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Etiqueta: derechos laborale

El fallo de la Sala IV, ¿un alegrón de burro?

Vladimir de la Cruz

La Sala Constitucional tenía en sus manos la consulta de constitucionalidad obligada que la Asamblea Legislativa le envió sobre el Proyecto de Ley de la jornada de trabajo 4-3. A ella se había sumado una acción, una consulta facultativa de constitucionalidad, interpuesta por varios diputados, con el propósito de que la Sala dictaminara en contra de este Proyecto de Ley, por razones de fondo, por violaciones a las disposiciones constitucionales y legales relacionadas con las jornadas de trabajo en el país, especialmente con los alcances de la norma constitucional No. 58, que establece que “la jornada ordinaria de trabajo diurno no podrá exceder de ocho horas diarias y cuarenta y ocho a la semana. La jornada ordinaria de trabajo nocturno no podrá exceder de seis horas diarias y treinta y seis a la semana.” Del mismo modo, que “el trabajo en horas extraordinarias deberá ser remunerado con un cincuenta por ciento más de los sueldos o salarios estipulados”. La misma norma constitucional establece que estos principios “no se aplicarán en los casos de excepción muy calificados, que determine la ley”.

Claro es, que el Proyecto de Ley de la Jornada 4-3 no estaba en la dimensión ni en la excepcionalidad del artículo 58 constitucional. Con este Proyecto se pretende, sin lugar a dudas, establecer un nuevo modelo de trabajo nacional, de 12 horas diarias, por cuatro días, sin pago de reconocimiento de horas extras, porque sus propulsores establecieron claramente que lo que se estaba regulando era el concepto de jornada semanal de 48 horas, distribuidas en 4 días. Igualmente, se pronunciaron muy claramente que en ese extremo no hay necesidad de reconocer “horas extras”, sobre las 8 horas de trabajo diario, que se regulan constitucionalmente. Valoraron en la discusión parlamentaria la jornada semanal de 48 horas, sin demeritar el alcance extremo señalado constitucionalmente. Tan solo la redujeron a cuatro días de trabajo.

Los aditamentos que se señalaron, en la Asamblea Legislativa, por parte de los diputados proponentes y defensores de estas jornadas esclavistas, al estilo del siglo XIX, fueron meramente cosméticos, como cantos de sirena, como por ejemplo el tiempo de descanso diario en la jornada de 12 horas. ¿Acaso la jornada de 8 horas no establece ese descanso diario proporcional a esas 8 horas? Lo que hicieron fue proporcionar el mismo tiempo a las 12 horas que se propone en el Proyecto de las 12 horas. Algunas diputadas incluso razonaron que en los tres días de descanso, de este tipo de contrato, los trabajadores podrían buscar otros empleos para mejorar sus ingresos, con lo cual en la realidad la jornada semanal “ordinaria·”, se extendería más allá de las 48 horas…

La Resolución de la Sala Constitucional, en lo que se ha informado, hace dos días, por un comunicado de prensa, sin que se tenga aún el Fallo completo redactado, ha destacado que el rechazo al Proyecto es tan solo de formalidad procesal, que puede subsanarse. Fue rechazado por un vicio sustancial de procedimiento legislativo, porque fue discutido en una Comisión Legislativa que no era la facultada para hacerlo, cuando empezó su trámite de aprobación en el 2019, puesto que debía haberse iniciado esa discusión en una Comisión especializada, como es la de Asuntos Jurídicos, y no la Asuntos Hacendarios.

Las Comisiones de Asuntos Hacendarios, generalmente se integran por mayoría de diputados de las fracciones que son gobierno. Esto para facilitar el trámite de los Proyectos de Presupuestos Nacionales, con aprobación mayoritaria de la Comisión que los estudia, para que así se envíe al Plenario Legislativo, con alguna ventaja de discusión; con menor oposición y con dictámenes de minoría, los que de hecho no tienen la trascendencia para el debate siguiente. En la historia parlamentaria a veces los dictámenes de minoría se han impuesto en el Plenario Legislativo. Pero lo usual es que pasan de lado.

El grupo de diputados chavistas, que llaman de gobierno, y los que se sumaron a ellos, han declarado que revivirán el Proyecto de Ley. La diputada experta en asesorar ministros y otras autoridades en mentir, ha dicho claramente que analizará, con el Presidente Chaves, la posibilidad de volver a relanzar el Proyecto de Ley a trámite de aprobación. Diseñarán la estrategia de la mentira ante la nueva discusión parlamentaria, si llega a suceder.

El retroceso en la legislación laboral y constitucional, de las garantías sociales, sigue en pie de lucha. Quienes nos hemos opuesto a este Proyecto, desde las tribunas de la opinión pública, y desde la práctica sindical, no debemos replegarnos de alegría por el fallo de la Sala Constitucional. Puede ser tan solo, como dice nuestro pueblo, un simple alegrón de burro.

No debe interpretarse el fallo de la Sala Constitucional como un golpe contra el gobierno del Presidente Chaves, ni como un triunfo sindical, hasta este momento. Este Proyecto de Ley se inició en el gobierno del Partido Acción Ciudadana, bajo el Gobierno de Carlos Alvarado, que estuvo de acuerdo con su trámite y aprobación, siendo el conductor de ese trámite legislativo, el diputado liberacionista Carlos Ricardo Benavides. Por ahora, es tan solo un frenazo a su aprobación parlamentaria. El riesgo de su aprobación está latente.

Lo resuelto por la Sala Constitucional anula lo actuado desde que se cometió el error de trámite legislativo. Ha dejado al paciente de una cirugía con el tórax abierto mientras se dispone qué camino seguir, en cuanto se conozca el Fallo completo. El paciente del Proyecto de Ley de la jornada de 12 horas diarias no ha muerto todavía. Está en un coma inducido. Puede vivir.

Cuando se reciba el Fallo en la Asamblea Legislativa se pasará a su estudio a la Comisión de Consultas de Constitucionalidad. Aquí se recomendará el camino a seguir… hacer los cambios correspondientes o enviar al Archivo el Proyecto de Ley.

Es también un tema de oportunidad política su discusión. O se aprueba el Proyecto de la Jornada de 12 horas en el 2024 o se deja para el 2026, pasadas las elecciones nacionales, como un proyecto para el nuevo gobierno.

En el 2025 por ser año electoral ese Proyecto no se someterá a discusión parlamentaria, por el riesgo político que eso tiene para los partidos y dirigentes políticos que lo apoyen, ante el proceso electoral nacional de ese año.

Sucederá igual que con la discusión del Proyecto de Ley del Tratado de Libre Comercio, con Estados Unidos y Centroamérica, que terminó aprobándose hasta el 2007, cuando el Presidente Abel Pacheco lo había aprobado en el 2004.

En el 2005 Abel Pacheco no lo envió a la Asamblea Legislativa porque era el año electoral, y podía dividir al país, como sucedió en el 2006 y 2007 a favor y en contra, que para efetos electorales hubiera tenido un saldo muy negativo para los que apoyaban ese Tratado. Si así hubiera ocurrido quizá Oscar Arias Sánchez no hubiera llegado a su segunda Presidencia.

Abel Pacheco introdujo al debate parlamentario el Tratado en diciembre del 2005, cuando la Asamblea estaba en receso legislativo por las elecciones y nadie le ponía atención. Al resultado de las elecciones, ya con el ganador, por poco margen, la Asamblea tenía el Tratado para su ratificación, lo que se heredó al siguiente gobierno, que la vio fea en el 2006 y el 2007, para su gestión de gobierno, hasta que por la vía del Referéndum, convocado por Oscar Arias, se resolvió por un estrecho margen a su favor.

Con los aires populistas que hay en el continente, y en el mundo, no sería nada raro que frente a un proyecto de Ley, como éste de las 12 horas, electoralmente, pueda levantase alguien con la Presidencia y el apoyo popular, barriendo más a los partidos tradicionales, abriendo una brecha hacia partidos de nuevo tipo, como Acción Ciudadana y el que llevó al Presidente Chaves a Zapote. Esta es la realidad.

Por eso, el movimiento popular no puede descansar, ni dejarse llevar por los aplausos que generó este Fallo. Hay que seguir alerta ante la redacción total del Fallo y ante la iniciativa parlamentaria de la diputada Pilar Cisneros de mantener vivo el Proyecto en trámite legislativo.

No estoy seguro de que la Asamblea Legislativa aguante otra vía rápida, de tipo triturador, contra los legisladores que se opongan a la aprobación de esta Jornada de 12 horas. Pero, todo puede suceder.

Por ahora, las banderas de lucha contra este Proyecto de Ley no deben arrearse. Deben mantenerse izadas.

UNDECA celebra fallo de la Sala Constitucional: jornadas 4×3 no proceden

Comunicado

La Sala Constitucional determinó que el proyecto de jornadas laborales de 12 horas laborales, mejor conocidas como jornadas 4×3 tiene un vicio sustancial legislativo, es decir, no procede su tramitación. En UNDECA celebramos esta resolución que es un paso firme en la ruta de la legalidad costarricense.

El “caballito de batalla” del gobierno de Rodrigo Chaves se vino abajo, porque han tratado a toda costa de aprobar la reforma al Código de Trabajo que pretendía modificar las jornadas laborales, lo que los llevó a cometer un vicio sustancial en el procedimiento, al ser trasladado el proyecto a una comisión legislativa a la que no le competía su análisis.

“Esta resolución evidencia que no tiene futuro el proyecto que pretendía acabar con una de las principales conquistas de la clase trabajadora, la jornada de 8 horas, y da un zarpazo al gobierno de Chaves en sus intentos de imponer una política criminal y depredadora de los derechos laborales, con la que esperaban abaratar los costos de la producción sacrificando los ingresos, la salud ocupacional y el bienestar de las personas trabajadoras y sus familias”, señaló Luis Chavarría, secretario general de UNDECA.

Desde UNDECA hemos sostenido que la jornada 4×3 significaba un retroceso en materia laboral y un impulso a la esclavitud moderna en Costa Rica, mientras que en otras latitudes avanzan hacia jornadas más cortas por semana, aquí buscaban aumentarlas.

14 noviembre, 2023