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La acción policial no puede limitar el derecho de los periodistas y de los habitantes a informar

COMUNICADO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL SINDICATO NACIONAL DE PERIODISTAS

Costa Rica ha sido escenario, durante el mes de octubre, de varios incidentes que involucraron a miembros de las fuerzas policiales y de seguridad del Estado, por una parte, y por otra parte a profesionales en periodismo y a por le menos una ciudadana en pleno ejercicio de su derecho humano a buscar y difundir informaciones.

La sociedad costarricense vive y enfrenta una etapa de convulsión social agravada, a partir de marzo del presente año, por la aparición del virus del Coronavirus-19, que indujo al Gobierno de la República a decretar un estado de cuarentena social que obligó al cierre de muchas actividades económicas y dejó sin empleo a miles de personas.

Esos estados de convulsión no son indiferentes para los periodistas, en tanto su misión fundamental es garantizar el derecho de toda la población costarricense a estar informada, de acuerdo con los parámetros definidos por el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos y el artículo 46 de la Constitución Política de Costa Rica.

Esa función de los periodistas que tutela la Convención Americana y la Constitución Política, dirigida a garantizar el derecho de toda la población a estar informada, no puede ser limitada ni restringida por acciones de los cuerpos de seguridad del Estado, llámese Guardia Civil o cuerpos de vigilancia privados contratados por las instituciones gubernamentales.

Los funcionarios públicos, y entre ellos destacan las fuerzas de policía, son simples depositarios y no pueden atribuirse más funciones que las dadas por la ley.

Ello implica que ni la Guardia Civil ni los cuerpos de vigilancia privada pueden, sin violar el principio de legalidad definido por el artículo once la Constitución Política, obstaculizar las labores que despliegan los periodistas en su labor cotidiana dirigida a buscar informaciones para satisfacer un derecho de toda la población costarricense: el derecho a ser informada.

Los incidentes denunciados en los últimos días con el periodista Richard Molina, en las instalaciones del Poder Judicial en Cartago, y la comunicadora Stella Chinchilla, mientras filmaba una protesta en el Alto de Ochomogo, ponen en evidencia comportamientos dirigidos a entorpecer el ejercicio de un derecho consagrado a favor de todos los habitantes de Costa Rica: la búsqueda de información.

Preocupa significativamente al Sindicato Nacional de Periodistas que, posteriormente a los incidentes, se hayan formulado denuncias penales contra el señor Molina y la señora Chinchilla. El derecho a informar no puede ser criminalizado, sin vulnerar de manera muy peligrosa la democracia costarricense.

El Sindicato Nacional de Periodistas considera que tanto el Gobierno de la República como la Corte Suprema de Justicia, como garantes del Estado de Derecho, deben iniciar una investigación sobre los dos incidentes ocurridos la noche del 29 de octubre de 2020.

El derecho a informar y el derecho a ser informado forma parte del equilibrio del juego político de la democracia costarricense. Su vulneración no puede pasar por alto pues solo pueden presagiar, en momentos de crisis, un resquebrajamiento del sistema democrático.

Es de esperar que ni el Gobierno de la República ni la Corte Suprema de Justicia dejen de pasar por alto lo sucedido.

Junta Directiva SNP

SEC: La verdad sobre la Convención Colectiva del MEP

LA CONVENCIÓN COLECTIVA DE TRABAJO DEL MEP

La firma de la III Convención Colectiva de Trabajo en el Ministerio de Educación Pública (MEP), el pasado viernes 16 de octubre, ha desatado críticas infundadas y la ira de quienes por motivos ideológicos e intereses económicos, pretenden negar el valor histórico que han tenido los sindicatos a la hora de conseguir por medio de la negociación colectiva, no solo condiciones de trabajo más dignas para las personas trabajadoras, sino también importantes contribuciones de mejora en los derechos sociales y el fortalecimiento de la democracia.

De manera interesada desconocen que la Constitución Política, en el Título V, Derechos y Garantías Sociales, en su artículo 62, otorga fuerza de ley profesional a las convenciones colectivas de trabajo que, con arreglo a la ley, se concierten entre patronos y sindicatos de trabajadores legalmente organizados; lo anterior, con el objeto de reglamentar las condiciones en que el trabajo deba prestarse y las demás materias relativas a éste (artículo 54, del Código de Trabajo). Pretenden negar a la negociación colectiva, la naturaleza de derecho humano fundamental, reconocido por la Organización Internacional del Trabajo (Convenio 98). Los críticos de la Convención ocultan que el artículo N° 112, inciso 5 de la Ley General de la Administración Pública, dice: “5) Tienen derecho a negociar convenciones colectivas de trabajo, conforme a lo dispuesto en el artículo 62 de la Constitución Política, tanto en las empresas públicas y servicios económicos del Estado como en el resto de la Administración Pública, todos los empleados públicos que no participen de la gestión pública administrativa, conforme a la determinación que de estos hacen los artículos 683 y 689 de la Ley N.° 2, Código de Trabajo, de 27 de agosto de 1943”.

La Sala Constitucional, ha revisado con anterioridad la primera (2013) y segunda versión (2016) de la Convención Colectiva del MEP y en tres ocasiones (Votos 7.221-2015; 8.396-2020 y 21.808-2020) determinó que la misma se encuentra sometida al Derecho de la Constitución y que las cláusulas convencionales guardan conformidad con las normas y principios de igualdad, prohibición de discriminación, legalidad, razonabilidad y proporcionalidad. La III Convención Colectiva del MEP (2020), reproduce las normas ya revisadas por la Sala Constitucional; las nuevas disposiciones que se introducen, son conformes con el principio de legalidad presupuestaria, pues no hacen incurrir a la Administración en nuevas erogaciones, ya que se financian con los recursos que la Administración ya dispone para garantizar servicios públicos existentes, generando más bien importantes economías, como ocurre por ejemplo con la formalización de los contratos de trabajo de las cocineras de comedores escolares, donde en los primeros 4 años (2021-2024) el gobierno ahorrará cerca de 5.400 millones de colones y para el periodo 2025 al 2030, producirá un ahorro total de 1.300 millones de colones.

Pero lo más importante es que la situación laboral de las cocineras al ser nombradas por el MEP, mejorará en términos de estabilidad y continuidad laboral, garantizando el cumplimiento de sus derechos.

Al pasar de una contratación informal a la formalidad, el 30% de estas trabajadoras que se encuentran en situación de pobreza extrema, tendrán acceso a la seguridad social y al crédito, entre otros beneficios que dignifican su condición de mujeres trabajadoras y mejoran su calidad de vida. Todo un avance en materia de derechos sociales, por la igualdad de género en el trabajo y por el fortalecimiento de la democracia. En los sindicatos SEC-ANDE-APSE- SITRACOME, nos sentimos orgullosos de este logro alcanzado y los defenderemos frente a detractores carentes de sensibilidad y de respeto por el trabajo humano y los derechos fundamentales.

 

Imagen ilustrativa.

CIDH condena a Brasil por la muerte de 60 trabajadoras

La CIDH en una sentencia notificada este lunes, 26 de octubre, declaró al Estado de Brasil responsable de la muerte de 60 trabajadoras y 6 que resultaron heridas, a consecuencia de la explosión de una fábrica de fuegos artificiales, en el Estado de Bahía (1998).

De las personas fallecidas, 59 eran mujeres, de las cuales 19 eran niñas, y además, un niño. Cuatro de las fallecidas estaban embarazadas.

Asimismo, declaró a Brasil responsable del sufrimiento y daño moral causado a los familiares de las personas trabajadoras fallecidas y heridas.

La sentencia declaró la violación del derecho a la vida (artículo 4 CADH), integridad personal (artículo 5), los derechos económicos, sociales y ambientales, en relación con la seguridad y condiciones de trabajo (26), derechos de la niña y niño (artículo 19), igualdad y no discriminación (24 y 1.1), protección judicial (artículo 25) y garantías judiciales (5).

Se trata, sin lugar a duda, de una sentencia histórica, que declara la responsabilidad internacional de ese Estado por las deplorables condiciones laborales en las que las trabajadoras laboraron.

 

Imagen ilustrativa tomada de: https://mageob.wixsite.com/

Juzgado de Trabajo ordena la reinstalación de trabajador de la Imprenta Nacional despedido ilegalmente

La reinstalación obedece a una falta presentada en el debido proceso, ya que el despido de Johnny Fernández, quien también es dirigente sindical de ANEP, no contó con la respectiva autorización del Ministerio de Trabajo a través de la Dirección Nacional de Inspección General de Trabajo, según lo ordena el artículo 541 del Código de Trabajo.

La importancia de las alianzas estratégicas

Se firma convenio colectivo en subsidiaria de Palma Tica (Grupo Numar)
Con Maikol Hernández

En las fincas al servicio del capital transnacional la persistencia antisindical es sello de distinción. Sindicatos, convenciones colectivas, reivindicaciones obreras son eliminadas de raíz en los campos de Costa Rica. El secretario general de Fentragh analiza ese escenario donde la percepción democrática del país vista desde afuera, ignora por completo el avasallamiento sistemático de derechos humanos producido por el feudalismo agrario en lo profundo de las plantaciones.
Gerardo Iglesias

-Firmar un convenio colectivo en Costa Rica….

-(Sonrisas) Algo excepcional, extraño, sin lugar a dudas.

-¿Cuántos convenios colectivos vigentes hay en el sector agroindustrial en Costa Rica?

-Muy pocos. Hay un par de convenios en el sector del banano, uno con Chiquita Brands y otro con Del Monte, en la zona del Caribe, otros dos firmados con sindicatos de Palma Tica y en el sector de manufactura sanitaria tenemos uno más. Y paramos de contar.

Con el cierre de las operaciones de Chiquita en Limón y de la transnacional Dole quedaron sin validez los convenios con estas empresas.

Espejismos

-En el exterior Costa Rica emerge como una nación democrática ejemplar, mientras en las plantaciones impera una dictadura despiadada, donde los sindicatos brillan por su ausencia.

-Se trata de una situación muy complicada. Desde el Ministerio de Trabajo el esfuerzo es raquítico para garantizar la libre sindicalización y más para promover la negociación colectiva.

Es más probable que el ministerio favorezca a los comités permanentes, que son organizaciones impulsadas por las empresas. Antes de 2017 era todavía más complicado porque los procesos ordinarios llegaban a durar hasta 15 años.

A la poca atención por parte del Ministerio de Trabajo se le suma una política empresarial dirigida a menoscabar al sindicato y facilitar la actuación de los comités permanentes, que no son otra cosa que estructuras pro empresa.

Allí se ocultan las malas prácticas de las empresas en temas tan sensibles como el uso de agrotóxicos, como hace poco denunciamos en Dole, donde una trabajadora fue fumigada literalmente y a lo largo del tiempo muchas han enfermado por la exposición a los químicos.

Nadie vence en soledad

-¿Cómo se logró el convenio colectivo en Palma Tica?

-Este convenio colectivo es el fruto de una acción articulada entre la Rel UITA, la Federación y el sindicato.

Dania tuvo un respaldo importantísimo por parte del Clamu, así como de los integrantes del equipo asesor de la Secretaría Regional en Costa Rica, Frank Ulloa y Gerardo Castillo.

Hay que tener en consideración, como ya se manifestó, que estos procesos en Costa Rica son complejos. Por lo tanto, fue muy valioso el acompañamiento técnico y político por parte del equipo de la Regional.

Nobleza obliga, debemos reconocer también el invaluable respaldo de la Asociación Nacional de Educadores y Educadoras (ANDE), especialmente de su presidente Gilberto Cascante y de su secretaria general Carmen Brenes Pérez, así como de Guillermo García Segura.

La ANDE, cuya importancia estratégica a nivel sindical en Costa Rica es fundamental por su presencia en las zonas más alejadas del país y con la cual la Rel UITA ha firmado un convenio de cooperación, fue de enorme ayuda durante el proceso de negociación, que se realizó en el predio de un colegio que el gremio de los educadores nos facilitó en la zona de Puerto Jiménez.

Eso permitió tener un mayor control y repeler las acciones antisindicales de la empresa durante el proceso de negociación.

-Felicitaciones a la Federación por este nuevo logro.

-Muchas gracias. Que sea uno de muchos logros conjuntos.

 

Imagen: Maikol Hernández | Foto: Giorgio Trucchi | Rel UITA.

“A puro coraje y a pura moto”

Se firma convenio colectivo en subsidiaria de Palma Tica (Grupo Numar)
Dania Obando

La presencia de sindicatos en el ámbito de la agroindustria costarricense es ínfima, y para contabilizar el número de convenciones colectivas vigentes bastan los dedos de una mano. En otros países no se celebraría con tanto énfasis la firma de un convenio colectivo, pero en Costa Rica, en cambio, es como un eclipse, un fenómeno extraño que se da una vez cada tanto, cuando los astros se alinean.

Gerardo Iglesias

Maikol Hernández, secretario general de la Federación de Trabajadores de la Agroindustria (Fentragh), destaca el papel protagónico de la compañera Dania Obando, secretaria general del Sindicato de Trabajadores de la Palma (SITRAPA) y secretaria de Género de la Federación en la firma de ese convenio.

Dania fue clave en este proceso de negociación colectiva. Su activa militancia permitió liderarlo y también mejorar sustancialmente los índices de afiliación sindical”, subraya Maikol.

Desde la Rel UITA damos fe de ello. Cuando Dania asumió la secretaría general del Sindicato, el 1 de julio del año pasado, la organización registraba 125 afiliados y hoy rondan los 300, un crecimiento logrado “a puro coraje y a pura moto”, como ella risueñamente lo define.

Para crecer sindicalmente en Costa Rica es necesario romper paradigmas, reformular estrategias y modos de llegar a la gente, tensar al máximo la empatía y la capacidad de convencimiento, teniendo en claro siempre que la embestida de la patronal será furibunda y contará con el respaldo oficioso y explícito de todo el andamiaje de un sistema concebido para repeler el avance del virus de la justicia social y el combate a la pobreza crónica originada en centurias de feudalismo en los enclaves de la agricultura intensiva al servicio del capital transnacional.

La labor de sindicalización no es tarea sencilla: ni el contexto ni las distancias que hay que recorrer ayudan. No es lo mismo hacer una campaña en una fábrica que concentra cientos de trabajadores: para afiliar en el medio rural hay que andar harto limando suelas de finca en finca.

Dania sale de su casa muy temprano o a veces por la tardecita, dependiendo del horario del encuentro. Lleva comida que ella misma cocina luego de la jornada de trabajo ̶-porque ella no es dirigente rentada-. En algunas ocasiones los tiempos no dan y entonces en el camino comprará unas galletitas y frescos.

“Cuando voy largo a una campaña de afiliación me levanto antes que el sol salga”, nos cuenta Dania.

“En otras ocasiones parto al caer la tarde para reunirme con los trabajadores cuando salen de sus labores. Hago un arroz con pollo o lo que tenga a mano. Cargo mis ollas, o sino compro siempre alguna cosa para compartir. La gente sale con hambre del trabajo. Si algún compañero de la junta no puede acompañarme, me llevo a uno de mis hijos. Como las áreas son bastante retiradas hay un compañero que me presta la moto. Yo saco permiso, a veces hasta sin goce salarial, y allá vamos. Mientras la gente se alimenta, yo voy hablando de la importancia de afiliarse al sindicato”.

“-¿Sabes algo?-“ inquiere Dania. “Esta situación me ha ayudado a crecer mucho, porque no es fácil la vida en el campo. Hay mujeres que se acercan a uno y le cuentan unas historias que uno dice: yo pensé que me había tocado duro la vida. ¡Qué va…!”

Dania ahora tiene una moto que le entregó la federación y la afiliación al sindicato no deja de crecer.

De andar tantos caminos y enfrentar tantas maldades, ella ha aprendido los conjuros para exorcizar y ahuyentar las oscuras fuerzas antisindicales que habitan fuertemente arraigadas en individuos e instituciones e instituciones a lo largo y ancho de su Costa Rica natal.

 

Dania Obando | Foto: Gerardo Iglesias

Compartido con SURCOS por Maikol Hernández.

Héroes de la higiene al servicio público (SITRAA)

Héroes de la higiene al servicio público

21 de octubre día histórico de trabajo a favor de más de medio millón de habitantes.

DESDE SITRAA, EN SUS TRES PILARES:

Defensa de los Derechos Laborales
Defensa de la Institución
Defensa del Recurso Hídrico

Instalación de válvula de 100 tipo mariposa, manejada automáticamente, en tubería más grande de transporte de agua para potabilización en Costa Rica.

Gracias trabajadores y trabajadoras del Acueducto de Orosi, SON ÚNICOS EN AMERICA LATINA, LLEVANDO AGUA PARA POTABILIZAR, con un SERVICIO PÚBLICO.

URGE YA EL TEMA DE VER OROSI II EN BENEFICIO PÚBLICO.

Represión sindical en empresa MASS – Limón

El pasado miércoles 21 de octubre en un predio ubicado en la comunidad de Búfalo de Limón, Maikol Hernández acompañó a un grupo de trabajadores / as que fueron despedidos injustamente por la empresa Maritime Service Solutions (MASS) después de que se unieran al Sindicato Costarricense de la Industria de Transporte y Afines (SCITA).

SEC: Pedimos suspender la discusión del proyecto de Empleo Público

Ante la entrada en discusión del proyecto de Ley Marco de Empleo Público, el SEC solicita a las señoras diputadas y diputados retirar la propuesta, por la afectación que ocasionaría a la clase trabajadora del sector público.

Este proyecto ha sido conceptualizado bajo una visión neoliberal equivocada y carente de diálogo con los sectores involucrados la cual pretende favorecer al FMI, dejando en evidencia un nuevo intento por hacer que las trabajadoras y los trabajadores paguen por la crisis que grupos económicos poderosos ocasionaron.

Instituciones y diversos analistas, han señalado que su planteamiento aumentará el gasto, más grave aún convierte al Estado en un prestador de bienes y servicios, al mejor estilo de la empresa privada, pasando por alto su función de tutelar y garantizar derechos para la población, una perspectiva que ya trajo afectación en esos países que la han adoptado como México y Colombia.

También provoca una intromisión en los poderes y labores del Servicio Civil, y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, órgano rector de las condiciones laborales en el país.

Para el SEC, el planteamiento de este proyecto debe ser otro, uno en el que se priorice desde las deficiencias estructurales que presentan los diferentes sistemas de empleo público, y no que se considere únicamente la visión sesgada de los sectores conservadores, enemigos del sector público, que pretenden restarle responsabilidad al Estado.

Por todo lo anterior y mientras exista un panorama de diálogo con voluntad política, pedimos suspender la discusión de dicho proyecto, en aras de encontrar otras rutas más oportunas para la recuperación económica y social del país.

 

Imagen ilustrativa.

Sindicatos denuncian riesgo entre personal

Ministerio de Salud “acomoda” decreto para justificar reutilización de respiradores

CCSS no admite desabastecimiento de insumos

El Ministerio de Salud emitió, el pasado 12 de octubre, un decreto cuya finalidad es justificar legalmente la directriz que dio la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) el 17 de setiembre para reutilizar los respiradores N95 o sus similares.

Así lo consignó el enfermero profesional y coordinador del Programa de Educación Continua, Jorge Ugalde, quien emplazó, la tarde de este viernes, a las autoridades de salud en una reunión que sostuvieron siete sindicatos del sector con la CCSS y autoridades del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).

SINAE AFINES defendió la tesis de que el lineamiento emitido por el presidente de la institución Román Macaya carecía de legalidad, puesto el Manual de Bioseguridad para establecimientos de salud afines establece que todo el Equipo de Protección Personal descartable debe ser de un solo uso. Por lo anterior obligar a los funcionarios de salud reutilizar sus respiradores carece de legalidad.

Por otra parte SINAE AFINES cuestionó los argumentos técnicos que las autoridades la CCSS como el Ministerio de Salud  defienden en el sentido de que otros país aplican la reutilización de los insumos y que tanto la Organización Mundial de la Salud (OMS), como  la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y el Centro de Control de Enfermedades de los Estados Unidos (CDC) y el Centro de Control de Enfermedades de Europa (ECDC), sugieren en casos extremos el reúso de los insumos de protección personal.

El profesional en Enfermería indicó que esos organismos a que se refieren la CCCSS y el MS también hablan de las condiciones de reprocesamiento que debería haber en los centros de salud para garantizar que los insumos no se conviertan en focos de infección para el personal de salud.

“Lo malo de todo esto es que la CCSS y Salud cambian lineamientos y hasta un manual de bioseguridad para justificar la reutilización de los equipos sin garantizar la seguridad de quienes están en la primera línea de la pandemia. No hay explicaciones y pareciera que imperan interés políticos o económicos”, subrayó el profesional en Enfermería.

PRENSA
SINAE AFINES
34–2020

 

Imagen ilustrativa, UCR.