Corrupción es la acción y efecto de corromper, es decir, es el proceso de quebrar deliberadamente el orden del sistema, tanto ética como funcionalmente, para beneficio personal. Además de que el corrupto comete una acción ilegal, también presiona u obliga a otros a cometer tales actos. Fuente : https://www.significados.com/corrupcion/
Resulta que, en muchos ámbitos de la vida misma, diversidad de actores señalan el término “corrupción” y dirigen su dedo índice señalando personas grupos
Aclarado esto, el flagelo o cáncer de la corrupción misma, no conoce estrato social, clase o género, todo está en la perspectiva subjetiva misma del calificativo de quizás lo bueno o lo malo y de ahí la justificación de que un acto corruptible, quizás para alguien es calificado de mayor o menor grado y en ese dimensionamiento podamos aplicar el reproche social , como un simple refrán lo indicó “ladrón que roba a ladrón , tiene cien años de perdón”
La bendita pública, como llamaban nuestros padres a la Fiscalía o al Ministerio Público, fue en su momento demasiado intensa, quién se enfrentaba a la Bendita Pública, sabía que, era cosa seria, y aunque no se diera sentencia, debía purgar una condena social.
El robarse una gallina al vecino, podía provocar una contienda tal; que hasta se mataban los actores, el delincuente y la víctima.
Pues; resulta que la “corrupción” año a año fue evolucionando, desde un simple fruto en una finca, hasta llegar hoy día a los miles de millones, que un fraude financiero puede provocar, señalamos un posible caso, denominado ALDESA, de ahí se observaría la penalidad del acto corruptible y fraude financiero quizás en contra de gente humilde y de buena fe; pero que al final sin los controles adecuados, permitió que un grupo de “gurús” ejecutivos o financieros, dispusieran de un dineral de gran cuantía.
Sucede que el ROP es un dinero que podría tentar a muchos a realizar actos reprochables y corruptos, desde influenciar con los amiguitos y crear normas y directrices que permiten por ejemplo la inversión de esos fondos en el exterior, digo que el ejercicio de la presión en favor de una política, que no está enmarcada en el principio de legalidad, ingrese para que se permita realizar el acto, pero con un presunto dolo eventual, ya se sabe o se presume por parte del “corrupto” hacia que va dirigida esa política, podría ser; hasta desaparecer los dineros en el exterior, se señala presuntamente, porque los hechos podrían evidenciarlo, pero también debe comprobarse.
Entonces, ese dinero que es un poquito de plata, (ROP) se va al exterior, y eso ya es normado, la pregunta aquí; es quién o quiénes se favorecen con recursos frescos y baratos, y obtienen jugosas ganancias, y nosotros los trabajadores, no podemos ni ir a Paso Canoas a compra algo; y mucho menos es de esperar que sin la norma jurídica que nos dé la investidura de fiscalizador, podamos realizar aunque tengamos conocimiento técnico, un viaje al exterior para la auditoria forense o preliminar que evidencia una mala inversión y con ese estudio ; generar una actuación en el Ministerio Público, para que se inicie la persecución penal, contra los que conforman la junta administradora de ese fondo de pensiones.
Reitero la interrogante, no observó individuo del sector laboral, que teniendo conocimientos técnicos, conforme o integre las distintas juntas administrativas de fondos de pensión y que posibilite en representación de los trabajadores, generar esa alerta judicial y llevar a la cárcel a presuntos malos administradores o fraudulentos actos en la administración de esos fondos, que puedan evidenciar, dolo eventual, favorecimiento real, incumplimiento de deberes, en fin actos reprochables y calificados en muchos de “corruptos”
Si usted debe hacer, y deja de hacer, no está ayudando más que en tolerar muchos actos corruptibles.
Mucho se sabe, en la historia nacional del calificativo de corrupción, pero, no inserto quizás al actuar personal o individual, y de ahí el interés del suscrito en llamar la atención al concepto mismo, concluyendo en la frase que evoca mi mente y la misma reza:
Un dilema trivial;
¿Es corrupto una persona?
Pues antes reflexionemos del
Deber de Hacer
Y
Dejar de Hacer
¿Responde acaso esto a esa pregunta?
Cuando un médico no pone el medicamento adecuado a su paciente;
Cuando un profesional no defiende adecuadamente el presupuesto de su gestión,
Cuando un policía se hace de la vista gorda ante la presencia de un sospechoso delincuente
Cuando un profesor puede otorgar notas a cambio de favores
Cuando un legislador, no legisla como corresponde y se abriga en grupos élites para su beneficio particular
Cuando un productor vende producto de mala calidad al Estado, como si fuera de primera calidad
Cuando le doy un clip a una autorización que no corresponde, en el ejercicio del poder que se ostenta, etc.
Entonces, calificar un acto realizado por el individuo mismo de corrupto y que ese calificativo le preceda su nombre de pila, aunque la “bendita pública” lo libere, es delicadísimo; ya que como me resulta la idea, el que debe hacer y deje de hacer, a mi criterio es CORRUPTO
Una reflexión para un país libre de corrupción en gran cantidad de escenarios.
Compartido con SURCOS por SITRAHSAN.