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CONCEVERDE solicita al alcalde de San Rafael de Heredia cumplir con traspaso de finca que forma parte del Patrimonio Natural del Estado

El colectivo ciudadano CONCEVERDE solicitó formalmente al alcalde de la Municipalidad de San Rafael de Heredia, Jorge Arias Santamaría, información sobre el cumplimiento del traspaso de la finca con folio real 4-156766, ubicada dentro del Parque Nacional Braulio Carrillo, y que según la legislación vigente y resoluciones de la Sala Constitucional constituye patrimonio natural del Estado.

La gestión, enviada el 30 de octubre de 2025 por José Francisco Alfaro Carvajal, representante del colectivo, fue remitida también al Concejo Municipal, a la Auditoría Interna de la municipalidad y a diversas instancias del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), incluyendo el despacho ministerial y la Área de Conservación Cordillera Volcánica Central (ACCVC).

Antecedentes del caso

Según detalla la carta, el SINAC-ACC solicitó desde el 11 de julio de 2024 el traspaso de la finca a favor del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) mediante el oficio SINAC-ACC-D-of-712-2024, reiterando la solicitud en junio de 2025 a través del oficio CARTA-SINAC-ACC-DR-0485-2025.

Ambas comunicaciones fueron firmadas por la ingeniera Meryll Arias Quirós, directora a.i. del Área de Conservación Cordillera Volcánica Central, quien exhortó al alcalde a cumplir con la sentencia N.º 2023-17109 de la Sala Constitucional y con el artículo 13 de la Ley Forestal, que establecen la obligación de inscribir los bienes del patrimonio natural del Estado a nombre del MINAE.

Pese a estas gestiones, el Registro Nacional aún muestra la finca inscrita a nombre de la Municipalidad de San Rafael de Heredia, lo que, según el oficio, evidencia que no se ha concretado el traspaso ordenado.

Solicitudes específicas

CONCEVERDE plantea tres solicitudes puntuales al alcalde:

  1. Informar si la municipalidad ha realizado las gestiones correspondientes para inscribir la finca a nombre del MINAE.

  2. Detallar cualquier gestión emprendida para cumplir con el traspaso, en caso de que aún no se haya firmado la escritura respectiva.

  3. Explicar las razones por las cuales no se ha cumplido con la disposición legal, si la alcaldía no ha realizado gestión alguna, señalando que esto implicaría un incumplimiento de las sentencias de la Sala Constitucional N.º 2008-12109 y N.º 2023-17109.

Copia a instituciones de control

El documento fue remitido también a la Sala Constitucional, Contraloría General de la República, Procuraduría General de la República y a medios de prensa, con el objetivo de dar seguimiento público a la solicitud.

“La finca se encuentra dentro de una zona inalienable establecida por la Ley N.º 65 y forma parte del Parque Nacional Braulio Carrillo. Por tanto, debe estar registrada a nombre del Estado costarricense, conforme a la normativa ambiental y a las resoluciones judiciales que lo ordenan”, señala la carta firmada por Alfaro Carvajal.

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