La coyuntura de la USAC en las elecciones a rector, período 2022-2026

Luis Enrique Solorzano Loaiza. Profesor titular de la Universidad de San Carlos de Guatemala

Número de Registro de Personal 20040677

14/06/2022

La Universidad de San Carlos de Guatemala elige rector cada cuatro años y es electo por el Cuerpo Electoral Universitario, ente identificado en su Ley Orgánica.

El Cuerpo Electoral Universitario se integra: por el Rector o quien haga sus veces, cinco profesores titulares y cinco estudiantes por cada Facultad y cinco profesionales no profesores graduados o incorporados a la Universidad de San Carlos de Guatemala por cada Colegio. Lo conforman 171 integrantes, 170 delegados electos por sus respectivas Facultades o Colegios profesionales, más el rector.

Los miembros del Cuerpo Electoral Universitario duran en sus funciones cuatro años, a excepción de los delegados estudiantiles, quienes son designados cada vez que éste sea convocado.

La elección de delegados al Cuerpo Electoral Universitario del anterior rector, para el período 2018-2022, se realizó el 2 de mayo de 2018, de manera que, según la Ley Orgánica de la USAC, su período en funciones concluyó el 1 de mayo de 2022.

La convocatoria a elecciones de los integrantes del Cuerpo Electoral Universitario que realizara el Consejo Superior Universitario, el 7 de octubre de 2021, para que se celebraran el 23 de marzo de 2022, era nula de nacimiento, en virtud de que, de acuerdo con lo expresado anteriormente, el Cuerpo Electoral Universitario (excepto por los delegados estudiantiles) tenía vigencia hasta el 1 de mayo del 2022. Este hecho constituye una ilegalidad desde el mismo inicio del proceso eleccionario. Lo que correspondía era convocar a la elección de los delegados estudiantiles del Cuerpo Electoral Universitario.

Aún con esa irregularidad de tipo legal, la elección a rector por parte del Cuerpo Electoral Universitario quedó fijada para el 27 de abril, a las 10 horas, en el Museo de la Universidad de San Carlos.

Un día antes de esa fecha, sin mayor trámite y a última hora, con el apoyo mayoritario de los decanos y representantes de los colegios profesionales, el Consejo Superior Universitario anuló las elecciones de siete de los cuerpos delegados que adversaban al candidato oficial, Walter Mazariegos, decano de la Facultad de Humanidades y, por consiguiente, miembro del Consejo Superior Universitario. Los cuerpos de delegados habían sido confirmados por parte de las comisiones electorales de los respectivos colegios profesionales o Facultades.

Esta decisión del Consejo Superior Universitario, fue tomada bajo la recomendación del director del Departamento Jurídico de la USAC, Luis Fernando Cordón Lucero. Cordón Lucero, además de asesorar jurídicamente al Consejo Superior Universitario, es delegado ante el Cuerpo Electoral Universitario, como parte del cuerpo de electores representante de los docentes titulares de la Facultad de Humanidades, electo por la planilla a favor de Mazariegos. En otras palabras, su recomendación de eliminar a siete planillas que adversan al candidato que Cordón favorece con su voto, es un evidente conflicto de intereses.

¿Por qué esta jugada?

Los candidatos a ocupar la rectoría de la USAC que obtuvieron delegados al Cuerpo Electoral Universitario, en las elecciones convocadas para el efecto fueron los siguientes:

Walter Mazariegos postulado por la agrupación Innova; Luis Suárez, por la agrupación Identidad Sancarlista; Carlos Valladares, por la agrupación Avante; Jordán Rodas, por la Agrupación SOS USAC y Erwin Calgua, por la Agrupación Nueva USAC.

Las elecciones para delegados al Cuerpo Electoral Universitario concluyeron con los resultados siguientes: Walter Mazariegos ganó 11 cuerpos electorales que le garantizaban 55 votos, Jordán Rodas ganó 9 cuerpos electorales que la garantizaban 45 votos, Carlos Valladares ganó 6 cuerpos electorales que le garantizaban 30 votos, Luis Suárez ganó 5 cuerpos que le garantizaban 25 votos y Erwin Calgua ganó 2 cuerpos electorales que le garantizaban 10 votos. Una planilla independiente que no apoyaba a ningún candidato, ganó un cuerpo. En total 34 cuerpos. La Ley Orgánica de la USAC establece que el candidato que obtenga la mayoría absoluta será el ganador de las elecciones, toda vez que cumpla las calidades respectivas (algo que todos los candidatos cumplían, excepto Mazariegos).

La mayoría absoluta, entonces, sería la mitad del número votos de los delegados, más uno, esto es la mitad de 171, igual a 85.5, en números enteros, 86 votos.

Con los números obtenidos en las elecciones, ninguno de los candidatos tenía garantizada la victoria en las elecciones. Era necesaria una alianza. Mazariegos y Suárez, eran aliados naturales. Fueron vistos compartiendo socialmente en numerosas oportunidades, poco antes de la convocatoria a elecciones; razones desconocidas los llevaron a contender en agrupaciones distintas.

No obstante, una alianza entre ambos no garantizaba la victoria para ninguno de los dos pues la suma de sus electores no superaba los 81 votos, si como ya se daba por descontado, se agregaba el voto del rector en funciones. ¿La solución para este problema? Disminuir el número de delegados del Cuerpo Electoral Universitario para que la mayoría absoluta fuera menor. Ante el descrédito de Mazariegos, ya evidente desde antes de las elecciones a delegados del Cuerpo Electoral Universitario, por su opaca actuación en el financiamiento de sus actividades proselitistas y porque varias de ellas eran, cuando menos, incorrectas, Luis Suárez, sospechosamente, declinó su candidatura, antes que pronunciarse como aliado de Mazariegos y afirmó que dejaba libertad a sus delegados electos para votar por quien consideraran mejor candidato.

Con siete cuerpos de delegados sin acreditar, el número de delegados ante el Cuerpo Electoral Universitario, se redujo a 135 delegados (algo que no había ocurrido con anterioridad a esta elección). En el nuevo escenario, la mayoría se reduce a 68 votos, número con el cual sí contaba Mazariegos. Desde luego, la maniobra debía completarse, garantizando que los cuerpos no acreditados no fueran los de Mazariegos.

El candidato Walter Mazariegos, es necesario decirlo, no acredita las calidades para ser rector. En el Estatuto de la USAC, se establece que una de las calidades que debe se debe poseer para ser rector es haber ejercido la docencia universitaria por lo menos cinco años. Mazariegos ha ejercido docencia universitaria menos de tres años. Su ejercicio laboral en la USAC ha sido mayoritariamente como decano y como Secretario Adjunto de la facultad de Humanidades. Este impedimento, sin embargo, fue obviado por el Consejo Superior Universitario.

Ante el descontento que provocó la arbitraria decisión de dejar fuera de la contienda electoral a siete cuerpos electorales que no darían su voto a Mazariegos, grupos estudiantiles, decidieron ocupar las instalaciones del recinto en el que se tendrían que efectuar. El resultado es que, a la hora indicada, el evento en que se tendría que votar por el nuevo rector, no se llevó a cabo. Igualmente, no se llevaron a cabo las votaciones en los días subsiguientes que, según establece la normativa, se realizarían en caso de la primera convocatoria no se desarrollara con éxito.

El Reglamento de elecciones de la Universidad de San Carlos de Guatemala, considera nulas las elecciones en las cuales sea hubiera incurrido en lo que tipifica como vicio fundamental. En el mismo cuerpo legal, establecen los actos que, como mínimo, deben considerarse como vicios fundamentales. Se considera vicios fundamentalesque la elección no se practique en la fecha indicada en la convocatoria (en el primer caso), y …que los considerados como electos o los electores no reúnan las calidades establecidas por la ley (en el segundo caso).

De manera que, el evento eleccionario debió ser anulado por el Consejo Superior Universitario, al haberse incurrido, como mínimo, en dos vicios fundamentales.

El 11 de mayo, el señor Henry David Campos Hernández, docente de la Facultad de Humanidades de la Universidad de San Carlos USAC, en la que Mazariegos es decano, y elector por Mazariegos, interpuso una acción de amparo ante la Sala Quinta de lo Contencioso Administrativo, para que el evento se llevara a cabo, pese a que, según la normativa de la USAC, debía repetirse desde sus inicios.

La Sala accedió al amparo provisional y ordenó al Consejo Superior Universitario que se reuniera dentro del lapso de los cinco días siguientes para hacer una nueva convocatoria dentro de los cinco días siguientes. La orden judicial fue interpretada, como que, dentro del lapso perentorio se realizara la votación con los cuerpos electorales que el Consejo Superior Universitario había admitido como legales. Así interpretado, significó al aval para que se mantuvieran marginados los siete cuerpos electorales que adversaban a Mazariegos.

La opinión de abogados expertos, el Doctor en Derecho Constitucional, Oswaldo Samayoa y el Licenciado Juan Pablo Gramajo, coincidieron en que el Consejo Superior Universitario, aún con la interpretación a su gusto, en ley, no debió convocar como lo pedía la Sala, sin que eso significara desacato. Lo correcto era solicitar un recurso de aclaración, lo cual está tipificado en el cuerpo legal.

Según los juristas mencionados, la ley contempla la revocatoria del amparo, especialmente en este caso y así, librar al Tribunal de ser sorprendido en su buena fe y en el error que el interponente los haría incurrir. La explicación es la siguiente: El problema es que la Ley de Amparo concibe el amparo provisional, principalmente como suspensión del acto reclamado, para evitar que produzca efectos mientras se discute su legitimidad. En cambio, el caso de ordenar a la autoridad impugnada realizar un acto positivo (en este caso, convocar a elección) es distinto, y lleva al terreno de los amparos provisionales con efectos definitivos. En otras palabras, el amparo provisional (que en este caso no era la suspensión del acto reclamado) se convirtió en amparo definitivo porque con la ejecución del amparo (la realización del acto eleccionario), dejó sin materia una exposición de argumentos de por qué el amparo no procedía.

De hecho, una situación, por demás sospechosa, ocurrió cuando electores de la agrupación SOS, contendiente en las elecciones a Rector, interpusieron un amparo ante la Corte de Constitucionalidad (CC), órgano máximo rector de la justicia en Guatemala, intentando revocar el amparo concedido por la Sala Quinta de lo Contencioso Administrativo, que conminaba al Consejo Superior Universitario a celebrar las elecciones. Pese a la importancia del fallo, por lo perentorio de los tiempos, la CC se tomó cuatro días para emitir su fallo, aceptando el amparo, esto es, el acatamiento de la orden de la Sala Quinta de lo Contencioso Administrativo, incurría en daños irreparables. No obstante, habiéndose ejecutado la sentencia de llevar a cabo las elecciones, el caso perdió materia y el amparo provisional interpuesto ante la CC y concedido, quedó sin efecto. Justamente esta es una consecuencia de la situación apuntada anteriormente de amparos provisionales con efectos definitivos.

Con toda la ilegalidad que tenía de carga el evento eleccionario, este fue fijado para el 14 de mayo, en el cumplimiento de la orden de la Sala Quinta de lo Contencioso Administrativo. Durante el evento se cometieron otros actos constituyentes de vicios fundamentales.

El 14 de mayo, día fijado por el Consejo Superior Universitario, muy diligentemente, para dar cumplimiento a la Sala Quinta de lo Contencioso Administrativo, estableció un lugar ajeno a la USAC para celebrar el acto eleccionario. Este hecho, si bien no es ilegal, es totalmente inusual, existiendo suficientes instalaciones de la universidad para llevarse a cabo. El Consejo Superior Universitario dictaminó que el lugar fuera el llamado Parque de la Industria, un lugar que, por estar en las afueras de la USAC, permitía cualquier despliegue de fuerza pública, lo cual no habría podido suceder si, como corresponde a un evento de una universidad autónoma, se hubiera celebrado en sus propias instalaciones.

Desde la noche anterior, 13 de mayo, se observó que miembros de la Policía Nacional Civil se apostaron en distintos puntos cercanos a la principal entrada de acceso al lugar en donde se encuentra el salón en donde se llevaría a cabo las elecciones. Pero no fueron las únicas fuerzas observadas. También, en el interior se pudieron ver sujetos vestidos de oscuro, portando armas de fuego y otros objetos contundentes en actitud amenazadora y bajo el amparo de la fuerza pública desplegada. Los efectivos oficiales hicieron una innecesaria ostentación de fuerza, portando armas de fuego automáticas y un contingente de ellos se apostó en la puerta de ingreso, impidiendo el paso a cualquiera que deseara hacerlo.

El acto, convocado para desarrollarse a las 10 de la mañana fue precedido por la presencia de grupos de manifestantes, todos civiles y que, en actitud pacífica clamaban la ilegalidad del acto y exigían su cancelación y el llamado a nuevas elecciones, tal cual procedía en ley.

De todas formas, esa puerta custodiada por las fuerzas del orden no constituía el ingreso de ninguna persona puesto que los delegados ante el Cuerpo Electoral Universitario, integrantes todos de las planillas ganadoras que votarían por Mazariegos, estaban dentro del recinto, muchas horas antes. A las planillas de delegados ante el Cuerpo Electoral Universitario que habían ganado su puesto en las elecciones por alguna agrupación opuesta a la de Mazariegos, pese a que, formaban parte de las 27 que, de acuerdo con la orden del juez, podían emitir su voto, les fue vedado el ingreso al recinto de votación. Ninguno de esos delegados pudo ingresar.

Ante la creciente ola de protestas y la presencia masiva de manifestantes en la puerta de acceso, la Policía Nacional Civil atacó a los manifestantes, con golpes de batones y gas lacrimógeno o pimienta. Las acciones represivas desatadas por la fuerza pública contra la población civil, entre quienes estaban electores que adversaban a Mazariegos y esperaban poder ingresar para ejercer su derecho, calza en otro acto considerado como vicio fundamental. En efecto, la norma al respecto afirma que se considera vicio fundamental …que se cometa coacción, violencia o amenaza, que sean determinantes del resultado de la elección.

Otra evidencia de la parcialidad y, por consiguiente, la ilegalidad de este proceso, se desprende del informe que la Comisión de Acompañamiento para la Elecciones de Rector, período 2022-2026, firmado por tres consejeros del Consejo Superior Universitario. En el mismo, uno de los firmantes da cuenta de que, al intentar ingresar por la puerta principal, vallada por la fuerza pública, ante la imposibilidad de ingresar, le tuvieron que dar instrucciones para hacerlo. Desde dentro del recinto le indicaron que podía ingresar por otra de las puertas del local, lo cual hizo. Este apoyo para el ingreso al recinto electoral no fue repetido con ninguno de los delegados del Cuerpo Electoral Universitario que esperaban en las afueras, la posibilidad de ingresar. El informe de esta Comisión es más que suficiente para evidenciar que la actuación del Consejo Superior Universitario fue sesgada para favorecer a un candidato. Tal es así que se puede confirmar con los resultados de la votación de los 72 delegados, incluido el rector en funciones: 72 votos para Mazariegos (55 que provenían de sus grupos de delegados ganadores en elecciones más 16 de la agrupación de Suárez) y ningún voto para cualquiera de los otros tres candidatos. En otras palabras, de los resultados se desprende que, de 171 delegados que, por la Ley Orgánica de la USAC tienen derecho a emitir voto para elegir al rector, solo lo hicieron 72 personas (porque al resto le fue vedado ese derecho), esto es, menos del 42% de los electores, habiéndose elegido el ganador sin ningún voto opositor.

Las apelaciones, fundamentadas en ley, que fueron presentadas al Consejo Superior Universitario, posterior a la votación, para que anulara las elecciones ante los evidentes vicios fundamentales cometidos durante el proceso, fueron rechazados a la brevedad y sin conocerse. El paso inmediato fue el reconocimiento del proceso eleccionario como legal.

A partir de esos hechos, diversos sectores de la comunidad universitaria sancarlista y de la sociedad civil, han manifestado su descontento y rechazo ante lo que se ha calificado como fraude electoral.

Grupos estudiantiles, apoyados por los sectores docente y de servicios, decidieron ocupar las instalaciones de varios recintos universitarios y, a la fecha, seis de las 10 Facultades existentes han convocado a un paro definitivo de actividades, sin suspensión de la media hasta tanto el Consejo Superior Universitario no actúe a Derecho.

La respuesta ha sido la criminalización de los diversos actores en protesta, la divulgación pública de información personal que se encuentra en los expedientes de estudiantes, profesores y trabajadores de servicio; información a la que solo puede tener acceso desde los servidores de la USAC. Han intentado secuestrar o amedrentar con un acto tal, a delegados al Cuerpo Electoral Universitario que no se plegaron al fraude. También los grupos de la universidad que favorecen el fraude, amparados por los órganos de justicia que, en los últimos años han sido cooptados por sectores corruptos, actúan con total impunidad.

Pese a lo difícil de la situación, la organización en contra del fraude ha ido creciendo y cada vez se hace más imperiosa la solidaridad tanto nacional como internacionalmente. Lo acontecido en estas elecciones es inédito en la historia de la educación superior del país y, posiblemente del mundo.

La denuncia es un arma poderosa que puede coadyuvar a retomar las aspiraciones de tener una Universidad de San Carlos, con autonomía, democracia y libre de corrupción.

¿Por qué el interés tan fuerte para alcanzar la rectoría de la USAC?

(Para responder esta pregunta, usaré el editorial del diario de mayor circulación del país: PRENSA LIBRE).

Usac es una institución relegada y codiciada

Publicado el 28 de abril de 2022 a las 0:04h

Editorial

Sí. Relegada y codiciada. Parece un contrasentido, pero es una ironía que se ha hecho evidente por décadas en la Universidad de San Carlos y una bipolaridad marcadamente crítica en los años recientes. Baste señalar que hay dos exrectores en proceso judicial por presunto tráfico de influencias y negociaciones ilícitas en comisiones de postulación para magistrados. Por ser la mayor universidad del país, la más antigua y la única estatal, se le ha ido otorgando, por ley, participación con voz y voto en entidades públicas: 64 en total.

El espíritu de tales representaciones se basa en los ideales de servicio de esa casa de estudios, que goza de autonomía constitucional desde 1945 y es financiada con recursos públicos para proveer educación superior de manera gratuita o a bajo coste. La ramificación interinstitucional mediante delegados se ha convertido en una de las más fuertes causas de ambiciones para disputar cada cuatro años la rectoría de la Usac, a través de un proceso de colegios electorales que no ha variado en 75 años, el cual excluye a decenas de miles de potenciales votantes y que nadie se ha interesado en cambiar, precisamente para evitar una mayor participación que obligaría a mayor renovación institucional y académica.

Aunque la máxima autoridad de la Usac es el Consejo Superior Universitario, es el rector quien lo encabeza y quien a la larga tiene voz decisiva en la designación de delegados: un poder político clave que grupos allegados a los oficialismos de turno siempre buscan copar. En la elección actual, ya en su fase colegiada y que fue suspendida ayer, en medio de reclamos de fraude contra el tribunal electoral, es claro que hay un candidato apoyado por el gobierno de Giammattei Falla (el presidente de Guatemala) y otro que le resulta no grato.

Más allá del desenlace de este agitado proceso, es necesario resaltar el relevante e histórico papel de la Usac para más de 200 mil guatemaltecos que estudian en ella carreras técnicas, científicas, humanísticas, jurídicas, económicas y médicas, en 22 sedes universitarias. Esta casa de estudios es la única a escala mundial que tiene la potestad de iniciativa de ley y también la única cuyo presupuesto está consignado en la Constitución de la República: un 5% del gasto total anual, que nunca ha sido entregado de forma total y puntual por los gobiernos, pese a lo cual sí cortejan y negocian el voto de los delegados. Relegada y codiciada.

En el afán de subrayar por qué la rectoría de la Usac es un fuerte bastión político, baste enumerar que nombra delegados para las comisiones de postulación para magistrados de la Corte Suprema de Justicia, la Corte de Constitucionalidad, el Tribunal Supremo Electoral y contralor general de la Nación. Asimismo, en la CC designa a dos magistrados, tiene representantes titulares y suplentes en la Junta Monetaria, el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, el Instituto Nacional de Estadística y el directorio de la Superintendencia de Administración Tributaria. En el área ambiental y científica tiene delegados en la Red Nacional de Formación e Investigación Ambiental, el Consejo Nacional contra el Cambio Climático, el Consejo de Enseñanza Privada Superior, el Instituto Nacional de Bosques, el Instituto de Ciencia y Tecnología Agrícola (Icta) y el Consejo Académico de la Unidad Nacional de Oftalmología. También hay delegados en el Consejo Nacional de Desarrollo Urbano y Rutal, Consejos Departamentales de Desarrollo y Consejos Municipales de Desarrollo; en la junta directiva de Emetra, colegios profesionales, la Defensa Pública Penal y faltan otros. Queda clara la razón de la avidez de un candidato por restar delegados a su oponente.

Dejo algunos enlaces para obtener una información más amplia de la coyuntura, aunque no es difícil hacer una búsqueda del tema. Hay mucha información al respecto.

https://www.plazapublica.com.gt/content/walter-mazariegos-y-el-arte-de-ascender-al-poder-universitario.

https://elperiodico.com.gt/sociedad/local/2022/05/11/sala-ordena-al-Consejo Superior Universitario-de-la-USAC-realizar-la-eleccion-de-rector-en-un-plazo-de-cinco-dias/

Esta es una infografía que resume el camino que siguió el fraude:

https://m.facebook.com/story.php?story_fbid=377598094227694&id=303455713105608