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UCR: Pronunciamiento sobre la situación socio-política entre Israel y Palestina

Acuerdo firme de la sesión ordinaria N.° 6752, artículo 12, celebrada el 2 de noviembre de 2023

El Consejo Universitario, considerando que: 

  1. La Universidad de Costa Rica (UCR) ha seguido con suma preocupación el desenlace de los hechos bélicos en Israel y Gaza, y las consecuencias ocurridas a la población. A la fecha, las víctimas se contabilizan por los miles desde los primeros ataques terroristas del pasado 7 de octubre, con saldo de muertes de civiles, en especial de niños y niñas y toma de rehenes. El conflicto ha provocado una crisis humanitaria agravada por la destrucción masiva de zonas residenciales, parcelas campesinas, hospitales e infraestructura vital para la supervivencia de las poblaciones israelíes y palestinas, lo que impide ofrecer servicios mínimos a personas presentes en la zona en conflicto armado. 
  2. La Asamblea General de la ONU aprobó el viernes 27 de octubre de 2023, con amplia mayoría, una resolución que exigía un cese al fuego inmediato para permitir el ingreso de ayuda humanitaria en beneficio de la población civil.
  3. La Carta de Naciones Unidas, en su artículo segundo para la realización y cumplimiento de sus propósitos, señala en su apartado tercero la resolución de controversias por medios que promuevan la paz y no se ponga está en peligro. Esta misma norma hace referencia a la igualdad soberana de todos los miembros . En este sentido, el respeto a la autodeterminación de los pueblos que se vuelve crucial en el mantenimiento de ambientes de paz y convivencia. 
  4. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de la Asamblea General de las Naciones Unidas (1976), establece:

Artículo 1

  1. Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural.
  2. Para el logro de sus fines, todos los pueblos pueden disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales, sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la cooperación económica internacional basada en el principio del beneficio recíproco, así como del derecho internacional. En ningún caso podrá privarse a un pueblo de sus propios medios de subsistencia. 
  1. Los pueblos afectados con este conflicto tienen el derecho a vivir en paz, preservar su soberanía y ejercer su libre determinación, y que la vía para resolver de la mejor manera este conflicto sea la coexistencia respetuosa de los Estados, de conformidad con las normas del Derecho Internacional.
  2. El Estatuto Orgánico de la Universidad de Costa Rica, en los artículos 3 y 5, dispone:

Artículo 3.- La Universidad de Costa Rica debe contribuir con las transformaciones que la sociedad necesita para el logro del bien común, mediante una política dirigida a la consecución de una justicia social, de equidad, del desarrollo integral, de la libertad plena y de la total independencia de nuestro pueblo.

Artículo 5: Para el cumplimiento de los fines y los principios orientadores del quehacer de la Universidad de Costa Rica, se establecen los siguientes propósitos: (…)

  1. b) Buscar, de manera permanente y libre, la verdad, la justicia, la belleza, el respeto a las diferencias, la solidaridad, la eficacia y la eficiencia.

7. La Universidad de Costa Rica, en apego a sus principios y valores, reconoce la libertad, la justicia y la paz que deben prevalecer en el mundo, así como la dignidad y respeto a los derechos humanos inherente a todas las personas.

Por tanto, en el marco de los principios humanísticos que orientan el quehacer de esta casa de enseñanza de educación superior estatal, el Consejo Universitario de la Universidad de Costa Rica acuerda: 

  1. Reafirmar el compromiso de la Universidad de Costa Rica con los principios de respeto a los derechos humanos y la dignidad de las personas, que deben prevalecer en todas las naciones del mundo. Además, hacer un llamado a las naciones a mantener una unidad en la defensa de los valores fundamentales de la vida humana y del bienestar general de las sociedades. 
  2. Instar al Gobierno de la República y a la Asamblea Legislativa para que utilicen todos los foros internacionales para apelar por un cese al fuego y el uso del derecho internacional en todo sus mecanismos, para avanzar hacia un proceso orientado hacia una paz duradera y la existencia de dos Estados: Israel y Palestina. 
  3. Hacer un llamado al respeto, a la tolerancia y a la solución pacífica de conflictos en estricto cumplimiento del derecho internacional y la apertura del diálogo, la búsqueda de consensos y a que se materialice la reconciliación entre todas las partes.
  4. Instar al cese inmediato de la violencia a fin de que se permita el urgente ingreso de asistencia humanitaria en Gaza. 
  5. Condenar cualquier tipo de conducta bélica y el uso sistémico del terror que quebrante la paz y la seguridad social de los pueblos. 
  6. Incentivar a la comunidad universitaria a generar espacios académicos de discusión y análisis sobre esta temática. 
  7. Dar la mayor difusión al presente pronunciamiento.

Consejo Universitario, derechos humanos, Israel, Palestina, UCR