Ir al contenido principal

Etiqueta: derechos humanos

Economía y derechos humanos ¿un diálogo imposible?

Luis Paulino Vargas Solís

Economía y derechos humanos-un diálogo imposible

Si juzgáramos el status científico de la economía con arreglo al grado de sofisticación matemática de su teorización, habría que reconocer que, con todos los honores, es una ciencia casi tan rigurosa como la física, y mucho más elaborada que cualquier otra ciencia social. Pero, en realidad, esa sería una conclusión demasiado apresurada. Lo cierto es que esa elegante fachada esconde algunas ruinas bastante miserables.

Hablo –necesario es aclararlo- de la corriente dominante de la economía, aquella que ha inspirado y guiado el núcleo principal de las políticas económicas en Costa Rica y en casi todo el mundo durante ya más de treinta años. Los fundamentos teóricos de esta economía han recibido críticas demoledoras que nunca han sido satisfactoriamente contestadas, cuando, por otra parte, es claro que su capacidad para la generación de respuestas sensatas y eficaces es realmente pobre. Intentaré ilustrarlo.

Primero, la crítica a la teoría del capital formulada por el Cambridge crítico y progresista de Inglaterra -con Joan Robinson y Piero Sraffa a la cabeza- en su larga polémica (entre 1953 y 1976) con el Cambridge neoclásico y conservador de Massachusetts, Estados Unidos, con Paul Samuelson como principal exponente. Un segundo caso: las críticas –provenientes de teóricos como Frank Ackerman y Alejandro Nadal entre otros- a la coherencia interna y la pertinencia económica de la teoría de la competencia perfecta, lo cual es asunto discutido por décadas e incluso en años recientes. En ambos casos quedaron al desnudo debilidades que socaban gravemente la solidez de ambas construcciones teóricas, con consecuencias fatales para el edificio teórico completo de la economía hegemónica.

Por otra parte, ya en los años treinta del siglo XX, John Maynard Keynes había formulado una crítica devastadora a la ortodoxia económica de la época. Al introducir la noción de incertidumbre, replantear radicalmente el papel del dinero y cuestionar en profundidad algunos otros supuestos, pulverizó el dogma de la “Ley de Say” que sostenía esas teorías.

Es curioso, sin embargo, como en cada uno de estos casos la ortodoxia económica ha maniobrado –con habilidad y cinismo- para seguir vigente como si nada hubiese ocurrido. En el caso de Keynes, rápidamente apareció una “síntesis neoclásica” (planteada inicialmente por el economista inglés John Hicks y retomada por algunos otros, entre ellos el mencionado Samuelson) la cual buscaba neutralizar los abrumadores cuestionamientos formulados por Keynes. Luego surgirían otros sofisticadísimos desarrollos teóricos (principalmente las teorías de las expectativas racionales y de los mercados eficientes) que pretendían poner nuevamente en pie, los falsos ídolos que Keynes derrumbó. En lo que atañe al debate Cambridge vs. Cambridge la cuestión fue mucho menos sutil: completamente derrotados en el campo teórico, literalmente terminaron por hacerse los desentendidos. Algo similar parece acontecer con las críticas a la teoría de la competencia perfecta: no obstante haber sido fulminada, sigue viva en los libros de texto y las aulas de muchas universidades y en el sentido común dominante de los economistas profesionales.

Economía y derechos humanos-un diálogo imposible2

Así pues, la economía hegemónica es como una casa vieja habitada por fantasmas. Una idea-zombi; un muerto viviente que comparte el lecho con acaudalados empresarios; presidentes, senadores, diputados e influyentes periodistas. Justo eso es lo más grave: el zombi sigue teniendo tremendo poder y, por lo tanto, enorme capacidad destructiva. Tal connivencia con gente de tan rimbombante estatus explica, en parte importante, la vigencia que conserva este espectro errabundo: porque es una ideología conveniente para intereses de mucho peso. De ahí que estos se prodiguen procurando insuflarle vida no obstante encontrarse bien muerta.

En concordancia con sus falencias teóricas, esta teoría económica con seguridad provoca insensibilidad frente a los problemas sociales y humanos más acuciantes de nuestro tiempo. Es algo inherente a su visión epistemológica, es decir, le viene en la sangre, como parte de su herencia genética.

Ilustraré esto último en referencia a dos detalles clave: el concepto de “agente económico” que la teoría propone y su concepción del tiempo.

El “agente económico” se supone sea cualquier participante individual en la economía. La teoría usualmente habla de dos tipos de “agentes”: el consumidor y la empresa (jamás trabajadores y capitalistas, conceptos de los cuales esa teoría abomina). A tales agentes se les atribuyen principalmente dos características: (a) son racionales en el sentido de que buscan maximizar ciertos resultados (el consumidor maximiza la satisfacción derivada del consumo; la empresa maximiza ganancias); (b) poseen perfecta información o, cuanto menos, toda la información necesaria y relevante para tomar sus decisiones económicas. Obviamente estoy simplificando, pero en lo antes dicho residen las bases fundamentales de la teoría, desde las cuales se logra luego “demostrar” que los mercados se auto-regulan de forma automática y establecen equilibrios virtuosos.

Fácil se entiende que estos “agentes económicos” nada en absoluto tienen que ver con las personas de carne y hueso, las cuales no son racionales de la forma como esta teoría postula (a menudo más bien tienen comportamientos irracionales) y, en especial, no poseen la información ni tienen la capacidad para anticipar el futuro que esta teoría les atribuye.

Economía y derechos humanos-un diálogo imposible3

Ahí entra entonces la concepción del tiempo: esta economía –y en particular las absolutamente básicas teorías de la competencia perfecta y de las expectativas racionales- imaginan mercados que, guiados por ese comportamiento racional de los agentes individuales, son capaces no solo de lograr equilibrios virtuosos, sino de hacerlo en forma instantánea. Ello en una de sus posibles vertientes. Otra posibilidad es que, aún si no se diera un ajuste instantáneo, en todo caso los “agentes” poseen capacidad para anticipar el futuro con exactitud y precisión, lo que garantiza que el equilibrio virtuoso se restablezca de forma suave y armoniosa, cada vez que sufrió alguna perturbación. Es un tiempo lógico –no el tiempo real- donde pasado, presente y futuro se comprimen en un instante sin que el mundo jamás cambie.

Así son las cosas puestas en términos simplificados. Un universo imaginario que nada en absoluto tiene que ver ni con las personas realmente existentes, ni con ninguna realidad social e histórica conocida, en el que incluso se invalidan las leyes de la física al hacer posible lo imposible.

Quienes así razonan –y acontece que ese es el caso de la gran mayoría de economistas- no miran seres humanos ni sociedades reales, sino tan solo una alucinación teórica. Inevitablemente ello lastra su capacidad para la solidaridad y la empatía, lo cual se manifiesta en una manifiesta indiferencia frente a las situaciones de dolor humano, de pobreza, desigualdad y marginalización.

En conclusión: difícilmente esta economía logra dialogar con los derechos humanos o las nociones de justicia, equidad y democracia.

 

Tomado del Blog “Soñar con los pies en la tierra” de Luis Paulino Vargas

http://sonarconlospiesenlatierra.blogspot.com/2014/11/economia-y-derechos-humanos-un-dialogo.html

Suscríbase a SURCOS Digital:

https://surcosdigital.com/suscribirse/

Justicia pronta y cumplida falla

Denuncia en torno a caso de ruso que pide asilo

Los organismos de derechos humanos Servicio Paz y Justicia (SERPAJ-Costa Rica); Centro de Amigos para la Paz (CAP); Asociación Costarricense de Derechos Humanos (ACODEHU); Liga Internacional de Mujeres para la Paz y la Libertad (LIMPAL-Costa Rica); Fundación para la Defensa de Derechos Humanos en Centroamérica (FUNDEHUCA); Fundación Costarricense por los Derechos Humanos y Constitucionales (FUCODEHU), piden atención al caso de Evgeny Otto, ciudadano ruso que solicitó en el año 2009 refugio en nuestro país

Evgeny Otto, se encuentra en la Cárcel de San Sebastián por orden del Tribunal Penal de Pavas, con 3 años de privación de libertad y actualmente, se encuentra en 30 días de huelga de hambre para exigir JUSTICIA PRONTA Y CUMPLIDA.

El 21 de noviembre Otto tiene fecha para un juicio contencioso administrativo, en el que se resolverá su solicitud de refugio.

 

Información enviada a SURCOS Digital por organizaciones defensoras de Derechos Humanos (conferenciadeprensacr@gmail.com) 

Información con Ana Cecilia Jiménez, presidenta de ACODEHU

Suscríbase a SURCOS Digital:

https://surcosdigital.com/suscribirse/

Abordaje periodístico del trabajo sexual y trabajadoras sexuales

 

Abordaje periodístico del trabajo sexual y trabajadoras sexuales2

La Asociación La Sala es una agrupación de mujeres trabajadoras y ex trabajadoras sexuales que lucha por el reconocimiento de los derechos humanos.

En distintas ocasiones, la Asociación ha realizado actividades en el espacio público. Por ejemplo, el 02 de junio del año 2013 realizó una concentración en el Parque Central, celebrando así el Día Internacional de la Trabajadora Sexual.

En el presente año, se logró una reunión en el Ministerio de Trabajo para coordinar algunas posibles soluciones ante los problemas que vive dicha población.

 

Estas acciones han sido reportadas en distintos medios de comunicación, y la Asociación considera que es necesario que los periodistas cuenten con un contexto o guía que les oriente a realizar un mejor reportaje. De esta manera, se asegura un trato respetuoso y digno hacia las mujeres trabajadoras sexuales.

 

Por tal razón, la Asociación La Sala sugiere a los periodistas consultar la “Guía para el abordaje periodístico del trabajo sexual y las trabajadoras sexuales”, elaborada por la Red de Mujeres Trabajadoras Sexuales de Latinoamérica y el Caribe, y en la cual se abordan los siguientes temas:

1-Tratamiento sobre la mujer y la violencia

2-¿Cómo llamarnos?

3-¿Cómo tratarnos?

4-¿Qué pre conceptos reproducen sobre nosotras?

5-Recomendaciones y sugerencias

 

Para acceder a la Guía, siga el siguiente vínculo:

Abordaje periodístico del trabajo sexual y trabajadoras sexuales

 

*Ilustraciones tomadas de material didáctico de RedTraSex.

 

Información enviada a SURCOS Digital por Mariana Rojas Mora, socióloga, asesora de la Asociación La Sala.

Suscríbase a SURCOS Digital:

https://surcosdigital.com/suscribirse/

Paro en máxima seguridad del CAI Reforma

Comunicado de prensa

UNT 2

Emergencia en máxima seguridad del centro penitenciario la reforma. En serio peligro vida de los policías penitenciarios. Altas autoridades de la policía penitenciaria guardan silencio.

Unión Nacional Trabajadoras y Trabajadores (UNT) demanda atención urgente de parte de la ministra de Justicia y Paz y Defensoría de los Habitantes.

Como medida para proteger sus vidas, policías penitenciarios no recibirán puestos a partir de hoy a las 6:00 a.m.

La UNT responsabiliza de los hechos a la jefatura de seguridad de la reforma y al director de la Policía Penitenciaria, señor Pablo Bertozzi Calvo.

Dadas las últimas resoluciones de la Sala Constitucional, que dejan en estado de indefensión a las y los policías penitenciarios, los privados de libertad se han empoderado de tal forma, que en el pabellón de Máxima Seguridad, entre otros, blanden sus fierros, chuzos y puñales hechizos, en franca amenaza contra los policías penitenciarios.

Este empoderamiento de las y los privados de libertad, ante el estado de indefensión de la policía penitenciaria, ha pasado de las amenazas a los hechos. Los días lunes 27 y martes 28 de octubre, en el recuento, privados de libertad atacaron con sus punzones hechizos a los policías que participaban en recuento.

Estos eventos tuvieron como resultado policías atendidos por el INS y un privado de libertad, lamentablemente golpeado, pues las y los policías no pueden usar gas irritante y para defender su vida deben usar la vara policial, desde luego más peligrosa que el gas irritante, pero es el única defensa que la Sala Constitucional no les ha prohibido usar, aunque sea más peligrosa para las y los privados de libertad que el gas irritante.

Autoridades de la reforma y dirección de policía penitenciaria, estaban informados pero no actuaron

Las y los Policías Penitenciarios que laboran en Máxima Seguridad, desde hace dos semanas le habían solicitado al Jefe de Seguridad de la Reforma, señor Jorge Pérez Masís, una reunión para plantear el problema y buscar una solución; dicha Jefatura no dio respuesta. Ante tal acto, la UNT, en oficio UNT-0291-2014 enviado al señor Pablo Bertozzi el pasado martes 21 de octubre, ha solicitado audiencia para exponer la situación de Máxima Seguridad, sin que hasta la fecha tengamos noticias sobre la iniciativa.

Por tanto, a los Policía Penitenciarios de Máxima Seguridad, ante la indolencia e incapacidad de estas autoridades para atender el problema, no les queda más que tomar medias de protesta para asegurar su derecho a la vida y la atención de las más altas autoridades del Ministerio de Justicia y Paz y del Gobierno de la República.

San José, 30 de octubre de 2014.

Susan Quirós Díaz, secretaria general.

UNT logo

Información enviada a SURCOS Digital por Susan Quirós Díaz.

Suscripción: 

https://surcosdigital.com/suscribirse/

Bolivia, El Salvador y Paraguay electos en el Consejo de Derechos Humanos

Llamada a consulta de embajadores en Israel en señal de repudio
Nicolás Boeglin

Nicolás Boeglin (*)

El pasado 21 de octubre, se procedió a renovar el mandato de quince  Estados miembros del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. El Consejo de Derechos Humanos es un órgano creado en el 2006 dependiente de la Asamblea General de Naciones Unidas, compuesto por 47 Estados miembros. Anterior a él, existía la Comisión de Derechos Humanos constituida por 53 Estados Miembros, la cual permaneció desde su creación por el Consejo Económico y Social en 1947  hasta su disolución (en marzo del 2006) como el principal órgano de discusión y debate en materia de derechos humanos en el seno de las Naciones Unidas. En ambos casos, (tanto la Comisión como el Consejo), se está en presencia de un órgano intergubernamental  – y por ende político – en el que participan de manera exclusiva los Estados con sus representantes en la toma de decisión. Algunos espacios permiten que entidades de la sociedad civil presenten su posición, de manera muy limitada y sin incidir mayormente en la toma de decisión de este órgano. Las técnicas usadas para la toma de decisión en este órgano político de deliberación son la del consenso o la del voto, en caso de desacuerdo persistente entre sus integrantes.

Las críticas hechas con anterioridad a la Comisión se mantienen con respecto al Consejo. Dos especialistas no titubearon en concluir un artículo (ver texto completo) sobre el nuevo Consejo de Derechos Humanos con la siguiente frase:  “Como en el caso de su predecesor, la Comisión de Derechos Humanos, y de otros órganos de las Naciones Unidas, la eficacia de su actuación ha de basarse en su capacidad para influir en los Estados y persuadirlos para que respeten los derechos humanos internacionalmente protegidos, y, a lo sumo, en la presión política y moral derivada de la “movilización de la vergüenza” que sea capaz de suscitar” (p. 27). El Consejo de hoy (como la Comisión de antaño) es un espacio de carácter eminentemente político. Al respecto, se concluye en una tésis doctoral publicada en Francia sobre la reforma de la Comisión que “… le Conseil d´aujourd´hui, tout comme la Commission hier, n´est ni plus ni moins qu´un organe de nature politique, à l´instar de la vie internationale. La nature politique de cet organe est due non seulement à sa composition, mais également aux fonctions qu´il exerce” (Nota 1).

La discusión (de naturaleza política) sobre los derechos humanos puede no obstante ir mucho más allá de simples condenas o valoraciones sobre situaciones, y llevar a los Estados a establecer diversos mecanismos para protegerlos:

–       puede tratarse de mecanismos convencionales, es decir establecidos mediante la adopción de tratados internacionales, como los dos Pactos Internacionales adoptados en 1966. Estos y muchos de los actuales tratados universales en derechos humanos fueron elaborados en la extinta Comisión de Derechos Humanos: entre los últimos, podemos citar el texto que fue aprobado en diciembre del 2002, el Protocolo Facultativo a la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes (Nota 2); o el Protocolo al Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales del 2008, objeto de una reciente nota;

–       puede tratarse de mecanismos no convencionales, que actualmente ascienden a 38 mandatos temáticos (ver listado oficial ), conjuntamente con 14 mandatos por país (ver listado oficial).  Hace unos pocos meses, tuvimos la oportunidad (ver modesta nota) de analizar brevemente el texto adoptado por el Consejo de Derechos Humanos con relación a la situación imperante en Gaza, y la decisión de crear una comisión que investigara lo ahí sucedido desde la perspectiva del derecho internacional humanitario y de los derechos humanos (Nota 3).

Como puede apreciarse, el Consejo de Derechos Humanos constituye “el” espacio por excelencia dentro del organigrama de las Naciones Unidas para debatir sobre la situación de los derechos humanos.

 

El mecanismo de elección:

La Asamblea General de las Naciones Unidas, a través de una votación directa y secreta de sus 193 integrantes, es el órgano llamado a designar a los Estados miembros del Consejo de Derechos Humanos, a partir de una distribución geográfica que sigue las siguientes reglas: África, con trece puestos; Asia y el Pacífico, con trece puestos; América Latina y el Caribe con ocho puestos; Estados de Europa occidental y otros Estados con siete puestos; y Estados de Europa oriental con seis puestos. La denominación «otros Estados» que completa la expresión “Europa occidental” refiere a un grupo un tanto singular dentro de las Naciones Unidas que reúne a Estados y no a una región geográfica: el JUSCANZ (por la siglas en inglés de sus fundadores Japón, Estados Unidos, Canadá, Australia y Nueva Zelanda, a los que hay que añadir Islandia, Liechtenstein, Noruega, Suiza, y, desde enero del 2014 a Israel, que participó en febrero a la primera reunión del JUSCANZ como integrante).

De los 47 integrantes del Consejo de Derecho Humanos, por parte de América Latina forman parte los siguientes ocho Estados hasta el 31 de diciembre del 2014: Argentina, Brasil, Chile, Costa Rica, Cuba, México, Perú y Venezuela. Leemos en una nota especializada que para las tres vacantes que dejarán Chile, Costa Rica y Perú, al vencerse su mandato el 31 de diciembre del 2014, fueron cuatro los Estados de América Latina que se postularon, a saber: Bolivia, Costa Rica, El Salvador y Paraguay.

 

La renovación de los miembros por la región de América Latina y el Caribe:

En las elecciones realizadas el pasado 21 de octubre del 2014, se  procedió a renovar el mandato por tres años de quince de los miembros del Consejo de Derechos Humanos, incluyendo el de tres de los miembros por parte de América Latina y el Caribe. Quedaron electos Bolivia (con 144 votos), El Salvador (151) así como Paraguay (139) mientras que Costa Rica no logró su reelección, obteniendo 120 votos. En declaraciones dadas a conocer a la prensa, el jefe de la diplomacia de El Salvador indicó (ver nota de prensa) que: “Hoy es un día histórico para nuestro país. Por primera vez la República de El Salvador ha sido electa como miembro del Consejo de Derechos Humanos (…) tras obtener 151 votos en la elección que se realizó en Nueva York. Esta es un votación histórica también porque El Salvador fue el país que sacó la mayor votación en esta elección por arriba de los demás candidatos que estaban propuestos”.  De la misma manera la cancillería de Bolivia consideró el 21 de octubre como una “fecha histórica”, precisando que esta elección “significa un reconocimiento internacional del compromiso del país con los derechos humanos a partir de la constitucionalización de los mismos y el trabajo activo para incluirlos en todos los ámbitos internacionales y regionales” (ver nota de prensa).  Por su parte, el canciller de Costa Rica explicó el revés diplomático sufrido debido a una entrada tardía en la contienda de Costa Rica (ver nota de prensa), precisando que: “A principios de año solo teníamos 20 votos, hoy sacamos 120, pero no fue suficiente”. Adicionalmente, el ex embajador de Costa Rica en la sede de Naciones Unidas de Nueva York hasta el mes de junio del 2014 indicó lo siguiente: “Mientras yo estuve haciendo campaña el año pasado, algunos países me preguntaron eso, los motivos del por qué buscábamos la reelección inmediata y nos decían que por lo general no tenían políticas de apoyar reelecciones inmediatas. El tercer factor obedece a que una parte de la campaña tocó en un momento de transición, de eso nadie tiene la culpa” (ver nota de CRHoy). Con respecto a las fechas en que se anunciaron las candidaturas, es de notar que la postulación de El Salvador fue anunciada oficialmente en septiembre del 2013  (ver nota de prensa), mientras que la de Paraguay se realizó en el mes de diciembre del 2013. Por su parte la de Bolivia se hizo oficial en julio del 2014 (ver nota de postulación). En el discurso en el que postulaba a su país (ver texto completo), el canciller paraguayo indicó que: “Por ello, convencidos que como país soberano, democrático y respetuoso de los derechos fundamentales del hombre, podemos contribuir con las demás naciones en forma constructiva e incluyente, aspiramos a lograr, por primera vez en nuestra historia, una membresía en el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, durante el período 2015-2017”. Remitimos al lector para mayores detalles a la nota formal de postulación de Paraguay con fecha de diciembre del 2013, así como a la nota de postulación de El Salvador con fecha de septiembre del 2013, y la de misma nota oficial de Costa Rica  con fecha de marzo del 2014: en estos documentos oficiales que emanan de sus cancillerías, los Estados intentan convencer a los demás de las razones por las cuales su candidatura merece ser apoyada, externando criterios y compromisos en materia de derechos humanos que no siempre son conocidos.
Las reelecciones anteriores de Estados en el seno del Consejo de Derechos Humanos:

El Consejo de Derechos Humanos se creó en marzo del 2006 y quedó integrado de la siguiente manera por parte de los Estados de América Latina (el año indica el término del mandato por el que fue escogido): Argentina (2007), Brasil (2008), Cuba (2009), Ecuador (2007), Guatemala (2008), México (2009), Perú (2008), Uruguay (2009). Como se puede apreciar, Cuba, México y Uruguay fueron los Estados que fueron beneficiados con un mandato inicial de 3 años, Brasil y Guatemala con uno de 2 años, y Argentina y Ecuador con uno de un año tan solo.

Al llegar al término de su mandato, un Estado puede presentar su candidatura para un segundo mandato (reelección automática). En lo que concierne las reelecciones de Estados del hemisferio americano, podemos reseñarlas cronológicamente de manera a dar una breve idea de la práctica seguida. En noviembre del 2013, Cuba fue reelecta con 148 votos para un nuevo mandato (ver nota). En noviembre del 2012, Estados Unidos fue reelegido por un segundo mandato de tres años con 131 votos a favor (ver nota de Naciones Unidas). En mayo del 2011, Chile fue reelegido de igual manera por un segundo mandato con159 votos (ver nota). En mayo del 2009, Cuba fue reelecta para el mandato 2009-2012 con 163 votos a favor (ver nota de postulación de Cuba) así como México (reelección) (ver nota de postulación) con 175 votos (ver nota). En ese mismo mes de mayo del 2009, Uruguay también fue reelecto con173 votos (ver comunicado oficial de Uruguay y nota de postulación) En el año 2008, Brasil fue reelecto por tres años más con 175 votos a favor (ver comunicado oficial del 27/05/2008), y en el 2012 por un tercer mandato consecutivo con 184 votos (ver nota de prensa). Como se puede apreciar, la reelección en el seno Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas es parte de la práctica de los Estados de América Latina, con Brasil y Cuba como miembros reelectos de manera ininterrumpida desde su creación en el 2006.

 

La postulación para reelección de Costa Rica en el 2013:

Durante su última visita como jefe de Estado a la sede de las Naciones Unidas en septiembre del 2013, la Presidenta Laura Chinchilla anunció que Costa Rica se postularía para un segundo mandato (reelección) (ver nota de prensa La Nación, 26/09/2013). Un año más tarde, con ocasión de su visita a la misma sede en septiembre del 2014, el actual Presidente de Costa Rica indicó a medios de prensa no contar aún con el número requerido de votos que garantizaran a Costa Rica una reelección en el seno del Consejo de Derechos Humanos (ver nota de Prensa Libre, 25/09/2014).

Recordemos que Costa Rica había resultado electa por tres años en el seno del Consejo de Derechos Humanos en el mes de mayo del 2011, conjuntamente con Chile y con Perú, dejando por fuera a Nicaragua. En una nota de prensa de Naciones Unidas se lee que en las elecciones de mayo del 2011 en las que Costa Rica quedó electa: «Han obtenido los votos y han sido elegidos: Chile, 159 votos, Costa Rica, 138, Perú, 136. Nicaragua ha obtenido 98 votos”, dijo el presidente de la Asamblea General, Joseph Deiss al anunciar a los nuevos miembros«. Posteriormente, en noviembre del 2012, fueron Brasil, Argentina y Venezuela los designados por la Asamblea General de las Naciones Unidas para integrar el Consejo de Derechos Humanos: leemos en una nota de prensa de Naciones Unidas que: «Venezuela obtuvo 154 votos, Argentina 176 y Brasil 184«. Finalmente (noviembre del 2013), fueron Cuba y México: «Las candidaturas de Cuba y México por la región de América Latina obtuvieron 148 y 135 votos, respectivamente, en la Asamblea General de Naciones Unidas» se lee en una nota de prensa similar a las antes citadas.

Con la reciente votación realizada el pasado 21 de octubre, el Consejo de Derechos Humanos sesionará a partir del 2015 con los siguientes miembros por parte de América Latina: Argentina, Bolivia, Brasil, Cuba, El Salvador, México, Paraguay y Venezuela
Los votos obtenidos por los demás miembros electos:

El otro grupo regional en el que varios Estados se disputaron candidaturas para ser miembro del Consejo de Derechos Humanos fue el grupo de Asia y Pacífico, en el que quedaron electos el pasado 21 de octubre los siguientes Estados:  Bangladesh (139 votos) y Qatar (142 votos). Por su parte, fueron reelectos Indonesia e India (con 152 y162 votos respectivamente). Estos dos últimos Estados lograron reunir más votos que Tailandia, con 136 votos (ver nota de prensa). En el caso del continente africano, lograron ser electos Nigeria (con 187 votos) así como Ghana (187), Congo (185) y Botsuana (183)  (ver nota de prensa). En el caso de Europa occidental, quedaron electos Portugal (con 184 votos) y Países Bajos (172), así como por parte de Europa oriental, Albania y Latvia (176 y 175 votos respectivamente). A partir del 2015, estos nuevos miembros pasarán a integrar formalmente el Consejo de Derechos Humanos.

 

Conclusión:

La no reelección de Costa Rica posiblemente dé lugar en Costa Rica a comentarios críticos por parte de los detractores de la administración del Presidente Luis Guillermo Solis, que inició sus funciones en mayo del 2014. Sus simpatizantes posiblemente hagan hincapié en los pocos votos asegurados por Costa Rica al iniciar la actual administración en mayo del 2014. En un caso como otro, los criterios de oportunidad para postular a Costa Rica a una reelección deberían ser cuidadosamente analizados, así como ponderar el anuncio hecho en septiembre del 2013 por la Presidenta Chinchilla en Nueva York frente a los 20 apoyos recaudados al iniciar el año 2014 (según el actual jefe de la diplomacia costarricense). El anuncio de una reelección siempre debiera hacerse público una vez valoradas las posibilidades de ganar la contienda. Asimismo, el hecho que Centroamérica se dividiera entre dos contendores, o que la Comunidad de Estado de América Latina y el Caribe (CELAC) no lograra consensuar la terna para reemplazar a Chile Perú y Costa Rica son también algunos elementos a considerar, entre otros. No obstante, esta no reelección debiera también ser entendida como una clara señal invitando a Costa Rica a buscar la forma de recuperar paulatinamente el liderazgo que durante muchos años ostentó en materia de derechos humanos en el ámbito multilateral.

————

Nota 1: Véase CALLEJON Cl., La réforme de la Commission des Droits de l´Homme des Nations Unies. De la Commission au Conseil, Paris, Pédone, 2008, p. 357.

 

Nota 2: Las arduas negociaciones para la adopción de este Protocolo Facultativo fueron lideradas por Costa Rica por más de 10 años en el seno de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. La férrea resistencia de unos le significó al aparato diplomático de Costa Rica desplegar un esfuerzo inusual para lograr su adopción: remitimos al lector a una modesta nota que reseña esta gran gesta diplomática de Costa Rica, detallada en el manual publicado por la APT y el IIDH (pp. 63-73). Los cambios en el patrón de votos de los Estados de Naciones Unidas (pp. 259-269) es particularmente aleccionador.

 

Nota 3: Véase nuestro breve artículo sobre esta resolución publicado en Tribuglobal, BOEGLIN N., “ONU: HRC aprueba resolución para investigar ataques de Israel en Gaza”, 28/07/2014, disponible aquí.

(*) Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).

 

Información enviada a SURCOS Digital por el autor.

Suscríbase a SURCOS Digital:

https://surcosdigital.com/suscribirse/

 

Seguro social para parejas homosexuales ¿A brinquitos se conquista el Everest?

Luis Paulino Vargas Solís

 Seguro social para parejas homosexuales-A brinquitos se conquista el Everest

Al revisar el historial del movimiento de las diversidades sexuales en Costa Rica a lo largo de los últimos años, parece dibujarse un patrón que ha adquirido cierta regularidad. Dos parecen ser sus características más notables: (a) los picos de transitoria agitación espasmódica seguidos de fases prolongadas de aletargamiento; (b) una concepción política fragmentaria que imagina un proceso de lucha dividido en muchos pequeños avances.

Lo primero –los momentos de agitación- generalmente obedece a factores externos al propio movimiento. En los últimos años vimos unos tres episodios de ese tipo: en relación con el referendo que algunos sectores impulsaban para que se decidiera por voto popular sobre algunos básicos derechos humanos que este colectivo reclama. Luego a propósito del nombramiento de Justo Orozco como presidente de la comisión legislativa de derechos humanos. Creo recordar que hubo un tercer momento de ebullición relativamente intensa a propósito de algunas manifestaciones públicas muy insultantes por parte del mismo señor Orozco.

Es posiblemente cierto que ese rasgo espasmódico está presente también en algunos otros sectores, pero no sería descabellado pensar que, por razones culturales e históricas, ello tiende a manifestarse con más agudeza en el caso de las diversidades sexuales. El caso es que los breves momentos de intensa agitación dan lugar a fases largas de adormecimiento y modorra, en la que solamente algunas dirigencias mantienen alguna presencia pública, pero con escasos y más bien débiles ligámenes con el colectivo. En el período reciente, cuando Orozco desaparece del escenario legislativo sustituido por diputados evangélicos políticamente más sutiles e inteligentes, se arriesga que, ante la ausencia de estímulos externos reactivantes, la modorra se prolongue y agudice.

Queda, sin embargo, cierto bagaje que, posiblemente, alguna perdurabilidad tiene. Es que esos momentos álgidos implican visibilización en el escenario político nacional, hecho de grandísima importancia para un colectivo social que históricamente se vio forzado a sobrevivir en espacios subterráneos; invisible, soterrado e imperceptible. Ello comporta dos consecuencias positivas: primero, porque ha obligado a la sociedad costarricense a reconocer que estas minorías efectivamente existen y que la heterosexualidad es una manifestación mayoritaria pero no exclusiva; y porque, no obstante sus limitaciones, esos episodios de protesta y movilización alguna educación política dejan, al menos entre los segmentos más educados del colectivo.

Por otra parte, se ha hecho usual que la dinámica política del movimiento se resuelva a lo largo del tiempo como en una especie de juego de pequeños brinquitos; como si se tratara de escalar el Everest a paso de tortuga. Prevalece así una suerte de sicología colectiva que motiva festivas celebraciones cada vez que uno de tales saltitos tiene lugar. Por ejemplo, cuando la Sala Constitucional respaldó algún reclamo de una pareja gay o lésbica maltratada en algún sitio público. O cuando el presidente Luis Guillermo Solís izó la bandera del arcoíris en casa presidencial. El caso más reciente ha sido la decisión de la Caja Costarricense del Seguro Social que permite que un miembro de una pareja homosexual extienda el seguro familiar de salud a su compañera o compañero.

Seguro social para parejas homosexuales-A brinquitos se conquista el Everest2

Evidentemente aquí “aplican restricciones”…más que notorias, por cierto. Por un lado la decisión no incluye el derecho a pensión, lo cual hace que el beneficio deba necesariamente tener carácter transitorio, ya que de otra manera quien lo recibe se quedaría sin pensión para cuando tenga edad de jubilarse. Vendría a ser una especie de salida de emergencia, cuando alguno de los miembros de la pareja queda sin empleo. No ofrece respaldo a un proyecto de largo plazo en que una pareja homosexual –por la razón que fuere- decide que solo una de las dos personas tenga trabajo remunerado. Claramente hay aquí una mutilación, o sea, una especie de derecho a medias, al alcance, entonces, de personas que acaso son…¿nada más que ciudadanas a medias?

Pero aún hay un segundo detalle realmente inusitado: hasta ahora las parejas heterosexuales de hecho, tenían acceso a este beneficio tan solo con tener un año de convivencia debidamente refrendada. Al extender la posibilidad a las parejas del mismo sexo, el plazo se extendió a los tres años…en perjuicio, inclusive, de las parejas heterosexuales. Para éstas lo planteado implica una degradación del derecho que ya tenían ¿no podría dar ello lugar a reclamaciones en contra de las parejas homosexuales que, no por injustificadas, resultarían en todo caso menos inevitables?

De cualquier forma, este acuerdo de la Caja fue recibido con gran entusiasmo y agradecimiento, tanto por los liderazgos del movimiento como por muchas personas que son parte del colectivo diverso. El razonamiento es el usual: es un pequeño pero significativo paso adelante. Alguien lo metaforizó en estos términos: “a pellizcos se mata un elefante”. Disimulando la desafortunada referencia al asesinato de tan magnífico animal, interpreto que ello significa que, de brinquito en brinquito, hasta la cima del Everest puede ser conquistada.

Seguro social para parejas homosexuales-A brinquitos se conquista el Everest3

En general, no logro sentirme contagiado por ese sentimiento de complaciente conformismo. Yo más bien habría recomendado un pronunciamiento público más o menos en estos términos: “es una concesión insuficiente y limitada, basada en una idea mutilada de los derechos humanos; por lo tanto, tan solo es un motivo adicional para continuar la lucha con más decisión”.

Ese júbilo –a mi parecer excesivo- acaso provenga de la misma raíz que alimenta las agitaciones espasmódicas y transitorias y los largos períodos subsecuentes de letargo relativo. Son diversas manifestaciones de un mismo problema, atinente a la debilidad subyacente del movimiento y a su limitada perspectiva política. Lo cual con toda seguridad no es azaroso; de fondo hay toda una historia de durísima represión, siglos de ostracismo y silencio y, por supuesto, una carga de culpas que el orden hegemónico introyecta a profundidad en las subjetividades de las personas que conforman este colectivo. Todo lo cual tiene múltiples consecuencias. Para empezar, las tiene en la propia vida personal, en relación con la familia, la afectividad y la sexualidad. Pero con seguridad ello se extiende al campo profesional, laboral y, finalmente, también al terreno político.

Es que, tratándose de derechos, el primero paso es tener el convencimiento de que se tiene la necesaria legitimidad para exigirlos. Mas lo cierto es que a este colectivo –del que soy parte- le cuesta mucho creérselo. Lo cual se refleja, por ejemplo, en su dificultad para movilizarse políticamente, como en la facilidad con que se da por satisfecho a partir de cualquier nimia concesión.

 

Tomado del blog Soñar con los pies en la tierra, de Luis Paulino Vargas Solís:

http://sonarconlospiesenlatierra.blogspot.com/2014/10/seguro-social-para-parejas-homosexuales.html

Suscripción-solidaria: 

https://surcosdigital.com/suscribirse/

Derechos Humanos y Soberanía

Por

Arnoldo Mora

Arnoldo Mora
Arnoldo Mora

 

Marginándome deliberadamente del tema del momento, cual es el anuncio del Presidente de dar un informe de los 100 días que ha pasado en Zapote, me referiré hoy a la desgarradora situación que vive nuestra región en torno a un tema que concierne al respeto de los derechos humanos y humanitarios y a las normas fundamentales que rigen el derecho internacional, como razón de ser del ejercicio ética y jurídicamente legítimo del poder político. Si echamos una mirada a lo que está pasando sobre estos aspectos, constatamos con estupor que hoy se sigue masacrando a la población más indefensa como hace ya más de 30 años en que se firmaron los acuerdos de Esquipulas. Con estos, se pensó que la paz había llegado a nuestra región, ensangrentada entonces con el último conflicto militar de la Guerra Fría. Por desgracia no ha sido así. Y como muestra, veamos casos concretos. Hoy Honduras y Guatemala son los países más violentos del mundo sin haber un estado de guerra declarado. Esos países son, no por casualidad,  los más pobres del Continente después de Haití. Por eso miles y miles de niños y adolescentes de uno y otro sexo son enviados, a la buena de Dios, a cruzar la frontera Sur de Los Estados Unidos. Pero solo encuentran abandono y muerte cayendo frecuentemente en manos de bandas dedicadas al tráfico de personas, armas o drogas, o simplemente se les deporta como delincuentes lejos de sus familias. El Imperio cierra sus fronteras, levanta muros, mientras el gobernador de Texas solo atina a militarizar la región. Porque la causa de esa desgarradora situación está en las políticas impuestas por gobiernos supuestamente “democráticos”.

¿Qué hacer frente a esa desoladora situación? Lo peor es no hacer nada. Por eso propongo que, por la mediación de Naciones Unidas se organice una especie de Plan Marshall en que se impulse la economía regional y se proponga una reforma agraria que pare el éxodo rural, origen de la migración forzada de trabajadores. Los tratados de libre comercio, firmados tan profusamente, deben ser repensados en función de las necesidades de nuestros empobrecidos pueblos y no solo priorizando los intereses mercantiles, o concebidos con la lógica de la geopolítica o, peor aún, poniendo a pueblos hermanos a pelear. Solo respetando la soberanía y fomentando los lazos de amistad entre nuestros pueblos y gobiernos lograremos construir una paz real.

Por su parte, nuestro gobierno debe hacer respetar su soberanía y cumplir las normas del derecho internacional cortando de plano todo intento de usar el suelo patrio para desestabilizar gobiernos con los cuales tenemos relaciones diplomáticas normales. La agencia de noticias AP dio a conocer que organismos del gobierno de Estados Unidos usaban nuestro territorio para enviar grupos de varios países, a subvertir el orden en Cuba. Esperamos que esta infamia no se repita. Todo lo contrario, nuestra política doméstica e internacional, debe guiarse tan solo por el respeto a los derechos humanos, los principios del derecho internacional y la promoción de la justicia social como fundamento de una paz duradera en la región.

 

Enviado a SURCOS Digital por el autor.

Suscríbase a SURCOS Digital:

https://surcosdigital.com/suscribirse/

El tema de las víctimas en La Habana

Por Carlos Meneses Reyes

 

Proceso del “Acuerdo General Para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera” en Colombia

Comentario sobre lo acaecido en Costa Rica

Por el llamado “Acuerdo General Para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera” firmado entre el gobierno y la insurgencia de las Farc- ep, se abordaron en La Mesa de La Habana, los siguientes puntos: 1º.Política de Desarrollo agrario Integral. 2º.Participación Política. 3º.Fin del conflicto. 4º.Solución al problema de las drogas ilícitas. 5º.Victimas. 6º.Implementación, verificación y refrendación. 7º.Reglas de funcionamiento.

Respecto al Tema 5 de Las Victimas está en el centro del acuerdo Gobierno Nacional – FARC-EP. En ese sentido se tratarán: – El tema de Resarcirlas. Derechos humanos de las víctimas y Verdad.

Ya en La Habana participa en La Mesa la primera delegación de víctimas de doce personas; de las sesenta representantes de victimas acordadas, junto con la Universidad Nacional de Colombia, las Naciones Unidas y el invaluable servicio de la iglesia católica. Victimas que acusan al Establecimiento o Estado colombiano; también las que señalan a las fuerzas insurgentes de las farc-ep, durante el desarrollo del interminable conflicto armado interno; como las auscultadas de señalar a los paramilitares, sobre el suficiente conocimiento de los colombianos y colombianas, que se tiene sobre el contubernio de las fuerzas armadas colombianas con el proyecto narco paramilitar, de comprobada realidad y que Comisiones como la de la Verdad Histórica, complementaran la responsabilidad de sacar a flote a la luz de la conciencia pública, la ignominia de ese oscuro pasaje, aun latente y existente, de la represión a la oposición política en Colombia, a costa del sagrado e inviolable derecho a la vida.

El tema crucial a ventilarse es el del Resarcimiento por la violación de los Derechos Humanos de las Víctimas y por el ocultamiento de la Verdad. No corresponde citar las fuentes de lo conocido y sabido. Más de cinco millones de desplazados como refugiados internos. Cien mil opositores políticos refugiados, exiliados o desterrados. Más de 9.500 presos políticos. Más de 57 mil desaparecidos. Entre 7 y 10 millones de hectáreas de tierra arrebatadas a los campesinos. Más de 4 mil militantes de la Unión Patriótica y el Partido Comunista, asesinados. Más de 3 mil sindicalistas y una interminable lista de dirigentes políticos, populares y sociales asesinados, desaparecidos o expulsados de sus lugares de origen. 20 mil jóvenes combatientes, entre guerrilleros y soldados, muertos en la guerra.

Lo dantesco del anterior panorama no permite discusiones, ni bizantinas, ni retoricas. Tampoco el enjambre de criterios y leguleya das, para discernir si ora los actos de servicio; o la prelación de la vida sobre la libertad humana; o la de la vida sobre los bienes materiales. Si a la consigna de tierra arrasada y “guerra a muerte” de la derecha militarista de la soberbia política colombiana; se respondió o no, con la salvaje “ley del talión” de a cada dirigente asesinado uno de la burguesía lacaya u oligárquica colgado. Si en prelación a la no misma respuesta del asesinato selectivo estatal contra sus opositores; la insurgencia popular y armada optó, o no, por la retención física de personas, tanto por móviles políticos y/o económicos o por la de “juicios populares”. Aquí ya no caben análisis, ni juicios estereotipados. ¡En este momento del proceso para la terminación definitiva del conflicto armado interno colombiano se impone el tirar sobre La Mesa las cartas de la Verdad! La viabilidad de ese cumplido, lo permite la aplicación y desarrollo de la Comisión Histórica del Conflicto. Es tan amplio el espectro de esa Comisión que permitirá que los involucrados en la demencia de la barbarie del experimento paramilitar no continúen muriendo de viejos o de muerte natural, llevándose los secretos; o por graficar lo menos, los Jefes de Personal de las multinacionales involucradas, en el mismo experimento de danza y muerte, no continúen como almas vergonzantes creyendo que la sociedad y las familias que les integran, desconocen el miserable papel que desempeñaron. Tampoco se escapa el accionar de la Insurgencia que al Mundo ha expuesto que no han llegado a este nivel para encubrir impunidades.

Era de esperar que la contraparte gubernamental en La Mesa de La Habana sustente los argumentos de conversación sobre tan trascendental tema de la reparación o resarcimiento del daño a las víctimas, en la aplicación del instrumento legal existente como lo es la llamada Ley de Tierras y de Reparación de Víctimas. (Ley 1148 de 2011 y el Decreto 4800 de 2011).

De manera que habiéndose acordado sobre tierras- del Primer Acuerdo- entra en la agenda formal de detenimiento, el inevitable contrapeso del análisis de los resultantes de aplicación de la citada ley, en sus alcances y efectos reales, tras cuatro años de vigencia y aplicación y en lo concerniente a ese aspecto de las Victimas.

De la ley de víctimas a guerra contra las víctimas

Lo de Atención, Asistencia y Reparación Integral a las Víctimas de Violaciones A Los Derechos Humanos e Infracciones al Derecho Internacional Humanitario; por intereses politiqueros, lo integraron en un mismo proyecto que alcanzó el carácter de ley. Lo de reparación integral de victimas “por la violencia generalizada” y lo de restitución de desalojados y despojados de tierras.

La conocida polémica por la inclusión en esa ley, de un reconocimiento expreso, oficial y legal, a la existencia de un conflicto armado interno en Colombia, como causa concomitante de la existencia de Víctimas y de Desplazados y Desalojados, no solo de tierras, sino de bienes inmuebles a elevado número poblacional de propietarios, poseedores, tenedores y ocupantes de esos bienes inmuebles; refleja la inocultable caótica realidad de un registro público inmobiliario plagado de la más alta impunidad, inseguridad jurídica y caótico debacle de ejemplo ante el mundo, de inexistencia en Colombia de un registro público de la propiedad inmobiliaria decente y creíble en el país.

Pero más grave aún: sobre tan ilegitima estructura registral en la que se han pavoneado la falsedad documental, la tacha impune de asentamientos documentales, el pisoteo de la fe pública y de la credibilidad de la publicidad oficial; se pretende “reinscribir” los nuevos títulos a los desvalidos, desplazados y despojados del campo.

Luego de la tortuosa traumatología gubernamental que impone esa ley, en las que las oficinas de la presidencia de la república y las alcaldías se proclaman en los censores de una justiciera reivindicación de “beneficiarios” bajo el índice calificador del censor, bajo una etapa o fase de reconocimiento burocrático administrativo en la más aberrante institucionalización de clientelismo local municipal y gubernamental y corruptela por venir; pasaran luego, los así beneficiados y reconocidos como víctimas, a hacer fila para que los jueces de los tribunales superiores impartan la justicia retributiva de reconocimiento de los títulos de propiedad usurpados.

Pero más grave aún: sobre tan ilegitima e impune estructura judicial, en las que “servidores» judiciales con doctas sentencias anularon los registros de millones de propietarios desplazados, desalojados, como víctimas de la violencia narco paramilitar; contribuyendo a la legalización de los sanguinarios efectos de la reforma agraria blanca, titulando bajo procesos amañados y/o reconocidos en el pomposo proyecto de esa ley , hoy vigente, como “carentes del principio del debido proceso”; sean esos mismos jueces incrustados en el nicho del aparataje judicial estatal, los revestidos para que borrón y cuenta nueva impartan la justicia retributiva de la oligarquía mendaz, mentirosa.

Pero más grave aún: ese enjambre de delincuentes copatrocinadores de la sangrienta reforma agraria blanca, incrustados en las Notarias, en los Catastros, en la Cueva de Rolando del INCODER, en los antros de la Superintendencia de Notariado y Registro y en las falsarias Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos; serán los depositarios de la buena fe pública para que aporten las pruebas de sus entuertos, malquerencias y crímenes plasmados y puedan así los “nuevos’ jueces dictar las sentencias de restitución inmediata.

Pero más grave aún: al redactar el artículo 9 de esa ley que el Estado NO responderá, cuando el también invocado artículo 90 de la Constitución Política dispone que “El Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción u omisión de las autoridades públicas” y de sus agentes; coloca esta ley como arbitraria manifestación en contra del espíritu de la norma constitucional y de la soberanía popular. Viola el artículo 124 de la Constitución Política que exige la ley determine la responsabilidad de los servidores públicos y la manera de hacerla efectiva y en modo alguno los exonera de responsabilidad alguna. Deroga el citado artículo 90 constitucional y es muestra de la más execrable soberbia del ejecutivo colombiano, impuesta esta vez por el aciago amanuense redactor del legislativo, que tan flacos servicios ha prestado a la nación colombiana.

El problema de las victimas de despojo de tierras y de abandono de bienes inmuebles y de bienes muebles y activos de registro público, esta palpablemente demostrado, no se repara con paños de agua tibia. Se impone para su solución la convocatoria de una Constituyente que provisionalmente congele el Registro Público de Bienes Muebles e Inmuebles y de activos de registro público en Colombia, bajo la presunción de falsedad de esa fuente de fe pública; sin que los bienes salgan del comercio pero bajo la impronta de anotación registral. Se imponga la carga de la prueba de propietarios inscritos para obtener la presunción de legalidad de su inscripción y se acuda al procedimiento breve, sumario y judicial especializado para obtener sentencia de restitución de los bienes afectados, por parte de las victimas bajo definición completa e integra en la ley y no como aparece en el esperpento criticado, en que sin pisarse los callos, no incluyen en la definición legal de victimas a las producto directo del conflicto armado interno, sino que relegan esa expresión de reconocimiento con causal, de la agitada ley, a un aislado parágrafo signado al olvido. Ah! y sobre todo, algo que la pomposa ley de víctimas y de restitución de tierras, como para abreviar, no reconoce: la abolición – por no decir derogación – de la llamada adquisición del derecho de propiedad en Colombia por la llamada usucapión o prescripción extraordinaria, que reduce a veinte años la bandidaje conducta de adquirir por ese solo transcurso de tiempo la propiedad, sin existencia de título alguno de buena fe; es decir, así haya sido adquirido con violencia inicial; pero que después guardó las apariencias del santo varón o santa fémina, bajo la coadyuvancia de la galopante impunidad y estado de corrupción, a ojos vista, del desmembrado tejido social e imperio del Terrorismo de Estado en Colombia.

Así, por ejemplo, imaginemos al resguardado paraco Uribeño que desde 1985 al 2005 (20 años) despojó de tierras en las montanas al norte de Medellín, desde su “desmovilización” se legitimó como terrateniente con la bendición de los jueces y en cumplimiento de tan letal Código Civil. Ese artículo 2351 del Código Civil colombiano ha sido el inspirador de las sucesivas guerras civiles. Impune artífice de los trofeos y pagos por la aplicación del proyecto narco paramilitar y que impuso el despojo de tierras. Miles de miles son las declaraciones de pertenencia de propiedad adquisitiva, por esa demoníaca figura de la prescripción adquisitiva extraordinaria, bajo la absolución de las sentencias judiciales.

Esos cambios radicales sí serian interpretados por los luchadores populares, en armas o no, como pasos para la obtención de una verdadera reforma agraria integral en Colombia. Entre tanto, lo sepa la oligarquía y el imperio, que ni la opinión popular colombiana, ni la internacional, van a dar aval a una leguleyada más sobre el sufrimiento, tragedia y dolor de los colombianos y colombianas.

Del tratamiento a las víctimas en el exterior

De la opinión de las víctimas se concluye la total incredulidad frente al Estado colombiano y a ese instrumento legal. Las Memorias de la Ley de Victimas, plasman la inconsecuencia, ineficacia e inaplicabilidad de esa normativa de justicia transicional en medio de la más cruda intensidad de la guerra civil en Colombia. Un instrumento de post-conflicto, se ha pretendido imponer en el fragor del conflicto armado interno colombiano. El Estatuto del Refugiado(a) por mandato de las Naciones Unidas, consagra el principio de confidencialidad. En ello son celosos tanto la ACNUR como el país otorgante del refugio. El que ley colombiana indique que los documentos del proceso administrativo serán reservados, en nada alienta las preocupaciones de la ACNUR respecto a la población colombiana con protección internacional; a fuer del desamparo a la persona desplazada interna, envuelta en el torbellino del terrorismo de Estado y su instrumento contrainsurgente paramilitar y del efecto mismo de las acciones insurgentes. Entonces la exigencia legal de esa información clasificada del hecho victimizante que ha de rendir verbalmente o por escrito, cada víctima, ¿adónde va a parar?. En la situación actual de Colombia, aplica en la práctica, a la re victimización, a la guerra declarada contra las víctimas.

Preocupándonos – en particular- la suerte de la población colombiana cobijada por el Estatuto del Refugiado, es dable entender que la sola afirmación por escrito de la victima y/o con prueba sumaria de su estatus de refugiado supla la declaración del hecho victimizante con detalles de tiempo, modo, lugar etc. Es lo viable, por cuanto la carga de la prueba corresponde al Estado colombiano.

Sobre lo acaecido en Costa Rica

La aplicación de la Ley de Víctimas, se convirtió, para los Refugiados políticos en Costa Rica, en instrumento de violación a la Convención de Ginebra; así como medio para el maltrato, inaplicabilidad de la ley y violación al ejercicio de los derechos fundamentales, por parte de la Encargada de Funciones Consulares de Colombia en Costa Rica, Jennith Ortigosa Avila. La perogrullada y filigrana funcionaria Uribeña, sí que se ha dado a la tarea de impedir, a toda costa, que centenares de víctimas de la guerra en Colombia, y desplazadas a Costa Rica, donde ostentan el estatuto de refugiados (as), puedan inscribirse al Registro Único de Víctimas (RUV) y reclamar la Indemnización Administrativa, individualizada, que contempla la ley 1148 de 2011 y el Decreto 4800 de 2011….

Rememorando, el día jueves 19 de julio de 2012, se hicieron presentes más de cien refugiados (as) de nacionalidad colombiana a la entrada del Consulado, en Costa Rica. La parafernalia de la funcionaria la llevó, por la falsa información de la red de sapos Uribeños, a afirmar que se estaba preparando una protesta para ese día, solicitando colaboración de la Policía de Costa Rica, adiestrada por los Manuales de Judicialización de la Policía colombiana. El operativo policial fue de 50 efectivos y cinco patrullas desplegados en amplia área del sector residencial-comercial, sede de la Embajada de Colombia. Ya en su interior las Victimas fueron tratados de la manera más displicente y humillante, negándose la funcionaria, al inicio a no recibirles las solicitudes personales, luego a no colocarles nota de recibido; negarse a que las solicitudes llevaran la huella digital, puesta en su presencia, conforme ordena la ley. Y alegando que debía recibir órdenes para ese trámite desde Bogotá. Violando el principio universal protector del menor de edad, alegó que los hijos e hijas menores de edad (colombianitas y colombianitos) no eran víctimas de la guerra y se incluían en el grupo familiar, para lo cual discriminatoriamente escogía, como cabeza de familia, a las mujeres… Se negaba a aceptar la declaración del hecho victimizante de cada solicitante por escrito, con su firma y huella; alegando que debía ser verbal con el subsiguiente dilatado transcurso del tiempo. Increpaba a los refugiados y refugiadas a que renunciaran al refugio, acogieran se al status de residentes en Costa Rica, para así posteriormente ir personalmente a Colombia a cobrar el monto de la indemnización, cuando saliere. Por último, vociferaba que ese escrito presentado por ellos, no tendría validez alguna. Ante los denuestos improperios de la funcionaria Uribeña de marras, instando a los refugiados y refugiadas a renunciar a ese estatuto de la Convención de Ginebra, para poder hacerse acreedores a la indemnización administrativa en dinero por parte del gobierno (Estado) colombiano; la ACAI- ACNUR, en comunicación dirigida a las victimas solicitantes como refugiados, en respuesta a algunas de las inquietudes planteadas a ese ente internacional, con firma de la Subdirectora Lic. L. Leandro, les anunció: “Lo anterior, a la luz de directrices recibidas directamente de ACNUR, donde aún se estudia las implicaciones legales que este proceso en torno a la Ley de Víctimas, pudiera acarrear para las personas de nacionalidad colombiana con el Estatuto de Refugiado en Costa Rica”.

A la fecha (agosto de 2014) la funcionaria de marras continúa ostentado el cargo de Cónsul; las ciento de solicitudes de Víctimas como refugiados en Costa Rica, para ser al menos incluidos en el Registro Único de Víctimas (RUV) no fueron tramitadas. Queda por esperar la reacción del Estado receptor de refugiados, Costa Rica, por el roce diplomático generado por la Delegada Consular de Colombia, quien violando el principio de derecho internacional de reciprocidad, incurrió en el Delito de Concusión; puesto que violando la calidad de sus funciones prometió indebidamente el beneficio patrimonial de la indemnización administrativa, previo el renuncio al estatuto del refugiado.

La anterior experiencia de lo sucedido en Costa Rica, enseña que de previo a los beneficios y bondades de la tal ley se impone la acción de masas de la movilización popular, al logro de las condiciones objetivas para la ejecución de una justicia transicional en Colombia.

 

Enviado a SURCOS Digital por el autor.

Suscripción-solidaria: 

https://surcosdigital.com/suscribirse/

Situación General de Derechos Humanos en Costa Rica

152º Período Extraordinario de sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

 

En el Palacio de Minería, Calle de Tacuba 5, Centro, Cuauhtémoc, 06000 Ciudad de México, Distrito Federal, México, el 12 de agosto de 2014, en audiencia pública sobre la “Situación General de Derechos Humanos en Costa Rica” se trataron los siguientes temas: Privados de Libertad; Centros penitenciarios; Peticionarios; Defensa de niños y niñas Internacional Costa Rica (DNI Costa Rica); Defensa Pública del poder Judicial Costa Rica; Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL).

El objetivo de la audiencia fue presentar información a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) la situación de derechos humanos de los privados y privadas de libertad en Costa Rica, en particular sobre el hacinamiento carcelario, sus causas y las vulneraciones.

Dentro de los centros penitenciarios hay un reconocido problema de sobrepoblación, el cual alcanzó un 40.10% en diciembre del año 2013. Debido a esta situación de hacinamiento se producen las siguientes vulneraciones a los derechos humanos de las personas privadas de libertad:

1-Actos de violencia al interior de los penales que afectan su integridad personal y hasta su vida.

2-Falta de acceso a servicios médicos, alimentación y programas educativos.

3-A su vez, debido a la instauración de los tribunales de flagrancia y la implementación de una política criminal represiva orientada a la tipificación de delitos originados por infracciones de tránsito se han incrementado las penas para determinados delitos, a esta situación se suma la restricción al uso de medidas alternativas de prisión.

 

Enviado a SURCOS Digital por Nicolás Boeglin.

Suscripción-solidaria: 

https://surcosdigital.com/suscribirse/

FIV, aborto y matrimonios igualitarios

FIV, abortos y matrimonio igualitario

Luis Ángel Salazar

Como librepensador que soy, opinaré sin prejuicio alguno sobre estos temas que han desatado una anacrónica reacción de parte de oportunistas liderzuelos, por dicha minoritarios de nuestra población, que vistiendo atuendos medievales y «torquemadeanos» -en alusión al tristemente célebre inquisidor español- han hecho de sus tesis caducas un trampolín olímpico para aterrizar en nuestra Asamblea Legislativa.

Como Pueblo costarricense y gracias a la evolución integral de nuestra sociedad, hemos venido adquiriendo niveles cualitativa y cuantitativamente superiores de análisis, que nos permiten entender que los temas que titulan este artículo deben ser desmenuzados racional y objetivamente, en el contexto de los nuevos tiempos que permiten superar los prejuicios, los oscurantismos y los fanatismos vernáculos para justipreciar los temas en cuestión y emitir y definir criterios, que le permitan a los actuales y futuros habitantes de nuestra Patria disfrutar, fortalecer y ampliar los Derechos Humanos (DDHH) en sus vigentes y futuras generaciones.

Debemos tener presente siempre que los DDHH son, entre muchas otras concepciones, los espacios y condiciones generales fundamentales -económicas, sociales, políticas, culturales, espirituales, ambientales, etc.- que requerimos los seres humanos para desarrollarnos individual, colectiva e integralmente en armonía con nuestra madre Naturaleza, en fin, la atmósfera sin la cual los humanos solamente vegetamos sin alcanzar jamás nuestra realización plena personal y colectiva. Estos espacios, estas condiciones, deben ampliarse y enriquecerse siempre pues, como queda claro, el ser humano es, como el universo mismo, devenir, es decir un proceso dialéctico y, por ende, en constante evolución hacia etapas superiores también esencialmente dinámicas.

Me preocupa y ocupa -por eso estamos siempre en la lucha- que, en nuestra Patria, después de más de medio siglo de vigencia jurídica de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, ninguno se cumpla plenamente a pesar de lo que, demagógicamente, los «líderes» politiqueros que nos han gobernado proclamen «urbi et orbi» todo lo contrario. Si no me creen hagan la prueba comparando lo que significan profundamente cada uno de los Derechos planteados con lo que vivimos cotidianamente, y eso que esta Declaración sólo recoge la primera generación y ya vamos por la tercera. ¡Lo repetiré constantemente hasta que realmente se logren materializar por completo los DDHH en nuestro cotidiano vivir! Valga la reflexión anterior pues el correcto abordaje de los tres temas propuestos supra involucra de una u otra forma a los DDHH.

La Fecundación In Vitro es un aporte científico, que cada día se perfecciona más, que se pone a disposición de quienes, padeciendo de infertilidad y habiendo probado todos los recursos médicos existentes, no han conseguido superar ese problema y siguen deseando traer al mundo a sus hijos. No es, como irresponsablemente comunican algunos detractores de esta técnica, una salida fácil a este problema que se emplea caprichosamente, ni mucho menos un irresponsable acto de «jugar a dios» decidiendo alegremente a cual de mis hijos mato y a cual no, ni un tratamiento que arruinaría a la CCSS, ni el fomentar negocios fabulosos, ni una práctica irresponsable que fomentaría la contratación de «vientres de alquiler» o la venta de niños. Todo lo contrario, es una cuidadosa forma ética, científica y legalmente concebida para, como último recurso, permitirle a los seres humanos su derecho fundamental e inalienable de traer, crear y amar a sus hijos e hijas.

En el resto del mundo, científicos, bioéticos y juristas humanistas perfeccionan constantemente este delicado tratamiento integral para reducir al mínimo cualquier peligro de violar el sagrado derecho a la vida por lo que, en nuestra Patria, lo menos que podemos hacer es abrir plenamente las puertas al debate y a la toma de decisiones muy seriamente meditadas y seleccionadas -en defensa plena de los DDHH- que finalmente sean aprobadas por la mayoría en las instancias legislativas constitucionalmente definidas como legales y, sin boicot alguno por parte de las minorías. En lo personal no soporto tipo alguno de «filibusterismo parlamentario».

El aborto se nos presenta como una realidad ineludible a estudiar y analizar desde, al menos, dos perspectivas que, de una u otra forma abarcan la casi totalidad constitutiva de ese delicado asunto: la ética y la jurídica. Estas guías fundamentales del quehacer humano, deben ser abordadas en este delicado asunto de manera tal que se deban evitar todo tipo de criterios fanáticos, subjetivos, caprichosos o movidos por bastardos intereses económicos o de trasnochadas capillas fundamentalistas y, por ende, irracionales. Por eso considero que la Ética, como rama de la Axiología, a la vez derivada de la Filosofía y, por lo tanto, creadora racional de valores determinadores de nuestras conductas a partir de las circunstancias económicas, sociales, políticas, culturales, ecológicas, etc, en medio de las cuales crecemos individual y socialmente, y la realidad jurídica vigente que, fundamentada en pilares éticos, y generada por el análisis de los factores precitados pero en particular a partir de consideraciones y decisiones políticas -este es uno, sino el principal factor que la ubica en un plano inferior al ético-, conforman, reitero, el marco desde el cual se debe analizar la problemática del aborto que se ubica en el campo de los Derechos Humanos, a mi entender, desde cuatro perspectivas: la de la madre, la del padre, la del nuevo ser humano y la de la sociedad que debe velar por los derechos de los tres.

Intentaré brevemente aportar, a título personal, algunas reflexiones para lo cual creo conveniente aclarar -por si alguien me otorga la cortesía de leerme por primera vez- que soy totalmente ateo por lo que no se me puede endilgar la pertenencia a ningún credo de ese tipo: He escuchado algunas mujeres defendiendo el aborto desde su derecho de imperio sobre su cuerpo, «mi cuerpo me pertenece, por lo tanto, yo decido sobre él y sobre mi derecho a abortar». Yo respeto el poder que tiene la mujeres sobre su cuerpo pero, el niño que al embarazarse lleva en sus entrañas, es un ser humano nuevo, con pleno derecho a existir y sobre el cual la madre lo que tiene es la obligación de darle la mayor protección posible. El padre de la criatura nueva también tiene como tal, todo el deber de proteger integralmente al nuevo ser en su natural y libre desarrollo y, de inmediato, se me hace necesario referirme al nuevo, ser que tiene, y aquí si seré radical e inamovible en mi posición sea cual sea el calificativo que se me dé, pleno derecho a ser protegido desde el momento en que el óvulo es fecundado por el espermatozoide, dicho esto desde la elemental biología genética y no, reitero, desde alguna posición religiosa. Sí, a partir de ese instante la madre, el padre y la sociedad humana adquieren el compromiso de darle las mejores condiciones posibles, para que el nuevo ser se realice como tal en todas sus posibilidades humanas.

Vale aclarar que esta posición la mantengo aún en el caso en que el embarazo sea producto de una violación pues, de nuevo, el niño así concebido no tiene culpa alguna de lo sucedido y adquiere, como cualquier otro procreado en diferentes circunstancias, el derecho de nacer, crecer y realizar todas sus facultades en el mejor ambiente posible. Bajo el riesgo de recibir toda clase de críticas planteo aquí la tesis de que el mismo violador, que obviamente deberá pagar su infame delito tal como lo defina el respectivo juicio, tiene en su proceso de reforma, la obligación y posibilidad de reivindicarse ante el ser que concibió, dándole todos los recursos que posibiliten su desarrollo como persona en goce de su bienestar total. Por ende y aunque suene descabellado, ese padre debe exigir que la vida nueva sea protegida integralmente. Creo entonces que el aborto sólo podrá realizarse en caso de que, mediante un riguroso estudio científico se demuestre que la vida de la madre está en total peligro o que, de igual manera, se demuestre que el nuevo ser sufre patologías u otro tipo de afecciones que hacen imposible su progreso, caso contrario ¡a darle las mejores condiciones y derechos al nuevo ser para que viva plenamente su vida! Debo aclarar, además, que no pretendo imponer mi posición sino plantearla como una más a debatir, si luego del debate que deber ser libre, vigoroso, objetivo, inteligente y desapasionado, las demás personas deciden seguir abortando, respetaré esa actitud y, eso sí, mantendré la mía hasta que se me haya demostrado claramente que es incorrecta. Si mi tesis no va a triunfar, jamás le pondré obstáculos a la toma de una decisión mayoritaria en contra. La mayoría en democracia se respeta.

¿Matrimonios entre pares o igualitarios u homosexuales? ¡Adelante! ¡Quienes lo deseen tienen todo su derecho a casarse con quienes gusten! El amor es, de alguna manera, como una oferta de variados sabores frutales: a unos les gusta de piña, a otros de naranja, a otros de limón…de igual manera sucede con la escogencia de su compañía matrimonial: blanca, negra, amarilla, de diferente sexo, igual, es cuestión de gustos. Sólo recomiendo que el matrimonio signifique un acto libre, reflexionado, asumido con absoluta responsabilidad, con todos los recursos económicos, sociales, culturales, etc, para desarrollar esa nueva vida en conjunto en sus mejores potencialidades. Es maravilloso que en medio de un mundo absurdo, de odios irracionalmente destilados y esparcidos por todo lado, florezca, como revitalizador elixir de vida y esperanza, el amor en cualquiera de sus positivas manifestaciones.

Estos tres temas deben ser discutidos, reitero, abierta, clara y rigurosamente en todos los ámbitos nacionales y, en particular, en nuestra Asamblea Legislativa, por lo tanto resulta realmente vergonzoso para nuestro país que, en pleno Siglo XXI, por concepciones fanáticas y anacrónicas religiosas, movidas por intereses económicos y politiqueros oportunistas muy alejados del auténtico cristianismo que es sabiamente tolerante, dialogal, confraternizador, solidario y humanista, el Gobierno de la República no envíe en el período legislativo que le corresponde, estos expedientes para su discusión, aprobación o rechazo.

Ilustración: http://apdhe.org/

 

Enviado a SURCOS Digital por el autor.

Suscripción-solidaria: 

https://surcosdigital.com/suscribirse/