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Etiqueta: SETENA

Fila Costeña amenazada por proyectos inmobiliarios y falta de regulación

  • Comunidades y la UCR han solicitado una moratoria

La reciente paralización total de las obras de un proyecto residencial en el Corredor Biológico Paso La Danta, en Portalón de Savegre sobre la Fila Costeña, es solo uno de los múltiples casos que ilustran la creciente amenaza que enfrenta este importante ecosistema montañoso debido a desarrollos inmobiliarios sin una regulación adecuada.

En muchos casos, estas construcciones se han realizado sin ningún tipo de regulación, sin estudios de viabilidad ambiental por parte de SETENA, ni permisos municipales. Esta situación fue documentada por el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos (CFIA), en un estudio realizado en 2024, donde se concluye que el 25 % de las construcciones operan sin permisos. El cantón de Osa ocupa el décimo lugar a nivel nacional, con 4.798 metros cuadrados construidos sin licencia.

Problemática. Una investigación liderada por Carlos Morera, de la Escuela de Ciencias Geográficas de la Universidad Nacional (UNA), reveló que entre 2002 y 2006, el 56 % de los permisos de construcción en la zona se otorgaron en áreas de fuerte pendiente y bosque primario. Muchas de estas edificaciones carecían de los permisos necesarios, lo que provocó deslizamientos y sedimentación en cuerpos de agua, afectando negativamente ecosistemas sensibles como el Parque Marino Ballena (UNA Comunica, 16-1-2009; Morera C.2009).

Esta contaminación marino-costera por sedimentación afecta directamente la supervivencia de corales y especies marinas protegidas, que son la razón de ser del Parque Marino Ballena. Además, impacta actividades como el ecoturismo y la pesca artesanal, que son fundamentales tanto para la economía local como para la seguridad alimentaria de las comunidades pesqueras.

El estudio de Morera también advierte que, aunque la cobertura boscosa ha aumentado en décadas recientes, esta tendencia está hoy en riesgo. El auge del llamado “turismo inmobiliario” —es decir, la construcción de bienes inmuebles como condominios, casas de lujo y residenciales orientados a la inversión extranjera— ha propiciado la deforestación en zonas clave, en especial aquellas con vistas al mar. En comunidades como Dominicalito, este fenómeno ha llevado al desplazamiento de habitantes locales para dar paso a desarrollos turísticos

Según estudios registrales realizados por Óscar Leiva, Máster en Desarrollo Territorial Rural por FLACSO, se estima que entre el 70 % y el 75 % de las propiedades en Ojochal están en manos de personas extranjeras. Esta estimación se basa en una muestra de aproximadamente 3.000 hectáreas inscritas, muchas a nombre de sociedades anónimas, y forma parte de su tesis de Maestría en Turismo y Desarrollo Sostenible en la Universidad Nacional (UNA), Sede Chorotega.

Además, el “estilo constructivo” de estas “comunidades privadas” —grandes casas con vistas al mar— implica la apertura de caminos en zonas boscosas y con pendientes pronunciadas, contribuyendo a la fragmentación de los parches de bosque que garantizan la conectividad ecológica de la fauna y flora. Según el Diagnóstico del Corredor Biológico (2018), esta conectividad se ha visto reducida en un 70 % debido a la fragmentación.

A ello se suma el impacto negativo sobre el recurso hídrico. La eliminación de cobertura forestal afecta la calidad y disponibilidad del agua, altera el ciclo de recarga de acuíferos y, junto con el traslado de material pesado por caminos no aptos, ha provocado daños a manantiales —como lo documenta el biólogo Jorge Lobo desde 2006— y constantes interrupciones en el suministro de agua a comunidades de tierras bajas debido a fugas y roturas en la red, como refieren las y los vecinos.

En esa línea, según informó Camilo Flores, fiscal ambiental de Osa, los delitos ambientales más frecuentes en la Fila Costeña incluyen: tala ilegal, cambio de uso de suelo, invasión de áreas de protección y de cauces de agua, destrucción o extracción de vegetación en zonas protegidas, y aprovechamiento ilegal de recursos.

Según el informe “Situación del Reciclaje 2021-2024” de la Asociación de Reciclaje AmbiciOsas (2025), entre 2020 y 2024 la construcción de viviendas y negocios para la industria turística aumentó un 300 % en el distrito de Bahía Ballena. Solo en Ojochal, durante 2022, se tramitaron 2.000 permisos de construcción. El mismo informe, con datos del ICT (2024), señala al Parque Nacional Marino Ballena como el tercer parque más visitado del país, con 317 empresas de hospedaje, 1.713 habitaciones y 103 establecimientos gastronómicos en el distrito más pequeño del cantón. Esta afluencia turística, sumada al aumento de “comunidades privadas” en las montañas de la Fila Costeña, agrava los problemas de manejo de residuos y limita la capacidad de respuesta municipal.

Respuestas. En 2008, ante la gravedad de los impactos, la Universidad de Costa Rica hizo un llamado público a establecer una moratoria al turismo inmobiliario en esta zona. Este pronunciamiento subrayó la necesidad urgente de replantear los modelos de desarrollo turístico hacia enfoques sostenibles que respeten tanto el ambiente como las culturas locales (UCR, 2008).

Más recientemente, el 17 de julio de 2024, la Comisión de Alianza Comunal del Corredor Biológico Paso La Danta presentó ante el Concejo Municipal de Osa un acuerdo comunitario surgido del foro “Enlace Tierra+Mar”, realizado en el Festival del Día del Océano 2024. El acuerdo solicita:

  • Una moratoria en los permisos de construcción hasta contar con la regulación adecuada.

  • La actualización integral del Plan Regulador Cantonal.

  • La declaratoria de la Fila Costeña como “Categoría de Manejo Especial de Protección”.

  • La conformación de una Mesa de Diálogo Ciudadana para avanzar hacia un ordenamiento territorial participativo.

Un foro reciente titulado «El impacto de la industria inmobiliaria en la Fila Costeña del Pacífico Sur (SURCOS Digital, 5-4-2025), evidenció que la presión sobre estos territorios ha aumentado considerablemente. Con participación de expertos y representantes comunales, se discutieron los impactos negativos de los desarrollos no regulados, la deforestación y la falta de planificación territorial. Se reiteró la necesidad urgente de establecer una moratoria hasta contar con un plan regulador integral y participativo.

Antecedentes

  • Entre 2008 y 2010, el Tribunal Ambiental Administrativo abrió 44 expedientes por denuncias relacionadas con proyectos inmobiliarios, hoteles y aserraderos en esta región. Estas cifras, junto con las de la Península de Osa, constituyeron un récord preocupante (TAA: Osa, un tesoro en peligro).

  • Solo en el cantón de Osa, entre 2005 y 2014, se otorgaron 2.247 permisos de construcción. En 2008 se alcanzó un pico, seguido de una caída por la crisis inmobiliaria mundial; sin embargo, desde 2013 la tendencia ha retomado un crecimiento acelerado(La Nación, 08-6-2015).

  • La Cámara Costarricense de la Construcción (CCC) denunció en 2008 la proliferación de residencias en la Fila Costeña mediante vacíos legales, como el Reglamento para el Control de Fraccionamientos y Urbanizaciones, que permite lotificaciones agrícolas sin evaluaciones ambientales integrales por parte de SETENA, bastando sólo una inspección municipal para obtener permisos (La Nación, 11- 9-2008).

Importancia de la zona

  • ¿Qué es el Corredor Biológico Paso de la Danta? Este territorio, que conecta las regiones del Pacífico Central y Sur de Costa Rica entre los ríos Savegre y Térraba, abarca aproximadamente 82.000 ha y 68 km de costa (ITCR, 2014). Es un corredor con ecosistemas diversos y de gran valor biológico, que protege zonas clave como los arrecifes rocosos de Dominicalito, el arrecife de coral en el Parque Nacional Marino Ballena y otras áreas costeras adyacentes(mapa).

  • La Fila Costeña. En Osa se extiende desde Dominical hasta Palmar Norte, descendiendo cerca de la costa y de la carretera Costanera Sur. Como bosque tropical húmedo, alberga una mezcla única de especies de bosques secos y húmedos, muchas de ellas endémicas. Cumple un rol clave en la conectividad ecológica entre áreas protegidas como los parques nacionales Manuel Antonio, Marino Ballena, Corcovado y el Humedal Térraba-Sierpe. Además, regula el clima local, tanto en la costa como en el Valle de El General, y es fuente de manantiales, cuencas y microcuencas vitales para la salud de los ecosistemas costeros y el abastecimiento de agua potable para las comunidades de tierras bajas.

Fotos: https://drive.google.com/drive/folders/1dfytJwhXbYTOqSMtfm0brNUDqMRW-4Kz?usp=sharing

Con apoyo de proyecto ED-3526 Geografía y Diálogos de Saberes: Análisis de la conflictividad socioambiental en territorios comunitarios de Costa Rica de la Escuela de Geografía y el Programa Kioscos Socioambientales de la Vicerrectoría de Acción Social Universidad de Costa Rica.

Solicitan informe sobre viabilidad ambiental de proyecto inmobiliario en Refugio Gandoca-Manzanillo

La Asociación para el Desarrollo de la Ecología (AEL) solicitó formalmente a la administración del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo (RNVSGM) un informe técnico sobre los fundamentos administrativos y legales que sustentan la Viabilidad Ambiental del proyecto inmobiliario DIVINE.

Según consta en el oficio AEL-00155-2025, con fecha del 7 de abril de 2025, Marco Levy Virgo, presidente de la AEL, dirigió la solicitud a la licenciada Fanny Cruz Torres, administradora del Refugio, expresando preocupación por un hecho que considera de especial interés en el ámbito de la conservación ambiental de esta área protegida.

El documento detalla que el 12 de febrero de 2025 se colocó un rótulo de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) frente al Colibrí Lodge, anunciando el proyecto DIVINE a cargo del desarrollador Philip Michel André Sánchez. La información consignada indica que el proyecto abarca 2.745 metros cuadrados y cuenta con Viabilidad Ambiental otorgada mediante la Resolución 1445-2024-SETENA del 13 de agosto de 2024.

La AEL señala que el sitio donde se proyecta esta iniciativa está compuesto por bosque y presuntamente se ubica dentro de los límites del RNVSGM, un área que además se encuentra bajo un proceso de judicialización.

En el oficio, Levy Virgo solicita que se le informe sobre cómo, pese a las medidas cautelares solicitadas por la Defensoría de los Habitantes en el marco del seguimiento y cumplimiento de la Sentencia 2019-012745 de la Sala Constitucional, se continúa permitiendo el fraccionamiento del bosque en esta zona protegida.

La misiva recuerda que dicha sentencia, dictada el 10 de julio de 2019, ordenó la protección y delimitación efectiva del RNVSGM. Este mandato ha sido objeto de seguimiento y medidas posteriores, incluyendo la resolución 2024-26300 del 10 de septiembre de 2024, que constató el incumplimiento de lo dispuesto en 2019.

La solicitud se fundamenta en el interés ciudadano de garantizar la integridad de los ecosistemas del refugio, así como en el derecho de acceso a la información pública ambiental, consagrado en la legislación costarricense, incluyendo la Ley Orgánica del Ambiente (N° 7554) y la Convención de Aarhus, ratificada por Costa Rica.

El oficio fue enviado con copia a diversas autoridades gubernamentales, entre ellas la Defensora de los Habitantes, la Contralora General, el Procurador General de la República, fiscales ambientales y otros funcionarios relacionados con la conservación ambiental y el ordenamiento territorial.

Sala Constitucional ordena provisionalmente no cortar árboles en Punta Pelencho, Brasilito

Comunicado de la Asociación de Desarrollo Integral de Brasilito, Comité Punta Pelencho, Bandera Azul Ecológica Brasilito
Brasilito, Santa Cruz. 11 de marzo del 2025

En relación con la tala de árboles en Punta Pelencho, la cual responde a un acuerdo entre el desarrollador Cantomar y la Municipalidad de Santa Cruz, y en respuesta a un recurso de amparo, la Sala Constitucional ha emitido el día de hoy, martes 11 de marzo, una respuesta inicial mientras se analiza el fondo del asunto.

La Sala Constitucional ha ordenado, como medida cautelar, que no se realice ninguna tala y que se aclare si los árboles en cuestión se encuentran dentro de la Zona Marítimo-Terrestre (ZMT) o un corredor biológico, así como confirmar si se trata de especies nativas o autóctonas del lugar.

La Sala ha notificado a la Municipalidad de Santa Cruz, SETENA, SINAC y el Área de Conservación Tempisque (ACT), otorgándoles un plazo de tres días para responder a los requerimientos y presentar la información solicitada.

La imposición de esta medida cautelar representa un avance significativo en la protección de estos árboles, los monos congo (especie en peligro de extinción que depende de ellos), así como de la biodiversidad de Punta Pelencho y el patrimonio cultural que representa este lugar para el disfrute de las generaciones presentes y futuras de acuerdo con el principio de igualdad y no discriminación y en defensa y disfrute de los bienes públicos.

Ahora corresponde a las instituciones públicas entregar la información solicitada por la Sala Constitucional, la cual procederá con el análisis de la situación para emitir una resolución. Esperamos que el proceso avance con transparencia y que se brinde claridad sobre los términos del convenio en cuestión.

Seguiremos atentos a los próximos pronunciamientos oficiales y reiteramos nuestro compromiso con la protección del medio ambiente, la participación y consulta ciudadana en asuntos ambientales y el acceso a información pública.

Con apoyo de proyecto ED-3526 Geografía y Diálogos de Saberes: Análisis de la conflictividad socioambiental en territorios comunitarios de Costa Rica de la Escuela de Geografía y el Programa Kioscos Socioambientales de la Vicerrectoría de Acción Social Universidad de Costa Rica.

Recurso contra el gobierno por la no inclusión de variable climática en evaluaciones de impacto ambiental

El 30 de diciembre de 2024 la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia admitió el Recurso de Amparo. En la presente nota podrá ver cómo puede apoyar con una coadyuvancia.

Resumen

El caso inició con la interposición de un Recurso de Amparo ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica, argumentando que el Poder Ejecutivo y la SETENA han omitido incluir la evaluación de los impactos climáticos en los procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA).

Sostiene que el Decreto Ejecutivo 43898-MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC del 21 de diciembre de 2022, que regula la evaluación ambiental en el país, no contempla la obligación de evaluar los riesgos e impactos climáticos de los proyectos, ni establece medidas de mitigación o adaptación al cambio climático.

El demandante argumenta:

Violación de derechos constitucionales y convencionales: Se argumenta que la omisión en la evaluación climática vulnera el derecho de las generaciones presentes y futuras a un clima seguro, en el marco del derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

Ausencia de regulación sobre cambio climático en la EIA: El Decreto Ejecutivo vigente no obliga a evaluar el impacto climático de los proyectos ni establece medidas de mitigación y adaptación.

Inacción de la SETENA: La institución no ha emitido guías, acuerdos o resoluciones que exijan considerar el cambio climático en los procesos de evaluación ambiental.

Incompatibilidad con estándares internacionales: Se invocan múltiples instrumentos internacionales y jurisprudencia que respaldan la necesidad de integrar el cambio climático en los estudios de impacto ambiental.

La Sala Constitucional admitió el recurso y ordenó que la ministra de la Presidencia, el ministro de Ambiente y Energía y el secretario general de SETENA presenten un informe sobre los hechos denunciados dentro de tres días hábiles. Setena y Minae reconocen que no existe una guía que incorpore la variable climática a la fecha. Señalan que a finales de año podrían tener algún avance.

Se advierte que, de no responder dentro del plazo, se podrían dar por ciertos los hechos alegados por el recurrente y fallar a favor del recurso.

Puede leer la información completa mediante este enlace.

NOTA: Cada persona u organización puede agregar una coadyuvancia. El amparo debe ser presentado en la Sala Constitucional y puede ser personalizado con los argumentos que gusten. Este es el texto de un formato general que puede ser copiado, completado y presentado:

RECURSO DE AMPARO CONTRA SETENA POR NO TENER GUIAS CLIMÁTICAS

EXPEDIENTE: N ° 24-035889-0007-CO

SEÑORES

SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

La (PONER EL NOMBRE Y CÉDULA DE LA PERSONA QUE FIRMA) atenta manifiesto:

Primero: Me apersono ante su Autoridad a efecto de presentar coadyuvancia activa en este recurso de

amparo.

Segundo: Mi legitimación emana de la norma 50 constitucional.

Tercero: Considero que es inconstitucional que la SETENA no tenga protocolos, ni guías ambientales climáticas, lo anterior es contrario al ACUERDO DE PARÍS y otros convenios ratificados.

Cuarto: Pido que se establezca en sentencia que el amparo lleva razón en todo. Pido que se disponga que el Ejecutivo ha violentado obligaciones nacionales así como internacionales, al aprobar las obras, proyectos y actividades, que han obtenido licencias ambientales en el pasado por violación al principio de tutela científica.

CUESTIONES DE TRAMITE

A los efectos atiendo notificaciones al correo electrónico:

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¿Podría ocurrir una explosión en Costa Rica?

Freddy Pacheco León

Freddy Pacheco León, PhD.

Cuerpos destrozados, desmembrados, quemados, imposibles de identificar, después de la espantosa explosión, yacían por doquier. Gran parte de la terminal portuaria, y grandes extensiones de Texas City, condado de Galveston, habían sido arrasadas, por un estruendoso estallido, sucedido en el buque de carga S.S. Grandcamp, desde donde se generó una instantánea y violenta onda expansiva, seguida por ardientes e inmensas llamaradas. Cinco mil heridos, y alrededor de 600 personas, de todas las edades, fallecidas, fue el resultado de esa catástrofe, sucedida el 16 de abril de 1947. Suceso inolvidable, recordado con mucho dolor, por los damnificados que vivían, incluso, a varios kilómetros del lugar.

Otra muy similar explosión, ocurrió en agosto del 2015, en el puerto de Tianjin, al norte de China. Destrozados sus órganos internos, por la potente onda expansiva, seguida por llamas infernales, dejaron por su veloz paso, cientos de heridos moribundos, y, oficialmente, 173 muertos. El desastre fue total, estimándose que la detonación, literalmente ensordecedora, fue equivalente a la explosión de ¡256 toneladas de dinamita!

Provocadas por la misma causa, una treintena de explosiones, se han contabilizado en el mundo, a partir del 1916, por lo cual, no se puede afirmar, que ese tipo de explosiones accidentales, sean «muy raras», porque, en realidad, no lo son; los hechos así lo demuestran.

Otro caso, particularmente impactante, sucedió en 1921, en una planta en Oppau, Alemania, donde 4.500 toneladas de nitrato de amonio, como en los casos anteriores, causaron una dantesca explosión, que provocó la muerte a ¡más de 500 personas, y más de mil heridos graves!, que hicieron colapsar los servicios hospitalarios.

En América Latina, los hermanos argentinos, sufrieron el atentado más trágico de su historia, un 18 de julio de 1994, cuando una explosión, también con nitrato de amonio, destrozó la sede de la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA), dejando un saldo de 85 muertos y más de 300 heridos.

Un año después de la tragedia vivida en Argentina, sucedió otro caso muy doloroso, esta vez en Estados Unidos, en abril de 1995, cuando los terroristas Timothy McVeigh y Terry Nichols, usaron dos toneladas de nitrato de amonio, para un ataque con un camión bomba, contra un edificio federal de la Ciudad de Oklahoma, provocando la muerte de 168 personas, y cientos de heridos graves.

Los anteriores ejemplos tienen en común la misma causa, una sustancia química, sólida, cristalizada, usada para fabricar explosivos para minería y para demoliciones de grandes estructuras como edificios y represas, y como materia prima para la industria de fertilizantes. Hablamos del nitrato de amonio, que, pese a que no es explosivo por sí mismo, sí provoca, como potente agente oxidante, explosiones tan grandes como las anotadas, cuando, circunstancialmente, alguna sustancia cercana alza llama, o cuando se usa como arma mortal por grupos terroristas, que lo combinan con un detonante.

Antes de justificar ante ustedes, amigos lectores, la razón de esta urgente llamada de atención, que en verdad esperamos sea atendida por nuestras autoridades, por su importancia, cabe anotar sobre otra terrible explosión de nitrato de amonio, sucedida hace tan solo cuatro años y medio, en el puerto de Beirut, en el Líbano. Resulta que, desde una bodega, cercana al muelle, que contenía 2.750 toneladas del producto, que habían sido incautadas a un barco ruso, de bandera eslovena, supuestamente almacenadas en condiciones seguras (¡como siempre aseguran!), cumpliendo todas las regulaciones ambientales. Ello, aunque las autoridades del puerto habían advertido, varias veces, del peligro que significaba la presencia de esa sustancia en el lugar, por lo que urgían su remoción.

La explosión fue tan violenta, que el Observatorio Sismológico de Jordania estimó la energía liberada por la explosión, comparable con la de un terremoto de magnitud 4.5 en la escala Richter. En tanto el Servicio Geológico de los Estados Unidos, aunque informó que la explosión se midió como un terremoto de magnitud 3,3, estimó que su magnitud quizá fue mayor, pues fue a ras del suelo, donde se formó un cráter de 43 metros de profundidad.

Los fallecidos fueron unas 170 personas, los heridos graves más de 5.000 y, provocó el desplazamiento de unas 300.000 personas, entre ellas, 80.000 niños, pues fue tan grande, que también se sintió en Turquía, Siria, Israel, Palestina, partes de Europa, e incluso se escuchó en Chipre, a más de 240 km de distancia.

Pues bien, con esos antecedentes, suficientemente conocidos y documentados, habitantes del vecino Panamá, luego de que, por protestas públicas, se lograra el cierre de una gran mina de cobre, que se desarrollaba en una zona colindante al Parque Nacional La Amistad, que compartimos ticos y canaleros, se percataron que, en el lugar, están depositadas cerca de 8.000 toneladas de nitrato de amonio, ¡cantidad varias veces superior, a las 2.750 toneladas que provocaran la tragedia en Beirut!

Y, obviamente preocupados por la seguridad y supervivencia de sus compatriotas de todas las edades, los hermanos panameños, con la energía y responsabilidad, que demanda una situación semejante, exigieron a su gobierno, obligar a la empresa minera, a sacar rápidamente de su territorio, hasta el último kilogramo del potente químico, propiedad, aparentemente, de otra empresa dedicada a la fabricación de explosivos.

Lo que menos imaginaron los panameños, y por eso, preocupados nos advirtieron de ello, es que el destino escogido para almacenar el nitrato de amonio que, con razón les desvela, es, nada menos, que el territorio costarricense. Según se ha informado, las primeras 2.000 toneladas de nitrato de amonio, se transportarían por tierra, hacia el cantón puntarenense de Esparza, localidad de Macacona, donde la empresa dueña del producto químico, tiene un terreno donde podría depositarlo. Información confirmada por periodistas del Semanario Universidad, el recién pasado 28 de enero, y el periódico La Nación, en su edición del 5 de febrero, donde se identifica a la propietaria del nitrato de amonio, con el nombre de Austin Powder; con casa matriz en Cleveland, Ohio, dedicada a la industria de explosivos, dice su página de Internet.

Aunque la prensa consigna que esa empresa estadounidense, dueña y a cargo del transporte por tierra, informa que se trata solo de una parte (2.000 toneladas) del total almacenado en Donoso, Panamá, los vecinos del sur nos confirman, que el compromiso es sacar, de suelo panameño, todo lo allí depositado, y que, así lo exigirán. Tal evidente contradicción, entre otras, habrá de aclararse con los representantes de la citada empresa, por parte de nuestras autoridades ministeriales.

Por ejemplo, nuestra legislación ambiental, ejecutada por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (Setena), establece que, por las características de ese proyecto, indiscutiblemente clasificado como de Alto Impacto Ambiental Potencial, “en función de la naturaleza de su proceso productivo, y de sus efectos ambientales combinados, acumulativos o individuales”, que, como en este caso, se relaciona con el peligroso transporte por tierra, de miles de toneladas de nitrato de amonio, así como de su almacenamiento, de la posible fabricación de explosivos, y de su manejo en general.

Pese a que desconocemos el expediente procesado en la Setena (que nos comprometemos a analizar), con el cual se habría otorgado la Viabilidad Ambiental a tan amenazante proyecto, nos atrevemos a especular, que dentro de los aspectos ambientales de relevancia, que seguramente habrían sido tomados en cuenta, han de haberse considerado, los importantes criterios relacionados con la dimensión, pues es totalmente diferente, hablar de 200 toneladas de nitrato de amonio, comparado con 2.000, o, como afirman en Panamá, 7.800 toneladas.

Frente a esas circunstancias, se manejan aspectos ambientales, definidos por la misma Setena, que incluyen, entre otros, «El manejo de sustancias peligrosas (por ejemplo: combustibles, agroquímicos, explosivos, u otras sustancias químicas o biológicas peligrosas)». En fin, se trata de aspectos pertinentes, muy conocidos, por los profesionales de la Setena, así como por los que, en el MOPT y el Ministerio de Salud, habrían otorgado, imaginamos que ¡con especial cuidado!, los permisos relacionados con las particularidades del transporte, de algo tan impactante, como son las características de los vehículos usados, las rutas en nuestro país, los horarios, accidentes potenciales, atención de emergencias, etcétera, así como el lugar del almacenamiento, comunidades cercanas, características de la planta física, capacitación del personal, tiempo del almacenamiento, posible reexportación del químico, etcétera, y, por supuesto, los muy relevantes permisos otorgados por la Municipalidad de Esparza, ojalá, en estrecha coordinación, con los tres ministerios responsables de la seguridad de los habitantes, MINAE, MOPT y Salud.

Por la trascendencia que tienen las medidas de control y mitigación de eventuales accidentes atendibles, los costarricenses todos, y los habitantes de Esparza y otras localidades cercanas al kilómetro 101 de la carretera Interamericana norte, solicitamos públicamente a las autoridades ministeriales y del gobierno local, que han tenido que ver con los permisos otorgados a este proyecto de alto impacto ambiental, una aclaración en que, con los detalles imprescindibles, le aclaren a los habitantes las particularidades del mismo, y el por qué le fueron otorgados los permisos que, suponemos, fueron tramitados. La prudencia es sabia consejera, es oportuna, es fundamental, para prever la posibilidad de una horrorosa explosión con nitrato de amonio, que, como hemos analizado, no es inevitable.

Imagen: explosión ocurrida en Beirut aportada por el autor.

Comunidades de la Zona Sur fortalecen oposición al relleno sanitario en Osa tras pronunciamiento de SETENA

En un esfuerzo conjunto que destaca la fuerza de la organización comunitaria, las comunidades de Salamá, Santa Rosa, Venecia, Finca Puntarenas y otras zonas aledañas al proyecto en Osa celebran un avance significativo en su lucha contra el relleno sanitario propuesto por Nova Tierra Energy S.A. El 28 de noviembre de 2024, la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) reconoció formalmente su apersonamiento al expediente administrativo del proyecto Centro de Transferencia Tecnológica Ambiental Ka Meat, otorgándoles derechos de participación activa en el proceso.

Según el pronunciamiento oficial de SETENA, los vecinos ahora serán notificados sobre cualquier movimiento relacionado con el expediente D1-0815-2022-SETENA. Este reconocimiento llega tras la presentación de más de 400 firmas en rechazo al proyecto, reflejando un rechazo colectivo hacia una iniciativa que, según los opositores, compromete seriamente la biodiversidad única del área y viola leyes nacionales como la Ley Forestal y la Ley de Aguas.

La movilización comunitaria, respaldada por organizaciones ambientales y líderes locales, resalta la importancia de garantizar procesos de desarrollo responsables, que prioricen la conservación del medio ambiente y el respeto por los derechos ciudadanos. Mientras las comunidades se preparan para nuevas manifestaciones y acciones legales, el caso pone de manifiesto la necesidad de transparencia y participación pública en proyectos de gran impacto ambiental.

La decisión final sobre el futuro del proyecto ahora recae en la Municipalidad de Osa. Las próximas semanas serán claves para determinar si la voz de las comunidades prevalece frente a intereses económicos privados.

La lucha por el agua potable y contra el relleno sanitario continúa en Salamá

El próximo jueves 5 de diciembre de 2024, a las 10:00 AM, en la Escuela Asentamiento Salamá (Comunidad de la Subasta Ganadera), se realizará una importante reunión con el alcalde Mainor Anchía.

El objetivo de esta reunión es abordar dos temas clave:

  1. Garantizar el acceso a agua potable para las comunidades de Finca Puntarenas y Salamá.
  2. Reafirmar la oposición al relleno sanitario propuesto.

Este encuentro es parte de una movilización más amplia que busca defender los derechos de las comunidades locales y proteger la rica biodiversidad de la Zona Sur. Según datos recientes, la instalación de un relleno sanitario en Piedras Blancas, promovida por la empresa Nova Tierra Energy SA, ha generado una fuerte resistencia debido a sus potenciales impactos negativos en los ecosistemas. Las denuncias incluyen violaciones legales, como la afectación de cuerpos de agua de dominio público y la falta de consulta a las comunidades.

Asimismo, se resaltan tres puntos clave del contexto:

  • Impactos legales y ambientales: El proyecto podría violar la Ley de Aguas y la Ley Forestal al afectar el río Salamá Viejo, un afluente del Humedal Térraba-Sierpe.
  • Oposición comunitaria y política: Más de 400 firmas y múltiples manifestaciones respaldan el rechazo ciudadano.
  • Un llamado a la acción: Las comunidades exigen un proceso transparente y respetuoso con la biodiversidad y el bienestar de las generaciones futuras.

Te invitamos a leer el artículo «Comunidades de la Zona Sur se movilizan contra relleno sanitario en Osa« para ampliar información sobre la problemática.

Información compartida con SURCOS.

Comunidades de la Zona Sur se movilizan contra relleno sanitario en Osa

En una lucha que ha unido a vecinos de diversas comunidades, organizaciones ambientales y especialistas en ecología, la instalación de un relleno sanitario en Piedras Blancas ha generado un rechazo masivo en la Zona Sur. La empresa Nova Tierra Energy S.A., promotora del proyecto, planea construir y operar un sistema de gestión de residuos que, según los opositores, podría comprometer la biodiversidad única del área, que alberga el 2.5% de las especies del planeta.

El proyecto, aprobado por SETENA, ha sido severamente cuestionado por inconsistencias legales, como la autorización para operar sobre cuerpos de agua de dominio público y la omisión de una audiencia pública para las comunidades afectadas. “Es un crimen ambiental que no permitiremos. Nos enfrentamos a un ecocidio en una de las zonas más ricas en biodiversidad de Costa Rica”, señaló un portavoz de los Gestores Ambientales del Sur (GAS).

Lo anterior, establece tres puntos importantes:

  1. Impactos legales y ambientales:
    El diputado Ariel Robles Barrantes presentó un recurso de nulidad contra la resolución de SETENA, argumentando que el proyecto contraviene leyes nacionales, como la Ley Forestal y la Ley de Aguas. Además, expertos han señalado que los vertidos planificados al río Salamá Viejo —afluente del Humedal Térraba-Sierpe— violan la normativa que protege estos ecosistemas.
  2. Oposición comunitaria y política:
    La indignación de las comunidades quedó evidente en una reciente sesión del Concejo Municipal de Osa, donde más de 400 firmas fueron presentadas en rechazo al proyecto. “La gente está cansada de que nuestras riquezas naturales sean sacrificadas en nombre del lucro privado”, dijo una líder comunal durante la reunión. A pesar del respaldo técnico otorgado por algunas autoridades, las comunidades insisten en que los riesgos son demasiado altos. “No tienen capacidad hidráulica para el agua necesaria, y el daño a los ecosistemas es irreversible”, advirtió otro residente.
  3. Un llamado a la acción
    Con la última palabra en manos de la Municipalidad de Osa, las próximas semanas serán cruciales para determinar el futuro del proyecto. Las comunidades han convocado nuevas manifestaciones y piden apoyo nacional e internacional para proteger lo que consideran “un patrimonio biológico invaluable”.

Por lo tanto, la situación en Salamá, Osa, refleja un choque entre el desarrollo económico privado y la conservación del medio ambiente, poniendo de manifiesto las deficiencias en los procesos de evaluación ambiental y la falta de participación ciudadana. Las comunidades locales, lideradas por organizaciones como los Gestores Ambientales del Sur, han demostrado una notable movilización para defender sus derechos y proteger un ecosistema que no solo pertenece a Costa Rica, sino al patrimonio natural global. Este caso subraya la necesidad de garantizar que los proyectos de desarrollo respeten las leyes ambientales, los principios de precaución y la transparencia, priorizando siempre el bienestar de las generaciones presentes y futuras frente a intereses económicos.

Imagen con fines ilustrativos.

Actualización del caso Beija Flor, Montezuma

Un análisis reciente sobre el Proyecto Beija Flor en Montezuma revela serias deficiencias en la evaluación de impacto ambiental realizada. Se ha destacado que la autorización de viabilidad ambiental concedida al proyecto no fue basada en un estudio exhaustivo, lo que pone en peligro la biodiversidad local.

Se identificaron varios temas críticos que quedaron sin resolver durante la fase de evaluación ambiental, y que fueron transferidos incorrectamente a la fase de gestión ambiental. Entre ellos:

Presencia de Bosque: La Resolución de Viabilidad Ambiental autorizó el uso de hasta un 10% del terreno boscoso, pero no se especificó qué áreas del terreno corresponden a este porcentaje. Esto ha generado confusión sobre cuánto del área de la finca es realmente aprovechable y ha dejado sin claridad el alcance y diseño del proyecto. Lo adecuado hubiera sido realizar un levantamiento detallado del bosque para delimitar las áreas exactas y contrastarlas con el diseño del proyecto.

Se ha solicitado una medida cautelar para suspender temporalmente los efectos y alcances de la viabilidad de la licencia ambiental otorgada al proyecto Beija Flor en Montezuma. Esta medida protege un interés público ambiental, dándole prioridad sobre los intereses particulares de la empresa desarrolladora. La protección del bosque y la preservación del entorno natural son de mayor importancia para el ordenamiento jurídico y el interés general.

La medida cautelar busca resguardar el procedimiento administrativo, el cual debe instaurarse bajo el amparo del artículo 173 de la Ley General de la Administración Pública. Hasta que se resuelva la solicitud, la suspensión de la licencia ambiental permanece en vigor.

Se ha identificado que el proyecto solicitó 7 litros por segundo de agua para abastecer a 1500 personas. Sin embargo, los estudios revelan que los caudales de los pozos en la zona oscilan entre 0,3 a 1 litro por segundo. Además, el pozo CY-15, que se utiliza para esta concesión, está ubicado a 17 metros del lindero del vecino y a 32 metros de un río, incumpliendo la Ley de Aguas que estipula una distancia mínima de 40 metros al vecino y 100 metros a la quebrada o río.

Este pozo también ha mostrado signos de contaminación por coliformes fecales, lo que indica un grave riesgo para el acuífero. La presencia de esta contaminación sugiere que el agua de la quebrada está siendo utilizada por este pozo, lo que podría acarrear serias implicaciones para la salud pública.

Uno de los aspectos más alarmantes es la falta de evaluación del impacto de la descarga de aguas residuales al subsuelo, lo cual es extremadamente peligroso. En la evaluación ambiental del proyecto no se presentó ningún estudio sobre el tránsito de contaminantes orgánicos. Esto significa que no se evaluó adecuadamente el riesgo de contaminación del acuífero ni las posibles afectaciones a cuerpos de agua o áreas ambientalmente frágiles. La omisión de este análisis crítico implica graves riesgos para la sostenibilidad del proyecto y para la protección de los recursos hídricos en la región.

Dado que se han encontrado graves irregularidades administrativas que no son subsanables, se ha presentado una solicitud ante la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) para la apertura de un procedimiento administrativo que declare la nulidad absoluta, evidente y manifiesta de la licencia de viabilidad ambiental otorgada al Proyecto Beija Flor.

La denuncia presentada ante SETENA enfatiza que desde el análisis inicial, el proyecto no cumplía con los requisitos establecidos. Este proyecto, que se divide en dos fases para la construcción de 178 lotes residenciales y comerciales, ha sido señalado por atentar contra los intereses públicos y la preservación del entorno natural.

Fuente: noalagentrificacion_cr / https://www.instagram.com/reel/C_OcA71Su1M/?igsh=MTI4dXFwOXhoM2c2aQ==