El chorreo de votos y la perversa lógica de Pilar Cisneros

Vladimir de la Cruz

Tiene razón la diputada electa Pilar Cisneros en no haberse equivocado al decir que EXPRESAMENTE no se refirió al Tribunal Supremo de Elecciones, cuando en el mitin que tuvo su Partido Progreso Social Democrático, siendo ella la principal oradora, como lo ha sido en todo el país, afirmó, entre otras cosas, que la segunda vuelta no estaba ganada, y enfatizó que “Tenemos al frente un enemigo poderoso, con una estructura sólida y capaz de hacer chorreo de votos para quitarnos esta elección”. También afirmó que “Lo que nos preocupa es no tener fiscales de mesa en todas las mesas y que se pueda producir un chorreo por parte del partido rival”. También afirmó que esa práctica del chorreo es usual en todos los partidos políticos que realizan convenciones políticas para escoger sus candidatos.

Se refería al Partido Liberación Nacional, a su candidato, y a “la estructura sólida y capaz de hacer el chorreo”, donde IMPLICITAMENTE sí comprometió al Tribunal Supremo de Elecciones, porque esa es la estructura “sólida y poderosa” que es la única que puede facilitar “el chorreo de votos”. Salvo que Pilar Cisneros Gallo hable, o cante más que un gallo, sin conocimiento preciso de lo que afirmó, o lo que es peor, en una diputada, que no ligue el cerebro con la lengua.

Sí COMPREMETIÓ al Tribunal Supremo de Elecciones porque es éste el que prepara la papelería electoral, la imprime y la custodia hasta que, con actas en mano, la distribuye, en las tulas oficiales, a los miembros de mesa autorizados de todos los partidos para su custodia final, hasta el día de las elecciones, donde en ese proceso, de nuevo mediante dos revisiones, de esos miembros, de todo lo que contienen las tulas, se comprueba que toda la papelería electoral enviada es correcta, y que no falta nada.

COMPROMETIO LA INDEPENDENCIA del Tribunal Supremo de Elecciones y la transparencia de cómo trabaja. Lo IMPLICO con su afirmación en una POSIBLE componenda con un partido político en este fraude del “chorreo de votos”.

SI ACUSÓ IMPLICITAMENTE al Tribunal Supremo de Elecciones DE FAVORECER EL FRAUDE, en lo que dijo para la segunda vuelta electoral. Quizá lo pensó, pero no se atrevió a decirlo en la primera ronda porque su partido no estaba destacando como finalmente lo hizo.

Si el Tribunal estaba implícitamente comprometido, como ella aseveró, con su afirmación, tenía que estarlo, en ese compromiso de fraude, en primer lugar con el Partido de Gobierno, el Partido Acción Ciudadana, que de acuerdo a su insinuación, sin casi sacar un voto, en la práctica lo dejaron sin papeletas y sin chorreo, en el supuesto también de que los magistrados electorales le respondieran a ese Partido, así como todo el personal del Registro Electoral y del mismo Tribunal, igualmente, le respondieran a ese Partido en el Gobierno, con lo cual el Tribunal, o desde su entraña, se prestó entonces a facilitar papeletas para los partidos que llegaron a la segunda vuelta, en este caso tanto a Liberación como el Progreso Social Democrático, porque habría que pensar que también salió favorecido de ese supuesto chorreo de votos, porque las encuestas no lo colocaban de finalista.

De otra manera costaría pensar, de acuerdo con la perversa lógica de la diputada peruano costarricense, que los dos partidos finalistas llegaran a la final, y en esta segunda vuelta, con esa misma lógica, le preocupa que “el chorreo de votos” posible que pueda hacerse, ¿de nuevo?, se haga a favor de Liberación Nacional como partido y de su candidato, y ya no de su partido.

No sé cuánto sabrá la diputada peruana costarricense de la Historia Nacional, pero la década que culminó en 1948 se terminó con una guerra civil, que tenía como una de las banderas la lucha por la pureza del sufragio. En el otro bando, el del gobierno aliado a los comunistas y a la Iglesia Católica, los comunistas impulsaron la constitución del Tribunal Nacional Electoral y del Código Electoral, ambos de 1946, con al ánimo de frenar la corrupción electoral que entonces se acusaba contra los gobiernos de turno. Ambas instituciones permanecen, sobrevivieron a la Guerra Civil, a la Junta de Gobierno y a la Asamblea Nacional Constituyente, y hoy son sólidas columnas de la Democracia Electoral Nacional.

El actual Tribunal Supremo de Elecciones lo estableció la Asamblea Constituyente, respetando la propuesta que hizo la Junta de Gobierno encabezada por José Figueres, y el código electoral de 1946, con sus reformas llegó hasta el 2009 cuando se aprobó el actual Código Electoral.

La Asamblea Nacional Constituyente, con el apoyo de la Junta de Gobierno, le dio carácter de poder independiente, al Tribunal Supremo de elecciones, que así lo denominó la Junta de Gobierno, con exclusividad en su función electoral, único organizador, administrador y con capacidad declarativa, sin apelación alguna, de los resultados electorales, lo que ha sido pieza fundamental del desarrollo de la Democracia Costarricense, situación que seguramente en Perú donde la diputada electa inició su primera formación no se conocía, por su historia militar, de golpes de estado, poco democrática, comparada con la costarricense.

El chorreo de votos, como se conoce esta figura del fraude electoral, que usted trajo a cuento, generalmente se hacía en las elecciones oficiales de Costa Rica, antes de 1948, y se podría decir que en todas las elecciones anteriores a esa fecha había distintas formas de hacer fraudes.

En esa época anterior a 1948 el proceso electoral estaba totalmente controlado por el Poder Ejecutivo, y por el partido gobernante. Hasta 1924 el voto de los electores era público con lo cual se podía presionar de muchas maneras, por parte de empleadores, autoridades de gobierno, patronos en general, hacendados, a los electores votantes sabiendo cómo iban a votar. Hasta por la forma cómo se emitía el voto, que podía durar algunos días, era fácil alterar procesos electorales, o por la falta de cedulación, o por una lista abierta de electores donde estaban los fallecidos, por traslados de sitio electoral, por la forma como se leían los telegramas informativos del resultado, o por compra directa de votos etc.

Al controlar el sistema electoral el Poder Ejecutivo ejercía control en la práctica de todo el proceso, desde su organización hasta la elaboración del material electoral y su distribución, además del conteo de votos que prácticamente se hacía en la Casa de Gobierno. La declaración final de los resultados quedaba en manos del Congreso de conformidad al informe que enviaba el Tribunal Electoral de la época.

De esta manera cuando se empleaba el sistema del chorreo de votos se procedía así:

De las papeletas oficiales se sacaban algunas, que no eran impresas como lo hace actualmente el Tribunal Supremo de Elecciones, tantas como se quisieran emplear en distintos lugares, cantones o provincias, para asegurar el triunfo que se deseaba.

Por sacadas las papeletas, lo que era fácil hacer al partido político que estaba en el Gobierno, porque controlaba al Tribunal Electoral, la emisión de toda la papelería electoral, o al Gobernante de turno que complacía en que esas papeletas se sacaran para ese fin, de chorrear votos, esas papeletas se marcaban en la casilla del candidato que se quería favorecer. Marcada la papeleta entonces se acudía a un votante para proponerle que metiera esa papeleta marcada y trajera la que le daban en el recinto electoral, que era otra papeleta oficial. Así se iniciaba la cadena de votos que se provocaba con ese “chorreo”.

El chorreo se hacía con papeletas oficiales, reales, verdaderas, no con copias o falsas papeletas. Ese proceso podía implicar un acto consciente de quien lo hacía porque lo hacía a favor de un partido y un candidato o bien inducido mediante soborno, pago o compra del voto.

Técnicamente desde la organización de las elecciones nacionales, a partir de las elecciones de diputados de 1949 y las nacionales a partir de 1953 esa forma de fraude desapareció.

Los procesos electorales fueron perfeccionándose en su organización, administración, en la educación popular, en la formación ciudadana, y la cultura cívica que desde entonces se ha desarrollado alrededor del sufragio nacional, como proceso electoral y como ejercicio masivo del derecho político a elegir las autoridades supremas de los Gobiernos del país, el nacional, los diputados y los gobiernos locales. Que recuerde nunca ha habido desde la existencia del actual Tribunal Supremo de Elecciones ningún cuestionamiento a su manejo de las elecciones, hasta ahora que la diputada peruana costarricense lo ha hecho.

El Tribunal Supremo de Elecciones fue el cuestionado por la diputada electa. Con ello, con sus aseveraciones, se afectó la imagen pública, y posiblemente internacional del país, de la democracia nacional y del sistema democrático electoral del país. ¿Cabrá acusación penal contra la diputada electa antes de su juramentación, por el daño causado al país, a la imagen de la democracia costarricense?