¿Legalizar y ampliar la minería “artesanal”?

Por Mag. Daniel Fernández Vásquez y MSc. Mauricio Álvarez Mora, docentes e investigadores de la UCR

Actualmente se discute el proyecto de ley “para regular la actividad minera artesanal y de pequeña escala (MAPE)”, bajo el expediente N° 22.934, que intenta regular la minería artesanal que se ha desarrollado en diferentes regiones del país de manera ilegal. Dicha ley, se ha planteado supuestamente, para corregir contradicciones dentro de la Ley N° 8904, las cuales impiden el ejercicio legal por parte de personas físicas y jurídicas que desde hace muchos años llevan a cabo la actividad de forma ilegal. Pero, además, plantea herramientas legales para la incorporación de nuevas concesiones.

Hay que recordar que la minería (aún desde la lógica de artesanal o “pequeña escala”) se trata de una actividad extractiva. Esto significa que busca explotar diferentes minerales en altas cantidades, generando graves afectaciones a nivel ambiental y cuyas ganancias son mayoritariamente obtenidas por exportaciones y en el extranjero.

Esta actividad se caracteriza por tener un escaso procesamiento y dejan pocos recursos y encadenamientos productivos a la escala local o regional. Es importante acotar que este tipo de extracción también está vinculada a la extracción de la fuerza de trabajo.

Este tipo de actividad es particularmente dañina e irreversible ya que se caracteriza por ser depredadora de la naturaleza, ya que no solo mercantilizan a la naturaleza, sino que también la agotan. Ya que la intensidad de estas actividades implica un uso desmedido del agua, de químicos (cianuro) que contaminan de forma permanente los cursos de agua y los mantos acuíferos.

Es importante poner evidencia que este discurso pro extractivista ha girado en torno a la promoción de la minería “científica” o la minería “responsable” suponiendo que esta es mejor que la ilegal. Sin embargo, no existe minería “responsable” o “sostenible” ya que todas estas prácticas mineras tienen un serio impacto en los ecosistemas y en las comunidades. En este marco es posible ubicar diferentes aspectos de este proyecto de ley que pueden considerarse portillos o incluso propuestas directas que plantean amenazas a la progresividad en materia de protección del ambiente. En primer lugar, al realizar una ley conjunta para lo que se considera minería artesanal y minería “a pequeña escala” se da una definición muy amplia, en la cual se plantea que dicha actividad se define de esta forma a partir de “un volumen de extracción anual de toneladas métricas”. Dicho volumen queda abierto a definición en un futuro reglamento, como la mayoría de aspectos técnicos de esta ley.

En esta misma línea la ley establece las áreas de concesión entre un kilómetro cuadrado (100 hectáreas) y diez kilómetros cuadrados (1000 hectáreas). Sumado a esto se avala el uso de la extracción mecanizada. Todo esto da miras a formas de extracción que no son ni “artesanales” ni “de pequeña escala”, sino minería a gran escala. Por otro lado, la propuesta de ley plantea la posibilidad de exploración, explotación de nuevos yacimientos siempre y cuando se cumpla con el permiso de SETENA. Esto preocupa sobremanera ya que implica la posibilidad de explotación de territorios más allá de las zonas donde, en inicio, se busca regularizar la actividad minera.

Además, no se establecen límites físicos y cantidades de concesiones por lo que puede acumular las mismas creando enjambres de proyectos que amplifican y acumulan impactos transformando la escala y dimensión del impacto socio ambiental.

Otro punto a considerar dentro del proyecto es la posibilidad de otorgar permisos para el uso de Cianuro. Sustancia que actualmente se utiliza de manera desmedida en la actividad minera y que provoca contaminación permanente de los mantos acuíferos.

Cabe señalar que para el establecimiento de diferentes evaluaciones se señala como responsables directos a la SETENA y a la DGM. Esto sin señalar nuevos recursos para el seguimiento de estas tareas y por lo tanto el control de la ley. Considerando que ambas instituciones se encuentran con altos volúmenes de expedientes y tareas para el seguimiento, el no asignar nuevos recursos implicaría una aprobación nominal de la ley sin los recursos necesarios para los controles requeridos.

Finalmente, se vuelve preocupante que muchos temas técnicos vitales para la comprensión del proyecto quedan sujetos a la elaboración posterior de un reglamento. Lo cual, partiendo de lo planteado dentro del proyecto de ley, genera preocupaciones sobre la posibilidad de incentivar y promover la actividad minera en el país. Actividad cuyas repercusiones ambientales y sociales se encuentran más que demostradas en la región.

Se considera que este proyecto, al igual que otros planteados recientemente en la materia, no se plantea como una solución o un avance en la temática social y ambiental alrededor de la minería en el país. Al contrario, el mismo se vislumbra como un retroceso a nivel ambiental con similitudes a otros proyectos sobre los cuales ya se han pronunciado la fiscalía y diversas organizaciones e instituciones.

 

Imagen ilustrativa.