-Contaminación con agroquímicos quedaría sin castigo;
-No se reconoce a las ASADAS como entes jurídicos
(FECON, 01-07-2020). La Comisión de Ambiente en la Asamblea Legislativa dictaminó el día de hoy el proyecto de ley #20.212 denominado: «Ley para la Gestión Integrada del Recurso Hídrico» sin incorporar las 21 observaciones planteadas por las organizaciones ambientales mediante documentos y audiencias.
El proyecto de ley presenta ambigüedades que amenazan el ejercicio del dominio público sobre el agua; carece de avances sustantivos en la protección de fuentes y cuerpos de agua que erradiquen las acciones de sobreexplotación, acaparamiento, contaminación; genera un significativo retroceso en de la participación social en la fiscalización del dominio público; además la propuesta legislativa contiene regresiones importantes en términos ambientales.
En el texto se observaron vacíos de redacción para garantizar el dominio público e interés social en el manejo del recurso hídrico como objetivo de la Ley, ya que carece de mecanismos de participación social en la planificación.
Así mismo, la ley carece de herramientas para aumentar la gobernabilidad del agua. Por ejemplo: no existe en la ley para evitar la perpetuación de personas en cargos como de la Dirección Nacional de Aguas, que en la actualidad genera gestiones inoperantes y con poca transparencia.
La propuesta legislativa le niega el reconocimiento jurídico de las ASADAS. Estas organizaciones están totalmente ausentes dejándolas con inseguridad jurídica. Además, es urgente incluir el Principio Precautorio en las definiciones y artículos para su aplicación oportuna por parte de la administración pública.
En el tema de contaminación, es un error sacar de la ley un término importante como la “contaminación difusa” que permitiría la sanción apropiada ante daños, por la complejidad de las dinámicas ambientales y la necesidad de proteger el interés común en los casos de contaminación con agroquímicos por parte de empresas agroindustriales.
Igual de preocupante es que en el campo de la evaluación del impacto ambiental, se limita la posibilidad de proteger el líquido vital. La propuesta legislativa mantiene al agua apenas con un insignificante 8% del puntaje dentro del análisis del impacto los proyectos, impidiéndose proteger efectivamente las fuentes, por lo que se plantea análisis directo del impacto extractivo con base en el criterio de caudal ambiental.
Existe preocupaciones por elementos ambiguos o riesgosos para la gestión ambiental sostenible del agua y el dominio público efectivo, como lo son la inclusión de las fincas ganaderas dentro del uso doméstico, los injustificados “usos especiales del agua” que evaden el pago de canon, los reconocimientos por inversiones que traspasan funciones públicas a actores privados y desfinancian la gestión pública, además de la polémica figura de autoabastecimiento en condominios que sobrepone intereses particulares sobre el interés común.
En un contexto de conflictividad creciente por temas de protección y acceso al agua, y la incapacidad actual de las instituciones de responder y resolver adecuadamente estas situaciones, este proyecto de ley no representa un avance suficiente para tutelar un efectivo derecho al agua.
Contacto: Dany Villalobos, teléfonos: 8420 9643
*Imagen ilustrativa.