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Etiqueta: programas sociales

Defensoría: Programas sociales navegan a la deriva

Si bien la Agenda 2030 y sus ODS brindan la orientación adecuada para el diseño, formulación e implementación de iniciativas con la finalidad de reducir las múltiples desigualdades, mitigar los efectos negativos que enfrenta el país y aumentar así, el desarrollo humano para “no dejar a nadie atrás”, para la Defensoría de los Habitantes, mientras se carezca de una política nacional para la atención de la pobreza, Costa Rica se encuentra largo de la Ruta para una atención real, sostenida y estructural de la misma.

Así lo señalan las primeras conclusiones a las que llega un estudio preliminar que elabora la Defensoría de los Habitantes donde se analizan las consecuencias de la aplicación de la regla fiscal en las principales instituciones del Sector Bienestar, Trabajo e Inclusión Social, como son el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI), Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), Patronato Nacional de la Infancia (PANI) y Dirección Nacional de Centros de Educación y Nutrición de Centros Infantiles de Atención Integral (CEN-CINAI).

De los resultados preliminares preocupa a la Defensoría que, durante los últimos años, al amparo de la aplicación de la Regla Fiscal, Costa Rica vive una reducción constante en materia de inversión pública en educación, salud y programas de combate a la pobreza, que compromete los tímidos avances en relación con la pobreza y la desigualdad.

Adicionalmente a la reducción presupuestaria y aplicación de la Regla Fiscal, el estudio preliminar destaca la necesidad de revisar el diseño de los programas sociales selectivos para garantizar su idoneidad y que sean complementarios, mejorar la coordinación interinstitucional, perfeccionar y uniformar los mecanismos de selección de beneficiarios para garantizar que lleguen a quienes realmente lo necesitan, además de completar la cobertura de los programas sociales, especialmente en las áreas más alejadas del país, y para dar énfasis a la calidad de los servicios de educación y salud y ajustarlos a las necesidades y condiciones de las poblaciones

Se detalla en el informe preliminar de la Defensoría, la necesidad de incorporar prácticas de evaluación de servicios y programas que incorporen metodologías de costeo claras que determinen cuál es el monto adecuado que se debe otorgar a las familias o personas beneficiadas para que puedan subsistir o continuar con sus estudios.

Además, se observa que casi todos los programas sociales analizados carecen de indicadores de impacto y efecto, lo que impide medir si realmente están generando una incidencia positiva en la sociedad. Tampoco se puede determinar si es necesario implementar mejoras para beneficiar de manera más efectiva a la población.

Otro aspecto que se detalla es la falta de consideración de factores importantes como la región de planificación donde vive la persona beneficiada, si tiene alguna discapacidad o enfermedad crónica. Estas variables no se toman realmente en cuenta al establecer los montos de las ayudas. Asimismo, es fundamental realizar evaluaciones de acuerdo con lo estipulado en el Manual de Evaluación para Intervenciones Públicas del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN). Aunque algunos de los programas mencionados anteriormente han llevado a cabo evaluaciones de diseño, son muy pocos los casos en que se han realizado evaluaciones de procesos y resultados. En algunos programas que llevan más de 20 años en implementación, nunca se ha realizado una evaluación de resultados, lo que implica que no se sabe si actualmente están generando efectos positivos en la población beneficiada.

La Defensoría subraya la importancia de crear una política pública formal que coordine y articule de manera efectiva las distintas estrategias y programas dirigidos a la reducción de la pobreza y la inclusión social.

Oficina de Comunicación Institucional
Defensoría de los Habitantes

UNDECA convoca a la Gran Marcha Nacional en Defensa de la Educación Pública

La Unión Nacional de Empleados de la Caja y la Seguridad Social (UNDECA) ha lanzado un llamado urgente a todos los costarricenses a participar en la Gran Marcha Nacional bajo el lema «Somos Gente de Salud», en defensa y apoyo a la educación pública. Esta manifestación, programada para el miércoles 28 de agosto de 2024, a las 9:00 AM, partirá del Parque de la Merced y culminará en la Plaza de la Democracia, con la intención de alzar la voz contra las políticas neoliberales que están afectando gravemente los pilares fundamentales del país: la salud y la educación pública.

Contexto de la Marcha

Costa Rica se encuentra en un momento crítico en el que las políticas gubernamentales han puesto en peligro el bienestar de la población y la estabilidad de instituciones esenciales. Entre los problemas más destacados se encuentra una deuda de 4 billones de colones con la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), lo que ha generado una crisis en la prestación de servicios de salud. Además, se han realizado recortes millonarios a programas sociales y a la educación pública, afectando de manera directa a la población más vulnerable.

Estas medidas han sido calificadas como una agresión directa al modelo de bienestar social que ha caracterizado a Costa Rica, y que ha permitido a la nación destacarse por su acceso universal a la salud y la educación. La educación pública, en particular, es vista como un pilar crucial para el desarrollo y la equidad en el país. Sin embargo, las decisiones recientes de recortar presupuestos y desviar fondos han puesto en riesgo la calidad y la accesibilidad de este servicio esencial.

Llamado a la Acción

UNDECA, junto con diversas organizaciones sindicales y trabajadores de la CCSS, hacen un llamado urgente a la unidad y movilización masiva de la población. La marcha busca no solo visibilizar el descontento y la preocupación ante las políticas actuales, sino también ejercer presión para que el gobierno tome medidas concretas en defensa de la educación y la salud pública. Se subraya la importancia de estos sectores como pilares fundamentales de la sociedad costarricense, necesarios para garantizar un futuro justo y equitativo para todos.

El lema «¡Ya Basta!» refleja el cansancio y la indignación acumulada por años de recortes y decisiones que han debilitado el estado de bienestar. Los organizadores enfatizan que es el momento de alzar la voz y exigir un cambio en la dirección del país, priorizando la inversión en educación y salud como motores del desarrollo y bienestar nacional.

Detalles de la manifestación

  • Fecha: miércoles, 28 de agosto de 2024
  • Hora: 9:00 AM
  • Lugar de inicio: Parque de la Merced
  • Destino: Plaza de la Democracia

Se invita a toda la ciudadanía, organizaciones sociales, sindicatos y personas comprometidas con la defensa de la educación y la salud pública a unirse a esta marcha, en un acto de solidaridad y resistencia ante las políticas que ponen en riesgo el bienestar de los costarricenses.

Defensoría advierte de violaciones en asignaciones presupuestaria 2025

Lineamientos para la elaboración de dicho presupuesto violenta obligación de respetar límites de la asignación presupuestaria*

En el año 2018 mediante resolución Nº19511–2018, la Sala Constitucional analizó varias consultas facultativas de constitucionalidad referidas al proyecto, que llegaría a ser la ley N°9635, “Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas” mediante el cual se implementó la regla fiscal.

Dicha resolución abordó, entre otros temas, la preocupación que manifestaron varias personas diputadas de otorgar al Ejecutivo la posibilidad de disminuir los recursos efectivamente asignados para financiar las instituciones y los efectos al contravenir así los compromisos constitucionales y convencionales ya adquiridos, por ejemplo, en temas de educación y niñez y adolescencia.

En respuesta, la Sala Constitucional recordó que la propia Ley N°9635, contempla en su artículo 23 inciso i), que  durante el proceso de asignación presupuestaria se debe garantizar “el efectivo cumplimiento de los derechos que se pretenden financiar y el principio de progresividad de los derechos humanos”, estableciendo específicamente el artículo 24 una obligación a la Dirección General de Presupuesto Nacional que señala que “dicha asignación no podrá ser inferior al presupuesto vigente, en el momento de aprobación de esta ley, es decir del presupuesto 2019.

Si bien la Defensoría de los Habitantes reconoce, que a pesar de los límites establecidos el Poder Ejecutivo podría asignar el mismo monto nominal, sin ajuste alguno, lo que significa una pérdida del valor real de la asignación presupuestaria para la institución, al menos esta se constituye en el primer límite, como garantía mínima al momento de presentar ante la Asamblea el anteproyecto de presupuesto.

Pese a lo anterior, la Defensoría de los Habitantes ha detectado en el análisis del límite presupuestario máximo del año 2025 emitido por el Ministerio de Hacienda, en comparación con el presupuesto asignado para el año 2019, que al menos 5 Ministerios que tienen a cargo políticas prioritarias estarían viendo reducidos la asignación presupuestaria, en los siguientes porcentajes: Ministerio de Educación -5%, Vivienda y Asentamientos Humanos aproximadamente un -18%, Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones un -55%, Ministerio de Obras Públicas y Transportes alrededor de un -61% y Ministerio de Salud un -73%.

La Defensoría de los Habitantes señaló que estos son los primeros resultados de trabajo que permita llegar a determinar cuáles son las principales afectaciones a los derechos humanos fundamentales, durante el proceso presupuestario que aborda la elaboración, aprobación y ejecución del presupuesto, investigación que dio inició con un análisis el Presupuesto asignado al Ministerio de Educación Pública para el año 2025.

Además, está Defensoría recuerda, que ya la Sala Constitucional ha intervenido en casos concretos en los que, se violentan los límites establecidos, como lo ha sido en el caso del presupuesto del Patronato Nacional de la Infancia y que es igualmente factible evaluar la constitucionalidad de un presupuesto, cuando se evidencia el vaciamiento de algún derecho fundamental o la imposibilidad de cumplir la misión constitucional, posibilidad que se analiza en el tema educación.

*Ley N°9635 establece Límites que fueron avalados por Sala IV

Oficina de Comunicación Institucional
Defensoría de los Habitantes

La histórica sentencia contra Hacienda y a favor de la igualdad real, la libertad y la eficiencia económica

Greivin Hernández González*

La Sala IV ha rechazado los débiles argumentos brindados por el Ministerio de Hacienda, con el fin de justificar un nuevo recorte a los fondos destinados a los programas sociales en este 2024. Le ordenó “disponer lo necesario, para que, en el plazo de UN MES, contado a partir de la comunicación de esta resolución, se dé cabal cumplimiento a la obligación de girar al Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF), la totalidad de los recursos correspondientes a la transferencia del Gobierno Central” (Res. Nº 2024021400). Al respecto algunas lecciones que debemos mantener presentes.

La primera, el recorte a los recursos del FODESAF por poco más de ₡62 mil millones ejecutado por el Ministerio de Hacienda en este año, fue justificado por el ministro de Hacienda a.i. en unas cuantas líneas diciendo que “se han encontrado con la simple, dura e incontrovertible realidad de que los recursos económicos con los que actualmente se cuenta son insuficientes para satisfacer todas las demandas y obligaciones que la normativa legal exige.” Así de sencillo, sin brindar datos o mayores explicaciones a la Sala, a pesar de que, con esos recursos, sería posible reducir la pobreza extrema en varios puntos porcentuales (ver Cantú et al, 2024).

Es fácil “entender” el proceder de Hacienda porque ciertamente los datos no los favorecen. Recordemos que la partida presupuestaria que el Estado está obligado brindar al FODESAF fue establecida tomando como base un momento de crisis fiscal, 2019. En aquellos tiempos, la constante era déficit primarios continuados, normativa fiscal con desfase de 25 años, y las calificadoras veían al Estado costarricense como un pagador muy riesgoso. En 2024 el panorama ha cambiado radicalmente, tras varios años de implementación de una reforma fiscal y al empleo público, el Ministerio de Hacienda ha alardeado sendos superávits primarios, y coincide con el Fondo Monetario Internacional en proyectar este comportamiento en el corto plazo. Incluso este año Fitch Ratings y S&P Global Ratings han mejorado la calificación de la deuda Estatal costarricense. Por lo que la excusa de que Hacienda no cuenta con recursos contrasta con la realidad de los hechos.

En segundo lugar, la Sala considera que el incumplimiento de Hacienda no es cosa menor, decidió irrespetar normas legales superiores y especiales; afectando derechos fundamentales de la población más desvalida, como el derecho a la salud, la educación, la alimentación; aspiraciones de nuestra sociedad consagradas en la Constitución Política y convenios internacionales como son la igualdad real, la libertad y la eficiencia económica; y de plano atentar contra el Estado Social de Derecho establecido en la normativa costarricense.

Esto es así porque el FODESAF es un patrimonio de recursos creado con el objetivo de dar sostenibilidad financiera a programas que financian transferencias para que la población en condición de pobreza extrema, niñez y adultos mayores puedan subsistir, y tengan acceso a servicios de salud; programas que se ha demostrado mejoran el desarrollo económico a largo plazo pues aumentan la matrícula estudiantil y la permanencia en el sistema educativo como comedores escolares y becas educativas; otros que mejoran la empleabilidad con tasas de éxito superiores al 90%, como el PRONAE; y los que cubren varios objetivos, brindan protección, aumentan la escolaridad de sus beneficiarios y dinamizan la economía, como los de vivienda social.

Tercera, ahora el Ministerio de Hacienda debe trasladar los recursos faltantes al FODESAF por la vía de un presupuesto extraordinario que debe ser aprobado por la Asamblea Legislativa y de allí trasladados a los distintos programas sociales. Suponiendo que tanto Hacienda como la Asamblea sean diligentes, se requerirá mucha agilidad, eficacia y consciencia por parte de los distintos programas para asegurar la ejecución de los recursos en lo que resta del año. Los programas de transferencias monetarias (RNC, Avancemos, Protección Familiar etc) y algunos de cuido (Conapdis, Conapam), pueden ejecutar fácilmente lo que se les traslade, pues además de tener una amplia población objetivo sin cubrir y beneficiarios precalificados a la espera de presupuesto, el tipo de beneficio o la forma de ejecutarlos (en conjunto con el sector privado) facilita su expansión. En los casos en que esto no suceda, que en la práctica son los menos, se debería apelar a la conciencia de los jerarcas de los programas con dificultad de ejecución para que renuncien a los recursos y puedan ser trasladados a aquellos con mayor probabilidad de ejecución. Esta dinámica se podría adelantar desde la gestión del presupuesto extraordinario en la Comisión de Asuntos Hacendarios de la Asamblea Legislativa.

Cuarta, el fallo de la Sala hace un recuento de las numerosas ocasiones en que Hacienda ha recortado recursos al FODESAF, al tiempo que la Sala le enmienda la plana ordenando su restitución. Con ello se les da la razón a los recurrentes, en el sentido de que es una práctica histórica y reiterada por parte del Ministerio de Hacienda, el incumplir la normativa nacional y convenios internacionales, recortando el financiamiento de los programas sociales a su discreción. Ante ello, uno esperaría que hubiese una advertencia más vehemente o mecanismos legales más efectivos para desincentivar este comportamiento tan perjudicial y entronizado en las autoridades encargadas del Presupuesto Nacional.

Quinta, en el fallo de la Sala se hace un recuento de la normativa que ha venido reduciendo los aportes del Estado al FODESAF, desde que se había definido como el 20% de lo recaudado por concepto del “impuesto de ventas”; hasta un monto mínimo absoluto de ₡256mil millones con la reforma fiscal de 2018. Lo cual es evidencia de un Estado poco comprometido con el cumplimiento de sus aspiraciones en materia de desarrollo social y económico. Esto además deja como fuente principal de recursos para el FODESAF el 5% que se recauda sobre las planillas, en momentos de alto desempleo estructural, y una fuerte presión empresarial por eliminar este tipo de contribuciones parafiscales.

En momentos en que el Ministerio de Hacienda ha reconocido que la reforma fiscal de 2018 ha tocado techo, cosa normal y esperable pues ya han pasado seis años (los países avanzados hacen reformas fiscales cada otro año), parece un momento oportuno para plantear una reforma fiscal progresiva, eficiente, que ponga a contribuir solidariamente a todos los sectores económicos de nuestro país, sobre todo a los más dinámicos, y de manera que se puedan cumplir las aspiraciones del Estado social de derecho costarricense.

*Exdirector Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Desaf). Exdirector Ejecutivo a.i. del Sistema Nacional de Información y Registro Único de Beneficiarios del Estado (Sinirube).

Defensoría revisará posibles recortes a entidades públicas en presupuesto 2025

La Defensoría de los Habitantes inició una investigación de oficio sobre el presupuesto que tendrán los 18 Ministerios para determinar si la asignación presupuestaria para el 2025 lleva implícita o no recortes que puedan poner en aprietos programas sociales.

A este listado de instituciones del Gobierno Central se suma el Banco Hipotecario de la Vivienda, el Instituto Mixto de Ayuda Social y el Patronato Nacional de la Infancia, debido a que son entidades del Estado que atienden a población en condición de vulnerabilidad.

La información se solicitó a la Dirección General de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda. El interés de este órgano de control es conocer el límite presupuestario máximo y el presupuesto aprobado del 2024 además, el límite presupuestario máximo del 2025 de cada entidad.

También se solicitó al director general de Presupuesto Nacional, José Luis Araya Alpízar, el listado de instituciones públicas que se les haya realizado recortes a la asignación presupuestaria en comparación con el ejercicio fiscal del año 2024 y las razones del por qué dichos ajustes.

La alerta para la Defensoría de los Habitantes proviene ante la posibilidad de una disminución en el presupuesto destinado a la educación para el próximo año y, los impactos que enfrenta este sector con la aplicación de la regla fiscal, pues el país debe seguir apostando a una inversión en el sistema educativo para transformar el futuro de los habitantes, disminuyendo la desigualdad social, ampliando las oportunidades y reforzando el conocimiento, práctica y defensa de los derechos humanos.

Oficina de Comunicación Institucional
Defensoría de los Habitantes

Pobreza, vulnerabilidad y recortes presupuestarios a los programas sociales

Jorge Herrera.

Jorge Herrera Fernández
Junio 2024

Las publicaciones de la Encuesta de Hogares del INEC y el Informe del Estado de la Nación cada año dan cuenta de resultados desalentadores sobre la pobreza y la desigualdad en el país. Aunque abundan los análisis, estudios y discusiones, en ellos permanece ausente cualquier referencia a la práctica continuada de sacrificar los presupuestos de programas sociales para mantener equilibrios fiscales.

En este contexto, merece consideración y análisis lo que en realidad ha sucedido con el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF), programa que -se supone- debe recaudar y administrar cientos de miles de millones de colones, para distribuirlos en diversos beneficios sociales. Todo de conformidad con los mandatos de la Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares No. 5662.

La deuda del Estado. Entre 1999 y 2008 el Ministerio de Hacienda recortó los presupuestos de FODESAF, llegando a acumular una deuda de ¢786 mil millones con ese Fondo. Para diciembre 2009, bajo el argumento de que esa obligación correspondía a “períodos presupuestarios liquidados”, Hacienda eliminó los registros de la deuda que se mantenía en Contabilidad Nacional (1). Sin embargo, el asunto iba más allá, esos ajustes contables no solo daban por eliminada la deuda, sino que, con su contrapartida de “ingresos”, generaban un superávit que permitió cubrir el déficit del Gobierno Central y sumar alrededor de ¢40 mil millones en el Estado del Patrimonio Nacional (2). En 2010 la Contraloría, bajo el criterio de que la ley ordinaria prevalece sobre la ley de presupuesto, estableció que esos movimientos contables eran legalmente improcedentes y emitió disposiciones para reversar las operaciones y retornar la deuda a sus anteriores condiciones. Así, el Estado continuó debiendo a FODESAF y, agregando nuevos recortes de presupuesto de 2011 y 2012, la deuda estatal con el Fondo y sus programas sociales llegó a ¢960 mil millones y así se mantiene desde 2012 en los balances de ese Fondo y se registra en Contabilidad Nacional. Conviene observar que la obligación en colones constantes tiene un valor de aproximadamente ¢1,6 billones.

En resumen, en el período señalado, FODESAF no recibió los recursos que por ley le correspondían sino las sumas que decidió el Ministerio de Hacienda. Es necesario destacar que en esos recortes presupuestarios no solo mediaron incumplimientos legales sino también desacatos a sentencias de la Sala Constitucional. Una situación de particular importancia por su impacto social es que esa deuda de ¢965 mil millones comprende ¢200 mil millones cuyo destino legal era financiar pensiones del Régimen No Contributivo para adultos mayores en condición de pobreza. Recientemente la Caja, como administradora de ese régimen y por su cuenta, ha procedido a entablar el reclamo judicial contra el Estado.

Dinero de FODESAF para reducir deuda pública. En 2011 y 2012 recursos por ¢7 mil millones del presupuesto del IMAS que se mantenían en Caja Única del Estado fueron utilizados para “invertir” en títulos de deuda pública con tasa 0%; bajo el acuerdo previo de que la inversión luego sería “condonada” para reducir la deuda pública. Es decir, una “pseudo transacción financiera” que en realidad no tenía otro propósito que entregar el dinero al Ministerio de Hacienda. Tanto las autoridades del IMAS como de Hacienda ignoraron que se trataba de recursos provenientes de FODESAF y que como tales estaban sujetos a la Ley 5662 de ese Fondo, en particular a lo dispuesto por el artículo 18 que prohíbe usar sus dineros en finalidades no autorizadas en esa ley y el artículo 27 que ordena a las entidades ejecutoras reintegrar los excedentes para incorporarlos al presupuesto del siguiente período. En el año 2015 la Contraloría ordenó iniciar un procedimiento administrativo contra el presidente ejecutivo del IMAS, la Gerente General y miembros del Consejo Directivo de esa entidad, un viceministro de Hacienda y el Tesorero Nacional (3). Conviene agregar que buena parte de los fondos desviados correspondían a becas del Programa Avancemos y que en esos momentos la Contraloría cuestionaba al IMAS que los montos de las becas no habían sido actualizados en cuatro años; es decir, las autoridades no desconocían que su actuar implicaba la afectación de beneficios sociales.

Es necesario mencionar que institucional y socialmente se ha tenido a FODESAF como una fuente de recursos para cubrir necesidades de diversa naturaleza, sin reparar en que la ley dispone que son beneficiarias del Fondo las personas “que se encuentren en situación de pobreza o pobreza extrema”. Buen ejemplo de lo anterior es el caso de la “mesa de diálogo de IVM” convocada por la Caja en la cual, representantes del Estado, patronos y sindicatos acordaron recomendar reformas legales para que, sin más, se tomaran anualmente ¢60 mil millones de FODESAF para paliar los desajustes del sistema de pensiones IVM. Situaciones similares se han observado en iniciativas para eliminar el 5% del aporte patronal y un proyecto de ley para que, en caso de emergencia nacional, el Poder Ejecutivo pueda reasignar los presupuestos de FODESAF.

También es buen ejemplo la Ley de la Red de Cuido Infantil No. 9220 la cual dispone que FODESAF debe girar dineros a las municipalidades para la operación de centros de esa Red. Sin embargo, sus normas van más allá y expresan que “Estos recursos, para los efectos de presupuestación y fiscalización de la Hacienda Pública, se considerarán ingresos propios de cada gobierno local.En otras palabras, cada gobierno local usará los recursos a su discreción sin ninguna obligación de reintegrar los excedentes a FODESAF para ser redistribuidos como lo ordena la ley 5662.

Recorte presupuestario 2024 Un caso de actualidad a considerar es el que tramita la Sala Constitucional ante un recurso de amparo del diputado Antonio José Ortega Gutiérrez y otros (Expediente No. 24-007089-0007-CO). Según la gestión de los recurrentes, el ministerio de Hacienda ha presupuestado para FODESAF ¢62 mil millones menos del monto al que la ley le obliga. En este contexto vale destacar que en el año 2005, hace diecinueve años, la Sala resolvió una situación similar en los siguientes términos:

Por lo anterior, la presente acción de inconstitucionalidad deberá ser declarada con lugar, de manera que para el ejercicio económico de dos mil seis en adelante, el Poder Ejecutivo y la Asamblea Legislativa, en sus respectivos ámbitos de competencia, deberán contemplar a favor del FODESAF, una transferencia equivalente al 20% de la recaudación prevista por concepto del impuesto general sobre las ventas, en tanto el artículo 9º de la Ley 6914 siga vigente. Para esos mismos ejercicios económicos, el Poder Ejecutivo se deberá abstener de imponer límites de gasto al FODESAF y a las instituciones que reciben recursos de éste, que impidan el efectivo empleo de los fondos contemplados en el artículo 9º de la Ley 6.914 para los fines sociales que cumplen las referidas instituciones.” (4)

Criterio de la Procuraduría General de la República. El dictamen PGR-C-150-2022 del 20 de julio 2022 refiere la excepción de los recursos de FODESAF respecto a la “regla fiscal”, de manera que la situación de las finanzas públicas no constituye una autorización irrestricta para Hacienda en la asignación de presupuesto a los programas sociales.

“Por consiguiente, las instituciones destinatarias de las transferencias del FODESAF, aun estando ellas mismas sujetas en sus propios presupuestos a las regulaciones del Título IV de la Ley n.°9635, en el acto concreto de presupuestar los recursos que les fueron asignados de dicho fondo y ejecutarlos para dar cumplimiento a los programas de desarrollo social que tienen encomendados a favor de las poblaciones más vulnerables, quedan eximidas de observar esas disposiciones, incluida la regla fiscal”.

En resumen, puede decirse que la administración tributaria ha venido disponiendo de “contribuciones sociales” cuya gestión y destinos están específicamente regulados por una ley ordinaria de corte social. Si hoy el ministro de Hacienda trata de justificar la reducción en la transferencia a FODESAF en una crisis de las finanzas públicas, vale la pena considerar la frase de Joseph Stiglitz:

Quienes más sufren en una crisis son quienes no jugaron ningún rol en crearla

CONCLUSION

Los niveles de pobreza y desigualdad no son ajenos a decisiones y acciones de los poderes del Estado que han incumplido las disposiciones de la legislación social. Los resultados obtenidos son reflejo de prácticas que, a lo largo de los años, han colocado el “gasto social” en los primeros lugares de las agendas de recortes presupuestarios.

A los resultados de una “política social” bajo la rectoría de Hacienda, conviene sumar las dificultades que afrontarán los sectores pobres y vulnerables en el contexto de una crisis que permanece. El desempleo, el deterioro de la situación fiscal, los sistemas de salud y pensiones ya colapsados pasarán una costosa factura. Ni qué decir de los efectos de un cambio demográfico que, a pesar de haberse advertido hace más de diez años, aún espera por las medidas y previsiones pertinentes.

Notas:

  1. Contraloría General de la República, Informe DFOE-SAF-IF-04-2010
  2. Ministerio de Hacienda, Estado de Cambios en Patrimonio Neto 2009
  3. Contraloría General de la República, Resolución 13879-2016 (DJ-1770)
  4. Sala Constitucional, sentencia No. 2005-17612 del 21 de diciembre 2005.

Ir a Informe especial / La pobreza de la política de combate a la pobreza.

Recortes suicidas

Greivin Hernández González*

El recorte de los recursos para programas sociales ejecutado por la Administración Chaves Robles, adornado con la cansona justificación de que no alcanza la plata, no es más que la continuidad de una política entronizada en los jerarcas y mandos medios del Ministerio de Hacienda por décadas. Han elegido ésta como su ruta predilecta para cumplir, e incluso superar, las metas fiscales; muy a pesar de la sobrevivencia de los que menos tienen, y negando la posibilidad de progreso social a las generaciones jóvenes y vulnerables, veamos los números.

Según reportes del propio Ministerio de Hacienda:

“A marzo (de 2024) se registró un balance primario positivo, comportamiento que se ha mantenido durante los dos años de esta Administración. Los ingresos y el gasto primario se ubicaron en 4,0% y 3,2% del PIB, respectivamente, lo que generó un superávit primario de 0,7% del PIB. Este balance primario superó en ¢121.854 millones (0,2% del PIB 2024) la meta indicativa acordada con el FMI (mínimo de ¢230.000 millones). Alcanzó ¢351.854 millones, lo que le convierte en el tercero más alto de los últimos 19 años en millones de colones.” (resaltado nuestro) (ver CP 43 del 14/05/2024)

Sin embargo, tan sólo unas semanas antes, el 22 de abril el mismo Ministerio de Hacienda le decía a la Sala IV que no tiene los ₡62.131 millones que le recortó al Fondo de Desarrollo y Asignaciones Familiares (FODESAF, el patrimonio que conforma la principal fuente de financiamiento de los programas sociales del país). Pues si a mayo de este 2024 ya se ha identificado que hay recursos para cumplir con los compromisos, el ministro de Hacienda bien podría rectificar ante la Sala IV, y más importante aún ante las personas que están urgidas de estos recursos.

En otros términos, Hacienda se niega a trasladar ₡62 mil millones al FODESAF durante 2024, a sabiendas que le queda un superávit libre de todo compromiso de ₡122 mil millones. Sea por cinismo o ignorancia, a pesar de que este superávit primario no comprometido que bien podríamos llamar “sobrante” es cercano al doble de los recursos adeudados al FODESAF, el ministro a.i. de Hacienda, Luis Antonio Molina Chacón, se atreve a decirle a la Sala IV ¿O acaso mentirle? Manifestando que:

“Desafortunadamente, y a pesar de todos los esfuerzos que se han venido realizando para ir saliendo de la grave crisis fiscal que ha venido padeciendo nuestro país desde hace ya bastantes años, y que fue producto de manejos irresponsables o inadecuados, nos hemos encontrado con la simple, dura e incontrovertible realidad de que los recursos económicos con los que actualmente se cuenta son insuficientes para satisfacer todas las demandas y obligaciones que la normativa legal exige.” MH-DM-OF-0512-2024

Llamamos “sobrante” al monto que supera el superávit fiscal primario, lo acordado con el Fondo Monetario Internacional (FMI) para acceder a los recursos del préstamo de servicio ampliado de financiamiento (SAF). Cabe recordar, que tanto la Administración Alvarado-Quesada en 2022, como la Chaves-Robles en 2023, acordaron un nivel de superávit fiscal primario (el que no toma en cuenta la carga financiera), con el FMI, cuyo monto al final fue superado, pero incumplieron la obligación legal de transferir los recursos del Presupuesto Nacional al FODESAF y otros programas sociales.

Para 2022 las cifras son más cínicas, Hacienda afirmó que “cumplió con la meta pactada con el FMI, el balance primario en millones de colones se registró por encima en ₡640.392 millones de la meta evaluativa acordada” (resaltado nuestro) (CP 10 / 7 de febrero 2023), el sobrante es casi 15 veces superior a lo no trasladado al FODESAF ₡44.000 millones.

Mientras que en 2023, Hacienda comunicó que “cumplió con holgura la meta de superávit primario pactada con el FMI al cierre del 2023, el balance primario en millones de colones se registró por encima en ₡120.712 millones de lo acordado” (resaltado nuestro) (CP 09/ 14 de febrero, 2024). Ese mismo año, al FODESAF se le dejaron de transferir ₡49.000 millones, menos de la mitad del sobrante.

Es probable que estos recursos tuvieran un uso alterno loable, la aceleración en la amortización de la deuda pública, a una velocidad superior a la necesaria y validada con el FMI, lo cual parece ser el objetivo único y supremo de las autoridades hacendarias. Con ello olvidan el sacrificio humano que representa recortar el presupuesto de comedores escolares; acceso a salud; pensiones no contributivas para adultos mayores en pobreza; cuido a menores, a personas con dependencia y adultos mayores en pobreza; becas educativas; entre otros. De igual forma, esta tendencia está hipotecando el futuro de las nuevas generaciones del país, el desplome de un 40% fondos para becas en lo que va de la presente década, generó que más de 140 mil estudiantes perdieran el apoyo en tres años, y coincidió con una reducción del 5,7% en la matrícula de primaria y secundaria entre 2021 y 2024.

Como decía, la práctica del Ministerio de Hacienda de no trasladar, e incluso quitarle, recursos propios a los programas sociales no es nueva, sólo va cambiando de jerarca y justificación, a pesar de las leyes y los fallos de la Sala IV. Es por ello por lo que la deuda estatal con los programas sociales no para de crecer, Hacienda le adeuda al FODESAF más de 1.7 miles de millones de colones, y a la Caja Costarricense del Seguro Social poco menos que cuatro billones de colones.

Y como si esto no fuese suficiente, las normas de ejecución presupuestaria impuestas por la Asamblea Legislativa de 2018 a 2022, en conjunto con la entrada en vigor de la Ley 9524 (Fortalecimiento del control presupuestario de los órganos desconcentrados del Gobierno Central), hicieron que recursos superavitarios del FODESAF pasaran a las arcas del Gobierno Central. Con lo que Hacienda puede recuperar y apropiarse de recursos que ya le había trasladado al FODESAF, tanto impuestos como la contribución del 5% sobre las planillas.

Cabe recordar, que los recursos superavitarios del FODESAF generalmente se represupuestaban para aumentar la cobertura y monto de los beneficios, como se realizó en 2019 cuando se amplió la cobertura y monto de las pensiones no contributivas y otros programas sociales. La realidad actual es que los montos de algunos beneficios sociales se han reducido, y las coberturas de programas sociales clave también. Es por ello por lo que la inversión social ha tocado fondo en 2024, representando sólo 9,7% del PIB, luego de haber subido al 12% en 2020.

Una pregunta relevante es si los montos adeudados a los programas sociales harían alguna diferencia significativa, la respuesta es un rotundo sí. Investigaciones recientes (Cantú et al., 2024) señalan que sería posible reducir la pobreza extrema al 2,5% (desde el 6,4% actual), lo que representa aliviar el hambre de decenas de miles de costarricenses que hoy no logran adquirir ni siquiera los bienes de la canasta básica alimentaria.

La gran promesa de las autoridades hacendarias es que una vez que “las finanzas públicas estén sanas”, trasladarán los recursos que por ley les compete a los programas sociales, sin embargo, varias razones hacen dudar de ello. Primero, por el lado de los ingresos fiscales se viene registrando una caída en los niveles de recaudación, la carga tributaria tocó techo en 2022 y no hay propuestas para cerrar portillos a la evasión, elusión, o de creación de nuevos impuestos. Segundo, relacionado con lo anterior, la última medición de las exoneraciones y la elusión (gasto tributario), señalan que está aumentando, luego de haber experimentado fuertes reducciones producto de la reforma fiscal de 2018. Tercero, por el lado del gasto, el Ministerio de Hacienda proyecta reducirlo en los próximos años de manera que pase a representar dos puntos porcentuales menos con respecto al Producto Interno Bruto (de 18% a 16%).

A falta de movimientos sociales, parece que sólo la presión de la Asamblea Legislativa podría hacer que Hacienda cambie su postura, ahora, adicionalmente la Procuraduría General de la República ha respaldado el criterio de los diputados en torno a la obligación de trasladar todos los recursos al FODESAF.

El Estado costarricense tiene una gran deuda en materia social, la propia Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico ubica al país entre los que menos recursos dedica a inversión social, ver Figura 1. Por su parte, tanto el Banco Mundial como el FMI, han reconocido los esfuerzos del país por reducir filtraciones, exclusiones, costos y aumento de eficiencia de los programas sociales, con herramientas como el Sistema Nacional de Información y Registro Único de Beneficiarios del Estado (Sinirube), el Sistema Único de Pago de Recursos Sociales (SUPRES), articular programas y reducir su dispersión.

A lo anterior, es posible agregar una multiplicidad de evaluaciones de entes como FLACSO, PNUD y UCR, que han destacado que los programas sociales costarricenses cumplen con sus objetivos, y contribuyen a que las personas salgan de la pobreza logrando su independencia económica.

El ministro de Hacienda y el presidente de la República justifican los recortes usando la figura del padre que pide un sacrificio a su familia para amortizar sus deudas, lo que no dicen es que está amortizando más rápido de lo que el banco exige, y que el sacrificio que pide a la familia consiste en comer menos de lo necesario y sacar a los niños de la escuela, condenándolos a la desnutrición y el analfabetismo. El anteponer resultados macroeconómicos ambiciosos, llevando el ajuste fiscal más allá de lo recomendado por organismos como el FMI, es un sinsentido económico cuando la moneda de pago es el aumento en la cantidad de excluidos de las oportunidades para una mejor calidad de vida, y la condena de los niños y jóvenes a un círculo de pobreza, desesperanza y violencia que sólo crece y crece. Las decisiones que ha realizado y plantear realizar la Administración Chaves Robles son, en definitiva, recortes suicidas.

  • Exdirector de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, exdirector a.i. del Sistema Nacional de Información y Registro Único de Beneficiarios del Estado (Sinirube).

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Informe especial / La pobreza de la política de combate a la pobreza

Semanas atrás, el ministerio de Hacienda reconoció públicamente que en 2024 ha recortado ¢62.000 millones adicionales para atender a la población en situación de pobreza. Con este nuevo recorte el monto destinado incluso incumple ampliamente la ley de FODESAF.

Tan grave como el recorte mismo son los argumentos en que se basa el ministro de Hacienda para realizarlos, así como la obtusa visión ideológica detrás de estos.

Para abordar críticamente este sensible tema, SURCOS ha invitado a dos reconocidos especialistas, los señores Jorge Herrera Fernández y Greivin Hernández González, ambos con profundos conocimientos teóricos y prácticos sobre la materia.

Estamos seguros de que sus reflexiones y análisis representan un valioso aporte a un problema país de enorme importancia y actualidad.

Le invitamos a seguir el enlace en el nombre de cada autor.

Greivin Hernández González

Jorge Herrera Fernández

Imagen: UNA.

Álvaro Ramos señala que la perspectiva fiscalista suprime programas sociales

El expresidente ejecutivo de la CCSS, destituido por Rodrigo Chaves Robles por aprobar un pago salarial pendiente para el personal de la institución, dijo al medio CRHoy que “una perspectiva fiscalista de corto plazo para que los números se vean bien”, no permite el desarrollo de programas sociales, a pesar de que «si hay plata». 

SURCOS transcribe sus declaraciones. 

“El año 2023, después de mi periodo, la caja tuvo un superávit financiero de 780.000 millones de colones solo en el Seguro de Salud, una cifra extraordinaria dada las necesidades de la población, casi mil seiscientos millones de dólares. El faltante de Ebais es de casi 350 Ebais faltantes, si calculamos a millón de dólares por Ebais… es decir, 350 millones, podríamos construir el cuádruple de Ebais necesarios solo con el superávit de un año. Hablo solo del superávit, no incluyo la deuda del Estado ni las reservas, solo me refiero al superávit de un año. Con el flujo corriente de un año se puede construir Cartago, más 400 Ebais, más un par de hospitales más.

Las malas condiciones para los trabajadores se traducen en malas condiciones para los pacientes, una problemática para todos los costarricenses. Sí hay dinero, hay mucho dinero, pero lo guardan por una perspectiva fisicalista de corto plazo, de ahorrar y que los números fiscales se vean bien”. Ramos agregó que con esa perspectiva se afecta todos los programas sociales, no solo a la CCSS; se refiere a seguridad ciudadana, educación, salud y otros programas.

Dos “magníficas” noticias económicas

Luis Paulino Vargas Solís

Nos anticipa el Banco Central que, al concluir este año, la inflación habrá caído por debajo del 4%, pero, además, nos confirma tan importante entidad pública, que el año pasado se registró un “superávit primario” en las cuentas del gobierno.

Son grandes nuevas, ¿cierto? La verdad, tengo mis dudas.

Empecemos por el segundo aspecto mencionado. Aclaremos, primero, una cosa: decir que hay “superávit primario” no equivale a decir que hay “superávit fiscal”. El “superávit primario” se da si los ingresos exceden de los gastos, pero sin incluir en esos gastos los intereses de la deuda pública. Aunque esto aparenta ser un detalle técnico, en realidad es una burda estratagema ideológica, cuyo propósito es enfocar los recortes y tijeretazos en “todo lo demás”, excepto los pagos por intereses.

Posteriormente sí se consideran los intereses. Volvemos, entonces, a hacer la resta: ingresos menos gastos, pero, ahora sí, incluimos los intereses. Sucede, entonces, que el “superávit primario” se transfigura en “déficit fiscal” (o “déficit financiero”, como le llaman también). Los intereses son los que se encargan de hacer que los números positivos pasen a ser negativos.

Pero aquí lo relevante es que los pagos por intereses son sagrados e intocables. El “dios mercado” decide las tasas de interés, y estas deciden cuánto deba pagarse. Nada más se diga al respecto. Recordemos que ya de previo los machetazos habían caído sobre “todo lo demás”. Algunos ejemplos de “todo lo demás” son: becas estudiantiles, comedores escolares, servicio 911, vivienda popular, albergues infantiles, hogares para personas mayores, instalaciones educativas, etc. etc.

O sea: cuando alguien celebra el tal “superávit primario”, lo que está celebrando es esa salvaje operación de recorte.

Y en cuanto a la inflación: siempre fue clarísimo que el origen de esta era externo, o sea, que era una inflación importada. Por ello mismo, siempre fue clarísimo que, en cuanto la inflación internacional empezara a ceder, también cedería en Costa Rica. Exactamente eso es lo que estamos observando.

Pero lo absurdo de esto es que el Banco Central nos ha sometido a una innecesaria, y perfectamente prescindible, dieta de latigazos, al forzar a una grosera alza de las tasas de interés, lo que, en este contexto, equivale a castigar a Pedrito, por travesuras que hizo Juancito.

Queda claro lo que es bueno para el Banco Central, es dañino para la gente.