Ir al contenido principal

¿Por qué decimos que hay debilitamiento de los Programas de Acción Social?

Consejo de Programas Institucionales de Acción Social Vicerrectoría de Acción Social Universidad de Costa Rica

Programa Institucional para la Persona Adulta y Adulta Mayor (PIAM):

Se pasa una plaza docente a una unidad académica eliminándole el saldo de vacaciones.  Se pretende pasar el Programa a una unidad académica. Bajan los tiempos y la categoría al apoyo estudiantil (horas estudiantes)

Programa Kioscos Socioambientales para la Organización Comunitaria (Kioscos):

Les condicionaron los nombramientos docentes hasta que cada uno inscribiera su proyecto en unidad académica, y que su nombramiento salga de ahí. Les quitaron el conserje. Les anularon la Cátedra. Nombramientos de enero a marzo. Se pretende pasar el Programa a una unidad académica. Se rebajaron nombramientos de ¾ de tiempo

 Programa Interdisciplinario de Estudios y Acción Social de Derechos de la Niñez y la Adolescencia (PRIDENA):

Los posibles reglamentos de Acción Social y de programas institucionales que se encuentran en Consejo Universitario colocan la vigencia de los Programas Institucionales de Acción Social para un periodo de cuatro a máximo ocho años, significando una afectación directa a corto plazo para el Programa PRIDENA.

Programa Institucional Osa Golfo Dulce (PiOsa):

La adscripción a una Unidad Académica hace que fundamentalmente el Programa se vuelva disciplinar, e impone procesos administrativos que entorpecen las labores cotidianas. Esto dificulta inmediatamente su articulación con otras iniciativas y su gestión interna.

La implementación de los reglamentos propuestos, sin participación efectiva de los Programas Institucionales de Acción Social en su formulación, imponen a PiOsa y los demás programas un marco administrativo desalineado con su accionar actual, proyecciones a futuro y construcciones históricas.

Programa de Educación Abierta (PEA):

Las demoras y reducciones presupuestarias no permitieron contar con horas asistente y estudiante en el periodo de verano, lo cual afecta directamente la dinámica del Programa.

La vigencia de cuatro o máximo ocho años que colocan los reglamentos de Acción Social y Programas Institucionales, afectarían la estabilidad y permanencia del programa.

La inexistencia de claridad administrativa sobre el traslado de los programas a las Unidades Académicas imposibilita la ejecución presupuestaria.

Incertidumbre para el personal sobre los traslados hacia las unidades académicas.

Programa Centros Infantiles Universitarios (CIUS):

A la fecha no se ha concretado ningún espacio de reunión con la persona Vicerrectora, lo que provoca un estado de indefinición sobre la sostenibilidad de un espacio de articulación interdisciplinario que existe desde el 2005 y se formalizó con una inscripción como Programa en la VAS desde el 2010.

Programa de Economía Social Solidaria (PROESS):

Proyecto aparece vencido, al no aplicarse la renovación que se hizo en mayo 2019 hasta el 2024. La consecuencia es que no aparece el presupuesto reflejado en el Sistema, porque el proyecto aparece no activo.

Atrasado dos nombramientos de ¼ cada uno. Solo tienen un nombramiento de ½ tiempo para coordinación

 

Imagen de portada ilustrativa, UCR.

Enviado por Mauricio Álvarez.

Sea parte de SURCOS:

https://surcosdigital.com/suscribirse/

La administración de la UCR ya tiene listo el presupuesto extraordinario para ajustar los recursos para el 2020

Como se anunció a principios de enero, la Universidad de Costa Rica empezó el 2020 trabajando con el mismo presupuesto utilizado en el 2019. Sin embargo, tras la aprobación del presupuesto ordinario, se hizo un giro parcial de recursos a cada unidad o instancia académica.

No obstante, esta situación es temporal ya que para ajustar los recursos establecidos para este año, la administración universitaria elaboró un presupuesto extraordinario, que en este momento se encuentra en análisis en el Consejo Universitario.

Según explicó el Dr. Carlos Araya Leandro, vicerrector de Administración, la diferencia presupuestaria entre el 2019 y lo correspondiente al 2020 va a llegar a las distintas instancias universitarias en el momento en que se apruebe ese presupuesto extraordinario, de esa manera cada instancia tendrá un presupuesto igual que el del año anterior más la diferencia por inflación.

“Al archivarse los presupuestos de las universidades públicas (por la Contraloría General de la República) lo que quedó disponible según lo establece la norma fue el presupuesto del año anterior, pero ¿Qué pasa con la diferencia entre el presupuesto 2019 y el 2020? tenemos que incorporarlo en un presupuesto extraordinario, que es lo que estamos haciendo en este momento y ahí es donde se van a ajustar los recursos”, recalcó el vicerrector en una entrevista en vivo realizada por la Oficina de Divulgación e Información el pasado 27 de febrero.

 

Andrea Marín Castro

Periodista, Oficina de Divulgación e Información

Información tomada de: http://www.ucr.ac.cr/

Sea parte de SURCOS:

https://surcosdigital.com/suscribirse/

UCR, Voz experta: Contrapesos dentro de la administración pública costarricense

El caso de creación de la UPAD

Por Dr. Leonardo Castellón Rodríguez, director, Escuela de Administración Pública

Una vez leído y estudiado el “Informe Técnico de reorganizaciones”, URI-IT-009-2019, en el que el Jefe de la Unidad de Reforma Institucional del Área de Modernización del Estado del Ministerio de Planificación Nacional y Política Nacional (Mideplan), Licenciado Jorge Ortega Vindas, fechado 29 de julio del 2019, recomienda no aprobar la propuesta de reorganización administrativa presentada por la Presidencia de la República para la creación de la “Unidad Presidencial de Análisis de Datos e Inteligencia Artificial” (Upadia), es importante contextualizar este importante hito para resaltar los contrapesos que la Administración Pública costarricense posee a la hora de organizar las labores, funciones y recursos que las autoridades políticas de una institución pública deseen llevar a cabo.

Toda actuación que realice una persona dentro de la Administración Pública debe enmarcarse dentro del principio de legalidad establecido en el artículo 11 constitucional: “Los funcionarios públicos son simples depositarios de la autoridad. Están obligados a cumplir los deberes que la ley les impone y no pueden arrogarse facultades no concedidas en ella” y el 11 de la Ley General de la Administración Pública. Dentro de las facultades que la autoridad política de un Ministerio no puede arrogarse es la creación de una unidad, sin seguir el procedimiento que la normativa indica que se debe acatar.

El procedimiento para ello ha sido promulgado por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, basado en al artículo 16 de la Ley de Planificación Nacional 5525, y el artículo 41 del Reglamento General del Sistema Nacional de Planificación, que señala: “Las instituciones someterán a aprobación de Mideplan los proyectos de reorganización administrativa, los que deberán estar ajustados a los lineamientos, metodologías y procedimientos emitidos por Mideplan”. Este Ministerio, por las potestades legales indicadas, emitió desde hace una década, una serie de lineamientos y guías que deben seguir las autoridades públicas que deseen reorganizar la institución a su cargo, y que fueron aplicados para el caso en mención.

Una de estas Guías se refiere a la “Reorganización Parcial, cuando se crea, suprime o fusiona una o varias unidades organizacionales, sin afectar a la totalidad de la institución”, y fue justamente la que Mideplan aplica para analizar la propuesta de creación de la Upadia en el Ministerio de la Presidencia. Este análisis responde a la solicitud presentada mediante oficio DM-282-2019 del 3 de julio del 2019, por parte del señor Rodolfo Piza Rocafort, entonces Ministro de la Presidencia (de acuerdo con el AME-URI-024-19 del Mideplan).

Como se observa, la decisión política de crear la Upadia se materializa mediante la solicitud del Ministro Piza Rocafort, para que la cartera del Mideplan, analizara y aprobara o no dicha creación. No es pues posible para un Ministro o Ministra, desde el punto de vista reglamentario, crear una unidad sin pasar por el procedimiento establecido para tal fin y que está en manos de otro Ministerio, como lo es Mideplan. Contrapeso reglamentario que la institucionalidad pública tiene en relación con su propia organización, para evitar arbitrariedad y excesos.

En el informe firmado por el funcionario Ortega Vindas, se observa cuál fue el análisis técnico realizado para ver la viabilidad de materializar la decisión política de la creación de la Upadia, y que concluye con su recomendación de no aprobarla. El informe señala básicamente las siguientes objeciones la creación de la unidad:

  1. Posible duplicidad de funciones que le competen al Consejo de Gobierno y su secretaría, al Mideplan, al Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC)
  2. Ausencia de claridad de la forma en que se va a ejecutar o direccionar lo correspondiente al tema de inteligencia artificial
  3. Ausencia de claridad de la cantidad de recursos humano que conformará dicha unidad ni si el despacho presidencial prescindiría de dichas plazas o desarrollaría la labor como recargo
  4. No presenta información sobre los recursos financieros que se requieren para atender las funciones de la unidad.

El informe llama la atención al Ministerio de la Presidencia sobre carencias medulares de la propuesta, que, de llevarse a cabo tal como se plantea, podría generar consecuencias negativas para la administración pública como un todo, y para la Presidencia en particular: duplicación de funciones, aplicación de “inteligencia artificial” incierta, y uso ineficiente de recursos públicos. Este es el contrapeso técnico que posee la administración pública costarricense en relación con su propia organización, para evitar arbitrariedad y excesos.

Toda persona funcionaria pública al emitir un acto administrativo, lo realiza en tres ámbitos: normativo-legal, técnico y político. La consecuencia de dicho acto administrativo podrá ser positivo o negativo, en función del cuidado que se haya tenido en los tres ámbitos mencionados, sin poner uno por encima del otro. El acto administrativo de crear una unidad, como la Upadia, debió ser valorado en los tres ámbitos desde la Presidencia, autoridad interesada en su creación.

Imaginemos la siguiente situación. Por una necesidad de contar con análisis de datos para mejorar la generación de política pública del Presidente (ámbito político), el Ministro de la Presidencia envía la solicitud para la creación de la Upadia para su respectiva valoración y aprobación por parte del Mideplan (ámbito técnico), siguiendo el procedimiento establecido (ámbito normativo-legal). Luego del estudio realizado por la unidad técnica pertinente, el Ministro a.i. o la Ministra del Mideplan le informa al Ministro de la Presidencia que hay tres objeciones a la propuesta y le otorga un plazo perentorio para atenderlas. Al cabo del mismo, el Ministro de la Presidencia determina no continuar con el procedimiento de la creación de la Upadia pues considera que las observaciones del Mideplan tienen asidero técnico-normativo, y procede a desarrollar un proyecto para mejorar/ampliar las capacidades del Mideplan para los requerimientos de análisis de datos que Presidencia consideraba necesario. La toma de decisiones de la Presidencia sería basada en datos /información entregados por Mideplan.

Las advertencias realizadas por el jefe de la Unidad de Reforma Institucional del Mideplan sobre las debilidades de la propuesta de creación de la Upadia son precisamente las grandes críticas que en esta semana ha recibido la Presidencia, cuando se hace pública la existencia de la unidad así como del desafortunado artículo 7 del Reglamento que la crea, que señalaba: “se brindará acceso a la UPAD a información de carácter confidencial con la que cuenten las instituciones públicas cuando así se requiera”.

Si las advertencias de uno de los “mandos medios” del Mideplan hubiesen sido atendidas, quizás, no se hubieran dado las críticas en redes sociales, no se hubieran presentado las renuncias, no hubieran sido denunciados el Presidente y Ministros por la vía penal, no se hubiera creado una Comisión Legislativa para estudiar el caso, la Defensora de los Habitantes no hubiese ido a reunirse con el Presidente con su equipo asesor, y no se hubiera allanado la Presidencia de la República por primera vez en la historia por parte del Poder Judicial. En muchos casos e instituciones, los “mandos medios” se han satanizado, considerándolos como obstruccionistas o que le “juegan chapitas” a las autoridades ministeriales, pero en este caso, el tiempo le dio la razón sobre las advertencias realizadas. Nunca sabremos qué hubiera pasado, pero, lo que sí sabemos son los resultados negativos que la creación de la UPAD han generado.

La institucionalidad está basada en pesos y contrapesos en función de las decisiones que se tomen en los diferentes niveles. Hay procedimientos dentro del Poder Ejecutivo que se deben de atender para su organización, y que velan por el bienestar general. Debemos reforzar y apoyar nuestra institucionalidad, para que se sigan garantizando nuestros derechos.

 

Información tomada de: http://www.ucr.ac.cr/

Sea parte de SURCOS:

https://surcosdigital.com/suscribirse/

UCR: Consejo Universitario inicia recepción de solicitudes para el Premio Rodrigo Facio Brenes 2020

30 de abril será el último día hábil para la recepción de candidaturas

El Premio Rodrigo Facio Brenes 2020 se entregará el 26 de agosto, durante la sesión solmene del Consejo Universitario en conmemoración del 80 aniversario de la UCR. En la fotografía: La Dra. María Eugenia Bozzoli Vargas fue condecorada por la Universidad de Costa Rica (UCR) con el Premio Rodrigo Facio Brenes 2018.

La comunidad universitaria, tendrá tiempo desde este 2 de marzo y hasta el 30 abril, para proponer a los candidatos o las candidatas a recibir el Premio Rodrigo Facio Brenes 2020. La convocatoria fue aprobada por el Consejo Universitario en sesión N.° 6355, este jueves 27 de febrero.

La Universidad de Costa Rica (UCR) concede este premio cada dos años en reconocimiento a aquellas personalidades que se hayan destacado por su aporte al desarrollo político, social, económico y de la justicia social de nuestro país.

De acuerdo con lo que establece la normativa, las candidaturas deben ser presentadas por las asambleas de las facultades, escuelas o Sedes Regionales, así como el Consejo Superior Estudiantil; el sector administrativo, con el respaldo de cincuenta firmas de funcionarios activos; y un grupo compuesto por estudiantes, docentes o administrativos, también con el respaldo de cincuenta firmas de miembros activos.

Las propuestas serán analizadas por una comisión dictaminadora, integrada por el rector o su representante, quien la presidirá, un miembro designado del Consejo Universitario y una persona representante de cada una de las áreas, elegida por el Consejo de Área respectivo, así como el director de la Escuela de Ciencias Políticas.

El Premio Rodrigo Facio Brenes se originó en el año 1990, en el marco del 50 aniversario de esta casa de estudios superiores; hasta la fecha, la Institución ha entregado este galardón a 13 distinguidos costarricenses: Manuel Mora Valverde (1992), Isaac Felipe Azofeifa (1994), Jorge Manuel Dengo Obregón (1996), Rodrigo Carazo Odio (1998), Fernando Soto Harrison (2002), Rodrigo Madrigal Nieto (2004), María Eugenia Dengo Obregón (2006), Hilda Chen Apuy Espinoza (2008), Jorge Enrique Romero Pérez (2010), Guido Miranda Gutiérrez (2012), Elizabeth Odio Benito (2014), Daniel Camacho Monge (2016), y María Eugenia Bozzoli Vargas (2018).

Calendario Premio Rodrigo Facio

FECHA

ACTIVIDAD

2 de marzo de 2020

Apertura del periodo para proponer candidatos o candidatas. Las propuestas deben enviarse a la Rectoría.

30 de abril de 2020

Último día hábil para la recepción de candidaturas.

 

4 de agosto de 2020

La Rectoría presenta, en sesión del Consejo Universitario, la resolución de la Comisión Dictaminadora.

26 de agosto de 2020

Entrega del Premio en la sesión solemne del Consejo Universitario, en conmemoración del 80.º aniversario de la Universidad de Costa Rica.

 

Alejandra Amador Salazar

Periodista, Consejo Universitario

Información tomada de: http://www.ucr.ac.cr/

Sea parte de SURCOS:

https://surcosdigital.com/suscribirse/

Concejo Municipal de San Rafael se opone a proyecto de Ley de Aguas

CONCEVERDE informó a SURCOS que el Concejo Municipal de San Rafael tomó acuerdo por unanimidad de los regidores, a oponerse al Proyecto de Ley para la Gestión Integrada del Recurso Hídrico, expediente 20.212.

Además, le comunicó sus argumentos de oposición a las 81 municipalidades del país. Los argumentos son los siguientes:

1) Al quedar el MINAE con el poder absoluto sobre el Agua, y la Política Hídrica Nacional y el Plan Hídrico Nacional dictados y aprobados por decreto Ejecutivo, las decisiones sobre el manejo del Recurso quedarán bajo los lineamientos de una política partidaria. La Dirección Nacional de Aguas es el órgano que le correspondería la tutela y protección del recurso hídrico. Su jerarca es de nombramiento y remoción del Ministro de Ambiente, de modo que, siendo éste el que decide sobre los recursos de apelación ante decisiones y políticas sobre el agua, difícilmente tales decisiones dejarán de estar influidas por criterios políticos dado que el Ministro de Ambiente es designado por el Presidente de la República. (Léase artículos 5, 6, 7 y 8). Los criterios técnico-científicos corren el riesgo de relegarse o ser ignorados en tales decisiones.

2) La ley dice priorizar el “bienestar social” y económico, y minimiza la importancia de la preservación de los ecosistemas (art. 2 inc.j). La narrativa adopta una visión claramente economicista.

3) Muchas de las definiciones deberían ser modificadas, entre ellas destacamos:

  • Pozos artesanales (Art. 3, inc.29)
  • Uso doméstico (Art.3, inc.35)
  • Uso no consuntivo (Art 3, inc. 36)
  • Vulnerabilidad (Art. 3, inc.41), en esta definición no contempla las actividades humanas.

4) Se crea la Dirección Nacional de Aguas (DINA), como un órgano técnico adscrito al Ministerio de Ambiente y Energía (art. 7), otorgándole funciones y atribuciones de suma importancia, pero se deja sin definir su organización y estructura.

5) En el art.28 se vulneran las áreas de protección, al permitirse en ellas la tala, a interés y decisión del Poder Ejecutivo y/o la DINA.

6) En el art.29 se disminuye la protección de los cuerpos de agua, al requerir la reposición, en caso de haber sido eliminada la cobertura de la zona protectora, en solo 5 metros, sin considerar que estas áreas pueden ser de 10, 15, 50, 100 ó 200 metros.

7) En el art.30 se abren posibilidades a vulnerar los retiros sanitarios de operación de pozos.

8) La protección de los Acuíferos queda a discreción de DINA y el futuro e incierto Reglamento de la Ley. (art.31). La desprotección es mayor cuando hace apenas unas semanas la Matriz Genérica de Protección de Acuíferos de SENARA ha sido enterrada por ser incompatible con los intereses económicos empresariales, en detrimento del bien común y la protección del ambiente. Por eso nos parece que este artículo es de temer.

9) Sabemos que uno de nuestros más serios problemas en relación al agua, es la contaminación, tanto de ríos y quebradas (que en gran número son hoy prácticamente basurales) como de los acuíferos. La sección II referente a los vertidos (art.39 y siguientes) es liviana y permisiva y no aborda con seriedad ni con voluntad de reparación éste serio problema. Además de señalar que “La responsabilidad del cumplimiento de los criterios técnicos de la calidad de la

descarga corresponderá a quien realice el vertido.” (art. 41). Inaceptable.

10) No se puede generalizar y exceptuar del requisito de la concesión a cualquier actividad de las instituciones del sector hídrico (art. 59).

11) Otorgar las concesiones por 20 años, en el contexto de crisis climática en la que nos encontramos, resulta un plazo excesivo (art. 60).

12) La posibilidad de aprovechamiento de aguas subterráneas y superficiales sin autorización, cuando sea para “uso doméstico”, tomando en cuenta la definición amplia en esta ley, abre la puerta para usos indebidos, posible contaminación y vulneración del caudal ambiental (art. 85).

13) Se abre la puerta para otorgar concesiones de aprovechamiento de aguas marinas en otras Áreas Protegidas o protectoras que no sean Parques Nacionales o Reservas Biológicas, quedando vulnerada la protección en Reservas Naturales, Refugios de Vida Silvestre, Humedales, Reservas Forestales, Áreas Marinas de Manejo, Zonas Protectoras y Refugios Privados (art. 88).

14) El respeto al caudal ambiental queda supeditado al interés de aprovechamiento para uso (cualquier uso) humano (art. 94).

15) El ‘Uso Colectivo de las Aguas en Condominio’, abre las puertas a la urbanización (y por lo tanto a la impermeabilización de suelos) en zonas en donde los operadores del servicio no proveen pajas de agua con el fin de Proteger Zonas de Recarga, Zonas vulnerables o de restricción por disponibilidad. Este artículo no es más que otro favor a las empresas constructoras y de bienes raíces, sin importar la restricción y protección requerida para la preservación del recurso hídrico a futuro (art.104).

16) Nuevamente en el título V, se toma la costumbre de verter contaminantes en los cauces de agua (que tiene colapsadas nuestras cuencas) como una actividad tan aceptable y normal como el consumo para la vida misma. El legislador, en vez de regular los vertidos y promover el tratamiento de éstos para un re-uso específico, se conforma con cobrar cánones a quienes contaminan: “El canon ambiental por vertidos es un instrumento económico que se fundamenta en el principio de quien contamina paga y que se establece a través del cobro de una contra prestación en dinero, a quienes usen el servicio ambiental de los cuerpos de agua para el transporte, dilución y eliminación de desechos líquidos originados en el vertimiento puntual, los cuales pueden generar efectos nocivos sobre el recurso hídrico, los ecosistemas relacionados, la salud humana y las actividades productivas.”(art. 105). Inaceptable.

17) La idea de someter al pago de multas a quienes infringen la ley, es incentivar a que éstas se cumplan. A más altas multas, más temeroso será de hacerlo el potencial infractor. En ésta ley, los montos ridículos de las multas, aún en caso de faltas gravísimas, representan casi un incentivo a optar por quebrar la ley y pagar la multa antes de invertir en hacer las cosas bien (art.117, 118,119). Inaceptable.

18) También es inaceptable que un proyecto que pretende garantizar el suministro de agua, de manera continua y de calidad potable, no regule o limite la producción y el embotellamiento de agua y bebidas envasadas, sea para consumo local o exportación; sobre todo tal y como lo estamos viviendo en una época, donde se tiene la certeza, que el recurso hídrico es limitado y agotable.

Además se consideraron los criterios técnicos y pronunciamiento del SENARA en el oficio SENARA-DIGH-0020-2020, que adjunto en la imagen.

Imagen ilustrativa, UCR.

Sea parte de SURCOS:

https://surcosdigital.com/suscribirse/

PRONUNCIAMIENTO SOBRE LOS ÚLTIMOS SUCESOS DE VIOLENCIA DE GÉNERO EN MÉXICO

COMUNIÓN MEXICANA DE IGLESIAS REFORMADAS Y PRESBITERIANAS – CMIRP

Ciudad de México, 22 de febrero de 2020

Y el Señor le dijo: “¿Qué es lo que has hecho? Desde la tierra, la voz de la sangre de tu hermano/a me pide que le haga justicia”.

Génesis 4.10, Reina-Valera Contemporánea (modificada)

Ante los recientes acontecimientos relacionados con la violencia de género, particularmente los feminicidios de la menor Fátima y de Ingrid, y en el espíritu de las palabras del Génesis citadas, expresamos nuestra más profunda indignación, pesar y arrepentimiento.

Reconocemos que, como parte de este país, hemos participado, sobre todo desde nuestra enorme pasividad, de estos crímenes de odio, inconcebibles en estos tiempos de afirmación de la dignidad de todas las personas.

Aceptamos también que este pecado estructural, más allá de las complejidades de la vida individual y del daño psicológico que implica actuar de la manera más inhumana que se pueda imaginar y practicar, está presente en todos los ámbitos de la vida social y que nuestra proclamación del mensaje de Jesucristo no ha bastado para aplacarlo o disminuirlo. Ello se debe, no a la ineficacia de dicho mensaje, sino a nuestra limitada proyección y compromiso con él.

Confesamos que hemos sido partícipes, por omisión, indolencia y falta de compromiso con la justicia, de una actitud destructiva que, lamentablemente, sigue lastimando y cercenando vidas, con la misma ferocidad que en los tiempos de los Jueces (caps. 19-21), cuando una mujer anónima fue violentada en toda su realidad física y humana, y cuyo cuerpo fue fragmentado y repartido como una especie de sacramento brutal para testimonio de un pueblo que fue llamado a hacerle justicia.

Por lo tanto:

  • Pedimos perdón a las mujeres de este país por el grado de complicidad (activa o pasiva) con que hemos asumido este tipo de sucesos en los últimos años y que sigue poniendo en riesgo su sobrevivencia y vida digna.
  • Pedimos perdón a la Divinidad por tanta indiferencia y la nula acción ante estos hechos que han propiciado una auténtica crisis humanitaria en nuestro país.
  • Hacemos un llamado a nuestras comunidades a prestar atención a estos hechos para evitar su invisibilización, a clamar a Dios por su justicia, a anunciar las buenas nuevas de amor, paz y armonía ante hechos similares, a denunciar cualquier brote de violencia de género y a prevenir cualquier situación que atente contra la vida y estabilidad de las mujeres y menores de edad.
  • Invitamos a las demás comunidades que reivindican el nombre de Jesucristo a sumarse a las tareas de denuncia de este mal que amenaza con convertirse en endémico, a proclamar las bondades transformadoras del Evangelio y a participar activamente en la reconstrucción de la mentalidad social para superar este problema.
  • Exhortamos a la sociedad mexicana en su conjunto a asumir la tarea de mejorar la situación de las mujeres y así poder atender los riesgos y la enorme vulnerabilidad con que ellas viven en los tiempos presentes.
  • Solicitamos a los diferentes niveles de gobierno, especialmente a la Presidencia de la República, que escuche con atención el clamor de las mujeres que reclaman justicia por estos feminicidios, así como una mayor sensibilidad que permita abordar y solucionar el problema mediante medidas concretas.

Finalmente, afirmamos enfáticamente la esperanza en la resurrección experimentada por Jesús de Nazaret y que comparte con todo aquel o aquella que padece la injusticia criminal. Ella es la que no nos permitirá olvidar a Fátima, a Ingrid, y a todas las demás mujeres que han perdido la vida en esta espiral de violencia que sacude a nuestra nación.

Al lado de ellas y de todas las mujeres afirmamos también: ¡Ni una más! ¡Ni una menos!

 

 

Imagen ilustrativa.

Enviado a SURCOS por Carlos Tamez.

Sea parte de SURCOS:

https://surcosdigital.com/suscribirse/

Presentación de la serie de cuadernos «Por caminos de justicia»

  • Invitación abierta

  • Viernes 6 marzo / 6 p.m.

Nos alegra mucho invitarles a la presentación de los cuadernos “Por caminos de justicia», una serie de cinco cuadernos para trabajar junto con mujeres temas como justicia de género, justicia social y justicia ambiental.

Estas publicaciones son posibles gracias al apoyo de Mission 21 con el trabajo conjunto de la Universidad Bíblica Latinoamericana (UBL) y el Departamento Ecuménico de Investigaciones (DEI).

Nuestra intención es aportar un material útil a las organizaciones, redes de personas, y comunidades basadas en la Fe, para discernir situaciones de violencia de género en espacios eclesiales, laborales y familiares.

Fecha de actividad de presentación: viernes 6 de marzo 2020. A las 6: 00 pm

Lugar de la actividad: Catedral Episcopal El Buen Pastor, Salón Parroquial.

La entrada es libre.

Compartiremos un vino y música con ustedes.

Universidad Bíblica Latinoamericana Missioneinundzwanzig Öffentlichkeitsarbeit Departamento Ecuménico de Investigaciones 

Equipo del DEI

 

Enviado por DEI.

Sea parte de SURCOS:

https://surcosdigital.com/suscribirse/

Concurso Semilla de Arcoiris 2020

La Asociación MUSADE, Mujeres Unidas en Salud y Desarrollo, es una organización de bienestar social declarada de utilidad pública que trabaja en la Región de Occidente desde hace 33 años.

Su objetivo principal es “Promover el desarrollo integral de la mujer en su contexto social, político, económico y cultural”.

En el marco de la conmemoración del Día Internacional de la Mujer, este año se estará realizando la edición número XVI del “Concurso Arco Iris”.

Les invitamos a visitar las exposiciones y apoyar a las participantes en las siguientes fechas:

-27 de febrero – Sarchí (Biblioteca Pública y Casa Cultural Xalachi)

-28 y 29 de febrero – San Isidro de Peñas Blancas (Sala de Sesiones, Concejo Municipal)

-3 de marzo – Naranjo (Biblioteca Pública)

-4 de Marzo – Palmares (Biblioteca Pública)

-5 y 6 de Marzo – San Ramón (Biblioteca Pública)

-7 de Marzo – Acto de Premiación y de conmemoración del Día Internacional de la Mujer en las instalaciones de Musade, San Ramón

Le invitamos a votar por tu retrato favorito, ingresando a este link y al álbum «Concurso Semilla de Arcoiris 2020»:

https://www.facebook.com/pg/musadeorg/photos/?tab=album&album_id=10159424370968242

Enviado por Enid Cruz.

Sea parte de SURCOS:

https://surcosdigital.com/suscribirse/

«Por caminos de justicia»: Vida plena para la niñez y la adolescencia (tercer cuaderno)

  • La UBL y el DEI presentan material didáctico

“Por caminos de justicia» es el nombre de esta colección de cinco cuadernos para trabajar temas como justicia de género, justicia social y justicia ambiental.

Esta vez compartimos el tercer número “Vida plena para la niñez y la adolescencia”.

Incluye contenidos muy valiosos de diversas autoras como “Las mujeres lideresas del movimiento de Jesús, el Cristo”, “Claves feministas para la autoestima de las mujeres”, “Pistas bíblico-teológicas para el ministerio de la niñez y la juventud”, entre otros.

Pueden descargarlo y usarlo libremente como herramienta en sus organizaciones, grupos de trabajo, comunidades eclesiales y con quienes gusten.

Estas publicaciones son un resultado de una iniciativa del proyecto «Buenas prácticas y justicia de género», del Departamento de Mujeres y Género y del Programa América Latina de Mission 21. Iniciativa realizada conjuntamente por la Universidad Bíblica Latinoamericana (UBL) y el Departamento Ecuménico de Investigaciones (DEI).

Este es un aporte para que organizaciones y diversos grupos y redes cuenten con más herramientas para discernir situaciones de violencia de género en espacios eclesiales, laborales y familiares.

El 6 de marzo presentaremos los cinco cuadernos junto con ustedes, pues queremos celebrar la realización del material y el esfuerzo conjunto: esta es una tarea que apenas empieza y buscamos contrarrestar corrientes fundamentalistas que propagan discursos de odio. Nuestra propuesta es el amor y el respeto, como nos enseñó Jesús.

Esperamos que los cuadernos sean compartidos, utilizados como material de trabajo, y que sean generadores de diálogos y aprendizajes.

Universidad Bíblica Latinoamericana Missioneinundzwanzig Öffentlichkeitsarbeit Departamento Ecuménico de Investigaciones 

Cuaderno 3 “Por caminos de justicia: la justicia de género para traer vida en la adversidad” / “Vida plena para la niñez y la adolescencia”.

Equipo del DEI

 

Enviado por DEI.

Sea parte de SURCOS:

https://surcosdigital.com/suscribirse/