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Etiqueta: derechos humanos

Filosofía convoca al Coloquio Individuo y Violencia

Eduardo Muñoz Sequeira,

Periodista Oficina de Divulgación e Información

Filosofía convoca al Coloquio Individuo y Violencia
La violencia política y los discursos icónicos de las imágenes de los desaparecidos son dos temas del Coloquio Individuo y Violencia (foto Marcha Indígena y Popular).

El próximo 8 de octubre la Escuela de Filosofía realizará nuevamente el Coloquio Individuo y Violencia, una jornada que cada año reúne a investigadores y estudiantes avanzados para analizar los problemas más importantes de la actualidad costarricense y mundial.

Los ejes temáticos de este año son la Enfermedad y Sufrimiento; Discurso, Crítica y violencia y Libertad, despotismo y derecho. Otro tema que se abordará se titula los Afectos, emociones y sentimientos.

La ponencia de apertura se titula “El control de la ira como requisito de minimización de la violencia en el ejercicio de la clemencia”, expuesto por Karla Vargas. Concluirá con la exposición de Hanzel Granados con el tema “El cadáver: el cuerpo como abismo”.

El coloquio se realizará en la Sala Joaquín Gutiérrez Mangel, en el 4º piso de la Facultad de Letras. Es organizado por la Sección de Tradiciones y Debates Filosóficos de la Escuela de Filosofía. Para más información puede contactar a los organizadores al teléfono 2511-8431 o al correo electrónico sergio.rojas@ucr.ac.cr.

 

Coloquio Individuo y Violencia 2015

9:00 a.m. a 10:30 a.m.

  • El control de la ira como requisito de minimización de la violencia en el ejercicio de la clemencia, Karla Vargas
  • Kant enfrentado a Hans Landa, David Sánchez

10:30 a.m. a 10:45 a.m.

  • Receso

10:45 a. 12 m.d.

  • El carácter icónico de las imágenes de los desaparecidos, Rocío Zamora
  • Comunidad, imagen y violencia en Nancy, Pablo Hernández

12 m.d. a 2 p.m.

  • Receso

2 p.m. a 3:15 p.m.

  • La oposición entre libertad negativa y libertad positiva revisitada por dos críticos contemporáneos: C. B. Macpherson y C. Taylor, Iván Villalobos
  • Derechos civiles y políticos: ¿emancipación o gobierno?, Laura Álvarez

3:15 p.m. a 3:30 p.m.

  • Receso

3:30 p.m. a 5:15 p.m.

  • Precisiones de razón de libertad y de violencia, Octavio García
  • Lo conveniente, lo común, lo útil y la venganza del ignorante, Sergio Rojas Peralta
  • El cadáver: el cuerpo como abismo, Hanzel Granados

Información tomada de: http://www.ucr.ac.cr/

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Pueblo Bribri exige al gobierno saneamiento territorial

La Coordinadora de Lucha Sur Sur (CLSS) informa:

  1. Que el 30 de abril del 2015, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos solicitó al gobierno de Costa Rica la adopción de las medidas necesarias para garantizar la vida y la integridad personal de los miembros del Pueblo indígena Teribe y del Pueblo indígena Bribri de Salitre.
  2. Esta solicitud de medidas cautelares se debió a que la Comisión considera que ambos pueblos se encuentran en una situación de gravedad y urgencia, ya que sus vidas e integridad estarían amenazadas y en riesgo.
  3. Que el Pueblo Bribri de Salitre ha seguido siendo objeto de múltiples actos de violencia. Hechos perpetrados por terratenientes usurpadores del territorio, plenamente identificados.
  4. Que el gobierno de Luis G. Solís no ha tomado las medidas necesarias para garantizar la vida e integridad del Pueblo Bribri de Salitre y por el contrario, todas las violaciones a los derechos humanos permanecen en la total impunidad.
  5. Que el día de hoy el gobierno presentó una propuesta para implementar las medidas cautelares solicitadas por la Comisión.
  6. Para la CLSS, esta propuesta es insuficiente para garantizar la vida y la integridad personal y territorial del Pueblo Bribri; es violatoria de la autonomía indígena y no propone nada para garantizar que el Pueblo Bribri disfrute plenamente de su territorio.
  7. El Pueblo Bribri presentó una propuesta al gobierno en la que exigen se dé un proceso de saneamiento territorial, que consiste en sacar del territorio a todos los no indígenas que usurpan y agreden a los indígenas.

Además, exigen que cesen las agresiones y la impunidad.

Compartimos ambos documentos:

Pueblo Bribri exige al gobierno saneamiento territorial3

Pueblo Bribri exige al gobierno saneamiento territorial

Pueblo Bribri exige al gobierno saneamiento territorial2

 

Información e imágenes tomadas del Facebook https://www.facebook.com/ditso.org

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Realizan conferencia para asesorar a trabajadoras en período de lactancia

Hilda Carvajal Miranda,

Periodista Vicerrectoría de Acción Social

Realizan conferencia para asesorar a trabajadoras en período de lactancia
Tanto a nivel de convenios y tratados internacionales como a nivel nacional, existe legislación suficiente que respalda la práctica de la lactancia materna en madres trabajadoras. Sin embargo, existen también una serie de confusiones y vacíos informativos respecto a los derechos de las madres en período de lactancia y las obligaciones de los patronos (foto Archivo ODI con fines ilustrativos).

En el marco de la Semana Mundial de la Lactancia Materna, el Instituto de Investigaciones en Salud (INISA) de la Universidad de Costa Rica (UCR) realizó una conferencia para asesorar a las madres trabajadoras que están amamantando, sobre la legislación y jurisprudencia vigente en Costa Rica.

Con el objetivo de derribar dudas y mitos con respecto a la lactancia materna y el empleo la Licda. Virginia Marín Arias, profesional en Defensa de la Dirección de Asuntos Laborales de la Defensoría de los Habitantes, informó en su exposición que “la lactancia materna es un derecho que tenemos todas las mujeres y es un derecho común de los niños”.

“Incluso, la Convención sobre los Derechos del Niño [de la ONU] señala en el artículo 24 que los Estados, es decir Costa Rica, reconocen el derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible en salud. ¿Y cómo se garantiza este derecho? con la lactancia materna”, expresó Marín.

El Código de Trabajo de Costa Rica indica en su artículo 97 que toda madre en época de lactancia podrá disponer, en los lugares donde trabaje, de una hora para amamantar a su hijo. Este tiempo puede dividirse en intervalos o acumularse al final o principio de jornada, como es la costumbre, pero siempre se contabilizará como trabajo efectivo, es decir, no se rebajará del salario.

Realizan conferencia para asesorar a trabajadoras en período de lactancia2
A la charla asistieron varias madres trabajadoras embarazadas o con sus bebés en período de lactancia. Los centros de trabajo deben proporcionar a estas madres un lugar adecuado para que se extraigan la leche.

La duda de muchas madres es hasta cuándo se puede prolongar este permiso. Al respecto, Marín indicó que “el Código [de Trabajo] no especifica por cuánto tiempo debe prorrogarse la licencia por lactancia materna. Así que todas aquellas instituciones que aleguen que un niño de 2 años ya no puede seguir lactando están muy mal”.

Sobre este tema, la Sala Constitucional en su voto 2011-635 estableció que el Código de Trabajo prevé un período mínimo de lactancia, pero no un tope y que en materia de derechos fundamentales la ley se interpreta de la forma más favorable para el ser humano. Siendo así, la prolongación de la lactancia materna se extenderá hasta que la madre lo decida, en tanto presente a su patrono el dictamen médico que certifique que continúa amamantando.

Adicionalmente, a esta hora de lactancia materna, las madres tienen la necesidad de extraerse leche durante el día, para lo cual pueden ampararse en el artículo 97 del Código de Trabajo que indica: “El patrono se esforzará también por procurarle algún medio de descanso dentro de las posibilidades de sus labores, que deberá computarse como tiempo de trabajo efectivo”.

Realizan conferencia para asesorar a trabajadoras en período de lactancia3
“También soy mamá, tengo un niño de 3 años y todavía mama, entonces las insto a que sigan adelante, que sí es posible trabajar y sí es posible seguir dando lactancia materna”, indicó la conferencista Virginia Marín Arias.

A María Laura Rodríguez Herrera, madre de un bebé de 6 meses y participante de la conferencia, le parece un tema “súper importante para cuando entre a trabajar el siguiente año”, ya que ella ha decidido seguir amamantando a su bebé y no tenía claridad sobre algunos aspectos. Por ejemplo, no sabe si dispondrá de un espacio adecuado para las extracciones de leche.

La recomendación 191 de la OIT, sobre Protección de la Maternidad, establece que “cuando sea posible, deberían adoptarse disposiciones para establecer instalaciones que permitan la lactancia en condiciones de higiene adecuadas en el lugar de trabajo o cerca del mismo”. Por su parte, nuestro Código de Trabajo, establece la obligatoriedad de los patronos que cuenten con más de 30 mujeres en sus establecimientos de acondicionar un local para que las madres amamanten a sus hijos.

Muchas mujeres, sin embargo, prefieren no hacer uso de estos derechos, por temor a represalias de la parte laboral o despidos. Esas mujeres deben saber que “el Código de Trabajo, en el artículo 94, señala una prohibición o fuero de protección para las mujeres embarazadas o en período de lactancia, tanto en el sector público como en el sector privado: no pueden despedirlas, salvo que hayan cometido una falta grave, pero, aun así, deberán seguir un procedimiento para demostrar esa falta ante la Dirección de Inspecciones del Ministerio de Trabajo”, indicó la licenciada.

Algunos casos de despidos en estas condiciones han sido tratados en la legislación costarricense como casos de discriminación y conllevan el pago de los salarios caídos y la reinstalación en el puesto de trabajo o la indemnización por los daños ocasionados.

Realizan conferencia para asesorar a trabajadoras en período de lactancia4
En caso de que alguna mujer sea despedida durante su embarazo o período de lactancia, puede presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo, denuncia ante la Defensoría de los Habitantes, Recurso de Amparo o demanda ante los Tribunales de Justicia.

Para Evelyn Abarca, madre de gemelos y participante de la conferencia, estos espacios logran aclarar muchas de las dudas que tenía relacionadas con sus derechos. “Cuando uno va al Ministerio de Trabajo, hay como un vacío. Con mi primer hijo a mí me despidieron porque la empresa donde trabajaba cerró, entonces tuve que verme expuesta a situaciones confusas e investigar, principalmente en la Liga de la Leche, pero la charla me aclaró muchas dudas”.

Para Evelyn y otras madres de gemelos, resultó muy importante saber que la sentencia 2013-6703 de la Sala Constitucional indica que ella tiene derecho a tomar dos horas de lactancia, pues tiene dos bebés. Cada bebé tendrá derecho a una hora de lactancia, por lo que las madres de trillizos podrán tomar tres horas de lactancia y así sucesivamente.

Finalmente, sin importar si la mujer labora tiempo completo o solo medio tiempo, la licenciada indicó que igualmente tiene derecho a una hora de lactancia materna, según el voto 6103-93 de la Sala Constitucional.

Derribar todos estos mitos y dudas es necesario si se desea promover la lactancia materna, una práctica que proporciona beneficios en la salud física y emocional de las madres y de los niños, así como beneficios económicos para las familias y el Estado.

“A los empleadores hay que quitarles esa mentalidad de que es una desventaja el tener una trabajadora embarazada o en período de lactancia; al contrario, una mujer satisfecha y que sienta que se le respetan sus derechos es una mujer que se va a sentir plenamente conforme y va a dar mayor productividad”, indicó Marín.

 

Información tomada de: http://www.ucr.ac.cr/

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El mundo debe hacer realidad el derecho a la alimentación

En celebración de los 40 años de existencia del INISA

Conferencista chileno pide declarar el derecho a la alimentación como un derecho humano

El mundo debe hacer realidad el derecho a la alimentación
El Dr. Ricardo Uauy, conferencista invitado a la celebración del cuadragésimo aniversario del INISA, hizo una excitativa para generar cambios en el mundo que garanticen el acceso a los alimentos para los 9 billones de habitantes del planeta (foto: Laura Rodríguez).

Lidiette Guerrero Portilla,

Periodista Oficina de Divulgación e Información

 

“En el mundo actual si bien sobran alimentos, hay 800 millones de habitantes que están desnutridos y una de cada seis personas deben adquirir los alimentos para una semana con uno o dos dólares”, según lo dijo el Dr. Ricardo Uauy, médico cirujano, neonatólogo, bioquímico de alimentos, del Instituto de Nutrición y Tecnología de Alimentos de la Universidad de Chile, en una conferencia que impartió como invitado especial al acto de celebración del Cuadragésimo Aniversario del Instituto de Investigaciones en Salud (INISA) de la Universidad de Costa Rica (UCR).

Alimentando a 9 billones de seres humanos en la Tierra. Mendel versus Malthus es el título de su disertación, en la que afirmó que la disparidad planetaria en el acceso a los alimentos y 1.500 millones de personas en estado de pobreza debe llevarnos a un replanteamiento del camino que hemos seguido hasta ahora como sociedad, repensar la situación y generar cambios individuales y colectivos para hacer realidad el derecho a la alimentación.

“Al menos deberíamos generar una declaración para que el acceso a los alimentos básicos sea considerado un derecho humano, como el aire y el agua”, afirmó este investigador, quien se ha dedicado a estudiar la nutrición publica orientada hacia la equidad social.

El mundo debe hacer realidad el derecho a la alimentación2
La actividad de celebración se realizó en el auditorio de la Facultad de Microbiología, en donde se efectuaron además las jornadas académicas, el miércoles 5 y jueves 6 de agosto, en donde el equipo científico expuso sus avances en las diferentes temáticas (foto: Laura Rodríguez).

Según lo informó el conferencista la población mundial ronda los 9 billones de habitantes y la desnutrición sigue creciendo mayoritariamente en África Subsahariana y en Asia (Paquistán, Irak, Turquía, entre otros), en México, en la mayoría de los países centroamericanos, en Bolivia, Cuba y Haití.

Las naciones que han podido reducir la cantidad de personas con desnutrición son Costa Rica y Panamá, los países andinos de América del Sur, algunas zonas de África, del Sudeste y del Este Asiático, Indonesia y Sri Lanka, pero China es la gran ganadora, con una reducción de 58 millones de desnutridos, en dos décadas.

El mundo debe hacer realidad el derecho a la alimentación3
En la actividad participaron autoridades universitarias, invitados especiales y el personal del INISA (foto: Laura Rodríguez).

Añadió que si queremos dejarle a las generaciones venideras un mundo más justo, más sustentable y más saludable deberíamos inclinarnos a hacer cambios en varios frentes, sobre todo por una dieta con un impacto social menos intenso, mucho más tendiente a lo vegetal y a una disminución del consumo de carnes animales.

Incluso opina que es necesario devolverle propiedades nutricionales a algunos alimentos que las han perdido por el procesamiento y rescatar variedades antiguas que según han demostrado algunos estudios son mucho más nutritivas, además de trabajar más por rescatar los suelos degradados, entre otros.

Disparidad en el acceso a alimentos

El mundo debe hacer realidad el derecho a la alimentación4
La Dra. Patricia Cuenca Berger, directora del Instituto de Investigaciones en Salud (INISA) se manifestó muy satisfecha por todos los logros y contribuciones que desde el INISA se le han aportado al país (foto: Laura Rodríguez).

El Dr. Ricardo Uauy analizó el tema de su disertación considerando el pensamiento de Thomas Malthus (1766-1834) y Gregor Mendel (1822-1884) quienes alertaron sobre la necesidad cada vez mayor de producir alimentos en el mundo, para evitar la brecha creciente que se generaría con el paso del tiempo con el crecimiento de la población mundial.

No obstante considera que aunque la evidencia es clara con la cantidad de personas desnutridas de hoy y sin acceso a los alimentos para cada día, esto no se ha generado por las razones malthusianas, es decir no es por poca producción de alimentos, porque según argumentó los adelantos científicos y la agricultura han hecho su labor y han logrado producir nuevos alimentos y generar una amplia producción, incluso de cereales que, lamentablemente, hoy se emplean para generar biocombustibles.

El mundo debe hacer realidad el derecho a la alimentación5
La Dra. Ruth de la Asunción Romero, vicerrectora de Vida Estudiantil UCR, felicitó al equipo de trabajo del INISA por toda la labor realizada durante 40 años de existencia y los instó a continuar con un espíritu de compromiso y dedicación en su trabajo (foto: Laura Rodríguez).

Agregó que más bien hay exceso de producción de ciertos alimentos y también restricciones en su exportación, con lo que se limita el acceso a las poblaciones más necesitadas. Por ejemplo citó que el 65% de la producción de alimentos en el mundo se centra en trigo, maíz, arroz y papas, mientras que las lentejas, arvejas, garbanzos, zanahorias, frijoles, plátanos, cocos, entre otros, son los mínimos. Según el conferencista todo apunta a que llegaremos a una dependencia importante de alimentos con China.

Para el Dr. Uauy la disparidad en el acceso a los alimentos es un problema muy serio y complejo, que tiene relación con el precio de los alimentos que está directamente vinculado con el precio de los combustibles y la inflación. También entran en juego en esta problemática, los subsidios que los gobiernos otorgan a algunos productores y no a otros, el cambio climático que genera sequías e inundaciones en diferentes áreas y que afectan la agricultura y la disminución en la biodiversidad de semillas y de alimentos en general en el mundo.

“La disparidad va en aumento, porque el 20% más rico se lleva el 80% de la torta, de manera que con este esquema de distribución y este grado de desigualdad, se hace cada vez más difícil satisfacer las necesidad de quienes viven con un dólar”, expresó.

“Claramente si esto se lo dejamos al mercado, vamos a seguir obteniendo estos resultados, aunque no estoy en contra del mercado, pero sí estoy a favor de que haya acceso a la alimentación vamos a tener que ponernos más serios, ustedes lo han visto en la prensa ya empiezan a decirse y así debería terminar: Si queremos tener un mundo más justo vamos a tener que pensar que la producción de los alimentos básicos para sobrevivir es un derecho humano. Hablamos del derecho a la alimentación pero no lo transformamos en derecho real, es solo una declaración y esto en América Latina es un dilema que tiene implicaciones políticas, sociales y de todo tipo”, concluyó.

INISA: 40 años de servicio a la salud del país

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La actividad de celebración del Cuadragésimo Aniversario del INISA se realizó en el auditorio de la Facultad de Microbiología, con la participación de autoridades universitarias, entre ellas la Dra. Ruth de la Asunción Romero, vicerrectora de Vida Estudiantil de la UCR, quien representó al rector Henning Jensen.

La Vicerrectora dijo que son múltiples los cambios que ha tenido el país en el campo tecnológico y social que inciden en las exigencias de la población hacia las universidades estatales y en la oferta que estas le hacen a la sociedad. Afirmó que la autonomía universitaria no desliga el rumbo institucional del que sigue el país, “por eso es esencial que desde la academia busquemos las repuestas a las necesidades de la población, con formación de profesionales y con una investigación ética, profunda y con sentido”.

Además felicitó al INISA por su labor científica, por ser un referente a nivel nacional e internacional, por la formación de investigadores en el área de la salud, la excelencia y calidad de las investigaciones, algunas de las cuales han servido de insumo para la adopción de políticas públicas en el país.

Por su parte, la Dra. Patricia Cuenca Berger, directora del INISA expresó su satisfacción de celebrar los 40 años de ese Instituto, con el apoyo de personas y grupos que les han ayudado a continuar en su crecimiento y desarrollo.

El INISA inició sus labores en 1975, ha desarrollado valiosas investigaciones en temas relevantes para el país, por medio de dos programas como son el de Cáncer y el de Envejecimiento y sus secciones de Infección –Nutrición y Genética.

Son reconocidos sus estudios iniciales a cargo de su primer director y fundador, Dr. Leonardo Mata Jiménez, sobre diarrea y enfermedades respiratorias, VIH/SIDA, dengue y cólera. En salud materno-infantil, aportó mucho en diversos aspectos del desarrollo de la niñez, la rehidratación oral, el alojamiento conjunto madre-niño/a en los hospitales y en la promoción de la lactancia materna.

Aún hoy el INISA en su labor de apoyo a la salud materno-infantil, hace estudios de desnutrición y parasitosis y con el proyecto Prolamanco, desarrolla una gran labor en la promoción de la lactancia materna como alimento fundamental, impartiendo cursos gratuitos en diferentes comunidades, además de jornadas, congresos, charlas que hagan conciencia en las madres, cuidadoras, padres de familia y diferentes profesionales de la salud de seguir luchando para que los bebés mantengan una lactancia natural y prolongada en el país

Con el paso de los años se ha adentrado en los estudios de aguas de consumo humano y detección de microorganismos patógenos (Shigella, Salmonella, y su resistencia a los antibióticos) y cuenta con una sección de genética donde realiza el diagnóstico molecular de enfermedades causadas por mutaciones inestables, como las miotonías hereditarias y desde hace 30 años desarrolla pruebas para el diagnóstico prenatal de defectos cromosómicos.

Por 35 años ha investigado el tema del cáncer en general y su programa de Especial Interés Institucional de Cáncer Gástrico cuenta con 25 años de existencia. Por iniciativa del INISA se creó y fortaleció el Programa de Detección Temprana del Cáncer Gástrico que aún funciona en el Hospital Max Peralta de Cartago, el cual ha ayudado a salvar más de 1.000 vidas y ha disminuido la mortalidad por esta causa en un 50%.

Sus estudios han abordado la infección, inflamación, las cepas más frecuentes de la bacteria Helicobacter pylori relacionada con el cáncer gástrico, un antígeno específico para detectarla, su variabilidad genética y virulencia, procesos de daño celular, marcadores biológicos, detección del perfil de riesgo en las diferentes patologías, entre muchos otros.

Asimismo investiga en forma multidisciplinaria, el proceso de envejecimiento, en estrecha colaboración con la comunidad de Los Guido de Desamparados. Este es uno de los desafíos más grandes que tiene el país, como es el crecimiento de su población adulta mayor. Otro de los temas relevantes para el país es la incidencia de diabetes en la población costarricense, tema que también ha sido estudiado en el INISA.

Como reconocimiento a toda su labor en el campo de la salud el INISA recibió en el 2013 el premio que otorga la Fundación de los Emiratos Árabes Unidos para la Salud, por acuerdo del consejo ejecutivo de la Organización Mundial de la Salud (OMS).


Información tomada de: http://www.ucr.ac.cr/

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A un año del inicio de la operación “Margen Protector”: breves apuntes desde la perspectiva del derecho internacional

Por Nicolás Boeglin

 

El 7 de julio del 2014, debutó la operación israelí en Gaza denominada “Margen Protector”, como respuesta a la espiral de violencia que inició a partir de junio del 2014 con la desaparición el 14 de junio de tres jóvenes israelíes. El Primero Ministro de Israel acuso inmediatamente al grupo Hamás de la desaparición de los tres estudiantes (ver nota de El País), ordenando nuevos bombardeos sobre Gaza a partir del 14 de junio (que iniciaron en los primeros días de junio como indica este cable de la BBC del 2/06/2014). Las operaciones de búsqueda de los tres adolescentes derivaron en la muerte de dos palestinos el 20 de junio (ver nota de El País). En respuesta al lanzamiento de nuevos cohetes en dirección de asentamientos israelíes desde la franja de Gaza, las autoridades de Israel optaron el 24 de junio por realizar nuevas incursiones aéreas y bombardeos. El descubrimiento de los cuerpos sin vida de los tres estudiantes el 30 de junio atizó la violencia, y, unos días después, un joven palestino fue quemado vivo por un grupo de israelíes (ver nota de El País).

El 8 de julio del 2014, Israel anunció el inicio de sus operaciones militares, incluyendo una ofensiva militar terrestre. A los pocos días de iniciada esta acción militar, ya se contabilizaba más de un centenar de palestinos fallecidos: ver por ejemplo esta nota de prensa del 12 de julio del 2014 titulada :”Los palestinos muertos en la operación “Margen Protector” contra Gaza llegan ya al centenar”.

El carácter indiscriminado de bombardeos aéreos en una zona con una densidad poblacional como la de Gaza y el carácter desproporcional de la respuesta militar de Israel al lanzamiento de cohetes tempranamente preocuparon a varios sectores, tanto fuera como dentro de Israel, incluidos organismos de la sociedad civil israelíes.

Desde el punto de vista del derecho interno israelí, un episodio relacionado con el derecho a la información merece mención: el 24 de julio del 2014, las autoridades de Israel censuraron las pautas radiales de la ONG israelí B´Tselem, considerando “politically controversial” el que se hicieran públicos en la radio los nombres de más de 150 niños palestinos que habían encontrado la muerte desde el inicio de la ofensiva (ver nota de The Guardian). Unos meses después, los jueces validarían la posición de las autoridades israelíes, en un controvertido fallo de la Corte Suprema de Israel (Nota 1). Al 4 de septiembre del 2014, según la Oficina de Coordinación de Naciones Unidas para Asuntos Humanitarios en Palestina (OCHA, por sus siglas en inglés), el saldo en muertes incluía el dato de 501 niños palestinos muertos (ver informe al 4/09/2014). El saldo final elevaría la cifra a 556 niños palestinos. Una ceremonia conmemorativa en días recientes en Irlanda recordó la muerte de estos niños palestinos (ver nota en este enlace y video disponible publicado en The Irish Times).

En diciembre del 2014, una conferencia de Estados Partes que reunió a 126 Estados, auspiciada por Suiza (en su calidad de depositaria del Cuarto convenio de Ginebra sobre el derecho internacional humanitario), adoptó por consenso una declaración final que reafirma un principio bastante básico en caso de violaciones graves al derecho humanitario: ” Les Hautes Parties contractantes participantes soulignent que toutes les violations graves du droit international humanitaire doivent donner lieu à une enquête, et que tous les responsables doivent être traduits en justice” (ver texto completo de la declaración). Tal y como tuvimos la oportunidad de detallarlo (ver artículo publicado en el Boletín Sentinelle de enero del 2015), los únicos Estados que accedieron a la petición de Israel de no participar a esta reunión fueron Australia, Canadá, Estados Unidos y Ruanda.

El informe de la Comisión de Investigación sobre Gaza

Como parte de esta necesidad de contar con investigaciones sobre graves violaciones al derecho internacional humanitario, desde el pasado 22 de junio del 2015, está disponible el informe de la Comisión Independiente que fue creada en julio del 2014 por parte del Consejo de Derechos Humanos: se trata de un mecanismo encargado de documentar las actuaciones de ambos bandos durante la última ofensiva israelí en Gaza.

Su Informe titulado:”Report of the independent commission of inquiry established pursuant to Human Rights Council resolution S-21/1“, analiza los hechos y valora, a la luz de las reglas del derecho internacional humanitario, la conducta de Israel y de grupos combatientes palestinos durante la operación militar israelí del verano del 2014 en la franja de Gaza. Nótese que lejos de juzgar únicamente a Israel, tal y como lo anunciaron tempranamente sus autoridades (Nota 2) y volvieron a hacerlo en recientes semanas, el informe cuestiona el accionar de ambos beligerantes durante el verano del 2014.

El saldo en víctimas mortales de esta operación israelí en Gaza, a septiembre del 2014, según la OCHA antes citada, era el siguiente: 4 civiles, un oficial de seguridad y 67 militares del lado israelí; 2,131 muertes palestinas, de las cuales 1,473 correspondiente a civiles, entre las cuales 257 mujeres y 501 niños (ver informe al 4/09/2014). Estas cifras serían luego actualizadas con base en las muertes de heridos ocurridas después del mes de septiembre del 2014 y validadas por la Comisión de Investigación. Un informe publicado por otra organización de Naciones Unidas (UNISAT) en septiembre del 2014 (ver informe) detallaba desde tomas satelitales el alcance de los daños producidos por la ofensiva israelí entre junio y agosto del 2014 en Gaza.

Una franja de Gaza infranqueable

Pese a múltiples e insistentes solicitudes ante las autoridades de Israel, los integrantes de esta comisión no pudieron acceder a la Franja de Gaza, cuyos principales accesos son controlados por Israel. Se lee (punto 3 de la primera página de su informe) que Egipto tampoco colaboró mayormente con los integrantes de dicha comisión:

“3.The commission repeatedly requested Israel to cooperate, including by granting it access to Israel and the Occupied Palestinian Territory, including the West Bank, East Jerusalem and the Gaza Strip (see annex I).Regrettably, Israel did not respond to these requests. Subsequently, the commission learned from a press release that no such cooperation would be forthcoming. The Government of Egypt, when requested to facilitate entry into the Gaza Strip through the Rafah crossing, responded that it was not possible owing to the prevailing security situation”.

El informe como tal viene acompañado de una recopilación de datos detallados de más de 180 páginas que se titula “Report of the detailed findings of the independent commission of inquiry established pursuant to Human Rights Council resolution S-21/1” y que está también disponible en el enlace antes citado. En este documento se precisa que los integrantes de esta comisión realizaron, mediante el uso de las nuevas tecnologías de la información, más de 280 entrevistas confidenciales, y que recibieron más de 500 declaraciones escritas y documentos de diversa naturaleza. El cerco informativo a Gaza por parte de las autoridades de Israel (y de Egipto) pareciera, al menos en este caso, no haber logrado una respuesta efectiva ante el desarrollo de las nuevas tecnologías de la información.

El precedente del 2009

En el 2009, con relación a la operación militar denominada “Plomo Fundido” iniciada en el mes de diciembre del 2008 en Gaza (con un saldo de 14 víctimas israelíes y más de 1400 víctimas palestinas), los órganos de las Naciones Unidas procedieron de igual manera a investigar los hechos ocurridos (véase el informe Goldstone cuya versión en español está disponible en la letra S en este enlace oficial de Naciones Unidas). De igual forma, esta Comisión no tuvo acceso a Gaza y debió realizar su informe con base en testimonios e informaciones recibidas.

Es probable que la comparación entre ambos informes publicados uno en el 2009 y el otro en el 2015 denote con mayor claridad la peligrosa deriva a la que Israel ha procedido en la conducción de sus hostilidades en Gaza; y que evidencia (al menos en parte) el hecho que 43 oficiales de la Unidad 8200 del Ejército de Israel hayan presentado una carta pública en septiembre del 2014, en la que denuncian el uso del sistema de inteligencia israelí para fines sumamente cuestionables contra la población civil palestina (ver nota de Haaretz del 12 /09/2014). Recientemente (mayo del 2015), una organización que integra a ex militares israelíes,Breaking The Silence (BTS) publicó un informe que detalla, con base en testimonios recogidos, cómo Israel violentó las reglas en materia de conducción de hostilidades en Gaza en el 2014 (informe descargable en esta nota de El Pais).

A diferencia del Informe Goldstone de las Naciones Unidas del 2009, la publicación del informe de la Comisión de Investigación creada por el Consejo Derechos Humanos de Naciones Unidas del 2015 tuvo lugar unos meses después de la entrada en vigencia del instrumento de ratificación por parte de Palestina del Estatuto de Roma (1ero de abril del 2015).

Recordemos a este respecto que, en el mes de noviembre del 2012, al votarse una resolución reconociendo el estatuto de Estado a Palestina en las Naciones Unidas, los delegados del Reino Unido externaron a sus homólogos palestinos una insólita propuesta a cambio de apoyar el texto: afirmaron estar dispuestos a votar en favor del texto siempre y cuando Palestina diera garantías de no accionar los mecanismos de la Corte Penal Internacional (CPI): “The U.K. suggested that it might vote “yes” if the Palestinian Authority offered assurances that it wouldn’t pursue charges in the International Criminal Court, but apparently came away unsatisfied” refiere esta nota del Washington Post, un medio usualmente bien informado.

El contenido de la resolución del 3 de julio del 2015

A poco menos de un año de conmemorarse el inicio de esta ofensiva militar en Gaza, el pasado Viernes 3 de julio, el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, conformado por 47 Estados miembros (Nota 3) aprobó un texto (la resolución A/HRC/29/L/35) que acoge las recomendaciones del reciente informe de la Comisión de Investigación creada por este mismo Consejo, en julio del 2014.

El texto de la resolución adoptada el 3 de julio – cuya única versión en inglés disponemos a la hora de redactar esta nota – condena el actuar de las fuerzas de Israel durante la última ofensiva militar realizada en Gaza del 2014 y exige que ambos bandos investiguen y sancionen a los responsables de cometer graves violaciones al derecho internacional humanitario y colaboren con las investigaciones en curso. La resolución (cuya discusión previa a la votación está disponible en este enlace), se titula “Ensuring accountability and justice for all violations of international law in the Occupied Palestinian Territory, including East Jerusalem“.

El punto 5 de la parte resolutiva exige a las partes en conflicto colaborar con la investigación preliminar iniciada por parte de la Corte Penal Internacional (CPI) en los siguientes términos:

” … 5. Calls upon the parties concerned to cooperate fully with the preliminary examination of the International Criminal Court and with any subsequent investigation that may be opened“.

En la parte de los considerandos, el escalofriante saldo en víctimas mortales de la operación militar israelí del 2014 es mencionado en los siguientes términos:

“Emphasizing the importance of the safety and well-being of all civilians, reaffirming the obligation to ensure the protection of civilians in armed conflict, and deploring the civilian deaths that resulted from the conflict in and around the Gaza Strip in July and August 2014, including the killing of 1,462 Palestinian civilians, including 551 children and 299 women, and six Israeli civilians“.

Otro considerando deplora la actitud poco cooperativa de Israel en los siguientes terminos que nos permitimos reproducir de igual manera:

“Deploring the non-cooperation by Israel with the independent commission of inquiry on the 2014 Gaza conflict and the refusal to grant access to or to cooperate with international human rights bodies seeking to investigate alleged violations of international law in the Occupied Palestinian Territory, including East Jerusalem”.

El voto del 3 de julio del 2015

A solicitud de la delegación de Estados Unidos, se procedió al voto para aprobar esta resolución, dada la imposibilidad de aprobarlo mediante la técnica del consenso: la resolución se adoptó con 41 votos a favor, 5 abstenciones y un voto en contra. Como es costumbre en este tipo de votación, únicamente votó en contra la delegación de Estados Unidos, exhibiendo nuevamente su total aislamiento. Entre los Estados que optaron por abstenerse, se contabiliza a Etiopía, India, Kenia, Macedonia y Paraguay: este último siendo el único de los ocho Estados de América Latina actualmente miembros (a saber Argentina, Bolivia, Brasil, Cuba, El Salvador, México, Paraguay y Venezuela) en haber preferido desmarcarse del resto de América Latina.

Se lee en una nota de prensa publicada en Israel (ver nota de Haaretz) que: “The officials added that in recent days Prime Minister Benjamin Netanyahu spoke with the Indian premier, the Kenyan president and the prime minister of Ethiopia and asked them to abstain“. En el caso de la India, un medio de prensa califica esta abstención india como un verdadero punto de inflexion en materia de política exterior: “The government on Friday denied what appeared to be a major shift in India’s policy on Israel, after it abstained from a vote against Israel at the U.N. Human Rights Council in Geneva” (ver nota de The Hindu). Por su parte, los delegados de la India justificaron su posición aludiendo a la mención hecha a la CPI en el texto. En otra nota de prensa, los representantes de la India justifican su posición de la siguiente manera: “There is no change in India’s long standing position on support to the Palestinian cause. The issue in this particular Resolution was the reference to the International Criminal Court (ICC). India is not a signatory to the Rome Statute establishing the ICC” (ver nota de prensa de Economic Times). Posiblemente resulte incómodo para estos mismos representantes de la India el hacerles ver que otros Estados que no son parte al Estatuto de Roma sí votaron a favor de dicha resolución (como por ejemplo Cuba y El Salvador, para limitarnos únicamente a la región latinoamericana).

Es posible que los Estados que se abstuvieron y que no fueron contactados directamente por las altas autoridades israelíes hayan sido objeto de solicitudes por parte de las autoridades de Estados Unidos. En el caso de Paraguay, cabe mencionar que con ocasión del voto acaecido el 29 de Noviembre del 2012 en el seno de la Asamblea General de las Naciones Unidas, reconociendo a Palestina el estatuto de Estado No miembro Observador, Paraguay modificó la posición que tenía sobre el tema el Presidente Lugo depuesto unos meses antes (ver nota de ABC color del 30/11/2012): otros medios de prensa paraguayos indicaron que es probable que un contrato de carne bovina suscrito con Israel en octubre del 2012 haya explicado que Paraguay se abstuviera (ver nota del medio paraguayo E´a, disponible aquí).

Diferencias con el voto de julio del 2014

La única posición en rojo registrada como “No” en el tablero de la votación recuerda la misma oposición solitaria evidenciada en julio del 2014 cuando el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas aprobó la creación de la Comisión de Investigación para investigar la forma en que ambos beligerantes conducían sus operaciones militares en Gaza en el 2014: en aquella oportunidad, la resolución se adoptó por 29 votos a favor (incluyendo el voto de todos los Estados de América Latina miembros del Consejo, sin ninguna excepción), 17 abstenciones y el único voto en contra de Estados Unidos (Nota 4). En abril del 2014, encontramos una interesante aseveración de la representante de Estados Unidos en las Naciones Unidas, Samantha Power: “The ICC is of course something that we have been absolutely adamant about. Secretary Kerry has made it very, very clear to the Palestinians, as has the President. I mean, this is something that really poses a profound threat to Israel” (sic). (véase nota de entrevista de la Embajadora Power).

A diferencia de la posición incólume de Estados Unidos en ambas votaciones, el caso de los Estados europeos merece una mención especial: mientras que en el mes de julio del 2014, los Estados miembros de la Unión Europea (UE) optaron por abstenerse (aduciendo en el caso de algunos de ellos que lo que ocurría en Gaza no tenía porqué ser objeto de una investigación), este viernes 3 de julio del 2015, votaron todos a favor del texto, incluyendo a Estados como Alemania, Francia, Países Bajos y Reino Unido. En su declaración previa al voto, el representante de Francia se expresó en los siguientes términos que: “A cet égard, la France souligne l’impérieuse nécessité que la tragédie de la guerre à Gaza de l’été 2014, qui a causé la mort de trop nombreux civils et entraîné des violations du droit par toutes les parties, ne puisse plus se reproduire. La France souhaite que les auteurs de violations, quels qu’ils soient, soient poursuivis en justice. La France a soutenu le principe d’une enquête internationale sur les événements de Gaza, tout en marquant son attachement à l’impartialité des travaux. Le rapport de la Commission d’enquête internationale souligne que de possibles crimes de guerre ont été commis par Israël comme par le Hamas et d’autres groupes armés palestiniens. La France regrette qu’Israël n’ait pas coopéré avec la Commission d’enquête. Elle salue la coopération de l’Autorité palestinienne” (ver texto completo de la declaración francesa disponible aquí).

Las reacciones de América Latina a la operación del 2014

Cabe señalar que, además del voto de julio del 2014 en el seno del Consejo de Derechos Humanos en el que todos los Estados de América Latina miembros de este órgano votaron a favor sin ningún tipo de excepción (incluyendo a Costa Rica), fueron varios los Estados de América Latina que criticaron duramente a Israel (con excepción de Costa Rica) y que, después de Brasil, optaron por llamar a consulta a sus respectivos embajadores desde Tel Aviv, en señal de profundo repudio ante el carácter totalmente indiscriminado y desproporcionado de la ofensiva israelí en Gaza (Nota 5). Un estudio pormenoriza las declaraciones y manifestaciones de los distintos Jefes de Estados de América Latina a la violencia de la ofensiva militar desplegada por Israel, incluyendo el uso del calificativo de “genocidio” por parte del Presidente del Uruguay, el de “masacre” por parte de la Presidenta de Brasil y las ambigüedades de la posición adoptada por las autoridades de Costa Rica (Nota 6). En un comunicado oficial, la cancillería del Uruguay, encabezada por Luis Almagro (hoy Secretario General de la Organización de Estados Americanos –OEA-), no dudo en calificar de “crimen de guerra” la matanza de civiles palestinos, en agosto del 2014 (ver nota de prensa de El Pais, Uruguay).

Conclusión

El informe de la Comisión de Investigación sobre la ofensiva israelí del 2014 que cumplió en estos días un año, fue presentado el pasado 22 de junio del 2015 en Ginebra por los integrantes de dicha Comisión, provocando las habituales gesticulaciones del aparato estatal israelí: estas últimas tendieron, como ya viene siendo costumbre, a desacreditar el contenido de este informe, a restarle validez, antecediendo incluso su publicación con la de un voluminoso informe oficial con una semana de antelación el pasado 14 de junio (Nota 7). Tres días después de su publicación por parte de Naciones Unidas, el día 25 de junio, Palestina aportó oficialmente a la CPI una acusación formal acompañada de varios informes y documentos sobre las exacciones cometidas en el 2014 por parte de las fuerzas militares israelíes (ver nota de La Jornada). Ambos episodios del mes de junio del 2015, pasados un tanto desapercibidos en la prensa internacional, completados ahora con la adopción de la resolución por parte del Consejo de Derechos Humanos el pasado 3 de julio, constituyen significativos pasos en favor de la aplicación de la justicia penal internacional en Gaza. Reafirman, una vez más, la plena e inequívoca confianza de Palestina en los mecanismos previstos por el derecho penal internacional y en las entidades a cargo de su debida aplicación. Algo que debieran de celebrar y de respaldar de manera igualmente inequívoca la comunidad internacional como tal y cada uno de sus integrantes.

Nota 1: La decisión del IBA (Israeli Broadcast Authority) de censurar la campaña realizada por B´Tselem fue objeto de un recurso presentado por la misma ONG B´Tselem ante la Corte Suprema de Israel, la cual, en septiembre del 2014, falló a favor del Estado israelí. Se lee en esta nota de Haaretz que para los jueces: “Reading the names of the children who died, even though the heart goes out to them, has a political objective, and is not for informative purposes only/…/. The hidden objective of the broadcast, which is not difficult to see, is to get the public to make the government stop the IDF fighting in Gaza, due to the deaths of civilians there, particularly children. Continuing the fighting is politically controversial … and the broadcast is clearly not meant for informative purposes only”. En un artículo de opinion extremadamente crítico sobre este fallo de la Corte Suprema de Israel, publicado en Haaretz, se lee que “The court also had an opportunity to place itself in opposition to the discrimination against such messages, in favor of messages espousing particularist national content, as was the case in this instance. The Broadcasting Authority and other agencies learned from this ruling that such discrimination is acceptable, since it can only be stopped by petitioning the High Court. In effect, this ruling encourages discrimination. It is part of the current bon ton, by which any narrow national or religious message is legitimate, even if extreme, whereas any universal message is automatically suspect, patently anti-patriotic, possibly treasonous and certainly controversial, one that should be kept at a distance”.

Nota 2: Véase artículo de El Pais (España) de agosto del 2014 titulado: “Israel califica de farsa la comisión de investigación de la ONU sobre Gaza”, y disponible aquí.

Nota 3: Los actuales miembros del Consejo de Derechos Humanos son: Albania, Alemania, Argelia, Antigua República Yugoeslava de Macedonia, Arabia Saudita, Argentina, Bangladesh, Bolivia, Botsuana, Brasil, China, Congo, Corea del Sur, Costa de Marfil, Cuba, El Salvador, Emiratos Árabes Unidos, Estados Unidos, Estonia, Etiopía, Francia, Gabón, Ghana, India, Indonesia, Irlanda, Japón, Kazakstán, Kenia, Latvia, Maldivas, Marruecos, México, Montenegro, Namibia, Nigeria, Países Bajos, Pakistán, Paraguay, Portugal, Reino Unido, Qatar, Rusia, Sierra Leone, Sudáfrica, Venezuela y Vietnam. Sobre la reciente elección realizada en el 2014 de nuevos miembros del Consejo de Derechos Humanos, en la que la candidatura de Costa Rica no prosperó, remitimos al lector a un breve análisis, BOEGLIN N., “Bolivia, El Salvador y Paraguay electos en el Consejo de Derechos Humanos”, Análisis Político Núm. 5, Observatorio de Política Internacional, Universidad de Costa Rica (UCR) – Universidad Nacional (UNA), enero 2015, disponible aquí.

Nota 4: Remitimos al lector a una breve nota sobre el particular del mes de julio del 2014 publicada: BOEGLIN N., “ONU: HRC aprueba resolución para investigar ataques de Israel en Gaza”, Tribuglobal, 28/07/2014, disponible aquí.

Nota 5: Véase: BOEGLIN N., “Reacciones en América latina a la operación “Margen Protector” del ejército israelí en la franja de Gaza”, publicado en Núm. 15, Reportes del CEMOAN (Agosto 2014), Universidad Nacional (UNA), disponible aquí.

Nota 6: Véase “Reacciones a la crisis en Gaza”, Revista Al Kubri, Num.13, Vol. 4, CEMOAN (Universidad Nacional), Julio/Septiembre del 2014, disponible aquí.

Nota 7: Véase nota del New York Times, “Israelis Go on Offensive Ahead of UN Report”, con fecha del 14/06/2015, disponible aquí.

 

Información enviada a SURCOS Digital por el autor.

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Denuncian que ICE vulnera derechos del pueblo de Térraba

Organizaciones indígenas; dirigentes comunitarios; y habitantes indígenas del Territorio Brӧrán de Térraba

 

Hacemos del conocimiento que la empresa gubernamental Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) está vulnerando y violentando los derechos humanos que nos atañen como pueblo indígena de Térraba, maniobrando procesos y utilizando tácticas con la finalidad de no ajustarse a lo establecido en las leyes nacionales y normas internacionales en cuanto a los derechos humanos de los pueblos indígenas, especialmente en relación procesos de consulta que establece el Convenio 169 de la OIT y la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU.

Los procesos internos que el pueblo indígena de Térraba viene construyendo con la única finalidad de buscar una gobernanza de la colectividad a mediano y largo plazo para las futuras generaciones se han visto interrumpidos por la injerencia del ICE en los últimos años.

Siguiendo con la injerencia citada, sorpresivamente se circula una nota de fecha del 03 de abril donde se invita a una reunión con un equipo técnico del Proyecto Hidroeléctrico El Diquís (PH El Diquís), propiedad del ICE, sobre el tema de consulta y recomendaciones del Relator Especial de ONU. Por otro lado debemos de hacer énfasis en que, el territorio no cuenta con un plan o una hoja de ruta, ni un acuerdo con el ICE para el establecimiento de relaciones con el ICE y menos para tratar asuntos relacionados al PH El Diquís. Esta es una acción para aparentar la aplicación del derecho indígena a la consulta y realizar un procedimiento exclusivo y que se ajuste únicamente a los intereses del ICE.

Sobre procedimientos de consulta así como condiciones y garantías el artículo 6 del Convenio 169 de la OIT expresa. Al aplicar las disposiciones del presente Convenio, los Gobiernos deberán: Consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente.

Afirma el Convenio 169 de la OIT que es el gobierno de Costa Rica quien debe consultar a los pueblos indígenas. Sin embargo, hasta la fecha no existe un procedimiento de consulta, ni de consentimiento Libre, Previo e Informado, así como las condiciones y garantías necesarias, concertado entre el territorio brörán y el gobierno.

Llamamos la atención al Gobierno del señor Luis Guillermo Solís Rivera, para que vele por el desarrollo y garantice la aplicación de los derechos del pueblo de Térraba, con estricta observancia al derecho indígena y la normativa nacional e internacional sobre los derechos indígenas. Destacamos que la normativa internacional por ser derechos en materia de derechos humanos tiene estatus de supra constitucional, tal como lo reconoce la Constitución Política del país, y lo ratifica la Sala de Constitucionalidad (Sala IV) de la Corte Suprema de Justicia.

 

Territorio Indígena Brӧrán de Térraba, Costa Rica 16 de mayo de 2015

 

Responsables:

Geini Gutiérrez Navas

Pablo Sivas Sibar

Cindy Vargas Ortíz

Marlon Carrera Ortíz

Juan Félix Rivera Gómez

Rosa Cabrera Delgado

Jeffrey Villanueva Villanueva

 

Enviado a SURCOS Digital por Mesa Nacional Indígena MNICR.

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¿Otra vez militares a Centroamérica?

Fuente: Editorial de La Jornada

 

El Comando Sur de las fuerzas armadas estadounidenses anunció ayer que esta misma semana empezará a desplegar una fuerza de tarea de 280 infantes de marina ( marines) conformada por tropas de aire, mar y tierra, con el propósito de entrenar a las fuerzas locales –sobre todo las hondureñas– en combate a la delincuencia organizada y tareas de rescate de población civil ante desastres naturales. El grupo principal de esta fuerza, de 180 efectivos, será enviado a la base militar que Washington controla en Honduras, en la localidad de Palmerola. Los otros 100 se distribuirán en otros puntos del territorio hondureño, así como en Belice, El Salvador y Guatemala.

“Los marines estarán en posibilidad de agrupar rápidamente personal y equipos en la región si son requeridos ante una situación de emergencia”, indicó el Comando Sur en el comunicado.

La información resulta preocupante porque, de acuerdo con los antecedentes históricos, la presencia de fuerzas militares de la potencia del norte nunca ha sido positiva para las poblaciones centroamericanas. Desde las incursiones del filibustero William Walker en Nicaragua, Costa Rica y Honduras (ya antes había intentado, sin éxito, hacerse con el control de Sonora y Baja California), a mediados del siglo XIX, hasta el respaldo genocida de las administraciones Reagan y Bush a las dictaduras guatemalteca y salvadoreña, en la penúltima década del siglo pasado, la presencia de los contingentes militares estadunidenses en Centroamérica se ha traducido en masacres, violaciones masivas a los derechos humanos, apoyo a tiranos impresentables y pérdida de soberanía para las naciones afectadas. De hecho, esas aventuras bélicas han terminado en ocupaciones en forma –como ocurrió en Nicaragua con Walker, quien proclamó una república esclavista, o 70 años más tarde, con tropas regulares cuya presencia provocó el inicio de la guerra de liberación encabezada por Augusto César Sandino– o en la conformación de regímenes marioneta, como pasó en la propia Nicaragua con la dinastía de los Somoza; en Guatemala, con Carlos Castillo Armas, y en Honduras, con gobernantes civiles puramente decorativos, hace tres décadas.

Hoy día Washington no es más respetuoso de los derechos humanos y las soberanías que hace 30, 60 o 100 años, como demuestran los abusos policiales que ocurren mes tras mes en las calles de las ciudades estadunidenses; las torturas en Guantánamo y Abu Ghraib, y las incursiones bélicas de la administración Obama en Libia y Siria. Por lo demás, Estados Unidos tampoco ha renunciado a su orientación colonialista e injerencista.

En tales circunstancias, un nuevo despliegue de tropas de Washington en Centroamérica abre la perspectiva de un nuevo ciclo de violaciones masivas a los derechos humanos y a atrocidades como las que perpetraron los militares y paramilitares de la región bajo la dirección, entrenamiento y financiamiento del Pentágono y la CIA. Para colmo de males, si los gobiernos de la región son incapaces de enfrentar al crimen organizado y llevar a sus cabecillas ante los tribunales, cabe dudar de su capacidad para sancionar a tropas ocupantes que, como ocurre hasta con los cascos azules de la ONU, tienen la impunidad garantizada para cometer cualquier clase de atropellos contra la población civil.

La noticia comentada abre, en suma, una perspectiva ominosa para Guatemala, Honduras, El Salvador y Belice. Cabe esperar que los gobernantes de esas naciones hermanas recapaciten y rechacen semejante ayuda.

 

Enviado a SURCOS Digital por Carlos Meneses.

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Pueblos indígenas en Salitre: CIDH solicita medidas cautelares a Costa Rica

Nicolas Boeglin (*)

Informe Salitre Observatorio de Derechos Humanos y Autonomía Indígena6

El 30 de abril del 2015, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos solicitó a Costa Rica medidas cautelares en favor de las poblaciones indígenas Teribe y Bibri ubicadas en Salitre. Una llamada de atención que viene a recordar una deuda histórica del Estado costarricense con relación a los derechos de las comunidades indígenas y la desprotección a la que son sometidos los indígenas en sus propios territorios.

 

El pasado 30 de abril del 2015, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante CIDH) decidió solicitar a Costa Rica medidas cautelares en aras de proteger la vida y la integridad física de las poblaciones indígenas Teribe y Bibri ubicadas en Salitre de Puntarenas. Se trata de un territorio indígena en el que desde varios años las comunidades indígenas intentan recuperar sus tierras, ocupadas por finqueros y empresarios. La situación en Salitre de los indígenas con relación a la ocupación de las tierras por no indígenas se repite en gran parte de los territorios indígenas de Costa Rica, debido a la inercia estatal (ver nota de prensa). Un análisis reciente de un especialista para el Estado de La Nación (ver informe de Rubén Chacón Castro) sobre la aplicación de la normativa en la materia indica que: “En general, la gran mayoría de los casos expuestos tienen que ver con que no hay voluntad política que posibilite la aplicación literal de la ley. Es especialmente dramático el caso de los derechos territoriales” (p. 32).

No obstante la problemática general que enfrentan las comunidades indígenas en todo el territorio, la lucha emprendida en Salitre es la que ha tenido, por alguna razón, mayor eco en prensa que las demás luchas emprendidas por comunidades indígenas.

Pocos días después de celebrarse en toda Costa Rica el día de la independencia, el 15 septiembre del 2012, uno de los líderes indígenas en Salitre, Sergio Rojas, fue objeto de un violento ataque con disparos del que salió ileso, causando un repudio generalizado por parte de distintas organizaciones sociales (ver nota de SERPAJ). A la fecha, este atentado no ha dado lugar a imputación alguna por parte de las autoridades policiales y judiciales. En octubre del 2012, comunidades indígenas se opusieron a la colocación de una cerca por parte de no indígenas, y fueron víctimas de actos de violencia: según testimonios recogidos por la prensa (ver nota): las autoridades policiales y judiciales no investigaron los hechos y a la fecha, se desconoce sanción alguna contra sus autores. Una violenta golpiza propinada a tres integrantes indígenas (ver nota de prensa) en los primeros días del mes de enero del 2013 (época en la que el país y sus autoridades se reponen de las festividades de fin de año) parece haber conocido la misma suerte de sus autores en cuanto al accionar de las autoridades para sancionarlos por estos hechos.

El texto de la decisión de la Comisión Interamericana del pasado 30 de abril no deja duda alguna sobre la situación de indefensión de estas comunidades ante los recurrentes atropellos y actos de intimidación de todo tipo que han sufrido y el sentimiento de desprotección de muchos de sus integrantes.

Salitre ante el escrutinio internacional

La inoperancia del Estado con relación a las comunidades afectadas por la expansión piñera en Costa Rica fue recientemente objeto de una audiencia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el mes de marzo del 2015 (ver nuestra modesta nota al respecto). La situación en Salitre es ahora motivo de una solicitud de medidas cautelares de este mismo órgano interamericano de supervisión en materia de derechos humanos, el cual en poco tiempo, está conociendo de álgidos temas de la agenda nacional: en ambos casos, se trata de problemáticas que datan de varios años y que las diversas entidades públicas no han logrado resolver. Ambos casos se traducen en una vulneración de los derechos humanos de las comunidades afectadas. En el caso de Salitre, los actos de violencia contra estas comunidades por parte de personas privadas armadas para que abandonen sus territorios han ido en aumento. En el 2014, una de las acciones más violentas contra mujeres indígenas fue perpetrada el mismo día en que la Selección Nacional de Costa Rica jugaba en cuartos de final contra Países Bajos durante el pasado campeonato mundial de fútbol, el 5 de julio del 2014 (ver documental disponible aquí que recoge varios testimonios de la víctimas de estos actos). Días después de las festividades del 25 de diciembre del 2014, la prensa reportó, de igual manera, incendios de los ranchos de pobladores indígenas, consumados por las llamas (ver nota de prensa) durante el mismo día en que se celebra la Navidad.

Pese al diálogo establecido por las autoridades de Costa Rica desde entonces para intentar resolver la situación, las acciones contra los pobladores se han mantenido, y remitimos al lector a la larga serie de actos reportados a la misma Comisión, incluida en la sección “Resumen de los hechos” de su antes mencionada decisión del 30 de abril pasado. El órgano interamericano de protección de los derechos humanos solicitó a Costa Rica informarle dentro de un plazo no menor a 15 días a partir de la notificación de su decisión sobre las distintas medidas tomadas por las autoridades en resguardo de estas poblaciones indígenas.

Las medidas cautelares constituyen, como bien se sabe, un mecanismo mediante el cual la Comisión, en casos de urgencia y gravedad, busca evitar que se le cause un daño irreparable a personas o grupo de personas y no es la primera vez que Costa Rica recibe este tipo de petición por parte de la CIDH: la violencia perpetrada contra un opositor a la expansión piñera en la zona Sur dio lugar a un ejercicio similar en el 2009 (Nota 1). El Artículo 25, párrafo 1 del Reglamento de la Comisión Interamericana precisa que:” Artículo 25, 1. En caso de gravedad y urgencia y toda vez que resulte necesario de acuerdo a la información disponible, la Comisión podrá, a iniciativa propia o a petición de parte, solicitar al Estado de que se trate la adopción de medidas cautelares para evitar daños irreparables a las personas”. Estas medidas cautelares solicitadas a Costa Rica vienen a añadirse a una larga serie de medidas ordenadas en años recientes por la CIDH en favor de comunidades indígenas, tribales y campesinas en América Latina, ya sea para frenar proyectos que las afectan o para proteger a sus líderes de actos de intimidación y amenazas de los que son muy a menudo víctimas (ver listado oficial).

Las actuaciones del Poder Judicial en torno a la situación en Salitre

Informe Salitre Observatorio de Derechos Humanos y Autonomía Indígena9

En el plano estrictamente interno, la inoperancia del Poder Judicial para investigar y sancionar los hechos de violencia contra las poblaciones indígenas recuerda la impunidad que campea cuando de crímenes y exacciones contra ecologistas se trata en Costa Rica (Nota 2). Esta ineficiencia del aparato estatal es altamente preocupante: el clima de impunidad favorece la violencia y la sensación de desprotección aumenta en las poblaciones indígenas. No obstante, la pérdida de credibilidad en las instancias judiciales por parte de las comunidades indígenas de Salitre no pareciera desvelar a los operadores de justicias. Por su parte, la Sala Constitucional en octubre del 2014 suspendió una orden de desalojo ordenada por el Poder Ejecutivo en la zona de Salitre, como medida cautelar (ver nota de prensa). En noviembre del 2014, el antes mencionado líder indígena, Sergio Rojas, fue aprehendido por una dependencia del Poder Judicial, el Ministerio Público, por supuesto delito de fraude (ver nota de prensa). Las llamadas de Naciones Unidas a restablecer la calma en Salitre efectuadas en ese mismo mes no parecieron influir mayormente (ver nota de prensa). En abril del 2015, varias organizaciones sociales solicitaron levantar las medidas de privación de libertad ordenadas por el juez a cargo del caso de Sergio Rojas (ver nota de prensa), las cuales se mantuvieron intactas. El artículo 10 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) según el cual “1. Cuando se impongan sanciones penales previstas por la legislación general a miembros de dichos pueblos deberán tenerse en cuenta sus características económicas, sociales y culturales.2. Deberá darse la preferencia a tipos de sanción distintos del encarcelamiento” pareciera, al menos en este preciso caso, ser ignorado por el sistema penal costarricense.

Es de señalar que estas medidas cautelares solicitadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos han dado lugar a algunas manifestaciones por parte de otras entidades internacionales. Leemos en un artículo reciente sobre Salitre que: «El Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) señala que las autoridades costarricenses deben proceder con la expropiación, en todo el país, de quienes ocupen tierras indígenas de modo ilegal. Según el PNUD, un 40% de esas tierras está en manos de individuos que no son indígenas. “No se puede avanzar en materia de derechos humanos, si un derecho tan básico como la tenencia de las tierras no está garantizado. Esas tierras son exclusivas de los indígenas”, dijo Yoriko Yasukawa, coordinadora del PNUD en Costa Rica». Recordemos que durante su visita a Costa Rica el pasado 30 de julio del 2014, el Secretario General de las Naciones Unidas, Ban Ki-Moon, tuvo la oportunidad de escuchar a un nutrido grupo de líderes indígenas provenientes de los territorios indígenas de Costa Rica (ver nota de prensa).

Costa Rica ante el CERD de Naciones Unidas

Además del espacio brindado por las autoridades al Secretario General de Naciones Unidas para que se reuniera con líderes indígenas durante su visita a Costa Rica, sus autoridades han externado a entes internacionales sus esfuerzos en materia de recuperación de tierras en favor de las poblaciones indígenas en diversos informes oficiales. Por ejemplo, los esfuerzos estatales en aras de resolver las demandas legítimas de las poblaciones indígenas ocupan gran parte del último informe oficial presentado por Costa Rica ante el Comité para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (CERD) de las Naciones Unidas, en cumplimiento de las obligaciones internacionales suscritas por Costa Rica en la Convención que lleva el mismo nombre. El informe de Costa Rica (Documento CERD/C/CRI/19-22 con fecha del 16 de abril del 2014 disponible aquí) concluye con un énfasis en el tema de la recuperación de tierras (remitimos al lector a la lectura de los párrafos finales 289-300). A diferencia del mecanismo previsto ante el CERD (que se limita a hacer observaciones al informe presentado por el Estado y a cotejarlo con un eventual informe alternativo proviniendo de la sociedad civil que llegue a manos del CERD), el mecanismo previsto en el sistema interamericano de protección de los derechos humanos permite a las comunidades presentar una denuncia contra el mismo Estado ante la Comisión Interamericana por violación de los derechos consagrados en instrumentos internacionales. La ratificación del Protocolo Facultativo al Pacto sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales – o Pacto DESC – por parte de Costa Rica en septiembre del 2014 (ver nuestra breve nota al respecto publicada en el sitio Derechoaldia) permite de igual forma la presentación de denuncias contra el Estado ante el Comité DESC de las Naciones Unidas, en particular en materia de derechos culturales.

Continúa colecta de viveres en solidaridad Salitre

Las obligaciones internacionales de Costa Rica

La problemática en Salitre ilustra, de igual manera que en el caso del proyecto hidroeléctrico El Diquis (Nota 3), las serias deficiencias y lagunas del marco legal vigente en Costa Rica para resguardar y proteger adecuadamente los derechos de las poblaciones indígenas en sus territorios y garantizarles un adecuado proceso de consulta. Desde finales de los años noventa, un proyecto de ley para resolver gran parte de las problemáticas que enfrentan los pueblos indígenas en Costa Rica aguarda pacientemente en los estantes de alguna oficina de la Asamblea Legislativa (Nota 4).

En el caso del P.H Diquis, cabe recordar el hecho (un tanto singular) cuando el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) anunció su retiro de los territorios indígenas un día antes de concluir su visita el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, James Anaya (ver nota de prensa del 26/04/2011): el gesto fue mencionado por el Relator en su informe publicado un mes después (ver texto de su informe del 30/5/2011) pero exigiendo compromisos adicionales por parte del ICE (y a la fecha sin darse): “20. El retiro de las instalaciones y operaciones del ICE del territorio Térraba, anunciado por el ICE durante la visita del Relator Especial, es un paso positivo para superar la evidente desconfianza generada por esa presencia. El Relator Especial considera que sería aconsejable que el ICE añada a ese gesto un claro compromiso de no reintroducir sus operaciones en territorios indígenas sin una consulta previa adecuada, así como que sean reconocidas las deficiencias del ICE en su comportamiento con los pueblos indígenas hasta el momento”. Más allá de las gesticulaciones de índole variada por parte del aparato estatal durante la visita in situ de un experto de las Naciones Unidas, que se repitieron en el caso de Jairo Mora Sandoval en el 2013 (Nota 5), existe una serie de obligaciones internacionales en materia de consulta que derivan de varios instrumentos internacionales ratificados por Costa Rica. Diagnósticos, estudios, expertos y foros académicos recuerdan regularmente a las autoridades el preocupante rezago acumulado por Costa Rica en materia de consulta, y más generalmente, de protección de los derechos de las comunidades indígenas: es el caso de un foro realizado en octubre del 2012 sobre El Diquis (ver nota) y otro más reciente (ver nota) realizado en la UCR en junio del 2014.

A las obligaciones internacionales de carácter general plasmadas en distintos instrumentos internacionales que Costa Rica no ha implementado, hay que añadir el hecho que desde varios años el contenido de estas obligaciones y sus alcances se han ido precisando y ampliando con la jurisprudencia de la misma Corte Interamericana de Derechos Humanos. A este respecto, la Dra. Karine Rinaldi (ver artículo del 1/11/2012 publicado en La Nación) ha señalado la imperiosa necesidad de adecuar el accionar del Estado costarricense a los parámetros de la jurisprudencia interamericana en materia de consulta a los pueblos indígenas en el caso del P.H. Diquis. Una obligación internacional que a la fecha el Estado costarricense debe implementar, que ya ha dado lugar a varias visitas a Costa Rica e informes del Relator de las Naciones Unidas James Anaya entre el 2011 y el 2013, y que a la fecha no se ha concretado.

Tanto el caso de Salitre como el del P.H. Diquis y el de muchos otros casos de comunidades indígenas de Costa Rica cuyos derechos son vulnerados podrían en algún momento tocar la puerta de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Sus sentencias en materia de derechos de los pueblos indígenas, vinculantes para todos los Estados partes al sistema interamericano de protección de los derechos humanos (Nota 6), han sido inclusive saludadas internacionalmente: leemos en las conclusiones de una reciente publicación especializada en la materia (texto disponible aquí) que: “La flexibilidad y apertura por parte de la Corte para desarrollar una interlocución válida con los sistemas consuetudinarios ha permitido posicionar al Sistema Interamericano como uno de los sistemas pioneros y que mayores desarrollos ha alcanzado en este tipo de problemáticas; no en vano la Corte Penal Internacional y el Sistema Africano de Derechos Humanos han tornado su interés hacia las sentencias que produce este Tribunal, a manera de guía en cuanto buenas prácticas y desafíos que se esperan en casos de violaciones colectivas y con componentes étnicos de gran complejidad”.

En relación con los hechos acontecidos en el Territorio Indígena de Salitre

Conclusión:

En su informe del 2006 ante el mismo CERD, (Documento CERD/C/CRI/18 del 30 de agosto de 2006, disponible aquí), Costa Rica respondió a una de las preocupaciones externadas por el CERD refiriéndose al proyecto de ley sobre derechos de los pueblos indígenas, en los siguientes términos: “Reiteramos que este proyecto, resultado de una iniciativa que tuvo cuatro etapas, con amplias consultas tanto entre los pueblos indígenas como en la Sala Constitucional y con dictamen positivo en su momento de la Comisión Legislativa, recoge el establecimiento de un marco para el desarrollo autónomo de las ocho etnias indígenas costarricenses” (párrafo 34). En sus observaciones del 2007 al informe presentado (ver texto de dichas observaciones), el CERD recordaba la solicitud hecha desde el 2002 a Costa Rica y “exhorta /ba/ una vez más al Estado Parte a que elimine cuanto antes los obstáculos legislativos que impiden la aprobación del proyecto de Ley de desarrollo autónomo de los pueblos indígenas” (punto 9). Pese a la exhortación a Costa Rica del 2002 reiterada en el 2007 por parte de los miembros del CERD, el Proyecto de Ley de Desarrollo Autónomo de los Pueblos Indígenas (Expediente no. 14352) se mantiene como proyecto en los archivos de la Asamblea Legislativa, y muchas de las poblaciones indígenas costarricenses, en situación de indefensión.

 

Notas: —

Nota 1: En años anteriores, Costa Rica había también recibido de parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos una solicitud para proteger la vida y la integridad física de un reconocido líder comunal, Aquiles Rivera, en su lucha contra la expansión piñera en la zona Sur: se lee en este artículo titulado “Costa Rica: La expansión del monocultivo de piña en detrimento de los derechos humanos” que “El 11 de mayo de 2009 Aquiles sufrió un robo en su oficina en el cual le sustrajeron la computadora y el fax, únicas herramientas con las que contaba para trabajar. Unos días después de este hecho, en la noche, fue amenazado de muerte cerca de su casa en Buenos Aires de Puntarenas. Unos meses después también su hijo, menor de edad, fue amenazado de muerte. Lo que se está buscando por medio de la Comisión es la protección para Aquiles y su hijo, además de que se le ordene al Estado de Costa Rica que investigue los hechos y se pueda comprobar la relación que existe entre el trabajo de Aquiles, el robo de su oficina y las amenazas de muerte”.

Nota 2: La impunidad de los crímenes contra ecologistas en Costa Rica es una reivindicación del movimiento ecologista de Costa Rica desde muchos años. Fue incluso acuerpada y señalada por John Knox, Experto independiente de las Naciones Unidas sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el disfrute de un medio ambiente, durante su visita a Costa Rica en el transcurso del año 2013. En su Informe (ver texto) recomienda la sugerencia del sector ecologista de crear una Comisión de la Verdad ante la incapacidad del sistema de investigar y sancionar estos crímenes (punto 67). Remitimos al lector a una breve nota. BOEGLIN N., “Informe sobre Ambiente y Derechos Humanos en Costa Rica”, 14/05/2014 publicada en Tribuglobal y disponible aquí.

Nota 3: En una obra relativa a los 10 años de jurisprudencia constitucional en materia indígena (disponible aquí) publicada bajo los auspicios de la OIT, leemos que: “El 21 de junio del 2001 salió publicado en La Gaceta Alcance N°49 a la Gaceta N°119, una nueva publicación de este Proyecto de Ley, ahora referido con el número 14.352. En vista de que el expediente 12.032 fue archivado en Julio del 2000. Ambos textos son idénticos entre sí”. (p.35, Nota 1).

Nota 4: Con relación a la discusión en torno al Proyecto Hidroeléctrico El Diquis, remitimos al lector al pronunciamiento del Consejo Universitario de la UCR de septiembre del 2012 (disponible aquí) que recomendaba: “Solicitar al Poder Ejecutivo la derogatoria del Decreto Ejecutivo N. 34312-MP-MINAE, el cual Declara de Conveniencia Nacional e Interés Público los estudios y las obras del Proyecto Hidroeléctrico El Diquís y sus obras de transmisión, en adelante el Proyecto, las que serán construidas por el Instituto Costarricense de Electricidad, del 6 de febrero de 2008, publicado en La Gaceta, en el tanto este no tiene como sustento los estudios ambientales y los soportes técnicos necesarios para su legalidad” (punto 16, página 25). Desde la perspectiva de los derechos de las poblaciones indígenas afectadas por este megaproyecto, que también es mencionada en el pronunciamiento de la UCR, la Clínica de Derechos Humanos de la Universidad de Texas (Estados Unidos) elaboró un detallado informe titulado «Nadando a Contracorriente: El Pueblo Teribe y el Proyecto Hidroelectrico El Diquis en Costa Rica» (informe de julio del 2010, versión en inglés y en español) así como la Universidad de Dundee (Reino Unido) (ver informe de junio del 2011).

Nota 5: La visita a Costa Rica del experto independiente de las Naciones Unidas John Knox sobre ambiente y derechos humanos se realizó del 28 de julio al 1ero de agosto del 2013. El arresto de varios sospechosos de la muerte del ecologista Jairo Mora Sandoval se dio 24 horas antes de que concluyera su visita (ver nota del 31 de julio del 2013 de La Nación).

Nota 6: En un detallado artículo cuya lectura recomendamos, la jurista Karine Rinaldi indica que: “… esta interpretación evolutiva debe de ser entendida como parte del derecho interamericano, vinculante para los Estados de la OEA que ratificaron la Convención y reconocieron la competencia de la Corte. En este sentido, en palabras del Juez Ferrer Mac-Gregor Poisot, “[l]as interpretaciones que realiza la Corte IDH se proyectan hacia dos dimensiones: (i) en lograr su eficacia en el caso particular con efectos subjetivos, y (ii) en establecer la eficacia general con efectos de norma interpretada”/…/ Paralelamente, la interpretación formulada por la Corte Interamericana va a tener de hecho el mismo valor que la letra del Pacto, e incluso será superior a la redacción de éste, porque como intérprete final del mismo fija la superficie y el alcance de sus cláusulas escritas”. Véase RINALDI K., “Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Principio de no regresión ambiental y los derechos de los pueblos indígenas y tribales. Enseñanzas de la jurisprudencia Interamericana“, in PEÑA CHACÓN M. (Ed), El principio de no regresión en el derecho comparado latinoamericano, PNUD/Maestría en Derecho Ambiental, UCR, 2013, pp. 356-384, p.363. Obra completa cuyo texto está disponible aquí.

 

(*) Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR)

 

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SEC hace un llamado a luchar contra cualquier tipo de discriminación que afecte la libertad sexual de las personas

SEC hace un llamado a luchar contra cualquier tipo de discriminación que afecte la libertad sexual de las personas2

El próximo 17 de mayo es el Día Nacional contra la Homo-Lesbo-Transfobia, y en el marco de dicha celebración fue presentado el primer informe de la situación de adultez mayor LGBT en el país realizado por el Centro de investigación y Promoción para América Central de Derechos Humanos, CIPAC.

Al respecto, Edgardo Morales, Secretario General del SEC, hizo un llamado a luchar contra cualquier tipo de discriminación que atente contra la libertad sexual de las personas, (ingrese en el siguiente enlace: https://www.youtube.com/watch?v=gLtVXbU5mlA)

Algunos de los resultados de la investigación son:

– De los 16 centros consultados para personas adultas mayores que brindan el servicio de residencia, solo 7 de ellos permiten la convivencia entre personas del mismo sexo.

– Un 35% de las personas consideran que es mejor no aceptar personas LGBT en el hogar.

– 57% del personal de los centros considera que la homosexualidad en adultos mayores es un mito.

– 91% del personal de los centros de atención para adultos mayores señalan desconocimiento en relación a las PAM LGBT.

– La mayoría de PAM LGBT no cuentan con apoyo familiar y en casos particulares donde hay apoyo es únicamente de carácter financiero, moral y emocional.

 

Enviado a SURCOS Digital por SEC CR.

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En el día de la tierra: ecologistas denuncian impunidad y violación de derechos humanos para ambientalistas en Costa Rica

Persiste la impunidad sobre la violación a los derechos humanos de luchadores por el ambiente en Costa Rica

COECOCEIBA

La inacción ante los casos donde se han violentado los derechos humanos de defensores del ambiente en Costa Rica es el principal motivo de impunidad que se acumula sobre distintos asesinatos y amenazas a ambientalistas. El caso más reciente y emblemático -que llega a ser ofensivo- es la actuación del Ministerio Público en el caso de Jairo Mora donde fueron desechadas las pruebas estrella y nadie salió condenado. En otros casos, las investigaciones han sido lentas o incluso no han ido más allá.

El 19 de marzo, el periódico inglés, The Guardian publicó un artículo titulado “Asesinatos a conservacionistas amenazan la reputación ecoamigable de Costa Rica” (Conservationist murders threaten Costa Rica’s eco-friendly reputation en inglés)*. En este trabajo periodístico, se da un panorama de la impunidad existente en el país en relación con los asesinatos a personas defensoras del ambiente. Una situación dolorosa que más que manchar la reputación ecoamigable o verde del país, muestra la inacción de los gobiernos y otras instancias en varios frentes para frenar la violación a Derechos Humanos básicos.

La falta de un compromiso político desde las autoridades del Poder Judicial para proteger a quienes defienden el ambiente -y otros Derechos Humanos- es un segundo campo de inacción. Existen diversos informes de dependencias de Naciones Unidas que han sostenido que es necesario un tipo de protección especial a las personas defensoras del ambiente -y de los Derechos Humanos- debido a la exposición de su labor y al confrontamiento que tienen con grandes intereses económicos.

Esta desprotección además, corresponde a una visión clara que fue expuesta con maestría por la expresidenta, Laura Chinchilla, al etiquetar al ecologismo, como un movimiento opuesto al desarrollo que había que combatir.

A juicio nuestro, existe una actitud desde los diversos gobiernos que favorece este tipo de crímenes. Cuando para permitir la construcción del muelle de Moín, se destruye un refugio de vida silvestre -el hogar de Jairo Mora como fue definido por el presidente de la Federación Costarricense para la Conservación del Ambiente (FECON), Mauricio Álvarez, en un artículo reciente- y además se tuerce la ley -y seguramente algunos brazos- y todo esto se corona con un acto de propaganda con la presencia del Presidente Solís, se envía un mensaje claro de donde se sitúa el poder político: al lado de los grandes intereses que en una gran cantidad de oportunidades, destruye el ambiente.

Toda esta cultura de inacción, todos esos símbolos que muestran donde está el poder, quiere ser transformada desde el movimiento ecologista. Para ello, hemos propuesto una Comisión de la Verdad y así, la impunidad deje de existir. Hemos realizado también denuncias con base en argumentos técnicos, jurídicos y éticos hacia muchas de las obras que están favoreciendo intereses de pequeños grupos. Hemos impulsado y puesto en práctica experiencias de desarrollo (agroecología, manejo comunitario de bosques, comercio solidario, ciclovías, entre otras) que están lejos del modelo de desarrollo basado en el libre comercio -como la ampliación de la carretera a Limón y el muelle en Moín- que los gobiernos, incluido el del “cambio” que preside Luis Guillermo Solís, defienden a capa y espada.

Para más información: prensa@coecoceiba.org / Coecoceiba 2223 3925 / Mariana Porras 8302 2360

 

*El artículo de The Guardian puede ser consultado en esta dirección:

http://www.theguardian.com/environment/2015/mar/19/conservationist-murders-costa-rica-threaten-eco-friendly-reputation?CMP=EMCENVEML1631

 

Enviado a SURCOS Digital por FECON.

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