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Etiqueta: fumigación

Upala: Muerte de peces, caimanes y aves por posible contaminación de piñera

Este martes 17 de abril un vecino de Llano Azul de Upala dio la alerta de una contaminación sobre una naciente cercana próxima a una plantación de piña. Al parecer apenas un día antes se escuchó maquinaria de fumigación (spray boom) trabajando en las inmediaciones del lugar afectado.

Gilberth Antonio Potoy Camacho vecino del lugar aseguro que “lo peor es que toda esta agua contaminada llega hasta la posita dónde un montón de niños llegan a bañarse y jugar”.

El vecino relato que un inicio “llamé al SINAC y simplemente me dejaron esperando, me dice la que atendió: “deme su número y nombre para dárselo a la compañera encargado”, al no tener respuesta llamo al 911 a reportar la contaminación y la policía se hizo presente con lugar.

Se está tratando de tomar muestras de agua y peces muertos para determinar la causa de contaminación.

Informes con Gilberth Antonio Potoy Camacho tel 6245 3018.

 

Enviado por Mauricio Álvarez.

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Denuncian situación de mujeres afectadas por fumigación agrícola aérea en Matina

En una carta enviada el 12 de setiembre de 2017 al Ministro de Agricultura y Ganadería, Sr. Felipe Arauz Cavallini el denunciante Sr. Marco Levy Virgo, Presidente de la Asociación de Desarrollo para la Ecología, pone en evidencia las denuncias por la situación que presentan las mujeres por fumigación agrícola aérea en Matina, por uso de plaguicidas, específicamente el derivado del mancozeb.

Ingrese en el siguiente enlace para leer el documento completo.

DGS-2295-17

 

Lea también:

Uso de pesticidas en Matina: inconsistencia técnica del artículo 70 del Decreto Ejecutivo N°31520-MS-MAG-MOPT-MGSP

Solicitan intervención a Defensora de los Habitantes contra los pesticidas en Matina

Recurso contra Municipalidad de Siquirres relacionado con químico en orina de embarazadas en zona bananera

 

*Imagen con fines ilustrativos tomada de http://paraquat.com

Enviado por Marco Levy.

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Uso de pesticidas en Matina: inconsistencia técnica del artículo 70 del Decreto Ejecutivo N°31520-MS-MAG-MOPT-MGSP

En relación con la nota publicada en SURCOS sobre la carta dirigida a la Defensora de los Habitantes, Lic. Montserrat Solano Carboni, donde se exponía la penosa situación que desde hace muchos años viven los pobladores de Matina de Limón, quienes han venido sufriendo diariamente la indiscriminada fumigación aérea que se realiza en los bananales de ese cantón, publicamos una nueva carta que le da seguimiento a esta situación.

 

Limón, 20 de julio de 2017

AEL-048-2017

 

Dra. María Esther Anchía Angulo

Ministra

Ministerio de Salud

 

Licda. Monserrat Solano Carboni

Defensora de los Habitantes

 

Dr. William Barrantes Barrantes

Director General de Salud

 

Asunto: Inconsistencia técnica del artículo 70 del Decreto Ejecutivo N°31520-MS-MAG-MOPT-MGSP, Reglamento para las actividades de Aviación Agrícola, de 16/X/2003 y oficio DR-HC-3580-2015 9/12-2015

 

Estimadas señoras Ministra y Defensora y señor Director:

 

Mediante oficio DR-HC-3580-2015 9/12-2015 suscrito por el Dr. Alexander Salas, en su condición de Director Regional de Rectoría de la Salud, dirigido al Dr. William Barrantes, relacionado con el oficio DGS-3364-2015 referente a una denuncia por fumigación aérea en el cantón de Matina, se hacen una serie de consideraciones, sobre la recurrente problemática de la fumigación aérea, que se presenta en algunas de las 48 fincas bananeras ubicadas en Matina, debido a la inconsistencia técnica del artículo 70 del Decreto Ejecutivo N°31520-MS-MAG-MOPT-MGSP “Reglamento para las actividades de Aviación Agrícola”, del 16 de octubre del 2003, concluyendo que:

“Por lo expuesto es prudente hacer otra reforma artículo 70 del Decreto Ejecutivo N°31520–MS-MAG-MOPT-MGSP en la cual sea obligatorio mantener áreas reforestadas que sirvan como barreras en todas las colindancias o retiro de áreas sin fumigar.”(el destacado es nuestro)

Posteriormente, mediante oficio DGS-0065-2016 de fecha 18/1/2016, suscrito por el Dr. William Barrantes, Director General de Salud, remitido a la Licda. Elizabeth Solano Jiménez, representante del Ministerio de Salud ante la Comisión Asesora para la Regulación y Control de las Actividades de Aviación Agrícola, le indica y expone con carácter de urgencia lo siguiente:

Por este medio, y debido a las múltiples denuncias presentadas en las zonas bananeras del Caribe, por la fumigación aérea y los riesgos a la salud, le solicito a usted como representante de este ministerio ante la Comisión Asesora para la Regulación y Control de las Actividades de Aviación Agrícola, se valore la posibilidad de hacer una reforma al artículo 70 del Decreto Ejecutivo N°31520–MS-MAG-MOPT-MGSP, donde se haga obligatorio el mantenimiento de áreas reforestadas que sirvan como barreras en todas las colindancias o bien el retiro de áreas sin fumigar.

Favor de mantener informada de su gestión ante la Comisión en pleno, a este despacho para el respectivo seguimiento” (fin cita textual, el destacado es nuestro).

Debido a que han transcurrido 17 meses desde que se emitió el oficio DGS-0065-2016 citado, respetuosamente solicitamos copia integral de las gestiones realizadas por la Licda. Elizabeth Solano Jiménez, respecto de la situación expuesta por los Dres. Salas y Dr. Barrantes y la solicitud expresa de éste último de informar a la Comisión sobre lo actuado.

Igualmente nos permitimos sugerir con todo respeto, considerar nuestra propuesta de conformar una comisión independiente integrada por profesionales debidamente calificados, en representación de la Defensoría de los Habitantes, el SENARA, el Alcalde y Regidores de Matina, así como del Instituto Regional de Estudios en Sustancias Toxicas de la Universidad Nacional (UNA), a fin de valorar la urgente necesidad de reformar el artículo 70 del Decreto Ejecutivo N°31520-MS-MAG-MOPT-MGSP conforme con la ley de aguas Nº276 del 26/8/1942.

Recordemos que la Ley de Aguas Nº276, en cuyo artículo 31, se establece como reserva de dominio a favor de la Nación, las tierras que circunden los sitios de captación o tomas surtidoras de agua potable en un perímetro no menor de doscientos metros de radio. Estas distancias establecidas por la ley, si bien, son un mínimo aceptable para pozos y manantiales captados para abastecimiento público, en algunos estudios realizados por el SENARA, se establece que los 200 m. no son suficientes y se determinó que no abarcan en su totalidad la protección a la zona de captura.

El área de protección es particular para cada sitio de captación, ya que depende de diversos factores como las características del medio físico de los acuíferos, de los suelos, la precipitación, la topografía y la vegetación. Otro factor técnico importante para mantener la distancia mínima de 200 m. respecto de las fuentes de agua potable, es el hecho que esta distancia no considera otras características propias de los productos contaminantes, como son la movilidad, toxicidad, solubilidad, persistencia y que su avance igualmente depende de las características del medio físico donde se apliquen. Igualmente se considera que este retiro de 200 m. es aplicable para la zona de recarga principal de los acuíferos.

No obstante, estos 200 m. aunque representan un mínimo aceptable para retiros de actividades contaminantes, no aplican igual para la fumigación aérea, ya que estos 200 m. podrían estar subvalorados y no necesariamente garantizar la protección de las fuentes de agua, ya que los efectos de la fumigación aérea van más allá del área de aplicación, por la acción conocida como “deriva”, que dependerá de las condiciones meteorológicas de la zona: viento, lluvia, humedad, entre otras. Algunos investigadores consideran que, en las aplicaciones de fumigación en avionetas, la deriva puede variar entre 75 y 1.200 m. En el caso extremo del glifosfato por ejemplo, tenemos que solo entre un 5% y 15% del plaguicida llega a su objetivo, dispersándose el resto mediante el efecto deriva.

Les agradecemos mucho de antemano su atención prioritaria de esta delicada situación que está afectando a las comunidades aledañas a los bananales de Matina y confiamos en que en un lapso prudente y perentorio se hayan tomado acciones correctivas en beneficio de la salud de estas comunidades.

Atenderemos notificaciones al correo machore@gmail.com y fax 2798-2645.

Le enviamos saludos cordiales,

 

Marco Levy

Presidente

Asociación de Desarrollo para la Ecología

 

Lea también:

https://surcosdigital.com/solicitan-intervencion-a-defensora-de-los-habitantes-contra-los-pesticidas-en-matina/

 

*Imagen con fines ilustrativos.

Enviado por Marco Levy.

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Solicitan intervención a Defensora de los Habitantes contra los pesticidas en Matina

En una carta dirigida a la Defensora de los Habitantes, Lic. Montserrat Solano Carboni, se expuso la penosa situación que desde hace muchos años viven los pobladores de Matina de Limón, quienes han venido sufriendo diariamente la indiscriminada fumigación aérea que se realiza en los bananales de ese populoso cantón, lo que obligó a Marco Levy, presidente de la Asociación de Desarrollo para la Ecología, a plantear una Acción de Inconstitucionalidad.

Compartimos la carta.

 

Limón, 16 de julio de 2017

AEL-045-2017

 

Licda. Monserrat Solano Carboni

Defensora de los Habitantes

  1. D.

 

Asunto: Acción americana contra los pesticidas y la fumigación aérea

 

Estimada señora Defensora:

 

Hace diez años, mediante nuestro oficio AEL-173-2006 planteamos a la ex ministra de Salud Dra. María Luisa Ávila (sin que tuviéramos respuesta positiva), la penosa situación que desde hace muchos años viven los pobladores de Matina de Limón, quienes han venido sufriendo diariamente la indiscriminada fumigación aérea que se realiza en los bananales de ese populoso cantón, de lo cual incluso los medios de comunicación se han hecho eco, denunciando la problemática que nos obligó entonces a plantear una Acción de Inconstitucionalidad, que se tramitó bajo expediente 04-012567-0007-CO.

Además de la instancia constitucional, en el Informe del Área de Calidad de Vida de la Defensoría de los Habitantes, en su resolución Nº06371-2004 de 8 de julio del 2004, se considera lo siguiente.

Para eliminar completamente el riesgo de contaminación de una fuente de agua potable, todas las actividades potencialmente contaminantes deberían ser prohibidas o completamente controladas dentro de toda el área de captura o de recarga de la fuente, lo cual sería prácticamente imposible desde el punto de vista legal y económico, por lo cual es necesario establecer una distancia mínima de protección o bien por medio de estudios específicos a cada fuente en particular determinar su radio de protección mínimo o prioritario.

La ley de aguas Nº276 del 26 de agosto de 1942 en su artículo 31, establece como reserva de dominio a favor de la Nación, las tierras que circunden los sitios de captación o tomas surtidoras de agua potable en un perímetro no menor de doscientos metros de radio. Estas distancias establecidas por la ley, si bien, son un mínimo aceptable para pozos y manantiales captados para abastecimiento público, en algunos estudios realizados por el SENARA, se establece que los 200 m. no son suficientes y se determinó que no abarcan en su totalidad la protección a la zona de captura.

El área de protección es particular para cada sitio de captación, ya que depende de diversos factores como las características del medio físico de los acuíferos, de los suelos, la precipitación, la topografía y la vegetación. Otro factor técnico importante para mantener la distancia mínima de 200 m. respecto de las fuentes de agua potable, es el hecho que esta distancia no considera otras características propias de los productos contaminantes, como son la movilidad, toxicidad, solubilidad, persistencia y que su avance igualmente depende de las características del medio físico donde se apliquen. Igualmente se considera que este retiro de 200 m. es aplicable para la zona de recarga principal de los acuíferos.

No obstante, estos 200 m. aunque representan un mínimo aceptable para retiros de actividades contaminantes, no aplican igual para la fumigación aérea, ya que estos 200 m. podrían estar subvalorados y no necesariamente garantizar la protección de las fuentes de agua, ya que los efectos de la fumigación aérea van más allá del área de aplicación, por la acción conocida como “deriva”, que dependerá de las condiciones meteorológicas de la zona: viento, lluvia, humedad, entre otras. Algunos investigadores consideran que, en las aplicaciones de fumigación en avionetas, la deriva puede variar entre 75 y 1.200 m. En el caso extremo del glifosato por ejemplo, tenemos que solo entre un 5% y 15% del plaguicida llega a su objetivo, dispersándose el resto mediante el efecto deriva.

Por lo expuesto, requerimos la intervención de la Defensoría, ya que a contra pelo de los criterios técnicos, que indican una distancia mínima de 200 m. de las fuentes de agua, el Poder Ejecutivo promulgó el Decreto “Reforma al artículo 70 del Decreto Ejecutivo N°31520-MS-MAG-MOPT-MGSP, Reglamento para las actividades de Aviación Agrícola, del 16 de octubre del 2003” que disminuye aún más la distancia de 200 m. considerada como mínima aceptable.

En virtud de que desde el año 2003, las poblaciones afectadas no encuentran justicia pronta y cumplida por parte del gobierno, pese a todas las gestiones de buena fe realizadas ante la misma Defensoría y el Ministerio de Salud, proponemos, iniciar una acción ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la cual tendría gran peso moral, sobre todo considerando que quienes están siendo abusados por el Poder Ejecutivo al mantener en vigencia ese Decreto, son sencillos pobladores sin recursos económicos, técnicos ni intelectuales, que pudieran dar la lucha para revertir prácticas malsanas y abusos de más de una década.

Toda esta situación ha sido documentada por la Defensoría y contaría con el apoyo de grupos organizados en varios países latinoamericanos como en Colombia, Perú y Argentina, entre otros, que ya se están organizando para coordinar acciones tendientes a prohibir la fumigación área, a través de una estrategia más fuerte a nivel internacional.

Estos humildes pobladores vecinos de bananales, en caso de no ser amparados por la Defensoría de los Habitantes y la propia Sala Constitucional, seguirán expuestos a la mortífera lluvia de todo tipo de productos químicos (biocidas), y sufrirán con el tiempo un menoscabo en su salud y tendrían que interponer costosos litigios legales y enfrentar en los tribunales a su patrón-empleador, lo cual resulta en una lucha absolutamente desigual, con resultados inciertos.

En todo caso, el costo de un litigio de esta naturaleza reclamando daños y perjuicios mediante una acción civil resarcitoria, es impagable para gente tan sencilla, obreros de finca bananera y ello no es viable. Es decir, esta población está absolutamente desamparada en términos reales, frente a una realidad opresiva y denigrante de sus condiciones ambientales y de salud.

Todo este drama humano, es lo que se pretende evitar con la Acción de inconstitucionalidad presentada en contra de la “Reforma al artículo 70 del Decreto Ejecutivo N°31520-MS-MAG-MOPT-MGSP, Reglamento para las actividades de Aviación Agrícola, del 16 de octubre del 2003”, en virtud de que desde el año 2003, las poblaciones afectadas no encuentran justicia pronta y cumplida por parte de esa Defensoría, pese a todas las gestiones de buena fe realizadas ante la misma Defensoría y el Ministerio de Salud, que es la primera instancia competente para el caso.

PRUEBA

Adjuntamos copia de oficio AEL-173-2006 de 3 de julio de 2006, el cual no ha sido resuelto por el Ministerio de Salud.

Señalamos copia de oficio ASUB-292-04 de fecha 12 de setiembre de 2004.

Atenderemos notificaciones al correo machore@gmail.com y fax 2798-2645.

Le enviamos saludos cordiales,

 

Marco Levy

Presidente

Asociación de Desarrollo para la Ecología

 

*Imagen con fines ilustrativos.

Enviado por Marco Levy.

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La agroecología en el país más fumigado del mundo

Henry Picado Cerdas (*)

 

Irónicamente en la víspera del día de Acción Global Contra los Plaguicidas el presidente costarricense Luis Guillermo Solís firmó un nuevo reglamento para la incorporación de más agroquímicos en el país más fumigado del mundo.

Los personeros de Ministerio de Agricultura y Ganadería anunciaron el pasado que “entre los avances que contempla la nueva normativa, está el registro por incorporación de elementos activos grado técnico que ya hayan sido registrados en otros países miembros de la OCDE.”

Hay que aclarar que según este reglamento cualquier agroquímico registrado en cualquier de los 34 países de la Organización Para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) será admitido en Costa Rica para su registro de forma automática. ¿Será esto un avance? ¿A quién beneficia esta medida?(1).

Cabe señalar la OCDE es un órgano multilateral de carácter privado, fuera de las organizaciones de Naciones Unidas, famoso en el mundo entero por emitir “recomendaciones” de eliminación de políticas de bienestar social (educación, economía, ambiente y salud). Forzando a los países miembros a adoptar políticas de libre comercio y de corte pro-empresarial.

El gobierno tico considera “un avance” mermar los controles y análisis técnicos nacionales para la entrada de “nuevos” plaguicidas sustituyéndolos por registros hechos en otros países con condiciones ambientales y agrícolas diferentes. Cientos de plaguicidas serán incorporados como permitidos en Costa Rica sin pasar ni una sola prueba específica para nuestro contexto biológico, climático y productivo.

Un arsenal de contaminantes está a punto de entrar al país y las compañías de agroquímicos se frotan las manos. Las mismas manos que escribieron este reglamento, puño y letra de Cámara de Agricultura, compuesta por cualquier cosa menos por agricultores. Esta Cámara es un sindicato de empresas transnacionales del agronegocio, presidida y dirigida por Alfredo Volio, el Capitán de la Campaña del “Sí Al TLC”.

Para este “Gobierno del Cambio” no bastan los 18.2 kilogramos de agroquímicos anuales por hectárea que se consumen el país. Parece que está de acuerdo con los empresarios piensan que tenemos que comer más veneno tres veces al día.

Pero dichosamente hay esperanza. Gente que se organiza y se pone a trabajar a pesar del mal tiempo y de las malas políticas agrícolas que asolan el país hace 30 años. En el marco del día internacional de Acción Contra los Plaguicidas cientos de campesinos, campesinas, se encontraron en el Festival Cultivando Pura Vida con consumidores/as, cocineros/as músicos/as, activistas, académicos/as… personas de todo el país.

Durante dos días en el Centro Especializad en Agricultura Orgánica en Cartago se encontraron tejidos, fermentos, hortalizas, legumbres, granos, tubérculos, frutas, mieles, semillas, artesanía, chocolate, café, cosméticos y mil sorpresas más.

Iniciativa que genera vínculos, conocimiento y redes de trabajo en torno a la agroecología. Se sabe que toda esta gente valiente no se rendirá y seguirá luchando desde los surcos fértiles en muchos rincones de este país.

Nota:

(1) Alemania, Australia, Austria, Bélgica, Canadá, Chile, Corea, Dinamarca, España, Estados Unidos, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Israel, Italia, Japón, Letonia, Luxemburgo, México, Noruega, Nueva Zelanda, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Suecia, Suiza, Turquía.

 

(*)Red de Coordinación en Biodiversidad.

 

Imagen tomada de www.biodiversidadla.org

Enviado por Red de Mujeres Rurales de Costa Rica.

UCR fortalece estrategia para evitar criaderos de mosquitos

Bajo el lema “De la mano de la prevención; mi Universidad sin criaderos”, la Comisión Institucional para la prevención del dengue y chikungunya de la Universidad de Costa Rica realizó recientemente un conversatorio, con los representantes de las diferentes unidades académicas y administrativas del campus, para motivarlos a continuar efectuando esfuerzos para la detección de criaderos y así evitar la proliferación de mosquitos de la especie Aedes aegypti.

UCR fortalece estrategia para evitar criaderos de mosquitos

El decano de la Facultad de Medicina y coordinador de la Comisión, Dr. Luis Bernardo Villalobos Solano junto con los representantes de la Comisión, brindaron a los participantes una charla sobre las características del mosquito, los sitios donde se alojan y el proceso de desarrollo de las larvas, el estado actual del dengue, del chikungunya y del virus del Zika en Costa Rica, el control del Aedes aegypti y la estrategia universitaria al respecto.

Estas iniciativas de carácter formativo, tienen el objetivo de hacer un llamado al personal universitario para que tomen conciencia de la importancia en la prevención de estas enfermedades y para que continúen efectuando acciones preventivas tendientes a evitar la aparición de criaderos del mosquito.

Como parte de los objetivos que impulsa la Comisión, está la creación de comités en cada unidad académica, administrativa o edificio de la Universidad, para realizar las labores de vigilancia y así la aparición de criaderos. Cada comité efectúa la identificación de recipientes que puedan albergar agua y que puedan servir como sitios para la puesta de huevos y desarrollo de las formas inmaduras del vector. Dentro de estos figuran canoas, macetas, cajas de registro, baldes, floreros, estañones, etc. En caso de que alguno de ellos aparezca con formas larvales, éstas deberán ser remitidas a la Comisión para su identificación.

El doctor Ólger Calderón, microbiólogo y entomólogo médico, señaló que en algunas muestras analizadas, se ha identificado la presencia del mosquito y de inmediato se han tomado las acciones correspondientes para la eliminación de los criaderos.

En otros casos, las unidades académicas y administrativas han solicitado que integrantes de la Comisión las visite para valorar situaciones particulares y analizar alternativas de control, dentro de ellas la fumigación. Sin embargo, el doctor Calderón explicó que la fumigación no es la alternativa para disminuir las poblaciones del vector. Anadió que las autoridades de salud insisten en que la eliminación del criadero del mosquito es la principal acción y las fumigaciones sólo se recomendarían en casos de brotes de algunas de las virosis transmitidas por el Aedes aegypti.

Uso de insecticidas comerciales

El doctor Ólger Calderón Arguedas fue enfático al señalar que algunos estudios científicos muestran que Aedes aegypti viene mostrando resistencia a los componentes activos con los que se preparan los insecticidas comerciales. “Los insecticidas por aspersión no permiten una acción directa sobre el sistema respiratorio de los mosquitos y más bien representan presiones selectivas que favorecen la aparición de resistencia. A diferencia de los insecticidas comerciales, los procesos de fumigación empleados en los brotes utilizan técnicas de aplicación en ultrabajo volumen (ULV) o termofumigación” puntualizó Calderón. En estos procesos los insecticidas se aplican como una niebla que es respirada por los insectos ejerciendo su acción letal. Pero el impacto de estos procesos es puntual, por lo que solo se recomienda cuando existe la aparición continua de casos en una determinada área geográfica.

Los insecticidas comerciales por aspersión, quedan adosados a superficies o por el tamaño de la gota caen por gravedad, por lo que el contacto con los mosquitos no es eficiente.

De acuerdo con el criterio del Dr. Calderón, la mejor manera es prevenir la eliminación o tratamiento de los criaderos donde el mosquito coloca sus huevos y ocurre el desarrollo larval. La instalación de barreras como cedazo en puertas y ventanas o el uso de repelentes figuran como medidas complementarias. Para este último, el período de efectividad es limitado por lo que es necesario estar aplicándolo el producto constantemente.

Las autoridades de salud motivaron a la comunidad universitaria a ser un ejemplo a nivel nacional, trabajando juntos en la eliminación de los criaderos, limpiando canoas, revisando las cajas de registro y cableado eléctrico, plásticos, lonas de gran tamaño, entre otros sitios donde el mosquito puede reproducirse.

Datos estadísticos no son alentadores para Costa Rica

Para el año 2016, la tendencia epidemiológica que muestra en dengue, chikungunya y Zika, no es muy alentadora. Los datos estadísticos reflejan que el presente año parece ser el peor en la historia nacional en cuanto al dengue. Así lo dieron a conocer durante la charla. Hasta la fecha, se han detectado 6.660 casos de dengue, 1710 de chikungunya y 44 casos de transmisión autóctona y 20 importados de Zika.

La actividad, organizada por la Facultad de Medicina, contó con la participación del decano de Medicina y coordinador de la Comisión Institucional para la prevención del dengue y chikungunya, Dr. Luis Bernardo Villalobos Solano, Dr. Ólger Calderón Arguedas, microbiólogo y entomólogo médico y la Dra. Sedalí Solís de la Oficina de Bienestar y Salud.

*Para ampliar la información, puede comunicarse con el doctor Ólger Calderón al 2511-5430.

*Le ofrecemos un video producido con estudiantes de la Escuela de Comunicación Colectiva sobre la temática. https://www.youtube.com/watch?v=4ckeCXHd5Xg

 

 

Enviado a SURCOS Digital por Lic. Otto Salas Murillo, Periodista Oficina de Divulgación e Información, UCR.

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