Por Memo Acuña. Sociólogo y escritor costarricense.
“Me tengo que ir, no sé exactamente si podré volver o si te podré tener conmigo de nuevo en algún momento, sé que no puedo explicarte de manera directa lo que está pasando y lo que vendrá a continuación, me gustaría poder quedarme o llevarte conmigo, no creo resistir, pero trataré de hacerlo para volver a verte, y de ahí nunca volver a separarnos nunca más”.
Al leer de nuevo este texto, creo firmemente en el poder transformador de la palabra. Habíamos empezado nuestro taller Pedagogía del yo migrante, con un poema del poeta chapaneco Balam Rodrigo, llamado oración del migrante. Con ojos cerrados y el oído atento, las personas participantes en ese dispositivo entraron por la piel, el sentido, a un tema que en Honduras tiene tremendas implicaciones subjetivas, familiares y sociales. El texto con que inicio esta crónica, de hecho, responde a una indicación directa como parte de una actividad incluida, sobre despedirse al tener que salir de forma forzada de un contexto de origen.
Mucha gente en Honduras lo hace, lo hacen cientos de personas todos los días.
El taller, que justamente empecé como ejercicio de escritura creativa en la ciudad de Comayagua en noviembre de 2018, dos semanas después que cientos de hondureños y hondureñas integraran los primeros colectivos que iniciaron una nueva etapa en las movilidades humanas centroamericanas, fue impartido en una nueva versión como posibilidad de vincular la poesía con los contextos sociales, nuestras realidades regionales.
A eso fui, fuimos a Honduras, a apalabrar y sacarlo todo afuera en el marco del Festival internacional de Literatura TeguSIcanta, realizado entre el 18 y el 22 de junio en Tegucigalpa. Como parte de este evento, me encuentro en el Instituto Técnico Luis Bogrand con la poeta dominicana Nathalie García, el cantautor guatemalteco Ramsés Girón y la pintora, dibujante y escritora hondureña Karen Romero. Cuando leo en estos contextos (escuelas y colegios) me gusta contar la historia de mi padre a través del libro “Al Fondo del Corazón” (Metáfora Editores, Guatemala, 2017).
Jugador de fútbol en Costa Rica durante los años 50 y 60, su momento histórico lo lleva invariablemente a relacionarse con el mítico guardameta soviético Lev Yashin quien junto con su selección pasó por San José rumbo al mundial de Chile de 1962. El 22 de mayo de 1962 mi padre, llamado en la jerga futbolística como “Tierra Acuña”, vio adelantado al guardameta y al defensa central y le colocó el balón a un costado. Mi padre cuenta que observó el balón entrar lentamente y luego lo que pasó después fue un salto al vacío. El viejo Estadio Nacional estalló en júbilo y su anotación quedó registrada en los libros contables de la memoria deportiva del país. De eso hice poesía, sigo haciendo poesía. Como esta:
XVII
Parte un lienzo blanco.
Orfebre, Sabe dónde poner la gubia y su sudor.
Canta música de oído y también goles.
Esa mañana en el Instituto leo ese y algunos textos. Al segundo o tercero me quiebro (me suele pasar cuando repaso ese libro) y de inmediato Nathalie, Karen (llamada cariñosamente Nicky) y Ramsés me sostienen, me abrazan, me acompañan. El valor de la poesía va más allá de nuestros libros (“los libros se venden, la poesía no”, dice nuestro querido Otoniel Guevara) e incluso las lecturas que nos colocan de cara a distintas audiencias. La poesía, que no es un acto deliberado sino todo lo contrario, es esto que ellos tres hicieron conmigo esa mañana: construir afectos que se vuelven pieles y abrazos permanentes, incluso a pesar del tiempo.
Llegar a Café Paradiso es devolverme 10 años en el tiempo. Esa noche hace diez años las queridas Venus y Karen, gestoras en aquel momento del proyecto editorial y cultural Ixchel, programaron una hermosa presentación de mi libro Amares y entre el público estaba el querido poeta Rigoberto Paredes y Anarela Vélez, Fabricio Estrada y tantos otros amigos y amigas en la poesía que en ese entonces resistían en una Honduras posterior al golpe de Estado del 2009. Ahora vuelvo “al Paradiso” con la fe intacta por mi palabra. Lee Arístides, lee Soledad, lee Armida, leo. Y me refugio en esa lectura en uno de los lugares más emblemáticos para la resistencia cultural de Centroamérica. Siempre les agradeceré a Venus y Karen su gesto de llevarme de la mano a conocer este lugar y quedar para siempre como parte de su historia.
Las palabras y lo que ellas dicen. Junto con Arístides Vega de Cuba, el poeta hondureño Edilberto Borjas y la querida Consuelo Tomás, de Panamá, llegamos a sentir el abrazo de los estudiantes del Centro Educativo República de Honduras. Bajo la organización amorosa de la querida Perla Rivera, poeta y educadora hondureña, esa tarde fuimos testigos de lo grande que es la palabra y lo que dice cuando uno o más niños y niñas se reúnen en su nombre. La verdad solo existe al interior de la poesía como territorio liberado. Vuelvo a leer el gol de mi padre y recuerdo cuánto arte puso Eduardo Galeano en el fútbol, tratando de disputárselo al valor comercial y de negocio adquirido en los últimos tiempos. Esta vez no me quiebro. Leo y me empodero como acto ritual y necesario de sacarlo todo afuera.
No puedo irme de esta crónica sin atestiguar la pulsión que produjo en mí los dos días de estancia en el Municipio de Cantarranas, ubicado a una hora de Tegucigalpa. Es que un Festival como al que asistimos no podría terminar en mejor lugar que este, donde todo es poesía: sus paredes, sus calles, su sentido.
Me quedo con la imagen que aún conservo: Marta (Argentina), Genoveva (República Dominicana) y yo fuimos comisionados para varias lecturas en la comunidad durante esos días. Aguardamos por los demás poetas para el cierre, al pie del Bulevar donde se levantan varias esculturas. De pronto divisamos a lo lejos un hermoso enjambre en caravana de niños y jóvenes en zancos, con colores, banderas de varios de nuestros países. Conforme se acercan empiezo a latir y darme cuenta de que el Festival va terminando. Luego la caminata, luego la música donde los poetas fuimos uno con el pueblo. Luego la sopa, luego la lluvia, el bosque, el silencio feliz.
La resistencia a través de la poesía es quizá uno de los principales actos políticos en una región como la nuestra. Se disputa al dolor, a la violencia, a la desigualdad, a la pobreza, a la fragmentación social, territorial y cultural. A todo ello se hace frente con “la palabra amor colgada del fusil” como dice el poeta venezolano Rafael Cadenas. Durante esos días de junte y abrazo, giró entre nosotros una broma sobre la poesía secreta, a propósito de un episodio migratorio vivido por la querida poeta colombiana Yirama Castaño. Lo paradójico de esto es que si hubo algo público, ancho y amplio durante aquellos días fue la palabra y su maravilloso don de crear, transformar y decir.
Regreso lentamente a una cotidianidad que me mira de otra forma. Otros colores, otras narrativas. Pero con nuevos abrazos, nueva música, nuevas pieles en mi vida. Luego de este festival seguramente varias cosas adquirirán significados distintos, para seguir creciendo en mi trabajo literario, que es el que en estos momentos me da el alimento para el alma que requiero.
Por eso, la necesaria resistencia viene de adentro y luego se convierte en lienzo para tejer con todos y todas una posibilidad de construirnos y recrearnos.
En Honduras, según datos oficiales el 60% del producto interno bruto (PIB) es generado por las micro, medianas y pequeñas empresas (MIPIMES). Lo que no sabemos es si éstas están pagando los salarios adecuados a las leyes nacionales y a los convenios internacionales, honrando los derechos laborales del trabajador.
No lo sabemos porque las instituciones académicas, ni el gobierno, realizan investigaciones y, menos supervisiones oficiales, para garantizar que al menos se esté pagando el salario mínimo. Este salario, estimado en base a 30 productos de la canasta básica familiar, incluye: pan y cereales, carnes, pescado y mariscos; lácteos y huevos, aceites y grasas; frutas, legumbres y hortalizas; azúcar, mermelada, miel, jarabes, y chocolate; agua mineral, refrescos y jugos. Los montos establecidos van desde L.725.99 (US$29.39) a L1,406,05 (US$56.99) mensuales, dependiendo de la actividad económica que se realice dentro de las once categorías definidas oficialmente. La tabla de salarios mínimos acordada va desde las actividades agrícolas, silvicultura, caza y pesca hasta servicios comunales sociales y personales, seguridad y limpieza. Por “salario mínimo” de hecho, debe entenderse un salario máximo, puesto que la patronal no está dispuesta a pagar más de eso, pero sí menos. Sin embargo, sí en este momento tomamos esa lista de productos y visitamos un mercado en la ciudad, no lograríamos llevar a casa los alimentos para cinco miembros de la familia, ni para quince días.
Los trabajadores asalariados para lograr ese pago mínimo vienen a ser quienes, al no tener organización sindical, ni suficiente supervisión del gobierno existe una mayor explotación del trabajador. Afuera de las industrias textiles o maquiladoras, donde sus sindicatos han logrado firmar contratos colectivos, incluso en las industrias cementeras, embotellaras y las agroindustriales para la exportación, donde también se tienen contratos colectivos, a excepción de los trabajadores en las plantaciones hortícolas, como existe en el Valle de Comayagua, la fuerza laboral en las MIPIMES, vienen a ser quienes, al no existir organización sindical ni suficiente supervisión del gobierno, hay una mayor explotación del trabajador.
Desde luego, en la época actual, se da el llamado trabajo en línea. Es decir, el trabajo que se realiza desde una computadora, de manera virtual. Es una forma moderna de hacer que una o varias personas trabajen por metas y objetivos, o sea a destajo. Esto se inició en la industria maquiladoras, donde se han experimentado una variedad de formas de explotación, entre ellas los horarios laborales de dos días no y tres sí, ir a la fábrica, o tres y tres, cuatro y tres, etc., las invenciones para que la patronal pague menos han sido diversas. El servicio de transporte de personas como son el denominado UBER, ha sido una de las formas más actuales de contratación en línea, donde el empleado no tiene más derecho que un porcentaje de la tarifa establecida por la empresa, cuya sede está en Estados Unidos de Norte América, ofreciendo al pasajero cierta seguridad personal mediante el uso de un GPS. Se dan otros contratos de trabajo en línea por empresas y compañías cuya sede está en otro país de adonde está el empleado. Este puede trabajar muchas horas diarias, sin cobrar las horas extras ni otros de los derechos a los cuales debe tener acceso de acuerdo al código de trabajo y los convenios internacionales. La Organización Internacional del Trabajo (OIT) esta consiente de esa situación, pero no hace nada para resolver el problema, es otro de los motivos que la Organización de Naciones Unidas (ONU) está siendo fuertemente criticada.
Con el avance tecnológico vienen profundizándose las formas de explotación y el desempleo. Estamos en una carrera donde la inteligencia artificial y la robótica está afectando a los países menos desarrollados. Se está profundizando los niveles y escalas de la pobreza y la desnutrición. Las instituciones educativas están desactualizadas, los jóvenes buscan opciones para mejorar su calidad de vida, las grandes empresas tratan de evadir impuestos del Estado y la clase política quiere seguir con su tradicional sistema de enriquecimiento ilícito e impune.
Esto ocurre mientras los productores agrícolas se las ingenian para extraer los alimentos de las tierras nacionales, luego de una fuerte sequía, los comerciantes buscan abastecer el mercado de alimentos importándolos para lograr una renta mayor, el poder Ejecutivo se debilita al perder a uno de sus principales ministros: Rodolfo Pastor de María y así seguiremos sin cumplir ningún plan de desarrollo soberano.
¿Acaso no hemos aprendido que en el Valle de Sula, Honduras, deberíamos tener ya un protocolo para saber qué hacer al tener encima los varios huracanes anunciados que vienen a partir de junio? Por ahora, estamos bajo un domo, que evita las precipitaciones atmosféricas.
Nuestro controversial alcalde de San Pedro Sula debería tener un equipo de personas expertas para atender las emergencias que están a la vuelta de la esquina. Si no lo hace él, que lo haga el vicealcalde, pero que en lugar de estar en riña de gallos (o pollos), se pongan a trabajar, que por eso están allí, no para hacerse millonarios.
Tenemos un domo de muy altas temperaturas que parece haber llegado para quedarse. Nuestra población está sufriendo las consecuencias en su salud y ya hay adultos mayores fallecidos. Niños y ancianos son la población más vulnerables, pero no las únicas.
Los agricultores se quedarán con las semillas en la mano sin poder sembrarla, porque las tierras están muy secas, con su estructura casi petrificada. Los árboles qué no lograron profundizar sus raíces más de dos pies, están secos o a punto de morir. Nuestros alimentos básicos se van a escasear pronto. Ya estamos importando granos desde Nicaragua. Importamos mayores cantidades de verduras y otros alimentos desde Guatemala y El Salvador.
Si las tormentas y ciclones, previstos nos siguen azotando, ¿adónde nos refugiaremos, señor alcalde y vicealcalde?
Desde luego, sabemos que la población de La Lima se va a los bordos de los ríos y lagunas. Pero esas familias resisten plagas, enfermedades y hambre, hasta que pueden regresar a sacar el lodo de sus viviendas al dejar de llover. Mientras las autoridades, por no prevenir, se quedan con los brazos cruzados, confiados en la pasividad ciudadana y en sus propias fortunas mal habidas aguardan en paraísos fiscales.
Esperemos que no lleguen a azotarnos las inundaciones, ciclones y enfermedades, propias de esas temporadas. Sin embargo, la hipótesis de que las altas temperaturas no van a regresar al curso «normal» o anterior, donde se llegue a definir con claridad, adónde inicia y termina el invierno (lluvias) y el verano (periodo seco), ya no volverá y, que el calor seguirá siendo elevado, es preocupante.
Este sábado vimos en las pantallas al equipo Borussia Dormond jugando contra el Real Madrid.
90 mil personas llenaron el estadio. El Real Madrid ganó el «Champions League» por décimo quinta vez
Mientras tanto la industria de las armas para las guerras en medio Oriente y en Ucrania no se da abasto en satisfacer la demanda comercial, aun cuando es la juventud de varios países la convertida en carne de cañón por los políticos de Kiev, Washington, París, Londres, y Moscú, en actitud defensiva, con un occidente hartado de ruso/fobia.
Nosotros, gozamos del partido, comiendo pizza de la buena.
Es bueno saber que nuestra región, donde hubo guerras y mucha juventud muerta, en los ochenta, ahora podemos vivir en una relativa paz.
Nuestra población trabajadora, aun cuando obtiene raquíticos ingresos, pues no llegan al mínimo establecido para obtener los 30 productos de la canasta básica, la clase trabajadora tiene libertad de organizarse, sin embargo, no lo hace como debiera. Es evidente que está paralizada sin exigir que se cumpla con lo establecido en las leyes y convenios internacionales.
Un factor que puede ser neutralizante es la evidente alianza entre las sindicales y el partido político gobernante Libre. Lo cual parece positivo para lograr un buen gobierno. Sin embargo, puede ocurrir una desventaja para el pueblo trabajador, cuando y si este trabajador organizado da prioridad a su partido e ignora los intereses de clase social a la que representa.
Todo gobierno debe lograr el beneficio de los diversos sectores sociales y económicos. Así es casi imposible que Libre satisfaga a la patronal sin afectar al empleado y viceversa.
Por eso es por lo que, para lograr los balances exigidos, mucho está en la capacidad de diálogo y negociación.
Sobre la mesa, siempre debe considerarse que hay actores externos muy poderosos. Particularmente las corporaciones internacionales del empresariado. Lógicamente, están aliadas a grandes potencias mundiales donde el mercado es un actor de primer orden.
El sindicalismo actual tiene nuevas exigencias. Así que su actuar debe estar a la altura de las nuevas circunstancias.
Por ejemplo, ahora se debe insertar en el conocimiento y manejo de los medios electrónicos. Solamente referirse a las comunicaciones, esenciales para la información y análisis actualizado, debe manejar bastante de los medios electrónicos. Ahora le es imprescindible, el manejo de la inteligencia artificial y la robótica.
Si no lo hace, las organizaciones patronales van a jugar con los obreros y campesinos. No solamente se burlarán, pero agudizarán su explotación al trabajador. Esto se vuelve esencial ahora, aunque no lo fuera hace una década.
Desde luego, el descanso y la diversión, por ejemplo, viendo un partido de fútbol clásico, no solamente es un derecho humano, es una necesidad para su salud, pero sin dejar la movilización y la reivindicación socio económica.
Así es que abogamos por el desarrollo integral de la sociedad en un ambiente de paz y armonía, defendiendo y luchando por los derechos de cada sector.
En la ciudad de San Pedro Sula hay preocupación porque tanta polución enferma el sistema respiratorio de la población.
Ahora, al escuchar los truenos del cielo y ver que cae la primera lluvia en meses de verano, hay alegría.
Se sabe que buena parte de esa polución es producto de la, relativamente, poca industria, existente principalmente azucarera, como la empresa Chumbagua, por su tradicional método de quemar los cañales. Pero se sabe que esos empresarios hacen y deshacen impunemente. Las autoridades correspondientes ven hacia un lado, aunque las secciones pediátricas de los hospitales ya no les quede espacio adónde ubicar tanto infante enfermo.
El gobierno actual está ofreciendo unos ocho hospitales nuevos. Desde luego, que el sector profesional de salud y pueblo en general aplaude tal iniciativa de la presidente Xiomara Castro, esperando que el presupuesto no desaparezca con la magia de los corruptos.
Lo mejor sería no tener que utilizar los hospitales al 100%. Pero como la prevención es casi inexistente, eso viene a ser un sueño.
Los empresarios podrían cooperar con la prevención, como es el caso de los azucareros, sin embargo, lo fácil para el empresario, termina siendo dañino al pueblo.
La poca lluvia que ha caído apenas mojó la superficie del suelo. Para el cultivo que los agricultores están listos a sembrar, como es el frijol, se requiere un poco más de lluvia, aunque no tanta, que arrastre el poco humus, esencial en la siembra.
En tres meses es necesario producir los granos para abastecer la demanda existente. El peor daño que se podría causar a los productores es traer o importar los granos de un país vecino, importación ya se inició.
Tal política de sustitución de la producción por la importación es perjudicial, como se sabe y, para ejemplo, acaba de poner en jaque a varios gobiernos europeos.
Honduras sigue siendo un país agrícola con una industria manufacturera débil. Es por tal razón que debería fomentar más la agricultura, que es donde ha estado su mayor potencial económico, históricamente, sin pretender entrar en lo que aún no tiene mayor competencia.
Nadie niega que la «industria golondrina» o maquila, se posesiono fuertemente por un buen tiempo. Pero más se basa a los bajos salarios que a las capacidades tecnológicas y la infraestructura instalada. Por tal motivo, vuelan de un país a otro, sin un provecho sustancial a la economía local pero sí hizo daño físico a la juventud trabajadora.
Volviendo a la producción de alimentos, los estímulos actuales del gobierno para ello son de mucha ayuda, pero no suficientes.
Muchos están cruzando los dedos porque se anuncia la llegada temprano de muchas tormentas. Es algo que, sí ocurre en demasía, hará daños significativos, así que la Naturaleza tiene amenazada a la población nuevamente, sin esperar a que se instalen las represas programadas.
El país requiere que los niveles de precipitación sean moderados.
Se espera que así suceda, pero sin confiarse y tomar las medidas adecuadas, puesto que hay suficientes experiencias en el enfrentamiento a fuertes fenómenos naturales.
Manifestaciones en las calles de San José contra del proyecto minero de Crucitas en Costa Rica. Imagen extraída del artículo titulado «Canadian groups tell gold company to ‘stop harassing’ Costa Ricans» (Bilaterals.org., edición del 17 de abril del 2013).
Por Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto : nboeglin@gmail.com.
En días recientes, el Centro Internacional de Arreglo de Disputas entre Estado e Inversionista Extranjero (CIADI, también conocido por sus siglas en inglés de ICSID o CIRDI en francés), informó que desde el 24 de febrero, Honduras ha procedido a notificar su intención de retirarse de la Convención de Washington que creó el CIADI de 1965: véase al respecto el comunicado oficial del CIADI.
Esta denuncia surtirá efectos plenos jurídicos 6 meses después de notificada, a partir del 25 de agosto del 2024.
Breves aspectos preliminares
Cabe recordar que Honduras había ratificado dicha convención en 1989, precedida por El Salvador (1984) en Centroamérica. Una ratificación que fue seguida por la de Costa Rica (1993), Nicaragua (1995), Panamá (1996) y Guatemala (2003): para una convención adoptada en 1965 bajo los auspicios del Banco Mundial, el extremadamente lento proceso de ratificación observado en Centroamérica (y más generalmente, en América Latina) evidencia los temores fundados de muchos decisores políticos. Notemos que, en el caso de Centroamérica, Panamá encabeza la lista con el mayor número de demandas registradas en su contra ante el CIADI (17), seguido por Costa Rica (15), Honduras (13), Guatemala (8), El Salvador (5) y Nicaragua (3).
A modo preliminar, procederemos a una pequeña observación (en particular destinada a quienes no están muy familiarizados con el derecho internacional público): se considera que un tratado multilateral es vigente para un Estado cuando ha sido ratificado por este Estado. Mientras que un tratado cuenta únicamente con la simple firma por parte de un Estado, no se considera vigente. Ahora bien, una vez ratificado un tratado, un Estado puede en cualquier momento decidir que no desea más seguir sometido a las obligaciones jurídicas que contiene dicho tratado, procediendo a notificar su intención de denunciarlo.
La Convención de Washington de 1965 que crea el CIADI (véase texto completo) contiene una disposición específica sobre la denuncia de la misma, la cual se lee de la siguiente manera:
«Artículo 71
Todo Estado Contratante podrá denunciar este Convenio mediante notificación escrita dirigida al depositario del mismo. La denuncia producirá efecto seis meses después del recibo de dicha notificación».
Las muestras de apoyo recibidas por Honduras
La experiencia de otros Estados que han denunciado la Convención de 1965 indica que es menester también proceder a la terminación o renegociación de cláusulas insertadas en otros instrumentos a los que Honduras es Estado Parte: ello con la finalidad de poder librarse en el futuro de demandas de inversionistas extranjeros. Se trata de una tarea que muy probablemente ya estén planeando las autoridades hondureñas.
Como bien se sabe, el mecanismo de arbitraje de inversión previsto en el CIADI permite demandas interpuestas por un inversionista extranjero contra un Estado. No admite que sean presentadas demandas en el sentido opuesto.
Un selecto grupo de economistas celebraron la decisión de Honduras de denunciar la Convención de Washington de 1965 que establece el CIADI (véase texto de la declaración conjunta). Esta misiva fue antecedida por una iniciativa conjunta de 33 senadores y congresistas norteamericanos (véase carta) en mayo del 2023, denunciando el carácter abusivo de una millonaria demanda interpuesta contra Honduras por la empresa Próspera Inc. (norteamericana), carta en la que se leía que:
«Próspera has repeatedly threatened to initiate ISDS arbitration under CAFTA-DR to bully the Honduran government into allowing them to continue operating under the abolished ZEDE framework. In December 2022, the company announced that it filed a CAFTA-DR claim with the International Centre for Settlement of Investment Disputes (ICSID), which will force the government of Honduras to potentially spend millions of dollars defending itself for responding to the will of its people and asserting its sovereignty over these special governance jurisdictions operating in its territory«.
../..
«The U.S. government and Congress have already acknowledged, to some extent, the problems with the ISDS system. We worked on a bipartisan basis to significantly reduce ISDS liability in the renegotiated U.S.-Mexico-Canada Agreement (USMCA), though it left an unacceptable loophole for U.S. fossil fuel companies in Mexico.We request that you intervene—through a statement of support, amicus brief, and any other means at your disposal—in support of Honduras’ defense in the Próspera ISDS case and to ensure that such egregious cases can no longer disrupt democratic policymaking by working to eliminate ISDS liability in preexisting agreements in our hemisphere«.
La fuerte crítica a la acción interpuesta ante el CIADI por esta empresa norteamericana contra Honduras en febrero del 2023 (véase detalle del procedimiento) por parte de senadores y legisladores norteamericanos, no es sino un eco (en nuestra opinión, algo tardío) a una posición crítica y a advertencias que ya habían hecho hace varios años otros economistas, ante los efectos dramáticos del arbitraje de inversión para las economías de los Estados de América Latina (Nota 1).
La denuncia de un tratado en breve
La denuncia de un tratado es la figura jurídica, consagrada en la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados de 1969 (véase texto), mediante la cual un Estado puede liberarse de obligaciones internacionales contenidas en un tratado internacional cuando considera que ya no resulta beneficioso seguir sometido al régimen que le impone (véase el Artículo 56 de la Convención de 1969). El Artículo 56 no exige al Estado fundamentar las razones de su denuncia, tratándose de una decisión soberana que cada Estado puede tomar, en el momento en el que lo estime oportuno.
Habíamos tenido la oportunidad de analizar en su momento la denuncia de la Convención de Washington de 1965 por parte de Venezuela en el 2012, antecedida por Ecuador (julio del 2009) y Bolivia (mayo del 2007): véase nuestra notapublicada en el 2013 por el Bretton Woods Project titulada «ICSID and Latin America: Criticism, withdrawal and the search for alternatives«.
En otro artículo publicado en México en el 2015, se leía que: «El creciente número de controversias entre inversores extranjeros y Estados pone de manifiesto los beneficios y deficiencias del arbitraje internacional en esta materia. La experiencia latinoamericana demuestra que reclamos abusivos y temerarios por parte de estos inversores encuentran asidero en tratados que no han tomado en consideración los procesos sociopolíticos e institucionales de los Estados receptores de inversión» (Nota 2).
La profunda desconfianza que genera el CIADI in crescendo
En los últimos decenios, el CIADI ha despertado muchas reservas en diversos círculos en América Latina pero también en otras latitudes, ante la falta de transparencia en sus procedimientos, el perfil de sus árbitros (muchas veces poco familiarizados con álgidos temas legales como la protección del ambiente, el derecho al agua y los derechos de las poblaciones indígenas, el derecho administrativo y constitucional), así como los montos millonarios y a veces desproporcionales a los que se ha condenado a Estados en algunos casos, por demandas claramente abusivas de un inversionista extranjero (Nota 3). No está de más indicar que cuando se creó el CIADI en 1965, la idea era permitir a un inversionista recuperar el monto de su inversión inicial objeto, por ejemplo, de un decreto de nacionalización, y no añadir a este monto otros adicionales correspondientes a las futuras ganancias proyectadas por el inversionista extranjero no percibidas.
A la Convención de Washington que crea el CIADI como tal, hay que añadir los más de 3200 TBIs (tratados bilaterales de protección y promoción de inversiones suscritos entre dos Estados) adoptados de manera entusiasta en los años 1990-2000, y que permiten a un inversionista extranjero contar con una base legal para demandar a un Estado ante el CIADI o ante otra instancia (Nota 4); así como la gran cantidad de TLCs (tratados de libre comercio) con cláusulas muy similares a las de los TBI, sumamente favorables a un inversionista extranjero.
A modo de ejemplo, entre muchos, en esta nota del 2013 se informó de la terminación por parte de Sudáfrica de su TBI con España (véase nota) y en esta otra nota del 2014, la terminación de varios TBIs por parte de Indonesia, en particular de su TBI con los Países Bajos: se trata de un Estado europeo que ha logrado insertar cláusulas particularmente favorables al inversionista en los más de 100 TBIs que ha suscrito (véase listado), y cuya legislación permite el registro de sociedades con gran facilidad en Países Bajos. En años recientes, Australia procedió a revisar una gran cantidad de sus TBIs: véase la referencia a artículo al respecto; así como Sudáfrica (véase el artículo), o bien un Estado como Indonesia (véase el artículo).
Estos y muchos otros ejemplos evidencian el profundo desencanto provocado en numerosos Estados del hemisferio Sur por las derivas del arbitraje de inversión.
De manera muy llamativa, las derivas del CIADI también han tenido impacto en Europa: en el 2020, fueron 23 (de 27) los Estados Miembros de la misma Unión Europea (UE) los que decidieron, mediante un tratado (véase texto), poner fin a los numerosos TBIS suscritos entre ellos. Dentro de este tratado compuesto por 18 artículos, la lectura del Artículo 10 refiriendo a las jurisdicciones nacionales como medio idóneo para resolver cualquier litigio entre un inversionista extranjero y un Estado merece particular lectura.
Es de notar que el TBI entre Países Bajos y Cuba excluye al CIADI como mecanismo de solución de controversias entre inversionista y Estado (véase artículo 8 del precitado tratadosuscrito en 1999): una exclusión que reaparece en la mayor parte de los TBI que tiene Cuba suscritos con otros Estados (véase listado oficial).
En el 2023, fue Albania la que amenazó con retirarse del CIADI a raíz de una decisión desfavorable (véase nota de prensa).
En el caso de Honduras, mantiene vigentes 8 de los 13 TBIs que ha suscrito (véase listado oficial).
Es de precisar que, a raíz de un fuerte recorte presupuestario en las subvenciones estatales para proyectos de producción de energía eólica y solar, España se ha visto inundada desde el 2013 de demandas por parte de inversionistas extranjeros europeos. Ha sido tal el número de demandas que coloca a España en la cima de los Estados con mayores demandas acumuladas en los últimos 10 años: de las 40 demandas que ha visto planteadas en su contra España ante el CIADI desde el 2013, están pendientes de resolver 20 demandas. El año 2024 inició con otra nueva demanda ganada contra España ante el CIADI (véase nota de prensa del 19 de enero).
La opción: «a extrema prudência brasileira»
Desde 1965, Brasil se ha mantenido sumamente distante con el CIADI.
Si bien ha firmado numerosos TBIs de los años 90-2000 (véase listado oficial), Brasil no ha ratificado uno solo. Cualquier ministro de comercio exterior europeo en visita oficial a Brasil al que se observa firmando con sus homólogos brasileños ante cámaras y medios de prensa un TBI, sabe (o más bien debería saber…) de antemano la suerte que espera ese tratado en tierras brasileñas.
Brasil únicamente tiene vigentes tratados bilaterales mucho más recientes, firmado con Angola en el 2015 y otro con México el mismo año.
La extrema prudencia de Brasil con el arbitraje de inversión explica que tan siquiera haya firmado la Convención de Washington de 1965. No siendo Estado Parte a ninguno de los TBIs de los años 90-2000, Brasil ha optado por negociar tratados bilaterales sobre inversión de nueva generación, que se denominan oficialmente «Acuerdo de Cooperación y Facilitación de Inversiones (AFCI)».
En estos acuerdos de un nuevo tipo, la cláusula sobre solución de controversias no permite que el inversionista extranjero demande a uno de los dos Estados Parte.
La fórmula escogida permite que, en caso de controversia con un inversionista extranjero, esta sea elevada a nivel inter-estatal: son entonces ambos Estados los que acuerdan llevar la controversia al conocimiento de un órgano arbitral clásico (arbitraje inter-estatal). Así por ejemplo, el artículo 23 del tratado bilateral entre Colombia y Brasil del 2015 (véase texto) constituye una ilustración de esta precaución extrema tomada por las autoridades de Brasil y que aparece en tratados suscritos por Brasil con Colombia (aún no vigente), con Angola y México (tratados vigentes).
En este interesante artículo de corte académico publicado en el 2020, cuya lectura se recomienda (Nota 5), se lee en las conclusiones del autor que:
«Por ello, los Estados deben aprovechar el momento actual y, siguiendo el modelo brasileño, negociar nuevos convenios que establezcan cláusulas menos conflictivas y mejor definidas, que incorporen obligaciones para los inversores y que abandonen el modelo de solución de controversias inversor-Estado que tantos quebraderos de cabeza ha generado. De lo contrario, los Estados que sigan comprometiéndose ante nuevos TBI que incluyan las antiguas cláusulas, cuyas consecuencias negativas son ya conocidas, estarán tomando la decisión, voluntaria y consciente, de limitar en gran medida su capacidad de cumplir sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos» (página 105).
El arbitraje de inversiones, el ambiente y los derechos humanos: un reciente informe pasado desapercibido
En un reciente comunicado de prensa desde la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas del mes de octubre del 2023 (véase texto), se leyó que:
«Foreign investors use the dispute settlement process to seek exorbitant compensation from States that strengthen environmental protection, with the fossil fuel and mining industries already winning over $100 billion in awards,” the expert said. “Such cases create regulatory chill.”
Al tratarse de un comunicado de prensa difundido desde la sede en Europa de Naciones Unidas que fue muy pocamente referenciado en medios de prensa internacionales, nos permitimos reproducir otra cita del mismo, no sin recomendar su lectura completa:
«As ISDS arbitration tribunals routinely prioritise foreign investment and corporate interests above environmental and human rights considerations, ISDS claims have devastating consequences for a wide range of human rights, exacerbating the disproportionate harms suffered by vulnerable and marginalised populations,” the expert said«.
El informe integral del Relator de Naciones Unidas sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el disfrute de un medio ambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible está disponible en este enlace. En idioma español, su informe A/78/168 del 13 de julio del 2023 titulado «Pagar a los contaminadores: las catastróficas consecuencias de la solución de controversias entre inversionistas y Estados para la acción climática y ambiental y los derechos humanos» se puede consultar en este enlace. Sospechamos que algunos de nuestros estimables lectores tomarán conocimiento de su contenido al leernos, dada la escasa publicidad y difusión dada a este importante informe en algunos medios de prensa internacionales.
En el 2017, tuvimos la oportunidad de indicar, en una entrevista publicada en el sitio especializado de CIARGlobal que:
«Costa Rica, al igual que muchos Estados, ha suscrito de forma muy entusiasta una gran cantidad de tratados comerciales y TBI que contienen cláusulas muy favorables al inversionista extranjero.
Prácticamente cualquier medida tomada por las autoridades que frene un proyecto en el que hay inversionistas extranjeros puede dar lugar a una demanda: lo vimos con la demanda interpuesta ante el CIADI en 2013 contra Costa Rica a raíz de una reglamentación para ordenar la distribución del gas en Costa Rica, y dos demandas posteriores relacionadas a proyectos inmobiliarios en dos playas frenados por irrespetar la legislación ambiental vigente. Con una decisión de justicia en Colombia que prohíbe la minería en la zona de los páramos, Colombia ahora enfrenta demandas millonarias que van en el mismo sentido» (Nota 6).
Desde la perspectiva de los derechos humanos y las actividades de las empresas mineras de Canadá en América Latina, empresas que podemos calificar de «clientes muy frecuentes» del CIADI, un informe presentado en el 2014 a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (véase texto) espera todavía que sus recomendaciones finales (páginas 30-31) encuentren algún eco en Canadá.
Siempre desde la perspectiva de los derechos humanos, y en esta caso, el derecho a la salud, no está de más referir al laudo arbitral de un tribunal del CIADI de julio del 2016 (véase texto) en el que Uruguay fue objeto de una demanda presentada por una transnacional del tabaco en el 2010 por adoptar una legislación en aras de proteger a los uruguayos del fumado del tabaco (regulación adoptada en el 2008): dos árbitros – de tres – decidieron después de seis largos años de procedimiento desestimar finalmente dicha demanda (véase detalle del procedimiento), en un laudo en el que el envío de una «amicus curiae» desde la Organización Mundial de la Salud (OMS) y desde la Organización Panamericana de la Salud (OPS) surtió efecto (Nota 7).
El regreso intempestivo de Ecuador al CIADI en el 2021
Con relación a Ecuador, como indicado anteriormente, este Estado denunció la Convención de Washington en julio del 2009 después de Bolivia (mayo del 2007). No obstante, las actuales autoridades ecuatorianas, electas en febrero del 2021, decidieron volver precipitadamente a firmar y a depositar el instrumento de ratificación de la Convención de 1965.
La precipitación es más que notoria: la toma de posesión de las nuevas autoridades se efectuó el 26 de mayo del 2021 y fue seguida de la firma de la Convención de 1965, el 21 de junio, y el depósito del instrumento de ratificación fue realizado el 4 de agosto del 2021 (véase estado oficial de la firma y ratificación). Nótese que la Corte Constitucional decidió, en un dictamen del 30 de junio del 2021 (véase texto), que la aprobación legislativa no era necesaria en el caso de este convenio.
Se trata de la ratificación más expedita de esta Convención por parte de nuevas autoridades electas de un Estado jamás registrada en la historia del CIADI. Como es previsible, a finales de diciembre del 2021, se leyó en Chile que una corporación minera chilena inició los trámites ante el CIADI para demandar a Ecuador, utilizando para ello como base de competencia el tratado bilateral de inversiones (TBI) vigente entre Chile y Ecuador (véase nota de prensa de La Tercera del 24/12/2021). Esta demanda se registró oficialmente en el CIADI el 26 de enero del 2022 (véase enlace oficial del CIADI). Se trata posiblemente de la demanda más inmediata después de la ratificación por parte de un Estado de la Convención de 1965 jamás registrada y que explica, en gran parte, la extraña premura antes señalada de las actuales autoridades de Ecuador.
Encontramos una interesante referencia a la decisión de Honduras y al referéndum previsto este próximo 21 de abril en Ecuador en este reciente artículo publicado en La Jornada (México) por parte de un especialista en la materia y titulado «México: ¿seguir a Honduras o a Ecuador?«: se trata de una interrogante que, creemos, se puede plantear en otras latitudes del continente americano.
A la fecha, de los 30 TBIs suscritos por Ecuador en el pasado (véase listado oficial), ninguno de ellos está vigente.
El caso bastante peculiar de Colombia
Colombia constituye un caso bastante insólito: se trata de un Estado que hoy es uno de los Estados del continente con la mayor cantidad de demandas en su contra pendientes de resolución en el CIADI (14 en total).
A diferencia de los demás Estados de América Latina, Colombia había logrado hasta el año 2016 resguardarse de demandas, manteniendo para ello una legislación muy restrictiva con relación a la posibilidad, para un inversionista extranjero, de recurrir al arbitraje internacional.
Cabe mencionar que una nota preparada por la Embajada de Estados Unidos en Bogotá de mayo del 2011 destinada a las empresas norteamericanas interesadas en invertir en Colombia, reconocía la dificultad que presentaba para el inversionista extranjero la legislación colombiana (al restringir la posibilidad de acudir a un arbitraje internacional), pero informaba que la suscripción de tratados de libre comercio (FTA en inglés) y tratados bilaterales de inversión (BIT) por parte de Colombia podría cambiar paulatinamente la situación. En la nota antes referida se lee textualmente que: “Since Colombia has become party to FTAs and multilateral and bilateral investment treaties, the number of international investment arbitration cases between investors and State entities will increase. These arbitration processes may help to change Colombian case law because FTAs, BITs and multilateral investment treaties empower arbitration tribunals to decide cases related to breach of treaty standards of investment protection”. En artículos especializados publicados en Estados Unidos, autores endosaron las críticas hechas por algunos círculos económicos ante la imposibilidad de demandar internacionalmente a Colombia (Nota 8).
A le fecha, de los más de 20 TBIs firmados (véase listado oficial), Colombia tiene vigentes tan solo 8 de ellos.
Costa Rica y el CIADI
El caso de Costa Rica también merece mención: en efecto Costa Rica fue objeto del primer laudo arbitral contra un Estado de América Latina (véase laudo del CIADI en el caso de la Hacienda Santa Elena de febrero del 2000): este laudo condenó a Costa Rica a pagar una indemnización de 16 millones de US$ a dos norteamericanos propietarios de un terreno obtenido en los años 70 por la módica suma de 395.000 dólares.
Actualmente, en Costa Rica persiste una gran incertidumbre: se trata de la solicitud de anulación parcial del laudo arbitral del CIADI del 4 de junio del 2021- véase texto en español y en inglés – presentada por la empresa minera canadiense Infinito Gold contra Costa Rica. Esta larga batalla legal fue llevada inicialmente a cabo con éxito por un pequeño grupo de valientes abogados y ecologistas costarricenses en el 2011 contra su propio Estado (y en particular contra las ocurrencias de sus máximas autoridades). Remitimos a nuestros estimables lectores a la sentencia completa del Tribunal Contencioso Administrativo del 24 de noviembre del 2010, en la que se lee (punto XL) que:
“En relación con este punto, es necesario indicar que en el presente caso ocurre algo excepcional y es que las distintas ilegalidades detectadas y las nulidades declaradas, son todas coincidentes en el sentido de que tendían a la aprobación del proyecto minero Crucitas y varias de ellas se dictaron estando vigente un decreto ejecutivo de moratoria de la minería metálica de oro a cielo abierto, todo lo cual hace viable pensar como posible una eventual concurrencia u orquestación de voluntades para llevar adelante, de cualquier manera, este proyecto minero“.
Esta primera decisión fue luego ratificada en todos sus extremos por la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica el 30 de noviembre del 2011, al rechazarse la batería de argumentos presentados por la empresa minera canadiense (véase texto completo de la sentencia 1469-2011 de la Sala Primera, cuya lectura resulta de gran interés).
Es de notar que la inversión de la carga de la prueba en materia ambiental alegada por la recurrente en su apelación y rechazada por la Sala Primera (párrafos XIX y XX de la sentencia de la Sala Primera) denota el profundo desconocimiento de este principio, algo básico, y su realidad jurídica en Costa Rica; un desconocimiento que, al parecer, además de los abogados de la empresa minera canadiense en el 2011, se extendía hasta hace muy pocos años a algunos integrantes de la Sala Constitucional, cuando analizaron en el 2020 el alcance de las disposiciones del Acuerdo de Escazú (Nota 9).
Posteriormente, el Estado costarricense fue demandado ante el CIADI por la empresa minera canadiense en el 2014. La lectura integral del laudo arbitral – en parte favorable a Costa Rica – de junio del 2021 resulta de gran interés (Nota 10). Dicho laudo fue objeto de una solicitud parcial de anulación por parte de la empresa Infinito Gold, etapa procesal aún pendiente de resolución. Al darse a conocer este laudo arbitral en junio del 2021, varios nombres de juristas costarricenses apareciendo como testigos puestos por la empresa canadiense llamaron la atención. En esta interesante nota del Semanario Universidad, al tiempo que la palabra «estupidez» se destaca por su uso (pocamente observado en las columnas noticiosas del Semanario Universidad y de la prensa costarricense en general) en boca de un jurista, uno de los abogados ecologistas indica que:
«Para mí lo grave, dijo Gamboa, “es que una magistrada que tiene un juramento de respetar las leyes y defender al país, una vez que sale de su cargo, salga a defender a una empresa extranjera para que nos condenen por $400 millones”.
El largo procedimiento seguido ante el CIADI entre el 2014 hasta la fecha (marzo del 2024) se encuentra disponible en este enlace oficial del CIADI: en él se indica que la empresa depositó sus alegatos en febrero del 2024, sin mayor información que la única fecha. La falta de información y de acceso a los alegatos de Costa Rica y de la empresa minera canadiense en nada debe sorprender a nuestros estimables lectores: ambos explican las fuertes críticas recibidas por el CIADI por su falta de transparencia en diversas latitudes.
Remitimos a nuestros lectores a nuestra última nota con respecto a esta verdadera saga legal (editada en enero del 2022), también publicada en el portal de la Universidad de Costa Rica (UCR). En esta nota de julio del 2022 del Semanario Universidad sobre algunas declaraciones hechas por el actual presidente de Costa Rica, se indicó por parte de otro de los abogados ecologistas que:
«Que el presidente venga con ese discurso, pareciera que más bien es el vocero de la empresa y no el presidente de Costa Rica”.
Como bien se sabe – pero se difunde muy poco en Costa Rica-, las autoridades de Costa Rica firmaron la Convención de Washington de 1965, el instrumento que crea el CIADI tan solo en 1981. Firmada en 1981, Costa Rica optó por ratificar esta convención 12 años después, en 1993, a raíz de fuertes presiones norteamericanas para que así lo hiciera. En una tesis presentada en la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica (UCR) en el año 2014 (véase texto completo) se puede leer al respecto que:
«Dicha ratificación tardía coincidió con parte de la presión económica ejercida por el Banco Mundial, influenciado por los Estados Unidos sobre el país. En 1990, se solicitó el retiro de todas las preferencias comerciales que significaban un perjuicio económico al país a gran escala, y de igual manera se realizaron intentos por privar un potencial financiamiento de alrededor de 175 millones de dólares, debido a la invocación de una disposición norteamericana denominada “Helms Ammendment” que establece que no podrá otorgarse ayuda financiera a través de instituciones norteamericanas, o instituciones internacionales que requieran de la aprobación de dicho país para otorgar préstamos a aquellos países que perjudiquen los intereses de una persona física o jurídica norteamericana, de manera que se le haya expropiado propiedad /…/ Las formas de presión antes citadas coinciden con el largo tiempo que transcurrió antes de que Costa Rica accediera a firmar el convenio de arras, sometiendo su primer caso Santa Elena en la sede del CIADI tal y como se verá en el próximo apartado.» (pp. 100-101).
En el año 2013, tuvimos la ocasión de externar algunas reflexiones sobre la apertura entusiasta de Costa Rica a la globalización, y lanzar algunas preguntas. Nos permitimos reproducir nuevamente lo indicado en este artículo (publicado en el Semanario Universidad en mayo del 2013):
«El país ha seguido apostando por una apertura comercial sin ningún tipo de salvaguardas para protegerse”, afirma Boeglin. En su opinión, la larga lista de casos en el CIADI (ver nota aparte) da cuenta de ello.
“En los años 90-2000, Argentina apostó por una apertura total de su economía al comercio mundial, suscribió más de 50 Tratados Bilaterales de Inversiones (TIB) mientras el gobierno concesionaba empresas emblemáticas y privatizaba activos estatales; diez años después, Argentina está siendo demandada ante el CIADI por distintos concesionarios privados en más de 20 casos por una suma total de más de 20 mil millones de dólares, llegando incluso a tener más de 45 casos pendientes”, afirmó el catedrático.
“La pregunta que uno se puede hacer es: ¿Qué podría explicar una diferencia de actitud de los concesionarios privados hacia Costa Rica que no hayan tenido hacia Argentina? ¿Qué está haciendo Comex para evitar que Costa Rica se vea inmersa en una situación similar a la de Argentina? ¿Qué tipo de salvaguardas están insertando los equipos negociadores de Comex en un tratado como el tratado de Asociación con la Unión Europea actualmente en discusión en la Asamblea Legislativa para evitar que concesionarios europeos demanden a Costa Rica ante el CIADI? «
A la fecha, Costa Rica ha suscrito más de 20 TBIs, la mayoría estando vigentes (véase listado oficial).
Notemos que la extenuante (y costosa) saga legal de Infinito Gold contra Costa Rica aún no resuelta del todo, recuerda otra observada en Centroamérica, con relación a la empresa minera Pacifica Rim contra El Salvador (un caso que concluyó, luego de fuertes movilizaciones sociales en El Salvador, con una laudo a favor de El Salvador en el 2016 – véase texto).
A modo de conclusión: América Latina ante el CIADI en números
Al momento de redactar estas líneas (24 de marzo del 2024), en América Latina se registran con mayor cantidad de demandas pendientes de resolver ante el CIADI, México (22 demandas pendientes de resolver), Perú (21 casos pendientes), Venezuela (17) y Colombia (14 casos pendientes).
Siguen luego Honduras (10), Argentina y Panamá (7), Costa Rica (3) y Chile y República Dominicana (2), al tiempo que Ecuador, El Salvador y Nicaragua solamente registran una demanda. Por su parte, en el caso de Bolivia, Paraguay y Uruguay, ninguna demanda aparece pendiente de resolver.
Al nunca haber ratificado la Convención de Washington de 1965, ninguna acción se registra ante el CIADI con relación a dos Estados de América Latina que reciben flujos de inversión extranjera sin necesidad de someterse al arbitraje de inversión previsto por el CIADI: Brasil, Cuba.
Cabe señalar que a la fecha República Dominicana no ha ratificado la Convención de 1965: tratados de libre comercio que ha ratificado han permitido demandas en su contra ante el CIADI. Al igual que Paraguay, demandado tres veces en el pasado por medio de dos TBIs vigentes con Estados europeos y un TBI vigente con Perú.
Resulta además oportuno indicar que México, Estado que había mantenido una distancia prudente con el CIADI, tan solo ratificó este instrumento internacional en julio del 2018 (véase comunicado oficial del CIADI), al tiempo que Canadá lo hizo tan solo en diciembre del 2006 (véase comunicado).
Para quienes afirman de manera bastante convencida y certera que, en América Latina, retirarse del CIADI ahuyentará la inversión extranjera, además de recordarles el caso de Brasil, (primer receptor en América Latina de inversión extranjera), no está de más citarles también el caso de la India, Estado cuyas autoridades tampoco han aceptado someterse al mecanismo de arbitraje de inversión previsto en el CIADI (véase artículo al respecto). En el continente africano, el mayor receptor de inversión extranjera tampoco está sometido al arbitraje de inversión del CIADI: Sudáfrica.
Con lo cual, a diferencia de la certeza que (en apariencia) posee la afirmación anteriormente señalada, podemos sostener que existen políticas de atracción de inversión extranjera exitosas que varios Estados receptores de grandes flujos de inversión extranjera han sabido elaborar, manteniendo una distancia prudente con el mecanismo establecido por el CIADI.
– – Notas – –
Nota 1: Sobre los efectos negativos para la economía de los Estados de América Latina del sistema instituido por el CIADI en 1965 y consolidado con la red de TBI adoptados de manera entusiasta – y en nuestra modesta opinión algo ingenua – en los años 90-2000, remitimos al muy completo artículo de ZABALO P., “América Latina ante las demandas inversor-Estado”, Revista de Economía Mundial, Núm. 31 (mayo-agosto, 2012), pp. 261-296. Texto disponible aquí.
Nota 2: Véase PEREZ PACHECO Y., «Arbitraje inversor-Estado desde la perspectiva latinoamericana«, in INSITITUTO DE LA JUDICATURA FEREDERAL, Retos actuales del Derecho Internacional Privado, Memorias del XXXVIII Seminario de Derecho Internacional Privado (Ciudad de México, 22-23 de octubre de 2015), México DF, 2016, pp. 147-172, p. 165. Texto completo del artículo disponible aquí.
Nota 3: Sobre las diversas estrategias de los Estados de la región latinoamericana para limitar el alcance de ciertos tratados con cláusulas sumamente favorables para el inversionista extranjero, véase el análisis detallado de la profesora Katia Fach Gomez: FACH GOMEZ K., “Proponiendo un decálogo conciliador para Latinoamérica y CIADI”, Revista Facultad de Derecho y Ciencias Políticas (Medellín, Colombia), Vol. 40 (Dic. 2010), No. 113, pp. 439-454, artículo disponible aquí. Véase de igual manera la publicación FACH K & TITI C. «The Latin American Challenge to the Current System of Investor-State Dispute Settlement«, Journal of World Investment & Trade 17, 2016, pages 511-699. Así como FACH GOMEZ K. & TITI C., Alternative Dispute Resolution Mechanisms, Oxford University Press, Oxford, 2018, 800 páginas. Sobre la revisión operada por Indonesia de más de 50 TBIs suscritos, véase en particular este estudio muy detallado de HAMZAH, LAMPUNG University, «Bilateral Investment Treaties (BITS) in Indonesia: a paradigm, shift, issued and challenges», Journal of Legal, Ethical and Regulatory Issues, Volume 21, Issue 1, 2018. Texto completo disponible aquí.
Nota 4: Sobre la práctica de los TBIs fomentada por el Banco Mundial desde los años 90 bajo lo que se denominó el «consenso de Waghinton«, remitimos a esta muy completa tesis doctoral presentada en España: REINA MARTINEZ C., «Los acuerdos internacionales de inversión: la experiencia colombiana«, Tesis doctoral, Universidad Carlos III, 2022. Texto completo disponible aquí.
Nota 5: Véase DE ERICE ARANDA L.S., «Tratados bilaterales de inversión y derechos humanos: tres posiciones desde América Latina«, Anales de la Facultad de Derecho, Vol. 1, Número 37 (2020), Universidad de La Laguna, páginas 85-105. Texto disponible aquí.
Nota 6: Véase al respecto nuestra entrevista publicada en BOEGLIN N., «Una demanda ante CIADI supone al Estado un gasto de 8 millones de US$«, CIARGlobal, edición del 10 de octubre del 2017. Texto completo disponible aquí.
Nota 7: Véase BOEGLIN N., «CIADI: decisión a favor de Uruguay en demanda interpuesta por la Philip Morris«, DerechoalDia, edición del 19 de julio del 2016. Texto disponible aquí.
Nota 8: Sobre las dificultades encontradas para las empresas norteamericanas en aquella época en Colombia, véase STRONG S.I., «International arbitration and the Republic of Colombia: commercial, comparative and constitutional concerns from A U.S. perspective«, Vol. 22, Duke Journal of Comparative and International Law (2011), pp. 47-107: texto integral disponible aquí.
Nota 9: Véase al respecto nuestra breve nota BOEGLIN N., “La entrada en vigencia del Acuerdo de Escazú: una celebración en América Latina y un profundo sinsabor en Costa Rica”, publicada en DerechoalDia, edición del 4 de mayo del 2021, disponible aquí. Un interesante foro realizado por el Posgrado en Derecho de la UCR y la Asociación Americana de Juristas (AAJ) el 4 de junio del 2021 sobre el tipo de razonamiento escuchado por parte de la Sala Constitucional de Costa Rica en relación con el Acuerdo de Escazú, está disponible en este enlace (video y audio). Ante la falta de voluntad política para aprobar el Acuerdo de Escazú en Costa Rica, fue la misma Universidad de Costa Rica (UCR) la que elaboró dos cortos videos, que, en lo personal se recomiendan: «El Acuerdo de Escazú y los defensores del ambiente», disponible en YouTube aquí y otro video titulado «Uccaep y el Acuerdo de Escazú», disponible aquí.
Nota 10: Remitimos a nuestros estimables lectores a nuestro breve análisis al respecto: BOEGLIN N., «Infinito Gold vs. Costa Rica: el reciente laudo arbitral del Ciadi sobre el proyecto minero ubicado en Las Crucitas», sección Voz Experta, portal de la Universidad de Costa Rica (UCR), edición del 15/06/2021, disponible aquí.
Denunciamos que es una burla a la justicia la condena al policía Jarol Perdomo Sarmiento, único acusado de este vil asesinato
17 de febrero, 2024.
El 7 de febrero del 2021, bajo custodia policial, fue vilmente asesinada la estudiante lenka de enfermería, Keyla Patricia Martínez Rodríguez, en las celdas de la UDEP N°10 ubicada en La Esperanza, Intibucá.
Organizaciones y personas, a nivel nacional e internacional, manifestamos nuestra profunda solidaridad con la madre doña Norma y su familia. Así, nos unimos para denunciar que el pasado miércoles 14 de febrero el Tribunal de Sentencia de Siguatepeque emitió la arbitraria sentencia contra el policía Jarol Perdomo Sarmiento, como único acusado de un feminicidio de esta naturaleza en el cual tienen que estar implicados la cadena de mando, un Tribunal que claramente ha demostrado tendencia a encubrir y proteger a los responsables de este crimen.
Han pasado 3 años de este infame feminicidio. Perdomo fue condenado a cinco años, de los cuales en este mes de abril cumplirá 3 años en prisión y los dos años restantes de la sentencia los podrá pagar en efectivo a razón de diez lempiras diarios ($0.41 dólares). Quedará libre bajo la calificación de homicidio imprudente, a pesar de que las autoridades en el 2021 hicieron caso omiso a la recomendación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), del Alto Comisionado de las Naciones Unidas, quienes instan a tipificar este crimen como feminicidio agravado de acuerdo con los lineamientos del Protocolo de Minnesota, en un escenario de sistemáticos feminicidios que también han quedado en la impunidad.
Nos preocupa que a la familia de Keyla se le ha negado contar con un justo acceso a la justicia y a la información completa y oportuna, los cuales son derechos humanos inalienables. Pese a eso, sus raíces lenkas, como pueblo originario de Honduras, les ha dado la determinación de seguir luchando ante las instancias que sean necesarias exigiendo JUSTICIA PARA KEYLA para que sus asesinos y cómplices no queden libres ni en impunidad.
Las organizaciones y personas firmantes hacemos un llamado al gobierno hondureño, al Ministerio de Derechos Humanos y al poder judicial para que se haga justicia pronta a este vil feminicidio.
¡Justicia para Keyla!
Observatorio de Derechos Humanos de los Pueblos
Consejo Consultivo:
Argentina Adolfo Pérez Esquivel Premio Nobel de la Paz, Stella Calloni Corresponsal de la Jornada en Buenos Aires; Colombia Rubiel Vargas Secretario Ejecutivo Nacional del Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos de Colombia (CPDH), María Cardona Mejía Defensora de Derechos Humanos, Dr. Mario Hernández ÁlvarezCoordinador Doctorado Interfacultades en Salud Pública Universidad Nacional de Colombia, Víctor Osorio Cadena Presidente del Sindicato Nacional Memoria Viva; España Ana Andrés Ablanedo Defensora de Derechos Humanos de Soldepaz Pachakuti, Ricardo Sánchez Andrés miembro de la junta de la (ACP) Asociación Catalana por la Paz – miembro de la Asamblea de Internacional de (Comunistes de Catalunya) y miembro permanente del consejo de Solidaridad de la Ciudad de Manresa, María Victoria Fernández Molina Candidata a Doctora en Derechos Humanos, Estados Unidos James Patrick Jordan Coordinador Nacional de la Alianza por la Justicia Global y Eduardo García Activista de la Alianza por la Justicia Global e integrantes del Observatorio de Derechos Humanos de los Pueblos capítulo Estados Unidos, Suiza José Manuel González López, Gerardo Romero Luna y Mariella Bauer integrantes del Observatorio de Derechos Humanos de los Pueblos capítulo Suiza; Venezuela Hugo Alberto Nieves Integrante del Movimiento Político – Social VAMOS, Zuleima Vergel Guerra Vocera Nacional del Movimiento Político – Social VAMOS de Venezuela, Indhira Libertad Rodríguez Red de Colectivos La Araña Feminista, José Miguel Gómez García Movimiento Internacional de la Economía de los Trabajadores, , Ali José Álvarez Observatorio de Derechos Humanos de los Pueblos – Movimiento Cultural Campesino Los Arangues Venezuela; Ecuador Abg. Franklin Columba Cuji Presidente de la Unión de Organizaciones Sociales Interculturales del Sur de Pichincha UOSISP de Ecuador; Bolivia Rodolfo Machaca Yupanqui Strio. General de Confederación Sindical Única De Trabajadores Campesinos de Bolivia – CSUTCB; Palestina Jamal Juma Coordinador STOP The WALL; Guatemala Ana Laura Rojas Padgett integrante de la Red de Integración Orgánica – RIO; Panamá Ligia Arreaga Integrante de la Alianza por un mejor Darién – AMEDAR; Brasil Gizele Martins del Movimiento de Favelas de Rio de Janeiro; Perú Betty Izaguirre Lucano Coordinadora General del Movimiento Alfa y Omega, Percy Katari Integrante de la Comisión de Comunicación del Observatorio de Derechos Humanos de los Pueblos, Director Internacional de ComuniSur, Impulsor del Frente Comunicacional Antiimperialista de Nuestra América, Responsable de la Secretaría de Países Andinos de Conaicop; Chile-Wallmapu – Territorio Mapuche Onesima Lienqueo Fundadora de la Red por la Defensa de la Infancia Mapuche;Honduras Coordinador General Christopher Castillo de laAlternativa de Reivindicación Comunitaria y Ambientalista de Honduras ARCAH; México Eduardo Correa Senior Profesor de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México – UACM, Dr. José Enrique González Ruiz Profesor de la Universidad Nacional Autónoma de México – UNAM, Dr. José Rafael Grijalva Eternod Doctor en Derechos Humanos, Dr. Felix Hoyo Arana Profesor de la Universidad Autónoma de Chapingo; Daniela González López Coordinadora Internacional del Observatorio de Derechos Humanos de los Pueblos, Soledad Ortiz Vásquez Consejera General del Comité de Defensa de los Derechos de la Mujer – CODEM, Claudia Tapia Nolasco Consejera General del Comité de Defensa de los Derechos de la Mujer – CODEM, Lic. Hugo Aguilar Promotor y Defensor de Derechos Indígenas, Miguel González Muciño Director del Centro Cultural Las Jarillas, Arturo Díaz González Organización Proletaria Emiliano Zapata – Frente de Organizaciones Sociales de Chiapas OPEZ – FOSICH, Lic. Jocelyn García Fondón Integrante del Secretariado Técnico del Observatorio de Derechos Humanos de los Pueblos; Costa Rica Orlando Barrantes Cartín Coordinador General del Movimiento de Trabajadores y Campesinos MTC – Costa Rica.
Organizaciones integrantes:
Observatorio de Derechos Humanos de los Pueblos: Soldepaz – Pachakuti de España; Observatorio de Derechos Humanos Capítulo Suiza, de Suiza; Observatorio de Derechos Humanos Capítulo EU, Alianza por la Justicia Global, SOA Watch – Observatorio por el Cierre de las Escuela de la Américas de Estados Unidos; Movimiento Político – Social VAMOS de Venezuela,Red de Colectivos La Araña Feminista, Movimiento Internacional de la Economía de los Trabajadores, Movimiento Cultural Campesino Los Arangues de Venezuela; Colombianas y Colombianos por la Paz, Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos, Observatorio de Paz, Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, Sur Occidente Colombiano Antonieta Mércury; Sindicato Nacional Memoria Viva de Colombia; Red de Integración Orgánica – Rio – Por la Defensa de la Madre Tierra y los Derechos Humanos de Guatemala; Comisión Multisectorial del Uruguay; Unión de Organizaciones Sociales Interculturales del Sur de Pichincha (UOSISP) de Ecuador; Confederación Sindical Única De Trabajadores Campesinos de Bolivia (CSUTCB); Alianza por un mejor Darién – AMEDAR de Panamá; Movimiento Alfa y Omega de Perú; Movimiento de Favelas de Rio Janeiro Brasil, Red por la Defensa de la Infancia Mapuche Chile-Wallmapu – Territorio Mapuche Campaña Popular Palestina contra el Muro de Apartheid (Stop the Wall), Coalición de la Defensa de la Tierra Palestina Unión Palestina Campesina (Palestinian Farmers Union) de Palestina; Alternativa de Reivindicación Comunitaria y Ambientalista de Honduras (ARCAH) de Honduras; Comité de Defensa de los Derechos de la Mujer (CODEM), Instituto Mexicano de Desarrollo Comunitario (IMDEC), Centro de Atención en Derechos Humanos a la Mujer y el Menor Indígena (CADHMMI) y Centro Regional Indígena en Derechos Humanos “Ñuu-Savi” (CERIDH), Patronato Pro Defensa y Conservación del Patrimonio Cultural y Natural de Oaxaca (PRO – OAX), Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra en San Salvador Atenco (FPDT-Atenco), Taller del Sur, Colectivo de Mejoramiento Barrial de la Ciudad de México – Centro Cultural Las Jarillas, Colectivo por la Paz en Colombia desde México (COLPAZ), Frente de Organizaciones Sociales de Chiapas (OPEZ – FOSICH), Colectivo Ocho Trueno, Comité Universitario de Solidaridad con el Pueblo Palestino (CUSPPA), Colectivo Insurrección Visual, Unión Popular Revolucionaria Emiliano Zapata (UPREZ), Centro Libre de Experimentación Teatral y Artística (CLETA – UNAM) de México; Costa Rica Movimiento de Trabajadores y Campesinos MTC; Frente Comunicacional Antiimperialista de Nuestra América y ComuniSur referentes internacionales de comunicación popular.
Adhesiones de más organizaciones y personas a nivel nacional e internacional
Organizaciones:
España (Palma, Baleares): Ensenyants Solidaris. Costa Rica: Asociación Costarricense de Derechos Humanos (ACODEHU), Bloque de Vivienda, Código Rosado-CR, Confederación Unitaria de Trabajadores (CUT), Departamento Ecuménico de Investigación (DEI), Partido Obrero Socialista (POS), Partido Revolucionario de las Trabajadoras y los Trabajadores (PRT), Unidos por la Caja, Buen vivir, Red de Mujeres Rurales de Costa Rica. El Salvador: Asociación Magisterial Inclusiva de El Salvador (AMIES), Equipo Ventana Abierta, Santa Marta. Honduras: Asociación para una Ciudadanía Participativa (ACI PARTICIPA), Organización Fraternal Negra Hondureña (OFRANEH), Red Nacional de Defensoras de los Derechos Humanos en Honduras. México: Centro Cultural Universitario Tlatelolco (CLETA-UNAM), Colectivo Totlahtol Yoltok (Nuestra palabra vive)-Orizaba, Partido Obrero Socialista (POS).
A nivel personal:
Daniela González López (Observatorio de DDHH de los Pueblos). Bolivia: Ana María Vargas Sandoval. Colombia: Andrea Neira Cruz. Chile: Cecilia Castillo Nanjarí, Inés Pérez Cordero. El Salvador: Irma Díaz (AMIES), Luis Bonilla, Teresa Pérez. España: Pedro Polo Fernández. Costa Rica: Alejandra Bonilla Leiva, Alejandra Cordero Corrales, Allen Cordero Ulate, Ana Cecilia Jiménez Arce (ACODEHU), Ana Franzen, Ann Marie Saidy (Código Rosado), David Morera Herrera, Dennis Calix, Edison Valverde Araya (mensajero del Buen Vivir), Efraín Álvarez Briones, Fanny Reyes Ortiz, Grace Solano (PRT), Guadalupe Urbina Juárez, Javier Carvajal Monterrey, Juliana Gil Ortiz, karol Montero Rony, Laura Barrantes Blanco, Natalia Solís Rojas y Rebeca Murillo Arias (Unidos por la Caja, Olga Coronado Calvo, Óscar Leiva Cerrato, Pablo Hernández (POS), Silvia Regina de Lima Silva (DEI), Fabiola Bernal Acebedo, Fanny Reyes Ortiz, Magda Solís Alpízar, Marbella Martín Fragachán, Marielos Muñoz Solórzano (Bloque de Vivienda), María Trejos Montero, Marilyn Morris Zúñiga, Yamileth Monterrey López. Honduras: Camila Benítez Ramírez, Cristopher Castillo (ARCAH), Hedme Castro (ACI PARTICIPA), Iris Isabel Rivera, Miriam Miranda (OFRANEH), Moisés David Cáceres Velázquez, Nidia Fonseca Rivera, Osiris Villalobos, Yéssica Yamileth Trinidad Elvir (Red Nacional de Defensoras de los DDHH en Honduras) Guatemala: Egil Galindo Ovalle, Delmi Georgina Arriaza Pontoza. México: María Ramos Casiano, Lucía Morales Celestino y Alexander Lara Hernández (Colectivo Totlahtol Yoltok). Nicaragua: María Félix Arauz Reyes. Perú: Eduardo Arboccó Gallardo. Venezuela: José Amesty Rivera.
Pronunciamiento de la familia de Keyla Martínez Rodríguez
15 de febrero, 2024, Intibucá, Honduras
El 7 de febrero del 2021, bajo custodia de la Policía fue vilmente asesinada la estudiante de enfermería, Keyla Patricia Martínez Rodríguez, en las celdas de la UDEP N°10 ubicada en La Esperanza, Intibucá.
Han pasado 3 años desde que ella no está con nosotros. Este miércoles 14 de febrero 2024 conocimos la sentencia por parte de las autoridades del Tribunal de Sentencia de Siguatepeque, después de un largo juicio en el que claramente había una inclinación a favor del único imputado en este feminicidio. Lo han condenado a cinco años, de los cuales en el mes de abril cumplirá 3 años en prisión y los dos años restantes de la sentencia los podrá pagar en efectivo a razón de diez lempiras diarios ($0.41 dólares). Así, quedará libre bajo la calificación de homicidio imprudente, después de haberse burlado de la recomendación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), del Alto Comisionado de las Naciones Unidas, de tipificar como feminicidio de acuerdo con los lineamientos del Protocolo de Minnesota.
Como familia nos sentimos decepcionados y defraudados con la injusticia hondureña, tristes por la muerte de nuestra querida Keyla que como muchas otras han quedado en la impunidad y sus verdugos están libres con carta blanca para seguir delinquiendo en el país.
Desde el principio denunciamos muchas irregularidades en el proceso. Como víctimas y personas que no tenemos los recursos económicos suficientes para cubrir los costos legales, no tuvimos un justo acceso a la justicia ni a la información completa y oportuna.
Agradecemos a todas las personas, colectivos y organizaciones populares y de Derechos Humanos, a nivel nacional e internacional, que nos acompañan solidariamente en esta tragedia familiar.
Como desde tiempos de la invasión colonial, nuestra sangre Lenka nos impulsa a seguir luchando ante las instancias que sean necesarias exigiendo JUSTICIA PARA KEYLA y que sus asesinos y cómplices no queden libres ni en impunidad.
La justicia hondureña nos queda mucho a deber y recordemos que la muerte violenta
de mujeres incrementa día a día y las autoridades no hacen nada para protegernos.
¡Justicia para Keyla!
Frente a esta injusticia Norma Rodríguez, quien es la madre de Keyla Martínez, denuncia la complicidad del sistema judicial hondureño, al mismo tiempo que señala la ineficiencia del Estado frente a la violencia feminicida. Norma Rodríguez hace un llamado a las organizaciones sociales a formar parte de esta denuncia, y hace énfasis en sus raíces Lencas, las cuales la instan a tener fortaleza y seguir luchando para que se haga justicia. https://m.facebook.com/story.php?story_fbid=1452566315656404&id=100019267502591&sfnsn=wa&mibextid=VhDh1V
Después de dos años y medio del asesinato de la joven estudiante Keyla Martínez, el Tribunal de Sentencias de Siguatepeque encontró al policía Jarol Rolando Perdomo culpable del delito de homicidio imprudencial, no de femicidio agravado como solicitaba la parte acusadora.
Giorgio Trucchi
La noche del 6 de febrero de 2021, Keyla Martínez, de 26 años, estudiante de enfermería, fue arrestada y encerrada en una celda por agentes de la Unidad Departamental de Policía de La Esperanza (UDEP 10), supuestamente por violar el toque de queda impuesto como medida de prevención contra la pandemia.
En la madrugada del siguiente día, el cuerpo sin vida de la joven estudiante era ingresado a emergencia del hospital departamental. Según la Policía, Keyla se había suicidado ahorcándose de los barrotes de la celda.
Dicha versión fue desestimada por el resultado de la autopsia, que reflejó que su muerte fue por asfixia mecánica, es decir que fue asesinada.
Acusado del asesinato ha sido el policía de escala básica Jarol RolandoPerdomo Sarmiento, quien desde su detención ha guardado prisión preventiva.
Fue femicidio
Del 22 al 29 de septiembre del año pasado se llevó a cabo el juicio oral y público, que “finalizó” con la decisión del juez de ordenar un receso indefinido del mismo, hasta tanto la Sala de lo Constitucional no se pronunciara sobre un recurso de amparo presentado por la parte acusadora.
Dicho recurso fue presentado contra la decisión de la Corte de Apelaciones de Comayagua de modificar la tipificación del delito de femicidio agravado (pena de 25 a 30 años) a homicidio simple (15 a 20 años).
Tras notificar a las partes, el 31 de agosto, la decisión de declarar sin lugar el recurso de amparo, bajo la argumentación de que no es de su competencia conocer de calificaciones de delitos, la Sala de lo Constitucional dio algunas recomendaciones al tribunal competente del caso.
Entre otras, sugirió tomar en cuenta, en su sentencia, elementos fundamentales como género e igualdad, el protocolo sobre muertes violentas y el contenido de la Convención de Belém do Pará1 .
El tribunal convocó a las partes este 14 de febrero para la lectura de sentencia.
Una sentencia vergonzosa
“El tribunal absolvió a Perdomo por delito de homicidio simple y lo condenó por homicidio imprudencial. Esto significa que para el tribunal no asesinó a Keyla, sino que omitió cuidarla, faltando a sus deberes”, dijo a La Rel la abogada Karol Cárdenas, del área de Acceso a la Justicia del Cofadeh.
“Prácticamente está avalando la idea de que Keyla se suicidó y que el dictamen forense no estableció con exactitud la causa de la muerte”, agregó.
De acuerdo con el código penal vigente, el delito de homicidio imprudencial es punible con una pena de 3 a 6 años. Si a Perdomo le aplicaran la pena intermedia de 5 años quedaría en libertad.
Mientras tanto, el tribunal fijó al 11 de octubre la audiencia de individualización de la pena. Cofadeh ya advirtió que interpondrá de inmediato un recurso de casación.
“Los medios de prueba eran muy contundentes. El médico forense descartó totalmente el suicidio y estableció que Keyla fue asesinada. Por eso consideramos que la resolución no está apegada a derecho y que Perdomo debía ser condenado por femicidio agravado”, explicó Cárdenas.
“Esta resolución” continuó la abogada de Cofadeh “está totalmente alejada de la realidad y el tribunal ni siquiera tomó en cuenta las sugerencias de la Sala de lo Constitucional”.
“Es frustrante. Esperábamos cualquier cosa menos que esto. Lo único que esta sentencia confirma es que Jarol Perdomo no es el único responsable del asesinato de mi hija, sino que hay otros involucrados”, concluyó Luis Sosa Torres, padre de Keyla.
Foto: Cofadeh
1 La Convención de Belém do Pará da la pauta para la adopción de leyes y políticas sobre prevención, erradicación y sanción de la violencia contra las mujeres, así como la formulación de planes nacionales, organización de campañas e implementación de protocolos y de servicios de atención
Toda la semana hemos presenciado un exagerado tráfico por las ciudades y largas filas en las tiendas y comercio en general. Ha sido como si el grave problema que tiene Honduras, de ser el segundo país más pobre del continente se hubiera esfumado por la magia de la Navidad.
Algunas amistades nos han preguntado sobre regalos recibidos, algo que se supone que, al recibir algo, se debe corresponder de la misma forma. Unas pocas botellas de vino las hemos repartido, quedándome con solamente una. ¿Pero qué hacemos sí nos hacen regalos, más allá de un tinto o un tequila?
Desde muy joven supimos que, el sistema comercial se aprovecha de nuestra cultura religiosa para promover el consumo irracional en la ciudadanía.
En muchos casos, vemos ciudadanos saliendo orgullosos con paquetes de las tiendas, apenas para dar una apariencia de holgura económica.
Tuvimos una amiga que se sentaba en una banca a la salida de un Mall para ver salir la gente con o sin bolsas de las tiendas. «Así,» nos decía, «me doy cuenta que la mayoría anda viendo vitrinas o realmente comprando.»
Aun cuando hay bastantes excepciones, generalmente no se piensa mucho en el presupuesto familiar, antes de lanzarnos impulsivamente a comprar algo para regalar. El sentimiento genuino de entregar un regalo es de admirar, y agradecer, pero también lo es, la capacidad de dominio emocional para evitar caer en un déficit presupuestario familiar.
Es como quien nos dice, «tenemos todo el derecho de gozar esta navidad”, porque el contexto nos lo permite, sin detenernos 15 segundos a pensar en el genocidio que comete Israel en la Franja de Gaza, Palestina, asesinando indiscriminadamente a miles de habitantes.
Pensemos que, invitando a los amigos a un nacatamal con café, u otra comida típica, expresamos nuestra gratitud por la amistad sostenida en este y anteriores años.
O, ¿nuestro lector cree que debe recibir un artículo de fábrica y marca reconocida, para saber del aprecio que le tiene su amistad?
Tenemos muy buen café y torrejas, pan dulce, y comidas típicas, para compartir y brindar por el nacimiento de Jesús y por nuestra amistad.