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Etiqueta: Ministerio de Salud

AyA y Ministerio de Salud vuelven a Sala Cuarta por incumplimiento de protección de nacientes en Cartago

  • Frente Ecologista de Cipreses presenta diligencia de inejecución de sentencia por el incumplimientodel AyA  y del Ministerio de Salud, condenadas a formalizar su obligación y deber de protección de las nacientes de agua así como del fortalecimiento del Laboratorio Nacional de Aguas del AYA.

  • Frente Ecologista señala que “no va a descansar hasta ver fortalecido el Laboratorio Nacional de Aguas” ya que la Sala Cuarta les dio la razón y ordenó fortalecer dicho laboratorio.

  • Consultorio Ambiental de la Facultad de Derecho de la UCR acompaña en proceso de denuncia al Frente Ecologista de Cipreses ante la Gestión de Desobediencia que es analizada por la Sala Cuarta

Comunicado

El Frente Ecologista continúa en pie de lucha y recientemente presentó una diligencia de inejecución de sentencia por el incumplimiento del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, y del Ministerio de Salud, de la Resoluciones N° 022027086 y Nº 2023013384 de la Sala Constitucional de las 9:30 horas del 15 de noviembre del 2022 y las 13:41 del 6 de junio de 2022, de resolver la contaminación del agua de las nacientes Plantón, y Carlos Calvo con clorotalonil, sumado al incumplimiento de las instituciones condenadas a formalizar su obligación y deber de protección de las nacientes de agua así como el fortalecimiento del Laboratorio Nacional de Aguas del AYA como medida preventiva y mayor capacidad de análisis.

Los ecologistas señalan que todo sigue igual, que se siguen fumigando las nacientes y que el Laboratorio Nacional de Aguas sigue sin tener la capacidad técnica instalada para hacer análisis de todos los productos de degradación del agrotóxico contaminante clorotalonil.

“El clorotalonil ha sido prohibido en la Unión Europea y recientemente en Costa Rica, por lo que solicitamos en aras de proteger la salud que se ordene al Laboratorio Nacional de Aguas conseguir los reactivos y equipos tecnológicos necesarias para analizar todos los subproductos de clorotalonil y meter de oficio esos análisis en todos los muestreos N4 que se hacen en Costa Rica. También solicitamos que se le ordene tener la capacidad técnica de monitorear todas las partículas de plaguicidas registrados en Costa Rica. No queremos que el Laboratorio Nacional de Aguas siga siendo el cuchitril que ha demostrado ser y que siga sin tener capacidad técnica instalada. Costa Rica merece un Laboratorio Nacional de Aguas de vanguardia y con capacidad de proteger la salud humana y ambiental” Indicó el agro biólogo y ecologista Fabián Pacheco del Frente Eco Cipreses

Los ecologistas señalan que acuerdo a la normativa anterior y el bloque de constitucionalidad que rige sobre esta materia, se está dando una omisión evidente y descarada a tal punto que ya existen tres recursos de amparo presentados con vista positiva de la Sala Constitucional con respecto a la tutela del derecho fundamental de acceso al agua potable de las personas de la comunidad de Cipreses de Oreamuno y alrededores, y aun así no se han visto en la realidad que se cumplieran estas tres órdenes extendidas por la Sala Constitucional.

En el recurso de inejecución de sentencia por el incumplimiento interpuesto por los y las ecologistas señalan que existe un evidente incumplimiento de obligaciones por parte del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados

Dentro de las pretensiones del recurso de gestión de desobediencia el Frente Ecologista de Cipreses respaldado por el Consultorio Ambiental de la Universidad de Costa Rica solicita:

  • Se declare con lugar en todos sus extremos la presente gestión por desobediencia de lo ordenado por la Sala Constitucional en la sentencia No.2022027086 y No. 2023013384, de conformidad con el artículo 71 de la Ley de Jurisdicción Constitucional.
  • Así mismo señalan que se le ordene al Ministerio de Salud establecer las medidas necesarias de coordinación con las autoridades correspondientes del MINAE, AyA y MAG, en el respectivo ejercicio de sus competencias, para que se ejecute lo indicado por Sala Constitucional en sus resoluciones No.2022027086 y No. 2023013384, además de dar atención a lo solicitado en el informe sin número “Informe Técnico Clorotalonil”
  • Se le ordena al AyA realizar las gestiones pertinentes que permitan garantizar al Laboratorio Nacional de Aguas los recursos necesarios para la cuantificación de los metabolitos del clorotalonil, así como implementación a nivel nacional un programa de vigilancia y control en agua para consumo.
  • Se solicita que, en caso de continuar el incumplimiento de estas disposiciones, la Sala Constitucional ordene la apertura del procedimiento administrativo disciplinario, así como el traslado de piezas al Ministerio Público por la eventual comisión del delito de desobediencia por parte de los funcionarios responsables de dicho incumplimiento, según lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional.

El Frente Ecologista de Cipreses señala que lograr que el Laboratorio Nacional de Aguas sea fortalecido es un logro de su lucha y trabajo y que no descansará hasta ver dicho laboratorio fortalecido. Así mismo señalan que el acompañamiento legal y jurídico del Consultorio Ambiental de la Universidad de Costa Rica es de singular importancia en lograr dicho cometido.

Kioscos Ambientales UCR

Programa Voces y Política: «Contaminación de agua por agrotóxicos: caso del Mancozeb en Barranca, Puntarenas». Reseña

El pasado miércoles 18 de septiembre se llevó a cabo un espacio en Voces y Política, Radioemisoras UCR, para hablar sobre la contaminación del agua por agrotóxicos, en específico, el caso del derrame de Mancozeb en el río Barranca, en Puntarenas. 

Como invitados estuvieron Henry Picado, de la Red de Coordinación en Biodiversidad; Elidier Vargas, agrónomo; y el comentario de Yamileth Astorga, bióloga. Sus aportes arrojaron luz sobre este asunto, el cual pareció ir y venir sin mayor revuelo, aun cuando tiene peligrosas implicaciones para la salud de las personas vecinas de Esparza y Barranca.

Yamileth Astorga comenta que el Mancozeb en seres humanos puede causar cáncer, y afectar el sistema endocrino causando daños a la tiroides y al sistema reproductor, entre otras complicaciones, y en crustáceos y peces es tóxico en extremo, causando la muerte inmediatamente. A esto, Henry Picado le agrega que siendo que en esta situación las personas llevaban más de una semana de estar en contacto con posibles trazas de funguicida, lo cual podría significar casos de intoxicación crónica, la cual se desarrolla a través del tiempo, diferenciada de la aguda, la cual se presenta inmediatamente en presencia de una gran cantidad del elemento tóxico.

Inicialmente, se describe el inicio de la situación, el 27 de julio del 2024 se vuelca una cisterna de fungicida Mancozeb, el cual cargaba 17 mil litros de este agrotóxico, y este se vierte en una quebrada, la cual lleva el fungicida al río barranca, y contamina capturas de agua de Esparza y Barranca, dejando a más de 100.000 personas sin agua por varios días.

Se habla también de los intereses políticos alrededor del fungicida, y la reticencia del Ministerio de Salud de mostrar los niveles específicos de componentes tóxicos, hasta que fueron forzados por un Recurso de Amparo a través de la Sala Cuarta. Esto tiene que ver con el poderío económico que tienen las bananeras, y sus exportadores en Europa, cuyos países, según comentan los ponentes, tienen prohibiciones alrededor del Mancozeb y otros plaguicidas y fungicidas, pero no los prohiben para venderlos y exportarlos a otros países, especialmente en Latinoamérica donde son una problemática. Además de esto, se comenta sobre un artículo extranjero de los efectos del Mancozeb en Costa Rica y sus bananeras, y como ha pasado desapercibido debido al fuerte poder político de la industria agroexportadora y distribuidora de pesticidas.

A este sector le interesa seguir utilizando este fungicida ya que en zonas calientes y húmedas como lo es Puntarenas, y en otras áreas con monocultivos de banano, se propagan hongos fácilmente y pueden destruir las cosechas, lo cual es prevenido por el fungicida, el cual lleva ya casi 4 décadas de ser utilizado en el país, lo cual podría explicar aún más la resistencia al cambio acerca de la prohibición de este.

No obstante, como comentan los presentadores, el problema se da cuando el Ministerio de Salud, emite un documento técnico hecho por tres personas en el que se permite a las zonas utilizar el agua.  Henry Picado habla de cómo estos técnicos se saltaron la ley de aguas, y nota lo peligroso que fue darle agua a la gente en algunos casos solo 3 días después del incidente.

A esto Elidier Vargas le agrega las facetas de retroactividad jurídica, y la naturaleza vinculante del Reglamento de Calidad de Agua para Consumo Humano. Lo primero, trata sobre como estos los técnicos al publicar este documento, se basan en leyes de los noventas acerca del máximo nivel permitido de elementos del fungicida, las cuales no solamente están rompiendo el principio de retroactividad jurídica al intentar subir un máximo permitido para agua potable y varios puntos del Tratado de Libre Comercio sobre acuerdos ambientales, sino que están basados en regulaciones obsoletas que se colocaron antes de que se descubriera la naturaleza cancerígena de los componentes de este fungicida. 

Además, lo segundo, es que este reglamento fue firmado por el presidente, y el Ministerio de Salud en 2015, y se había mantenido vigente, haciendo imposible jurídicamente para tres técnicos ignorar los dictámenes previamente establecidos por este reglamento, incluyendo los máximos permitidos, y tampoco crear un reglamento temporal. 

Estas circunstancias, si se dejasen pasar por alto, fijarían un peligroso precedente legal, el cual podría ser abusado por ciertos sectores para seguir creando vacíos legales e incrementos en las máximas cantidades permitidas, lo cual expondría a la población a más y más plaguicidas.

ANEP-Ministerio de Salud: En memoria del Ing. Eugenio Androvetto Villalobos

ANEP muestra su tristeza y preocupación por el asesinato del Ing. Eugenio Androvetto Villalobos profesional que siempre se ha desempeñado según sus colegas, con un alto nivel de integridad.

También informan que la denuncia de 209 páginas que contiene información sobre un caso de acoso laboral hacia su persona, ya fue presentada ante los abogados representantes de ANEP.

Por otro lado, también ANEP expone acerca de una investigación a fondo, para determinar si su asesinato fue en relación con la denuncia de acoso o incluso, con algún caso que demuestre lo peligroso que es ser gestor ambiental en el país en estos momentos.

Una asesora de ANEP, habla sobre la inseguridad que viven sus compañeros hoy en día, y les invita a hacer una convención colectiva.

Esto, indica Albino Vargas, para que conversen y establezcan todos los derechos de su gremio. Se impulsa de nuevo esta idea de asamblea con la unión del gremio del ANEP y de los funcionarios del Ministerio de Salud.

Para ampliar detalles le invitamos a ver el siguiente video:

Denuncian ante el AyA a la ASADA de Cipreses de Oreamuno por su mala administración

La población que recibe agua de la ASADA de Cipreses de Oreamuno ha denunciado múltiples veces la mala administración que tiene el AyA en la misma, debido a que sólo los ingenieros del AyA a cargo de la visita evidencian lo que se denuncia, como la falta de mantenimiento y planes operativos en esta ASADA a los tanques de agua «potable», amparados por el ente rector.

Estos han tomado una nueva denuncia en contra de la administración del AyA elevando y dirigiendo la denuncia al Ministerio de Salud, ya que la población al abrir la llave para adquirir agua potable directamente de los tanques de la ASADA sale el agua con líquenes o musgo. Prueba clara que nadie los lava.

En tal caso hay una sistemática violación del decreto n• 38942-S por parte de los funcionarios de esta ASADA, la cual la comunidad no ha pasado desapercibida, donde estos exigen que se haga una aplicación del mismo, ya que estos se encuentran con gran molestia el estar cancelando cada mes un recibo por servicio de agua el cual no es potable, pagando casi el mismo monto cuando son más de 8 horas diarias de desabastecimiento. 


Carta presentada para la denuncia:

Estimados señores, con gran molestia me dirijo nuevamente a ustedes para denunciar lo que debería de ser una vergüenza para ambas instituciones a cargo de salud  pública y del agua potable para la población más vulnerable (zonas rurales).

Está semana leí dos informes elaborados por ambos despachos, sobre las visitas o atención de denuncias a la ASADA de Cipreses de Oreamuno dónde se contradicen, sólo los Ing del AyA cargo de la visita evidencian lo que a continuación denuncio, la falta de mantenimiento y planes operativos en esta ASADA a los tanques de agua «potable», amparados por el ente rector.

El pasado 08 de junio del presente me dirijo con otra persona al tanque ubicado al costado del edificio de la ASADA para recoger agua en cubetas previamente lavadas, y no puedo decir que pra mi sorpresa, porque cuando se trata del agua por años ya hemos visto de todo, al abrir la llave sale el agua con líquenes o musgo. Prueba clara que nadie los lava.

 Señores es como para sentir vergüenza de sus labores, es con la salud de más de 3.000 personas con las que JUEGAN, por favor cuanto se van a tomar sus labores con seriedad y responsabilidad? ¿Qué esperan una epidemia? O algo peor? Cuánto tiempo tenemos que esperar a ver que YA tomen cartas en este asunto y cumplir primero desde adentro el reglamento para la calidad del agua potable??

La sistemática violación del decreto n• 38942-S por parte de los Funcionarios de esta ASADA no ha pasado desapercibida pro que los mismos despachos encargados de salvaguardar y aplicarlo se hagan de la vista gorda es inaudito por favor tomen un poquito de conciencia, espero poder ver un cambio de actitud de parte de ustedes y se tomen  cartas en el asunto, pro más aún ACCIONES y prontas!!

Me parece sumamente vulgar y descarado cancelar cada mes un recibo por «servicio» de agua que NO es potable, pagando casi el mismo monto cuando son más de 8 horas diarias de desabastecimiento y ahora sumando la  desconfianza que ustedes nos generan en cuanto al manejo y abordaje de este tema y otros relativos a esta ASADA.

La nota fue enviada a SURCOS por Ricardo Rivera Rojas.

Por el ambiente: celda única para buzos de cuello blanco

Juan Francisco Campos

Hace aproximadamente un cuarto de siglo, leíamos por vez primera la novela “Única mirando al mar” del profesor Fernando Contreras, y vale decir que, al concluir la lectura, tanto la “Nota liminar” de los recordados escritores Fabian Dobles, como el comentario en contraportada titulado “¿Es reciclable la esperanza?” de Mabel Morvillo; multiplicaron nuestro interés por eso que refiere el primero como “…el valor de la historia aquí contada”. Así mismo, casi sin percatarlo regresé al principio del relato convencido de lo que nos dice Morvillo: “Hay que leerla y releerla, porque es una novela sobre la condición humana, oscilante siempre entre lo abyecto y lo sublime”.

De manera que, frente a la persistente problemática de salud pública por el deficiente manejo de residuos en el país1,2, es indiscutible que el tema de fondo, nos compromete y enfrenta al mar. Algo así como al mar de basura urbana que, desde Río Azul y otros botaderos, llegó a desbordar e inundar especialmente a la Gran Área Metropolitana (GAM) de Costa Rica y todo lo que ello ha implicado hasta el presente. Razón por la cual, para sus habitantes, debe ser de máxima atención el reciente anuncio de acciones inmediatas por parte del gobierno3,4; supuestamente para generar soluciones a corto plazo sobre la nueva emergencia de viejas raíces. Tanto para el poder ejecutivo como para representantes del legislativo, la crisis en vísperas se debe al inminente cierre de los únicos sitios irónicamente denominados rellenos sanitarios y qué decir de “parques ambientales”; todavía activos, pero rebasada su vida útil o al límite de la capacidad máxima. Por lo general, fincas bajo administración de empresas privadas como WPP y EBY, donde se vierte la mayor parte de los residuos sólidos generados en la GAM y hasta de más allá. Una actividad de “trabajo sucio” y aparentemente también negocios. Basta un vistazo al Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP).

¿De qué trata el anuncio gubernamental? Según la información divulgada, entre otras acciones, habilitar tres nuevos sitios del mismo tipo, llámense rellenos sanitarios, parques de tecnología ambiental, parques industriales o cualquier otro digno de toda ficción; previa aprobación de un proyecto de ley titulado “LEY PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA RECTORÍA DEL MINISTERIO DE SALUD EN LA GESTIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS. Expediente Nº 24.251” el cual analizamos y damos seguimiento. No obstante, hasta el momento no se dispone de información como: 1). Si sobre dicho proyecto de ley existen grupos de cabildeo o lobby. 2). Quién administraría eventualmente los nuevos sitios. 3). Cuál o cuáles tecnologías para el tratamiento de residuos se emplearían. 4). Quién gestionará la tramitación de los permisos correspondientes. 5). Si en su tramitación serán presentados a la evaluación de impacto ambiental por parte de la Setena, o en su defecto serán exonerados de esta obligación.

Sin embargo, con respecto a los gestores particulares, en tanto se trata de una actividad que hace más de cuatro décadas, poco a poco pasó a ser objetivo de singulares negocios para la inversión privada principalmente extranjera, es de suponer que, en la medida de que la mayoría de los gobiernos locales fueron delegando su responsabilidad y sin escatimar los costos; una estrategia de perpetuar el negocio es mantener deficiencias en dicha gestión. A nuestro entender un principio de la economía de mercado y obvia política oficial. Pero ante los abonados, es a las municipalidades a quienes se les exhibe como los únicos gestores deficientes, mientras los concesionarios, se auto presentan como los que aportan soluciones y les motiva un interés público suigéneris. Obviamente siempre prestos a casi monopolizar determinadas fases del proceso definido como “gestión integral de residuos”.

En otras palabras, mientras este tipo de manejo “sucio” se mantenga, la gestión integral de residuos desde el año 2014 responsabilizada tanto al Ministerio de Salud (MS) como a los gobiernos locales; no está en el horizonte de cumplirse cabalmente ni en el largo plazo. Es más, con el tiempo de promulgada la ley (la No. 8839) para la gestión integral de residuos, la delegación de funciones municipales y los recursos multimillonarios invertidos; antes que más leyes al respecto o posibles reformas a las existentes, amerita un auditaje total de lo actuado, cuyas evidencias de seguros incumplimientos del deber en la función pública, permitan sancionar a los responsables.

De acuerdo con investigaciones en la materia, los únicos gestores que, durante décadas han demostrado ser eficientes para manejar los residuos generados en sus territorios, sólo representan a unas pocas municipalidades5; cuyas autoridades, en su momento asumieron responsablemente el desafío aún sin la nueva legislación que hoy rige. Suficiente prueba de que, por ejemplo, las justificaciones planteadas en las propuestas para pretender nuevas normas y reformas como condicionante para poder actuar; son acciones chapuceras y hasta propias de actores no idóneos. Quienes, en lugar de conducir su desempeño acorde con el ordenamiento jurídico, se han acostumbrado a la distorsión, y de tal forma, ajustarlo a intereses ajenos al Estado Social y Democrático de Derecho de este país.

En concordancia con la auditoría que se cita, muchas evidencias podrán ponerse sobre la mesa acerca de lo actuado, y entre otros beneficios a partir de los hallazgos, el presidente de la República podría tener en sus manos, nuevos casos para testimoniar su política anti corrupción y evitar con más tino lo que él llama “trajes a la medida”. Obsérvese al respecto que, hace aproximadamente diez años y a sólo cuatro de la promulgación de la Ley No. 8839, varios cantones del país, enfrentaban una situación crítica similar a la actual con respecto a los rellenos que nos informan. Pues los vertederos activos en sus territorios donde depositaban los residuos, unos 10 de los 38 a que hacían referencia, tenían orden de cierre inmediata por parte del MS. Una decisión que, además de suspender el vertido de más basura en ellos, de inmediato debía implementar un proceso de cierre técnico para cada uno.

Además, debido a que ese proceso ya representaba nuevos proyectos de obras y actividades técnicas, previamente a su ejecución debían cumplir la evaluación de impacto ambiental por parte de la Setena, y con ello, establecer las medidas ambientales correspondientes; así como, la fase de seguimiento ambiental post cierre. Es oportuno anotar que, por los altos riesgos de mayor contaminación ambiental y obvios daños producto de los vertederos, inclusive una vez cerrados; se trata de un proceso riguroso y de considerables costos económicos, al final del cual, los terrenos se pueden rehabilitar para otros usos. Hasta ese momento, entre los proyectos más conocidos de tales características, estaba el cierre técnico del relleno de Río Azul con credencial de Viabilidad Ambiental según Resolución No.SG-569-2002-E-ESIA-SETENA; para entonces en proceso de ejecución costeado por el Ministerio de Salud y contratado a WPP Continental S.A. (DM-F-1881-08 y adendas posteriores). Por lo tanto, el ejemplo más relevante a seguir.

No obstante, contra todo pronóstico y quizás sorpresa de diferentes instituciones como las municipalidades e igualmente de la comunidad ambientalista; paradójicamente la Setena derogó la Viabilidad Ambiental para las nuevas propuestas de cierre técnico de vertederos. Mientras tanto, mantenía en ejecución otro (Río Azul) que, de hecho, casi nunca fue relleno sanitario, sino un vertedero con relativa autorización. Es decir, siguiendo su costumbre de arrogarse potestades que no le competen, con una escueta y controversial interpretación normativa, mediante acuerdo de comisión plenaria (ACP-013-2014) eliminó esa obligación técnica. Por lo tanto, si la contaminación ambiental en estos sitios ilegales ya era crítica y por eso urgente cerrarlos; ahora, aunque no continuaran con su actividad regular, quedaron a expensas de lo que otros hicieran al margen de su responsabilidad. Eso mismo ha hecho la Setena con las escombreras (Oficio SETENA-SG-1244-2020), sitios que terminan operando como típicos vertederos. Los alcances de esa decisión, quizás algún día se conozcan, por ejemplo, en la contaminación de acueductos.

Acerca de ese acuerdo de Setena, por medio de consulta informal ante la institución, se obtuvo respuesta de que, aparentemente el principal promotor del acto derogatorio, fue el representante del MS ante su Comisión plenaria. El cual, contó con el respaldo unánime de los restantes seis miembros de ese órgano, incluyendo al secretario señor Fredy Bolaños, quien finalmente lo firmó y publicó; convirtiéndose esta acción en una de sus primeras “obras” en el fugaz paso por el puesto. Pues la siguiente, fue la viabilidad ambiental (Resolución No. 2523-2014) otorgada al proyecto de la nueva terminal portuaria de Limón; contraria del criterio de cuatro expertos encargados de evaluación exclusiva durante 20 meses. Sin embargo, así quedó dispuesta esa marrullería con los vertederos, jamás digna de funcionarios públicos. En el Por Tanto Primero del acuerdo se describe: “…es improcedente la presentación de una evaluación ambiental de un Cierre Técnico de un Vertedero, debiendo acudir al Ministerio de Salud, a efectos de realizar el cierre técnico pretendido”.

Si bien como consultor ambiental independiente, hasta hoy no hemos gestionado ante ninguna institución proyectos de esa naturaleza, si fuera lo contrario, se puede especular que, en el MS nos habrían remitido al mismo ingeniero que, en la Setena fue parte del Acuerdo ACP-013-2014 sobre esta materia. Institución donde todavía desempeña funciones de manera casi vitalicia, y a pesar de la dedicación exclusiva a que se debe; para entonces también gerenciaba el proyecto de Cierre Técnico de Río Azul; nombrado por su Ministerio con muy variadas y detalladas responsabilidades frente al concesionario (WPP) del millonario proyecto. De acuerdo con el oficio de la dirección de auditoria ministerial (DGA-280-2014), ese proyecto aún debe estar en ejecución, quizás con nuevas revaloraciones y hasta a cargo del mismo gerente o uno de sus familiares; como quien le sustituyó en la Setena durante un tiempo. Tómese en cuenta que, este oficio de auditoría se trató de una advertencia a la máxima jefatura por aparentes irregularidades; no obstante, el ingeniero de referencia, sigue en la Setena, donde en compañía del representante del MAG y secretario general, no ocultan su camaradería con los concesionarios de residuos municipales.

Mediante la Ley 8839 y el “Reglamento sobre el manejo de residuos sólidos ordinarios” según decreto ejecutivo No. 36093, promulgados el 13 y 15 de julio 2010 respectivamente, los vertederos fueron definidos como actividad ilegal: “…sitio o paraje donde se depositan ilegalmente los residuos, sin técnica o mediante técnicas muy rudimentarias”. Pero, como ya se anotó, a pesar de la cantidad de estos sitios reportados para entonces y su proliferación por el territorio nacional; la Setena se apartó de sus obligaciones y consecuentemente las de gestionar la única posibilidad técnica de evitar con dicha actividad más daños ambientales. Además, como para acompañar a Setena en esta satrapía, tres meses después el gobierno de turno promulgó un nuevo reglamento sobre rellenos sanitarios (D.E. No. 38928 del 14 de noviembre 2014). Y por este medio, en cuanto a los vertederos, la descripción explícita de actividad ilegal aparentemente se eliminó o trató de ocultar introduciendo una segunda definición: “Sitio sin preparación previa, donde se depositan los residuos, sin técnica o mediante técnicas muy rudimentarias y en el que no se ejerce un control adecuado”. Es decir, sitios donde de manera infraganti se producen daños ambientales en absoluta impunidad.

Pero no conformes con lo anterior, esa disposición reglamentaria fue más allá en la regresividad ambiental, pues dispuso que, los vertederos pueden ser reconvertidos en rellenos sanitarios (Ver Artículos 1 y 2 del decreto No. 38928). Es decir, con la puesta en vigencia de este Reglamento y su aplicación, no existe otro procedimiento más irregular para la ubicación de los rellenos sanitarios. Explícitamente no se contempló nada sobre el cierre técnico de vertederos ni de su viabilidad ambiental; inclusive, tampoco para rellenos sanitarios. Por lo tanto, vía reglamento se abrió la posibilidad para que, un vertedero sea reconvertido en relleno sanitario, consolidando a la vez, la derogación del principal requisito técnico sobre la evaluación de impacto ambiental; dado que, para la Setena, son habituales sus argumentos de que, un sitio ya impactado tanto como actividades existentes, no requieren dicha evaluación.

Como se podrá determinar en lo anteriormente descrito, esos “alineamientos retroactivos” de la evaluación de impacto ambiental y en este caso acerca del manejo de residuos, es más evidente a partir del año 2014. Y lo ha ratificado la actual ministra de salud al señalar por ejemplo que, en diez años de vigencia de la Ley 8839, ésta no se ha podido aplicar y por eso pide “un machetico” (más normativa); supuestamente para poder solucionar a corto plazo la problemática actual. Así dijo el mes anterior6, cuando en tránsito por el laberinto de este gobierno, dio a conocer la segunda “ruta de la salud”. Entre las incongruencias oficiales expuestas en ese evento, además de lo dicho directamente en conferencia de prensa, por ahora señalamos algunas referencias de un nuevo decreto ejecutivo (No. 44421) y del proyecto de ley según expediente legislativo 24.251.

En cuanto a este decreto próximo a quedar vigente, se promulgó como el “Reglamento de parques ambientales para la separación, tratamiento, aprovechamiento y disposición final de residuos sólidos”. En el mismo, además de derogar el Reglamento de rellenos sanitarios (Decreto 39928-S), se denotan “genialidades” como la invención del concepto “parque ambiental”; en términos generales, definido como un sitio para manejo integral de residuos sólidos y donde previo a la disposición final se ejecutan otras tareas. Hasta se podrán disponer en ellos residuos peligros que hayan recibido algún tratamiento anterior; pero no se establece cuál ni dónde. Similar a los dispuesto con los rellenos sanitarios, los vertederos se podrán reconvertir en parques ambientales. Y al igual que con el reglamento derogado, se ignora el cierre técnico de vertederos y rellenos sanitarios, así como de su requerimiento de viabilidad ambiental por parte de la Setena. Se presenta también en este reglamento, una reiteración en los requisitos de la construcción de infraestructuras ajustadas al reglamento de construcciones del INVU, como si fueran proyectos que no albergarán la actividad a la que están destinados. Por lo tanto, serán sitios que, en honor al nombre, de ecológicos no tendrán ni la intensión, y donde sólo por la confusión que generan, alguien llegará a visitar queriendo encontrar recreación, esparcimiento y aire puro. Finalmente, es de anotar que, por el lenguaje y discurso habitual de las empresas concesionarias aquí citadas, el nuevo reglamento parece un producto de “traje a la medida”.

Por su parte, respecto al proyecto de Ley de expediente legislativo No. 24.251, pareciera que sus redactores, no tienen noción del ordenamiento territorial y la planificación urbana según lo dispuesto en el bloque normativo. Alegan que, las dificultades para implementar numerosas iniciativas durante más de dos décadas y así abordar la creciente crisis en el manejo de residuos sólidos; es consecuencia por ejemplo de “La resistencia de las comunidades y de los gobiernos locales hacia la creación de nuevos rellenos sanitarios y/o la adopción de otras tecnologías”. Lo cual, ha dado lugar al estancamiento en la ejecución de proyectos clave. Y en igual sentido que, nadie quiere la instalación de rellenos sanitarios en sus vecindarios. No obstante, estos son planteamientos con alto contenido de falsedad. Pues la oposición comunal a estos proyectos, responde más a las experiencias de pésimos manejos, por lo general violando legislación ambiental y con ello la generación de daños socioambientales contra las comunidades de sus áreas de influencia; y donde los rellenos o vertederos, de hecho, pasan de receptores cantonales a regionales o hasta nacionales. Las comunidades de Montes de Oro y La Carpio, no son la excepción.

Entre más planteamientos nada convincentes se dice que, como en estos proyectos la Inversión solo proviene de la empresa privada: “Es fundamental encontrar un equilibrio entre el sector público y el privado, promoviendo la competencia, la transparencia y la rendición de cuentas para garantizar que los proyectos se ejecuten de manera eficiente, ética y en beneficio del interés público”. La mejor prueba contra esta argumentación está en las mismas referencias ya apuntadas con respecto al cierre técnico del relleno sanitario de Río Azul, así como, el contrato entre la Municipalidad de Talamanca y una concesionaria; asunto registrado en las bases de información del SICOP.

Por lo tanto, ¿Cuál será la solución según este proyecto de ley? Nada menos que, el “fortalecimiento de la rectoría del M.S.”, por medio de “mayor injerencia” en su potestad rectora; o mejor dicho en las potestades actuales de los gobiernos locales. También mediante la creación de un órgano técnico especializado con determinadas funciones. Más concretamente, el objetivo central es que: “La emisión de certificados de uso de la tierra para la instalación de estructuras dedicadas a la disposición final de residuos corresponderá al Ministerio de Salud y no a las municipalidades” (Artículo 28 bis de adición a la Ley de Planificación Urbana).

Desconocen los proponentes del proyecto que, sólo los gobiernos locales regidos por su Consejo municipal están legitimados para gestionar la elaboración de Planes Reguladores o de Ordenamiento Territorial cantonales del territorio total o parcial. Igualmente ignoran que, su elaboración responde inobjetablemente a la ciencia, la técnica y la participación pública más efectiva con su poder de decisión. Procedimiento por el cual, uno de los principales productos del instrumento, es el Reglamento de Zonificación de uso del suelo con su respectiva cartografía. Real y legitimada norma de aplicación exclusiva por parte de la administración pública local a través de los certificados de uso de suelo municipal, y en absoluta congruencia con este Reglamento durante la vigencia del Plan Regulador.

Esta es la situación del mar en que nos encontramos, con un gobierno en pleno naufragio por rutas que sólo conducen a los nauseabundos botaderos, donde efectivamente hacen falta celdas de seguridad para algo más que residuos peligrosos.

Referencias

  1. https://semanariouniversidad.com/pais/municipalidades-reprueban-en-manejo-de-residuos/
  2. https://semanariouniversidad.com/pais/ebi-opera-nueva-area-de-relleno-en-el-huazo-sin-permiso-de-construccion-de-la-municipalidad-de-aserri
  3. https://www.diarioextra.com/Noticia/detalle/518045/cada-cant-n-deber-designar-un-espacio-para-tener-un-botadero
  4. https://www.ministeriodesalud.go.cr/index.php/prensa/61-noticias-2024/1829-ministerio-de-salud-lanza-ruta-de-salud-ambiental
  5. https://www.researchgate.net/publication/291072700_Alternativas_y_acciones_en_el_tema_de_residuos_solidos_planteadas_por_las_municipalidades_de_Jimenez_y_Oreamuno_y_su_relacion_con_el_desarrollo_y_la_sostenibilidad_Articulo_informativo
  6. https://www.facebook.com/watch/live/?ref=watch_permalink&v=948337643407375

 

Imagen: TEC.

Defensoría respalda fallo que elimina orden de ocultar etiquetado frontal de alimentos

Circular derogada incumplía diversas normativas

La Defensoría de los Habitantes respaldó la resolución de la Sala Constitucional, anunciada ayer, de eliminar la circular emitida por el Ministerio de Salud que ocultaba los sellos de advertencia nutricional en el etiquetado frontal de alimentos. A inicios del presente mes, la Defensoría notificó un informe a Salud donde recomendó a Salud dejar sin efecto jurídico dicha circular, luego de un amplio análisis técnico y jurídico.

La Defensoría sostuvo que el Ministerio de Salud no demostró, con estudios con información cuali-cuantitativa, que el Etiquetado Frontal de Advertencia Nutricional (EFAN) de los productos importados que lo portan confundía al consumidor y que se contaba con el fundamento jurídico correspondiente. Dicha investigación, en criterio de esta Defensoría, debería realizarse con los aportes de los sectores académicos, colegios profesionales y organizaciones no gubernamentales.

Dado que los consumidores dedican poco tiempo a la compra de alimentos, la inclusión de sistemas simplificados de información nutricional podría mejorar su capacidad de encontrar y comprender la información nutricional, lo que fomentaría la toma de decisiones fundamentadas con respecto a los alimentos. Por este motivo, la inclusión de sistemas de etiquetado nutricional en la parte frontal del envase es considerada una prioridad en la formulación de políticas.

Se trata de una herramienta costo-efectiva para la prevención de la obesidad y las enfermedades crónicas no trasmisible, sino que además responde a equiparar los desequilibrios que presenta el consumidor. De igual forma, lo protege de potenciales riesgos a la salud y le permite hacer elecciones bien fundadas para su propio bienestar, respondiendo al derecho del consumo informado y responsable.

Debe recordarse que mediante la Circular MS-DRPIS-UR-1588-2023 de fecha 22 de junio de 2023, el Ministerio de Salud estableció la instrucción de que los comerciantes eliminen la información del EFAN particularmente el de los productos importados que contengan los octágonos o rombos negros recomendados por la Organización Panamericana de la Salud. Entró en vigencia el 22 de diciembre de ese mismo año.

Esta medida no fue consultada con instituciones u organizaciones con competencia en esta materia. Tampoco existe suficiente fundamentación jurídica para eliminar el EFAN porque no se cuenta actualmente con una norma sobre el etiquetado nutricional frontal simplificado. En el ámbito centroamericano, no existe norma que regule el tema. Tanto COMISCA como el Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO), según informe del Ministerio de Salud, aún no han aprobado una normativa centroamericana al respecto.

Además, en criterio de esta Defensoría, el Ministerio de Salud mediante esa resolución estaba reformando tres reglamentos centroamericanos debido a una errónea interpretación y aplicación de estas disposiciones. La falta de un motivo y una motivación debidamente demostrados está ausente en esta circular. Con todo, esta Defensoría considera que el EFAN debe contar con una adecuada regulación que debe estar armonizada al menos con el contexto centroamericano y para ello es necesario un pronunciamiento conjunto de al Consejo de Ministros de Salud de Centroamérica (COMISCA) y Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO).

Más bien por el contrario, existe abundante evidencia de estudios realizados en el contexto latinoamericano y particularmente en Centro América y Costa Rica en relación con la superioridad y ventajas de la comprensión para el consumidor de los sellos octogonales como la mejor de las estrategias de la EFAN. Sellos que, además, cuentan con el respaldo de la OPS.

Oficina de Comunicación Institucional
Defensoría de los Habitantes

Tribunal declara con lugar recurso de amparo por contaminación en Puerto Viejo: ordenó medidas urgentes desde el 2019

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, en sesión celebrada el 3 de mayo de 2019, resolvió el Expediente número 19-002174-0007-CO, con la Resolución número 2019007689, relativo a un recurso de amparo presentado por Marco Levy Virgo contra la Municipalidad de Talamanca, el Ministerio de Salud y el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA).

Según consta en el expediente, el recurso de amparo fue recibido en la Secretaría de la Sala a las 08:21 horas del 12 de febrero de 2019. En dicho recurso, Marco Levy Virgo expuso que en la entrada principal a Puerto Viejo se encuentra una gran laguna de aguas negras que fluyen hacia la playa, lo que representa un riesgo para la seguridad y vida de los turistas nacionales e internacionales. Afirmó que, a pesar de haber solicitado una solución a las autoridades correspondientes, no se había tomado ninguna medida al respecto hasta la fecha de interposición del recurso. Además, argumenta que se vulneran sus derechos fundamentales y solicitó que se declarara con lugar el recurso y se obligará a los recurridos a resolver de manera inmediata el problema sanitario, colocando rótulos preventivos e implementando medidas para eliminarlo definitivamente.

La Sala Constitucional, tras analizar los argumentos presentados, resolvió declarar con lugar el recurso de amparo. En consecuencia, se ordenó a las autoridades pertinentes, incluyendo a la Presidenta Ejecutiva (Yamileth Astorga Espeleta) y al Gerente General del AyA (Manuel Antonio Salas Pereira), al Alcalde Municipal de Talamanca (Marvin Antonio Gómez Bran) y a la Directora del Área Rectora de Salud de Talamanca (Jennifer Jones Villiers) del Ministerio de Salud, o a quienes ocupen esos cargos, que en un plazo de tres meses, contado a partir de la notificación de la sentencia, brinden una solución al problema de contaminación en Puerto Viejo.

Asimismo, se instruyó al AyA a coordinar con las otras instituciones involucradas (Municipalidad de Talamanca y Ministerio de Salud) para implementar medidas temporales o provisionales mientras se trabaja en una solución definitiva al problema de contaminación. Se advirtió que el incumplimiento de esta orden podría conllevar sanciones de acuerdo con lo establecido en la Ley de la Jurisdicción Constitucional, de conformidad con el artículo 71, se impondrá prisión de tres meses a dos años, o de veinte a sesenta días multa, a quien recibiere una orden que deba cumplir o hacer cumplir, dictada en un recurso de amparo y no la cumpliere o no la hiciere cumplir, siempre que el delito no esté más gravemente penado.

Finalmente, se condenó a la Municipalidad de Talamanca, al AyA y al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios causados por los hechos que dieron lugar a la presente resolución, los cuales se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo. Adicionalmente, se dio la orden de notificar a las autoridades correspondientes.

Se adjunta la resolución completa para su consulta y análisis.

Imagen ilustrativa, UCR.

La desnutrición y la obesidad infantil es a lo que hay que poner la mayor atención, para atacar la obesidad de los adultos

Vladimir de la Cruz

Internacionalmente, hay un día a nivel mundial que se celebra o conmemora, el 4 de marzo de cada año, como día de la obesidad, obviamente con la intención de atender el problema como un mal nacional y mundial.

Con alarmante preocupación las autoridades de salud pública anunciaron que Costa Rica tiene un honroso y destacado tercer lugar, en el mundo, de seguir así, hacia el 2060, como país con más obesos; para decirlo más popularmente, con más gordos en la población… infantil, juvenil y de adultos. Faltan algunos años para eso, pero la tendencia parece inevitable. En una medición reciente se nos coloca como país 50 de 97 con mayor obesidad de mujeres y de 64 sobre 197 en obesidad de hombres, así como el país 59 en obesidad de niñas y el 78 en obesidad de niños. En el caso de la población adulta se ha duplicado su cantidad desde 1990.

En este momento la tercera parte de la población, el 31%, es obesa, y dentro del conjunto de los países de la OCDE. Costa Rica es el que tiene mayor índice de obesos, cuando en el promedio de esos países se alcanza el 19% de obesidad. De continuar así, en el 2060 tendríamos un 94% de obesidad. En números actuales tenemos 760.000 mujeres y 480.000 hombres, mayores de 20 años, con obesidad, en sus distintas categorías o niveles; y en la población infantil y juvenil, entre los 5 y 19 años, hay 69.000 mujeres y 78.000 hombres.

Este destacado papel lo reveló la OCDE, en concordancia con lo que la Organización Mundial de la Salud, también, tiene registrado. Tengamos de referencia que esta información, en estos organismos internacionales, se obtiene, por los datos oficiales, que las autoridades públicas, de salud, brindan oficialmente. De esta forma, el problema de la obesidad de la población es una realidad palpable en el país, con todas las consecuencias e impactos que esta situación puede tener. Aun así, los datos no muestran la cruda realidad que es más grave que esa estadística.

El problema debe ser más grave si tenemos presente que desde hace 15 años no se hacen encuestas nacionales sobre nutrición…y desnutrición, por lo que los datos sobre obesidad deben ser más graves de lo que se ha informado. Tampoco se ha hecho un balance de la “Carta, que se firmó en el 2018, de compromiso para el abordaje integral del sobrepeso y la obesidad en la niñez y la adolescencia costarricense”. A la desnutrición también se asocia la anemia, el bocio, el raquitismo y la parasitosis. La anemia en Costa Rica es como la enfermedad del sueño en África para sus comunidades pobres. ¿Se hacen evaluaciones sobre la alimentación en escuelas y colegios?

La Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) como el Ministerio de Salud han señalado que la obesidad y el sobrepeso están entre las principales causas de muerte de la población costarricense. Desde el 2018 al 2023, la CCSS atendió por complicaciones asociadas a la obesidad a casi 2000 pacientes, casi dos diarias. En la estadística nacional más afectadas son las mujeres, casi 3 mujeres por cada hombre. En la consulta hospitalaria dos de cada tres fueron de mujeres. En este mismo período las intervenciones quirúrgicas fueron en casi un 20% para desviaciones gástricas o los llamados bypass gástricos.

Los adultos mayores de 40 años son los que se reportan con mayor internamiento hospitalario, casi un 79%, entre los que se cuenta un 2% de niños que no habían cumplido su primer año de vida. Del mismo modo, los niños menores de 10 años tienen más internamientos que las mujeres. Por cada 100.000 habitantes, en este mismo período de tiempo, el promedio de internados fue de 6, lo cual, para las autoridades de salud, se considera alarmante. Las muertes provocadas por esta situación, en este mismo plazo fue de casi 400 personas. Entre el año 2000 y el 2010 por obesidad morían anualmente alrededor de 30 personas, mientras entre el 2015 y el 2018 esta cifra aumentó a 48 decesos. A partir del 2019 la cifra se mueve entre 60 y 95 defunciones por año. Casi el 40% de las mujeres y el 25% de los hombres, mayores de 20 años tienen obesidad.

A la obesidad se asocian enfermedades crónicas como hipertensión o presión alta, diabetes, niveles altos de colesterol y triglicéridos, infartos al miocardio, al músculo cardiaco; accidentes cerebrovasculares, que producen los conocidos derrames cerebrales; discapacidades ocasionadas por la gordura, pérdida de años de vida. La obesidad quita aproximadamente un 10% de los años posibles de vida. A esto se agregan los problemas relacionados con el acoso que sufren los obesos, el estrés que les ocasiona, la ansiedad, la depresión, y las dificultades para obtener trabajos.

Para medir la obesidad, como práctica universal, se analiza el índice de masa corporal, donde si la cifra es mayor de 30 hay obesidad; si está entre 35 y 39.9 hay obesidad severa, y si es más alta de 40 se está en una situación de obesidad extrema o mórbida. Este índice, aun cuando se usa como medida internacional, los expertos reconocen que es imperfecto para precisar correctamente las causas de la obesidad, porque es difícil medir la grasa corporal.

En los factores que hoy se toman en cuenta, entre otros, para atender esta temática, de obesidad y desnutrición, se trata de los alimentos no saludables, los alimentos chatarra, el poco ejercicio, la ingesta de alcohol o bebidas alcohólicas. La comida chatarra no cumple las necesidades de nutrientes.

La comida chatarra oculta la desnutrición. Las empresas farmacéuticas, agrupadas en la Federación Centroamericana y del Caribe de Laboratorios Farmacéuticos, FEDEFARMA, enfatizan en el tema genético como el factor principal detonante de la obesidad. Para estas empresas la probabilidad de desarrollar obesidad es del 40% al 70%. Señalan que las investigaciones farmacológicas se orientan, desde hace años, a encontrar fórmulas que contribuyan al control del peso, de pacientes que no logran bajar peso cambiando hábitos de alimentación y haciendo ejercicio. No cuestiono los estudios sobre factores genéticos, que son tan importantes para determinar hoy muchos aspectos de la salud. Lo que me parece es que a las empresas farmacéuticas la importancia del énfasis en este tema es en función de la venta de medicamentos, por lo demás caros.

Hace algunos años, cuando mi esposa trabajaba en el Departamento de Patología del Hospital San Juan de Dios, el Director y Jefe del mismo, el brillante patólogo nacional, Dr. Rodolfo Céspedes Fonseca, con quien tenía una especial amistad, por razones familiares y por mi esposa, su discípula, me comentaba que en la patología nacional ya se empezaba observar la desnutrición, la pobreza y la pobreza extrema, como un factor contribuyente de la muerte de las personas. Estaba él preparando un trabajo, para un Congreso Médico, sobre esta situación cuando lo sorprendió la muerte. De mis investigaciones históricas, le comenté al Dr. Céspedes, qué en las Actas de Congresos Médicos, en la década de 1930, en casi todos los trabajos presentados se hacía relación a los factores de pobreza y miseria nacional, aspecto que él conocía. Hoy, y desde hace mucho tiempo, en estos congresos, estos temas no se asocian a esta temática. El problema de la obesidad tampoco se asocia a la situación de pobreza y mal nutrición, que puede ser uno de los factores más poderosos de su existencia. La obesidad es también un problema social.

Con mi suegro, el Dr. Bernardo Picado Prendas, médico pediatra, alergólogo y pediatra, aprendí también que cierta gordura de niños se debía justamente a su mala alimentación. Ponía como ejemplo los niños que aparentemente eran rebosantes de gorditos, y con solo apretarles ligeramente la piel, de los brazos o las piernas, se les marcaba un anillo amarillo que era el indicador justamente de esa mala nutrición y alimentación. También revisaba la piel para ver si era seca y pálida, si el niño perdía pelo o cabello, veía el grosor y dureza de las uñas. Veía si el abdomen, las piernas y los brazos estaban hinchados. Gorditos sí, pero malnutridos y mal alimentados, un mal nacional, poco atendido. De él aprendí que los niños gorditos no son símbolos de buena salud. Gorditos, con sobrepeso pueden padecer desnutrición. Este es el punto.

El Benemérito Hospital Nacional de Niños debería opinar sobre esto. Si el niño, no tuvo una buena lactancia, aunque coma suficiente, y no consume los nutrientes, las vitaminas, los minerales y ácidos grasos esenciales necesarios para su crecimiento, talla y estatura, se va a desarrollar como ese niño desnutrido y obeso al mismo tiempo.

Con mis tíos Gilberto de la Cruz y Elba Malavassi, ambos farmacéuticos, cuando pasaba mis vacaciones juveniles en la Villa, en Ciudad Quesada, los vi discutir con campesinos, que llegaban a la Farmacia San Carlos, a comprar vitaminas y otros productos similares. Mi tío Gilberto, que conocía a sus clientes les hacía ver que con los productos que cultivaban y vendían, si los comían no necesitaban ninguno de los medicamentos que solicitaban. No había manera de hacerlos entender o había una gran necesidad económica, para sobrevivir, de vender sus productos antes que consumirlos familiarmente.

Por mis investigaciones, en asuntos de los movimientos sociales, obreros, sus luchas y sus condiciones de vida, aprendí qué en muchos hogares de trabajadores, en la comida dispuesta para la familia, la prioridad del mejor plato, la mejor o mayor comida era para el padre, para el jefe de familia, para el trabajador, que salía a laborar y a generar los ingresos del hogar. Le seguían, en orden por su edad, de mayor a menor, sus hijos, que también podían acompañarlos en sus faenas o podían contribuir con otros trabajos a generar ingresos, siendo los sacrificados de la comida los hijos menores, y la madre, que hacía, como se dice popularmente, de tripas chorizo.

En los reportajes y notas periodísticas de esta fecha, con motivo de la noticia publicada, se produjeron llamamientos para fomentar hábitos alimenticios, saludables y equilibrados, desde la infancia. Se señaló la educación en posibilidad de enseñar a distinguir qué comer, dentro de la cantidad de productos, que la libertad de mercado ofrece… obviamente al alcance de quien los puede pagar. Un editorial de un periódico señaló que los trabajadores hoy no disponían de 15 minutos de tiempo libre para practicar, diariamente, algún deporte. Sin decirlo el editorial se refería a las jornadas de trabajo existente de 8 horas diarias. ¿Qué tal con las que quieren introducir, a la fuerza, de 12 horas diarias?

La clave está en la buena alimentación de los niños. No es solo a base de carbohidratos, azúcares y grasas. El niño mal alimentado en la niñez, desnutrido, puede sobrevivir con pocas calorías, pero “enfermo” para toda la vida. En el continente millones de niños sufren desnutrición crónica, que les produce daños irreparables. Tienen menos energía, menor desarrollo muscular y de órganos, menor capacidad de concentración, menor rendimiento escolar y laboral, falta de sueño, trastornos mentales, posibilidad de daños cerebrales, limitada capacidad de aprendizaje, más limitada su capacidad laboral de cuando lleguen a ser adultos. El impacto nacional de esta situación es un país con limitaciones para su desarrollo.

Las enfermedades de la obesidad infantil, similares a las de los adultos, tienen un costo elevado de atención pública. La desnutrición y la obesidad infantil es a lo que hay que poner la mayor atención, para atacar la obesidad de los adultos. Los primeros cinco o seis años de vida son claves. Lo que no se atiende allí, por desnutrición, especialmente, no se puede resolver posteriormente, por más y mejores alimentos que se le puedan dar al niño. Se crea una masa de gente hacia el futuro que va a depender de la asistencia pública, o de la asistencia de la calle, y en la calle del trabajo informal y del trabajo que puede ofrecer el narcotráfico y las organizaciones criminales, que hoy se vuelcan en mucho sobre esta población sin educación y sin trabajo.

Hay que entender que obesidad y desnutrición son el resultado en mucho de factores de pobreza y pobreza extrema. Muchos obesos podrán no sentirse “pobres” de origen, porque no tuvieron ni tienen conciencia de sus propios factores de pobreza, porque les fue natural vivir con ellos.

La pobreza influyente tiene que ver con el analfabetismo, el analfabetismo por desuso, el carecer de agua potable tratada, el desempleo, el ingreso económico familiar, los bajos salarios, la desatención pública de servicios esenciales, mala vivienda, falta de buenas letrinas en las barriadas populares y zonas de tugurios, falta de electricidad, de aceras y de caminos inter vecinales en esas zonas, acceso a la escuela, alimentación básica en las escuelas, que ha sido eliminada y disminuida, incapacidad hogareña de satisfacer necesidades básicas.

La obesidad, así, es una enfermedad crónica compleja, causada por diversos factores sociales, culturales, psicológicos, genéticos, metabólicos. La obesidad no está separada de la desnutrición. A mayor posibilidad de desnutrición hay mayor posibilidad de desarrollar el sobrepeso.

La obesidad como problema médico comprende otras enfermedades: cardíacas, diabetes, presión arterial alta, colesterol alto, enfermedad hepática, apnea del sueño y se señalan también ciertos tipos de cáncer.

Los desnutridos son los que tienen un déficit alimentario, que no comen lo que deberían ingerir. Los malnutridos pueden ser comedores compulsivos y de exceso, pero no son sanos. Otro asunto, los daños de la desnutrición duran toda la vida y son heredables.

A los obesos y desnutridos se les orienta en consumir verduras, hortalizas y frutas; vegetales de colores vivos; productos lácticos, como la leche, queso, yogur, etc., carnes, rojas, blancas, como pollo y pescado; granos integrales, en avena, pan o arroz. ¿Pero, cuánto cuesta esto? La Canasta Básica Alimentaria, ¿cuánto suple en esta dirección nacional para evitar la desnutrición y la obesidad?

Esto es lo que debemos discutir nacionalmente para tratar los problemas de la obesidad, de adultos. Pero, no olvidemos la de los niños.

Compartido con SURCOS por el autor.

Ministerio de Salud cierra consultorio en odontología del Hospital Calderón Guardia

Comunicado de UNDECA

El consultorio de prótesis especializada del servicio de odontología del Hospital Calderón Guardia fue cerrado por el Ministerio de Salud, esto por inestabilidad del piso y ante el peligro para los pacientes.

La Unión Nacional de Empleados de la Caja y la Seguridad Social, UNDECA, se hizo presente e intervino, pese a que la jefatura del servicio de odontología, Dr. Juan Carlos Ruiz y los trabajadores, con el apoyo de la administración, la dirección y subdirección del Hospital, actuaron de inmediato para trasladar el equipo a otro limitado espacio para no dejar de brindar el servicio a los pacientes con cáncer.

UNDECA ha denunciado, ya por más de 20 años, las condiciones deplorables de un edificio antiguo y la urgente necesidad de construir, en ese mismo espacio, una torre de odontología que urge para un servicio que es referente para todo el país, y que atiende a más de 65.000 ciudadanos cada año con gran calidad.

Este cierre es una llamada de alerta ante el gran deterioro de la infraestructura del edificio, y que como en muchos otros lugares del país, es de urgente necesidad la construcción del nuevo edificio.

Se buscan opciones para la construcción de la Torre de Odontología, pero no se toman las decisiones necesarias. UNDECA gestionó una reunión urgente con las Gerencias financiera, general, médica e infraestructura, para las próximas semanas y buscar una solución.

Esta situación sucede con el Hospital de Cartago, Golfito, y otros, es necesario tomar decisiones, cosa que parece no importarle al presidente Rodrigo Chaves, la presidenta de la CCSS, Marta Esquivel y ahora a la Ministra de Salud, Dra. Mary Munive, que boicotean constantemente la construcción de esa infraestructura.

UNDECA llama a las comunidades a unirse y luchar por sus centros de salud pública, ya que hay intereses externos que impiden su construcción y buscan su deterioro acelerado para privatizar servicios y hospitales.

Se necesitan acciones para resguardar la salud de los pescadores de Cieneguita

El pasado 18 de febrero, la Asociación para el Desarrollo de la Ecología, envió una carta a la Dra. Mary Munive Angermüller Vicepresidente de la República y Ministra de Salud y al Ministro Heiner Méndez Barrantes, en la cual se solicita la toma de medidas para detener la actividad pesquera en la bocana de Cieneguita (Limón), a causa de la contaminación de las aguas del canal de Cieneguita, las cuales están transportando los desechos de las comunidades cercanas.

Compartimos la transcripción de la carta.


Limón, 18 de febrero de 2024

AEL-0029-2024

Licenciado.

Heiner Méndez Barrantes

Ministro

Instituto Costarricense de Pesca y Acuacultura

Ref.: Acciones prontas y oportunas en resguardo de la

seguridad y la vida de pescadores de Cieneguita

Estimada señora Ministra y señor Ministro:

Les ruego proceder de manera coordinada, a tomar acciones prontas y oportunas en resguardo de la salud pública, procediendo inmediatamente a suspender las actividades que se realizan en la bocana de Cieneguita, debido a la contaminación de las aguas del canal de Cieneguita, que arrastran toda clase de desechos de los barrios de Lirios, Envaco, Limoncito, Cocos y Quinto, situación que convierte la mencionada bocana en una cloaca a cielo abierto que amenaza la seguridad y la vida de pescadores de Cieneguita, poniendo en riesgo productos de exportación, con aparentes perjuicios que se pueden solucionar de manera perentoria en el Balneario de Portete, trasladando dicha actividad al lado de los Guardacostas que hoy custodian dichas instalaciones.

Señora Ministra y señor Ministro: la bocana de Cieneguita no reúne las condiciones físico-sanitarias que demandan las actividades de pesca que actualmente se realizan ahí, amén de que el lugar presenta problemas de navegación por la acumulación de sedimentos y rocas que se han desprendido del rompeolas construido en dicha bocana, razón por la cual les sugerimos cumplir con el deber de vigilancia que les impone el artículo 190 de la ley General de la Administración Pública.

A mayor abundamiento, señalamos los artículos 355 y siguientes Ley General de Salud, que determina en su capítulo de las Medidas Especiales, el desalojo de los inmuebles cuando no cumplen con las condiciones físico-sanitarias.

Les rogamos de la manera más atenta, se sirvan informarnos oportunamente las medidas que de manera coordinada han decidido tomar sobre este particular y aprovechamos para enviarles un cordial saludo,

Marco Levy Virgo

Presidente

 

Dr. Rodrigo Chaves Robles, Presidente de la República y Presidente del Consejo Nacional Ambiental (CNA

Dr. Darner Mora Alvarado, Director Laboratorio Nacional (ICAA) Diputados Mesa Caribe

 

Imagen ilustrativa, UCR,