Declaración ante la represión y las detenciones arbitrarias en el marco del tratamiento de la “Ley Bases”

La Asociación Argentina de Juristas, rama nacional de la Asociación Americana de Juristas, organización con Estatuto Consultivo ante el ECOSOC, que tiene entre sus objetivos, la promoción de los Derechos Humanos y su efectiva vigencia, y la defensa del Estado Democrático y Social de Derecho, manifiesta su profundo rechazo a la represión de la protesta social y las detenciones arbitrarias ocurridas el pasado 12 de junio en las cercanías del Congreso de la Nación, en el marco de las manifestaciones populares por el tratamiento de la llamada “Ley Bases”.

En efecto, en ejercicio del derecho a la protesta, ciudadanas y ciudadanos se manifestaron de manera pacífica el miércoles 12 de junio en contra del proyecto de ley denominado “Ley de bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos”.

A partir de la intervención de las fuerzas de seguridad, se generaron gravísimos hechos de represión, avanzando sobre quienes participaban de la movilización, con infantería, gases lacrimógenos, camiones hidrantes y balas de goma, a fin de disudirlos de la protesta. Del operativo participaron la Policía Federal, Gendarmería Nacional y Prefectura Naval.

A ello se sumó una “cacería” de manifestantes, que culminó con la detención arbitraria de 33 personas, de las cuales se excarcelaron a 17 el pasado viernes y al momento continúan privadas de su libertad 16, a disposición del Juzgado Federal número 1. Las 33 personas detenidas fueron imputadas por el fiscal a cargo de la causa, Carlos Stornelli, de los delitos tipificados en los artículos“89 (lesiones), 183 (daños simples como agravados de conformidad con el art. 184 inc. 5), 186 (incendio o estrago), 189 bis (delitos contra la seguridad pública), 209 (instigación a cometer delitos), 211 (intimidación pública), 212 (incitación a la violencia en contra de las instituciones), 213 bis (organización o pertenencia a agrupaciones que tengan por objeto imponer sus ideas o combatir las ajenas por la fuerza o el temor), 226 (delito contra los poderes públicos y el orden constitucional), 237 (atentado contra la autoridad -en este caso, agravada conf. art. 238 incs. 2 y 4), 239 (resistencia a la autoridad) y/o 241 (perturbación del orden en sesiones de cuerpos legislativos), con el posible agravante del artículo 41 quinquies del Código Penal de la Nación”.

Resulta claro que, la criminalización de la protesta social constituye una grave violación de los derechos humanos, particularmente de los derechos a la libertad de expresión, derecho a la reunión pacífica y a la protesta. Estas libertades se encuentran garantizadas por la legislación nacional, como así también por diversas declaraciones y tratados internacionales de derechos humanos de los que nuestro país es Estado parte y que cuentan con jerarquía constitucional, tales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos (art. 19), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (arts. 21 y 19) y la Convención Americana sobre Derechos Humanos (arts. 13 y 15). Destacamos que los instrumentos internacionales de DDHH imponen una obligación clara y concreta al Estado argentino de respetar y garantizar el goce efectivo de los derechos reconocidos y generan su responsabilidad internacional frente a su vulneración. Por lo tanto, el Estado argentino debe garantizar el ejercicio pleno de los derechos fundamentales de su población, asegurando que todas las personas puedan expresar sus demandas y preocupaciones de manera libre y segura.

Por lo expuesto, esta Asociación exige al Estado argentino que se abstenga de llevar adelante prácticas de represión y criminalización de la protesta social, como así también solicita la inmediata liberación de las personas detenidas de manera arbitraria en el marco de la protesta social y el cierre de todas las causas relacionadas a la misma, garantizando el pleno ejercicio de las garantías constitucionales.

Buenos Aires, 16 de junio de 2024

Mesa Directiva