Declaración de repudio sobre la decisión de la Corte Nacional del Ecuador de Legitimar la detención de Jorge Glas

CONSEJO LATINOAMERICANO DE JUSTICIA Y DEMOCRACIA (CLAJUD)

ASOCIACIÓN AMERICANA DE JURISTAS

OBSERVATORIO LAWFARE

9 de junio de 2024

Declaramos nuestro repudio a la decisión tomada el 7 de junio por la Sala Especializada de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia de la República del Ecuador, en la cual rechazan el hábeas corpus presentado en defensa de los derechos del ex vicepresidente Jorge Glas, quien fue secuestrado el día 5 de abril pasado por fuerzas de seguridad ecuatorianas por instrucción del Presidente de la Nación, Daniel Noboa, mientras Glas se encontraba en calidad de asilado diplomático en la Embajada de México en Quito.

La resolución de la Sala Constitucional de Apelación es peor que la decisión judicial de primera instancia que se había tomado el 12 de abril, que rechazaba injustamente el hábeas corpus, pero reconocía la ilegalidad y arbitrariedad del secuestro de Jorge Glas en violación a la inmunidad de la sede diplomática mexicana y al instituto del asilo diplomático. 

El Poder Judicial de Ecuador, así como todos los poderes de la República, deben entender que el derecho internacional rige plenamente y genera responsabilidades para el Estado, en caso de actuar en violación a los convenios y tratados internacionales en materia de Derechos Humanos (DDHH) de los cuales Ecuador es firmante. El Derecho vigente es uno solo: no hay un Derecho interno que pueda desconocer o negar el Derecho internacional de los DDHH. Este consenso es fundamental para garantizar la paz y la cooperación entre los Estados soberanos, así como para la defensa de la dignidad humana.

El 7 de mayo, la defensa del ex vicepresidente presentó el recurso de apelación del hábeas corpus solicitando que se ratifique la ilegalidad y arbitrariedad de la detención de Jorge Glas y se ordene al Estado ecuatoriano emitir su inmediata libertad. El 31 de mayo fue el sorteo, el 7 de junio se sentenció.

Nunca se notificó la composición del tribunal de apelación y tampoco hubo audiencia.

Argumentando que durante el Estado de Excepción el derecho a la inviolabilidad de domicilio estaba suspendido, el Tribunal de apelación afirma que la irrupción en la Embajada de México en Quito no fue ilegal. Se analiza la detención basándose en la «orden de localización y captura» como fundamento fáctico de la misma, omitiendo el hecho que produjo la detención de Jorge Glas, secuestrado de la sede diplomática. El Estado de Excepción no justifica ni permite hacer al Estado ecuatoriano este tipo de acciones que violentan normas y principios insoslayables del derecho internacional.

En efecto, el 7 de junio el Tribunal de apelación con su fallo expone a Ecuador a sanciones por sus responsabilidades internacionales, al revertir la definición del juez de primera instancia con un fallo que califica la detención de Jorge Glas como legal, legítima y no arbitraria, cuando es público y notorio lo contrario.

Este atropello a las normas básicas de las relaciones entre Estados soberanos es el corolario de años de persecución judicial contra una opción política en Ecuador (la Revolución Ciudadana), persecución que ha contribuido a la polarización política, la erosión de la democracia, el aumento de la violencia y la disolución de los pilares del Estado de Derecho.

Además, existe un grave riesgo para la salud e integridad de Jorge Glas, ya notablemente deteriorada a partir de su secuestro. No existe antecedente en nuestra región de un ataque de esta naturaleza a una embajada para secuestrar a un asilado: ni las dictaduras militares del siglo XX se atrevieron a perpetrar una agresión de este tipo.

Amicus Curiae internacionales en defensa de los derechos de Jorge Glas

Más de cincuenta referentes políticos, intelectuales y organizaciones de la sociedad civil de diversos países se presentaron como Amicus Curiae para respaldar la apelación del hábeas corpus y no fueron mencionados en la sentencia del 7 de junio. Entre ellos se encuentran los suscriptos por el expresidente de Colombia, Ernesto Samper; el expresidente de Bolivia, Evo Morales; el Premio Nobel de la Paz, Adolfo Pérez Esquivel; el jurista y ex juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Raúl Eugenio Zaffaroni; el coordinador del Grupo de Puebla, Marco Enríquez-Ominami; el ex presidente del Consejo de Seguridad de la ONU, Sacha Llorenti; el ex embajador de Argentina ante la OEA, Carlos Raimundi; el Secretario General de la Asociación internacional de Juristas Democráticos, Jan Fermon; el Legislador en el Congreso de los Diputados de del Estado Español, Enrique Santiago; la ex ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad de Argentina, Elizabeth Gomes Alcorta; el Legislador en el Congreso de los Diputados del Estado Español, Gerardo Pisarello; la Diputada de la Asamblea Nacional de Venezuela, Tania Diaz; la ex presidenta del Senado de Bolivia, Adriana Salvatierra; y el ex Ministro de la Presidencia de Bolivia, Juan Ramón Quintana.

A la iniciativa también adhirieron representantes del Observatorio Lawfare, Consejo Latinoamericano de Justicia y Democracia/Grupo de Puebla, Fundación Vivamos Humanos, Asociación internacional de juristas democráticos, Asociación Americana de Juristas, Orden de los Abogados de Brasil, Instituto de Abogados Brasileños, Comisión Chilena de Derechos Humanos, Internacional Progresista, Marcha Mundial de las Mujeres, Instituto Espacio para la Memoria, Servicio de Paz y Justicia, Red de Intelectuales y Artistas en Defensa de la Humanidad en sus capítulos de Argentina, Ecuador y Bélgica. Entre los y las firmantes también se encuentran académicos y académicas de la Universidad Nacional Autónoma de México, Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, Universidad Federal de Río de Janeiro, Universidad de La Habana, Universidad de Puerto Rico, Universidad de Buenos Aires, Universidad Nacional de Rosario, Universidad Nacional de La Plata y del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas de Argentina.