Denuncian amenaza irreversible a bosque primario en Playa Panamá por proyecto inmobiliario en Papagayo
Un comunicado de la Asociación Confraternidad Guanacasteca advierte sobre el riesgo de destrucción de un bosque primario en Playa Panamá, Bahía Papagayo, ante la intención de talar más de 700 árboles para un proyecto que, según se señala, no corresponde a desarrollo turístico sino inmobiliario residencial. El texto subraya el carácter irreparable del daño ecológico, expone el respaldo jurídico que protege estos bosques como patrimonio natural del Estado y cuestiona la falta de claridad de las autoridades sobre la legalidad del proyecto. Asimismo, llama a la intervención urgente de instancias judiciales y reafirma la defensa del Estado de derecho ambiental y el derecho ciudadano a la información.
Comunicado Asociación Confraternidad Guanacasteca
¿Turismo o qué?
Sereno Reserve — Bahía Papagayo, Playa Panamá
I- El bosque que está en juego
En la finca inscrita bajo el plano de catastro 5-1155786-2007, ubicada en Playa Panamá, Bahía Papagayo, existe un bosque que pericias técnicas oficiales han certificado como Bosque Primario. No es una denominación menor: el Bosque Primario es la categoría de máxima integridad ecológica, aquel que jamás ha sido objeto de perturbación humana significativa y que ha alcanzado su estado de desarrollo pleno.
En ese bosque viven árboles de entre 15 y 30 metros de altura. Sus copas albergan fauna silvestre, insectos, aves, reptiles y mamíferos que dependen de esa estructura para sobrevivir. Sus raíces sostienen suelos, regulan el ciclo del agua y fijan carbono. Es un ecosistema completo, funcional y activo.
La empresa Enjoy Hotels & Resort pretende cortar más de 700 de esos árboles para iniciar obras. Frente a eso, es indispensable ser absolutamente claros:
Sembrar 700, 1.000, 5.000 o 10.000 arbolitos pequeños hoy no restituye lo que se destruiría. Un árbol recién plantado no alberga la fauna que vive en una copa de 25 metros. No cumple las funciones ecosistémicas de un árbol centenario. La pérdida de un bosque primario es, en toda escala de tiempo humana, absolutamente irreversible. Ningún monto de dinero, ninguna compensación ambiental y ninguna resolución posterior puede devolver lo que se destruye.
Cortar ese bosque no es solo una afrenta al patrimonio forestal del Estado costarricense: es un daño ecológico permanente, sin posibilidad de reparación real.
II- El respaldo jurídico: patrimonio natural del Estado
La Ley Forestal N.° 7575, en sus artículos 13 y 14, establece que los bosques ubicados en terrenos del Estado integran el patrimonio natural del Estado, con independencia del título registral que figure en el folio real. Se trata de bienes de dominio público: inembargables, inalienables e imprescriptibles.
La simple constatación pericial de bosque primario activa esta afectación legal de manera automática e inmediata.
La Sala Constitucional ha sido consistente en aplicar el principio de irreductibilidad ecológica sin distinción entre tipos de bosque. Bosque es bosque: la ley no establece categorías de protección diferenciada.
Existen dos fuentes de prueba técnica oficial, independientes entre sí y separadas por cuatro años, que convergen en acreditar la presencia de cobertura forestal significativa en el área del proyecto. Esas pruebas hacen jurídicamente inviable cualquier intervención sin las autorizaciones del SINAC y de SETENA, autorizaciones que, hasta la fecha, no constan.
En el marco del expediente penal activo, se ha solicitado a la autoridad competente que dicte, con carácter de urgencia extrema, una medida cautelar que suspenda de manera inmediata toda actividad de tala, descapote o remoción de vegetación en dicha finca, mientras no se demuestre ante el juez penal que ninguna fase del proyecto afecta el bosque primario certificado.
III- El Proyecto Papagayo: ¿turismo o negocio inmobiliario?
El Proyecto Turístico Golfo de Papagayo es el proyecto estatal de desarrollo turístico más grande de Costa Rica, administrado por el ICT. Sus tierras son propiedad del Estado, otorgadas en concesión por períodos determinados, y la ley establece con claridad que su destino es exclusivamente el desarrollo turístico.
Turismo implica visitantes temporales: personas que viajan con fechas de inicio y fin, que utilizan servicios de hospedaje, transporte, gastronomía y recreación, y que regresan a su lugar de origen. Es una actividad importante, temporal, rotatoria, que genera empleo local y derrama económica en la comunidad.
Lo que Enjoy Hotels & Resort pretende construir son condominios residenciales de lujo, cada uno con piscina privada, destinados a la venta a compradores extranjeros. Eso es un proyecto inmobiliario residencial. Es legal en muchos contextos del país. Pero no es turismo.
No todo extranjero que compra una propiedad en Costa Rica es turista. Hay residentes, inversionistas, migrantes, jubilados que se trasladan definitivamente. Eso no activa la definición de valor turístico que la ley exige y que el Estado estableció para Papagayo.
Ante esta pregunta central —¿es esto turismo o un negocio inmobiliario en tierras del Estado? — no hemos obtenido respuesta del Gobierno, del ICT ni de la empresa. El silencio, en este caso, es también una respuesta.
Continuamos en defensa del bosque de Playa Panamá y en defensa del Estado de derecho ambiental costarricense. Los casos abiertos —penales, constitucionales y administrativos— siguen su curso.
La ciudadanía tiene derecho a saber lo que ocurre en sus tierras.
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