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Etiqueta: independencia judicial

Carta abierta a la señora presidenta de la República

Licda. Leonor I. Antillón Sargent
Abogada

“Atesoro casi cuatro décadas de ser libre y vivir en un país pacífico, por favor, guarde el equilibrio no deje que perdamos eso”.

Leonor I. Antillón Sargent.

Señora Presidenta:

Sobre la invocación reiterada de la «mayoría»

Con la consideración que merece su investidura, me dirijo a usted con motivo de una retórica que ha sido constante en su discurso público desde antes y después de asumir el cargo: la afirmación de que, por haber sido usted electa por la «mayoría» del país, a esa “mayoría” le asiste la razón, y que el resto de la ciudadanía debe simplemente acatar y respetar sus decisiones sin cuestionarlas. Pero esa premisa no resulta numéricamente exacta. Usted obtuvo un 48% de los votos válidamente emitidos, cifra que equivale a apenas un 33% del padrón electoral total. En consecuencia, existe un 67% de la ciudadanía costarricense que optó por otras propuestas políticas o por el abstencionismo, a quien también se le debe respeto, gobernanza y rendición de cuentas, y cuya voz no puede subordinarse a la de quienes sí la eligieron.

La injerencia del Poder Ejecutivo en un asunto de resorte legislativo

Resulta sumamente improcedente que el Poder Ejecutivo abandere, mediante una comparecencia pública rodeada de la bancada oficialista, la vocería sobre un trámite de nombramiento de magistraturas suplentes que atañe, por mandato constitucional, exclusivamente a la Asamblea Legislativa. Esa actuación transforma un asunto propio del sistema de pesos y contrapesos en un acto de confrontación político-partidaria, y compromete la investidura presidencial en una disputa que corresponde dirimir a otros poderes de la República.

Una retórica que evoca precedentes autoritarios

Escuchar calificativos de «golpistas» dirigidos a la magistratura constitucional, y ver que se promueve una acción penal por prevaricato contra quienes suscribieron una sentencia con la que el Poder Ejecutivo simplemente discrepa, evoca la peligrosa retórica de deslegitimación e injerencia judicial empleada históricamente por regímenes autoritarios de la región: Fidel Castro, al disolver en 1959 la independencia del Tribunal de Garantías Constitucionales cubano; Hugo Chávez, quien en 2009 calificó públicamente en cadena nacional de «bandida» a la jueza María Lourdes Afiuni y exigió su condena a treinta años de prisión por una resolución judicial que le resultó incómoda, lo que derivó en su encarcelamiento arbitrario; Nicolás Maduro, al desconocer en 2017 al Tribunal Supremo de Justicia legítimamente constituido y promover instancias paralelas; y Daniel Ortega, con las purgas y destituciones masivas de jueces independientes ejecutadas en 2023. Se trata, en todos los casos, de una misma línea de confrontación que erosiona el Estado de Derecho al criminalizar el disenso judicial.

El contraste con las democracias consolidadas

En contraste, en democracias sólidas como los Estados Unidos, cuando la Corte Suprema dictó fallos contundentes contra el Poder Ejecutivo liderado por Donald Trump —como la anulación, en 2020, de la decisión de poner fin al programa DACA, o la orden de entregar sus registros financieros a la fiscalía de Nueva York en el caso Trump v. Vance ese mismo año—, dichas resoluciones se acataron dentro del marco legal a pesar de las públicas discrepancias del entonces mandatario, y en ningún momento se planteó declarar ineficaces, nulas o carentes de validez las sentencias del más alto tribunal.

La premura de la acción penal y su fragilidad procesal

La gravedad institucional se profundizó cuando, inmediatamente después de las actividades religiosas del 2 de agosto en Cartago, Usted se apersonó con su comitiva a interponer una querella penal por presunto prevaricato contra los cuatro magistrados que suscribieron la sentencia, sin que para ese momento se conociera aún el texto íntegro y la fundamentación técnica del fallo, según lo reconoció públicamente uno de los propios magistrados señalados. Promover una acción penal contra una resolución cuya fundamentación jurídica —incluidos los tratados internacionales y el control de convencionalidad eventualmente aplicables— todavía no ha sido conocida en su integridad, resulta procesalmente precipitado y constituye, respetuosamente, un uso inapropiado de la logística y los recursos estatales con fines de proyección política.

Una contradicción que la propia acción penal revela

Esta actuación incurre, además, en una tensión lógica evidente: se pretende que responda penalmente ante la Corte Plena precisamente la magistratura que, por virtud de la recusación de los magistrados propietarios implicados, debería integrarse con los magistrados suplentes cuya permanencia en el cargo el propio oficialismo cuestiona. Las resoluciones de la Sala Constitucional son vinculantes erga omnes; si el sector oficialista no comparte ese marco jurídico, el camino que corresponde en derecho es plantear las reformas legales o constitucionales pertinentes y asumir sus costos institucionales, pero nunca sugerir el desconocimiento de los fallos ni la descalificación de la magistratura mediante etiquetas que no encuentran sustento jurídico.

Un llamado respetuoso

Le insto respetuosamente a optimizar los recursos públicos, a moderar el uso de la función presidencial en controversias que corresponden a otros poderes de la República, y a gobernar para la totalidad de la ciudadanía con estricto apego a la Constitución Política, a la independencia del Poder Judicial y a la paz social que ha caracterizado a Costa Rica.

O sea, a guardar el difícil pero necesario equilibrio del Poder que ostenta, para que este país, suyo y mío también, siga siendo libre, pacífico y democrático.

Con toda consideración,

Licda. Leonor I. Antillón Sargent, abogada, carnet 1744

Plantón por la justicia y la democracia convoca a encender una luz en cada sede judicial del país

Diversos sectores convocan a realizar un Plantón por la Justicia y la Democracia el próximo jueves 6 de agosto, a partir de las 4:30 p.m., en circuitos judiciales de todo el país, con el propósito de expresar respaldo al Poder Judicial y a la institucionalidad democrática.

La convocatoria plantea como mensaje central: “¡Que la luz de la justicia se encienda en cada sede judicial del país!”, e invita especialmente a las personas de las zonas alejadas del área metropolitana a organizar plantones de reflexión en cada circuito judicial después de las 4:30 de la tarde.

Las personas participantes son llamadas a llevar una vela como símbolo de la actividad y a promover expresiones de arte y cultura durante las concentraciones. Asimismo, se les invita a compartir fotografías de la jornada en redes sociales utilizando las etiquetas #Ningúngolpedeestado y #ApoyoalPoderJudicial.

La convocatoria destaca que la actividad se desarrollará en todo el país de manera simultánea y concluye con el mensaje:

“La justicia nos une. La democracia nos pertenece.”

El plantón se presenta como un llamado ciudadano a favor de la justicia, la democracia y la defensa de las instituciones judiciales.

¿Así o más claro? La Constitución habló

Cuando la Constitución debe ser leída en voz alta, es porque alguien ha dejado de escucharla.

Por Jaime E. García González, Dr. sc. agr.
Profesor catedrático jubilado de la UCR y la UNED.
Miembro de la Red de Coordinación en Biodiversidad (RCB) y de la Unión de Científicos Comprometidos con la Sociedad y la Naturaleza de América Latina (UCCSNAL).

Hay discursos que pasan inadvertidos y hay otros que quedan registrados como una advertencia para la historia. Las palabras pronunciadas por el magistrado Jorge Araya García pertenecen a esta última categoría. No fueron el producto de la exaltación, la improvisación o el cálculo político. Fueron, por el contrario, el recordatorio sobrio y contundente de una verdad elemental: en una república, nadie está por encima de la Constitución.

La escena resultó tan insólita como reveladora. Un magistrado de la Sala Constitucional se vio obligado a recordarles al presidente de la República y a una de sus ministras el contenido de los artículos 148 y 149 de la Constitución Política, es decir, las normas que establecen la responsabilidad de quienes ejercen el poder.

«Señor Chaves, usted juró defender la Constitución y las leyes. ¿O me equivoco?»

La pregunta cayó como un rayo en medio de un clima político caracterizado por la confrontación permanente, el descrédito sistemático de las instituciones y la creciente costumbre de presentar cualquier límite constitucional como si se tratara de un obstáculo para la voluntad del gobernante.

Pero el magistrado no emitió una opinión. Hizo algo mucho más grave y, al mismo tiempo, mucho más sencillo: leyó la Constitución.

Recordó el contenido del artículo 148, según el cual el presidente de la República es responsable del uso de las atribuciones que la Constitución le confiere y los ministros son responsables, junto con él, de las decisiones adoptadas. Más adelante, citó el artículo 149 y recordó que el presidente y sus ministros son responsables cuando impidan u obstaculicen el ejercicio de las funciones propias del Poder Judicial o cuando, por acción u omisión, violen una ley expresa.

No se trata de disposiciones secundarias ni de simples formalidades jurídicas. Constituyen el núcleo mismo del sistema republicano. Sin ellas, el poder dejaría de estar sometido a la ley y la democracia quedaría reducida a un simple ejercicio de fuerza política.

Lo preocupante es que el incidente no puede entenderse como un hecho aislado. Forma parte de un proceso más amplio y más peligroso: la normalización del ataque a las instituciones de la República. El problema ya no radica únicamente en la existencia de desacuerdos políticos, algo natural en cualquier democracia, sino en la tentativa de erosionar la legitimidad de los órganos encargados de ejercer controles sobre el poder.

Cuando se desacredita a los jueces, se ridiculiza a la prensa, se menosprecia a las universidades y se debilita a los organismos de control, no se fortalece la democracia; se la vacía de contenido.

La estrategia no es nueva. Ha sido aplicada innumerables veces en distintas latitudes. Primero se identifica un adversario. Después se le atribuyen todos los males del país. Más tarde se alimenta el resentimiento y se promueve la idea de que el gobernante encarna la voluntad popular y que, por lo tanto, cualquier límite a su autoridad constituye una forma de sabotaje. Finalmente, la legalidad es presentada como un estorbo y la institucionalidad como un enemigo.

La historia demuestra que los regímenes autoritarios no suelen derribar las instituciones de un solo golpe. Prefieren debilitarlas poco a poco, desacreditarlas ante la opinión pública y privarlas de los recursos necesarios para cumplir sus funciones. Cuando la ciudadanía comprende lo que está ocurriendo, el daño ya suele ser considerable.

Por esa razón, las palabras finales del magistrado Araya adquirieron un significado que trasciende la coyuntura política:

«¿Qué podemos esperar? ¿Seguirá otro recorte? ¿Cuándo será? ¿Nos dejará terminar el año?».

No era la voz de un funcionario defendiendo un presupuesto. Era la voz de un juez defendiendo la independencia del Poder Judicial frente a las presiones del poder político.

Y conviene decirlo con absoluta claridad: la independencia judicial no existe para proteger a los jueces, sino a los ciudadanos. Sin ella, la ley deja de ser un límite para el poder y se convierte en un simple instrumento de conveniencia.

La advertencia del magistrado también encierra una amarga paradoja. Un presidente que juró respetar la Constitución tuvo que escuchar, desde la más alta magistratura constitucional del país, la lectura de los artículos que definen los límites de su propio cargo.

Tal vez el momento más revelador haya sido aquel en que el magistrado expresó: «No estoy haciendo ningún juicio de valor; se los voy a leer». La frase contiene una enorme carga simbólica. Cuando la sola lectura de la Constitución se transforma en un acto de resistencia, es porque algo fundamental está ocurriendo en la vida política de una nación.

Costa Rica no puede darse el lujo de tratar estos episodios como simples anécdotas. Lo que está en juego no es la reputación de un gobierno ni la imagen de un magistrado. Lo que está en juego es la vigencia misma del pacto republicano.

Porque la Constitución no es un consejo, una recomendación ni una declaración de buenas intenciones. La Constitución es un límite. Y cuando el poder comienza a considerar los límites como una afrenta, la democracia empieza a caminar por un terreno extremadamente peligroso.

Óscar Aguilar Bulgarelli exalta captura de alias «Diablo» y reta a Nogui Acosta a renunciar a su inmunidad

El historiador y analista político Óscar Aguilar Bulgarelli difundió un video en el que se refiere a la captura de Alejandro Arias Monge, conocido como alias «Diablo», calificándola como un hecho de enorme significado para el país. Según Aguilar, no se trata de la detención de un delincuente más, sino posiblemente del criminal más peligroso en la historia reciente de Costa Rica, al que describe como «un verdadero tumor en ese cáncer social que es el narcotráfico».

El analista atribuyó la captura al trabajo del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) y del Ministerio Público, «desde sus jefes, desde sus directores hasta los más humildes servidores», y expresó su agradecimiento y reconocimiento a quienes participaron en el operativo, recordando que hay cinco personas heridas tras un enfrentamiento armado con la estructura delincuencial. Aguilar subrayó que quienes arriesgaron su vida en el operativo fueron funcionarios costarricenses, independientemente de que se contara o no con apoyo de agencias extranjeras, y pidió cesar «tanta crítica malsana» contra estas instituciones.

Aguilar vinculó este hecho con la reciente disputa presupuestaria entre el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial, en la que este último había señalado el perjuicio que representaría una disminución de su presupuesto para organismos como el OIJ, la Fiscalía y los tribunales de justicia. A su juicio, la captura demuestra la necesidad de respaldar la independencia del Poder Judicial, y advirtió que «nadie venga a ponerse ahora una flor en el ojal que no le pertenece», al aclarar que la acción fue exclusivamente del Poder Judicial, sin coordinación visible con el Poder Ejecutivo.

El analista dirigió críticas directas al diputado Nogui Acosta, jefe de fracción del partido de gobierno, por declaraciones en las que Acosta habría minimizado el hecho al señalar que se trataba de un delincuente que llevaba diez años prófugo, y por poner en duda lo que podrían hacer los tribunales de justicia con el detenido. Aguilar calificó esa actitud como «mezquina» e «injusta», y retó públicamente a Acosta a renunciar a su inmunidad parlamentaria para permitir que la Fiscalía abra lo que Aguilar describió como doce expedientes que, según afirmó, existen en su contra por acusaciones de delitos penales y administrativos. El analista cerró su intervención señalando que, cuando la inmunidad de Acosta expire, «también se sentará en esos tribunales».

Los diputados sediciosos del partido Pueblo Soberano

Vladimir de la Cruz

El grupo de diputados del Partido Pueblo Soberano tiene, necesaria y obligatoriamente, que someterse al mandato constitucional de ratificar o no la lista de candidatos a magistrados suplentes que remitió la Corte Suprema de Justicia, para que así procedieran. No tienen otro camino.

La Constitución Política que regula este nombramiento no da márgenes para que la presidenta de la Asamblea Legislativa rechace la lista que la Corte envía.

Tampoco da margen para que ellos, como fracción parlamentaria de un partido político, aunque sea el que ganó las elecciones nacionales a nivel del Ejecutivo y del Legislativo, pueda proponer una lista alterna, o sugerir algunos nombres para que se les considere como elegibles. Sencillamente se debe someter la lista de los candidatos a magistrados suplentes a los diputados para que la ratifiquen.

Esto se debe al procedimiento interno, que para este caso, de la elección de los magistrados suplentes, solamente la Corte Suprema de Justicia, puede proponer esa lista. Para su elaboración la Corte Suprema de Justicia, ha evaluado y valorado los atestados personales, profesionales, académicos, laborales, a las personas, abogados y notarios, juristas, para proponerlos como magistrados suplentes y presentarlos para el trámite legislativo de su “ratificación” la lista de candidatos propuestos por el Poder Judicial.

Para elegir un Magistrado Propietario o Suplente se requieren 38 votos de diputados a favor. Técnicamente para elegir a los magistrados suplentes que propone la Corte se requieren los mismos 38 votos de diputados. En el conjunto legislativo el Partido de gobierno Pueblo Soberano tiene 31 y los otros partidos en su conjunto 27. Para no elegir un magistrado que ya lo es pero que se presenta para su reelección igualmente se requieren 38 diputados que lo rechacen o voten en contra de su reelección.

Los Poderes Públicos, como es el caso del Poder Judicial, deben trabajar a derecho, con todos los funcionarios que la Constitución Política establece que deben dirigirlos. Su trabajo no puede ser obstaculizado, obstruido ni impedido de ejecución porque un grupo de diputados de la Asamblea Legislativa, como es el caso del grupo de diputados del Partido Pueblo Soberano, y la misma presidenta de la Asamblea Legislativa, entorpecen su trabajo, lo sabotean, lo obstaculizan, lo lesionan, lo impiden y traban en la práctica.

Con esta actitud y comportamiento político los diputados del partido Pueblo Soberano, y la misma presidenta de la Asamblea Legislativa, están cometiendo el delito de sedición, el acto criminal de rebelarse contra la autoridad establecida y constituida en el orden público costarricense que tiene el Poder Judicial.

El grupo de diputados del partido Pueblo Soberano actúa como una banda delictiva, que actúa colectivamente, en grupo, en forma tumultuosa, alterando el orden público, impidiendo por la fuerza de su comportamiento la ratificación de los magistrados suplentes de la Corte Suprema de Justicia, que sin su ratificación se impide y entraba el funcionamiento del Poder Judicial. Con ese acto de esos diputados se está alterando el orden público, sin buscar el derrocamiento del gobierno ni incitando, por ahora, a una rebelión, pero sí creando las condiciones de anomia política en el país, de caos institucional y de los poderes públicos, que permita justificar al Poder Ejecutivo lo que ha venido proclamando de impulsar un estado de excepción, un estado de sitio, una suspensión de garantías individuales, y de provocar a la vez la posibilidad de poder gobernar a la fuerza, sin controles administrativos, políticos y judiciales.

El acto de sedición que están provocando es el de impedir por la fuerza de ese comportamiento legislativo la aplicación de las leyes y entorpecer el trabajo y funcionamiento del Poder Judicial.

La sedición aquí está caracterizada por el entorpecimiento del orden y del funcionamiento de las autoridades judiciales para que ejerzan su función. Así están provocando una subversión del funcionamiento de la institucionalidad judicial. Los diputados del partido Pueblo Soberano están realizando un alzamiento colectivo, encabezado por ellos, de forma violenta, contra la autoridad Judicial, contra el orden político del país, contra la estructura e independencia de los Poderes Públicos.

Con su actitud están tratando de fortalecer la imagen pública, resquebrajada y el irrespeto institucional que el Poder Ejecutivo, desde el gobierno anterior y con el actual, han impulsado contra el Poder Judicial, contra la Corte Suprema de Justicia, contra sus presidente y sus magistrados.

El comportamiento delictuoso de los diputados de Pueblo Soberano se orienta a quebrar toda la institucionalidad política nacional y de crear las condiciones subjetivas y objetivas para imponer un gobierno de facto, de hecho, al margen de toda la constitucionalidad y legalidad posible.

El comportamiento político de los diputados de Pueblo Soberano, y de los desplantes autoritarios de la presidenta Legislativa, se orientan a provocar el desorden público, se mueve a la convocatoria de personas que propicien un levantamiento público, en su favor obviamente, contra la institucionalidad democrática nacional.

Impulsan que las autoridades judiciales no puedan tomar decisiones, no puedan trabajar. Impulsan obstaculizar su trabajo, que no se apliquen norman, que se paralicen servicios públicos, como el Judicial.

El comportamiento de los diputados del partido Pueblo Soberano está llamando al caos, a las acciones violentas, físicas y verbales. Está convocando subliminalmente a la sublevación de la población contra el Poder Judicial, contra las autoridades judiciales y la paz social, y con ello contra el equilibrio e independencia de los Poderes Públicos.

La sedición en marcha de estos diputados es el acto criminal de su rebelión al rechazar ad-portas, y negarse a presentar al Plenario Legislativo, la nómina de candidatos propuesta por la Corte Suprema de Justicia, para que sean ratificadas las magistraturas suplentes que se están poniendo al trámite legislativo para su aprobación, y asegurar el buen funcionamiento del Poder Judicial. Es un acto claro y directo contra la autoridad establecida constitucionalmente del Poder Judicial. Si se quiere también es un acto sedicioso contra el Gobierno Judicial de la Corte Suprema de Justicia. Este proceso sedicioso de estos diputados está entorpeciendo el funcionamiento del orden público.

De continuar en su actitud los diputados sediciosos de tratar de arrogarse la soberanía, que reside en la Nación, en el Pueblo, se acercan a cometer el delito de traición a la Patria, y si asumen o se arrogan esa representación popular realizan el acto de la sedición.

Una prueba de fuego le ha sido puesta en bandeja de plata a toda la Asamblea Legislativa. La excelente Magistrada de la Sala Segunda, la Dra. Julia Varela, por razón de vencimiento de su nombramiento en setiembre, ha puesto su nombre para la reelección en el cargo de Magistrada.

Tiene constitucionalmente el derecho de reelección. Así lo ha solicitado a la Asamblea Legislativa., con orgullo profesional y laboral ampliamente reconocido.

La Presidencia de la Asamblea Legislativa no puede rechazar su solicitud. Tiene que darle trámite para su posible reelección. En su caso pueden presentarse otros candidatos, incluidos candidatos del partido Pueblo Soberano, entre los cuales se escogería al Magistrado Propietario por un nuevo plazo de ocho años. Para nombrar un nuevo magistrado se necesitan 38 votos y para impedir la reelección también se necesitan 38 votos.

La elección de los magistrados suplentes y la de los propietarios son dos tipos diferentes de elección. ¿El comportamiento sedicioso de los diputados se manifestará contra la Magistrada Julia Varela?

Quien no puede cerrar la Sala IV por ley no debe cerrarla por omisión

Francisco Guevara Matarrita

Las propuestas de Francisco Dall’Anese y Manrique Jiménez obligan a la Corte Suprema a decidir cómo preservar la justicia constitucional frente a un bloqueo legislativo deliberado.

Si la Corte llegara a adoptar una medida de emergencia, tendría que ser excepcional y rigurosamente delimitada.

Ante las extraordinarias propuestas formuladas por el exfiscal general Francisco Dall’Anese Ruiz y el jurista Manrique Jiménez Meza, en torno a la negativa de la mayoría legislativa oficialista de Pueblo Soberano a elegir las magistraturas suplentes de la Sala Constitucional, Costa Rica se encuentra obligada a discutir algo mucho más grave que una nómina de candidatos: si una mayoría política puede utilizar su poder parlamentario para impedir el funcionamiento del tribunal encargado, precisamente, de controlar los abusos del poder.

Las propuestas son extraordinarias porque extraordinaria es la situación que pretenden resolver. No porque se encuentren libres de objeciones jurídicas, sino porque intentan responder a una conducta institucional que el ordenamiento costarricense nunca debió considerar normal: que un Poder de la República se niegue, de manera sostenida, a cumplir una competencia indispensable para el funcionamiento de otro.

Pueblo Soberano dispone de 31 de las 57 curules legislativas. No reúne por sí solo los 38 votos requeridos para elegir a las magistraturas, pero sí posee la fuerza necesaria para impedir que cualquier candidatura los alcance. Después de once rondas de votación, sus diputados mantuvieron la decisión de votar en blanco y promovieron nuevamente la devolución de la nómina remitida por la Corte.

Mientras tanto, como informó Delfino.cr el pasado 15 de julio, la Sala Constitucional registra 123 expedientes pendientes de resolución definitiva por la ausencia de magistraturas suplentes. No son simples números: detrás de cada expediente existen personas y derechos fundamentales que esperan una respuesta.

Cada diputado conserva, naturalmente, el derecho de rechazar una candidatura. Ninguna persona propuesta tiene un derecho adquirido a ser elegida. Pero la libertad de votar no puede transformarse en una licencia para incumplir indefinidamente la obligación constitucional de realizar la elección.

Una cosa es objetar razonadamente a determinados candidatos. Otra muy distinta es rechazar la nómina en bloque, votar reiteradamente en blanco y exigir que el procedimiento vuelva a comenzar hasta que aparezcan nombres aceptables para la mayoría gobernante. En ese punto, el ejercicio legítimo del voto comienza a convertirse en un mecanismo de parálisis.

La mayoría calificada fue concebida para obligar al diálogo y producir acuerdos amplios. Utilizarla como instrumento de veto permanente desnaturaliza su finalidad. Lo que debía promover consenso termina convertido en una autorización práctica para no elegir.

Frente a ese escenario, Dall’Anese ha recordado la reacción institucional adoptada durante el secuestro de los magistrados de la Corte Suprema en abril de 1993. Ante la imposibilidad material de integrar la Corte Plena, los magistrados que permanecieron en libertad convocaron suplentes y conformaron transitoriamente el órgano, garantizando la continuidad de la administración de justicia. Su tesis es directa: cuando una situación no prevista amenaza el funcionamiento constitucional, los jueces deben construir una solución que preserve el sistema.

Jiménez Meza, por su parte, plantea acudir a las fuentes no escritas del ordenamiento —los principios generales del Derecho, la jurisprudencia y la continuidad del Estado— para incorporar temporalmente magistraturas suplentes de las Salas Primera, Segunda y Tercera en auxilio de la Sala Constitucional. Ambas propuestas coinciden en un punto esencial: una omisión política no puede producir, como resultado aceptado por el Derecho, la desaparición práctica del control de constitucionalidad (Semanario Universidad, 17 de julio de 2026).

Sin embargo, la gravedad del bloqueo no vuelve automáticamente legal cualquier remedio.

El precedente de 1993 demuestra la capacidad de la Corte para reaccionar ante una emergencia, pero no resuelve por sí solo el problema actual. En aquella ocasión se trataba de integrar provisionalmente la Corte Plena frente al impedimento físico de sus miembros. Ahora se pretende incorporar magistraturas pertenecientes a otras Salas dentro de un tribunal especializado cuya composición, número de integrantes y sistema de nombramiento están expresamente regulados.

Tampoco el artículo 49 de la Ley Orgánica del Poder Judicial constituye una autorización ilimitada. Esa norma permite a la Corte resolver, en ausencia de ley aplicable, problemas relacionados con la distribución del trabajo o la competencia entre las Salas. No dice expresamente que la Corte pueda modificar la adscripción legal de las magistraturas o alterar la integración de la Sala Constitucional.

Los jueces pueden y deben integrar el ordenamiento cuando exista una verdadera laguna. Lo que no pueden hacer es sustituir al poder constituyente ni atribuirse competencias que la Constitución reservó a la Asamblea Legislativa. Crear una solución jurídica no significa crear poder donde la Constitución no lo concedió.

Por ello, la opción más jurídicamente defendible no sería trasladar indiscriminadamente magistrados titulares de otras Salas. Si la Corte llegara a adoptar una medida de emergencia, tendría que ser excepcional y rigurosamente delimitada: recurrir únicamente a magistraturas suplentes debidamente elegidas y vigentes; realizar su designación mediante un procedimiento objetivo, preferiblemente por sorteo; utilizarla solamente cuando exista una imposibilidad real de integrar el tribunal; limitarla temporalmente, y justificarla mediante un acuerdo público y ampliamente motivado.

Sería un torniquete institucional, no una solución definitiva.

La obligación principal continúa correspondiendo a la Asamblea Legislativa. Ninguna respuesta provisional de la Corte puede absolver al Congreso ni permitir que el oficialismo convierta la emergencia en una nueva normalidad. La Constitución Política atribuye a la Asamblea la elección de las magistraturas suplentes; no le confiere el derecho de mantenerlas vacantes hasta obtener una integración políticamente conveniente.

La Sala Constitucional no existe para complacer a las mayorías. Existe, entre otras razones, para recordarles que su poder tiene límites. Por eso, impedir su funcionamiento constituye una forma particularmente grave de deterioro institucional: ya no sería necesario eliminar el tribunal, reformar sus competencias o destituir a sus integrantes. Bastaría con dejar vacías sus sillas.

La Corte Suprema debe estudiar y resolver públicamente las propuestas presentadas. Si encuentra una vía constitucional de emergencia, debe aplicarla con cautela, transparencia y estricta temporalidad. Si concluye que carece de esa potestad, debe explicar con igual claridad las consecuencias del bloqueo y exigir el cumplimiento inmediato de la obligación legislativa.

Pero no puede limitarse a contemplar cómo la omisión prolongada de otro Poder convierte en letra muerta el derecho de los ciudadanos a obtener justicia constitucional.

La Asamblea debe elegir. La Corte debe preservar la continuidad del servicio judicial. Y la ciudadanía debe exigir el cumplimiento de ambos deberes.

Porque ninguna mayoría, por amplia que sea, posee un título de propiedad sobre la Constitución. Y quien no puede cerrar la Sala Constitucional mediante una ley tampoco debe poder cerrarla dejando vacías sus sillas.

Algunos para purificarse han de bañarse en el Jordán

Lic. Javier Francisco Cambronero Arguedas

Uno de los pasajes más infames en la historia política del país ocurrió cuando un grupo de diputados de la fracción oficialista de entonces, hace algunos años, dio cabida a una conducta absolutamente reprochable, sectaria, subjetiva y mezquina que puso en peligro la vida democrática del país al cometerse una gran injusticia contra dos costarricenses. Pasaje que debiera ser parte de los programas de educación cívica y estudios sociales en nuestros colegios. Era el año 1955 y los hechos políticos del 48 todavía estaban latentes en el ámbito nacional. Conflicto que había dividido a la familia costarricense y había causado muerte y dolor; y los diputados de la época, miembros de una Asamblea Legislativa de 45 diputados en ese entonces, 30 de ellos -o sea dos terceras partes- todos de la bancada oficialista fueron capaces de actuar de la forma más vil y pérfida. La crispación, polarización e intolerancia que atravesaba la sociedad costarricense, constituían el caldo de cultivo ideal para ejercer violencia política contra aquellos que pensaban diferente a quienes ejercían el poder. Movidos por una nefasta mezcla de odio e ignorancia y una fe ciega en sus ideas y creencias, ese grupo mayoritario de diputados oficialista acusó de traición a la patria a dos de los diputados de oposición, habiendo sido elegidos constitucionalmente y en forma democrática, al igual que esos 30 que constituían la mayoría. Con matonismo y espíritu revanchista actuaron quienes se consideraban victoriosos. El 1 de febrero de 1955, Mario Echandi Jiménez -quien posteriormente llegó a ocupar la silla presidencial para el período 1958-1962 y otro diputado de la república, fueron expulsado y despojados de su investidura constitucional, que el pueblo y parte del electorado había depositado en ellos. Ese mismo día una turba desaforada, sedienta de sangre y fanática, atacó a don Mario quien vio peligrar su vida. Dos días después su oficina y otros bienes fueron apedreados y quemados por quienes le adversaban. Dicha crisis política se agudizó cuando la oposición ante la falta de garantías se retiró durante ocho meses del recinto parlamentario. Costa Rica peligrosamente vivía en forma muy cercana la posibilidad de que el orden constitucional fuera toro y nuevamente la concordia y la paz naufragaran ante la insensatez e ignorancia de algunos. Ocho meses después se generó legislación suficiente que sabiamente apuntaba a sanar las heridas del conflicto armado y el país retomaba su inveterada senda democrática, al concluirse que don Mario Echandi y don Guillermo nada tuvieron que ver con la invasión a Costa Rica promovida desde Nicaragua por un grupo de insurrectos.

La historia es sabia y maestra

Hoy nuevamente el primer poder de la república vuelve a ser causa de preocupación y sonrojo para la gran mayoría del pueblo costarricense, decente y trabajador. Un nutrido grupo de diputados, once para ser exacto y TODOS miembros de un sólo partido, el oficialista, poseen causas penales abiertas, con lo cual, aunque aún no hay condenas, queda entredicho el deber de probidad que debe caracterizar y ennoblecer a quienes pertenezcan a los supremos poderes de la república, más aún los electos vía sufragio popular. Estas personas concentran 46 causas penales. NUNCA en la casi bicentenaria historia republicana del país, habíamos estado ante tan embarazoso panorama.

Todos recordamos en los años ochenta, el caso de un diputado con enredos pocos decorosos. Más recientemente el caso de dos o tres personas, cuyas blandengues asambleas nacionales de los partidos políticos que les postuló, no hizo la tarea y poco les importó el tipo de cuestionamientos que recaía sobre ellos. Pero… hoy son 11 de 57. ¡11 de una fracción de 31, o sea el 35% de un sólo partido político, con serios cuestionamientos! Flaco favor se le hace a la democracia.

Algunos de ellos vociferan y han montado en cólera contra el poder judicial, desgalillados y despotricando contra todo aquello que huele a control, transparencia y constitucionalidad. Más aún, son parte de un sinuoso ardid para bloquear y obstruir la elección de magistrados suplentes para la Sala Constitucional, tal y como el país entero ha sido testigo en tres meses de pobre y gris gestión, de esta primera legislatura.

Tampoco resulta honroso ni hay nada en qué ufanarse sobre el actuar de este grupo mayoritario de diputados, de este bloque más movido por la animadversión que por el amor a la patria, a construir y a proponer. Penosamente la mayoría de ellos muestra importantes carencias en su capacidad de estudio y de lectura, peor aun cuando algunos de ellos han convertido sus despachos en madrigueras para abrigar anónimamente youtubers y blogueros de oficio desconocido.

Esta estratagema para evitar que se escojan 9 de 18 posibles magistrado suplentes resulta todas luces perniciosa. Esta trama suicida conduce a una peligrosa paralización de uno de los principales órganos del Estado. No hemos escuchado razones para no votar. No ha habido cuestionamientos de falta de idoneidad o falta de moral de alguno de los integrantes de esa lista. Nada, esos nombres que son manoseados impúdicamente por estos señores y esas señoras ya fueron filtrados por la comisión parlamentaria de nombramientos en la legislatura anterior. Nadie ha señalado que sean sinvergüenzas o tontos para no elegirlos. Simplemente no se desea que sean ellos. ¿Quiénes deben elegir y escoger? Los diputados de la república tal y como reza la Constitución Política. Pero la desvergüenza llega a tal nivel que muchos de esos que se resisten a elegir y seleccionar, arrastran tras de sí esas oscuras denuncias de carácter penal. Y a ninguno de los once le escuchado ni le leído que esté dispuesto a renunciar a su inmunidad para que pueda ser investigado.

Este entuerto de naturaleza política caracterizado por la vanidad no es una crisis política, sino violencia política ejercida contra un grupo de honorables ciudadanos y ciudadanas costarricenses, que permitieron que su nombre fuera sometido al escrutinio público para aspirar a un puesto en la magistratura. Y siguen siendo honorables ciudadanos y ciudadanas hasta que alguien demuestre lo contrario y ello no ha ocurrido

Saludo con agrado el aporte patriótico de don Manrique Jiménez para ofrecer una salida democrática ante semejante desaguisado y despropósito. Lo hace sustentado en: el artículo 19 de la Ley General de la Administración Pública, artículo 5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, artículo 14 de la Ley de Jurisdicción Constitucional, artículo 1, 3 y 220 del Código Procesal Contencioso administrativo, artículo 3 del Código Procesal Civil, artículos 60 y 62 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. De manera que, con carácter supletorio, magistrados suplentes de las otras salas, puedan cubrir esas funciones hasta que sean electos los suplentes de dicha sala.

Señores diputados, debe haber continuidad del estado democrático; ustedes -31 diputados- no están por encima de la ley. Ninguna omisión o inacción legislativa puede ni debe truncar, impedir o destruir la vigencia del estado democrático.

¿Se equivoca este grupo de diputados? Claro que sí. Hoy constituyen una mancha oscura en la historia patria. Y a pesar de ello, algunos incautos y confundidos, siguen viendo al necrófilo proyecto político que representan, como lo mejor que le pudo haber ocurrido al país. Esa insensatez y rasgos de fascismo que afloran, nos tienen cada vez más cerca de una democracia que languidece.

La democracia debe seguir siendo el vehículo ideal para la búsqueda de la felicidad de los individuos. Creo fervientemente que la democracia es la forma de estado y de gobierno donde se protegen los derechos humanos y la libertad. El gobierno y su fracción debe entender que el gobierno es parte del Estado, no lo puede absorber ni tampoco confundirse como el mismo; ya tenemos ejemplos muy cercanos en la región. En las dictaduras sucede lo contrario, el gobierno se confunde con el Estado. En un régimen republicano los órganos de control y fiscalización, que en un fin superior representan al ciudadano, no estorban; son necesarios.

Veremos si esta actuación de este grupo de diputados -31- servirá como ejemplo de lo que no debe hacer un poder legislativo y ser estudiado como tal en una lección de cívica en secundaria, o más bien ser objeto de mordaza, y sea el mutismo el que se imponga.

Esta democracia se defiende con uñas y dientes. En mi caso con ideas, reflexión y palabras.

20-VII-26

UNA sale en defensa de la institucionalidad democrática

La Universidad Nacional hace un respetuoso pero vehemente llamado al Gobierno de la República y a todas las autoridades públicas para que fortalezcan el diálogo democrático, promuevan el respeto recíproco entre las instituciones del Estado y aseguren las condiciones políticas, jurídicas y presupuestarias que permitan al Poder Judicial, a la Contraloría General de la República, a la Defensoría de los Habitantes y al Tribunal Supremo de Elecciones, cumplir plenamente con su misión constitucional.

Transcripción del acuerdo tomado por el Consejo Universitario de la Universidad Nacional, según el Artículo 2, inciso 2.5, de la sesión ordinaria 36-2026, celebrada el 9 de julio de 2026.

El respeto a la separación de poderes es condición esencial para preservar el estado social y democrático de derecho

La Universidad Nacional manifiesta su profunda preocupación y su firme rechazo ante cualquier acción o discurso orientado a debilitar, desacreditar o menoscabar la independencia del Poder Judicial, de la Contraloría General de la República, Defensoría de los Habitantes y al Tribunal Supremo de Elecciones y las demás instituciones llamadas a ejercer funciones de control, fiscalización y garantía del orden constitucional. Estas instituciones constituyen pilares fundamentales del Estado social y democrático de derecho y desempeñan un papel indispensable en la protección de las libertades públicas, la tutela de los derechos fundamentales, la transparencia en la gestión pública y la vigencia del principio de legalidad.

La democracia costarricense se sustenta en la separación e independencia de los poderes de la República, en el respeto a la autonomía de los órganos constitucionales y en un sistema de pesos y contrapesos que impide la concentración del poder y garantiza la rendición de cuentas. Estos principios no solo representan un mandato constitucional, sino que constituyen condiciones indispensables para la estabilidad institucional, la convivencia pacífica y la confianza de la ciudadanía en sus instituciones.

En una sociedad democrática, las actuaciones de las instituciones públicas pueden y deben ser objeto de análisis, crítica y debate. Sin embargo, tales diferencias deben expresarse dentro del marco del respeto, el diálogo, la legalidad y el orden constitucional, evitando discursos incendiarios que socaven la credibilidad de las instituciones o lesionen injustificadamente la honra y la integridad de las personas servidoras públicas que ejercen sus funciones con probidad y apego al derecho.

La Universidad Nacional reconoce la labor que desempeñan el Poder Judicial, el Ministerio Público, el Organismo de Investigación Judicial (OIJ), la Defensa Pública, la Contraloría General de la República y otras instituciones, en la protección de la institucionalidad democrática, la administración de justicia, el control de la legalidad, la fiscalización de los recursos públicos y la lucha contra la corrupción y el crimen organizado. En el contexto actual, caracterizado por el fortalecimiento de estructuras criminales cada vez más complejas y por crecientes desafíos para la seguridad ciudadana, estas instituciones requieren el respaldo del Estado y de la sociedad, así como los recursos necesarios para cumplir eficazmente sus responsabilidades constitucionales.

Resulta, por ello, motivo de especial preocupación que, en un contexto de creciente inseguridad, debilitamiento de la confianza ciudadana y restricciones fiscales, se planteen reducciones presupuestarias que puedan afectar la capacidad operativa del Poder Judicial y de la Contraloría General de la República. Si bien el país enfrenta importantes desafíos en materia de sostenibilidad de las finanzas públicas y de disminución de los ingresos del Estado, la consolidación fiscal no puede alcanzarse a costa del debilitamiento de las instituciones responsables de garantizar la justicia, la fiscalización de los recursos públicos y la defensa del Estado de derecho.

La experiencia nacional e internacional demuestra que el fortalecimiento de la institucionalidad democrática constituye una condición indispensable para combatir eficazmente el crimen organizado, el narcotráfico, la corrupción y otras manifestaciones de violencia que afectan la convivencia social. Del mismo modo, la inversión pública en educación, seguridad, justicia y control constituye un componente estratégico del desarrollo humano y de la construcción de una sociedad más equitativa, segura y democrática.

La Universidad Nacional reafirma que la defensa del Estado social y democrático de derecho exige instituciones sólidas, independientes y dotadas de las capacidades humanas, técnicas y financieras necesarias para el cumplimiento de sus competencias constitucionales. La independencia judicial y la autonomía de los órganos de control no constituyen privilegios institucionales, sino garantías de toda la ciudadanía frente al ejercicio del poder público.

En consecuencia, la Universidad Nacional hace un respetuoso pero vehemente llamado al Gobierno de la República y a todas las autoridades públicas para que fortalezcan el diálogo democrático, promuevan el respeto recíproco entre las instituciones del Estado y aseguren las condiciones políticas, jurídicas y presupuestarias que permitan al Poder Judicial, a la Contraloría General de la República, a la Defensoría de los Habitantes y al Tribunal Supremo de Elecciones, cumplir plenamente con su misión constitucional.

Fiel a sus principios humanistas y a su compromiso histórico con la defensa de la institucionalidad democrática, la Universidad Nacional reafirma que el fortalecimiento del Estado de derecho, el respeto a la separación de poderes y la protección de la institucionalidad pública constituyen condiciones indispensables para la construcción de una Costa Rica más justa, segura, solidaria y democrática.

Cordialmente,
Dra. Sylvia Arredondo Guevara
Presidencia suplente a.i.

Oficina de Comunicación
Universidad Nacional, Costa Rica

Justicia penal: de la visión a la ceguera

José Manuel Arroyo Gutiérrez

El Poder Judicial costarricense de hoy, en materia penal, es resultado del proceso de reforma institucional y legal más relevante de su historia. Hace poco más de 50 años un grupo de juristas y políticos visionarios impulsaron la promulgación de un nuevo Código Penal (1970), un Código de Procedimientos Penales (1974), renovaron leyes orgánicas para el Poder Judicial, el Ministerio Público y el Organismo de Investigación Judicial; se reorganizó y fortaleció también la Defensa Pública y se puso en marcha un modelo penitenciario transformador mediante el proyecto de “La Reforma”.

Se requirieron muchos años de estudio y planificación por parte de personas expertas y autoridades, nacionales y extranjeras, para que el país contara con una legislación penal sustantiva -entonces modernizada-, conforme los principios republicano-democráticos; el proceso penal abandonó los oscuros gabinetes de la inquisición medieval (escrito y secreto), para abrir la puerta a los juicios orales y públicos, cuyo aporte principal fue el control político que la ciudadanía podía ejercer sobre los tribunales a la hora de impartir justicia. Por otra parte, se trasladó la función de perseguir y acusar delitos desde el Poder Ejecutivo (Procuraduría General) al Poder Judicial (como órgano auxiliar de justicia), ubicando el Ministerio Público en un lugar más neutral, otorgándole mayor independencia, rango y recursos, así como procurando que el proceso penal no fuera más un arma político-partidaria para perseguir adversarios y proteger correligionarios. Se fundó el OIJ, para la investigación técnico-científica de los hechos criminales, dejando atrás el barbarismo de cuerpos policiacos de detectives improvisados, subordinados al Gobierno de turno, proclives a la arbitrariedad, el abuso y hasta la tortura. Una Defensa Pública eficiente y eficaz, superó los tiempos en que este derecho era un simple nombramiento en el papel, para asegurar en adelante que toda persona acusada pudiera contar con un acompañamiento profesional de calidad, que garantizara el respeto a sus derechos fundamentales. Por último, se abandonó el concepto de cárceles como meros depósitos de desechos humanos, y se apostó por un régimen penitenciario resocializador, profesionalmente asistido (psicólogos, sociólogos, trabajadores sociales, educadores), régimen además, progresivo y humanista, capaz de superar la ideología del punitivismo vengador, al ofrecer mecanismos de superación para los privados de libertad por medio de la educación y el trabajo.

Semejantes transformaciones le dieron a Costa Rica su prestigio y renombre como nación respetuosa y defensora de los derechos humanos, convirtiéndola en líder continental que albergó la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José), convirtió nuestro país en sede de la Corte Interamericana (CIDH) y su Instituto, así como del Instituto de Naciones Unidas para la Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente (ILANUD). También fuimos el ejemplo a seguir cuando las dictaduras militares asolaron la región latinoamericana y nos dieron autoridad para impulsar y mediar en procesos de democratización y negociación que trajeron paz a Centroamérica y a merecer un Premio Novel en la materia. Por cierto, muchos connacionales, dado ese mismo prestigio, asesoraron los poderes judiciales y sus escuelas de capacitación en las democracias nacientes de la región, así como también muchos otros tuvieron oportunidad de servir en organismos internacionales, trabajar como asesores en centros universitarios de alto nivel y en programas de desarrollo humano en múltiples especialidades.

Sin duda, en estos últimos 50 años se ha vivido en el campo penal –y conseguido en parte- una aspiración democrática fuerte, resultado de liderazgos con visión de futuro, con doctrinas sólidas y propuestas de políticas públicas de largo alcance, en dirección hacia décadas por delante, que alcanzaran a muchas generaciones futuras.

Estos esfuerzos no han podido mantenerse lo suficiente en los últimos tiempos. La confianza en la democracia se ha debilitado. Han fallado las instituciones en la prestación de servicios básicos y se ha deteriorado el acceso a derechos fundamentales. La corrupción público/privada ha generado una indignación difusa contra la política en general. Grandes mayorías se han ido quedando fuera del reparto de la riqueza social y todo ese complejo panorama nos ha traído donde estamos: la pesadilla de la demagogia, la mentira y el populismo irresponsables. La cuestión política a resolver siempre ha sido la misma. Ayer como hoy lo fundamental ha sido construir, incluir, avanzar, actualizar derechos para todas las personas, dar un mínimo de calidad de vida a las mayorías y cultivar el sueño de un futuro mejor. Más temprano que tarde seremos juzgados, como generación, por lo que hicimos tanto como por lo que dejamos de hacer. Hay realidades que no pueden esconderse tras discursos virulentos, descalificaciones o insultos destemplados. La realidad siempre terminará imponiéndose con datos duros, evidenciando avances o retrocesos, logaros en paz y justicia o una conflictividad social cada vez más exacerbada.

El contraste entre lo mejor que hemos sido y el presente, sobre todo a partir de mayo de 2022, es desolador y dramático. La incapacidad de pensar y proponer soluciones de largo plazo es evidente. En el pasado gobierno y el presente, en materia de inseguridad y violencia social, así como sus respuestas penales, sólo hemos oído estridentes ocurrencias como encerrar a cada vez más gente (al estilo Bukele), pintar a los presos y presas de naranja fosforescente, llevar de paseo a escolares de barriadas pobres a visitar cárceles para que escarmienten sobre lo que les espera, asestar un golpe a la independencia del Ministerio Público otorgándole a la Asamblea Legislativa el nombramiento de su jerarca, propuesta inaceptable por regresiva, improvisada y con aroma a desquites personales. La capacidad de visión ha desaparecido, la ceguera es total.

Además, como de antemano el oficialismo sabe que nada de todo esto funcionará, le han declarado la guerra al Poder Judicial. Lo culpan de la inseguridad que se vive ignorando el mandato constitucional de que la prevención y el orden público son tareas a cargo del Poder Ejecutivo, y no de fiscales o jueces. En el colmo de un ejercicio de poder irresponsable, nos quieren llevar al caos institucional boicoteando el nombramiento de magistrados suplentes en la Sala Constitucional. Con esto no sólo quieren impedir que los jerarcas del oficialismo rindan cuentas ante la justicia, sino que buscan deteriorar el servicio público para continuar en su campaña de desprestigio contra la Administración de Justicia. No les importa que cientos o miles de ciudadanos se queden sin resolver reclamos en defensa de sus legítimos derechos. Pero además, la otra estrategia de “gobierno” es asfixiar presupuestariamente al Poder Judicial y demás órganos estatales de control. De nuevo no hay claridad sobre los propósitos últimos de estas estratagemas, dado que el único perjudicado es un público que requiere de servicios indispensables que le serán retardados o denegados.

Pero quizá lo que mayor desconsuelo provoca es el legado que ya nos está dejando el chavismo: la imagen de una Costa Rica en el mundo degradada y deteriorada. Evaluaciones de la OCDE, Transparencia Internacional, el Índice de Desarrollo Humano del PNUD, muestran claros retrocesos en los últimos años en materias como educación, seguridad y percepción de la corrupción. También se incluyen dictámenes alarmantes de observadores externos sobre libertad de prensa y amenazas inéditas a la independencia judicial. La cereza de este pastel en franco proceso de descomposición es ver a nuestros representantes ante Naciones Unidas del lado de quienes defienden el bloque inhumano a Cuba, o quienes justifican el genocidio de Israel sobre Palestina, o las declaraciones oficiales contra los derechos de las mujeres o de las minorías identitarias.

El pasado viernes 17 julio un grupo de costarricenses nos congregamos en el bulevar de los Tribunales de Justicia de San José, en defensa del Poder Judicial. Fue una oportunidad para recordar el origen histórico de las instituciones judiciales en el campo penal y un homenaje a los hombres y mujeres visionarios que sentaron las bases de una justicia democrática sólida, respetuosa de la legalidad y los derechos humanos. Una justicia que 50 años después vale la pena conmemorar y defender. Nadie se acordará, dentro de otro medio siglo, de quienes hoy quieren arrasar con todas esas conquistas históricas con medidas improvisadas, intrascendentes e irresponsables.

Carta pública a la Corte Suprema de Justicia – Francisco J. Dall’Anese

Magistradas y Magistrados Corte Suprema de Justicia «Recuperamos el Legislativo y el Ejecutivo. Nos falta el Poder Judicial». Rodrigo Chaves lo dijo ante un foro evangélico y, semanas después, con palabras más crudas lo repitió: bastarían treinta y ocho diputados «patriotas» para «limpiar» el Poder Judicial. No se trata de frases sueltas, ni es lectura malintencionada. Es un programa anunciado.

Desde diciembre pasado, la Sala Constitucional no tiene magistrados suplentes. De acuerdo al procedimiento establecido, la Corte Suprema envió a la Asamblea Legislativa una nómina de dieciocho candidatos a magistrado suplente, tal como ordena el artículo 163 de la Constitución. Once votaciones después, ninguno alcanzó treinta y ocho votos requeridos, porque la bancada de gobierno no logró un acuerdo. La presidenta del congreso devolvió la nómina a la Corte.

Sin embargo, por dieciséis votos contra cuatro, el alto tribunal se negó a abrir un nuevo concurso porque la lista cumple los requisitos legales y repetirlo no tiene sustento jurídico. El argumento oficialista —que no conocen a los candidatos— no resiste un examen elemental. Las actas y los vídeos de las entrevistas ante la Comisión de Nombramientos están disponibles para cualquier diputado que quisiera consultarlos. Y si persiste la duda, nada impide repetir las entrevistas a los dieciocho candidatos ya propuestos. Devolver la nómina es una excusa para no elegir.

El procedimiento establece dos tareas: (i) encomienda a la Corte elaborar la nómina de candidatos y (ii) a la Asamblea Legislativa elegir de esa lista. Son dos competencias separadas, de modo que un órgano está impedido de invadir la competencia del otro; ni la Asamblea puede incidir en la formación de la nómina, ni la Corte puede elegir. Así lo impone el principio de legalidad: los funcionarios solo pueden hacer lo que la ley expresamente les permite y, lo que no les permite, les está prohibido.

La Asamblea debe elegir entre los candidatos recibidos, y no puede decidir —directa o indirectamente— quienes forman la lista de postulantes porque esa es función exclusiva de la Corte. De este modo, devolver la nómina para que se haga de nuevo, es una intromisión solapada de la Asamblea en las funciones de la Corte, pues nada garantiza que tal ilegalidad se repita hasta que en la nómina figuren los ungidos del partido de gobierno. Es una invasión de un poder del Estado en la esfera reservada por la Constitución para otro, en evidente violación de la independencia de poderes.

Los daños ya son identificables: 123 expedientes de la Sala Constitucional están paralizados porque no hay quién sustituya a los magistrados propietarios, inhibidos o ausentes. Si un magistrado titular llegara a enfermar o morir, no podría resolverse ningún expediente y cualquier abuso de poder contra un ciudadano no tendría correctivo de la justicia constitucional; muy conveniente para quienes desean una deriva autoritaria. Cada expediente es —al menos— una persona esperando justicia o alguien que muere sin asistencia médica. Cada día que pasa sin suplentes erosiona la confianza del pueblo en la Asamblea y en la Corte.

¿Qué hacer mientras la Asamblea persiste en bloquear la dinámica del sistema democrático? Vale recordar un antecedente que viví de cerca cuando laboré como letrado de la Sala Tercera de la Corte Suprema.

El lunes 26 de abril de 1993, un comando armado tomó por asalto el recinto de sesiones de la Corte Plena y secuestró a diecinueve de los veintidós magistrados y a otros cinco funcionarios judiciales. Ante la inédita situación, que impedía a la Corte cumplir sus funciones constitucionales, se diseñó una solución no contemplada en las normas escritas, porque ante situaciones no previstas «los jueces deben crear la solución».

Por distintas razones, al momento del secuestro estaban fuera del recinto los Magistrados Daniel González, Luis Paulino Mora, Carlos Arguedas y Rodolfo Piza. El martes 27 de abril, estos titulares convocaron a los magistrados suplentes e integraron una Corte transitoria, que se presentó ante los medios de comunicación y el país como la Corte Suprema en funciones. Esta tomó acuerdos y giró instrucciones para garantizar la continuidad del servicio público de la administración de justicia, al tiempo de defender la independencia judicial. El jueves 29, las víctimas fueron liberadas por el Poder Ejecutivo —que sí respetaba el sistema constitucional—, sin olvidar el arrojo de los magistrados secuestrados Alfonso Chaves y Eduardo Sancho, así como de los Coroneles de la Fuerza Pública Alfonso Ayub y Marino Donato, quienes estuvieron dispuestos a dar su vida por la Patria.

Restablecido el orden, nadie censuró la medida de instalar la Corte transitoria ni se desconocieron o anularon sus acuerdos.

Si un impedimento de pocos días bastó para que la Corte articulara, conforme a sus facultades, una solución de continuidad, con mayor razón tiene el deber de hacerlo frente a un bloqueo que ya lleva siete meses y que, al igual que en 1993, es obra de quienes desprecian el régimen constitucional.

El remedio no exige a la Corte usurpar la función electiva de suplentes a cargo de la Asamblea —eso sería tan inaceptable como la devolución de la nómina de candidatos que hizo el Poder Legislativo—.

La solución se encuentra en el artículo 49 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que faculta a la Corte para decidir acerca del trabajo y competencia de sus Salas cuando no exista ley expresa, como en este caso en que no prevé ley alguna el incumplimiento de deberes de otro poder, cuya consecuencia afecta a la administración de justicia. De este modo, la Corte puede y debe acordar que los actuales magistrados —titulares y suplentes— de las Salas primera, segunda y tercera, todos investidos con la mayoría calificada de votos en su elección, concurran como suplentes a la Sala Constitucional cuando esto sea necesario. Es la forma de evitar que la mora legislativa, traducida en bloqueo político, se convierta —de facto— en la desaparición del control de constitucionalidad.

La Constitución no previó que un poder incumpliera su deber de completar una lista de suplentes, al igual que no previó un secuestro armado de la Corte. Así como en 1993 no se hizo esperar la respuesta del Poder Judicial, en esta hora tan difícil para la democracia los magistrados están en la indiscutible obligación de defender la independencia judicial y de tomar las decisiones necesarias para la continuidad del Estado y del servicio público.

Si hoy es la Sala Constitucional, mañana pueden ser las otras Salas o el Tribunal de Corte Plena.

Firma: Francisco Javier Dall’Anese Ruiz. Abogado. Lic. 2602.