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Etiqueta: jornada 4×3

El fundamento ideológico de la jornada laboral esclavista 4-3

Vladimir de la Cruz

El 31 de mayo de 1978, el Editorial del Suplemento El Industrial, publicado en el periódico La Nación afirmó entre muchas otras cosas lo siguiente: «El trabajo no es, como creen algunos, una maldición, sino la única ideología que, en cualquier sistema político, salva a un país, forja su desarrollo y le permite alcanzar elevadas metas… no admite sucedáneo… es la única arma de progreso… es un acto de liberación… es una forma de plegaria a Dios. Es una condición del hombre y nadie puede escapar de ella… Ninguna ideología puede sustituir al trabajo, duro y tesonero… Hay que encender la mística del trabajo…que no es sino sentido del tiempo… aprovechado al máximo, a plenitud… Es necesario reducir los días feriados…al mínimo, a los necesarios, para que el resto sea un poema continuo al trabajo, que es la única forma de salir del subdesarrollo”.

Desde entonces, los días feriados los han dio reduciendo, eliminando. Igualmente los han ido moviendo de sus fechas originales a celebrarse o tenerse para disfrute los viernes y los lunes.

Para el próximo año ya están moviéndolos para los lunes. Así se correrán, ya aprobados en Comisión Legislativa, debilitándoles la fecha original de su celebración, desnaturalizándoles, desnudándoles de sus ropajes festivos el viernes 11 de abril la Gran Batalla de Rivas, que la pasan al lunes 14, la del jueves 1 de mayo, día Internacional de los Trabajadores y Rendición de William Walker, que es lo que lo hace feriado desde 1858, al lunes 5 de mayo. Las fechas del viernes 25 de julio, de la Agregación o Anexión de Nicoya a Costa Rica; la del sábado 2 de agosto, día de la Virgen de los Ángeles, de la Patrona Nacional; la del viernes 15 de agosto, día de la Madre; la del domingo 31 de agosto, Día de la Persona Negra y la Cultura Afrodescendiente y de Fundación de la República, la diputada del gobierno, Pilar Cisneros, quiso pasarlas al lunes siguiente de esas fecha, pero no se lo aprobaron en la Asamblea Legislativa. Queda todavía la discusión en el Plenario Legislativo, donde se mueven otros intereses, así como los otros diputados, de los otros partidos, que le sirven de alfombra y felpudo al Gobierno del Jaguar.

Se puede apreciar la importancia histórica de las fechas, que se van dejando vacías en su celebración escolar y colegial, como en el plano nacional, todo bajo la mentalidad mercantilista, poco patriótica, y comercial de justificar esos trasados de fecha con la intención de favorecer el turismo nacional, según dicen, para que los costarricenses tengan la posibilidad de disfrutar de tres días seguidos de “vacación”. Los turistas extranjeros nada tienen que ver con esas fechas. Les da igual cualquier fecha que ya tienen para disfrutar sus vacaciones en Costa Rica. Ninguno de ellos está pensando ni sabiendo que les están moviendo fechas patrias y efemérides nacionales para venderles el paquete de los tres días para vacacionar. Ese es el fraude más grande con el que tratan de engañar para cambiar la celebración de las fechas en el día que les corresponden.

Efectivamente el trabajo, como ideología, en nuestro medio es una forma de dominación social, justificada cotidianamente en la prensa, la radio, la televisión; en la escuela y en el proceso educativo en general.

En el proceso religioso también se acentúa esta forma de dominación, social, cual es: trabajar, duro y tesoneramente, pero no para provecho propio, sino para beneficio del dueño de las empresas, fábricas, fincas o, plantaciones; es decir, trabajar duro para beneficio del dueño de los medios de producción que son absolutamente privados en Costa Rica.

Todo ese trabajo duro, tesonero, místico a cambio de un salario, que no corresponde, como lo sienten todos los días los costarricenses, al costo real de la vida, puesto que los salarios se mueven por escalera mientras los precios de los bienes y productos de la canasta básica viajan en ascensor, al tiempo que los salarios e ingresos básicos de las personas y trabajadores están congelados desde hace cinco años, elevándose los mismos para el próximo año al valor de una coca cola o una caja de cigarros, por mes.

Efectivamente, el trabajo es una forma de dominación social en tanto es el instrumento mediante el cual el dueño de la fuerza de trabajo (el empresario, el industrial, el terrateniente, el patrono de cualquier actividad económica) usa para enriquecerse, para producir riqueza, productos que llevan en ellos el salario del trabajador y un valor agregado que hace que los trabajadores, que producen esos productos, la mayor parte de las veces ni siquiera puedan comprar, adquirir o consumir lo que ellos mismos producen. Extraña contradicción.

Los productores directos no son dueños de lo que producen; ni siquiera lo pueden adquirir. Pero los no productores directos, los patronos, no solo son dueños del producto del trabajo de los hombres que lo producen, sino que también se enriquecen, cada vez más con ese trabajo y con ese producto.

El trabajo es la forma directa de explotación de unos, los patronos, sobre otros, los trabajadores. En este sentido el trabajo es la quinta esencia de la ideología en una sociedad como la nuestra, basada en la explotación de amplias masas de trabajadores a cambio de un mísero salario, que en el mejor de los casos apenas satisface las necesidades mínimas de subsistencia del trabajador.

Por ello también avanza en la Asamblea Legislativa el Proyecto de Ley de las jornadas de trabajo esclavistas de 12 horas diarias, por cuatro días a la semana, conservando de esa manera las 48 horas semanales que establece la Constitución Política y el Código de Trabajo, como jornadas legales y constitucionales en el país, diciendo, a la vez que los tres días que no se trabajará serán para el mayor disfrute, descanso y bienestar de la familia y de los trabajadores.

Desde el primero de noviembre hasta el 31 de enero del próximo año, inician las Sesiones Extraordinarias del Poder Ejecutivo, en la Asamblea Legislativa, cuando el Poder Legislativo solo conoce para sus respectivos trámites, los proyectos de ley que el presidente y sus ministros envían a la discusión y eventual aprobación parlamentaria. En la Agenda presentada está este proyecto de ley de las jornadas de trabajo esclavista, que no han podido justificar, con pelos y señales, de cuáles empresas en particular las necesitan, cuando la tendencia internacional y europea es bajar las jornadas semanales de 48 y 40 horas a semanas de 36 y 35 horas sin disminuir los salarios.

El interés de aprobar estas jornadas en este período es para que no se queden para los meses siguientes a febrero del 2025 porque es el año preparatorio de las elecciones de febrero del 2026. En ese año, en la Asamblea Legislativa no deben discutirse temas como éste porque pueden influir en el proceso electoral, en los partidos políticos, especialmente en los que están en la Asamblea Legislativa, que por esta discusión podrían aumentar sus diputados en el 2026.

Esta forma de relación social, a través del trabajo, todos los días se justifica, se legitima, se moraliza. La explotación del trabajo asalariado se eleva a rango de distinción honorífica. Honor para el patrón que logra mayores riquezas a cuenta del trabajo asalariado.

Honor para el trabajador, que sin protestar, produce mayor riqueza a su patrón.

Honor a aquel que trabajando aún a sacrificio de días feriados ayuda a producir más riqueza, pero no para él; para su patrón.

Honor para aquellos patronos que aparentan distribuir o compartir parte de sus ganancias con sus asalariados.

El párrafo e ideas del Editorial arriba transcritas, de 1978, que sigue teniendo vigencia, son parte de ese bagaje ideológico mediante el cual cotidianamente se le hace ver al trabajador la necesidad de que debe trabajar más. Por eso están tratando de meter la jornada esclavista de las 12 horas diarias. Los diputados representantes y quienes justifican este proyecto de ley, no se esconden en su defensa para afirmar que el objetivo de esa ley de la jornada 4-3 es para bajar los costos de operación de trabajo, de lo que se les paga a los trabajadores por su trabajo, porque se homogeniza la jornada de ocho a doce horas, evitando pagar horas extras, rebajando de hecho el salario y los ingresos de los trabajadores.

Curiosamente los hechos de la vida real no les dicen lo mismo a los trabajadores: trabajan más; posiblemente producen más; dan más ganancia al patrón pero les alcanza menos el salario, el dinero.

El trabajo aquí actúa como ideología en cuanto justifica, legitima, moraliza, la explotación social, el enriquecimiento de la sociedad (de los ricos, no de los pobres); en cuanto se es más hombre en tanto más y mejor se trabaja; se está más cerca de Dios en tanto más obediente, más resignada y se trabaja de forma más sacrificada (condición supuesta para ganar el cielo). La Iglesia, especialmente la católica débilmente se ha pronunciado en este aspecto, haciéndole el juego a los esclavistas laborales del siglo XXI. Las otras iglesias, que incluso tienen representantes legislativos, están interesadas en ese proyecto por el significado económico que les puede resultar a ellas, por la cuotas obligatorias que les imponen de afiliación a los trabajadores.

Y, todavía, se pretende hacer creer que a más trabajo más rápido salimos del subdesarrollo. Si esto fuera así hace algunos años hubieran abolido los días feriados, hubieran establecido la jornada de 18 horas diarias, sin días de descanso y, por supuesto, tampoco hubieran aumentado los salarios.

Frente a esta explotación directa los trabajadores han reaccionado históricamente de distintas formas. Cuando no tenían conciencia de quién era realmente quien los explotaba, no viendo al patrón en ello, reaccionaron contra las máquinas, las destruyeron; incendiaron sus medios de producción en el campo y desarrollaron otras formas de lucha semejante. Cuando descubrieron que quien los explotaba no era la máquina ni los medios de producción en sí mismos, se organizaron para luchar contra esa explotación que organizadamente se ejercía contra ellos por parte de toda la clase capitalista; de los patrones. Así surgieron los Sindicatos y, Ligas de Obreros, como organismos de autodefensa, en el campo de las relaciones laborales, de los trabajadores, tanto a nivel nacional como internacional, porque el sistema laboral opera a nivel internacional, más en tiempos como los que vivimos de la globalización y la mayor internacionalización por los bloques económicos, los tratados de libre comercio la inserción de nuevas empresas de nuevas tecnologías en los diferentes países, especialmente donde la mano de obra sea más barata.

El país lo que trata de promoverse, con esta ley, es como un país atrayente de empresas porque se les ofrece una mano de obra barata. De allí que no sea tan casual la destrucción del aparato educativo que se mantiene por este gobierno, la expulsión de miles de estudiantes del proceso educativo, la eliminación de las becas estudiantiles, la eliminación de los comedores escolares y de los subsidios al transporte estudiantil. De la misma manera la reducción del presupuesto nacional para la educación pública y para las universidades estatales.

Esta lucha de los trabajadores se orientó desde el siglo XIX a mejorar, el salario, las condiciones de trabajo y las jornadas. En ella la huelga, los paros, los conflictos, convenciones etc., fueron parte de los instrumentos de lucha, destacándose en esto la pelea por la legislación social y laboral, lo que en Costa Ria se materializó con la gran Reforma Social en el gobierno del Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, 1940-1943, de las Garantías Sociales y el Código de Trabajo, fortalecidas bajo el gobierno de José Figueres, cuando presidió la Junta de Gobierno en 1948-1949, y en los gobiernos que siguieron que ampliaron y consolidaron aquellas reformas de 1943. Hoy los partidos herederos de esas Reformas, Liberación Nacional y la Unidad Social Cristiana, han traicionado su memoria y su herencia política e histórica. Se han puesto en contra de los trabajadores modificando negativamente toda esa legislación laboral, especialmente y la legislación social por añadidura. Especialmente se ha puesto violento contra la Reforma Social el partido Unidad Social Cristiana y sus diputados, que parecen más de la guarida del Jaguar, que representantes populares, que defiendan sus derechos, los del pueblo trabajador.

Los trabajadores en su historia de lucha descubrieron que aun haciendo huelgas toda la vida, su situación de clase no iba a cambiar, aunque mejoraran sus condiciones de vida y de trabajo: seguirían siendo al fin y al cabo una clase explotada, sometida a la dictadura de clase ejercida por los patronos a través del Estado, por más libre y democrático que se llamara y por más libertades que proclamara en el papel. El presidente de la República, el Jaguar mayor de Zapote, ha acusado a esos dos partidos que han ejercido gobiernos desde 1953, que han sido antros de dictadores y tiranos al servicio de camarillas de gobierno que han ejercido sus poderes en contra el pueblo costarricense. Por ello, el Jaguar se presenta como el presidente que quiere gobernar en favor del pueblo, pero que no puede hacerlo porque esos partidos lo tienen atrapado e inmovilizado institucionalmente.

Los trabajadores en sus luchas, desde el siglo XIX hicieron surgir también las organizaciones políticas, los partidos de la clase obrera, que abrieron la perspectiva de cambiar la situación de clase explotada, llevando a la clase obrera y trabajadora al poder y aboliendo toda forma de explotación social, de tal manera «que los expropiadores (de trabajo, los patronos) fueran expropiados”. Solo así, señalaban los dirigentes políticos de la clase trabajadora, realmente se podría alcanzar una situación de justicia social, de felicidad social. Solo en esta perspectiva el trabajo sería un acto de liberación, cuando lo producido estuviera al alcance de quienes lo producen y cuando el valor de lo producido regresara a quienes lo producen en obras de beneficio social; se reinvirtiera en más y mejor educación, vivienda, salud, recreación y descanso real. La jornada esclavista que se presentó a trámite legislativo no producirá ese beneficio social, ni un mayor bienestar de vida para los trabajadores y sus familias. Esa jornada conducirá inevitablemente a debilitar la integración familiar y a la familia como fundamento de la sociedad.

La justicia social no «es fruto del trabajo» sino de la organización social del trabajo, de tal manera que en ella no haya explotación del hombre por el hombre.

La justicia social como Derecho es el resultado de la lucha de la clase obrera y trabajadora, del campo y de la ciudad, y no «una invención legal» ni una dádiva de las clases gobernantes.

La vagancia no es una forma de la lucha contra la explotación del hombre por el hombre. La lucha social, obrera y laboral conduce a eliminar a los parásitos, a los que viven de la explotación de los trabajadores a los expropiadores de trabajo, a los patronos como clase, que se aprovechan de la organización del trabajo asalariado explotado. Así fue planteado por los grandes lideres históricos de la clase trabajadora y sus luchas. Esta sí es una bandera de reivindicación social. Es una bandera para el período electoral que se avecina, desde hoy, en la Asamblea Legislativa.

De la misma manera que los empresarios, los patronos, los industriales llaman a elevar la mística del trabajo, con más trabajo concentrado diario, la clase obrera, trabajadora, del campo y de las ciudades, debe llamar a elevar la mística de la organización obrera y laboral, la organización sindical y partidaria; a elevar su nivel de lucha, de movilización, de agitación.

Si los representantes parlamentarios de los ricos dicen a trabajar los días feriados, porque les cuesta millones a su economía; que los trabajen ellos, ¿por qué los trabajadores deben aumentar más, con más trabajo, las arcas millonarias de los ricos o del Estado, que no los representa?

A la consigna de la clase gobernante de más trabajo la clase obrera y trabajadora costarricense debe oponer la de más organización, más lucha contra la explotación y contra el subdesarrollo social en que la quieren poner a vivir.

Compartido con SURCOS por el autor.

La Secretaría Técnica del Consejo de Salud Ocupacional y la Iglesia Católica se oponen a la jornada de 12 horas

Vladimir de la Cruz

Continúa en la Asamblea Legislativa la discusión del Proyecto de Ley N.º 24. 290 sobre las jornadas esclavista de trabajo de 12 horas diarias, llamada jornada 4-3, que se denomina “Establecimiento de jornadas laborales excepcionales, para casos que sean excepcionales y muy calificados”.

Se sigue sin precisar cuáles son los casos “determinados, excepcionales y muy calificados” que necesitan empresarialmente esta jornada de 12 horas diarias.

El día de ayer, el Director Ejecutivo de la Unión de Cámaras reconoció, en periódicos, que la economía costarricense, que se basa en el régimen de trabajo de ocho horas diarias, viene generando empleos, principalmente en todos los sectores orientados hacia la economía internacional, que es donde algunos sectores, que quieren establecer la jornada de 12 horas, señalan más se necesita esa jornada esclavista.

El Director Ejecutivo, igualmente, señaló que la aprobación de las jornadas de 12 horas podrían ser un estímulo para la competencia en algunos sectores de la economía nacional, sin precisar cuáles son esos sectores. Por ningún lado quieren o pueden señalar verdaderamente cuáles empresas necesitan la jornada laboral de doce horas. ¿Por qué no quieren señalarlas o precisarlas?

También reconoció que hay cerca de 200.000 personas desempleadas, “más las que han salido del mercado laboral por múltiples razones”. A lo que habría que agregar el altísimo componente de los que laboran el en sector informal de la economía, que llega casi al millón de personas.

Se dice por quienes defienden la jornada de 12 horas que los trabajadores tendrán más tiempo para estudiar y capacitarse, porque dispondrán de tres días de descanso seguidos. Eso tampoco es cierto.

No hay políticas públicas de ningún tipo, ni por el Ministerio de Educación o el Instituto Nacional de Aprendizaje, de ofrecer esas posibilidades de estudio. El Ministerio de Educación Pública ha visto reducir su presupuesto anual. En este gobierno de Rodrigo Chaves hay un ataque devastador sobre toda la educación pública. No solo no se le da el porcentual constitucional a la Educación pública y a las universidades, sino que se han eliminado, para los niños y jóvenes, en edad escolar y colegial, las becas de estudios, los comedores estudiantiles y los subsidios para el transporte de estudiantes, lo que ha contribuido a expulsar, en la práctica, a miles de niños y jóvenes del proceso educativo, agregados a los más de 100.000 que expulsó la pandemia, sin que se hayan recuperado para la educación.

Además, los colegios nocturnos no están operando. Escuelas nocturnas tampoco. En correspondencia con lo que se pide de las jornadas de 12 horas, no se anuncia, para los trabajadores, que esas escuelas y colegios nocturnos, o diurnos, para los fines de semana, por lo menos, sábados y domingos, puedan operar o estar abiertos.

No hay ningún interés de facilitar posibilidades se superación por el estudio para los trabajadores formales, como no la hay para los desempleados o los trabajadores de la informalidad.

Lo que realmente se quiere, por parte del gobierno del Jaguar, es llevar a la población laboral a los niveles más bajos de capacitación, para que por ese camino solo puedan aspirar a los salarios más bajos que se puedan pagar, aumentando en ese sentido la explotación de los trabajadores, y lanzarlos a competir, a ellos, por esos salarios más bajos, incluso en posibilidad de contratarlos por salario más bajos que los mínimos, como se hace en algunas empresas, por la vía de “contratos laborales”, y no por la inserción de ellos en las planillas, sujetas a control de la CCSS y del Ministerio de trabajo. El sistema de “contratos” se está “generalizando” en algunas empresas. Los sindicatos deberían ponerle atención a esto.

Todo esto es parte de lo que en el Proyecto de Ley de las 12 horas se contempla como “racionalización de costos”.

La Secretaría Técnica, que asesora al Consejo de Salud Ocupacional recomendó, desde hace varios meses, que esta jornada no se establezca. En el documento de la Secretaría Técnica se señala que el Proyecto de Ley de las 12 horas de trabajo continuo no reconoce el “tiempo dedicado al trabajo”, que es el lapso que invierte el trabajador para el desplazamiento de su casa al centro de labores y viceversa; así como tampoco se reconocen licencias, actividades de capacitación, interrupciones involuntarias al trabajo, entre otros aspectos.

La jornada esclavista de las 12 horas solo reconoce “el tiempo efectivo de trabajo”, como variable para justificar la reforma que se quiere imponer, tal y como se pretende en la propuesta que se está discutiendo.

La jornada de trabajo de 12 horas, la Secretaría Técnica, reconoce que esa jornada limita los lapsos mínimos necesarios para que el trabajador, como ser humano, recupere su energía, tenga calidad del sueño, y pueda conciliar su vida social y el trabajo, y tenga espacios básicos de ocio y recreación.

La exposición y sometimiento a la jornada de doce horas de trabajo predispone a enfermedades, a “patologías crónicas, músculo esqueléticas y de salud mental, en la posibilidad de manifestar conductas y hábitos poco saludables, tales como el tabaquismo, dieta desequilibrada, el consumo de alcohol y el sedentarismo, además de un posible aumento en probabilidad de sufrir accidentes”, como se afirma en ese informe de la Secretaría Técnica.

También se reconoce que una intensificación de la jornada disminuye el desempeño y eficiencia en el trabajo, posibilita errores en el cumplimiento de los sistemas de seguridad laboral, aumenta los síntomas de fatiga, disminución del estado de alerta y acortamiento del periodo dedicado al sueño a cuatro horas o menos.

El Proyecto de Ley de la jornada esclavista contraviene una serie de Convenios de la Organización Internacional del Trabajo.

Y para el sector empresarial, que se dice social cristiano, que se inspira en su vinculación afectiva, anímica, vital, con la Iglesia Católica, principalmente, y que hacen alarde algunos empresarios, que recuerdan con “nostalgia” las Reformas Sociales de 1943, apoyadas e impulsadas por Monseñor Víctor Manuel Sanabria Martínez, el Dr. Calderón Guardia y Manuel Mora Valverde, digo con nostalgia porque son reformas que se han venido perdiendo y ya casi no se tienen. De su práctica empresarial solo tienen el recuerdo cariñoso de aquellas reformas sociales.

El empresariado que se reconoce como socialcristiano, que ojalá no sea solo de palabra, debería revisar, estudiar y asimilar las Encíclicas papales la Rerum Novarum, la Quadragesimo Anno, Mater et Magistra, Pacem in Terris, Populorum Progressio, Octogesima adveniens, Laborem Exercens, Sollicitudo Rei Socialis, Centesimus Annus, Caritas in veritate, Laudato si y Fratelli tutti. Les recomiendo, además, el Código Social de Malinas de 1927, donde se defienden los derechos de los trabajadores, entre ellos el derecho a la organización sindical, a la huelga y a la jornada de trabajo de ocho horas, banderas que asumió la Iglesia desde 1891.

El Proyecto de Ley N.º 24.290 sobre las jornada esclavista de trabajo de 12 horas diarias lo está impulsando en la Asamblea Legislativa principalmente el gobierno del Jaguar, sus felinos diputados, y la fracción parlamentaria del partido Unidad Social Cristiana, que discute en su seno si eliminan lo de “cristiana”, porque ya no tiene nada ver con ellos esa denominación.

Recientemente, la Iglesia Católica de Costa Rica, por medio de la Conferencia Episcopal, que reúne a todos sus Obispos, se pronunció en contra de este Proyecto de Ley y del establecimiento de la jornada de trabajo de 12 horas.

La Iglesia Católica considera que estas jornadas afectarán la vida familiar, las dinámicas sociales y de las comunidades, la comunicación y convivencia al interior de las familias, el tiempo de convivencia conyugal, el tiempo de los trabajadores con sus hijos. Para la Iglesia Católica el tiempo de familia también se vería comprometido y disminuido.

Señala la Iglesia Católica que se obstaculizan las tareas de cuido, como se carece de ellas, para los dependientes de las familias, y se despersonaliza la atención de menores y de su atención en el propio hogar.

Los Obispos también señalan que el Proyecto de Ley no garantiza la invulnerabilidad para la exclusión laboral de personas. La Iglesia también reconoce que la jornada de 12 horas afectará la salud física y mental de los trabajadores.

La Iglesia Católica categóricamente afirmó que pueden reforzar un modelo de crecimiento económico que resulte exclusive e inequitativo, pronunciándose por la generación de empleo decente.

 

Compartido con SURCOS por el autor.

La jornada de trabajo 4-3 debe discutirse, según la OIT, por la vía de Convención Colectiva entre Sindicatos y patronos

Vladimir de la Cruz

En la exposición de motivos del Proyecto de Ley, el N.º 24.290 sobre las jornadas esclavistas de trabajo de 12 horas diarias, llamada jornada 4-3, que se denomina “Establecimiento de jornadas laborales excepcionales, para casos que sean excepcionales y muy calificados”, que se conoce en la Asamblea Legislativa, para justificar el establecimiento de la jornada de trabajo de 12 horas diarias, modificando el Código de Trabajo y de manera fraudulenta la misma Constitución Política, señalando que lo que se quiere para la familia es que el trabajador tenga “más tiempo” para “mayor capacitación, para desempeñarse mejor en su trabajo.”

En la justificación que se hace en la Exposición de Motivos, en la parte introductoria de ese Proyecto de Ley, de manera engañosa se cita el Convenio No. 1 de la Organización Internacional del Trabajo, OIT, ratificado por Costa Rica, que estableció la jornada de trabajo de 48 horas semanales, de ocho horas diarias, y de 36 horas semanales en jornadas de 6 horas nocturnas.

El Convenio de la OIT No. 1 es contundente: se limita la jornada de trabajo, de manera que las horas de trabajo en las empresas industriales a ocho horas diarias y cuarenta y ocho semanales.

En el Artículo 2 del Convenio de la OIT se dice claramente: En todas las empresas industriales PUBLICAS o PRIVADAS no podrá exceder de ocho horas por día y de cuarenta y ocho por semana, salvo excepciones previstas, que SERAN ATENDIDAS POR CONVENIOS entre las organizaciones patronales y obreras, convenios entre las organizaciones o representantes dichos, que podrán autorizar que se sobrepase el límite de ocho horas, señalando que “el exceso del tiempo previsto NUNCA podrá ser mayor de una hora diaria”.

El artículo 4 del Convenio de OIT dice que podrá sobrepasarse el límite de horas de trabajo siempre que el promedio de horas de trabajo no exceda de cincuenta y seis por semana, lo que sigue significa que podría extenderse la jornada diaria en una hora diaria, de 48 semanales a 56 semanales. Períodos más largos de trabajo tienen que pactarse entre las organizaciones patronales y las obreras, según este Convenio.

El Convenio de OIT establece que el salario de las horas extraordinarias debe ser aumentado al menos en un 25% con relación al normal. En Costa Rica se paga el 50% más. Con la jornada extendida que se quiere establecer de 12 horas no se pagará más de 18%.

Para trabajos excepcionales, que requieran modificación de jornadas, el Convenio de OIT establece que cada Gobierno debe comunicar a la OIT la información completa, por lista de trabajos clasificados, de funcionamiento necesariamente continuo que puedan necesitar extensiones de jornadas, con CUMPLIMIENTO de los CONVENIOS PACTADOS ENTRE SINDICATOS Y PATRONOS. Nada de esto se ha hecho en el país. Por el contrario, se vienen desconociendo y debilitando los Convenios Colectivos de Trabajo.

Se dice, en la Exposición de Motivos, del Proyecto de Ley que se tramita en la Asamblea Legislativa, que las jornadas dichas se podrán sobrepasar en el límite de horas de trabajo así establecido, por razón de la naturaleza del trabajo, para asegurarlo por equipos sucesivos.

En ninguna parte del Convenio de la OIT se dice que las jornadas de ocho horas pueden cambiarse a jornadas de 12 horas diarias.

Lo que se quiere decir, en el Convenio de OIT, es que la extensión de la jornada, que se puede hacer hasta un máximo de 12 horas, como se ha reconocido internacionalmente, se puede hacer siempre y cuando esas horas extras se paguen con reconocimientos económicos que se pagan en Costa Rica con un 50% más del valor por cada hora de jornada extendida. Es lo que está reconocido y establecido por la legislación costarricense.

El Convenio de la OIT es claro en señalar que la excepción para que las jornadas de trabajo se extiendan o se cambien debe ser resultado de una NEGOCIACION COLECTIVA entre PATRONOS y SINDICATOS.

La OIT acepta que la jornada pueda modificarse por REGLAMENTO, si es resultado de una NEGOCIACIÓN COLECTIVA, NO de una modificación a la ley, como se quiere hacer con el Proyecto de Ley que se discute en la Asamblea Legislativa.

Por eso, el Proyecto que se discute es otra trampa contra la Constitución y la Legislación Laboral nacional en tanto se trata de eliminar la reserva de ley existente en el país sobre la jornada de ocho horas de trabajo y sus posibilidades de extenderla.

Se trata de engañar diciendo que no “se pretende dejar sin efecto o invalidar la jornada ordinaria de cuarenta y ocho horas semanales y de treinta y seis en jornada nocturna.”, que lo que se trata es de establecer la jornada de 12 horas para “casos muy calificados”, de 12 horas diarias por cuatro días, que mantendría la jornada de 48 horas a la semana, regulado por el Convenio de OIT y por la legislación nacional.

Las 48 horas se entienden a 8 horas diarias por seis días a la semana, con uno de descanso. Con la jornada extendida a 12 horas diarias se entiende jornadas de 12 horas por cuatro días a la semana, con lo que se cumplen las 48 horas semanales. Solo que en este caso no se pagan horas extras sobre las ocho horas. El Convenio de OIT exige el pago de horas extras sobre las ocho diarias trabajadas.

Parte de la trampa para la modificación de la jornada de ocho horas establecida en la Constitución Política y en el Código de Trabajo radica en que en la propuesta de modificar el Art. 142 del Código de Trabajo no se habla de jornadas de 12 horas de manera expresa. Lo que se dice es que “cuando se trate de estas jornadas excepcionales el descanso entre la finalización de una jornada diaria y el inicio de la jornada del día siguiente será de doce horas como mínimo.”, donde queda claramente establecida la jornada de 12 horas por día.

En esta jornada extendida de 12 horas diarias no habrá pago de “trabajo extraordinario”, como se señala falsamente en la propuesta de modificar el artículo 144 del Código de Trabajo. Lo que se hace es tan solo una referencia que no tendrá validez en la realidad porque la jornada de trabajo de 12 horas se considera para todos los efectos “jornada ordinaria”, la que se paga sin incentivos adicionales, sin ese pago de hora extra.

Las referencias que se hacen al trabajo en días feriados y días de descanso laborados están siempre regulados por el pago de extras según corresponda.

El Proyecto de Ley propone agregar un artículo, el 143 bis al Código de Trabajo, que “excluye” de la jornada de 12 horas a “las personas que laboran en actividades relativas a los casos de excepción”, las que quedan “sujetas a una jornada excepcional ampliada, la cual se regula en el presente Código, siempre que el trabajo realizado no sea en labores insalubres, peligrosas o pesadas y que, por su naturaleza y condiciones del espacio de trabajo, no atenten contra la salud y seguridad de las personas trabajadoras”. El artículo en sí mismo es una contradicción al señalar que “excluye” y a la vez “que laboran”.

De seguido establecen los casos de excepción en los que se aplicará la jornada de 12 horas. En los cuatro incisos que se señalan se dice igual: se les aplicará a las “personas trabajadoras esenciales y estrictamente requeridas”, en un caso relacionado con “la operación productiva de la Manufactura tecnificada, siempre que estos procesos requieren maquinaria para su producción.” Y, en otro caso, “para garantizar la operación productiva en la industria de implementos médicos en ciencias de la vida humana y animal.”, todo con apego, según se dice, de “los artículos 4, 5 y 6 del Convenio 1, “Convenio sobre las horas de trabajo (industria) de 1919”, de la Organización Internacional del Trabajo y lo dispuesto en el párrafo final del artículo 58 de la Constitución Política”, que impiden jornadas que puedan extenderse hasta 56 horas semanales, que obliga al convenio laboral obrero patronal y a la obligación de consultar a las organizaciones laborales y patronales sobre Reglamentos de Trabajo que traten determinación de horas extraordinarias.

Cuando en el Proyecto de Ley se habla de las modalidades de jornada excepcional ampliada, en su inciso j) se dice que: “únicamente para los casos dispuestos en el artículo 143 bis de este Código, y respetando sus prohibiciones, las personas empleadoras y las personas trabajadoras podrán acordar la aplicación de la jornada excepcional ampliada en pleno cumplimiento de lo establecido en la legislación laboral, por medio de cualquier instrumento de negociación colectiva contemplado en este Código.” Lo cual exige y obliga el reconocimiento de un Sindicato para logra la negociación colectiva. Solo que este artículo adicional se elimina al Sindicato como parre negociadora. Se dice: “personas empleadoras y las personas trabajadoras podrán acordar”, porque en este caso la “persona trabajadora” es la parte débil de esa relación laboral, que acepta la jornada o pierde el trabajo, como realmente va a suceder.

Este mismo inciso habla de “la jornada excepcional por rama de actividad, industria, cadena productiva y/o región”, lo cual también supone SINDICATOS por rama de actividad, industria, cadena productiva y/o región. En Costa Rica no tenemos esta experiencia desarrollada de sindicalismo por “rama de actividad, industria, cadena productiva y/o región”. De aprobarse este Proyecto de Ley, habría que avanzar sindicalmente, sin que se pueda impedir por Ministerio de Trabajo, ni la acción patronal, los sindicatos por rama de actividad, industria, cadena productiva y/o región.

En la Comisión Legislativa que está conociendo este Proyecto de Ley no están invitados los Sindicatos para que participen, como tales, o por la inserción y organización que tienen en la “rama de actividad, industria, cadena productiva y/o región” respectiva, donde se supone que este proyecto de ley tendrá efectos.

Es literalmente una obligación que participen, en esta discusión de este Proyecto Ley, los Sindicatos como parte interesada, en la Comisión Legislativa, que pudo tener una integración mixta. No se trata solo de invitar a la Comisión a especialistas o a dirigentes sindicales a expresar sus puntos de vista en tiempos regulados que no pasan de 30 minutos.

Es evidente que la represión existente en el país contra la organización sindical en las empresas privadas, y finamente en el Estado, impide que esta presencia sindical en esta discusión sea real.

En lugar de sindicatos específicos por “rama de actividad, industria, cadena productiva y/o región”, a los trabajadores los pueden representar a los trabajadores las Centrales Sindicales de carácter nacional o específico de las ramas afines a lo que se quiere legislar.

Si el Convenio No. 1 de la OIT, sobre la jornada de trabajo de ocho horas establece, que para modificarla, debe hacerse por la vía de negociación colectiva, es obvio que debe fortalecerse la organización sindical y que los Sindicatos interesados o afectados sean los que participen de esta negociación y del posible establecimiento de jornadas de trabajo de 12 horas. Para esto no se necesita una Ley especial. Se necesita un acuerdo de trabajadores y patronos por la vía de la Negociación Colectiva, lo que en su resultado tendría efectos de ley, de acuerdo con la propia Constitución Política, en su artículo 62.

 

Compartido con SURCOS por el autor.

Rechazo a audiencias para la Conferencia Episcopal y la Alianza Evangélica en el debate de Jornadas Laborales

Diputada Rocío Alfaro Molina muestra el documento enviado por la Conferencia Episcopal de Costa Rica, donde se exponen las preocupaciones sobre las jornadas laborales de 12 horas.

En una reciente sesión de la Comisión de Asuntos Jurídicos, la diputada Rocío Alfaro Molina presentó dos mociones para convocar en audiencia a la Conferencia Episcopal de Costa Rica y a la Federación Alianza Evangélica Costarricense.

Estas mociones buscaban incluir los criterios de estas organizaciones sobre el proyecto de ley que propone jornadas laborales de 12 horas diarias. Sin embargo, ambas mociones fueron rechazadas por la mayoría de los diputados presentes.

Detalles claves

  • Primera moción (30 de julio de 2024): Con 8 diputados presentes, la moción fue rechazada con 5 votos en contra y 3 a favor.
  • Segunda moción (6 de agosto de 2024): Con 8 diputados presentes, la moción fue nuevamente rechazada con 7 votos en contra y 1 a favor.

La diputada Rocío Alfaro Molina expresó su sorpresa ante la negativa, destacando que estas organizaciones representan a un amplio sector de la población costarricense. Alfaro Molina subrayó la importancia de sus opiniones en temas como la calidad de vida y las condiciones laborales, especialmente en relación con el impacto que las jornadas de 12 horas podrían tener en la familia.

Además, la diputada resaltó que la Conferencia Episcopal ya había enviado un documento que manifestaba su preocupación por las posibles afectaciones a la convivencia familiar y la falta de garantías para proteger a quienes no acepten estas jornadas laborales.

Para obtener más detalles sobre el debate, te invitamos a ver el video completo de la sesión. Puedes acceder al video a través del siguiente enlace: https://www.facebook.com/share/v/gvheJnSECYfiHQZJ/?mibextid=WC7FNe

Acuerdo de junta directiva de la CCSS para la declaratoria de exclusivos/excluyentes y concurrentes es ilegal, inmoral y antihumano

Apuntes acerca del ilegal, inmoral y antihumano acuerdo de Junta Directiva de la CCSS para la declaratoria de exclusivos/excluyentes y concurrentes en la CCSS y su conexidad con la Ley Marco de Empleo Público (LMEP) y su pernicioso y regresivo salario global.

Juan Carlos Durán Castro

Agosto 2023

El informe de la » comisión» de Junta Directiva de la Caja que sirve de base para el acuerdo que permite partir la familia laboral de la Caja en dos, resulta ser un acto que retrata el estilo en que el Poder Ejecutivo interpreta y pone en práctica su conceptualización autoritaria y antijurídica sobre la estructura del ordenamiento normativo del país.

Debe el lector más humilde entender como punto de partida, que el legado de la Constitución Política de 1949, distribuyó el poder del Estado para evitar estilos y formas peligrosas contra la costumbre democrática del país. Es esa lógica democrática la que se encuentra representada en la forma en que el Constituyente organizó el mundo del trabajo dentro del aparato estatal para evitar prácticas autoritarias de corte dictatorial, debiendo ser esta distribución de cuotas de poder el otro elemento básico a ubicar por parte del lector, puesto que la ley marco de empleo público (LMEP), va en el sentido contrario y tiene como uno de sus objetivos estrella concentrar peligrosamente el poder del manejo del mundo laboral del sector público en MIDEPLAN.

Es ese legado democrático con sus virtudes y defectos, el que está en un predicado altamente riesgoso, pues sus componentes democráticos han venido siendo dinamitados a la luz de la consolidación político-jurídica de corte regresivo y anti-laboral de lo que denominamos la triada perniciosa de leyes *9635, 9808 y 10.159, auspiciadas y promovidas por los viejos y nuevos partidos políticos a cargo del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo, cuyo mundo feliz se terminará de concretar si logran aprobar la traída y llevada ley 4/3.

Vale entonces apuntar, que el futuro inmediato de esta ley 4/3, será determinado por la Sala Constitucional, espacio del cual no esperamos mucho, pero de repente podría volver a darnos una sorpresa inesperada, si es que se anima a salirse de posibles pactos políticos oscuros que suelen ocurrir en temas tan controversiales. Ante este panorama de incertidumbre política y jurídica debe quedar claro que el debate legal no acaba en esta instancia judicial de alcance nacional, pues si la Sala termina apuntalando aún más la contrarreforma laboral, se abre sin duda el escenario de la denuncia en el plano internacional ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Ahora bien, descrito ese contexto general, vale la pena hacer una relación de como esa práctica de la Junta Directiva de la Caja, resulta ser una réplica del estilo funcional del Presidente Chaves Robles, que algunos ya califican de autoritario y dictatorial, ya que tomar acuerdos violentando tres criterios técnicos internos de esa institución, debe permitirle a propios y a extraños visualizar formas inmorales y posiblemente ilegales, que desnudan cómo una Junta Directiva de la Caja, presuntamente espuria, tramitó y acordó separar de forma antijurídica la familia laboral de la Caja en dos mundos laborales a contrapelo de la mismísima Constitución Política.

Repasemos brevemente:

En el caso específico de los acuerdos de la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro social, que definen lo relativo del tema de exclusivos/ excluyentes y concurrentes, podemos resumir los siguientes elementos ilegales, inmorales y anti técnicos, para describir las características de un órgano colegiado políticamente controlado por el Poder Ejecutivo y que funciona posiblemente de forma ilegal desde la separación ilegítima de los representantes laborales que la Sala Constitucional ordeno reintegra.

Este colegio superior de la Caja, que ha osado tomar acuerdos en principio ilegales y que hemos ya denunciado ante la Contraloría General de la República y la Fiscalía, pero que más allá de eso construye narrativas maliciosas con rasgos de complot pernicioso que dañan la imagen de una de las instituciones estandarte de la institucionalidad patria, merecen nuestra atención.

Esto es así, porque dicho órgano supremo, ha llegado a tal punto de maldad, que por sus actos anti-laborales en contra de los derechos humanos de su propia familia laboral, ha provocado que desde sus propias entrañas trabajadores y trabajadoras hayan optado por presentar la primera demanda en sede del Tribunal Contencioso Administrativo en su contra el pasado viernes 18 de agosto 2023.

Escrito que describe con meridiana lucidez el camino oscuro de un acuerdo antijurídico, anti-laboral y antihumano, que en su petitoria central, solicita a la autoridad competente declarar la nulidad absoluta de los acuerdos accesorios y el acuerdo principal que dinamita en dos la familia laboral de la Caja, pues ha de tenerse claridad que los mismos presentan las características básicas de un perjuicio inminente.

Perjuicio que no dudamos está ya en desarrollo dentro de la Caja por casos que hemos conocido, pero que se terminará de consolidar, cuando en una acción de personal o documento similar se establezca con puntos y comas el criminal impacto en el salario, mismo que no tendrá distinción alguna, pues tornará en precarios todos los salarios de la Caja sin discriminación alguna y peor aún los condenará a un congelamiento por un lapso promedio de unos 19 años, según los estudios de expertos de la Universidad de Costa Rica (UCR).

Así las cosas, vale hacer un repaso simple de los argumentos centrales de la demanda que anotamos supra, veamos:

1- La Junta Directiva de la Caja omite presuntamente de forma ilegal los tres criterios técnicos emitidos internamente por la Dirección de Administración y Gestión de Personal (DAGP), la Dirección de Servicios Administrativos y la Dirección Jurídica, lo cual sin duda alguna podría ser un acto antijurídico, pero sobre todo cargado de la soberbia autoritaria que deriva del Presidente y es replicada en la Caja por Doña Marta Eugenia Esquivel Rodríguez y su clan de súbditos sumisos, hoy día demandados por la ANEP y otros grupos socio-sindicales.

2- Esa misma Junta Directiva acuerda conformar una «comisión» de su propio seno (Ver artículo 25º de la sesión N° 9348 del 22 de junio de 2023), a todas luces archi-parcializada y con baja o nula experticia conformada por: Marta Eugenia Esquivel Rodríguez, Presidenta Ejecutiva, Roberto Quirós Coronado, representante de la Unión Nacional de Cámaras Empresariales (UCCAEP) y el señor Marco Tulio Escobedo Aguilar, representante por parte del Poder Ejecutivo, «Comisión» que curiosamente en un plazo de 10 días emite » un informe», a todas luces ultra débil en lo técnico y posiblemente con pocas o ningunas deliberaciones de Junta, pero que termina siendo el acuerdo principal que adquiere firmeza en un tiempo récord y caracteriza posiblemente la antítesis de lo jurídico.

3- Ese presunto pseudo informe de la » comisión» de Junta Directiva, aparte de que parece no tener ninguna rigurosidad técnica fue elaborado, presentado y votado en Junta Directiva por dos miembros que en principio entendemos no tenían capacidad jurídica para ejecutar tal acto administrativo injusto e ilegal, puesto que la Sala Constitucional, ya había ordenado previamente el reintegro de pleno derecho de dos de los miembros separados ilegalmente por el Poder Ejecutivo, actuación que denota la presunta nulidad absoluta del acuerdo ahora ya impugnado en sede judicial.

4- Siguiendo esa misma ruta de la posible ilegalidad, parece ser que al momento de dar FIRMEZA al “informe” de la » comisión» de Junta Directiva de la Caja sobre el tema de exclusivos/excluyentes – concurrentes, se tuvo según parece la osadía de presentar ante el órgano superior de la Caja, solo una hoja o una parte del acta de la sesión precedente en la que se «discutió» el tema de agenda en análisis. Este acto de ser así, aparte de romper con la tradición histórica de presentar el acta completa para su aprobación, deviene en una posible, pero enorme ilegalidad que profundiza la nulidad absoluta del acuerdo de Junta Directiva de la CCSS en el tema en análisis.

5- Debe quedar claro para toda la familia laboral de la Caja, que el acuerdo posiblemente ilegal que comentamos sobre exclusivos/excluyentes- recurrentes, NO EXIME, a nadie ( entiéndase bien, a nadie), del conocido y pernicioso SALARIO GLOBAL y su ruta ilegal e inconstitucional de congelamiento salarial indefinido, que guarda relación directa con la camisa de fuerza llamada regla fiscal y cuyo enfoque de precarización salarial, dichosamente ya ha sido cuestionado por la Procuraduría General de la República que se ha referido a la inconstitucionalidad de este congelamiento indefinido, indicando en criterio ofrecido en el marco de la acción de inconstitucionalidad que se tramita bajo expediente 23- 004885-0007-CO y que ha provocado que de forma oportuna la fracción del Frente Amplio presentará el proyecto de ley denominado “Ley para eliminar el congelamiento por plazo indefinido de los salarios de las personas del sector público”, bajo el expediente 23877.

Decimos con total claridad, que nadie se llame a engaño, la Caja podría aplicar en coordinación con MIDEPLAN o por cuenta propia la visión malévola y perniciosa de la regresividad salarial tanto para exclusivos/excluyentes- concurrentes, como para interinos o en propiedad, es decir, desde nuestra modesta lectura no debemos caer en la trampa de que nos dividan como clase trabajadora bajo la utilización de esas dos mentiras descritas u otras distintas construidas con narrativas engañosas, somos una sola familia laboral y como tal debemos interiorizar y planificar de forma inteligente la lucha en distintos espacios, lo cual incorpora la salida obligatoria a la calle en un plazo muy corto.

6- Como una última reflexión, debemos poner meridiana atención a las características del segmento laboral que la Junta Directiva de la Caja acordó posiblemente de forma ilegal calificar de concurrentes. Esto porque se trata de perfiles laborales estratégicos para la conducción estructural de la Caja y a partir de ahí debemos sacar diferentes conclusiones más allá del debate legal y técnico.

¿Será que el Gobierno desea manejar a su antojo puestos para insertar cuadros afines ideológicamente para tomar control de la Caja y de paso desplazar a fichas de otras banderas políticas históricas? ¿Será está una parte incorporada en la estrategia malévola de privatización de servicios? ¿Será que la precarización laboral y salarial en la Caja aspira a generar un grado tal de desmotivación interno y externo que genere mayor deterioro en los servicios y una migración hacia el sector privado, como un mecanismo de golpear más la imagen institucional y promover igualmente la privatización?

Dicho lo anterior, vale la pena reafirmar que no debemos de perder la brújula en el sentido de que la defensa de nuestra estabilidad laboral y salarial pasa necesariamente por entender que debemos salir a la calle muy pronto a luchar por la autonomía constitucional de la Caja, ( aunque esto suene muy abstracto); su modelo de financiamiento actual o futuro, su misión, su visión y sus principios, garantizando además que esta jornada patriótica de lucha aspire a la mejora de los servicios de salud públicos, humanizados y modernizados, pero sobre todo accesibles a un pueblo que cada día ( aunque digan lo contrario), lo empobrecen más.

La segunda revolución neoliberal

Óscar Madrigal

Oscar Madrigal

Las políticas del actual gobernante Rodrigo Chaves son continuidad de las acciones del anterior gobierno de Carlos Alvarado que se pueden ubicar dentro de lo que algunos llaman la segunda revolución neoliberal. El gobierno anterior sentó las bases de la criminalización de las acciones populares, la eliminación de las huelgas y estableció la política de los recortes o de la austeridad fiscalista.

El gobierno de Rodrigo Chaves ha dado continuidad y profundizado las políticas de Alvarado, dentro de la nueva fase o categoría del neoliberalismo.

Las políticas de esta segunda revolución neoliberal se caracterizan por el desmantelamiento de los servicios, la privatización de la sanidad, cuyo caso más notorio es el de la Caja del Seguro Social, la privatización de la educación que va más allá del vaciado patriótico del contenido educativo para avanzar hacia los préstamos que promueve el MEP para que los estudiantes de secundaria pueden completar su educación, o la privatización de la cultura o el debilitamiento de los regímenes de pensiones. Estas políticas van unidas a la pérdida constante de derechos o recortes a los derechos de los trabajadores, como la aprobación de las jornadas 4×3. Además, de los ataques a la democracia por parte de una nueva plutocracia conformada por los amigos del presidente que se proponen crear un nuevo orden neo-oligárquico con fuertes tintes autoritarios. Es la nueva revolución neoliberal que para Costa Rica actualmente la encabeza Rodrigo Chaves, pero es continuación de las políticas del anterior gobierno con la complicidad del PLN y el PLUSC quienes ahora aparecen como críticos del monstruo que ayudaron a crear.

La consolidación de este régimen o sistema sólo es posible con el renacer del llamado IDIOTA SOCIAL, el fanático que quiere matar diputados, la parte sumisa o incondicional de un grupo de votantes. Ese idiota social que ante las más claras evidencias de que estamos ante un gobierno de inútiles, incapaces, mentirosos cotidianos y corruptos en sus negociados con sus amigotes, siguen defendiéndolo, creyéndolo y siguiéndolo en sus políticas contra el pueblo.

En fin, estamos ante un proyecto político perverso.

FENTRAGH rechaza y condena aprobación en primer debate del proyecto de Ley 21182 conocido como jornadas 4X3

La Federación Nacional de Trabajadores de la Agroindustria, Gastronomía, Hotelería y Afines (FENTRAGH), mantiene su rechazo al proyecto de Ley 21182, aprobado en primer debate en la Asamblea Legislativa, el 12 de julio anterior y que busca ampliar la jornada de trabajo de 8 a 12 horas.

Este proyecto de ley, ya enfrenta dos sendas consultas de constitucionalidad, debido a sus posibles violaciones a la Constitución Política y por errores en el procedimiento de discusión y aprobación legislativa.

Desde FENTRAGH, hemos señalado en reiteradas ocasiones que el proceso de discusión legislativa ignoró los planteamientos de la clase trabajadora y organizaciones sindicales, entre los que destacan las condiciones laborales cotidianas en los distintos sectores de la economía, como son las que imperan en el sector de la agroindustria. Asimismo, ignora la realidad de las mujeres trabajadoras e indígenas. Hemos destacado también, que la discusión legislativa debió privilegiar el fortalecimiento de la inspección de trabajo como herramienta para asegurar el respeto a los derechos laborales, en especial en las ramas económicas que representamos.

El proyecto de ley aprobado, propone que se realice un ajuste de un 16,67 en el salario mínimo en la jornada diurna (un 25% de ajuste si la jornada es nocturna) para las personas trabajadoras a quienes se les aplique el cambio de jornada. Esa decisión es un reconocimiento obligado que (tal como lo señaló FENTRAGH y muchos sectores opositores al proyecto), originalmente pretendía favorecer al sector empleador con un ahorro en el pago de horas extras, en detrimento de los salarios de los trabajadores.

Otro de los cambios que propone, es la aplicación de la jornada 4×3 solo en ciertos sectores de la economía y que la persona trabajadora puede rechazar la nueva jornada laboral propuesta por su patrono. De nuevo, ambas modificaciones dejan en evidencia que la intención original de sus proponentes era barrer con una de las conquistas más importantes de la clase trabajadora organizada en su historia, que es la jornada de 8 horas. El carácter “voluntario” es también una pretensión irresponsable de quienes aprobaron la iniciativa cuando ya sabemos que existe una clara diferencia de poder a favor del patrono, que, además, cuenta con una masa de personas desempleadas y desesperadas dispuestas a aceptar un puesto de trabajo bajo condiciones de precarización laboral.

En FENTRAGH, reconocemos que la realidad de los mercados laborales es cambiante y exigente y que, como actores fundamentales en esos mercados, debemos responder con diligencia y en forma propositiva sin renunciar al resguardo de los derechos humanos y laborales de las personas trabajadoras.

El proyecto de ley lo justifican asegurando que fomentará la creación de empleos mediante la promoción de la inversión, especialmente en los sectores de zonas francas. Un sector que es prácticamente un enclave en la economía costarricense que emplea si acaso a un 5% de la población económicamente activa y muy poco vinculado con el resto de la estructura económica del país.

Esa afirmación, además, carece de fundamento técnico, como igualmente sucede respecto al impacto en la calidad de vida familiar, en las posibilidades de estudio y desarrollo personal y profesional de las personas trabajadoras, del impacto en las mujeres, trabajadores agrícolas, entre otros.

Para FENTRAGH, más bien resulta de la mayor importancia en estos momentos, impulsar leyes y políticas económicas que vengan a fortalecer los mercados internos y la capacidad productiva nacional, lo cual, realmente contribuiría a crear puestos de trabajo. La flexibilización laboral, que es lo que en el fondo representa el proyecto de ley de jornadas 4×3, es un paso más en la carrera “hacia abajo” en las condiciones laborales a favor de las ganancias de unos pocos y la imposición de nuevas formas de esclavitud.

Para FENTRAGH, también es imprescindible fortalecer la inspección laboral y garantizar el complimiento de los derechos de los trabajadores y los deberes de los patronos, si realmente queremos promover el respeto a los derechos laborales, como dice el proyecto de ley en su pomposo nombre.

Desde nuestra federación sindical, en conclusión, consideramos que este proyecto de ley es un retroceso en los derechos laborales y que vendría a ensanchar y agudizar sobre manera el acceso a los derechos de las personas trabajadoras, favoreciendo únicamente a un sector empresarial que poco le importa la salud y las implicaciones sociales que provocará hacer que los trabajadores laboren jornadas ordinarias de 12 horas.

Costa Rica, 21 de agosto del 2023.

Junta directiva FENTRAGH.

Tomar la iniciativa

Freddy Vargas Aguilar
Teléfono 8620 0780

¿Conversamos?

El estar aprobándose la Ley 4-3 sería el último éxito del Capital contra el trabajador y sus organizaciones.

Logran condiciones para continuar fortaleciendo la incrementación de ingresos-riqueza, al tiempo que muestran que tienen el poder. Debilitan a la contraparte.

Ya antes, otro triunfo, La ley de empleo público. Y, antes, otro, una ley contra las huelgas. Y, antes otro, una reforma tributaria.

Un principio básico de sentido común estratégico dicta que, si lo que se está haciendo no está logrando sus objetivos hay que decidir, radicalmente, abandonarlo. Ni se está impidiendo el deterioro económico-político de los trabajadores, ni se está construyendo un poder popular.

Hay que tomar la iniciativa. Centrarse en un camino que integre sectores. Un aspecto fundamental es la Educación. Comenzar, no por creer que hay que cambiarla, sino por reconocer que es tal.

No hay Derecho, la Educación no es un derecho porque, no existe todavía.

Hay que tomar la iniciativa para construir el Derecho a la educación creándola desde las aulas, uniendo sectores, padres, educandos, educadores, personal de apoyo.

He aquí el problema, superar el temor, enfrentar las barreras, pasar del solo hablar a crear, organizando, integrando recursos, distribuyendo responsabilidades.

¿Quién se atreve?

El 4X3. ¿Por qué el PLN dejó de ser partido de respaldo de los trabajadores?

José Joaquín Meléndez González

Los diputados del PLN que votaron recientemente por el proyecto denominado 4/3 deben de leer con atención el texto adjunto. Las palabras de Luis Alberto Monge referidas a las jornadas de 8 horas resultan elocuentes y claras. (Actas de la Constituyente 1949) La jornada de 8 horas:

El Representante MONGE ALVAREZ de nuevo intervino en el debate para defender la tesis de la moción que ha presentado, junto con otros compañeros. Insistió en que principios, como el de la libre asociación, no admiten excepciones de ninguna clase. Está bien que en algunos regímenes totalitarios se atente contra ese principio, pero no en Costa Rica, país de extracción democrática. Luego pasó a referirse a la moción presentada por el señor Leiva, la cual es inaceptable desde todo punto de vista. Si Costa Rica va a seguir siendo -dijo- un país colonial, donde las empresas extranjeras pueden hacer lo que quieran, atentar contra los derechos de los trabajadores, lo mejor es acabar con la legislación social. Toda empresa extranjera que venga a trabajar al país es necesario que sepa que existe un mínimum de derechos esenciales de los trabajadores, que debe respetar y acatar estrictamente”. (MONGE, 172)

He aquí una de tantas razones que ayudan a entender por qué el partido dejó de ser un partido de respaldo e identificación de los trabajadores.

San José, 16 agosto 2023

Imagen: https://radios.ucr.ac.cr/2022/07/radio-u/jornada-laboral-4×3-que-podria-ocurrir-si-se-aprueba-esta-ley/