Hoy la Asamblea Legislativa otorgó el Honor de designar a 4 grandes mujeres costarricenses con el más alto Título que se entrega en Costa Rica: El Benemeritazgo. Las homenajeadas fueron:
Benemérita de la Patria LUISA GONZÁLEZ GUTIÉRREZ Maestra de maestras, comunista, compañera inseparable de Carmen Lyra y de sus luchas contra los Tinoco; la democratización de la educación y su modernización, con una visión siempre presente de privilegiar a la niñez más vulnerable y las reivindicaciones de la mujer. Co fundadora con Lyra, del Kinder Maternal Montessoriano.
Benemérita de la Patria ANA GABRIELA ROSS GONZALEZ Médico, científica, luchadora y defensora por la Salud Pública y el Medio Ambiente. Luchadora contra el cáncer y por los derechos de las mujeres que luchan contra esa enfermedad. Liguista de corazón.
Benemérita de la Patria EMILIA PRIETO TUGORES
Una mujer que abrió espacios que habían sido reservados para los hombres, y que además dio significativos aportes a la cultura y el arte costarricense. Emilia Prieto fue una mujer multifacética: artista y grabadora, escritora y pensadora, comunista, luchadora social, investigadora de la cultura popular costarricense, cantautora y la más reconocida folklorista de Costa Rica. En realidad, fue mucho más que eso, fue una verdadera estudiosa de las expresiones populares, recopiladora e intérprete de las canciones tradicionales del Valle Central y pionera en el rescate de las tradiciones y la cultura vernácula del país. Se distinguió además por ser una persona ejemplar, por su entereza, estatura moral intachable y extraordinario altruismo.
BENEMÉRITA DE LAS ARTES PATRIAS VIRGINIA GRUTTER JIMENEZ Ciudadana de ejemplar trayectoria en el campo político, literario y de la promoción de la cultura, lo cual es reconocido ampliamente en distintos sectores nacionales e internacionales. Comunista. Su obra poética y narrativa, su contribución al desarrollo del teatro, su aporte al desarrollo de instituciones nacionales y su participación en luchas sociales de relevancia para la democracia, son parte del patrimonio.
Las 4 hacen honor a nuestras mujeres, pues representan lo mejor de ellas, de su lucha social, por los derechos de las mayorías y por aportar a la construcción de una Patria mejor. Bien merecen que hoy toda la Patria brincara.
A pocos días de que la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) tome acuerdos sobre el futuro del Régimen de Invalidez Vejez y Muerte (IVM) nos preguntamos si el Ministerio Público (MP) será diligente investigando si los fondos y las reservas de los seguros sociales se están utilizando para el fin que dispone el artículo 73 de la Constitución Política de la República, donde en lo que interesa dice: “La Administración y el gobierno de los seguros sociales estarán a cargo de una institución autónoma, denominada Caja Costarricense de Seguro Social. No podrán ser transferidos ni empleados en finalidades distintas a las que motivaron su creación, los fondos y las reservas de los seguros sociales” y el artículo 1 de la Ley del seguro social N° 17 donde en lo que interesa dice: “… Los fondos y las reservas de estos seguros no podrán ser transferidos ni empleados en finalidades distintas de las que motivaron su creación. Esto último se prohíbe expresamente”. El Código de Ética del Servidor de la CCSS en su artículo 10 establece lo siguiente. “El servidor de la Caja debe desempeñar sus funciones con prudencia, integridad, honestidad, seriedad, moralidad, ecuanimidad, y rectitud. El trabajador de la Caja debe actuar con honradez tanto en ejercicio de su cargo como en el uso de los recursos institucionales que le son confiados por razón de su función. Debe repudiar, combatir y denunciar toda forma de corrupción.” La Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública y su Reglamento en su artículo 3 en lo que interesa dice lo siguiente: “El funcionario público estará obligado a orientar su gestión a la satisfacción del interés público. Este deber se manifestará, fundamentalmente, al identificar y atender las necesidades colectivas prioritarias, de manera planificada, regular, eficiente, continua y en condiciones de igualdad para los habitantes de la República. Asimismo, al demostrar rectitud y buena fe en el ejercicio de las potestades que le confiere la ley; asegurarse de que las decisiones que adopte en cumplimiento de sus atribuciones se ajusten a la imparcialidad y a los objetivos propios de la institución en la que se desempeña y, finalmente al administrar los recursos públicos con apego a los principios de legalidad, eficacia, economía y eficiencia, rindiendo cuentas satisfactoriamente.” El artículo 4 de la misma ley en lo que interesa dice lo siguiente: “Violación al deber de probidad.Sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que procedan, la infracción del deber de probidad, debidamente comprobada y previa defensa, constituirá justa causa para la separación del cargo público sin responsabilidad patronal.” (Destacados míos). O si por el contrario se están desviando para otros fines no autorizados, produciendo la quiebra del IVM o un castigo injusto a sus asegurados. El artículo 2 de la “Ley Orgánica del Ministerio Público” establece:
“El Ministerio Público tiene la función de requerir ante los tribunales penales la aplicación de la ley, mediante el ejercicio de la acción penal y la realización de la investigación preparatoria en los delitos de acción pública. (…)” (Destacados míos).
El MP dispone de amplias facultades y herramientas legales para cumplir sus funciones, como la Ley N° 8422 “Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito de la Función Pública” del 6/10/2004. Dicha ley dispone en su artículo 5 lo siguiente: “Fraude de ley. La función administrativa ejercida por el Estado y los demás entes públicos, así como la conducta de sujetos de derecho privado en las relaciones con estos que se realicen al amparo del texto de una norma jurídica y persigan un resultado que no se conforme a la satisfacción de los fines públicos y el ordenamiento jurídico, se considerarán ejecutadas en fraude de ley y no impedirán la debida aplicación de la norma jurídica que se haya tratado de eludir.” (Destacados míos)
La Contraloría General de la República (CGR) y las auditorías internas de las instituciones públicas, que deben hacer cumplir la Ley General de Control Interno Nº 8292 del 31/7/2002 y otra normativa, constituyen otra herramienta de apoyo para el MP. Algunos artículos de dicha ley dicen lo siguiente:
“Artículo 3º-Facultad de promulgar normativa técnica sobre control interno. La Contraloría General de la República dictará la normativa técnica de control interno, necesaria para el funcionamiento efectivo del sistema de control interno de los entes y de los órganos sujetos a esta Ley. Dicha normativa será de acatamiento obligatorio y su incumplimiento será causal de responsabilidad administrativa. (…)” (Destacados míos)
“Artículo 7º-Obligatoriedad de disponer de un sistema de control interno. Los entes y órganos sujetos a esta Ley dispondrán de sistemas de control interno, los cuales deberán ser aplicables, completos, razonables, integrados y congruentes con sus competencias y atribuciones institucionales. Además, deberán proporcionar seguridad en el cumplimiento de esas atribuciones y competencias; todo conforme al primer párrafo del artículo 3 de la presente Ley.” (Destacados míos)
“Artículo 8º-Concepto de sistema de control interno. Para efectos de esta Ley, se entenderá por sistema de control interno la serie de acciones ejecutadas por la administración activa, diseñadas para proporcionar seguridad en la consecución de los siguientes objetivos:
Proteger y conservar el patrimonio público contra cualquier pérdida, despilfarro, uso indebido, irregularidad o acto ilegal.
Exigir confiabilidad y oportunidad de la información.
Garantizar eficiencia y eficacia de las operaciones.
Cumplir con el ordenamiento jurídico y técnico.” (Destacados míos)
“Artículo 9º-Órganos del sistema de control interno. La administración activa y la auditoría interna de los entes y órganos sujetos a esta Ley, serán los componentes orgánicos del sistema de control interno establecido e integrarán el Sistema de Fiscalización Superior de la Hacienda Pública a que se refiere la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República.” (Destacados míos)
“Artículo 10.-Responsabilidad por el sistema de control interno. Serán responsabilidad del jerarca y del titular subordinado establecer, mantener, perfeccionar y evaluar el sistema de control interno institucional. Asimismo, será responsabilidad de la administración activa realizar las acciones necesarias para garantizar su efectivo funcionamiento.” (Destacados míos)
Los incisos b) y c) del artículo 12 de dicha ley son particularmente importantes, pues de nada sirve que se gasten o despilfarren recursos públicos pagando salarios y demás gastos a las auditorías internas, si los jerarcas las ven como simples adornos, aprovechándose del dicho que dice “el que paga la música, manda el baile”. Los altos jerarcas de la CGR y las Auditorías Internas también deben cumplir con el deber de probidad; sin embargo, la ciudadanía ya está cansada de que estos órganos, disponiendo de recursos monetarios y legales suficientes, se dediquen a matar pulgas, mientras huyen de los elefantes. Dicho artículo dice así, en lo que interesa:
“Deberes del jerarca y de los titulares subordinados en el sistema de control interno. En materia de control interno, al jerarca y los titulares subordinados les corresponderá cumplir, entre otros, los siguientes deberes: (…)
b) Tomar de inmediato las medidas correctivas, ante cualquier evidencia de desviaciones o irregularidades.
c) Analizar e implantar, de inmediato, las observaciones, recomendaciones y disposiciones formuladas por la auditoría interna, la Contraloría General de la República, la auditoría externa y las demás instituciones de control y fiscalización que correspondan. (…)” (Destacados míos)
Para cazar elefantes el auditor interno, el subauditor interno y los demás funcionarios de la auditoría interna tienen amplias potestades conferidas por el artículo 33 de la misma Ley. Además, “los hallazgos, las conclusiones y recomendaciones de los estudios realizados por la auditoría interna, deberán comunicarse oficialmente, mediante informes al jerarca o a los titulares subordinados de la administración activa, con competencia y autoridad para ordenar la implantación de las respectivas recomendaciones” indica el artículo 35.
Sobre el desvío de fondos de los seguros sociales por omisión de cobro al Estado y otros motivos, la Auditoría Interna de la CCSS ha emitido una serie de informes con sus respectivas recomendaciones; aunque en mi opinión ha tenido miedo de cazar al elefante o ha disfrutado la suave melodía que le tocan. Entre ellos el ASF-084-2014 del 27-06-2014 y ASF-112-2017 del 06-10-2017 sobre los asegurados por cuenta del Estado (Artículos 1 y 2 de Ley 5349 y otras leyes). En cuanto al seguro de los trabajadores independientes existen al menos los informes ASF-009-2014 del 13-02-2014 y el ASAAI-210-2013 del 25-11-2013. Sobre el seguro de los pensionados (Ley 5905) existen los informes ASF-019-2012 del 06-02-2012 y el ASF-151-2013 del 13-09-2013. Ver al final los links de estos informes.
En el dictamen jurídico D.J. 3519-08 del 7/5/2008, suscrito por el Lic. Andrey Quesada Azucena, Abogado Área de Asesoría y la Licda. Mariana Ovares Aguilar, ambos de la Dirección Jurídica de la CCSS, se concluye lo siguiente, en respuesta a una solicitud que yo realicé en el año 2004, cuando ocupaba la Jefatura del Departamento Actuarial de la CCSS (ver páginas 28 a 31 de [2]):
“Por último es necesario acotar que es imposible trasladar fondos del régimen de seguro obligatorio a otros regímenes, ya sea el régimen de asegurados a cargo del estado – financiado según ley 5662 – u otros regímenes que se financien con destinos específicos. Lo anterior por disposición expresa del artículo 73 de la Constitución Política, del cual dispone que los fondos de la Seguridad Social, sean “fondos atados” a la imposibilidad de ser transferidos o empleados en finalidades distintas a las que motivaron su creación.”
“Los fondos de los regímenes que no se encuentren contemplados dentro del Seguro Obligatorio, como la Protección de la Salud de asegurados a cargo del estado u otros regímenes de protección creados por Ley especial que se financien con destinos específicos, no pueden recibir fondos de la seguridad social por disposición expresa del artículo 73 constitucional, por lo que no es jurídicamente posible que se efectúen traslados de fondos.” (Destacados míos).
No obstante que el dictamen anterior es de fecha 7/5/2008 y muy claro y contundente, en el oficio GF-23.472-14 del 20/11/2014, para atender una observación de la Auditoría Interna sobre un asunto afín, el Gerente Financiero, Sr. Gustavo Picado Chacón solicitó criterio a la Dirección Jurídica, “en relación con las recomendaciones de la Auditoría Interna de la Caja, relativas a que para cada una de las modalidades de aseguramiento, entre ellas la relativa al grupo de pensionados, la administración determine, registre y cobre al Estado, las diferencias entre ingresos por contribución y gastos o costos, así como los intereses respectivos (en caso de que los ingresos sean inferiores a dichos gastos-costos), se encuentra o no, a la legalidad y a los principios básicos que rigen el Seguro de Salud.” Un criterio similar solicitó el Director Actuarial Sr. Luis Guillermo López Vargas con el oficio DAE-864-16 del 18/11/2016. En respuesta se produjeron los oficios D.J. 1820-2015 y D.J. 0431-2017, suscritos por el Lic. Guillermo Mata Campos, Abogado Encargado de Estudio y Redacción y la Licda. Mariana Ovares Aguilar, Jefe a.i., Área de Gestión Técnica y Asesoría Jurídica (el primero) y la Licda. Ileana Badilla Chaves, Jefe a.i., Área de Gestión Técnica y Asistencia Jurídica (el segundo), de la Dirección Jurídica de la CCSS, en los cuales se informa lo siguiente (Ver páginas 35 y 37 de [2]):
“Con fundamento en lo anterior, se considera que las recomendaciones que externa la Auditoría en principio implican una afectación del Principio de Solidaridad y de la forma en que se encuentra regulado, por parte de la Junta Directiva de la Caja, la forma en que cada sector contribuirá al financiamiento de los Regímenes de Salud e Invalidez, Vejez y Muerte, por lo que para su aplicación se requiere una modificación de dichas disposiciones reglamentarias, que debe estar sustentando en estudios técnico financieros actuariales, que no se observa que se adjunten a la consulta planteada” (D.J. 1820-2015; destacados míos)
“Los regímenes de protección que administra la Caja son únicamente el Régimen de Salud o Reparto, y el de Pensiones o Capitalización Colectiva. La modalidad de aseguramiento de asalariados, trabajadores independientes, asegurados voluntarios, pensionados, asegurados por cuenta del Estado, entre otros no se pueden conceptualizar como regímenes, sino que es la forma en que la Institución ha determinado conceptualizar a los que son beneficiarios de las protecciones y servicios que brinda ya sea el Régimen de Salud o de Invalidez y Muerte” (D.J. 0431-2017; destacados míos)
El Gerente financiero de la CCSS, ignorando el dictamen D.J. 3519-08 del 7/5/2008, utilizó los dos criterios anteriores para dar respuesta a la Auditoría Interna, según consta en el informe SASF-13-151 -5- 2017 del 10 de marzo de 2017, donde dice (Ver página 8 de [7]):
No obstante, lo anterior, en el informe ASF-112-2017 de fecha 06-10-2017, que es de fecha posterior a la fecha del informe SASF-13-151-5-2017 del 10 de marzo de 2017, el Lic. Guillermo Mata Campos, firmante de los oficios D.J. 1820-2015 y D.J.0431-2017 -que eran a todas luces contrarios al dictamen D.J. 3519-08 del 7/5/2008- aclaró la aparente contradicción de la siguiente manera (ver páginas 40 a 44 de [2]):
“El Seguro por Cuenta del Estado, se maneja institucionalmente como una modalidad de aseguramiento del Seguro de Salud, porque brindamos una protección a la población indigente, no una venta de servicios médicos. Pero el hecho de que sea una protección no implica que no deba cobrarse de acuerdo con los costos que determinen estudios actuariales. La Solidaridad no se puede ver separada del principio de Sostenibilidad Financiera”.
Resulta sumamente extraño que el Sr. Gilberth Alfaro Morales, siendo el Director de la Dirección Jurídica de la CCSS, por lo que conoce los oficios que se emiten en la oficina a su cargo, haya formado un trío similar a aquel que llevó a la quiebra al seguro de salud en el año 2011. En efecto, en el oficio DAE-270-17 / DJ 1961-2017 / GF-1043-20 17 del 28/3/2017, suscrito por el trío Sr. Gilberth Alfaro Morales, el Sr. Gustavo Picado Chacón y el Sr. Luis Guillermo López Vargas, dirigido a la Presidenta Ejecutiva de la CCSS Dra. María del Rocío Sáenz Madrigal, le informan lo siguiente, en relación a una solicitud de información realizada por el suscrito (Ver páginas 6 y 8 de [8]):
En resumen, léase que continuarán desviando fondos de los seguros sociales de los trabajadores asalariados en lugar de facturarle al Estado lo que ordenan diversas leyes (Leyes 5349, 5905, 7374, 7983, etc.). Esta vez ya no será el seguro de salud el que será llevado a la quiebra, ahora le tocará el turno al seguro de pensiones y que los asegurados paguen los platos rotos. ¡El MP tiene la palabra!
A finales de julio de 2019, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, con fundamento en el artículo 64.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, solicitó a la Corte Interamericana (CORTEIDH), una opinión consultiva acerca del alcance de las obligaciones de los Estados, en el sistema interamericano, sobre las garantías de libertad sindical, su relación con otros derechos y su aplicación desde una perspectiva de género.
La CORTEIDH admitió la solicitud, la audiencia se realizó en julio del año pasado y la cuestión se deliberó a finales de abril de este año.
1.-La Opinión ConsultivaOC-27/21en materia de negociación colectiva en la función pública
La Opinión de la CORTEIDH aborda ampliamente los asuntos que fueron debatidos, haciendo un examen acerca de las obligaciones que tienen los Estados en materia de Libertad Sindical, comprendiendo el derecho de asociación sindical, negociación colectiva, huelga, su relación con los derechos de libertad de expresión, reunión y el derecho al trabajo en condiciones justas, equitativas y satisfactorias, además, con una perspectiva de género.
Tendremos tiempo de realizar un profundo análisis de este importante pronunciamiento, pero, por ahora, sólo por una cuestión de oportunidad y sentido de urgencia, de frente al trámite del proyecto de Ley Marco de Empleo Público, me interesa comentar, de manera muy breve, las observaciones de la CORTEIDH, sobre el derecho de negociación colectiva, particularmente en la Administración Pública.
La Opinión recuerda que el derecho de negociación colectiva está contemplado en los Convenios N° 98 y 154 OIT, destacando que está reconocido “de forma específica a favor de las organizaciones de trabajadores y la administración pública en el Convenio 151 de la OIT.”
Después de un repaso de estos instrumentos internacionales, que forman parte del corpus iuris del derecho internacional del trabajo, la Corte comenta “que el derecho a la negociación colectiva constituye un componente esencial de la libertad sindical, en tanto comprende los medios necesarios para que los trabajadores y trabajadoras se encuentren en condiciones de defender y promover sus intereses”.
El Tribunal acotó que “la intervención del Estado para limitar la negociación colectiva violenta el derecho de las organizaciones de organizar sus actividades y formular su programa.”
Particularmente, en lo concerniente al derecho de negociación colectiva en la Administración Pública, la CORTEIDH determinó “que el Estado debe dar prioridad a la negociación colectiva como medio para solucionar conflictos respecto de la determinación de condiciones de empleo en la administración pública”, destacando que las organizaciones de los y las trabajadoras deben participar “plenamente y de manera significativa en la determinación de las negociaciones.”
Y luego puntualmente, refiriéndose a las remuneraciones de los funcionarios públicos, advirtió, que en contextos de estabilización económica, los Estados “deben (…) privilegiar la negociación colectiva para regular las condiciones de trabajo de sus funcionarios, en lugar de promulgar unas leyes que limiten los salarios en el sector público.”
Así fuera de clara y contunde fue la Opinión de la Corte, la cual tiene una significativa importancia de cara a la suerte del Proyecto de Ley Marco de Empleo Público.
2.- El Proyecto de empleo público violenta la Opinión Consultiva
Desde luego que este pronunciamiento viene como anillo al dedo, a propósito de las impresentables disposiciones del Proyecto de Ley Marco de Empleo Público, aprobado en primer debate y que fue a consultado a la Sala Constitucional.
Por contrario, a este pronunciamiento de la CORTEIDH, este proyecto de ley, en lugar de fomentar y privilegiar la negociación colectiva en la Administración Pública, como lo subrayó la Opinión Consultiva, por una parte, prohibió, de manera tácita, la negociación de un conjunto de componentes de la relación de empleo: el reclutamiento, la selección de personal, los concursos, la evaluación de desempeño; materias que quedan sustraídas del ámbito de la negociación colectiva y sometidas a la regulación totalitaria del emergente Leviatán: MIDEPLAN.
Por otra parte, el proyecto prohibió, de manera expresa, la negociación colectiva de las remuneraciones, incentivos, sobresueldos y cualquier gasto que comprometa los recursos de los Presupuestos del Estado o las instituciones públicas.
El proyecto de ley no solo limita las remuneraciones de los y las funcionarias públicas, cómo lo reprendió la Opinión Consultiva, sino que, además, contiene una política extrema de devaluación de las remuneraciones, que se mantendrán estancadas durante muchos años, en un horizonte temporal a largo plazo.
Este prolongando estancamiento de los salarios, se producirá a raíz de la potente y perversa combinación de dos herramientas normativas: por un lado, el salario único global, los transitorios XI y XII y la prohibición de la negociación colectiva, impuestos en el proyecto, y por otro lado, la aplicación de la regla fiscal extraordinaria, contemplada en el artículo 11.d) de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.
Esta regulación heterónoma y autoritaria, deja en un encierro a los sindicatos y enerva el derecho de negociación colectiva en la función pública, a contrapelo de esta Opinión Consultiva de la CORTEIDH.
Los magistrados y magistradas de la Sala Constitucional, no pueden dejar pasar inadvertida esta Opinión Consultiva del Tribunal del sistema interamericano de derechos humanos, que viene a configurar parte del bloque de juridicidad y convencionalidad aplicable, la cual precisa las obligaciones preceptivas que tienen los Estados en materia de Libertad Sindical, de cuyas obligaciones el Estado costarricense no se puede sustraer de su estricto cumplimiento.
Lo que más les duele es que el pueblo cubano, a pesar de todas las continuas criminales agresiones, que le privan de muchas necesidades básicas, es un pueblo saludable, educado, solidario y estoico.
Lo de saludable y educado no lo inventamos, están en los informes de los organismos especializados de Naciones Unidas que sitúan a Cuba en los primeros lugares de América Latina.
Lo de solidario con otros pueblos sobran los ejemplos, y lo de estoico es esa increíble y admirable resistencia durante tantos años de constantes hostigamiento. Eso les duele, y mucho a los que, de manera abierta o encubierta, critican o atacan su sistema de gobierno, obviando, minimizando y hasta negando el bloqueo, el asedio, el embargo o como quiera llamársele.
Todos son actos de guerra y de lesa humanidad de un país poderoso contra uno pequeño. Con hablar una vez sí y otra también, en circunstancias tan adversas, sobre malos o equivocados manejos del país por parte de las autoridades de Gobierno, que si los hay y los seguirá habiendo como en cualquier otro país o realidades, lo único que logran es ofender la inteligencia de las personas bien informadas. No se atreven a publicar una foto de un niño cubano durmiendo en la calle o desnutrido, o gente viviendo en tugurios porque es fácil probar su falsedad.
La República de Haití, en la parte occidental de una de las grandes islas del Caribe (su vecino oriental es la República Dominicana), es el tercer país más extenso de la subregión (27.750 km2), con una población que ya superó los 11 millones de habitantes (90% de origen africano) y entre la cual más del 80% vive en la absoluta pobreza.
Haití es el primer país latinoamericano que se liberó de la esclavitud. Su realidad económica, social y política, tanto como su historia, son normalmente desconocidas en la misma América Latina, lo que acentúa el aislamiento del que ha sido víctima el país desde la época de la colonia.
Haití es uno de los países menos desarrollados y más pobres del mundo. El 65% de la población vive por debajo del umbral de la pobreza. La miseria económica, unida a la inestabilidad política, tiene una incidencia muy importante en la situación de los niños haitianos, sobre todo en ámbitos como la salud o la educación.
Haití es el primer país negro que tomó su independencia en la sangre de sus combatientes el 1er de enero 1804. Al momento de la independencia su populación era de 500.000 habitantes, su territorio había una cobertura forestal de 80 %. Hoy la populación sobrepasa 12 millones y los bosques originales están alrededor de 1%. Se puede entender que la situación del medio ambiente esta gravísima. Este país, madre de la libertad, cruza uno de los peores momentos de su historia.
Haití no es un país pobre. Haití ha sido empobrecido. Fue instalado, por las ideologías colonialistas, como un territorio habitado por subhumanos. Haití fue la primera nación moderna de América Latina en ser diseccionada del sentido global de humanidad.
Haití, como laboratorio del revanchismo colonial, sufrió la génesis de un proceso de des-reconocimiento de la vida. Haití es la génesis del capitalismo gore en Nuestramérica. Haití fue empujado a un olvido dirigido y coordinado por las potencias del mundo, heridas en su ego colonial.
En este sentido, ahora más que nunca Haití necesita de la solidaridad internacionalista y del rechazo a cualquier injerencia e intervención neo-colonizadora.
Veamos algunos datos de la sufrida Haití, los altos índices de inflación y pobreza, la escasez de alimentos y combustible y un desempleo galopante son la radiografía más precisa de la situación en este pequeño país del Caribe con cerca de 11 millones de habitantes.
Datos preliminares de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) hablan de que la economía haitiana cayó al menos 3% en 2020, aunque ya venía en terreno negativo antes de la pandemia con una contracción del 1,7% en 2019.
Padece así mismo, de una alta inflación del 25% anual y se cree que seis de cada diez personas son pobres, o sea unos 6,3 millones, según un informe del Banco Mundial basado en la encuesta de salud y servicios humanos de 2012, la más reciente disponible. El umbral de pobreza, según Naciones Unidas, es de menos de dos dólares al día.
“El 22% de los niños sufre desnutrición crónica. El hambre en Haití va más allá: de los 2,1 millones de personas afectadas por el huracán Mathew en octubre de 2016, un millón sigue necesitando ayuda humanitaria”, de acuerdo con un informe reciente de la ONG Acción Contra el Hambre.
Por otro lado, hoy y desde hace más de cien años, la ocupación norteamericana en Haití gestiona la muerte, el revanchismo colonial, y por ende también el olvido.
El imperialismo quiere una nueva constitución en el país para permitir a las transnacionales comprar tierras legal y abiertamente en Haití para controlar los recursos naturales del país. Se trata de un proyecto de muerte para el campesinado, un proyecto de saqueo definido en el plan de economía verde.
Y si como dicen, el Estado haitiano es “fallido”, es porque así EEUU, Francia y Canadá, potencias colonizadoras e interventoras, lo quisieron. Esa tesis (hiede a racismo), se vuelve a esgrimir para justificar más tropas invasoras. No debemos olvidar que Haití posee litio, tierras raras y titanio.
Recientemente, el asesinato del presidente Jovenel Moïse en Haití, ocurrido el pasado 7 de julio (2021), nuevamente se une a los episodios de escándalo, entre miseria social e inestabilidad política, que caracteriza a una república sin paz ni desarrollo.
Ante estos hechos, obligada a dar una respuesta más fuerte ante la crisis en Haití, la Casa Blanca insistió en los últimos días que “Estados Unidos continúa atento y envuelto en consultas estrechas” con sus socios “para apoyar al pueblo haitiano después del asesinato del presidente”.
El gobierno también dijo que enviará personal del FBI y del Departamento de Seguridad Nacional a Puerto Príncipe “tan pronto como sea posible para evaluar la situación”, según informó la secretaria de Prensa, Jen Psaki. “Fortalecer la capacidad de las fuerzas de seguridad de Haití es una prioridad clave de Estados Unidos. Lo era antes del asesinato de hace unos días y continúa siéndolo”, dijo.
La Casa Blanca también adelantó que enviará cinco millones de dólares para “fortalecer la capacidad de la Policía Nacional Haitiana para trabajar con las comunidades para resistir a las pandillas”. El envío de tropas, en un momento en que Biden está más concentrado en retirar las que estuvieron en Afganistán por dos décadas, por ahora no está previsto.
Ante tantos agravios al pueblo haitiano, la campaña internacional Stop silence Haití (Basta de Silencio en Haití), exige entre otros los siguientes puntos:
1). Respetar la soberanía de los haitianos y haitianas y denunciar toda injerencia;
2). Escuchar a los actores de la sociedad civil haitiana, que se han pronunciado pública y repetidamente en contra de la celebración de un referéndum y de unas elecciones que, en las condiciones actuales, no serán ni libres ni democráticas, y sólo podrán ser una trágica farsa, con el riesgo de conducir a la restauración de la dictadura;
3). Denunciar la ilegitimidad del referéndum y del proceso electoral, así como la ausencia de condiciones para la celebración de elecciones libres y democráticas;
4). Apoyar un proceso de transición demandado e implementado por los haitianos y haitianas, basado en la Constitución de 1987”.
Es importante sumarse a la campaña Stop silence Haití, como una forma de solidaridad internacionalista con el pueblo haitiano y por el fin de la injerencia imperialista-neocolonial en dicha nación.
Los sectores de izquierda y revolucionarios de nuestra América y el mundo deben expresar su apoyo internacionalista para que la voluntad del pueblo haitiano se escuche y se respete, como el primer paso, para poner fin a la opresión mayor ejercida por el capitalismo-imperialista y a favor de la liberación real mediante la construcción del socialismo en Latinoamérica y el mundo.
Así mismo, hoy, el pueblo haitiano nuevamente está luchando por sus derechos y en contra de la pretensión de los presidentes títeres colocados por Estados Unidos, de prolongar ilegalmente el ejercicio del poder, sustentado en la fuerza y la represión que llevan a cabo las organizaciones paramilitares creadas para reprimir las insurrecciones rebeldes.
Finalmente, en Nuestra América, las voces de justicia para Haití, deben multiplicarse y extenderse, para el fin de tantos años de opresión y el surgimiento de una nueva realidad para la primera nación latinoamericana revalidada al calor del deseo de independencia y soberanía. La esperanza de Haití es la misma que tienen todos los pueblos en el mundo.
Por Rogelio Cedeño Castro, sociólogo y escritor costarricense
Con la arrogancia acostumbrada, tan propia de los emperadores romanos de la antigüedad, el ocupante de la Casa Blanca se deja decir que “Cuba es un Estado fallido que reprime a sus ciudadanos” (Diario La Nación, San José de Costa Rica, viernes 16 de julio de 2021, pág.23), lo que da a lugar a que -exteriorizando nuestros pensamientos- le preguntemos ¿si la isla mayor de las Antillas es un estado fallido?, entonces ¿qué son países como Guatemala, Honduras, Colombia, Paraguay, Haití, la semicolonia de Puerto Rico (a la que Donald Trump quiso desahuciar hace un par de años) y otras islas caribeñas, en las que la vida resulta insufrible?, cuando bien sabemos que son unas naciones o estados-nación que son incapaces de resolver las necesidades más elementales de la gran mayoría de sus habitantes, además de acudir, de manera sostenida, a la represión más cruenta y despiadada de la protesta social, tal y como ha venido sucediendo en los casos de Colombia, Ecuador, Honduras, Chile y la Bolivia de Áñez, la pobrecita aprendiz de dictadora, en fin unos países donde hay cientos de detenidos, innumerables desaparecidos, además de centenares de víctimas mortales.
En una muestra de lo que es la brutalidad imperial, el emperador o presidente Joe Biden, declaró: “También dejó claro que no prevé permitir el flujo de remesas, que podría aliviar la presión económica que contribuyó a la ira generalizada” (ibidem) con lo que no oculta la descarada intencionalidad de hacer capitular por hambre al pueblo y a la nación cubana, un acto de confesa criminalidad que los latinoamericanos dignos no podemos aceptar jamás, a condición de aceptar ser vasallos de ese imperio despiadado, ese que acabó con la democracia guatemalteca en 1954, la que jamás regresó a esa desdichada nación.
En realidad sucede que aún en el caso de que quisiera variar su política hacia Cuba, este gobierno estadounidense no se atreve a retomar el camino de Obama en relación con la isla, por temor a la ultraderecha cubana en el senado, donde los demócratas tienen una precaria mayoría.
La protesta está bien y es un derecho irrenunciable del pueblo cubano, el actual gobierno y cualquier otro debe atender las demandas más sentidas de la población, lo que espero es que los cubanos de a pie eviten caer en la trampa que les ponen desde el otro lado del estrecho de la Florida, pues la ultraderecha cubana no es democrática y sólo espera, siempre obediente a los mandatos imperiales, caer sobre los bienes existentes en la isla, además de conculcar los derechos políticos, y sociales de las grandes mayorías cubanas para crear un remedo de democracia, uno donde no cabrían ni la izquierda en el poder, pero tampoco las disidencias socialistas que fueron perseguidas otrora por la propia revolución, el imperio estaría abriendo el campo al neofascismo, cuidado mis queridos isleños, hijos de José Martí. Es necesaria la unidad y el debate abierto entre las diversas fuerzas y sectores revolucionarios, además de un diálogo franco y valiente con los jóvenes, pues me atrevo a decir que las nuevas generaciones tendrán que decir lo suyo (nunca en la historia, ha sido de otra manera), asumirlo y luchar por esas metas, con esas sensibilidades que les son inherentes a los jóvenes. Éstas son sólo son unas reflexiones en voz alta, no pretendo imponer nada, es al pueblo de Cuba a quien le corresponde decidir sin imposiciones genocidas, sin ese puñal en la garganta con el que hace más de medio siglo el imperio amenaza a la nación cubana.
Para rematar esta puesta en la escena surrealista continental, la que ha resultado ser digna de los trabajos más exquisitos de Luis Buñuel y de André Breton, en el Perú milenario, gemelo del Alto Perú o Bolivia, la derecha totalitaria del fujimorismo, y otros sectores todavía más fascistas, ha venido poniendo en ejecución una especie de golpe de estado en cámara lenta, de tal manera que cuando faltan apenas unos pocos días para la fecha en la que debe ser juramentado el nuevo presidente de ese país, todavía el Jurado Nacional de elecciones no ha proclamado al ganador, el que indiscutiblemente es el profesor Pedro Castillo, un mestizo quechuahablante, originario de Cajamarca, en la sierra centro-sur, un hijo del Perú Profundo, del otro país, ese que ha sido relegado durante doscientos años. No hay día en que el fascismo no saque las garras en el Perú, tratando de sembrar el pánico en las calles, y ha estado asediando la casa del presidente del Jurado Nacional de Elecciones, como no ha dejado de hacerlo en Bolivia la muy racista derecha cruceña, siempre con sus amenazas, y en el vecino Chile, donde una convención constituyente se prepara para refundar ese país. Estemos atentos, porque esto de Cuba en cuanto a Washington no pasa de ser una jugada geopolítica en una región como la nuestra, en la que están perdiendo el control, ya sabemos que ellos no exportan la democracia, si es que todavía la profesan, aunque sea sólo de la boca para afuera, y prefieren recetarnos el neofascismo, a la manera de la Keiko Fujimori o la Yanine Áñez, sin ningún respeto para los derechos de las gentes.
De La Habana nos han llegado voces inquietas y llamados a la sensatez, para que en medio de todas las adversidades, y las justificadas protestas de la población, se entable el diálogo y la búsqueda de soluciones efectivas a los problemas del diario vivir, pero también a los que plantea la gestión política de la sociedad.
Una de esas voces, dentro de un texto muy extenso, nos dice que: “Hay que quitarle dramatismo al asunto. Hay que darle su justo lugar. El tiempo dirá si la Revolución se repone de estas protestas y las que vengan, aprende las lecciones o sucumbe ante ellas. Deseo con todo mi corazón que la Revolución no se venga abajo. Si esto ocurre, Cuba se convertirá en Haití en cuestión de semanas o meses. No en Miami, como promete la gusanera (la ultraderecha de Miami, diría yo). Y para mi tristeza personal, mi barrio de Santa Fé se convertirá en un lugar insufriblemente pobre y violento, como todas las periferias de las ciudades latinoamericanas hoy en día… «
Cuando España alcanzó los 80 mil muertos por COVID-19, a finales del año anterior, ni el diario “El País”, ni “El Mundo”, ni “ABC”, entre otros, consideraron oportuno pedir a la Organización de Naciones Unidas (ONU) y sus fuerzas intervencionistas llamadas “cascos azules”, una “intervención humanitaria” en la península ibérica ante las valiosas vidas pérdidas por un sistema sanitario inoperante.
Tampoco leí – a lo mejor usted fue afortunado y encontró alguna nota al respecto – que pidieran la libertad del rapero español Pablo Hasél, condenado a nueve meses de cárcel por inspirarse en el atavismo y decrepita monarquía, inmune ya a los escándalos por corrupción, infidelidades palaciegas y andanzas africanizadas subrepticiamente. Ni hay referencias de solicitudes de libertad para los presos políticos catalanes, encerrados entonces por el “neofranquismo”, porque exigieron la independencia de su tierra, con la misma vehemencia que el gobierno hispano “exigió” la “libertad inmediata” de una periodista española que animaba las protestas promovidas contra la Revolución, el pasado 11 de julio, gracias a financiamiento recibido desde el exterior a través de ONGs y sus aliadas redes sociales.
Asimismo, Perú, Ecuador, Brasil, Colombia y los mismos Estados Unidos estuvieron en la cumbre de la pandemia por COVID-19 y nadie pidió la intervención militar de la ONU bajo la excusa de llevar “paz” ante los miles de muertos tirados en las calles, en un alto porcentaje todos ellos pobres y marginados de los caros servicios hospitalarios. La denominada “comunidad internacional” – entiéndase poderes hegemónicos con absoluto permiso para utilizar 90 mil militares de ocupación de ese organismo mundial, en cualquier parte del planeta- en Etiopía los 7.500 soldados en nada contribuyeron con la independencia y autodeterminación de este país africano, otros 6500 en Bangladés, Ruanda e India, más otros 5000 en Nepal y Pakistán, o los más de 6.700 en Haití, entre otros países, tampoco llegaron a liberar a sus pueblos; por el contrario, los subordinaron a un injusto orden internacional que ya no aguanta más y no ve otra salida que el saqueo y el despojo para sobrevivir el mañana incierto. Todos son ejemplos latentes de cómo la utilización del actual “derecho internacional” por la “comunidad internacional” (entiéndase OTAN, UE y USA) acomoda todas sus acciones para que los milmillonarios del mundo posean actualmente más riqueza que 4600 millones de personas (el 60% de la población mundial). Mientras, aproximadamente 735 millones de personas siguen viviendo en la pobreza extrema. (Fuente: https://www.google.com/search?q=porcentaje+de+ricos+y+pobres+en+el+mundo&rlz=1C1UUXU_esCR944CR944&oq=porcentaje+de+ricos+y+pobres+en+el+mundo&aqs=chrome..69i57.22299j0j7&sourc).
COLORETEANDO INTERVENCIONES
Como se recuerda, con el criminal exterminio del líder libio Muamar al Gadafi y su familia en 2011, las llamadas “revoluciones” de colores van desde las llamadas “primavera árabe”, pasando por las “democráticas”, la de las “libertades”, “ las humanitarias”, los “jazmines”,etc.; en fin, todas, sin excepción alguna, impulsadas por las fuerzas hegemónicas occidentales aglutinadas en los infinitos recursos de la industria militar, “la Gran Farma”, la corrupción y el tráfico ilegal de drogas, dirigido todo a terminar de despojar a los países que ayer fueron sus colonias y hoy “desafortunadamente” aparecen con petróleo, metales preciosos, mares con comida abundantes, tierras fértiles, agua potable en billones de metros cúbicos, selvas vírgenes o insumos necesarios para la tecnología de la sumisión.
En Túnez, la “primavera” se llamó “Revolución de los Jazmines”, en Egipto la “Revolución Blanca”, en Yemen “la Revolución de las cintas rojas”, para la tierra de Bolívar y Hugo Chávez disfrazaron la intervención, aquel 22 de febrero de 2019, con el eufemismo, de “Música por Venezuela: Ayuda y Libertad”. Con tales “revoluciones” surgen, paradójicamente, la dictadura de las redes sociales como Facebook o Twitter, comprometidas a fondo con la denominada “guerra electrónica” o de “cuarta generación”. Ejemplo de ello es la guerra que enfrenta en actualidad el gobierno sandinista de Nicaragua, por atreverse a pedir cuenta a los antisandinistas financiados desde el exterior, usando fundaciones privadas y ONGs; todo conforme a una ley que es un efecto directo del ejercicio soberano de un Estado independiente, pero que para los “revolucionarios” de colores en este tiempo no tiene por qué existir soberanía ni dignidad. Estas son palabrejas disonantes. ¡Son términos horribles e hirientes ¡. Es el mismo caso que enfrenta la Revolución y pueblo cubanos cercados por todas las administraciones estadounidenses, desde que decidieron darse sus propias leyes y recorrer su propio camino independiente. Puede estarse en desacuerdo o compartir el proyecto cubano con sus logros, limitaciones y desaciertos cometidos en estas seis décadas enfrentadas al rastreo de 500 años dejados como herencia en todo el continente; pero nadie tendría el derecho ni la osadía de invadir o cercar a su prójimo, hasta verlo morir de hambre, simplemente porque si lo dejan arreglar su casa en paz, otros pueden seguir el ejemplo.
Desde esta perspectiva, el gobierno cubano no está obligado a aceptar de nadie los llamados a la guerra y a la confrontación que se hicieron con financiamiento desde Miami, Florida, a través de las redes sociales desde el 11 de julio pasado. El uso de la internet para quitar y poner gobiernos, recuerda los embates que sufre el Ejecutivo de La República Bolivariana de Venezuela desde 2014, cuando en las redes sociales el mantra era que un “avión especial espera por el presidente Nicolás Maduro para que viaje a Cuba”. Había que meter en la mente del pueblo la creencia falsa que la revolución chavista llegaba a su final. Ante el fracaso de la mentira y la ausencia total de decoro – los depósitos de oro y petróleo valen más que cualquier honra- aparecieron en el país suramericano las llamadas “guarimbas”; no otra cosa que intentos estadounidenses y de la UE por cambiar el proceso venezolano desde Facebook, Twitter o Youtube, junto a un gobierno ficticio por quien nadie puso un voto para presidente. Así, con un “presidente interino” cantinflesco, los magnicidios en grado de tentativa, pasando por la quema de personas vivas, sabotajes a la electricidad, al agua potable, refinerías, etc., hasta llegar a la versión más depurada: financiamiento y armamento para grupos irregulares (bandas delincuenciales llamadas oficialmente) infiltrados en las principales urbes venezolanas, gracias a dinero proveniente del narcotráfico y los paramilitares de la Colombia del exgobernante Álvaro Uribe y su pupilo Iván Duque, precisó recientemente Diosdado Cabello en su programa “El mazo dando”. En una alocución pública hecha además por el diputado Jorge Rodríguez por la cadena Telesur (13/7/2021) se mostró asimismo una variada gama de armas de fuego decomisadas a estos grupos que van desde pistolas, pasando por subametralladoras, fusiles para francotiradores, armamento anti tanque y miles de municiones de distintos calibre. Difícilmente un delincuente corriente utilizaría a la perfección estas armas sin capacitación paramilitar.
Todo lo anterior indica que la promoción de la violencia en Cuba el pasado 11 de julio no es un hecho aislado. Se sumará a los intentos experimentados de incendiar Nicaragua, Venezuela o Bolivia, pues hay una cruzada contra todo olor a progresismo o independencia en América, precisó para “Surcos” el analista local, Oscar Barrantes. O parafraseando al conocido cantautor, Silvio Rodríguez, comentando la intentona estadounidense de convertir la isla en un caos, que facilitase la creación de un vacío de poder y consecuentemente justificara la intervención extranjera, aduciendo motivos de seguridad interna de los Estados Unidos, tomando en cuenta que Cuba está 90 millas de Miami: “Al socialismo le falta mucho -muchísimo- para ser justo. Quizá al final ni se llame socialismo, porque va a ser un híbrido. Pero no hay mal mayor que el cáncer imperial, que devora la vida donde esté, despojando pueblos a miles de millas de sus costas. Sus beneficiarios son un 1%, pero sus adoradores, aun cuando también son víctimas, callan sus abusos y recogen nerviosos sus migajas. Se sienten seguros bajo la inmensa sombra de la matrix todopoderosa, y ella les toca los resortes y se expresa a través de sus voces, pantallas, pedacitos de mundo a su servicio. Lógico que no nos soporten, lógico que con vernos resistir, sobrevivir y respirar nos llenen de diatribas. Escogimos no ser dóciles asalariados, escogimos la estrella que ilumina y mata. Que asuman su vergüenza” (Fuente en: #SomosCuba #EliminaElBloqueo #CubaNoEstaSola).
El camino de la dignidad como persona y la soberanía de los pueblos del continente vienen desde hace 200 años por culpa del prócer Simón Bolívar. Sí el discurso de Angostura, aquel sábado 15 de febrero de 1819 se hubiera desaparecido para siempre, el dilema entre sumisión y genuflexiones refinadas, con quienes ven el decoro y a la independencia como un valor supremo innegociable, se los juro, no existiría con tanta vigencia como cuando abordamos el sueño panamericanista.
¡ABAJO EL BLOQUEO: PÉRDIDAS POR $147.853 MILLONES!
Cientos de estadounidenses acaban de marchar por las calles de Nueva York pidiendo el fin del acoso contra Cuba, a pocas horas de ponerse en relieve la guerra mediática por redes sociales promovida por el sector más reaccionario y fascista de la Florida, desde donde con pitoretazos pidieron la intervención de marines y celebraron, según ellos, “el fin del comunismo” en la Antilla Mayor. Todavía el 14 de julio – tres días luego de las protestas – en las redes sociales habían videos que daban cuenta de la caída en manos rebeldes de “la ciudad de Camaguey, en el centro-este del país. La “libertad de Cuba era irreversible”.
Día normal en La Habana (foto cortesía de Cubadebate).
Y aunque la CNN unió “esfuerzos profesionales” a dicha guerra (ya uno se acostumbró a la “objetividad” del periodismo estadounidense, luego de las “armas de exterminio masivo en Irak”), la realidad es que, frente a una situación concreta, la cadena termina exhibiendo “tomas” televisivas desde La Habana y otros sitios con cubanos caminando tranquilamente por sus calles olorosas a salitre y tabaco, así como gente dirigiéndose a sus centros de trabajo, en la “lucha del día al día, coño, chico”, como dice el cubano, que antes no tenía educación, su ingreso a barrios exclusivos estaba vedado, a nadie importaba sí su hijo iba o no a la universidad, simplemente moría esperando una cita hospitalaria o quedaba ciego con la esperanza de que pronto sería intervenido por el oftalmólogo.
Las multitudinarias manifestaciones, a lo largo y ancho del país, en apoyo a la Revolución, no gustaron nada a estos sectores que vieron como caería el gobierno y su proyecto social perdía, supuestamente, apoyo (La Nación 18/7/2021; pág. 20). Añadieron más sal a la herida de quienes con imaginación graciosa (a veces ella resulta grosera, tengan cuidado), piensan que como en algunos de sus países ellos contribuyen a borrar la memoria de sus pueblos para vivir de fiado y los sobrantes que otros no ocupan ya, en el caso cubano era tan fácil como inventar una de sus famosas revoluciones de mentirillas.
Es decir, por si no me dí a entender, que a 125 años de ausencia física del apóstol, José Martí, éste es de los muertos que nunca mueren.
Contrario a lo esperado por “Biden y sus muchachos”, la intentona del 11 de julio, provocó entre personalidades de todo signo ideológico alrededor del orbe, condenas contra el bloqueo económico; mecanismo de desestabilización interna, desde hace más de medio siglo, contra lo que el gobernante imperial denominó “fracaso del comunismo”, “Estado fallido” y un sinfín de términos que él no tiene por qué dominar.
La ONU lleva 28 años en forma consecutivos pidiendo el fin del cerco a la isla. En su más reciente Asamblea General la solicitud para que Estados Unidos pongan fin al bloqueo- Biden dijo hace poco que no quitará ninguna de más de 140 medidas contra el pueblo cubano- recibió el apoyo de 184 países, solo dos votaron en contra (Estados Unidos e Israel) y tres se abstuvieron (Colombia, Ucrania y Emiratos Árabes Unidos).
Según comentó el canciller cubano Bruno Rodríguez desde su cuenta de Twitter, “una vez más, desde Naciones Unidas, “El Mundo Dice No” a la agresión y a las políticas fracasadas de EEUU contra Cuba. “Es una gran victoria del pueblo cubano, de la justicia y de la verdad”, agregó el alto diplomático. En esta misma línea el presidente de Cuba, Miguel Díaz-Canel, acogió los resultados de la votación, afirmando que “son ya 28 años de rechazo mundial al #Bloqueo. Los bloqueadores se quedan sin argumentos. Los solidarios refuerzan su apoyo”. Públicamente dijo que se flexibilizarán medidas para ingresar alimentos y medicamentos por quienes llegan a su país, como paliativo a las dificultades económicas. En este contexto citó palabras del líder histórico de la Revolución, Fidel Castro, cuando éste en una oportunidad precisó: “Los tiempos difíciles son los tiempos difíciles. En los tiempos difíciles el número de vacilantes aumenta; en los tiempos difíciles – y eso es una ley de la historia- hay quienes se confunden, hay quienes se desalientan, hay quienes se acobardan hay quienes se reblandecen, hay quienes traicionan hay quienes desertan…”
Se estima conservadoramente que el bloqueo de abril de 2019 a diciembre de 2020 produjo daños por $ 9157 millones a precios corrientes; en el último lustro las pérdidas superaron los $ 17.000 millones. Los daños acumulados en las seis décadas pasan de $147.853 millones.
Presidente mexicano, Andrés Manuel López Obrador, pide fin de bloqueo a Cuba. (Foto: Formes México).
Por eso el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, en su tradicional conferencia denominada la “mañanera”, dijo un día de estos que sí se quisiera ayudar a Cuba “lo primero que se debería hacer es suspender el bloqueo, como están solicitando la mayoría de los países del mundo. Eso sería un gesto verdaderamente humanitario. Ningún país del mundo debe ser cercado, bloqueado. Eso es lo más contrario que puede haber a los derechos humanos”.
El destacado pensador brasileño y dirigente cristiano, Fray Beto, acaba de publicar en el blog comunicadores en REDH, su solidaridad con los esfuerzos que hacen los cubanos por mantenerse unidos, solidarios e inquebrantables, con dignidad e independencia. “No deseo para el futuro de Cuba, el presente de Brasil, Guatemala, Honduras o incluso Puerto Rico, colonia de Estados Unidos, a la que se le niega la independencia. Tampoco quiero que Cuba invada Estados Unidos y ocupe una zona costera de California, como es el caso de Guantánamo, que se ha convertido en un centro de tortura y encarcelamiento ilegal de presuntos terroristas”. (https://redh-cuba.org/2021/07/cuba-resiste-por-frei-betto-2/).
Autor de libros casi vedados en Costa Rica, como las obras “Fidel y la religión” (Fontanar / Companhia das Letras) y “Paraíso perdido – Viajes al mundo socialista” (Rocco), bajo el título de “Cuba resiste”, Beto critica ácidamente como prostituyeron en nuestros países el concepto de la democracia griega, diciendo: “Democracia, en mi concepto, significa el «Padre Nuestro» – la autoridad legitimada por la voluntad popular – y el» pan nuestro » – el compartir de los frutos de la naturaleza y el trabajo humano. La rotación electoral no asegura ni asegura la democracia. Brasil e India, considerados democracias, son ejemplos evidentes de miseria, pobreza, exclusión, opresión y sufrimiento.
En este sentido, reportes de prensa dan cuenta igualmente que en Argentina y Bolivia organizaciones populares rechazaron con multitudinarias manifestaciones el bloqueo norteamericano y destacaron que la dignidad del pueblo cubano se impondrá a los momentos difíciles, consignó el canal de televisión en castellano RT.
La ciencia cubana, con Soberana 2, desarrolla por primera vez en el continente una vacuna contra la Covid 19 de forma independiente (Foto BBC News).
En lo que respecta a los costarricenses, el Circulo Bolivariano Yamileth López (CBYL) salió en defensa de la Revolución Cubana y llamó a concretar en acciones precisas la solidaridad de los ticos frente a una nueva agresión de Estados Unidos en la región. En un extenso documento divulgado en redes sociales llama a activar “las trincheras de la solidaridad mundial con el pueblo y el gobierno cubanos frente a la mentira, la calumnia y la falsedad esparcidas por el terrorismo mediático”.
Y pensar que nosotros no reportamos pérdidas por $147.853 millones por bloqueo alguno, aunque cerramos 2020 con un déficit fiscal equivalente al 8,3% del producto interno bruto (PIB), según el Ministro de Hacienda, Elián Villegas. Esto equivale, según la Contraloría General de la República, a 2.9 billones de colones, que traducido en dólares menos, dólares más, son $ 4.677 millones. La pobreza aumentó en 5,2 puntos porcentuales y la línea de pobres extremos se incrementó y llega a 7.0% (Fuente: https://www.google.com/search?q=crc+numero+de+costarricenses+en+pobreza&rlz=1C1UUXU_esCR944CR944&ei=_4XzYKmNOMGxggep3KroDA&oq=crc+numero+de+costarricenses+en+). En cuanto a la gente que come una vez al día o carece de una vivienda digna mejor ni piense; se va a deprimir. ¡No hemos producido nuestra propia vacuna contra el Covid 19, pero ya nos regalaron 500 mil dosis que sobraban! Nos declaramos territorio protegido por el FMI y libre de bloqueos.
Por Nicolas Boeglin, profesor de la Facultad de Derecho
Han pasado cuatro décadas sin que los testigos de aquella época aporten elementos nuevos para conocer mejor las razones por las cuales se asesinó, en una celda, a una joven universitaria de 18 años
Al cumplirse los 40 años del asesinato de Viviana Gallardo, no se observó ninguna iniciativa para recordar este hecho. Sin embargo, la exigencia de justicia y de verdad puede acentuarse con el pasar de cada conmemoración; al tiempo que algunos de los testigos de aquella convulsa época en América Central podrían sentir que ya ha llegado el momento de liberar la información ocultada durante 40 años. En la imagen, Viviana Gallardo en su graduación del Liceo Franco Costarricense el 3 de diciembre de 1979. El 1.° de julio de 1981, fue asesinada en una celda de la Dirección General de la Guardia Civil. Imagen tomada de la portada del libro Viviana Gallardo fue mi amiga (2020), de Jacques Sagot Martino. El texto completo de la primera edición (2018) está disponible aquí.
El 1.° de julio del año 1981, en Costa Rica, la joven Viviana Gallardo Camacho, de 18 años de edad, fue asesinada de varios disparos en una diminuta celda de detención de la Dirección General de la Guardia Civil, al tiempo que fueron heridas de bala dos compañeras suyas, también detenidas en la misma estrecha celda, una de ellas embarazada.
Los tiros provinieron de un oficial de la misma Guardia Civil, José Manuel Bolaños Quesada, quien, sin tener asignada la vigilancia de Viviana Gallardo y la de sus compañeras aquel fatídico día, llegó con su metralleta y, al parecer, instrucciones muy claras.
En un texto del juez Rodolfo Piza Escalante, adjuntado a una decisión de setiembre de 1983 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre este caso (véase enlace, páginas 19-31), se precisa que:
«2. El 1.° de julio de 1981, el Cabo de la Guardia Civil José Manuel Bolaños Quesada, que no estaba a cargo de la vigilancia de las detenidas, logró llegar hasta la puerta de su celda y disparar con una metralleta a través de la mirilla de la misma, causando la muerte de Viviana e hiriendo a sus compañeras Alejandra y Magaly [sic]».
La noticia de la muerte de Viviana Gallardo estremeció a toda la sociedad costarricense y causó un profundo impacto en Costa Rica, en una época de violencia política que caracterizaba a la región centroamericana.
Foto de Viviana Gallardo, tomada de la portada del libro El crimen de Viviana Gallardo (2017), del historiador costarricense David Díaz Arias. Texto completo disponible en este enlace.
Desde la perspectiva internacional, este acontecimiento en Costa Rica fue informado por medio de los canales usuales. Por ejemplo, en este cable desclasificado de los archivos de la diplomacia argentina, se precisa la forma —algo escueta— en que fue informada la capital de Argentina por parte de uno de sus representantes en Costa Rica (véase texto). No se ha tenido acceso a otros cables diplomáticos enviados en esa época desde San José. Se considera que una investigación al respecto sería muy deseable en aras de conocer mejor cómo la correspondencia diplomática comunicó al mundo este asesinato, y con base en qué tipo de fuentes.
Una reacción insólita del Estado costarricense
Desde la perspectiva del derecho internacional público, el caso del asesinato de Viviana Gallardo en Costa Rica constituye una verdadera rareza, como lo detallaremos a continuación.
Se lee, en una primera decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos del 13 de noviembre de 1981 (véase texto completo), que el Estado costarricense presentó una denuncia, muy pocos días después de los hechos, ante la misma Corte:
«1. Mediante telegrama del 6 de julio de 1981, el Gobierno de Costa Rica (en adelante «el Gobierno») anunció la introducción de la instancia de una demanda para que la Corte entrara a conocer el caso de Viviana Gallardo y otras. Por escrito del 15 de julio de 1981 ese anuncio fue formalizado. En su demanda el Gobierno manifestó a la Corte la decisión de someter a su conocimiento el caso de la muerte en prisión de la ciudadana costarricense Viviana Gallardo, así como el de las lesiones de sus compañeras de celda, causadas por un miembro de la Guardia Civil de Costa Rica, encargado de su vigilancia, en la Primera Comisaría de la Institución; hechos ocurridos el 1 de julio de 1981. En su demanda el Gobierno, invocando el artículo 62.3 de la Convención, solicitó que la Corte decidiera si esos hechos constituían una violación, por parte de las autoridades nacionales de Costa Rica, de los derechos humanos consagrados en los artículos 4 y 5 de la Convención, o de cualquier otro derecho contemplado en dicho instrumento internacional [sic]».
El entonces presidente de la Corte, el costarricense Rodolfo Piza Escalante, tramitó de manera muy célere la solicitud. En esta precitada decisión se lee que:
«5. Por resolución del 15 de julio de 1981, el Presidente de la Corte, Dr. Rodolfo E. Piza E., decidió someter directamente la consideración de la demanda del Gobierno a la Corte en pleno. Resolvió igualmente, según lo dispuesto por el artículo 5.3 del Reglamento, ceder la Presidencia para el conocimiento del presente asunto al Vicepresidente, Dr. Máximo Cisneros. Habiendo sido electo Presidente de la Corte el Juez Carlos Roberto Reina el día 17 de julio de 1981, pasó desde la misma fecha a presidir las sesiones en sustitución del Juez Máximo Cisneros [sic]».
Como se recordará, Viviana Gallardo y sus dos compañeras de celda eran integrantes de un pequeño grupo de activistas denominado por las autoridades «La Familia», al que se le responsabilizó por la muerte de tres policías en junio de 1981.
La respuesta del juez interamericano se dio en dos tiempos, entre los que intervino la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
En una primera decisión del 13 de noviembre de 1981 (cuyo documento original puede apreciarse en este enlace), los jueces decidieron rechazar la solicitud de Costa Rica, al leerse en la parte dispositiva que la Corte:
«1. Decide, unánimemente, no admitir la demanda introducida por el Gobierno de Costa Rica para el examen del caso de Viviana Gallardo y otras. 2. Decide, unánimemente, aceptar y tramitar la solicitud subsidiaria del Gobierno de Costa Rica para remitir el asunto a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. 3. Decide, unánimemente, retener la petición del Gobierno de Costa Rica en su lista de asuntos pendientes en espera del trámite ante la Comisión«.
La familia de Viviana Gallardo reenvió el caso a la Comisión. En esteenlace se puede apreciar el informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos del 30 de junio de 1983. Recomendamos la lectura completa de este documento. En particular, el hecho de que la Comisión precisa en uno de sus considerandos que el rigor de la aplicación de la ley en Costa Rica para sancionar al responsable del asesinato de Viviana Gallardo es tomado en cuenta por el órgano interamericano:
«3.Que de las informaciones sobrevinientes recibidas por la Comisión, en especial de las respuestas sometidas a su consideración por el Gobierno de Costa Rica; del estudio efectuado del Expediente No. 034-81 de la Procuraduría General de la Nación; del requerimiento de instrucción formal presentado por el Agente Fiscal de San José; de las sentencias dictadas en la causa contra José Manuel Bolaños por los delitos de homicidio calificado, lesiones graves y lesiones leves en perjuicio de Viviana Gallardo, Alejandra Bonilla Leiva y Magaly Salazar Nasser; y de la investigación adelantada por el Director del Organismo de Investigación Judicial, se desprende que el Gobierno de Costa Rica ha actuado de conformidad con las disposiciones legales vigentes, sancionando con todo el rigor de la ley al responsable de los actos denunciados«.
A partir de este y de varios otros considerandos, la Comisión Interamericana concluye:
«1. Declarar inadmisible la petición objeto del presente asunto de conformidad con el Artículo 48, numeral 1, inciso c) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. 2. Comunicar esta Resolución al Gobierno de Costa Rica y a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. 3. Archivar este asunto de acuerdo con lo establecido en el Artículo 32 (c) del Reglamento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos«.
En un segundo tiempo, en una resolución del 8 de setiembre de 1983, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (véaseenlace pp.16-17) decidió:
«1. Declarar inadmisible la petición objeto del presente asunto de conformidad con el artículo 48, numeral 1, inciso c) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. 2. Comunicar esta resolución al Gobierno de Costa Rica y a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. 3. Archivar este asunto de acuerdo con lo establecido en el artículo 32 (c) del Reglamento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. 4. Incluir la presente resolución en su Informe Anual a la Asamblea General de conformidad con el artículo 59 inciso g) del Reglamento de la Comisión«.
El precitado juez Rodolfo Piza Escalante se apartó del criterio de la mayoría (véase enlace, página 31), al indicar en una larga opinión disidente (o voto salvado) que:
«MI VOTO SALVADO es para que la Corte declare: 1. Que, en virtud de la Resolución de la Comisión No. 13/83 de 30 de junio de 1983, deben tenerse por agotados jurídicamente los procedimientos previstos en los artículos 48 a 50 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 2. Que, en consecuencia, cumplida la condición de procedibilidad impuesta por el artículo 61.2 de la Convención y de conformidad con la Decisión de esta Corte del 13 de noviembre de 1981, debe la Corte reasumir el conocimiento de la petición presentada por el Gobierno de Costa Rica [sic]».
En los anales del derecho internacional público, este caso resulta a todas luces insólito, en la medida en que por primera (y única) vez, un Estado presentó una denuncia en su contra (Nota 1). El sistema internacional de protección de los derechos humanos funciona como un régimen que asiste a las víctimas en caso de no encontrar justicia o respuesta a sus reclamos en un Estado Parte a un tratado internacional de derechos humanos, pero nunca fue ideado para que los Estados presenten denuncias en su contra.
Ello se desprende de la misma nomenclatura utilizada por los tribunales internacionales de derechos humanos al inscribir, tramitar y resolver los casos con los apellidos de las víctimas, seguido de la palabra «contra» o «versus» y, luego, el Estado incriminado (por ejemplo, «Velázquez Rodríguez contra Honduras»). En el presente caso, debió de tramitarse bajo una nomenclatura bastante insólita de «Costa Rica vs. Costa Rica».
Cuando este caso fue remitido para conocimiento de la Comisión (único órgano interamericano jurídicamente habilitado para recibir denuncias por parte de las víctimas), una desgarradora carta de la madre de Viviana Gallardo a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en julio de 1983 (véase texto completo) señaló las condiciones inhumanas de detención previas al asesinato de su hija y las humillaciones a la que fue sometida días antes de aquel 1.° de julio de 1981. En este extracto de una entrevista a la madre de Viviana Gallardo 30 años más tarde, en el 2013 (véaseenlace), se señala que su hija sabía que la iban a asesinar y así se lo había indicado a su mamá:
«Ella me dijo, el día que la iban a llevar ahí, que la matarían. Yo le pregunté por qué decía eso, entonces me respondía que no le hiciera caso. Había muchos intereses de silenciarla, no sé por qué lo sabía«.
Viviana Gallardo y sus dos compañeras de celda eran integrantes de un pequeño grupo de activistas denominado por las autoridades «La Familia», al que se le responsabilizó por la muerte de tres policías en junio de 1981. Imagen tomada del artículo de la BBC (2017) «Las incógnitas que rodean la muerte de Viviana Gallardo, unas de las páginas más opacas de la historia de Costa Rica».
Viviana Gallardo: preguntas lancinantes que no logra borrar el tiempo
Han pasado muchos años sin que los testigos de aquella época aporten elementos nuevos para conocer mejor las razones por las que se asesinó, en una celda, a una joven universitaria detenida, de 18 años, en Costa Rica en julio de 1981.
En este muy completo artículo publicado por la BBC en el 2017 y titulado «Las incógnitas que rodean la muerte de Viviana Gallardo, unas de las páginas más opacas de la historia de Costa Rica» (cuya lectura se recomienda), se lee que:
«Sin embargo, el Tribunal Superior Primero Penal condenó a Bolaños como autor único del crimen a 24 años de prisión, que después se redujeron a 18. Luego se le permitió visitar a sus hijos los fines de semana y el 30 de septiembre de 1987 obtuvo el beneficio de la libertad condicional«.
Una libertad condicional otorgada en setiembre de 1987 para hechos acaecidos en julio de 1981 plantea algunas interrogantes. No se ha tenido acceso a algún análisis desde la esfera del derecho penal que pueda explicar tan generoso beneficio obtenido de forma tan rápida por los defensores del señor Bolaños; tampoco se tiene conocimiento de un informe de alguna entidad del Estado costarricense que permita conocer los criterios usados en el caso de la condena impuesta al señor Bolaños. Es de notar que en el precitado informe a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de 1983 (que tomó debidamente nota de este preciso aspecto), el Estado costarricense en su defensa se refirió a la pena de 18 años impuesta al señor Bolaños en una de sus respuestas:
«13. El Gobierno de Costa Rica en nota del 24 de agosto de 1982 dio respuesta a la solicitud de la Comisión, adjuntando dos certificaciones debidamente autenticadas de las sentencias dictadas en la causa contra José Manuel Bolaños por los delitos de homicidio calificado, lesiones graves y lesiones leves en perjuicio de Viviana Gallardo, Alejandra Bonilla Leiva y Magaly Salazar Nasser. También informó que la pena de 18 años de prisión impuesta al señor Bolaños se cumple actualmente en el Centro Regional de Adaptación Social de Pérez Zeledón«.
Fotografía de la placa conmemorativa artesanal que apareció en el 2017 y que fue retirada a las pocas horas. Imagen tomada del mencionado artículo de la BBC.
En las conclusiones de su libro publicado en el 2017, titulado El crimen de Viviana Gallardo (véase texto completo), luego de un exhaustivo análisis, el historiador costarricense David Díaz Arias finalizó con dos preguntas que, 40 años después de los hechos, permanecen siempre muy válidas:
«El cabo Bolaños murió en junio del 2014 y la prensa comentó entonces que se había llevado a la tumba ‘el secreto’ de por qué mató a Gallardo. En ese contexto, la segunda esposa de Bolaños repitió que aquel hombre había sido bueno, pero le indicó a La Nación que no quería ahondar en el pasado porque ‘ya lo que pasó pasó y él recibió la condena. Solo él y Dios saben lo que pasó y ya se lo llevó a la tumba’. Como se ve, es imposible que se dejen de tejer dudas sobre la muerte de Gallardo si la prensa insiste en crearlas o reproducirlas. No era exacto que Bolaños no hubiera dado una causa de por qué mató a Gallardo; de hecho, sí lo hizo, construyó dos explicaciones: la de que había sido una venganza, que ensayó entre julio de 1981 y marzo de 1982 y la de que había sido un plan construido desde “arriba” que primero reveló al Semanario Universidad en 1981 y que sostuvo y amplió en detalles desde 1982 hasta 1991. Su pena, además, fue drásticamente reducida de la que originalmente se le había impuesto.
Resulta claro ahora que la teoría de que Gallardo fue asesinada para evitar que delatara a los miembros de ‘La Familia’ carece de fundamento, ya que, desde el 17 de junio de 1981, las autoridades habían capturado prácticamente toda la documentación necesaria relacionada con ese grupo. Tampoco es creíble la teoría de que fueron altas autoridades políticas o policiales las que planearon el asesinato, dado que para efectos de combatir el comunismo era más estratégico que Gallardo permaneciera viva. Las preguntas de fondo, que permanecen sin responder son ¿a quiénes les convenía que Gallardo muriera? ¿Quiénes podían ser directamente perjudicados si ella declaraba en los tribunales?» (pp. 26-27).
En este artículo, publicado por el periodista Fernando Francia el 2 de julio del 2020, titulado «Viviana Gallardo: un crimen aleccionador» (cuya lectura también se recomienda), se lee que:
«El debate sobre terrorismo o revolucionaria se instaló para siempre. Los medios mantienen la versión de terrorismo, aunque estudiosos de historia, tanto David Díaz de la Universidad de Costa Rica como Eduardo Tristán de la Universidad de Santiago de Compostela, sostienen que, por sus postulados políticos, por los documentos encontrados y por las prácticas demostradas atribuidas a la organización no puede adosárseles el término de terrorismo. Era un grupo que cuestionaba el orden establecido y las injusticias y que pretendía realizar cambios por la vía armada [sic]».
No obstante, a pesar de lo señalado por el comunicador Fernando Francia, por los historiadores citados por este autor, y por algunos artículos de opinión publicados en la prensa costarricense, es extremadamente frecuente en Costa Rica escuchar a personas asociar el nombre de Viviana Gallardo con la palabra «terrorista«. Su corta edad (18 años) al momento de su asesinato en su celda no pareciera influir mayormente en el uso de este calificativo; el hecho de que Costa Rica carezca de una historia de violencia política entre jóvenes y menores de edad (entrenamiento en el uso de armas y de explosivos, o planificación y ejecución de acciones armadas), tampoco. Unos años después de 1981, Costa Rica sí vería en su territorio aparecer modalidades de adiestramiento para la lucha armada, pero para uso «externo« (Nota 2).
A modo de conclusión
Salvo error de nuestra parte, el pasado 1.° de julio del 2021, no se observó ninguna iniciativa para conmemorar, de alguna u otra manera, los 40 años del asesinato de Viviana Gallardo en Costa Rica.
Pese a ello, no cabe duda de que en este caso (como en muchos otros casos de violaciones a los derechos humanos ocurridos en América Latina), la exigencia de justicia y de verdad puede acentuarse con el pasar de cada primavera, de cada conmemoración; al tiempo que algunos de los testigos de aquella convulsa época en América Central podrían sentir (tal vez) que ya ha llegado el momento de liberar algunas cosas ocultadas durante 40 años.
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Nota 1: En relación con la tramitación de este anómalo caso, el juez norteamericano Thomas Buergenthal de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, de 1979 a 1991, escribió en un artículo publicado en el 2004 que:
«Aunque apreciamos la confianza depositada por el Presidente de Costa Rica en la Corte, no tuvimos más opción que rechazar nuestro primer caso contencioso, si es que podía describirse como caso contencioso propiamente dicho. El problema era que si bien se puede, en principio, renunciar al agotamiento de recursos internos que exige la Convención, no es posible renunciar a los procedimientos ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos como pretendía Costa Rica al presentar el caso directamente a la Corte. Los particulares pueden presentar sus casos ante la Comisión, al igual que los Estados Partes. Sin embargo, los particulares no tienen legitimidad ante la Corte. En opinión de la Corte, el permitir que un Estado renuncie unilateralmente a un derecho diseñado en parte para proteger los intereses de los particulares, sería incompatible con los fines de la Convención. La Corte calificó el caso de inadmisible y lo trasladó a la Comisión. La familia de Gallardo se negó a proseguir con el caso ante la Comisión, poniendo fin a este primer caso ante la Corte. Si aceptamos que el Asunto de Viviana Gallardo fue efectivamente un caso contencioso y no una opinión consultiva, como ha sido sugerido de tanto en tanto, se puede decir que la Corte no recibió ningún otro caso hasta el año 1986, cuando fueron sometidos los Casos de Honduras sobre desaparición forzada» (véase BUERGENTHAL Th., «Recordando los inicios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos», Vol. 39, Revista IIDH (2004) pp. 11-31, p. 17. Texto del artículo completo disponible aquí).
Nota 2: En los años 80, los únicos centros de adiestramiento en Costa Rica para realizar acciones armadas violentas fueron los centros instalados unos años después de 1981 (y de manera discreta) por Estados Unidos en la zona norte de Costa Rica con el fin de entrenar a elementos de la denominada «contra» nicaragüense en su lucha insurgente contra las autoridades en el suelo de Nicaragua. Incluso la misma Agencia de Inteligencia Norteamericana (CIA) publicó un «manual» para perpetrar actos de sabotaje en Nicaragua, de 96 páginas (véase texto).
Estos mismos centros de entrenamiento, con el mismo objetivo, también vieron el día en la zona fronteriza entre Honduras y Nicaragua. Esto llevó a Nicaragua a presentar una demanda ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) contra Honduras (véase texto) y contra Costa Rica (véase texto completo de la demanda de julio de 1986). Es de notar que la demanda contra Costa Rica fue retirada, a solicitud de Nicaragua, en 1987 (véase textode ordenanza de la CIJ donde formaliza el retiro en agosto de 1987). En este artículo de opinión, publicado en el 2010 por quien fuera el embajador de Costa Rica en Nicaragua en el período 1986-1990, se lee que:
«Cuando transitamos en la negociación del Plan de Paz en Nicaragua, el presidente Arias me pidió que dedicara mis esfuerzos para que Nicaragua retirara la demanda que tenía contra Costa Rica en La Haya. En un principio me encontré con la férrea oposición del canciller Descoto que llamaba a la demanda, la última trinchera contra el imperialismo yanqui. No desistí en mi empeño por que se retirara la demanda y dialogando con Humberto en varias jornadas, a pesar de la oposición del canciller Descoto y de La Habana, Humberto intercedió no solo para que se firmara el Plan de Paz, sino que Nicaragua retirara la demanda en contra de Costa Rica todo lo cual se dio en agosto de 1987«.
Nicolas Boeglin Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica
Derechos humanos, ¡cuántas injusticias se cometen en tu nombre!, sin detenerse un instante a conocerte. Para algunos sos, según repiten, tener opciones electorales, aunque 8 de cada 10 ciudadanos en Costa Rica no quiera saber nada de partidos políticos, o el derecho a vivir en tu país de nacimiento, aunque 4 de cada diez personas quisieran EMIGRAR si tuvieran los medios para hacerlo, como sucede también en Costa Rica. Por eso, a propósito de lo anterior, en honor tuyo, vale la pena recordar algunos de los artículos que contiene tu Declaración Universal emitida en la ONU en 1948, sobre los que haríamos bien en reflexionar para ponerlos plenamente en práctica. Leemos: «Todos tienen derecho a la protección contra la DISCRIMINACIÓN». «Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión». «Toda persona tiene derecho a la seguridad social». «Toda persona tiene derecho AL TRABAJO y la protección contra EL DESEMPLEO». «Toda persona tiene derecho AL BIENESTAR, ALIMENTACIÓN, VIVIENDA, ASISTENCIA MÉDICA, vestido y otros SERVICIOS SOCIALES básicos». «Toda persona tiene derecho a LA EDUCACIÓN y al libre desarrollo de la personalidad». «Toda persona tiene derecho A UN ORDEN SOCIAL que garantice LOS DERECHOS DE ESTA CARTA». Así que, amiga Carta de los Derechos Humanos, aunque ya tenés 73 años, te pedimos perdón por tenerte olvidada en la gran mayoría de Estados miembros de la ONU que te vio nacer, y por ver como se te manosea cínicamente.
Llega ya a las librerías una novedad editorial que desvela hasta qué extremo el radicalismo político de Donald Trump preocupó a la cúpula militar de Estados Unidos, la cual temió un Golpe de Estado por parte del expresidente y preparó una respuesta contra el mismo.
El libro de investigación que trata sobre este asunto se titula I Alone Can Fix It: Donald J. Trump’s Catastrophic Final Year y ha sido escrito por dos periodistas del periódico The Washington Post, Carol Leonnig y Philip Rucker. Verá la luz a finales de julio.
El libro desvela que directamente el Jefe del Estado Mayor Conjunto de Estados Unidos, Mark A. Milley, llegó a temer que Donald Trump diese un Golpe de Estado. Y narra también que, ante esa situación, Milley, el general de mayor rango en Estados Unidos, decidió planificar una respuesta para detener el posible Golpe de Estado de Trump.
Según Leonnig y Rucker, Milley se alarmó cuando Trump adoptó una actitud desafiante después de las elecciones de noviembre de 2020, no reconociendo la victoria de Joe Biden. Y empezó a pensar que estaban obligados a preparar una respuesta ante un posible Golpe de Estado.
Milley tuvo muy claro desde esa fecha que Trump estaba avivando disturbios para encontrar una excusa que le permitiese «invocar la Ley de Insurrección y llamar a los militares».
El asalto al Capitolio del 6 de enero de 2021, cuando las hordas de simpatizantes de Trump marcharon hasta el edificio sede del Congreso federal en Washington DC. fue el momento clave. No llegó a mayores, porque Trump no se atrevió a llegar hasta donde la cúpula militar de Estados Unidos pensó que era capaz de hacerlo.
Según la información que suministra el libro de Carol Leonnig y Philip Rucker, Milley y los otros militares de alto rango consideraron que Estados Unidos se enfrentaba a un «momento Reichstag», en referencia a la quema de la sede del parlamento alemán en 1933 que conllevó el control totalitario de Alemania por parte del partido de Hitler.
Durante el periodo de conspiración, Milley llamó a los simpatizantes de Trump «camisas pardas», en referencia a los grupos paramilitares que sirvieron a Adolf Hitler en Alemania en los años ’30; y nazis a los asaltantes del Capitolio seguidores de Trump.
Parece evidente que Donald Trump era un peligro para la democracia. El acoso que llevó a cabo contra la democracia de su país, en cualquier caso, no fue menor que el acoso brutal que llevó a cabo contra otros sistemas políticos o Estados no sometidos a sus caprichos.