El compromiso con la autonomía universitaria en Costa Rica

En 1981 se reformó de nuevo la Constitución para crear el Fondo para el Financiamiento de la Educación Superior Estatal (FES), que no solo conserva las rentas que les son propias, sino que el presupuesto global será el producto de un plan quinquenal, aprobado conjuntamente con el gobierno, pero que nunca puede ser inferior al anterior, más la inflación; además establece que estas rentas no pueden ser abolidas o disminuidas, sino no se crean antes otras que las sustituyan

ÓSCAR AGUILAR BUGARELLI

Pablo Santana

La clausura de la vieja Universidad de Santo Tomás

La autonomía de las universidades, es uno de los logros más apreciados hasta hoy, por la sociedad costarricense. Desde la clausura de la vieja Universidad de Santo Tomás en 1888, el país no contó con otra universidad sino hasta 1941 con la creación de la Universidad de Costa Rica durante el gobierno de orientación social cristiana de Rafael Ángel Calderón Guardia.

Sin embargo, la idea de crear una universidad se había dado a conocer desde el año 1935, con la llegada al país de la llamada “Misión Chilena” que ese año hizo público un extraordinario informe sobre las grandes y necesarias reformas que urgían a la educación costarricenses. El Tomo III de dicho documento elaborado por el Dr. Luis Galdames se titula precisamente: La Universidad Autónoma, ya que a su juicio “no se concebiría, pues, una corporación docta que careciese del poder dinámico brotado de su propia vida interna, para renovarse y prosperar constantemente” pues corresponde a la propia universidad para ser tal, patrocinar sus propias “reformas más o menos trascendentales en frecuentes lapsos”.

Y lo más importante, concibió que “en gracia de la completa autonomía que se le confiera, la Universidad de Costa Rica va a encontrarse en condiciones más ventajosas que cualquiera de sus hermanas del continente, para desenvolver un plan de vasto alcance, con unidad y continuidad de miras. NO ENTRAÑARA SU ACCIÓN NINGÚN PREJUICIO, NINGÚN INTERÉS TRADICIONAL, NINGUNA SECTA NI NINGÚN PARTIDO, NINGÚN INFLUJO TRANSITORIO O IMPRUDENTE, EXTRAÑO A SUS FINES…” y obviamente señala que para lograrlo se necesita total independencia corporativa, absoluta y amplia “tanto cuanto sus normas de acción lo justifiquen. Es a esa independencia y a ese poder de medirse y determinarse según su propio criterio, a lo que llamamos AUTONOMÍA UNIVERSITARIA”.

Este histórico sistema de garantía a las libertades universitarias, siempre ha sido visto con positivo apoyo por la inmensa mayoría del pueblo costarricense, que ha sabido cuidar de ese patrimonio; aunque no han faltado ni faltan quienes quisieran acabar con él

Garantía constitucional

Además, aparejada a esa autonomía de gobierno, y que no puede existir la una sin la otra, está la más irrestricta LIBERTAD DE CÁTEDRA, como garante del pensamiento académico y científico sin ninguna restricción.

Este informe fue la base sobre la cual se estructuró la ley que creó la Universidad de Costa Rica en agosto de 1940 y que abrió sus puertas en marzo de 1941. Así, desde el principio, esos dos hitos fundamentales para que una universidad se repute de seria, estuvieron presentes en todo el proceso de creación de la universidad. 

Sin embargo, aquella garantía legal no era suficiente. Por ello, después de los hechos políticos de 1948, que nos llevaron a nuestra última guerra civil y la necesaria convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente; ésta introdujo en el texto de la nueva Constitución de 1949 el concepto de autonomía institucional para varios entes especializados del estado e incluyó a la Universidad de Costa Rica, a la que  otorgó plena autonomía  y capacidad jurídica para “adquirir derechos y contraer obligaciones, así como darse su organización y gobierno propio” garantizando en ese momento, que sus rentas anuales serían el 10% del presupuesto dedicado a educación, cuyo manejo era absolutamente de su incumbencia y de nadie más.

Pablo Santana

Democraticación en el acceso

Con esto se garantizaba, nada menos que por vía constitucional, la más autónoma de las autonomías, como se dijo en su momento, y además con rentas claramente establecidas para ella y no fueran motivo de su manipulación. Si agregamos que, además, la libertad de cátedra quedó establecida también en la Constitución al señalar que es un principio fundamental de la enseñanza universitaria, el círculo de la UCR quedaba blindado y seguro en aquellos dos principios fundamentales.

Pasaron los años, la población del país aumentó, la gratuidad de la enseñanza secundaria que también estableció el nuevo texto fundamental y  que, a su vez, complementó la ley de 1869 con relación a la educación primaria, incrementó la necesidad y demanda universitaria; por lo que entre 1970 y 1977 se crearon tres nuevas instituciones: Instituto Tecnológico de Costa Rica (ITCR), Universidad Nacional (UNA) y la Universidad Estatal a Distancia (UNED), amparadas a una reforma constitucional, por la  que todas las universidades que fueran creadas posteriormente al año 1949, gozarán todas de aquellos mismos derechos y garantías constitucionales de autonomía y libertad de cátedra.

Gracias a la existencia de otras leyes, las universidades recibían diferentes rentas que ayudaban a complementar los ingresos que señalaban sus leyes de creación; pero era obvia su insuficiencia e inconveniente disputa por obtener mayores recursos.

aparejada a esa autonomía de gobierno, y que no puede existir la una sin la otra, está la más irrestricta LIBERTAD DE CÁTEDRA, como garante del pensamiento académico y científico sin ninguna restricción

Fondo para el Financiamiento de la Educación Superior Estatal (FES)

Por eso, en 1981 se reformó de nuevo la Constitución para crear el Fondo para el Financiamiento de la Educación Superior Estatal (FES), que no solo conserva las rentas que les son propias, sino que el presupuesto global será el producto de un plan quinquenal, aprobado conjuntamente con el gobierno, pero que nunca puede ser inferior al anterior, más la inflación; además establece que estas rentas no pueden ser abolidas o disminuidas, sino no se crean antes otras que las sustituyan.

Una vez establecido el nuevo fondo quinquenal, son las universidades las que, por medio de Oficina de Planificación de la Educación Superior y el Consejo Nacional de Rectores, organismos totalmente universitarios, aprobarán el plan de desarrollo y repartición porcentual de aquellos ingresos. Desde su vigencia, nunca se han dado conflictos insalvables entre las universidades, por este motivo,

Este histórico sistema de garantía a las libertades universitarias, siempre ha sido visto con positivo apoyo por la inmensa mayoría del pueblo costarricense, que ha sabido cuidar de ese patrimonio; aunque no han faltado ni faltan quienes quisieran acabar con él.

Los huestes neoliberales son su principal enemigo, tanto que, en este momento, hay en la Asamblea Legislativa un proyecto de ley enviado por el actual Poder Ejecutivo, de sueños autocráticos, que pretende que ese fondo sea creado por una comisión integrada por los ministerios de Educación, Hacienda y Planificación que también supervisarían que las carreras que se ofrezcan estén dentro del Plan Nacional de Desarrollo y de las necesidades de la empresa privada.

Si bien el Poder Ejecutivo solo tiene 9 diputados de 57, podrían encontrar que algunos de otros partidos apoyen semejante desafuero, por lo que la lucha que nos espera a los universitarios y pueblo costarricense, es grande.

 

ÓSCAR AGUILAR BUGARELLI, Catedrático Universidad de Costa Rica UCR y Universidad Nacional UNA.

Publicado en https://www.espaciosdeeducacionsuperior.es y compartido con SURCOS por el autor.