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Etiqueta: Constitución Política

SINTRAJAP: Basta de dobles discursos, no sigan engañando a la población para beneficiar a la empresa extrajera

Comunicado:

Basta de dobles discursos, no sigan engañando a la población para beneficiar a la empresa extrajera

  • Nos les bastó con hipotecar la soberanía portuaria nacional, quebrando la legalidad del país.
  • Bastantes daños le han hecho a Limón y a los supremos intereses nacionales.

El artículo 121 de la Constitución Política es claro cuando dice que los ferrocarriles, muelles y aeropuertos nacionales no podrán ser enajenados, arrendados ni gravados, directa o indirectamente, ni salir en forma del dominio y control del Estado. Igualmente, decir que claramente el artículo 46 constitucional impide los monopolios y si son privados es más dañino el asunto,

Todas las decisiones que ha tomado este gobierno han sido en contra de Limón generando el más alto daño social histórico a la provincia y en lo económico generando un gran daño a los exportadores e importadores, con las tarifas más altas de la región.

Los puertos del Estado fueron construidos con un gran sacrificio y recursos de los costarricenses, y gracias a ello, JAPDEVA llegó a ocupar el lugar número 12 de América Latina y el Caribe compitiendo con 120 puertos, eficiente y barato donde todos ganábamos, JAPDEVA llego a mover 750 mil contenedores y 12 millones de toneladas meticas de carga anual con sus 10 puestos de atraque.

Le vendieron al país eficiencia bajos costos, muchos empleos y una larga lista de mentiras, resultado: todo lo contrario, el puerto de APM es sinónimo de desempleo, caro, ineficiente, largas filas en la ruta 32, largas filas en la bahía. Ahora piden ayuda porque no dan abasto, y siguen mintiéndole al país diciendo que los costos van a disminuir, si le alquilamos el puesto 5-6 de JAPDEVA.

Con relación a la información publicada de que alquilen el puesto de atraque 5-6 del puerto Gastón Kogan de Moin a la APM, en principio podríamos estar de acuerdo en valorar si con esas decisiones se va a incrementar los empleos directos para los limonenses y JAPDEVIANOS, si el Gobierno garantiza que no se va a despedir a nadie más. De no haber este compromiso, no estaríamos de acuerdo porque las decisiones hasta el día de hoy y el resultado de esta concesión ha sido generar riqueza para los holandeses, y el aumento del hambre, desempleo, pobreza prostitución y drogadicción para el pueblo limonense. ¡No queremos más de esa receta!

¿Cuál es el problema en competir?

El verdadero descuento está en que los trabajadores de JAPDEVA atendamos los barcos que hacen largas filas en la bahía para ser atendidos y no nos lo permiten, allí está el verdadero descuento y la eficiencia que dejen ya de estar mintiéndole al país, quebrando la constitución política y la legalidad del país, usando patrañas para seguir favoreciendo a la APM.

Los costarricenses tienen que saber que aquí el Estado permite que APM explote la soberanía de Costa Rica, les regalaron la ruta 257, perforaron el humedal Cariari, no pagaron impuestos municipales, vía directriz del MOPT les regalan las cargas, le quitaron las potestades de imperio que el Legislador le dio a JAPDEVA. y un sin número de anomalías más.

Nada más recordarles que esa fue la intensión desde el gobierno de Oscar Arias: tomar los puertos del Estado, al punto de sobornar a los trabajadores públicamente con $137 millones de dólares, una asamblea de trabajadores dignamente les dijo que no, que lo que querían era estabilidad laboral y eso seguimos solicitando empleo para las familias limonenses.

Igualmente decirles a los costarricenses que ese contrato tiene clausulas donde indica que se puede cancelar por la ineficiencia, por la afectación al iteres público, al interés económico. Ya llevamos 7 mil desempleos, los altos costos que atentan con el comercio nacional e internacional, largas filas en la vía pública, filas en la bahía donde incluso hay barcos que cambian de ruta, y quebranto de la legalidad de Costa Rica.

Lic. Antonio Wells
Secretario General de SINTRAJAP

El lobo y la oveja

Hernán Alvarado

El 24 de octubre de 2020, La Nación publicó en su página 15 un artículo un poco raro de un autor tristemente célebre, titulado: «El instrumento y la toalla», factura del primer ciudadano de la República. Fue una comunicación baladí, tan inocua que pasó inadvertida, pese a que informa tanto sobre quién gobierna; o cuando menos sobre su megalomanía -conocido efecto del ejercicio del poder. Tal vez fue otro intento desesperado de mejorar imagen, mientras repite, pendiente abajo, que no le «…importa el costo político personal o la vanidad de la popularidad.»

Si los diputados hubieran cumplido con la reforma constitucional del artículo 9, del año 2003, y hubieran aprobado ya la revocatoria de mandato, otro gallo le cantaría. Hasta entonces la rendición de cuentas del artículo 11 seguirá siendo un saludo a la bandera. Pero el último informe de este mandatario fue más bien un insulto al Soberano. Raro también que mencione, entonces, en este extraño artículo, su «corazón republicano».

Dime con quien te comparas…

El artículo presenta un asunto personal y excepcional, a la sombra del actual «contexto crítico», «…coyuntura tan dura para el país». Y «más que para mostrar espiritualidad» lo hace para «delinear los valores» que guían su conducta. Ahora bien, ¿qué sentido tiene ventilarlos públicamente? ¿Acaso combate así la imagen de ateo que sus oponentes han querido endilgarle? Más adelante llega a afirmar que «Gracias a Dios no le debo nada a nadie, más que a mi familia… y al banco». ¿Y a sus electores, tampoco les debe nada? Confiesa, quizá sin querer, que el voto es para él un cheque en blanco, lo que explica bastante bien por qué gobierna como lo hace.

Al Presidente no le interesa mostrar espiritualidad, pero se apoya en una «oración que durante cinco años repetí en las mañanas y arraigó en mí como principio orientador de vida». Enseguida cita la oración que comienza diciendo: «Señor, hazme instrumento de tu paz…». Entonces, corresponde aludir primero al sujeto omitido de la oración, a Francisco de Asís (1182-1226), figura extraordinariamente significativa.

Francisco encontró su fe en el templo de San Damián, donde una imagen de Jesucristo le pide restaurar su iglesia en ruinas. Él restauró su templo, pero también su iglesia, es decir su pueblo, fundando tres órdenes religiosas. El que bautizaron Juan representa la esperanza del cristianismo, porque sustituye la pasión del sacrificio por el gozo de una presencia suprema. Lejos de fundar su fe en el miedo y el castigo, la busca en el amor humano. Francisco de Asís renuncia a su riqueza material y a sus títulos de nobleza para convertirse en un instrumento de paz; renuncia al ejército papal, a su ropa, incluso renuncia a ser sacerdote, por no considerarse digno de la investidura. Su mensaje es tan potente porque predica con el ejemplo; cuidando a los pobres, a los enfermos y protegiendo a los animales. La leyenda del lobo retrata bien su apuesta ética. Se cuenta que Francisco pactó con un lobo que azotaba a la ciudad de Gubbio; fiera que merecía el peor castigo. Pero su compasión lo amansa y convence a los pobladores de alimentarlo, en vez de perseguirlo. Su mensaje es conciliador y convoca a una convivencia pacífica, esperanzada y dichosa. En ese sentido, el Papa actual eligió muy bien su nombre, el cual porta con suma dignidad, aunque por ser la primera vez parezca más bien un síntoma.

Nada en común, entonces, con el estilo de gobierno del Presidente; así que se ve enseguida que la comparación no aplica. Más aún, resulta chocante que aluda a una voluntad espiritual tan radical para referirse a un ejercicio político tan superficial, que ha traído dolor y decepción a tanta gente; entre otros, a los miles de despedidos durante la pandemia para cuidar la rentabilidad de las empresas y los cientos de jubilados a quienes se les ha metido, descaradamente, la mano en el bolsillo.

Bien haría el señor Presidente en seguir el ejemplo de Francisco, renunciando a su arrogancia y mejor aún a su puesto, tan mal ejercido hasta ahora; por haber convertido la Presidencia de la República en piedra de discordia; en vez de erigirla, según había prometido, y según su deber, en atalaya de la concordia nacional. Por otra parte, hasta ahora él solo ha renunciado a una pensión que todavía no tiene y a una popularidad que ya había perdido irremediablemente.

¿Otro falso mesías?

El Presidente piensa que nos ha salvado de lo peor, prestándose como «un instrumento para el país», «…para hacer las cosas que antes no se quisieron o no lograron hacerse». En cambio, él quiso y pudo hacerlas porque comprende que la popularidad, que lo puso ahí, es pura «vanidad». En particular, para quien se siente llamado a «evitar una nueva crisis social, económica y política». Por eso, afirma que en el tiempo que le queda seguirá resolviendo «…por el fondo, no cosméticamente, y menos aún pateando la bola al próximo gobierno.»

Según lo que dice, él piensa que nos alejó del abismo con la reforma fiscal, aunque no hay mejor ejemplo de una decisión cosmética, que beneficia a unos cuantos y tira la bola hacia adelante. No hay mejor muestra de que en este país la clase política le tiene miedo a la mafia empresarial. La misma que hace «clavos de oro», goza de jugosas exenciones y amnistías, evade y elude sus obligaciones fiscales, se roba el impuesto de ventas, contrabandea y estafa impunemente. Cuando haya investigación en serio seguro que se encontrará también su asocio, de larga data, con el narcotráfico; con el que comparte la manía de esconder ganancias. Al respecto, el Presidente puede preguntarle a su principal asesor, el ministro que lo enlaza con el sector privado. La mafia empresarial demanda mejores servicios y carreteras, junto con el recorte del gasto público, trapito de dominguear del Presidente que revela para quien trabaja tanto.

La pandemia, junto con la crisis que desató, puso en evidencia que fue una falsa solución, una medida remendona para evadir el problema de fondo, o sea, una reforma fiscal justa y progresiva. Ahora el virus le sirve de excusa, aunque mala porque su eventualidad fue prevista desde el 2015; prueba de ello es que ya casi se tenían las vacunas listas. Hoy que el país se encuentra sumido en la anunciada crisis fiscal y en una más profunda crisis económica, el Presidente declara impávido que «Si aspiré a gobernar fue para evitar a toda costa una dolorosa crisis fiscal para las personas del país, apelmazada por 20 años durante los cuales, por un motivo u otro, no se concretaron las soluciones.»

Él está convencido de haber evitado lo peor, de haber sido un instrumento «en especial para quienes sufren pobreza y desempleo», bajo el alero de un manoseado argumento neoliberal: la medicina es amarga, pero es mejor que la enfermedad; las medidas son dolorosas, pero sería peor no tomarlas. El problema es que después de 40 años de neoliberalismo la enfermedad se ha agravado cada vez más pues la verdadera pandemia es la desigualdad social, resultado de esa política económica impuesta, desde el «consenso de Washington», mediante una dictadura en «democracia», ejercida con desparpajo por esos «representantes» que no escuchan, ni respetan, ni rinden cuentas a quienes los eligieron; puesto que ya se sabe que «La clase política no le tiene miedo al pueblo» (diputada del PLN, Yorleny León).

Si se ha gobernado o no para los pobres y desempleados lo dirán próximamente, en las urnas, los jóvenes, las personas con discapacidad, los vendedores ambulantes, las pequeñas empresas familiares, las jefes de familia, los pequeños agricultores abandonados hace años, los trabajadores despedidos, las comunidades pesqueras y fronterizas, las personas pensionadas. Y todos aquellos que se han quedado esperando una reactivación «inclusiva y solidaria». Admitiendo que el Presidente se ha prestado como instrumento, la pregunta entonces sería: ¿un instrumento de quién y para qué?

¿Y la oveja?

Lejos de ser instrumento de paz social, este Presidente ha venido a atizar la lucha de clases, apoyándose en la maquinaria mediática de la plutocracia. En complicidad con una Asamblea Legislativa que da vergüenza ajena, ha ignorado o vacilado a quienes protestan y proponen. Ha criminalizado las manifestaciones callejeras, ha satanizado las pensiones dignas y se ha aprovechado del confinamiento para aprobar, a toda velocidad, una serie de medidas anti-laborales, a cual más ocurrente, inconstitucional e irresponsable. Mientras tanto, los diputados se han ido a enterrar en su búnker, que más parece una caja de (mala) leche que un «santuario de la democracia».[1] Nos costará años reparar los desaguisados de este (des)gobierno.

Por otra parte, el Presidente dice que combate el populismo porque «…es la peor amenaza que nos acecha y contra el que había y hay que actuar». ¿Y por qué? Porque «…expresa odio hacia algunos o discriminación en todos los sentidos.» Sin embargo, pasa por alto que el principal rasgo populista es precisamente un líder mesiánico como él, que se sirve del odio y el miedo con la cuchara grande. Él se ha basado, por ejemplo, en las campañas orquestadas y denigrantes contra las personas jubiladas, contra los empleados públicos, contra las universidades y su autonomía, con el único fin de cargar de impuestos a las mismas espaldas de siempre y continuar con su obsesiva reducción del Estado. Ese populismo neoliberal, al que parece atado de pies y manos, muestra hoy sus garras más despiadadas, porque está más acorralado que nunca. Por eso crea enemigos por doquier, mediante campañas repetitivas de corte neofascista, a cual más mentirosa y manipuladora.

Así que no es casualidad que don Carlos haya salido premiado con el título del peor presidente, entre 11 países considerados, según información reciente de CID-Gallup; algo que no debería seguir tomando a la ligera. Ningún presidente que haga lo que hay que hacer obtendría una calificación tan mala. En definitiva, el Presidente no es convincente porque su discurso no pega con la realidad y él mismo convirtió el «diálogo nacional», su mayor esperanza, en otro simulacro mediático; para lanzarnos después en las fauces del Fondo Monetario Internacional.

En suma, estamos enfrentando a un Presidente que se cree salvador, hasta el punto de pretender compararse con Francisco de Asís; mientras hace un discurso incendiario, provocador y desafiante. Él dice que combate privilegios (de los pensionados) mientras defiende los lujos y privilegios de la mafia empresarial, al punto de que el último Ministro de Hacienda debió irse por poner el dedo en la llaga de la evasión y por no encontrar «el prócer» que necesitaba el país, según sus propias palabras, para enfrentar la delicada situación fiscal post pandemia. Lo cierto es que este gobierno ha sido, como lo expresara Luis Fernando Astorga, un gobierno de los ricos, con los ricos y para los ricos; que se ha dedicado, contra su juramento, a conculcar nuestra Constitución, actuando como una dictadura que impone su ley y su criterio, sorda a cualquier otra opinión. A eso llama gobernar con firmeza.

De ahí que la democracia liberal representativa esté tan herida de muerte, porque sus salvadores desprecian a quienes los eligen y les piden cuentas. Hoy mismo, esa élite gobernante se siente llamada a acabar con el Estado social que surgió del pacto histórico del 49. Pero un derecho es una libertad socialmente conquistada, por eso pretender transformar los derechos adquiridos en odiosos privilegios resulta tan regresivo, tan bárbaro, tan brutal como querer devolver la rueda de la historia. Eso atenta contra los derechos humanos, incluso contra el derecho de propiedad, infectando a todo el sistema de inseguridad jurídica, a penas propia de un Estado fallido. En conclusión, este gobierno arbitrario y autoritario, de corte neofascista, ha declarado repetidamente y de diversas maneras que ha venido a hacerle la guerra a nuestra paz social. A eso llama resolver los problemas del país.

Al final, el Presidente suelta su broma: «¿Y la toalla? Solo me sirve para secar sudor y arropar el amor por Costa Rica». Un intento ingenioso, aunque malogrado, que más bien parece otra «burrada», porque ¿en qué cabeza cabe que el amor por Costa Rica necesita ser arropado y además con una toalla sudada?[2] Para colmo, don Carlos ha resultado, como Presidente, un mal comunicador y humorista. ¿Y la oveja? Sirva solo para recordar que hoy abundan los lobos que suelen arroparse con su linda piel.

[1] Sobre la estética fascista de ese edificio ver el excelente artículo de Laura Flores Valle en el Fígaro, titulado: Mirar y obedecer: la estética autoritaria del nuevo edificio legislativo; se encuentra en: el-figaro-net.

[2] «Si digo una burrada me corrigen porque yo no paso de periodista» Carlos Alvarado, 21 de noviembre de 2020.

0,67% de los salarios de ‘U’ públicas compiten con los de Alemania

-Derecho de respuesta del Comité de Personas Interinas de la Universidad de Costa Rica a publicación del periódico La Nación*

El día 22 de febrero de 2021, el periódico La Nación publicó, en su portada, un titular que dice “Salarios de ‘U’ públicas compiten con los de Alemania”. El reportaje que acompaña dicho titular asevera que los salarios de las personas funcionarias de las universidades públicas costarricenses son equivalentes a los de las universidades alemanas, a pesar de las enormes diferencias que existen entre ambos países en materia económica y social. En medio de una coyuntura compleja como la que atravesamos actualmente, en la cual se está impulsando el proyecto de Ley de Empleo Público, nos parece necesario hacer algunas aclaraciones con respecto a esta publicación.

  • Existe una marcada diferencia entre el titular y el contenido del artículo. Por un lado, el titular hace una generalización errónea, pues, al no precisar cuáles sectores de las universidades públicas costarricenses tienen salarios que compiten con los de Alemania, hace pensar que son todos los salarios de todas las personas funcionarias de las universidades costarricenses. Como se demuestra en el siguiente punto, esto es categóricamente falso. De esta manera, el titular es tendencioso y exhibe una intención de manipular la opinión pública a interpretaciones equivocadas, pues hasta los datos expuestos en el artículo lo contradicen.
  • El artículo del periódico La Nación presenta una retórica de evidencia incompleta. Debemos entender por retórica una técnica oratoria con base psicológica que busca conducir a la persona lectora para que llegue a conclusiones erróneas. En este caso, se hace utilizando la falacia de evidencia incompleta que presenta a la persona lectora una versión manipulada de la verdad para conducirle hacia el sesgo de confirmación de que las universidades públicas son culpables de la situación económica actual por sus salarios altos. Como ya se indicó, esta conclusión es completamente falsa. Esta retórica se da, como indicamos desde el título. Sin embargo, la propia La Nación menciona que menos del 1% de todas las universidades públicas tiene salarios altos (0,67% para ser exactos, un número cercano a cero). Luego, para añadir más confusión en la persona lectora, convierte ese grupo en el total y hace afirmaciones como “hay 21 empleados con sueldos superiores a los ¢7 millones, es decir, el 13%”. En dicho punto recurre de nuevo a la retórica o engaño psicológico para producir un efecto negativo en el lector hacia las universidades públicas. Sin embargo, ese es el 13% del 0,65%, es decir el 0,1% aproximadamente. Este número es aún más cercano a cero. Este artículo sería un caso de estudio para el propio “No coma cuento” de La Nación, lo cual demuestra la hipocresía intelectual del periódico.
  • Ciertamente, existen grandes desigualdades salariales a lo interno de las universidades públicas costarricenses, como se puede inferir a partir de una lectura cuidadosa del artículo. Debido a que esta desigualdad es clara y evidente, si se examina el funcionamiento de las universidades, su denuncia no es mérito de La Nación. Más aún, cabe preguntarse con qué interés este periódico presenta un titular engañoso, sabiendo que la mayoría de personas no lee atentamente los artículos y se limita a la impresión que le causan los titulares de portada. A partir de esto se puede afirmar que la publicación de la La Nación no tiene como fin mejorar los sistemas de educación superior pública, sino otra cosa, porque, de lo contrario, ¿para qué se propondría engañar a sus lectores?
  • Desde el Comité de Personas Interinas de la Universidad de Costa Rica estamos convencidos y convencidas que estas desigualdades deben ser revisadas y corregidas y que ello significa defender y mejorar la educación pública costarricense. Sin embargo, a quien le corresponde revisar y corregir esta situación es a la propia comunidad universitaria, de acuerdo con el principio de autonomía reconocido en los artículos 84 y 85 de la Constitución Política.

Consideramos irrespetuoso e irresponsable publicar un titular y un reportaje como este, el cual contribuye a desprestigiar y descalificar, ante la opinión pública, la destacada labor que realizan las universidades públicas costarricenses a nivel nacional e internacional. Los aspectos financieros por mejorar en estas instituciones se deben hacer luego de realizar un análisis serio y riguroso, con miras a encontrar soluciones razonables y justas. Se esperaría de parte del periódico La Nación, uno de los medios de mayor difusión en Costa Rica, mayor rigor científico y periodístico. La sociedad costarricense lo merece.

* El periódico La Nación se negó a publicar este derecho de respuesta.

“Poder popular y párrafo primero del artículo noveno de nuestra vigente Constitución Política”

SURCOS comparte la siguiente invitación: 

Este viernes 05 de marzo se llevará a cabo el Programa radial Alternativas donde se discutirá sobre el poder popular y el párrafo primero del artículo noveno de la Constitución Política de Costa Rica.

En la charla participarán los siguientes invitados:

– Walter Antillón, abogado constitucionalista. Profesor emérito, UCR.
– Carlos Campos, coordinador nacional del Movimiento de Ciudadanía que Construye Territorios Seguros.
– Gerardo Hernández, politólogo, UCR. Profesor ECP, UCR.

Puede sintonizar el programa en Radio 16, 1590am o por medio del Facebook de Radio 16

Adjuntamos la invitación del evento:

La ley de Empleo Público en el marco político y social actual. ¿Hacia la estructuración fascista del Estado costarricense?

Vladimir de la Cruz

La discusión que se ha venido dando con la llamada Ley de Empleo Público en realidad es sobre toda la institucionalidad del Estado costarricense, sobre el número de sus instituciones y órganos estatales, sobre sus sistemas de funcionamiento, sobre sus formas de contratación y de pago de salarios, e indirectamente sobre la calidad de vida y de trabajo de los costarricenses.

El meollo de este asunto ha sido llevar la discusión, de manera solapada, para valorar el tamaño del Estado costarricense, con todas sus instituciones, y de manera especial, la parte de ese Estado que se concentra en la Administración Central, y las instituciones descentralizadas, incluso a las que la Constitución Política les confiere “independencia” y “autonomía” en el amplio y estricto sentido de estos términos, tanto en sus valores políticos como jurídicos, para acabar con algunas o muchas de estas, las que sea posible, y para ejercer mayor y mejor control político desde el Gobierno, sobre ellas, los trabajadores y la ciudadanía.

Meten en esa discusión a las Universidades públicas, que a todos los efectos por sus alcances constitucionales, gozan de la condición de “independencia” concepto que las iguala per se en rango a los Poderes Públicos.

Así, el objetivo político es disminuir el tamaño institucional de la estructura estatal e institucional del país, ejercer mayor control político, desde el Gobierno, del manejo general de esas instituciones, y tener la capacidad de nombrar y de ejercer control de todos los nombramientos de funcionarios públicos, desde su selección. El objetivo político derivado es trasladar al sector privado de la economía y la política nacional el manejo amplio de los servicios públicos que se disminuyen, y encarecerlos como parte de la tasa de ganancia a favor del sector privado.

En algunos casos hasta se pretende, muy finamente, actuar al interior de esas instituciones hasta en sus objetivos específicos de funcionamiento, como se ha dicho sobre el trabajo de las universidades, en sus nombramientos y el pago de sus funcionarios.

En mi opinión, es una modalidad finamente elaborada de un Estado fascista, en su estructura y organización, que se está tratando de instaurar en Costa Rica con esta Ley y este modelo de control público. El carácter fascista está en el Super Poder centralizado, con capacidad regulatoria, y absoluta de su propia cobertura, que cubre prácticamente toda la vida estatal e institucional del país, bajo la rectoría de la Dirección General del Servicio Civil, que en la Ley se dice “debe establecer, dirigir y coordinar la emisión de políticas públicas, programas y lineamientos generales que tiendan a la estandarización, simplificación y coherencia en el empleo público y que gozará de independencia en el ejercicio de su cargo y será dirigida por un Director General.”

Me parece que el papel de las competencias que se le asigna en la Ley a la Dirección General del Servicio Civil es lo más tenebroso, lo “fascista”, lo “autoritario” y lo “dictatorial” de este Proyecto de Ley, dándole la potestad prácticamente de definir qué es empleo público y qué no lo es.

El Capítulo de Garantías Sociales, especialmente, aprobado e incorporado a la Constitución de 1871, en la Administración Calderón Guardia, al amparo del Pacto realizado por esa Administración, la Iglesia Católica y el Partido Comunista, que resultado de ese Pacto cambio de nombre a Vanguardia Popular, fue incorporado, con una ligera ampliación, a la Constitución de 1949, en la gestación y discusión de este Texto Constitucional, que está vigente.

Este Capítulo de Garantías Sociales es el que fundamenta política e institucionalmente el desarrollo del Estado Social de Derecho que tenemos, que se acompañó con el desarrollo institucional que impulsaron los Gobiernos que siguieron a la Junta Fundadora de la Segunda República, especialmente hasta 1978, con algunas leyes que posteriormente se aprobaron, especialmente en las Administraciones Figueres Olsen, Rodríguez Echeverría, Chinchilla Miranda y Solís Rivera.

Este Estado Social de Derecho exigió la formación del personal capacitado, de alto nivel, para atender, en calidad y especialidad las distintas funciones, en todo el país, al pueblo costarricense y a los trabajadores en especial.

En el Proyecto de Ley se definen 8 categorías de puestos en toda la Administración Pública, con lo cual se fortalece ese Estado Fascista que pareciera querer construirse, por lo demás autoritario y altamente tecno burocrático. Uso el concepto de burocracia para señalar a aquellos que en la función pública tienen capacidad de tomar decisiones. Burócrata así no es cualquier empleado del Estado, ni lo son todos, solo aquellos que pueden tomar decisiones administrativas o de gestión.

La crisis fiscal, el déficit fiscal, el gasto público, la reducción del Estado, y los altos salarios que se añaden en la discusión del Proyecto de Ley de Empleo Público son solo las hojas del tamal. El tamal es el conjunto de instituciones, valores y alcances del Estado Social de Derecho que se ha estado atacando en todas dimensiones y direcciones, que se quiere acabar, sobre lo que ya se han venido aprobando leyes disminuyendo, debilitando y limitando Derechos constitucionales, especialmente en el campo laboral y social, establecidos por los Diputados Constituyentes originales, con lo cual violan la Constitución, puesto que no pueden ser modificados negativamente.

Del mismo modo, el ataque a las Universidades públicas, para ver cómo las controlan políticamente, desde el control de sus fondos públicos, que por mandato constitucional, tienen que asignárseles, para que las Universidades, en ejercicio de su autonomía e independencia dispongan de conformidad a sus planes, proyectos y objetivos académicos.

El ataque y el debilitamiento del Estado Social de Derecho es a la vez un ataque, un quebranto al régimen institucional, sus instituciones y entes, y al sistema democrático nacional.

El golpe está dirigido a todas las autonomías existentes constitucionalmente, en los distintos servicios públicos, como el Derecho, que por el principio de Autonomía Universitaria, tienen las Universidades para autogobernarse, para darse las normas por sí mismas, principio que está señalado por los Art. 84, 88 y 188, de la Constitución Política, con lo que se enfatiza en la independencia en materia de gobierno y administración y en la independencia para el desempeño de sus funciones, y de plena capacidad jurídica, para adquirir derechos y contraer obligaciones, así como para “darse su organización y su gobierno propio”.

A diferencia de las otras instituciones autónomas del Estado, la Universidad es una institución sui generis, sin que el Poder Político tenga ningún derecho. La Autonomía Universitaria por su origen, su naturaleza, su historia y su función política e institucional es diferente a las otras autonomías establecidas en la Constitución Política.

La Declaración de Quezaltenango, del CSUCA claramente establece como misión de los centros universitarios la lucha de velar por su inviolabilidad, que consiste en defender que no se produzcan actos de fuerza contra la voluntad de la Universidad.

Socialmente el ataque a la institucionalidad del Estado Social de Derecho, y de todos los problemas del Estado y la institucionalidad, se han hecho caer en los empleados públicos. Empresarios, políticos y algunos medios de comunicación se han alineado en este ataque. La discusión del tamaño del Estado, que necesitamos, no se ha hecho, está pendiente. Debe hacerse.

Los servicios públicos estratégicos, principalmente, como salud, educación, electricidad, seguridad ciudadana, asistencia social, de regulación de actividades, entre otros, deben permanecer en manos de Estado.

No se puede avanzar en el desarrollo nacional liquidando el Estado, disminuyéndolo, fortaleciendo los negocios privados y empobreciendo a los trabajadores. La pobreza no la hacen lo pobres. La pobreza es resultado de la riqueza. Ni se puede avanzar en el desarrollo nacional disminuyendo ingresos, salarios y pensiones de los trabajadores. Ni se puede avanzar en el desarrollo nacional desprestigiando instituciones, trabajadores, sistemas sociales de protección. Ni se puede activar el proceso económico reduciendo salarios y capacidad de consumo.

La democracia política impone un sistema de pesos y contrapesos políticos, pero también sociales. Cámaras empresariales y Sindicatos en general son esenciales en esta discusión, y en este equilibrio de pesos y contrapesos, en igualdad de condiciones, sin estigmatizaciones de ellas, sin parcializar a favor de una de ellas.

El Proyecto de Ley sobre Empleo Público por sí no resuelve el problema del déficit ni de la crisis fiscal, porque el déficit y la crisis no descansa en los salarios ni en las pensiones.

Son las instituciones del Estado, las que desde 1950, han ayudado a resolver el desempleo y el trabajo informal, y con sus políticas de salarios han contribuido a distribuir la riqueza social, son las que han permitido la movilidad social como colchón de la estabilidad social y política que ha tenido el país.

El modelo de Estado fascista, a la tica, es lo que se impulsa con esta Ley de Empleo Público, que intenta igualar a la baja a todos los trabajadores públicos, reducirles sus salarios, pensiones e ingresos, empobrecerlos más, acabar con la clase media, aumentar la pobreza extrema y la pobreza en general como parte de un gran negocio económico. Institucionalmente es privatizar hasta donde se pueda todas las instituciones de servicios públicos, incluso las estratégicas.

En el caso de la Autonomía Universitaria que se quiere debilitar es porque la Autonomía surgió históricamente como un grito de Libertad y Democracia, como un retén contra el golpismo político, que culmina cuando se toman las Universidades, no los cuarteles o las instituciones militares. Para avanzar hacia un Estado de características fascistas hay que limitar y si es posible eliminar la Autonomía Universitaria.

La Autonomía Universitaria es una defensa moral y política contra todo abuso del Poder Político, por ello la campaña negativa y de desprestigio que hay contra las Universidades públicas, sus profesores, su personal, sus salarios e ingresos.

Los impactos sociales de la Ley de Empleo Público los veo en esto:

-empobrecimiento del nivel y condiciones de vida y de trabajo de los costarricenses,
-desempleo creciente, afectando las mujeres cabeza de familia,
-subempleo y trabajo informal creciente,
-congelación de salarios, ingresos y pensiones de los trabajadores por los próximos dos o tres años, como se ha propuesto,
-disminución de estudiantes en el sector público y privado de la educación,
-aumento de la deserción escolar en todos sus niveles,
-encarecimiento de los servicios públicos básicos, agua, electricidad, transporte,
-encarecimiento de los alimentos básicos,
-disminución importante de la clase media,
-imposibilidad real de ascenso social para los sectores que han estado en condición de pobreza extrema y pobreza,
-fuerte empobrecimiento de la clase media, especialmente la media media y la media baja,
-disminución y desaparición de programas de asistencia social,
-encarecimiento del nivel de vida en alimentos, medicinas, y recreación,
-disminución de la calidad de servicios públicos esenciales, como la educación,
-privatización de servicios públicos básicos, su encarecimiento,
-debilitamiento de las instituciones públicas educativas y de salud,
-debilitamiento de las organizaciones sociales, sindicatos, asociaciones solidaristas y cooperativas,
-se aumentarán las brechas e inequidades sociales, así como la desigualdad social,
-se concentrará más autoritariamente el Poder Político,
-se ejercerá un mayor control social, institucional y político de los ciudadanos y trabajadores. Probablemente la UPAD estaba en la lógica de la estructuración fascista que se quiere hacer del Estado costarricense,
-se tenderá a mayor penalización de las relaciones laborales,
-aumentarán las protestas sociales en diversas formas, espontáneas y organizadas, al amparo de la legislación o al margen de ella. La lucha social se mantendrá mientras haya condiciones e injusticias sociales que la fomenten y activen.

En este año electoral veo peligrosamente las posibilidades de que surjan tendencias populistas de diverso signo político.

Urge, me parece, cada vez más, un nuevo Acuerdo Nacional Social y Político, quizá una Nueva Asamblea Constituyente, que redefina de mejor forma el futuro de Costa Rica y de los costarricenses.

(Intervención de Vladimir de la Cruz, en el Foro sobre Autonomía Universitaria, organizado por el Consejo Nacional de Rectores, el lunes 1 de marzo del 2021. Participantes: Dra. Sandra León Coto, ex rectora de la UNA, Dra. Yamileth González García, ex rectora de la UCR, Lic. Gastón Baudrit Ruiz, asesor legal de CONARE, Dr. Luis Baudrit Carrillo, catedrático y ex director de la Oficina Jurídica de la UCR, Lic. Vladimir de la Cruz Lemos, historiador. Moderador: Med. Francisco González Alvarado, presidente de CONARE y Rector de la UNA).

Solicitud al presidente de la República Carlos Alvarado Quesada y a la Fracción Legislativa del Partido Acción Ciudadana

Los riesgos de lesionar el principio constitucional de la Autonomía Universitaria

Costa Rica y el mundo en general, son escenario del avance de corrientes de pensamiento conservadoras que han permeado la economía, la política, la ciencia y la cultura. Los avances del pensamiento retrogrado en momentos de crisis sanitaria, económica, financiera y ambiental afectan como un todo el Estado social de derecho, y, de modo particular, a las universidades públicas. Es desde esta óptica que debemos valorar el riesgo que se cierne sobre la Autonomía Universitaria en el proyecto de ley 21.336, Ley marco de Empleo Público.

La Constitución de 1949, en el artículo 84, recoge una de las reivindicaciones más significativas de la modernidad y del pensamiento universal humanista: la independencia de la ciencia, la creación y la cultura, del poder político. Con sabiduría, el texto constitucional, tal y como lo ha señalado la Sala Constitucional (Sentencia No. 001313 de 1993), otorga a las universidades públicas independencia para el desempeño de sus funciones y plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, así como para darse su organización y gobierno propio.

Transferir decisiones del régimen laboral o de la planificación institucional hacia instancias del Poder Ejecutivo contraviene seriamente esta autonomía y la Constitución Política. El texto de la Ley Marco de Empleo Público es esencialmente fiscalista. Más allá de las partes introductorias de la ley, no hay una preocupación real por el valor público que deben generar las instituciones estatales –razón sustantiva de la reforma del Estado que debe impulsarse, con un amplio diálogo nacional–.

Los nudos del debate dejan ver con claridad la intencionalidad real del texto de ley: reducción del gasto público a través de los salarios como medida para paliar la crisis fiscal, dicen sus promotores y propagandistas. Sin embargo, poco o nada interesa en el debate legislativo la calidad del trabajo público, la pertinencia de los procesos de trabajo, productos o resultados institucionales, el reto de la multidimensionalidad y articulación territorial de la gestión pública. Todos ellos temas sustantivos en la calidad de la gestión del trabajo humano en el seno del Estado.

No obstante, igual o mayor esfuerzo ponen en ocultar que la crisis fiscal obedece a la baja recaudación de impuestos del país, a contar con una de las deudas más caras del mundo, a la porosidad tributaria que permite la elusión y la evasión fiscal, el contrabando y la expatriación de riqueza generada nacionalmente hacia paraísos fiscales u oculta a través de entramados jurídicos locales e internacionales.

Las mismas fuerzas que hoy atizan los prejuicios contra las universidades públicas y los universitarios, a través de información distorsionada o parcial, cierran trincheras y hacen uso de su capacidad de presión y de amenaza para oponerse a cualquier avance en la ruta de una mayor progresividad y transparencia tributaria.

Es real el riesgo de avanzar en una ruta nefasta, en un entorno y en un momento de posicionamiento de actores y mensajes que satanizan lo público, el disenso y el avance en los derechos de las personas. Surge la amenaza de que a “pellizquitos inconstitucionales” en cadena, estas fuerzas del conservadurismo y la privatización vayan debilitando conquistas logradas en el campo de las políticas públicas que hoy, todavía nos permiten mostrarnos como una nación diferente, pese a la galopante desigualdad.

La autonomía universitaria que ha garantizado la libertad de pensamiento y el avance del conocimiento en función de las transformaciones que demanda nuestra sociedad, es una de las columnas vertebrales de nuestra democracia. La defensa de la autonomía universitaria es consecuente también con profundizar los esfuerzos que ya se están realizando en las comunidades universitarias para revisar el modelo salarial, ser más eficientes con el uso de recursos públicos y eliminar inequidades y abusos existentes.

Por lo tanto, como personas que hemos estado ligadas de diversas formas al Partido Acción Ciudadana, demandamos a nuestra fracción legislativa y al señor presidente de la República excluir a las universidades públicas del proyecto de Ley Marco de Empleo Público.

Olga Marta Sánchez Oviedo
Yamileth González García
Alberto Salom Echeverría
Luis Felipe Arauz Cavallini
Eugenio Trejos Benavides
Alicia Vargas Porras
Elizabeth Fonseca Corrales
Margarita Bolaños Arquín
Grettel Ortiz Álvarez
Olivier Pérez González
Nicolás Murillo Rivas
Fernando Rodríguez Garro
Leda María Zamora Chaves
Gerardo Fumero Paniagua
Cristóbal Granados Mora
Carlos Calvo Pineda
Edgar Gutiérrez Espeleta
Daniel Vartanian Alarcón
Jeannette Cordero Gamboa
Emilia Molina Cruz
Henry Mora Jiménez
Patricia Salgado Muñoz
Javier Cambronero Arguedas
Sarah Salazar Bonilla
Melvin Jiménez Marín
Ana Cristina Briceño Lobo
Eduardo Enrique Solís Portuguez
María Antonieta Camacho Soto
Fabián Solano Fernández
Yanina Soto Vargas
Janina Montero Cabezas

De leyendas urbanas a verdades constitucionales

M.Ed. Francisco González Alvarado, rector de la Universidad Nacional y presidente del CONARE
Dr. Gustavo Gutiérrez Espeleta, rector de la Universidad de Costa Rica
Ing. Luis Paulino Méndez Badilla, rector del Instituto Tecnológico de Costa Rica
M.B.A. Rodrigo Arias Camacho, rector de la Universidad Estatal a Distancia
Dr. Emmanuel González Alvarado, rector de la Universidad Técnica Nacional.

Algunos abogados convierten en tiza y pizarrón la autonomía universitaria, sin sonrojarse siquiera por tan disparatada interpretación. Dicha autonomía no es leyenda urbana. Está creada por la Constitución Política y existen votos o sentencias de la Sala IV que tienen efecto para todo ciudadano (erga omnes), especialmente para los especialistas en la materia, y que no son “disparates” ni “interpretaciones que hacen las altas autoridades universitarias”:

La autonomía universitaria se encuentra establecida en los artículos 78, 84, 85 y 87 de la Constitución Política, que las autoridades de los supremos poderes juraron cumplir y defender. La Sala IV ya ha interpretado dichos artículos por lo que las altas autoridades universitarias únicamente enuncian y reiteran lo que ésta ha establecido.

La actividad intelectual constituye la base del quehacer universitario en todos sus ámbitos y requiere de la riqueza de un talento humano que las universidades puedan planificar, requerir, reclutar, remunerar, evaluar, promover, administrar, capacitar y dirigir con plena independencia de gobierno. La independencia constitucional de administración, organización, gobierno, política, planificación, presupuestaria, económica y patrimonial que protege la autonomía universitaria, tiene como eje central y supone la existencia de dicho talento humano. Como consecuencia, poseen estatutos de personal propios derivados de la potestad constitucional de decidir libremente.

En Actas de la Asamblea Nacional Constituyente consta la intención de proteger a la universidad pública de los vaivenes politiqueros y de las influencias contrarias que puedan predominar en los Poderes del Estado (Acta 160, 4/X/1949, tomo III, pág. 387 a 395). Dicha protección fue garantizada, además, con la libertad de cátedra que permite decidir libremente el contenido de la gestión académica universitaria, sin estar sujeta a lo dispuesto por poderes externos a ella, como también brinda libertad a la comunidad académica para expresar sus ideas, permitiendo la coexistencia de diferentes corrientes de pensamiento (votos 3550-92, 7170-09). Las universidades estatales están fuera del ámbito de dirección del Poder Ejecutivo y la Asamblea Legislativa no puede aprobar leyes que intervengan en las áreas de competencia de las universidades estatales como tampoco restarles ni impedirles cumplir su cometido (voto 1313- 93).

El artículo 84 constitucional también crea independencia universitaria económica pues separa su patrimonio del Estado y en su siguiente artículo 85 establece principios constitucionales y normas especiales que regulan la planificación y el presupuesto universitarios, sobre cuya formulación no pueden tener intervención los Poderes del Estado. El Plan Nacional de la Educación Superior Universitaria Estatal define el contenido del Fondo Especial para el Financiamiento de la Educación Superior y determina los gastos e inversiones necesarias para su adecuado desarrollo. Los regímenes salariales universitarios inciden en la sostenibilidad de dicho Fondo y se cargan a su propio presupuesto y patrimonio, constitucionalmente separados. La inversión pública en educación es constante y corresponderá siempre al menos a un 8% del PIB (artículo 78 constitucional), por lo que cualquier ahorro presupuestario quedará siempre en beneficio de las propias universidades, sin impacto fiscal alguno en favor del Estado. Estas normas y principios no pueden quedar sin efecto por normas de inferior jerarquía, como es la Ley Nº 9635 (Regla Fiscal). Estas normas constitucionales tampoco requieren de interpretación, sino que son de aplicación directa e inmediata (voto 3035-96).

La alta calificación del talento humano universitario es resultado de rigurosos procesos de selección y evaluación, conformes a los principios constitucionales de empleo público e incluso superan los existentes en el régimen de Servicio Civil.

Contrario a lo que viene siendo afirmado, el artículo 191 sí autoriza la exclusión de su cobertura, tratándose de excepciones derivadas de la propia Constitución. La autonomía universitaria es una clara excepción constitucional, no sólo por el contenido de los artículos 84, 85 y 87 citados, sino por voluntad del constituyente al haber establecido que, a diferencia de las Instituciones Autónomas creadas en los artículos 188 y siguientes, las universidades públicas no están sujetas a la ley en materia de gobierno (voto 1313-93), la cual comprende la autorregulación de su propio Estatuto de Empleo Público universitario, como sistema, tal y como lo propone el CONARE.

En ejercicio responsable de su autonomía, las universidades rinden cuenta y someten sus presupuestos a la potestad de fiscalización de la Contraloría General de la República, la cual nunca ha sido cuestionada, por lo que tales afirmaciones ponen en tela de duda la objetividad y credibilidad de los artículos redactados en contrario. Los presupuestos universitarios constan aprobados y publicados en su sitio web.

La anualidad, prohibición, dedicación exclusiva, salario escolar, aguinaldo, riesgo policial, entre muchos otros sobresueldos, no han sido creados por las universidades públicas, sino que tienen su origen en normas legislativas y decretos. Eliminar la autonomía universitaria no podrá ser nunca solución a esta coyuntura no universitaria. Esas leyes y decretos son los disparadores del gasto público, no las bases salariales universitarias ni su sistema de escalafones. Además, dentro de los objetivos fundamentales del proyecto de ley de empleo público está la tercerización de puestos no sustantivos en cada institución pública, a criterio de la Dirección General del Servicio Civil y MIDEPLAN, mediante la aplicación de índices homogeneizados de evaluación, lo cual atenta también contra la autonomía universitaria.

La autonomía universitaria, que es ejercida con pleno respeto de los principios constitucionales vigentes, comprende más que la simple “potestad de aprobación de planes y programas de estudio y finalidades”, “determinar estructuras internas” o “administrar personal y recursos”, tal y como erróneamente se viene opinando.

San José, 25 de febrero de 2021

MONUMENTO AL PREVARICATO. A propósito de su «inauguración»

  1. Porque el edificio de la Asamblea Legislativa, con más de 53.000 m2 de construcción se construyó irrespetando la Constitución Política y la Ley Orgánica del Ambiente.
  2. Porque se irrespetó de plano los decretos ejecutivos que contienen los reglamentos que rigen la materia de las EVALUACIONES AMBIENTALES, emitidos por la Setena (Secretaría Técnica Nacional Ambiental) para ser cumplidos.
  3. Porque igualmente se irrespetó al Senara (Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento) al obviar el dictamen que debió haberse solicitado sobre el importante acuífero subterráneo alcanzado con la profunda excavación del edificio.
  4. Porque no se hizo un estudio hidrogeológico del subsuelo en que se plantó el edificio (ni los otros estudios de ley) que manda el «Formulario de Evaluación Ambiental D1».
  5. Porque el entonces representante del ministro de Ambiente y Secretario General de la Setena, arrogándose personalmente funciones que le corresponden al órgano colegiado jerarca de esa Institución (Comisión Plenaria) AUTORIZÓ la no presentación del Estudio de Impacto Ambiental que obligatoriamente debió de haber presentado el desarrollador del proyecto, quien hizo por escrito la reprochable gestión para que se cometiera tan burda ilegalidad.
  6. Porque los miembros de la Comisión Plenaria, enterados luego de la grave ilegalidad cometida por su Secretario General, tramitaron un recurs administrativo sobre el acto indebido, «disimulando» la situación y convirtiéndose en cómplices de la irregularidad.
  7. Porque, además, se incumplió violentamente la normativa de la Setena que determina en qué casos se puede extender la validez de una VIABILIDAD AMBIENTAL otorgada para un proyecto, hacia otro ligeramente diferente, situación que no corresponde en el caso de este proyecto.
  8. Porque los órganos contralores del Ministerio de Ambiente (Minae) no cumplieron con el deber que juraron cumplir, de actuar diligentemente ante la evidente falta que se estaba cometiendo en un órgano bajo su jurisdicción, como es la Setena.

POR LO ANTERIORMENTE RESUMIDO, es materialmente imposible alegar que no se ha COMETIDO PREVARICATO en todo el proceso que condujo hacia la construcción de tan antiecológico inmueble, sede, paradójicamente, de la Asamblea Legislativa de Costa Rica.

(FREDDY PACHECO LEÓN, PhD en Ciencias Biológicas).

Autonomía universitaria ¿una leyenda urbana?

Dr. Luis Paulino Vargas Solís
Economista, director a.i. CICDE-UNED

Ofrezco aquí algunas reflexiones en relación con el artículo “La leyenda urbana de la autonomía universitaria” (La Nación, 23 de febrero 2021), autoría del abogado Rubén Hernández Valle.

Pero antes, quiero decir lo siguiente: sin duda hay cuestiones que debemos corregir en los sistemas de remuneración de las universidades. Los excesos e inequidades existentes deben desaparecer, y es nuestro deber para con la ciudadanía costarricense garantizar que se corrijan a la mayor brevedad posible. Igualmente tengo claro que las universidades compartimos la responsabilidad de contribuir a resolver los problemas que acongojan hoy día a nuestro país, incluyendo no solo el problema fiscal, sino también -e incluso más importantes- los problemas del desempleo, la pobreza y la marginalidad. Como asimismo sostengo que la mejor forma de hacerlo es garantizando eficiencia máxima en el uso de los recursos que la sociedad costarricense nos asigna, trabajando con esmero y dedicación en función de las necesidades y demandas de nuestro pueblo, y generando propuestas -científica y técnicamente fundamentadas- que contribuyan a encontrar soluciones viables y humanizadas, socialmente justas y solidarias, para los múltiples problemas que hoy enfrentamos.

Aparte lo cual, y ante las aseveraciones de Hernández Valle, yo, que soy solo un humilde economista, quiero respetuosamente plantear lo siguiente:

1) Dice el distinguido jurista, que el artículo 191 constitucional regula las relaciones entre servidores públicos y Estado por medio de un estatuto de servicio civil, sin formular excepciones explícitas. Cierto. Pero también el artículo 84 concede a las universidades potestad para “…darse su organización y gobierno propios”.

2) ¿Cómo podrían darse las universidades una “organización y gobiernos propios” si ello no incluye la posibilidad de regular sus procesos de contratación, estímulo y evaluación del personal? ¿Cómo podría existir tal “organización y gobierno propios” si en una materia tan delicada y fundamental, un ente externo es el que define “la organización y gobierno” que se aplicarán? Importante enfatizarlo: este no es un detalle menor ni accesorio, porque estamos hablando de instituciones dedicadas a la educación superior -incluyendo el nivel de doctorado- y la investigación científica, lo que exige disponer de personal altamente calificado.

3) Con un agravante que Hernández Valle omite: el proyecto de empleo público no solo concede a un órgano externo la capacidad de decidir sobre este delicadísimo aspecto de la “organización y gobierno” de las universidades, sino que, además, introduce la posibilidad de que se ejerzan influencias político-partidarias sobre el nombramiento, la remuneración y evaluación del personal de las universidades. Lo cual pone en grave riesgo el artículo 87 de la Constitución: “La libertad de cátedra es principio fundamental de la enseñanza universitaria”.

4) O sea, y en lo que a las universidades compete, el artículo 191 tiene que ser leído en relación y de forma concordante con los artículos 84 y 87, y teniendo presente lo que es esencial a la naturaleza propia de las universidades públicas: la libertad de cátedra no es un principio abstracto, sino que se encarna en el personal que hace docencia, investigación y extensión. Si el nombramiento, la promoción y remuneración de ese personal, queda en manos de entes externos y politizados, ni hay autonomía ni habrá libertad de cátedra.

5) Asimismo, indica el señor Hernández Valle, que las universidades están sujetas a los principios constitucionales del equilibrio financiero, lo cual, supongo (Hernández no lo indica en su artículo en La Nación) que se refiere al artículo 176 constitucional. Pero este es un principio que rige para la “Administración Pública” (sic) en su conjunto, y es dentro de ese principio general, que debe aplicarse lo que se estipula en el artículo 85, el cual ordena: “El Estado dotará de patrimonio propio” a las universidades, “…y les creará rentas propias”. Además indica: “…mantendrá -con las rentas actuales y con otras que sean necesarias- un fondo especial para el financiamiento de la Educación Superior Estatal”, y reafirma con contundencia: “Las rentas de ese fondo especial no podrán ser abolidas ni disminuidas, si no se crean, simultáneamente, otras mejoras que las sustituyan” (el énfasis es mío).

6) Asunto de elemental coherencia: deben cumplirse las obligaciones en materia de equilibrio financiero (artículo 176) -lo cual está más allá de las responsabilidades y potestades propias de las universidades- sin incumplir las obligaciones relacionadas con los presupuestos universitarios (artículo 85). Pareciera que alguna gente considera que cumplir el artículo 176, justifica incumplir el 84.

7) También hace ver el señor jurista, que las universidades no están exentas de la aplicación de la regla fiscal. Al respecto, me animo a indicar: si, podrían estar sujetas, siempre que ello no implique, de una u otra forma, directa o indirectamente, incumplir lo que ordenan los artículos 84, 85 y 87 de la Constitución (recordemos: la regla fiscal nace de una ley, la 9635, cuya jerarquía es inferior a la de la Constitución). Al margen de lo cual agrego: desde el punto de vista económico, la regla fiscal es un esperpento absurdo, y una antigualla que saca del sarcófago ideas obsoletas y comprobadamente fallidas.

8) También saca a relucir el señor abogado, el artículo 6 del Convenio 98 de la OIT. Afirma entonces que el mencionado artículo 6 “…prohíbe (sic) la celebración de convenciones colectivas en el sector estatal” (el énfasis es mío) ¿Realmente las prohíbe? Transcribo a continuación, en forma literal, ese artículo 6 de ese Convenio 98 de la OIT: “El presente Convenio no trata de la situación de los funcionarios públicos en la administración del Estado y no deberá interpretarse, en modo alguno, en menoscabo de sus derechos o de su estatuto” (el énfasis es mío). Si mi español todavía es el que se habla en el mundo, decir que “no trata” no equivale a decir “que se prohíbe”, mucho menos a la luz de lo que expresan las últimas 15 palabras de ese artículo.

9) Si usted saca un ratito y lee lo que dice ese convenio (puede hacerlo aquí: https://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=NORMLEXPUB:12100:0::NO::P12100_INSTRUMENT_ID:312243), verá que los artículos 1 al 5 tratan sobre la libertad de sindicalización y la independencia de la organización sindical. Entonces, y según este señor, ¿el artículo 6 conlleva la prohibición de que los trabajadores y trabajadoras del sector público puedan libremente organizarse en sindicatos independientes? De tan absurda y desatinada, la idea es simplemente ridícula, y mucho más lo es a la luz de lo que ese mismo artículo 6 plantea, cuando explícitamente ordena que “…no deberá interpretarse, en modo alguno, en menoscabo de sus derechos o de su estatuto”. Obviamente, “sus derechos” o “su estatuto” son los derechos o estatuto de las trabajadoras y trabajadores del sector público.

10) Un detalle no puede pasar inadvertido: de una forma harto arbitraria, el señor Hernández Valle apela a ese artículo 6 del Convenio 98 de la OIT, para concluir (vergüenza ajena da tan solo repetirlo) que ahí se prohíben las convenciones colectivas en el sector público ¿Por qué no dice nada de todo lo que se ordena en los artículos 1 al 5 de ese mismo convenio? Ahí se protege el derecho a la libre e independiente organización sindical de los trabajadores y trabajadoras. Este derecho, sin embargo, es ampliamente irrespetado en el sector privado en Costa Rica ¿Por qué tanto silencio de Hernández Valle sobre esa penosa realidad? Saque usted sus propias conclusiones.

Compartido con SURCOS por el autor; publicado en su blog: https://sonarconlospiesenlatierra.blogspot.com/2021/02/autonomia-universitaria-una-leyenda.html