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Colombia: Jornada de Reparación de Víctimas de la Resistencia Tayrona

Colombia - Jornada de Reparación de Víctimas de la Resistencia Tayrona

La Confederación de Trabajadores y Trabajadoras de las Universidades de las Américas (CONTUA) y el Sindicato de los Trabajadores y Empleados Universitarios de Colombia –SINTRAUNICOL–, organizaron el 1° Encuentro Internacional de Derechos Humanos de las Universidades de América Latina y el Caribe. La actividad se realizó en marzo de 2014 en la Ciudad de Cali.

Esta actividad permitió conocer la realidad de la dirigencia sindical de ese país, donde muchos dirigentes sindicales han dejado su vida en la lucha por las conquistas de los trabajadores y las trabajadoras.

La CONTUA se manifiesta a favor de toda actividad que contemple espacios de contención y esclarecimiento de sucesos que violen los Derechos Humanos de los trabajadores y trabajadoras, dirigentes sindicales y familiares de las victimas.

La dirigencia sindical del Sindicato de los Trabajadores y Empleados Universitarios de Colombia –SINTRAUNICOL– invitó a participar en las jornadas de reparación de víctimas de resistencia Tayrona, programadas del 16 al 31 de julio del 2014, en las instalaciones de la Universidad del Magdalena.

 

Información enviada a SURCOS por Coordinación-CONTUA

Ajuste salarial debe tomar en cuenta los aumentos que se vienen

Ajuste salarial debe tomar en cuenta los aumentos que se vienen

Alzas en tarifas y precios de canasta básica lo amerita

El Bloque Unitario Sindical y Social, que aglutina a diversas organizaciones sindicales y sociales ha solicitado que el ajuste salarial que se debe definir para el sector público tome en cuenta la gran cantidad de aumentos de tarifas de agua, de luz, de transporte público y de precios de los alimentos básicos que se viene con el aumento desmesurado del precio del combustible.

Tanto la Aresep, como la Sutel, actúan como “repúblicas independientes”, aumentando tarifas y precios para beneficiar a empresas y no al pueblo; ya ni siquiera el Presidente de la República puede actuar contra el abuso de estas instituciones creadas por los gobiernos del PLN-ML y el PUSC.

El reciente y desproporcionado aumento de precio de los combustibles, el más alto de la historia de Costa Rica y el más caro de América Latina, va a provocar una oleada de aumentos de precios y tarifas en los próximos días, por lo que el ajuste salarial debe tomar en cuenta esta situación.

La creciente especulación de precios en prácticamente todos los productos de consumo impacta permanentemente los ingresos de la clase trabadora y lógicamente además la calidad de vida de los ciudadanos, ya que de este modo se afecta negativamente la canasta básica.

Luis Chavarría Vega, Secretario General de UNDECA manifestó que “el sistema financiero, tanto público como privado no cesa de imponer incrementos desmedidos en los créditos que prácticamente de manera forzosa adquirimos como trabajadores. Incluimos aquí a la población afectada por tarjetas de crédito de carácter especulativo. El Gobierno debe utilizar los mecanismos eficaces y necesarios para evitar la especulación comercial en todos los órdenes de la vida cotidiana del país.”

“En cuanto a la Política Salarial el Gobierno debe ser consecuente con su propósito público de justicia salarial, retomando, reconociendo y aplicando mediante una fórmula negociada que incluya los elementos y factores que innegablemente afectan los ingresos de los trabajadores del sector público, tales como costo de vida, inflación, inequidad en la distribución del PIB, como forma justa de crecimiento económico, entre otros”, concluyó Chavarría Vega.

 

Información enviada a SURCOS por Unidad de Comunicación UNDECA

Policías Penitenciarios de San Sebastián salieron a protestar

El pasado lunes 6 de enero, la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), hizo una convocatoria de calle a todo el personal de la Policía Penitenciaria de Costa Rica, en especial, a quienes laboran en los centros más renombrados: Circuito Reforma, San Sebastián y Buen Pastor. Tal protesta fue señalada para que se realizase el día lunes 27 de enero en curso.

Sin embargo, es tal el nivel de enojo laboral en este estratégico cuerpo de la seguridad nacional del país, que el colectivo destacado en el Centro de Atención Institucional (CAI), de San José, más conocido como la cárcel de San Sebastián, decidieron ellos mismos, por decisión propia adelantar la fecha de la protesta: la realizaron el lunes 13 de enero, en las afueras de este centro penal.

Aunque se decidió una acción sin previo aviso a nivel de opinión pública, alguien la “cantó” anticipadamente. Sin embargo, la ANEP, por solicitud de los mismos efectivos policiales penitenciarios de la mencionada cárcel, respaldará en todos sus extremos la indicada acción laboral de protesta.

Resaltan dos graves problemas que han acumulado tal alta intensidad de molestia del personal policial penitenciario: la creciente discriminación salarial en relación con sus homólogos de la Fuerza Pública, así como la necesidad de que importantes y gran cantidad de deudas salariales por concepto de jornadas laborales en condición de disponibilidad, se paguen en sede administrativa.

 

Enviado a SURCOS por ANEP.

Compromiso de negociación y conciliación por conflictos laborales en la Municipalidad de Santa Cruz

Presentamos a continuación el acta de negociación entre la Municipalidad de Santa Cruz y la ANEP, con la intervención conciliadora del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), en relación con el conflicto laboral que se presenta en la institución municipal:

ACTA

En reunión convocada en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), a las 9:00 horas del día  jueves 9 de enero de 2014; La MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ representada en este acto por su Alcalde Municipal, señor Jorge Enrique Chavarría Carrillo, cédula No. 5-0133-0943; por la señora Presidenta del Concejo Municipal, doña Celia Pastrana Gutiérrez, cédula 1-0625-0482; y la ASOCIACIÓN NACIONAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS Y PRIVADOS (ANEP), representada en este acto por el señor Albino Vargas Barrantes, Secretario General de la ANEP; cédula 1-0457-0390; y por las siguientes personas integrantes de la Junta Directiva Seccional ANEP-Municipalidad de Santa Cruz: Roxana María Morales Cernas, cédula No. 5-0240-0066; Gricelda García Briceño, cédula No. 5-0265-0991; Shirley Molina Santana, cédula No. 5-0306-0989; y, Max Alberto Abarca Rueda, cédula No. 5-0357-0618; además de la señora Iris Cervantes Paniagua, cédula No. 1-0460-0603, integrante de la Unidad de Desarrollo Organizacional (UDO) de la ANEP y responsable de la ANEP para la Municipalidad de Santa Cruz; con la intervención conciliadora del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL (MTSS), representado por la Licda. Rosa Elena Fernández Solano, las partes indicadas acuerdan compartidamente lo siguiente:

PRIMERO: La Presidencia del Concejo y la Alcaldía de Santa Cruz, con base en el planteamiento sindical, se comprometen a impulsar y aprobar según corresponda y en el menor plazo posible, la modificación reglamentaria del caso a efecto de que las gestiones de cobro y los arreglos de pago a que debe someterse la ciudadanía del cantón de Santa Cruz, en correspondencia con sus responsabilidades tributarias a nivel municipal para con la Municipalidad de Santa Cruz, se sigan ejecutando con el personal profesional de los servicios jurídicos institucionales pagado por la planilla municipal, de tal suerte que esa ciudadanía no tenga que efectuar erogaciones extras por asesorías externas que le encarece sus responsabilidades tributarias con el municipio. Para tal efecto, la Presidencia del Concejo y la Alcaldía Municipal de Santa Cruz convienen en que la apertura de tal servicio jurídico municipal esté a cargo de la Licda. Roxana Morales Cernas, abogada con el suficiente conocimiento profesional y técnico para el desarrollo de la labor apuntada. A ella se le pide que prepare el debido texto de la indicada modificación reglamentaria para su urgente aprobación y, además, se estable la obligatoriedad para la administración y la alcaldía de proveerle de las debidas condiciones físico-espaciales, tecnológicas y de ambiente ocupacional para la  más eficiente prestación de este importante servicio a la municipalidad.

SEGUNDO: La Presidencia del Concejo y la Alcaldía de Santa Cruz convienen en aunar esfuerzos y propiciar las gestiones del caso para que en el próximo e inmediato presupuesto extraordinario se consigne la debida modificación que le dé contenido a las reasignaciones de las profesionales Shirley Molina Santana, Gricelda García Briceño y Andrea Gutiérrez Meza, tal y como el estudio técnico del caso así lo determinó; además para que la municipalidad refuerce su compromiso y su congruencia con la política pública a nivel local, regional y nacional en materia de atención a las necesidades de la mujer, del desarrollo de la micro y pequeña mediana empresa y de la red de cuido y otras funciones de bienestar social confiadas a la ejecución en el plano municipal.

TERCERO: MANIFESTACIÓN SINDICAL EXCLUSIVA: La parte sindical formula una vehemente exhortación a la Presidencia del Concejo y a la Alcaldía Municipal para que se apersonen, con carácter institucional, ante el MINISTERIO PÚBLICO para solicitar información asesora y procedimental tendiente a una auscultación experta de la gestión financiera en su marco integral, de tal suerte que se determine la prevalencia absoluta de su transparencia toda vez que se conoce de, al menos, un caso en que una persona contribuyente con deudas con la municipalidad se enfrentó a la realidad de la “desaparición misteriosa del sistema” de esa deuda. Estima la parte sindical que tal gestión es importante para generar condiciones de modernización tecnológica, de fiabilidad a toda prueba, de rapidez y eficacia en la gestión y para (entre otras cosas), determinan las inconsistencias usuales que, por ejemplo, se notan en los procesos de pago salarial de la planilla institucional.

CUARTO: MANIFESTACIÓN SINDICAL EXCLUSIVA: La parte sindical es consciente de su responsabilidad para que el personal que representa eleve, sustancial y comprobadamente, sus niveles de eficiencia, de eficacia y de oportunidad en la prestación de los servicios municipales que les han sido encomendados; y está en total disposición de asumir un reto de gran amplitud explícita al respecto. Sin embargo, la parte sindical deja planteada la imperiosa necesidad del establecimiento de una integral y sólida política institucional en materia de recursos humanos pues se carece de ella en la Municipalidad de Santa Cruz; careciéndose de procesos motivacionales científicamente sustentados; de valoraciones de puestos con gran objetividad y propiedad técnicas; de diferencias salariales irracionales en algunos casos y de remuneraciones insuficientes e injustas en otros; y de un sistema técnicamente diseñado para la evaluación del desempeño, periódica y objetiva, como lo ordena el propio Código Municipal. Todo lo cual hace que a nivel sindical se promuevan las acciones necesarias en el futuro cercano para abrir paso a la materialización de procesos y políticas como los descritos, entre otros.

QUINTO: MANIFESTACIÓN SINDICAL EXCLUSIVA: La parte sindical exhorta con vehemencia a la Alcaldía Municipal a que abra el debido proceso para la aplicación de la sanción que debe competer en el caso comprobado de acoso sexual por parte del funcionario Lic. Marco de Jesús Gutiérrez Rodríguez; a tenor de lo que las nuevas políticas públicas establecidas en nuestro país han determinado para la protección y para la integridad de las mujeres, especialmente las integrantes de la clase trabajadora; políticas que han llegado hasta emitir legislación específica como la Ley Contra el Acoso Sexual a la Mujer en el Empleo; legislación que, perfectamente, habilita a la Alcaldía de Santa Cruz a revertir la situación de vergonzosa impunidad en que se encuentra el caso mencionado debidamente comprobado por la comisión institucional que lo analizó.

En fe de lo anterior firmamos en la ciudad de San José, a las 12:30 horas del día jueves 9 de enero de 2014.

Por la MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ

 

Jorge Enrique Chavarría  Carrillo                                    Celia Pastrana Gutiérrez

Alcalde                                                                                 Presidenta del Concejo

 

Por ANEP

 

Albino Vargas Barrantes                                                      Roxana Morales Cernas

Shirley Molina Montana                                                       Gricelda García Briceño

Max Alberto Abarca Rueda                                                  Iris Cervantes Paniagua

 

Por el MTSS

 

Licda. Rosa Elena Fernández Solano

Conciliadora Laboral MTSS

 

Enviado a SURCOS por ANEP.

Se realizó un paro de labores de la policía penitenciaria CAI San Sebastián

Los trabajadores y trabajadoras de la policía penitenciaria del Centro de Atención Institucional de San Sebastián, en su mayoría afiliados y afiliadas a la Unión Nacional de Trabajadores y Trabajadoras (UNT), acordaron el día de hoy jueves 9 de enero, realizar un primer paro de labores para demandar de alas autoridades del Ministerio de Justicia y Paz que se equiparen sus salarios con sus iguales de la Fuerza Pública. La medida de presión se realizó el lunes 13 de enero.

Los salarios de la Fuerza Pública superan, en más de 70mil colones, los salarios de las y los policías penitenciarios. La UNT espera que en reunión que se sostendrá con la Ministra en la primera semana de febrero llegue con un planteamiento claro para resolver el problema y que se haga justicia salarial con la policía penitenciaria. De no haber acuerdos claros y precisos, la UNT se reserva el derecho de convocar nuevas medidas de presión y extenderlas a los restantes Centros Penitenciarios.

 

Enviado a SURCOS por Unión Nacional Trabajadoras y Trabajadores.

Municipalidad de Santa Bárbara en paro

Con poco más del 90 % de su personal sumado al movimiento, desde el pasado 7 de enero de 2014, se está desarrollando un paro de labores en la Municipalidad de Santa Bárbara.

El ambiente laboral se ha deteriorado en grado sumo. El deterioro del equipo y maquinaria, la gran incapacidad para gestionar la compra de un repuesto por sencillo que sea y la carencia de un liderazgo claro en la conducción institucional, amén de las pugnas jerárquico-políticas, tienen al personal de la Municipalidad de Santa Bárbara sumido en la más grande frustración y enojo porque quieren trabajar pero no se les está dando las debidas condiciones, ni objetivas ni subjetivas, para servir bien a la comunidad. Para empeorar la situación, se han dado nombramientos de personal totalmente irregulares que podrían generar mayor deterioro institucional.

Además, tampoco se expresa una real voluntad política de adecuar la dinámica de las relaciones obrero-patronales a la legislación laboral vigente, tal como la firma de la Convención Colectiva de Trabajo y la instauración del sistema de Salario Escolar. El liderazgo sindical de la ANEP en la Municipalidad de Santa Bárbara sufre de cierta persecución precisamente por demandar en la institución la plena vigencia del Código de Trabajo; algo que aparte de paradójico, es inaceptable.

Con el paro de labores se pretende llamar la atención de la comunidad barbareña para que ésta repare en la situación caótica en que está sumida su municipalidad, a fin de que asuma la exigencia de una rendición de cuentas que, de verdad, le ponga coto al desmadre en que la tienen la incapacidad y las rencillas políticas.

La situación podría deteriorarse y el conflicto se podría prolongar más allá de este día de paro.

 

Enviado a SURCOS por ANEP.

Salarios sector público: Auguramos «decretazo» de menos del 1 % para primer semestre 2014

Empezará el 2014 sin fijación salarial para el sector Público.

Gobierno dejó el tema para la parte más álgida de la campaña electoral.

 

A pocos días de empezar el año 2014, las personas trabajadoras asalariadas que laboran para el sector Público, no saben el monto del reajuste de sus salarios para el primer semestre del año que ya está a la vuelta de la esquina.

Ni la más mínima señal dio el Gobierno de la ya saliente Presidenta Chinchilla de querer abordar el tema. Probablemente se emitirá un “decretazo”, pues ya poco importa cualquier esfuerzo de diálogo con las principales agrupaciones sindicales representativas del personal del sector Público del país, para un gobierno que terminará su gestión en el más grande descrédito de los últimos 25 años.

Según el Banco Central de Costa Rica (BCCR), al dar a conocer su “balance económico” del 2013, la inflación de este año cerraría entre un 3.8 % y un 4.1 %.

Estas cifras son un mal augurio para los bolsillos de los empleados públicos de ingresos medios y bajos; pero, especialmente, para aquellos puestos del Poder Ejecutivo central que siguen ligados a los salarios médicos.

Veamos en detalle:  Considerando que la inflación según las cifras del Gobierno en el primer semestre de 2013, fue de un 3.24 % (y éste fue el reajuste fijado por decreto unilateral en esa ocasión); con base en los datos del BCCR indicados de que terminaremos el año con una inflación total de entre un 3.8 % y un 4.1 %, se estaría abriendo paso a la imposición de que el sector Público iniciaría el 2014 con un reajuste entre el 0.56 % y el 0.86 %; es decir, ¡ni siquiera de un 1 %!

Esta eventual circunstancia de concretarse, es decir un “decretazo” salarial para el sector Público que podría fijar un reajuste para el primer semestre del 2014 de menos de un 1 %, colisionará con el escenario electoral en su fase más intensa.

Considerando que la saliente administración Chinchilla Miranda ha actuado de manera torpe dejando para último minuto un tema tan sensible como el de los reajustes salariales para el personal estatal, lo mínimo que se esperaría es una convocatoria gubernamental a la Comisión de Fijación Salarial para el Sector Público que permita un esfuerzo negociador, no más entrando enero.

Esfuerzo negociador para considerar la situación financiera, especialmente, de ese gran grupo de personas trabajadoras empleadas públicas cuyos salarios, al estar atados a la ley de incentivos médicos, no pueden recuperar el deterioro acumulado e incesante de su correspondiente poder adquisitivo.

Mínimamente, estos deberían, por tanto, ser los elementos centrales a considerar de cara al reajuste salarial para el sector público valedero para el primer semestre del 2014:

1) La circunstancia que según el mismo BCCR, el crecimiento de la economía en este año 2013 superará el 3 %.

2) Un porcentaje de la inflación proyectada para el primer semestre del año que ya casi comienza.

3) La situación de los salarios de los puestos “enganchados” a la ley salarial médica y la superación de esta injusta situación.

4) Un porcentaje de fijación compensatoria para puestos no calificados y afectados por este “enganche”.

 

Enviado a SURCOS por ANEP.

Lucha por la dignificación salarial en la Fuerza Pública da resultado: Se ensancha la brecha con relación a la Policía Penitenciaria

Aumento salarial para Fuerza Pública es producto de una lucha sindical sostenida por más de cinco años.

Policía Penitenciaria queda en gran desventaja y obligada a salir a la calle: ANEP la convocará.

Policía de Migración tendrá su nuevo manual en febrero.

 

Por estas mismas fechas, en diciembre del año 2009 y terminando el Gobierno Arias Sánchez, se firmó en la Casa Presidencial un histórico acuerdo con el fin de impulsar un proceso integral de reivindicación profesional-salarial para los y las integrantes de los principales cuerpos de policía del Poder Ejecutivo: Fuerza Pública, Policía Penitenciaria, Policía de Migración y Policía de Tránsito.

Se daba así el primer paso en firme de esta lucha impulsada desde hacía ya bastantes meses antes por la ANEP; lucha que hoy en día sigue siendo impulsada, orientada y organizada por esta agrupación; lucha que no ha terminado luego de más de cinco años de estarse desarrollando.

Vana y pomposamente el Gobierno Chinchilla Miranda pretende arrogarse para sí un mérito de una  lucha que ha sido de naturaleza sindical, promovida y conducida por la ANEP y apoyada con acciones de calle.

En este caso específico, ¡histórica!, como lo fue la primera marcha de policías de la Fuerza Pública, celebrada el pasado 21 de abril de 2013, precisamente, en demanda de un nuevo Manual de Puestos para el personal raso de este cuerpo policial, ya que desde mucho antes, los mandos medios y altos habían recibido su también justa reivindicación profesional-salarial.

La lucha de la ANEP, por tal razón, se enfocó en la tesis de “dos Fuerza Pública”: la de los que quedaron ganando bien, pero muy bien; y la de los que siguieron ganando mal, pero muy mal. Hoy esto empezó a cambiar. El menor aumento salarial en la Fuerza Pública para su personal raso será de unos 60 mil colones a la base, pero habrá reasignaciones salariales mucho mayores.

Por eso nos regocijamos y nos alegramos de que ahora, el personal policial “de abajo” de la Fuerza Pública recibirá a partir de enero de 2014, un sustancial reajuste a sus bases salariales, tal y como desde un inicio se pensó, hace más de 5 años, cuando ANEP lanzó esta lucha.

Nos sentimos más que satisfechos con el impulso de acciones de política pública en materia de dignificación salarial para los estratégicos cuerpos policiales del país, especialmente los que tiene a su cargo el Poder Ejecutivo.

Sin embargo, si bien se está dando un paso más que significativo de dignificación salarial plena para el sacrificado personal de la Fuerza Pública; lamentablemente, se amplía la brecha salarial entre este personal y sus colegas de la Policía Penitenciaria, igual de comprometidos e igual de sacrificados.

La ANEP lanza la alerta al respecto y desde ya se abocará a concientizar al honorable personal de la Policía Penitenciaria de Costa Rica de que en semanas próximas, más rápido de lo que pensamos, deberán salir a la calle (como lo hicieron sus colegas de la Fuerza Pública, en abril pasado), para que se concrete la reiterada petición de la ANEP a las autoridades del Ministerio de Justicia y Paz de que es urgente una actualización estructural del Manual de Puestos de la Policía Penitenciaria, a fin de ajustarlo a la nueva realidad salarial que, ¡por fin!, ha llegado hasta el personal, tanto de base como jerárquico, de la Fuerza Pública.

En el caso de la Policía Penitenciaria, no solamente se profundiza la brecha salarial en el caso de su personal raso; sino que los mismos mandos medios y altos de este cuerpo de seguridad, quedarán con grandes distancias con relación a los justos salarios que ya están recibiendo sus colegas de la jerarquía de la Fuerza Pública.

En tal caso, desde ya, la ANEP está formulando un llamado público dirigido a todos los y a todas las integrantes de la Policía Penitenciaria que vayan tomando previsiones para una salida de calle antes de las elecciones presidenciales del 2 de febrero; a fin de  demandar la suscripción de un acuerdo con la ANEP a efecto de ajustar y homologar las bases salariales a las nuevas realidades de éstas en la Fuerza Pública, dado que es la misma lucha, es idéntico el proceso y las circunstancias son iguales, si nos atenemos al respecto que merecen los acuerdos de Casa Presidencial de diciembre del 2009, suscritos por ANEP.

Finalmente, en el caso de la Policía Profesional de Migración y Extranjería, según acuerdo suscrito con la ANEP el pasado 15 de noviembre y ante la inminencia de un paro laboral en aeropuertos y fronteras de este personal, se fijó que en la primera quincena de febrero del 2014 deberá estar listo su nuevo Manual de Puestos para su tramitación ante la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria. Si no fuera así, la paralización de todos los puestos fronterizos del país será ¡imparable!

 

Enviado a SURCOS por ANEP.

El Salvador: Propuesta del Anteproyecto de La Ley Especial para las personas trabajadoras por cuenta propia en inglés y castellano

El Salvador- Propuesta del Anteproyecto de La Ley Especial para las personas trabajadoras por cuenta propia en inglés y castellano2El Salvador- Propuesta del Anteproyecto de La Ley Especial para las personas trabajadoras por cuenta propia en inglés y castellano

Les estamos enviado la propuesta del Anteproyecto de la Ley especial para las personas trabajadoras por cuenta propia en inglés y castellano, propuesta que fue presentada ante la Asamblea Legislativa de El Salvador, contando con la introducción de 6 diputados que representan a 3 partidos políticos, el partido Demócrata Cristiano PDC, el partido político GANA y el partido FMLN.

Esperamos que  el mismo sea tomado en cuenta en la  próxima conferencia de la OIT.

La Coordinadora Sindical de Trabajadores por Cuenta Propia de El Salvador (COSICP) compuesta por la Central de Trabajadores Democráticos (CTD), Central de Autónoma de Trabajadores Salvadoreños (CATS) y la Federación Siglo XXI perteneciente a la Confederación Sindical de Trabajadores y Trabajadoras Salvadoreños (CSTS) presentó el 4 de diciembre de 2013 el Anteproyecto de la Ley de Trabajadores por Cuenta Propia.

SURCOS destaca los siguientes elementos contenidos en el proyecto de ley para un país donde el 65,7% de la población económicamente activa no tiene trabajo formal:

– Que la Constitución de la República establece en su artículo primero, que El Salvador reconoce a la persona humana como el origen y el fin de la actividad del Estado y en consecuencia, su obligación de asegurar a los habitantes de la República, el goce de la libertad, la salud, la cultura, el bienestar económico y la justicia social.

– Que el Artículo 37 de la Constitución de la República, ordena que el trabajo es una función social y por tanto debe gozar de la protección del Estado, el cual está obligado a emplear todos los recursos que estén a su alcance para proporcionar ocupación al trabajador.

Además destacar que en el articulado del proyecto se indica:

CONCEPTO DE TRABAJO POR CUENTA PROPIA

Art. 4.- Se entiende por trabajo por cuenta propia toda aquella actividad laboral dedicada a la prestación de servicios, producción de bienes o el ejercicio de actividades comerciales a pequeña escala, todos realizados con sus propios medios y autonomía técnica; en las que no existe un vínculo laboral con un empleador y en cuanto permanezcan en dicha situación; también aquellos que no emplee a ningún trabajador asalariado, excepto de manera ocasional.

Se entienden comprendidos dentro del vocablo “persona trabajadora por cuenta propia”: la trabajadora o el trabajador de la economía informal, independiente, autónoma.

Art.14.- Se prohíbe a los funcionarios, empleados y trabajadores del Estado, así como también a los de las Alcaldías Municipales:

1°) Realizar acciones u omisiones, decretar reglamentos u ordenanzas, u otra actividad análoga destinada a impedir el desarrollo de actividades laborales de las personas trabajadoras por cuenta propia; mediante el cierre, o destrucción o limitación de espacios, o mediante la limitación o denegatoria de permisos para laborar.

Art. 23.- Crease el Fondo Salvadoreño para el desarrollo del trabajo por cuenta propia, como mecanismos de financiamiento, a cargo de la Dirección Especial del Trabajo por Cuenta Propia.

Art. 24.- Para satisfacer las prestaciones de las que deben ser objeto las personas trabajadoras por cuenta propia, el Estado en conjunto con las Alcaldías Municipales crearan un fondo destinado para ello, al cual éstos aportarán una cantidad que no será menor al dos por ciento del Presupuesto

General de la Nación y de los presupuestos Municipales.

Art. 25.- Además serán incorporados al fondo los ingresos de los impuestos que las personas trabajadoras por cuenta propia, pagaran periódicamente en concepto de licencias, utilización de espacios públicos y los que reciban beneficios de esta Ley, de conformidad con el Reglamento Respectivo. Asimismo, los pagos en concepto de renovación de licencias, y los pagos por multas o sanciones impuestos a los trabajadores por la inobservancia de las obligaciones según las ordenanzas correspondientes, abonarán un porcentaje al fondo descrito anteriormente.

Art. 26.- El fondo tendrá como finalidad el desarrollo de la instancia rectora de la ley y las políticas gubernamentales con enfoque de género, para fortalecer las organizaciones sindicales, gremiales, las empresas asociativas, las políticas de promoción de la producción y servicios, programas de crédito y las políticas de protección social y asesoría y formación técnica, para las personas trabajadoras por cuenta propia.

Art.38.- Se reconoce el derecho de las personas trabajadoras por cuenta propia de organizarse gremialmente, de negociar colectivamente sus intereses ante instancias Estatales, Municipales y Privadas, de participar en las consultas bipartitas o tripartitas que involucren mejoras o modificaciones en sus condiciones de vida y empleo, ante el Estado, Municipalidades, Organismos Mundiales, Regionales y locales, obligándose a participar del debate de todas las iniciativas legales en defensa de actividad autónoma y derechos como ciudadanos sean afectados.

Art.40.- El Estado reconoce el derecho a la Libertad Sindical, la Contratación Colectiva y el derecho Huelga de las personas trabajadoras por cuenta propia, respeta su derecho a la libre asociación y garantiza los Derechos Humanos, a la libertad de opinión y manifestación en espacios públicos, en concordancia con la Constitución, leyes nacionales.

Art.41.- La huelga deberá tener por Objetivo:

1. Conseguir el equilibrio entre los diversos factores sociales, fiscales y competitivos, armonizados con el trabajo a cuenta propia.

2. Obtener la celebración y cumplimiento de Contratos y de las convenciones colectivas que celebren las organizaciones asociativas, legalmente inscritas o en su caso exigir su revisión cuando ya existan.

3. Reclamar el cumplimiento o denunciar la violación a los derechos establecidos en la presente ley.

Art.59.- Todas las personas trabajadoras por cuenta propia tienen derecho a la protección a la Salud, a la Seguridad Social y a una digna jubilación, por medio de las políticas públicas de Estado que garanticen prestaciones de salud y seguridad social con calidad adecuada y oportuna tales derechos son concordantes con La Declaración Universal de los Derechos Humanos en los artículos 23, 25, Los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo vigentes, La Constitución de la República en su artículo 50, la Ley del Instituto Salvadoreña del Seguro Social y sus Reglamentos.

Art.60.- El Estado garantiza el acceso y la calidad de las prestaciones de salud y seguridad social, incluyendo la jubilación por Parte del Instituto Salvadoreño del Seguro Social para las personas trabajadoras por cuenta propia y sus derechohabientes o familiares, y en su rol promotor de tales derechos.

Todas las personas trabajadoras por cuenta propia, debidamente registradas deberán inscribirse en el Instituto Salvadoreño del Seguro Social, cuyo costo y facilidades será el mismo en el Reglamento para la Aplicación del Régimen del Seguro Social a los Trabajadores Independientes, Decreto Ejecutivo número 9, de fecha ocho de febrero de mil novecientos ochenta y cinco, publicado en el Diario Oficial, número treinta y ocho, tomo doscientos ochenta y seis, de fecha veintiuno de febrero de mil novecientos ochenta y cinco: debiendo el Consejo Directivo del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, regular tal situación, asumiendo de igual forma el costo el trabajador o trabajadora con juntamente con el estado y las municipalidades, no excediendo en su conjunto a más del 8.75 % del porcentaje.

Art.61.- Asimismo, reconociendo que una parte importante de las personas trabajadoras por cuenta propia no tienen el nivel de ingresos, ni la estabilidad de ingresos para cumplir con aportaciones regulares para cofinanciar su acceso al Sistema de Seguridad Social, el Estado y las Municipalidades reconocerán en estos casos su responsabilidad única para el financiamiento de estos regímenes y desarrolla accesos y políticas de prestaciones de salud gratuitas.

Art. 76.- Todos las personas trabajadoras por cuenta propia tendrán derecho a recibir por parte del ente rector una prima por cada año de trabajo; en concepto de aguinaldo.

Los trabajadores que al día doce de diciembre no tuvieren un año de haberse inscrito en el Registro, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional al tiempo de su inscripción de la cantidad que les habría correspondido si hubieren completado un año de servicio su inscripción a la fecha indicada.

Art. 81.- Los adolescentes que laboren por cuenta propia, ya sea de forma propia o porque sus familiares sean personas trabajadoras por cuenta propia y laboren en las mismas actividades, gozarán del derecho a la Salud y Seguridad social.

Art. 82.- Los menores y adolescentes serán protegidos de toda forma de explotación económica.

Art. 83.- No podrán realizar los menores y adolescentes labores que por su naturaleza dañen la salud, la seguridad o moralidad.

Art. 85.- El Estado y los Municipios se encuentran en la obligación de remover cualquier obstáculo o barrera física, social, cultural, económica, ideológica y de cualquier otra índole que perjudique la actuación y desempeño de las personas trabajadoras por cuenta propia con discapacidad.

Art. 87.- Todas las personas adulta mayor trabajadoras por cuenta propia goza de los derechos y garantías de la presente Ley, teniendo acceso a esta labor sin discriminación, de acuerdo a sus facultades físicas y mentales, que le permita la satisfacción de sus necesidades como ser humano. A su vez podrán gozar de su Pensión por Jubilación universal, la cual será responsabilidad del ente rector.

Para conocer todo el proyecto de ley puede accesar:

https://db.tt/qEwrrHug

https://db.tt/SYokMgD6

Para ampliar información sobre el trabajo por cuenta propia puede consultar: http://www.ilo.org/sanjose/programas-y-proyectos/sector-informal/lang–es/index.htm

 

Enviado a SURCOS por Fausto Payés.

 

Proponen implementar moratoria para limitar el uso de redes de cerco atunero y favorecer a pescadores costarricenses

La propuesta, consiste en mediante un decreto Ejecutivo Presidencial, implementar una moratoria, de al menos 6 años, para limitar el uso de redes de cerco atunero, en las primeras 370 millas y el resto de la costa.

Por lo tanto, se pretende recuperar el recurso para pescadores ticos que no utilizan pesca de cercos,  caracterizadas por ser de menor tamaño, de menos calado y con menor tecnología. Sin embargo, proyectos similares en el Pacífico este y central  (Fiji, el Archipiélago de las Islas Solomon, Vanuatu, Australia), archipiélagos entre el Trópico de Capricornio, Ecuador, y en la Maldivas en el Océano Indico, propician un ordenamiento pesquero, donde se da preferencia a la pesca local, artesanal y selectiva de atún, en vez de entregárselo a los Cerqueros Internacionales.

Para conocer más:

http://atun-tico.fecop.org/#6

Proponen implementar moratoria para limitar el uso de redes de cerco atunero y favorecer a pescadores costarricensesProponen implementar moratoria para limitar el uso de redes de cerco atunero y favorecer a pescadores costarricenses2

Enviado a SURCOS por Luis Alfredo Rojas Quirós.