Lo inmoral es lo que hacen algunos diputados que ausentándose cobren sus respectivas dietas por los mecanismos que les permite hacerlo.

Bastaría que cualquiera de los diputados candidatos empezara sus discursos parlamentarios o legislativos diciendo: “En mi condición de diputado del Partido XXXX, y de mi condición de aspirante a la Presidencia por mi partido XXXX, o si ya fuera candidato oficial, dijera que, en esa condición, se dirige al resto de los diputados y al público, a los ciudadanos, a los electores, que oyen o ven las sesiones parlamentarias, sobre ZZZZ, proyecto de ley que está en discusión, o haga referencia en el control político que en un gobierno, bajo su mandato, eso que está criticando no va a ocurrir. ¿Se le podría acusar de beligerancia política por esa forma de dirigirse en el Plenario o en el Trabajo de Comisiones?

Hay que dejarse de hipocresías políticas. Eso es lo que le hace daño al país, a la imagen de la Política, de los Partidos Políticos, de los dirigentes políticos, y a la misma Democracia política que vivimos como sistema.

La pertenencia a un partido político no le quita la credencial a ningún diputado. Lo único que se la puede quitar es que pueda ser empleado o tener cargo en otros poderes del Estado o de elección popular. Ni siquiera pierde su credencial de diputado cuando transitoriamente es llamado a ejercer un puesto de Ministro.

Tampoco pueden “celebrar, ni directa ni indirectamente, o por representación, contrato alguno con el Estado, ni obtener concesión de bienes públicos que implique privilegio, ni intervenir como directores, administradores o gerentes en empresas que contraten con el Estado, obras, suministros o explotación de servicios públicos”, lo que se considera incompatible con el cargo de diputado lo que sí les hace perder su condición de Legislador.

Para los asesores contratados por los diputados, para que los acompañen sus cuatro años en Congreso, por ley se les fija “la asignación y las ayudas técnicas y administrativas que se acordaren para los diputados”.

La única restricción que puede tener un diputado, es la que tiene el Presidente de la Asamblea Legislativa, cuando en ejercicio de su cargo por disposición constitucional, sustituye transitoriamente al Presidente de la República, como sucedió en la Legislatura 2009-2010, cuando el Presidente del Congreso, el diputado Francisco Antonio Pacheco varias veces sustituyó al Presidente Oscar Arias, siendo también el diputado Presidente de su partido Liberación Nacional, a lo que no tuvo que renunciar. En ejercicio del cargo de Presidente de la República si se sometió a las prohibiciones que para ese cargo existen, pero sin dejar ni renunciar a su condición de diputado, ni de su partido, ni de la Presidencia de su partido.

Es hora de dejarse de hipocresías políticas que solo dañan la imagen de los Poderes Públicos, de la Política, de los dirigentes políticos, de los mismos partidos políticos, de la Política como quehacer humano, y de la Democracia política que vivimos.

El diputado por su naturaleza es un beligerante político. Que actúe como tal. Eso es lo que necesitamos para ver si también mejoramos el debate y el análisis político.

Peligrosa llamada de atención hace el Tribunal Supremo de Elecciones a los diputados, de intromisión en el Poder Legislativo, de intentar ponerles a los diputados un bozal, o un tapabocas, en el ejercicio de su palabra, de su Parlamento, de su crítica general y de su crítica política, que es la que sería sujeto de “beligerancia política”, una manera sutil de decirles a los diputados cómo deben realizar su control político.

Camino peligroso para la democracia política y electoral el que abre el Tribunal Supremo de Elecciones.

Experto realiza observaciones a proyectos de reglamento para afiliación a la CCSS de independientes, migrantes y seguro voluntario

El matemático y máster en matemática actuarial Rodrigo Arias López envió a la junta directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, sus observaciones y solicitud de información adicional en relación con dos proyectos de reglamento.

Se trata del proyecto de Reglamento para la Afiliación de los Trabajadores Independientes y del proyecto de Reglamento de Aseguramiento Voluntario y Aseguramiento de Migrantes. Ambos fueron publicados en el Diario Oficial La Gaceta N° 53 del miércoles 17 de marzo de 2021.

El especialista Arias López compartió ambos documentos con SURCOS. Puede descargarlos en formato PDF para su lectura completa.

Entre los elementos que el actuario indica a la junta directiva de la CCSS se encuentran los siguientes:

“… me apersono ante esa Junta Directiva para hacerle ver las inconstitucionalidades, ilegalidades, vicios y errores técnicos que contiene el proyecto…”.

En cuanto al Reglamento para la Afiliación de los Trabajadores Independientes el especialista en matemática actuarial precisa:

“Lo pretendido por esa Junta Directiva en el Artículo 1 del citado proyecto es inconstitucional, discriminatorio, abusivo y espurio, desigual, además violenta los principios de razonabilidad proporcionalidad que son también de rango constitucional.

La definición de “ingreso por base presunta” y de “ingreso neto” para el caso de los trabajadores independientes son asuntos de reserva de ley y ninguna ley a la fecha define o establece su definición o significado.

El “ingreso por base presunta” queda EN indefinido, no se sabe lo que es y además, queda al antojo y arbitrio de lo que los jefes o unidades de la CCSS (Caja Costarricense de Seguro Social) quieran que signifique. ¿Qué es ese “ingreso determinado” ?, ¿qué incluye? ¿cuál es el significado de “aquella derivada de las revisiones que realice la Caja”? ¿Qué revisa la Caja?; cuando se trata de actos administrativos para que sean validos eficientes y eficaces deben estar bien claros y precisos, puntuales, y el reglamento carece de todos esos principios.

Lo mismo sucede en el caso del “ingreso neto”, está indeterminado, no define lo que son “gastos propios para la operación de la actividad económica o trabajo”; tampoco define lo que es “actividad económica”; no se sabe que es “razonable” ni “necesario”; en fin, lo que resulta es un círculo vicioso e indeterminado que depende de sí mismo. No indica, si, por ejemplo, las cuotas que el trabajador independiente le paga a la CCSS forman parte o no de esos gastos propios, entre otros. Tampoco queda claro si, por ejemplo, los ingresos en caso de alquileres, venta de propiedades, ingresos por trabajos realizados fuera de Costa Rica, etc., forman parte del “ingreso bruto” que se indica”.

En relación con el Reglamento de Aseguramiento Voluntario y Aseguramiento de Migrantes Rodrigo Arias López indica:

“Si bien no soy asegurado voluntario, me presento ante esa Junta Directiva como interesado dado que el Estado aporta recursos que son fondos públicos para el financiamiento de los beneficios que se indican en el proyecto de reglamento, y yo contribuyo por obligación constitucional con el financiamiento de los gastos públicos. Véase el artículo 7 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito de la Función Pública”.

Rodrigo Arias López detalla:

En el caso del aseguramiento voluntario el problema surge además porque no está definido el ingreso de referencia que se menciona en el artículo 8 del mismo proyecto; así como tampoco se regula, ni define “La persona que asume el pago de las cuotas respectivas a favor del solicitante debe encontrarse al día en el pago de las obligaciones con la Caja”.

Nótese que no es que todos los que soliciten el seguro voluntario es porque no tengan ingresos propios; en particular los rentistas y pensionados. 

En tales artículos es probable que existan personas o familias que se encuentran en condición de pobreza que calificaría para estar aseguradas por cuenta del Estado conforme al artículo 2 de la Ley y que ahora pretendan obligarlas o engañarlas para que se aseguren por esta modalidad, porque en el mismo proyecto NO SE ACLARA QUE LAS FAMILIAS QUE ESTÁN EN CONDICIÓN DE POBREZA NO REQUIEREN ASEGURARSE COMO ASEGURADOS VOLUNTARIOS”.

El actuario y experto en temas de la CCSS señala en otra parte de su escrito, que lo pretendido en el proyecto de reglamento “podría violentar los derechos humanos de las personas migrantes”.

Le invitamos a descargar los documentos y compartir esta información para propiciar la reflexión y la participación ciudadana en estos temas.

Costa Rica: trabajadorxs públicxs enfrentan un nuevo ataque hacia su sistema laboral y la Constitución

Para diversas organizaciones sindicales costarricense afiliadas a la Internacional Servicios Públicos (ISP), el proyecto de Ley Marco de Empleo Público representa un ataque a la Constitución Política costarricense y quebranta la propia democracia, ya que limitaría la autonomía de los poderes Legislativo y Judicial, universidades públicas, municipalidades y instituciones estatales. Por Eugenio Guerrero Cascante

Nuevamente Costa Rica se ve envuelta en un ambiente político-social bastante convulso, tónica que se ha repetido durante el actual gobierno del presidente Carlos Alvarado Quesada, primero con la entrada en vigencia del Impuesto al Valor Agregado (13%) en 2018, lo que provocó grandes movilizaciones que se extendieron por 89 días a lo largo y ancho del país, principalmente con la participación de trabajadores públicos, además de ciudadanos y organizaciones sociales.

Esta gran movilización laboral, que no se observaba en Costa Rica desde la lucha contra el Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos (TLC) en el año 2007, llevó al gobierno Alvarado Quesada y a la Asamblea Legislativa a modificar lo establecido en la Ley de la Reforma Procesal Laboral respecto al derecho de huelga de los trabajadores, implementando la “Ley para brindar seguridad jurídica a las huelgas y sus procedimientos”, denominada por los sectores sociales como ley “anti huelgas”; ya que se impusieron una serie de modificaciones y limitaciones al ejercicio efectivo del derecho fundamental a la huelga. Para los sectores sociales esto representó una clara estrategia gubernamental y de los sectores económicos más poderosos del país para allanar el camino para lo que venía.

La situación económica que enfrenta Costa Rica desde hace varios años por la falta de leyes y controles en contra de la evasión y elusión fiscal, así como los altos intereses de la deuda pública provocaron que el país cerrara en el año 2019 con un déficit fiscal de 6.96% del Producto Interno Bruto (PIB), el cual se incrementó a finales del 2020, cerrando en 8.1% de PIB. Cifra que representa la diferencia entre ingresos y gastos más alta de los últimos 40 años, según el Ministerio de Hacienda de Costa Rica.

Esta situación allanó el camino para que en el país se desatará una “guerra” ideológica en contra de los funcionarios públicos, achacándoles toda la responsabilidad de la situación fiscal del país, aunque esta última aseveración fue desmentida por varios Ministros de Hacienda de turno, sindicatos e incluso algunos diputados costarricenses.

Sin embargo, esto no impidió que actualmente se discuta en la Asamblea Legislativa el proyecto Ley Marco de Empleo Público (Expediente Legislativo 21.336), bajo esa misma estampa ideológica. Incluso fue utilizado por el propio presidente de la República para condicionar un préstamo por 1.750 millones de dólares con el Fondo Monetario Internacional (FMI), asegurando que, “de no aprobarse dicho proyecto de ley, el FMI no giraría el dinero”; situación que fue desmentida por el propio FMI.

Trabajdorxs afiliadxs al SITUN y organizaciones de BUSSCO protestan en las afueras de la Asamblea Legislativa contra el Proyecto Ley Marco de Empleo Público. Foto: SITUN.

ATAQUE A LA INSTITUCIONALIDAD Y A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA

Para diversas organizaciones sindicales costarricense afiliadas a la Internacional Servicios Públicos (ISP), como el Sindicato de Trabajadoras y Trabajadores de la Universidad Nacional (SITUN), la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), la Asociación Nacional de Empleados Judiciales (ANEJUD), el Sindicato de Trabajadores del Ministerio de Hacienda (SINDHAC) y la Asociación Nacional de Profesionales en Enfermería (ANPE), el proyecto de Ley Marco de Empleo Público representa un ataque a la Constitución Política costarricense, la autonomía institucional y quebranta la propia democracia.

Esto por cuanto los tres poderes supremos del Estado costarricense (el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial), son vulnerados, de manera peligrosa, en el proyecto Ley Marco de Empleo Público; puesto que será el Ejecutivo el que tenga el poder sobre los otros dos (Legislativo y Judicial), en todo el ámbito de las políticas de gestión de los recursos humanos, integralmente conceptuada.

Para las organizaciones sindicales anteriormente mencionadas, la aprobación del Proyecto Ley Marco de Empleo Público traería consigo, implicaciones profundas que contaminarán los procesos administrativo-financieros de esos dos poderes que, de un modo u otro, pasarán a sufrir un control ejecutivo desde la Casa Presidencial de turno a través del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN) y Dirección General de Servicio Civil (DGSC). A esto se suma la autonomía institucional que perderían cinco universidades públicas, ochenta y dos municipalidades e instituciones como la emblemática Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS).

Para Álvaro Madrigal Mora, Secretario General del SITUN, es claro que el proyecto Ley Marco de Empleo Público atenta flagrantemente la Constitución Política, donde está establecida la autonomía universitaria, la cual a través de los años ha fungido como una herramienta para ser un baluarte en la creación del Estado Social de Derecho Costarricense.

“El proyecto hace una intromisión en la potestad que se le ha dado a las universidades para su propia forma de organización y administración. Incluso toca hasta la libertad de cátedra. Sin embargo, independientemente de que este proyecto afecte de una forma diferente a las universidades públicas, debemos luchar por la defensa del Estado Social de Derecho de este país, que con este proyecto y otros que se han aprobado, más los que vienen haciendo fila, buscan la destrucción total de ese estado social de derecho” detalló Madrigal.

Por su parte Rebeca Céspedes Alvarado, representante sindical de la ANEP en la Municipalidad de Goicoechea, detalló que el proyecto Ley Marco de Empleo Público quita toda potestad de decisión a los alcaldes o alcaldesas, así como a los Concejos Municipales afectando el desarrollo de los cantones y comunidades.

“Exigimos a los diputados y diputadas de la Asamblea Legislativa que excluyan a las municipalidades de dicha ley, ya que viene a afectar la autonomía municipal que nos otorga la Constitución Política, esto perturbaría gravemente el desempeño administrativo, económico y comunal. Prácticamente las municipalidades pasarían a manos del Poder Ejecutivo por medio del MIDEPLAN, incluso atentando contra la elección popular de los alcaldes y alcaldesas por medio del voto”, manifestó Céspedes.

El 24 de marzo trabajadores y trabajadoras municipales afiliadxs a la ANEP marcharon por las calles de la capital San José y entregaron a la Asamblea Legislativa el Segundo manifiesto en favor de la Autonomía Municipal y en contra del proyecto Ley Marco de Empleo Público.

Trabajadorxs del Poder Judicial colocan carteles en las puertas de ingreso de los edificios judiciales para mostrar su rotunda oposición al proyecto de ley y mostrar a la ciudadanía sus efectos. Foto: ANEJUD

Otro de los sindicatos en alzar la voz en contra de este proyecto de ley que se discute en la Asamblea Legislativa es ANEJUD, organización sindical del Poder Judicial, que califica el proyecto de ley como un ataque directo en contra del empleo público y la clase trabajadora.

“Creemos que es una ley con la finalidad de reconfigurar el Estado y centralizarlo, desde el Poder Judicial. No vemos como pueden [gobierno] tener el poder sobre los jueces, fiscales o defensores, eso sería peligroso para la democracia de este país, esto es completamente inconstitucional, como también lo es, por ejemplo, el tema del salario global, que no exista ahora ya el principio de la retroactividad de la ley”, indicó Mario Mena, presidente de ANEJUD

Otra de las instituciones que se vería vulnerada con la Ley Marco de Empleo Público es la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), por lo que los sindicatos de esta emblemática institución también alzan la voz en defensa de su institución, calificándola como una legislación desregulatoria y que atenta contra las garantías sociales.

“Esta ley es una de las maniobras más descaradas del gobierno que viene a romper y golpear las garantías sociales y la solidez en la autonomía de la institucionalidad costarricense, la cual ha brindado una estabilidad en temas como educación, salud, gestión municipal y acceso a servicios esenciales como agua y electricidad. Claramente esto tiene un trasfondo más grande, y es servir en bandeja de plata las prestatarias de los servicios públicos en Costa Rica hacia la tercerización o privatización, lo que significaría un duro golpe a la Caja Costarricense del Seguro Social y las Garantías Sociales”, aseveró Rodrigo López, Secretario General de ANPE.

Para las organizaciones sindicales costarricenses integrantes de la Internacional de Servicios Púbicos (ISP), es claro que las autoridades gubernamentales han decidido ignorar lo establecido en la Constitución Política, por lo que de aprobarse este proyecto será elevado de forma inmediata a la Sala Constitucional.

Además, no se descartaría iniciar acciones internacionales, ya que este violenta las obligaciones del país, establecidas por la propia Asamblea Legislativa de Costa Rica, con entidades de peso a nivel mundial, como lo es la Organización Internacional del Trabajo (OIT), parte esencial del sistema de las Naciones Unidas (ONU).

 

Imagen principal: Trabajadorxs municipales afiliadxs a la ANEP rumbo a la Asamblea Legislativa por la defensa de la autonomía municipal y en contra del proyecto Ley Marco de Empleo Público. Foto: ANEP.

Enviado por Óscar Rodríguez.

PRONUNCIAMIENTO PÚBLICO. Integrantes de Grupo de Garantes Administración Alvarado Quesada (2018-2022)

Los abajo firmantes, como parte del grupo de garantes de la ética del gobierno encabezado por el señor Presidente Carlos Alvarado Quesada, queremos dejar manifiesta nuestra posición con respecto al proyecto “Ley de Empleo Público” (Expediente No. 21.336) en discusión en la corriente legislativa.

  1. La Constitución Política vigente establece con claridad la división de poderes de la República y distintos grados de desconcentración y autonomía para instituciones con misiones especializadas como el Poder Judicial, la Caja Costarricense de Seguro Social, las municipalidades, las universidades y las instituciones autónomas. Estas autonomías van desde lo estrictamente administrativo (autogestión de un ente sin dependencia de otro), hasta la autonomía política (capacidad de autogobierno) y la autonomía organizativa (capacidad de auto-organización). El caso de las universidades públicas incluye las tres modalidades de autonomía constitucionalmente previstas.
  2. La norma 191 C.P., por su parte, prevé la creación de un Estatuto de Servicio Civil, concebido para regular la relación entre los servidores públicos y el estado, sin hacer, ciertamente, distinciones. Sin embargo, una interpretación histórica de este mandato, confirma que la intención del constituyente fue asegurar el acceso al empleo público, creando un ente descentralizado que, en condiciones objetivas de independencia e idoneidad, así como lejos de la influencia y control del gobernante de turno, condujera los procesos de designación del funcionariado y demás empleados de este sector. No hay que olvidar que esta fue una de las cuestiones detonantes de la crisis de 1948. Una visión también histórica del desarrollo de las entidades autónomas en el país a lo largo de casi setenta años, han afianzado el principio de división de poderes y de autonomías en distinto grado, con diversos estatutos especializados que han permitido apartar las  influencias político-partidarias en la gestión, organización y autogobierno de las instituciones públicas. A nuestro entender, el espíritu del constituyente, aunque nunca se concretó en la existencia de un estatuto único, se ha afianzado y fortalecido a través de los años, incluso con la labor interpretativa de la Sala Constitucional.
  3. Las cuestiones relacionadas con la definición de perfiles de los servidores, sus requisitos, las calificaciones de idoneidad, rendimiento y régimen disciplinario, así como escalas salariales deben considerarse como parte de la autonomía de que gozan estas instituciones. Es muy riesgoso poner en manos de un ente controlado absolutamente por el Poder Ejecutivo, la determinación última de estos aspectos en alguna instancia no especializada, sino que pueda, además, ser proclive a la manipulación tratándose, por ejemplo, del nombramiento de jueces, autoridades y docentes universitarios y técnicos especializados en distintas entidades públicas. Por el contrario, cualquier tipo de exceso o contradicción que pueda haberse dado en este campo, es perfectamente corregible y mejorable, sin sacrificar la misión esencial que cada institución autónoma tiene. Para ello se cuenta con instancias controladoras que ninguna institución autónoma puede obviar.
  4. Si bien entendemos que esta es una discusión también de carácter ideológico-política por tratarse de la administración del Estado, siendo que respetamos las distintas posiciones que hay al respecto, no podemos ignorar en este debate la existencia de una  arista ética, puesto que durante la campaña electoral pasada, el actual Presidente Alvarado Quesada fue claro al señalar que la cuestión del empleo público no podía reducirse a un tema eminentemente fiscalista, -como evidentemente lo está siendo-, y que había que dar un tratamiento integral que respetara la complejidad y especificidad de un ámbito vital para la prestación de servicios públicos esenciales, en un régimen democrático de derecho -como evidentemente no lo está siendo-. Encontramos pues, en este punto,  un incumplimiento de orden moral a los compromisos asumidos para con el electorado nacional.

Margarita Bolaños Arquín                José Manuel Arroyo Gutiérrez

San José, 23 de marzo de 2021.

¿Cómo que no lo dice La Nación?

Yamileth González García , Exrectora UCR

Acudo, una vez más, a este medio de comunicación en procura de imparcialidad y seriedad para aclarar las informaciones que hace un conocido periódico, de manera tendenciosa y hasta falaz, empeñado en desacreditar a una de las instituciones más respetables del país por su contribución al desarrollo y desempeño científico, cultural, artístico y tecnológico, en su ya no disimulada intención privatizante de la educación superior.

¿Cómo que no lo dice La Nación? Claro que sí lo dice, solo que lo hace de manera parcializada e interesada, pues menciona únicamente circunstancias negativas en su intento destructivo por atacar a la Universidad de Costa Rica (UCR) y su autonomía y, también, enfila sus ataques, sorprendentemente, hacia mi persona, como si yo fuera candidata a algún cargo de carácter nacional o institucional, ya que como es típico de ese periódico, cuando alguien está por postularse y no es de su agrado, lo atacan.

Los argumentos expresados en el editorial (La Nación, 23 marzo), como ya es su costumbre, son, en este caso, inexactos por parciales:

1- Comenzando porque se refiere a una medida tomada en una sesión del Consejo Universitario, en la que yo no participé. Dice el diario, textualmente, que: “el 29 de setiembre del 2009, González y el Consejo Universitario aumentaron las anualidades del 3% al 5.5%”. Eso es inexacto, yo no estuve presente en la sesión del Consejo del 29 de setiembre, la cual aprobó ese incremento y tampoco firmé, en ese momento, el acuerdo señalado.

2- Señala el citado editorial que, como consecuencia de esa acción, la Universidad de Costa Rica vive una situación insostenible financieramente, que esa medida atenta “contra la sostenibilidad financiera de la institución” y que “a corto plazo” “es una «amenaza» para la actividad sustantiva de la Universidad, es decir, el cumplimiento de su misión educativa”. Tremenda responsabilidad la que se me endosa; sin embargo, a pesar de que ese desequilibrio se viene pregonando desde el año de 2009, se reitera en 2013, 2014, 2015, 2018 y hoy de nuevo, la falsa alarma, de torcidas intenciones, como se sabe, no se ha concretado. Estamos ya en el 2021 y, contrariamente a la fatídica premonición, la UCR mantiene su equilibrio en las finanzas y no existe ningún déficit institucional. Aquí podemos citar, con un poco de ironía, el conocido texto de Zorrilla: Los muertos que vos matáis gozan de buena salud”.

El día 22 de marzo, la UCR, le responde a ese diario y al país, lo siguiente:

“La anualidad que reciben los funcionarios de la Universidad de Costa Rica tiene tendencia a la baja y en el 2018 fue de 1,94% para personas profesionales y de 2,54% para personas no profesionales. En la actualidad este monto es de 0%”.

Si el diario La Nación, utilizara de forma correcta los datos, podría ver, o a lo mejor eso no es posible, que “… para los últimos ocho años la proporción del gasto en salarios se ha reducido pasando de representar un 72%, en el 2012 a un 67,79% en el 2019, y para el 2020 el gasto corriente en salarios se redujo en más de ₡800 millones de colones. Para este año la proporción del gasto en salarios fue de un 71%, debido a la baja general en los recursos que financian a la educación superior. El año pasado el presupuesto de la UCR se redujo en más de ₡34 000 millones”. (La UCR aclara publicación del diario La Nación, 22 de marzo). Una tendencia que se venía dando desde los años de 1990 y que no se detuvo en la última década; al contrario, como se deduce de la afirmación anterior llegó a estar más abajo del 70%. Esta proporción de equilibrio, como lo he señalado en otros momentos, es garantía generalizada de un sano equilibrio financiero para las instituciones de educación superior. A pesar de las diatribas de este periódico, la UCR continúa con su quehacer académico sustantivo de indiscutible impacto en nuestro país.

Reitero lo dicho hace un par de semanas: “Si bien es cierto los datos muestran un peso creciente de la anualidad sobre el salario base, se logra una estructura salarial que mantiene en proporción creciente el reajuste por régimen de mérito frente al salario base, y también que se sigue estando muy por debajo de la relación 80/20, un porcentaje que es considerado como el garante de un sano equilibrio financiero para las instituciones de educación superior”.

En todo caso, por su madurez y por la misma autonomía que la Constitución le da, la UCR ha puesto autos en el propósito de enmendar y corregir cualquier situación que perjudique su cabal funcionamiento, incluida, desde luego, una propuesta de empleo universitario, consecuente con una Ley de empleo público. Para ello, creó una Comisión encargada de estudiar el esquema salarial de la Institución.

3- También se me acusa de no haber escuchado la voz de la Oficina de Contraloría Universitaria ( OCU), la cual alertó sobre las consecuencias que la medida podría traer; pero lo que no menciona ese diario es que los dos estudios actuariales realizados, el primero, por el reconocido actuario Rodrigo Arias, profesor de la Escuela de Matemáticas, el Modelo de proyección de ingresos y gastos para determinar la sostenibilidad del gasto salarial de la Universidad de Costa Rica (2010) y, el segundo estudio, basado en el mismo modelo, pero ampliando el número de escenarios, lo realizó Arias en conjunto con los economistas Max Soto Jiménez y Pablo Sauma Fiatt del Instituto de Investigaciones en Ciencias Económicas, se hicieron para responder a las observaciones y dudas que habían sido señaladas por la OCU. Esos señalamientos si fueron atendidos y la Oficina de Contraloría participa del debate y la aprobación de la propuesta, en la Comisión de Administración y Presupuesto, como consta en el Acta de la sesión 5390 del CU, cuando se señala lo siguiente:

“Para el análisis del presupuesto institucional y el Plan Anual Operativo del año 2010, se llevó a cabo una reunión ampliada de la Comisión de Administración y Presupuesto (28 de septiembre de 2009), donde los miembros del Consejo Universitario analizaron cada uno de los documentos presentados por la Rectoría, con la participación de funcionarios y funcionarias de la Oficina de Planificación Universitaria (Licda. Maritza Monge Murillo, jefa de la Oficina; Licda. Carolina Calderón Morales, jefa de la Sección de Presupuesto; Licda. Anabelle Mora Bonilla, jefa de Sección de Planeamiento, y Lic. Johnny Méndez Vargas, jefe de la Sección de Evaluación); de la Oficina de Contraloría Universitaria (Lic. Mario Zamora, Lic. Donato Gutiérrez Fallas, y M.A. Jorge Padilla, Contralor) y el Lic. Ramón Bonilla, Director Ejecutivo de la Rectoría. En esta reunión se discutió ampliamente el Plan-Presupuesto para el año 2010, donde surgieron inquietudes que fueron atendidas por la Administración y que complementa la información que anteriormente había sido presentada”. Como se desprende de los estudios y el análisis realizado, los cuales evidenciaron que el incremento era sostenible, contrariamente a la afirmación del citado editorial.

4- Por otra parte, quiero resaltar que lo que dice el editorial, en el sentido de que el incremento del año 2009 es una feliz iniciativa de quienes estábamos, en ese momento al mando de la administración superior de la Universidad, no es cierto. El diario omite que durante 30 años todas las autoridades universitarias nos opusimos al incremento del incentivo médico para el área de la salud , lo peleamos en los tribunales y, no fue sino por la resolución (2007-000760) de la Sala Segunda de la Corte de Justicia (10/10/2007), que se nos obligó a subir la anualidad al 5.5% para el personal, en principio de la Facultad de Odontología, y que tuvo que ser reconocida de manera retroactiva al 7 de junio de 1982. En aquel momento, ya toda el área de la salud se preparaba para solicitar ese mismo incentivo, vía judicial y si lo ganaban (tenían un claro precedente) incluyendo el pago obligatorio retroactivo desde el año 1982, habría constituido una verdadera ruina para la institución.

La sentencia 655 del 12 de agosto de 2011, de la Sala Segunda, que según el editorialista viene a explicar lo obvio, señala: «Para poder acceder a esa clase de pluses salariales es necesario que el profesional, además de serlo en Ciencias Médicas, realice sus labores en un ente dedicado a la prestación de servicios hospitalarios».

Al contrario, la sentencia viene a ratificar el argumento de la UCR durante los 30 años que dura ese pleito: la UCR no es un centro hospitalario, por lo que la Ley de Incentivos Médicos no debía ser aplicada en la Institución. Eso es así, tanto para los odontólogos, médicos, nutricionistas, farmaceuticos etc, etc, como para cualquier profesional de otras disciplinas ajenas a la salud, ya que todas las personas que laboran en la Universidad lo hacen como docentes. Incluidos los funcionarios de la salud, quienes ejercen la docencia médica, pues las clínicas ubicadas en esa área son centros de enseñanza y no centros hospitalarios.

La Sala comete un error en 2007 al fallar en contra de la Universidad, como lo viene a corroborar la sentencia del año 2011. Lo que la administración universitaria hizo en 2009 tiene que ver con un asunto de justicia laboral, remunerado de la misma manera a todo los que ejercían la misma función, es decir, la docencia.

5- Ha insistido este periódico en su agresión al mandato constitucional de la autonomía universitaria y en influir en la Asamblea Legislativa en su propósito, en este embate que ya tiene vieja data, que lo vienen orquestando diversos poderes nacionales, sobre todo, desde el momento en que el Gobierno de Costa Rica y el Banco Mundial suscribieron, en junio del año de 2009, un documento llamado Competitividad en Costa Rica, cuyo entramado ideológico ha venido sustentando los diferentes gobiernos nacionales y que, en relación con las universidades, señala que “Los mecanismos de financiamiento tradicionalmente usados en Costa Rica, combinados con la autonomía universitaria, limitan la capacidad del Gobierno para influir enormemente en el sistema”. Y fue a partir de ese momento que se empieza a actuar con mucha más prepotencia, buscando romper la autonomía universitaria y debilitar su financiamiento. Pareciera que ese es el propósito final de este periódico y de otras fuerzas políticas y económicas empeñadas en desacreditar a la UCR.

Publicado en el Semanario Universidad, compartido con SURCOS por la autora.

Presidente Alvarado y Liberación Nacional, UNÍOS

El Presidente Alvarado dedica todo su tiempo a exigir no solo la aprobación del mamotreto de Empleo Público, sino para que el mismo incluya a todos poderes públicos y todas las autonomías. Volveremos al Estado anterior a 1949, centralizado al máximo, sin mayores derechos laborales y con una ley que será contradictoria y de aplicación engorrosa.

Lo que debe llamar la atención a los futuros votantes es que en este esfuerzo Alvarado ha contado con la colaboración eficiente e incondicional del Partido Liberación Nacional y los partidos neopentecostales o ramashekos. Liberación Nacional, el Presidente Alvarado y el PAC son los abanderados de las políticas contra los empleados públicos atendiendo presurosos los requerimientos de La Nación, los otros medios y el gran empresariado.

El Presidente Alvarado con gran ímpetu y fervor llama y obliga a aprobar la moción 80 de una diputada del PLN que pretende eliminar las posibilidades otorgadas por la Comisión legislativa a las universidades y municipales conforme a la Constitución. Véase que los liberacionistas y los señores del PAC se unen para restringir la autonomía universitaria y la municipal, aunque ello sea contrario a la Constitución.

Liberación y el PAC están unidos aunque los primeros llamen a impedir un tercer gobierno de este último. Son la palabrería de siempre, la demagogia que castra el espíritu crítico de los votantes. En los hechos se ve que en los aspectos fundamentales, el PLN , PAC y los neopentecostales, coinciden plenamente.

Los votantes en una democracia tienen la posibilidad de ejercer el VOTO CASTIGO contra todos los partidos que han traicionado los intereses de los trabajadores y trabajadoras. Esperemos.