SETENA reactivó conflicto de agua en Guacimal

Comunicado de la Alianza por la Defensa del Agua Puntarenas

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Guacimal, Puntarenas. En febrero de este 2016 la Sala Constitucional de Costa Rica ordenó excluir al Proyecto de Riego “Sudaguas” en el Plan de Emergencia por Sequía de la CNE en 2015. Se ordenó con ello detener las construcciones que el SENARA y la Sociedad de Usuarios de Aguas de Los Ángeles habían realizado sin licencia ambiental a los largo de unos 15 kilómetros con gruesas tuberías que hoy están enterradas en el subsuelo de las fincas beneficiarias, varias de ellas propiedad de sociedades anónimas de la zona, que se excusaban en la emergencia para tomar las aguas del río Veracruz, pasando por encima a la oposición de la comunidad de Guacimal, que se considera afectada por el censurado impacto ambiental del proyecto.

Las construcciones llegaron hasta el cruce de Santa Rosa, donde el pueblo de Guacimal detuvo con presencia social el trabajo de las maquinarias en enero, semanas antes de que lo hiciera oficialmente la nueva sentencia de la Sala Constitucional que hizo triunfar nuevamente al pueblo de Guacimal.

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Al llegar al territorio de la comunidad local opuesta por años contra este proyecto ¿Cómo pretendían pasar por la fuerza en medio de una comunidad sabiendo que construían sin permisos ambientales ni municipales de ley? ¿Cómo iban a pasar por encima a un pueblo que sabía que no había una emergencia que justificara entubar agua del río Veracruz y pasar por encima a la comunidad y la Sala Constitucional? ¿Estaría en los planes reprimir la protesta justa del pueblo de Guacimal y “traer perreras”, como insinuaron algunos personajes en la comunidad?

No imaginamos el escenario que pudo haber sido, pero hoy vuelve la amenaza, ante la ligereza en actuar desapegado al ordenamiento jurídico de la SETENA en su resolución 1639-2016, con la que dio continuidad a la evaluación del proyecto de riego “Sudaguas” y a la vez insistiendo en mantener criterios que dejan desprotegido al ambiente como bien público y a la comunidad como actor social clave en la defensa de su territorio.

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El pasado lunes 12 de septiembre, la comunidad presentó una apelación contra la reactivación ilícita de la evaluación ambiental del proyecto que SETENA ratificó con la citada resolución. El expediente del proyecto estaba archivado.

Con la apelación se pide a la Comisión Plenaria de SETENA exigir el Estudio de Impacto Ambiental correspondiente, o caso contrario, elevar a la apelación al Ministro de Ambiente e investigar y sancionar a la Comisión Plenaria de SETENA por sostener el incumplimiento del ordenamiento jurídico del país al inventarse los procedimientos que piden en esa Resolución que reactiva un proceso de evaluación que estaba “muerto”.

Dichos procedimientos ni siquiera existen en los Reglamentos de SETENA, pero se establecieron en lugar de pedirles a los desarrolladores el Estudio de Impacto Ambiental como es potestad de la SETENA, lo que favorece que terminen de imponer este proyecto contra la comunidad, que se ha construido ya en un 80% con irregularidades y omisiones que llevan años de denunciarse y hoy parecen no contar, aumentado el potencial conflicto de intereses: lo público vrs lo privado.

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En este recurso se ha denunciado como se usan datos falsos y erróneos por parte de los desarrolladores, manipulando la Significancia de Impacto Ambiental de su proyecto mientras que la SETENA no ha observado tan importante detalle. También se denuncia la desconsideración del estudio hidrológico del río que permita estimar el impacto de la pretendida explotación de agua y evitar un desastre ambiental más, en un contexto de disminución de las fuentes por efecto del cambio climático.

Además la SETENA ha pedido hacer un “taller participativo” a los impulsores del proyecto, básicamente planteando “informar” a los actores locales sobre la justificación del proyecto, el impacto ambiental esperado y sus beneficios, lo que impide la participación efectiva de los habitantes en la decisión sobre este proyecto en detrimento de la Ley ambiental y el Derecho Internacional. Este mecanismo de taller además no existe en el Reglamento de SETENA y demuestra cómo se menosprecia completamente la situación de conflicto provocada por la falsedad de información inicial de los desarrolladores, que no tienen legitimidad alguna para convocar al pueblo para presentarle un proyecto sin estudios claves ni la aceptación social en la comunidad.

La pretensión del recurso de apelación es anular la Resolución 1639-2016 de SETENA, hacer que se EXIJA el Estudio de Impacto Ambiental a los desarrolladores, además de sancionar como corresponda a los responsables de violar los procedimientos que debe cumplir por obligación la administración pública del país, en un tema de interés social como es el ambiente. (Fotografías del conflicto).

Informes: Dany Villalobos V. 8509 4712, Alianza por la Defensa del Agua Puntarenas.

 

Enviado a SURCOS Digital por FECON.

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