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Etiqueta: Marco Levy Virgo

Ciudadano de Limón solicita investigación al Ministerio Público sobre presuntas irregularidades en MINAE

El ciudadano Marco Levy Virgo presentó una solicitud formal ante la Fiscalía General de la República para que se investigue al ministro de Ambiente y Energía, Franz Tattenbach Capra, por presuntas irregularidades relacionadas con la gestión de humedales en el cantón de Talamanca.

La petición, remitida el 9 de abril a la oficina del fiscal general Carlo Díaz Sánchez, solicita una «investigación exhaustiva e inmediata» en relación con la causa penal 23-000041-0611-PE, vinculada al manejo del documento técnico «Caracterización y Delimitación de Humedales en la Zona Marítimo Terrestre del Litoral del Cantón de Talamanca» de junio de 2021.

Según se detalla en el escrito, Levy considera que existen acciones cuestionables sobre la administración de áreas protegidas en el Caribe Sur, específicamente en el Refugio Gandoca-Manzanillo, donde el MINAE administra aproximadamente el 60% del territorio y el 75% de sus costas, incluyendo 2.802,65 hectáreas de humedales protegidos bajo el Convenio Ramsar.

El documento menciona destituciones de personal en el Área de Conservación Amistad Caribe (ACLAC-SINAC), como el caso del señor Mario Cerdas Gómez, quien fue reemplazado por Maylin Mora Arias. Este proceso de nombramiento, según indica Levy está siendo investigado por la Contraloría General de la República por presunto nombramiento ilegal.

La misiva también hace referencia a la Directriz 09-2023 emitida por el jerarca del MINAE y menciona que desde febrero de 2019, mediante oficio SINAC-ACTO-AL-55-2019, se alertó a la Dirección Ejecutiva de SINAC sobre supuestas irregularidades.

En su petitoria, el ciudadano limonense solicita:

  1. La apertura inmediata de una investigación penal contra el ministro Tattenbach Capra.

  2. La designación de una comisión especial de fiscales para indagar actuaciones de personal del ACLAC-SINAC.

  3. Una revisión de las acciones de empresarias y empresarios inmobiliarios que, según alega, estarían afectando áreas protegidas.

La carta fue enviada con copia a diversas instituciones, incluyendo la Defensoría de las y los Habitantes, la Contraloría General, la Procuraduría General, la Fiscalía Agrario Ambiental, la Comisión de Acceso a la Justicia, la Presidencia del Poder Judicial, la Presidencia de la Asamblea Legislativa y la Comisión de Ambiente del Poder Legislativo.

SURCOS comparte los documentos de referencia:

Directriz No.09-2023-ACLAC
SINAC-ACTO-AL-055-2019
Comunicación de Acuerdos Corac Aclac (2)
2022 nov 11 ACUERDO COLAC

Solicitan informe sobre viabilidad ambiental de proyecto inmobiliario en Refugio Gandoca-Manzanillo

La Asociación para el Desarrollo de la Ecología (AEL) solicitó formalmente a la administración del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo (RNVSGM) un informe técnico sobre los fundamentos administrativos y legales que sustentan la Viabilidad Ambiental del proyecto inmobiliario DIVINE.

Según consta en el oficio AEL-00155-2025, con fecha del 7 de abril de 2025, Marco Levy Virgo, presidente de la AEL, dirigió la solicitud a la licenciada Fanny Cruz Torres, administradora del Refugio, expresando preocupación por un hecho que considera de especial interés en el ámbito de la conservación ambiental de esta área protegida.

El documento detalla que el 12 de febrero de 2025 se colocó un rótulo de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) frente al Colibrí Lodge, anunciando el proyecto DIVINE a cargo del desarrollador Philip Michel André Sánchez. La información consignada indica que el proyecto abarca 2.745 metros cuadrados y cuenta con Viabilidad Ambiental otorgada mediante la Resolución 1445-2024-SETENA del 13 de agosto de 2024.

La AEL señala que el sitio donde se proyecta esta iniciativa está compuesto por bosque y presuntamente se ubica dentro de los límites del RNVSGM, un área que además se encuentra bajo un proceso de judicialización.

En el oficio, Levy Virgo solicita que se le informe sobre cómo, pese a las medidas cautelares solicitadas por la Defensoría de los Habitantes en el marco del seguimiento y cumplimiento de la Sentencia 2019-012745 de la Sala Constitucional, se continúa permitiendo el fraccionamiento del bosque en esta zona protegida.

La misiva recuerda que dicha sentencia, dictada el 10 de julio de 2019, ordenó la protección y delimitación efectiva del RNVSGM. Este mandato ha sido objeto de seguimiento y medidas posteriores, incluyendo la resolución 2024-26300 del 10 de septiembre de 2024, que constató el incumplimiento de lo dispuesto en 2019.

La solicitud se fundamenta en el interés ciudadano de garantizar la integridad de los ecosistemas del refugio, así como en el derecho de acceso a la información pública ambiental, consagrado en la legislación costarricense, incluyendo la Ley Orgánica del Ambiente (N° 7554) y la Convención de Aarhus, ratificada por Costa Rica.

El oficio fue enviado con copia a diversas autoridades gubernamentales, entre ellas la Defensora de los Habitantes, la Contralora General, el Procurador General de la República, fiscales ambientales y otros funcionarios relacionados con la conservación ambiental y el ordenamiento territorial.

Humedales costeros de Talamanca requieren protección urgente

Los humedales costeros de Talamanca se encuentran en el centro de una controversia ambiental que demanda intervención inmediata.

Marco Levy Virgo, presidente de la Asociación para el Desarrollo de la Ecología (AEL), solicitó formalmente la intervención de la Fiscalía Agrario Ambiental mediante un documento que detalla las afectaciones a estos ecosistemas.

Violaciones documentadas

La denuncia señala varios casos de degradación ambiental, entre ellos:

  • Drenajes y rellenos ilegales realizados por sociedades anónimas

  • Intervención sistemática en Playa Negra, con presunta utilización de maquinaria municipal

  • Posibles infracciones a la Ley Orgánica del Ambiente y la Ley de Biodiversidad

Antecedentes legales

El caso se origina en una resolución del Tribunal Constitucional del 16 de febrero de 2024, que ordenó:

  • Completar la certificación del Patrimonio Natural del Estado en la Zona Marítimo Terrestre

  • Incorporar el informe de caracterización de humedales al Plan Regulador Costero

Una resolución posterior del 13 de marzo de 2025 requirió a instituciones como el Sistema Nacional de Áreas de Conservación, el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo y la Municipalidad de Talamanca presentar evidencia de cumplimiento.

Solicitud de acción

La organización ecologista ha requerido a las autoridades:

  1. Presentar la información requerida ante la Sala Constitucional

  2. Gestionar medidas cautelares para recuperar los humedales

La protección de estos ecosistemas se considera fundamental para preservar la biodiversidad regional.

Asociación para el Desarrollo de la Ecología solicita acciones para protección de derechos de población afrodescendiente en Talamanca

La Asociación para el Desarrollo de la Ecología dirigió una solicitud formal al Concejo Municipal de Talamanca pidiendo acciones concretas para implementar el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en favor de los derechos de la población afrodescendiente del litoral del cantón.

Mediante el documento AEL-0095-2025, fechado el 17 de marzo de 2025, Marco Levy Virgo, representante de la asociación, solicitó atención respecto a los derechos de la población afrodescendiente asentada en el litoral talamanqueño, de acuerdo con las obligaciones establecidas en el mencionado convenio que fue ratificado por Costa Rica.

En la misiva se recuerda que el Convenio 169 reconoce a los pueblos tribales, incluyendo a las comunidades afrodescendientes identificadas mediante el Decreto Ejecutivo N° 43532-MP-MINAE-MCJ-MEP, el derecho a gozar de sus derechos humanos y libertades fundamentales sin discriminación.

La asociación plantea tres solicitudes específicas al gobierno local:

  1. Iniciar un proceso de identificación, delimitación y titulación de las tierras ancestrales ocupadas por la población afrodescendiente en el litoral del cantón.

  2. Implementar mecanismos de consulta previa, libre e informada para cualquier plan o proyecto que afecte estas tierras y comunidades, incluyendo el Plan Regulador Costero.

  3. Crear una mesa de diálogo permanente con representantes de las comunidades afrodescendientes para asegurar su participación en decisiones que les afectan directamente.

La organización argumenta que estas acciones no solo cumplirían con obligaciones internacionales del Estado costarricense, sino que contribuirían a preservar la riqueza cultural y el legado histórico de las comunidades afrodescendientes de Talamanca.

Asociación ecologista solicita lista exhaustiva de ocupantes en zona marítima de Talamanca

La Asociación para el Desarrollo de la Ecología, mediante oficio AEL-0091-2025 con fecha del 16 de marzo de 2025, ha reiterado una solicitud al alcalde de Talamanca, Rugeli Morales, para obtener un listado completo de todas las personas físicas y jurídicas que ocupan la franja de 50 metros de la zona pública del litoral del cantón.

El presidente de la asociación, Marco Levy Virgo, aclaró en su comunicación que no está interesado en el censo preliminar de vendedores ambulantes que le fue proporcionado como respuesta a una solicitud anterior, sino en un registro detallado de todos los ocupantes formales e informales de esta zona marítimo-terrestre.

Este requerimiento tiene como antecedente una solicitud previa realizada mediante el oficio AEL-00320-2024 del 25 de diciembre de 2024, donde se pedía información sobre los ocupantes físicos y jurídicos ubicados dentro de los 50 metros de la zona marítimo-terrestre del cantón.

En respuesta a esa primera solicitud, la Administración Tributaria de la Municipalidad de Talamanca remitió un censo preliminar que incluye únicamente un listado de 41 personas dedicadas principalmente a ventas ambulantes y artesanía, según documento firmado por la Licda. Yorleny Menocal Morales, Administradora Tributaria.

En el nuevo oficio, Levy Virgo señala específicamente que su interés es obtener información para fines de investigación, excluyendo a los vendedores ambulantes ya registrados en el censo preliminar.

El documento fue remitido con copia a diversas instituciones públicas, incluyendo la Contraloría General de la República, la Fiscalía Ambiental, el Área Rectora de Salud, la Auditoría Interna Municipal, el Instituto Costarricense de Electricidad, el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, y la Subdelegación del OIJ Bribri.

Asociación ecologista solicita intervención municipal por riesgos de rotondas en Ruta 32

La carta dirigida a la alcaldesa de Limón pide que medie ante el Poder Ejecutivo para revisar la implementación de rotondas en lugar de pasos a desnivel.

La Asociación para el Desarrollo de la Ecología (AEL), a través de su presidente Marco Levy Virgo, ha dirigido una formal solicitud a la alcaldesa de Limón, Anna Janniel Matarrita McCalla, para que intervenga como mediadora ante el Poder Ejecutivo sobre un tema de creciente preocupación: los riesgos asociados a las rotondas en la Ruta 32.

En el oficio AEL-0087-2025, fechado el 15 de marzo recién pasado, Levy Virgo expresa su inquietud por la decisión de construir rotondas en lugar de los pasos a desnivel originalmente contemplados en el proyecto de ampliación de esta importante vía del Caribe costarricense.

«Si bien entiendo que esta decisión pudo haber sido motivada por razones logísticas o presupuestarias, considero que las rotondas representan riesgos importantes para la seguridad vial, el flujo eficiente del tránsito y, en última instancia, el bienestar de las comunidades limonenses,» señala el documento.

Entre las principales preocupaciones destacadas en la misiva se encuentran el incremento en el riesgo de accidentes, especialmente para vehículos pesados que transitan frecuentemente por esta ruta, así como la generación de congestionamientos que podrían afectar negativamente el comercio y el turismo de la región.

El presidente de la AEL también menciona la falta de pasos peatonales adecuados, lo que pone en riesgo a los habitantes de comunidades aledañas que dependen de esta vía para su movilidad diaria.

La solicitud específica a la alcaldesa es que, como máxima autoridad municipal y representante de los intereses de la provincia, medie ante el Poder Ejecutivo para realizar una «revisión exhaustiva de los riesgos asociados con las rotondas implementadas en la Ruta 32» y abogar por soluciones que prioricen la seguridad y el desarrollo sostenible de la región caribeña.

La Ruta 32, que conecta San José con Limón, es considerada una arteria vital para el desarrollo económico, social y turístico de la provincia, por lo que cualquier problema en su diseño o funcionamiento tiene implicaciones significativas para toda la región.

Hasta el cierre de esta edición, la Municipalidad de Limón no había emitido una respuesta oficial a la solicitud presentada por la Asociación para el Desarrollo de la Ecología.

Imagen: Semanario Universidad.

Asociación para el Desarrollo de la Ecología solicita mediación de la Defensoría en materia de aviación agrícola

La Asociación para el Desarrollo de la Ecología, por medio de su presidente Marco Levy Virgo, solicitó formalmente la intervención de la Defensoría de los Habitantes para mediar ante la Dirección General de Aviación Civil y el Consejo Técnico de Aviación Civil. El objetivo es lograr que el Reglamento de Aviación Agrícola de Costa Rica sea revisado y ajustado para alinearse con los estándares internacionales establecidos por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO).

La solicitud, presentada mediante el oficio AEL-0085-2025 con fecha del 15 de marzo de 2025, fue dirigida a la Defensora de los Habitantes, Angie Cruickshank Lambert. En el documento, el presidente de la asociación señala que la armonización es «fundamental para garantizar la seguridad operativa, la protección ambiental y la salud pública en el desarrollo de actividades de aviación agrícola», considerando que estas actividades tienen impacto directo en las comunidades y los ecosistemas del país.

El peticionario sostiene que los estándares de la FAO, como organismo internacional de referencia, promueven buenas prácticas que podrían fortalecer la normativa nacional, asegurando que esta sea coherente con los avances técnicos y las recomendaciones globales en la materia.

En el oficio, Levy Virgo solicita que la Defensoría, en el marco de sus atribuciones, medie para iniciar un proceso de análisis y actualización del Reglamento de Aviación Agrícola vigente, contemplando la incorporación de las directrices de la FAO. Adicionalmente, solicita que se le informe sobre los avances de esta gestión y que se facilite un espacio de diálogo con las partes involucradas.

La solicitud se realiza amparada en las funciones que le confiere la Ley N° 7319 del 17 de noviembre de 1992, que crea la Defensoría de los Habitantes, así como en el artículo 9 de su Reglamento, que establece su competencia para velar por el cumplimiento de la normativa vigente y la protección de los derechos de las personas.

Imagen: https://laregion.cr

Asociación para el Desarrollo de la Ecología pide indagar al ministro de Ambiente e interponer denuncia penal

Marco Levy Virgo, representante de la Asociación para el Desarrollo de la Ecología envió una carta al fiscal general Calo Díaz, en la cual pide “la indagatoria del señor ministro de Ambiente y Energía Franz Tattenbach Capra por la inconvencionalidad de la Directriz 09-2023 emitida, la cual contiene umbrales desregulatorios ambientales que son contrarios a la Constitución Política”.

El representante ecologista expone, en referencia al Refugio de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo, que tal directriz violenta “el bloque de normas y principios constitucionales ambientales existentes en Costa Rica”. Levy Virgo detalla que se irrespetan los artículos 7, 9, 50 y 89 constitucionales y la Convención de la Diversidad Biológica, entre otros instrumentos.

Además, el presidente de la Asociación para el Desarrollo de la Ecología solicita a la fiscalía general la interposición de denuncia penal en contra del ministro de Ambiente y Energía “por los delitos de desobediencia y prevaricato”.

Así mismo, que “se suspenda la aplicación de la citada Directriz 09-2023, de conformidad con los principios preventivos y precautorios establecidos en el artículo 11 de la Ley de Biodiversidad, así como los principios de progresividad y no regresión de la protección ambiental”.

Finalmente, Levy Virgo pide que “se me indiquen los fundamentos fácticos y legales por los cuales el ministro de Ambiente lleva más de dos años sin ser indagado como corresponde por usted como responsable de la fiscalía general de la Republica”.

La gestión de la Asociación para el Desarrollo de la Ecología se fundamenta como prueba en un documento de la Defensoría de los Habitantes en el cual se piden “medidas cautelares que suspendan las prácticas imperantes de tala, rellenos de humedales, construcciones y concesiones, sobre una zona indebidamente delimitada por así haberlo declarado la misma Sala Constitucional” para el Refugio de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo.

El escrito señala que “se aporta prueba para mejor resolver en contra del ministro de Ambiente y Energía Señor Franz Tattenbach Capra por presunto prevaricato y favorecimiento al emitir entre otras acciones presuntamente irregulares la Directriz 09-2023”.

En esa prueba, -que se expone en el documento de la Defensoría citado-, se pide que la Sala Constitucional expida “una medida cautelar en gestión de seguimiento de cumplimiento de la sentencia 2019-012745 del 10 de julio de 2019; ante desobediencia acreditada mediante sentencia 26300-2024 del 10 de setiembre de 2024”.

Solicitud urgente al procurador y al fiscal general para que visiten Gandoca Manzanillo

SURCOS comparte la carta enviada por Marco Levy Virgo, presidente de la Asociación para el Desarrollo de la Ecología, al procurador Iván Vinicio Vincenti Rojas y al fiscal general Carlo Díaz Sánchez para que visiten de forma urgente el Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca Manzanillo.

Levy Virgo pide la suspensión de los permisos de construcción indiscriminados otorgados por la Municipalidad de Talamanca, así mismo, que esa municipalidad y el SINAC presenten una lista detallada de los derecho de propiedad privada, también que el Registro Público elimine derechos de propiedad que se encuentren dentro de la categoría Ramsar. Además, pide que se definan medidas cautelares para seis medidores recientes del ICE para enormes mansiones. Otra petición es que se informe si ya la Procuraduría General de la Republica se encuentra apersonada dentro de la causa penal 23-000041-0611-PE, que se sigue en contra del investigado y actual ministro de Ambiente y Energía, Franz Tattenbach Capra.

Compartimos la carta completa, así como los enlaces a los documentos de referencia aportados por Marco Levy Virgo.

Limón, 22 de febrero de 2025
AEL-0064-2025

Licenciado Iván Vinicio Vincenti Rojas
Procurador
Procuraduría General de la República

Lic. Carlo Díaz Sánchez
Fiscal General

Ministerio Publico

Ref: Solicitud urgente de visita conjunta de Procuraduría y Fiscalía al Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca Manzanillo (REGAMA)

Estimado señor Procurador y señor Fiscal:

Vista la solicitud de medida cautelar solicitada por el Licenciado Melvin Mora Hernández, en su condición de representante del Ministerio Publico a la Municipalidad de Talamanca, mediante oficio 067-FAAP-2024 de fecha 29 de octubre de 2024 que adjunto como prueba documental, y la falta de respuesta asertiva por parte de dicha Municipalidad de Talamanca, y muy especialmente de las autoridades ambientales del MINAE, amparados a la directriz 09-2023 de fecha 17 de octubre del 2023, que causan una inacción administrativa que beneficia a desarrolladores inmobiliarios locales, pese a tratarse del sitio categoría Ramsar, 783 el cual goza de protección internacional por la Convención Ramsar suscrita por nuestro país, vengo muy respetuosamente a solicitarles lo siguiente.

Como ciudadano preocupado por lo que está ocurriendo en la costa caribe, sugiero muy respetuosamente realizar un esfuerzo conjunto entre sus autoridades para que se apersonen a realizar una visita y así inspeccionar la realidad de lo que está ocurriendo. Es importante detener el galopante y desordenado desarrollo inmobiliario que se está dando dentro del área boscosa del bosque que es patrimonio de la Humanidad.

Es importante recordar que fue la Sala Constitucional la que ordenó restituir al Patrimonio Natural del Estado, según el voto No. 2019-12745 del 10 de julio de 2019, mediante el cual anuló la Ley No. 9223 “en lo que respecta a los territorios comprendidos en la zona boscosa” (expediente 14-19174-007-CO).

Hoy, arropados a la inercia y al escaso valor que tiene el MINAE-SINAC en cumplir con las órdenes emanadas de la Sala Constitucional, el Refugio que es declarado en beneficio de la Humanidad, está siendo devastado, y todo ello es debido a los incumplimientos de la resolución No. 2019-12745 del 10 de julio de 2019.

Tan es así, que en el oficio SINAC-SE—DE-0211-2025, de fecha 18 de febrero de 2025, el Director Ejecutivo del SINAC reconoce “dentro de los límites del sitio Ramsar Gandoca Manzanillo. Según el mapa catastral hay un total de 756 propiedades, de las cuales 688 tienen finca inscrita, lo demás corresponden a predios sin finca inscrita” (Negrita cursiva y subrayado no es del original) Estimados señores les ruego que analicen que la falta de acción en la defensa del patrimonio de todos traiciona el compromiso ambiental que le ha dado a Costa Rica prestigio internacional, convirtiéndose las autoridades del Estado en facilitadores del saqueo de los recursos naturales en favor de intereses privados y negocios ilegales.

Podrán observar con esta visita que se ha debilitado la protección ambiental, permitiendo la devastación de ecosistemas clave para su protección como está ocurriendo en Gandoca-Manzanillo. La inacción y la permisividad frente a la deforestación y la expansión inmobiliaria descontrolada está ocurriendo a vista y paciencia en áreas protegidas, lo que tristemente, no solo ponen en riesgo la biodiversidad del país, sino que revelan un modelo de gestión donde la naturaleza queda relegada en favor del lucro de unos pocos.

Adicionalmente, resulta preocupante que las autoridades del MINAE y muy especialmente que en los casos judicializados hayan paralizado toda acción de seguimiento, especialmente por parte de los funcionarios del Área de Conservación Amistad Caribe (ACLAC) que han encontrado en el ministerio publico la excusa perfecta para favorecer a los desarrolladores mediante la falta de seguimiento a las causas judiciales seguidas en contra de Bungalows de Punta Uva, Diez Doce Sociedad Anónima y la causa penal 21-000001-1851-PE cuya propiedad presenta de manera absolutamente irracional la colocación de 6 medidores eléctricos recientemente colocados por el Instituto Costarricense de Electricidad y dentro presuntamente de la investigación seguida bajo la causa penal 21-000001-1851-PE, por el delito de Cambio de Uso de Suelo y otros.

Adicionalmente, les pido por favor, ya que yo como simple ciudadano no tengo acceso legal, que bien sea la Fiscalía Adjunta o el representante de la Contraloría General de la República, que presente ante la Procuraduría General de la República una consulta formal para que emita una opinión jurídica con carácter vinculante sobre lo siguiente: En una zona que Costa Rica ha inscrito ante las autoridades internacionales como una zona amparada por la Convención Ramsar, es posible que tanto el MINAE como la Municipalidad de Talamanca permitan, por acción o por omisión que se destine parte de esa zona para uso privado?

Petitoria

  1. Se obligue a la MUNICIPALIDAD DE TALAMANCA, AL ALCALDE O A QUIEN OBSTENTE SU REPRESENTACION LEGAL, PROCEDER DE INMEDIATO CON LA SUSPENSIÓN DE LOS PERMISOS DE CONSTRUCCION INDISCRIMINADOS enlistados en el oficio 067-FAAP–2024, ubicados en los límites del Refugio Gandoca Manzanillo, hasta tanto no se realice la delimitación del bosque ordenada en la resolución No. 2019-12745 del 10 de julio de 2019 , conforme lo contempla el Oficio 067-FAAP-2024 de fecha 29 de octubre de 2024, suscrito por la Fiscalía Agrario Ambiental.
  2. Se obligue a la MUNICIPALIDAD DE TALAMANCA, AL ALCALDE O A QUIEN OBSTENTE SU REPRESENTACION LEGAL, PROCEDER DE INMEDIATO CON LA SUSPENSIÓN DE LOS PERMISOS DE CONSTRUCCION INDISCRIMINADOS enlistados en el oficio DU-040-02-2025 de fecha 6 de febrero del 2025, referente a 24 fraccionamientos de planos ubicados en bosque del Sitio categoría Ramsar 783, Gandoca Manzanillo.
  3. Se obligue a la Municipalidad de Talamanca y al SINAC a presentar una lista detallada a la Procuraduría de todas las personas físicas o jurídicas a quienes se les ha otorgado algún tipo de derecho de propiedad privada, indistintamente del tipo de derecho que sea, en terrenos que se encuentran bajo la protección de Sitio Categoría Ramsar 783, Gandoca Manzanillo, según el oficio SINAC-SE—DE-0211- 2025, de fecha 18 de febrero de 2025.
  4. Se ordene al Registro Público de la Propiedad la eliminación de cualquier derecho de propiedad que se haya inscrito en ese Registro Publico, en favor de cualquier propiedad que se encuentre ubicada dentro del mapa que el propio Estado de Costa Rica declaró ante las autoridades Ramsar, como Sitio Categoría Ramsar 783, Gandoca Manzanillo, por tratarse de un inmueble que es inalienable y no sujeto a inscripción privada, por estar protegido por una norma de carácter superior a cualquier norma ordinaria de rango inferior.
  5. Solicitud de medidas cautelares dentro de causa penal 23-000452-0829-PE, en el cual consta según 6 medidores recientes del ICE que se están construyendo enormes mansiones a vista y paciencia del Ministerio Publico y muy particularmente de los funcionarios del Área de Conservación Amistad Caribe (ACLAC).
  6. Solicitud de medida cautelar en contra de listado de construcciones del oficio 067- FAAP-2024 de fecha 29 de octubre de 2024, suscrito por el Lic. Melvin Mora Hernández.
  7. Indicar si ya la Procuraduría General de la Republica se encuentra apersonada dentro de la causa penal 23-000041-0611-PE, que se sigue en contra del investigado y actual Ministro de Ambiente y Energía, el Señor Franz Tattenbach Capra.

Prueba:

  1. Adjunto remito oficio 067-FAAP-2024 de fecha 29 de octubre de 2024, en el cual se demuestra que se están construyendo enormes mansiones a vista y paciencia de sus autoridades y muy particularmente de los funcionarios del Área de Conservación Amistad Caribe (ACLAC).
  2. Adjunto remito copia del oficio SINAC-SE—DE-0211-2025, de fecha 18 de febrero de 2025.
  3. Adjunto remito oficio SINAC-SE-DE-0046-2025 de fecha 14 de enero de 2025, referente al mapa del terreno incluido en la Convención Ramsar 783, Gandoca Manzanillo.
  4. Adjunto remito el oficio DU-040-02-2025 de fecha 6 de febrero del 2025, referente a 24 fraccionamientos de planos ubicados en bosque del Sitio categoría Ramsar 783, Gandoca Manzanillo.
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Atentamente,
Marco Levy Virgo
Presidente
Asociación para el Desarrollo de la Ecología

Comunidad afrocaribeña lucha por sus derechos

En una carta realizada por la Defensora Angie Cruickshank Lambert dirigida a Laura Fernández, ministra de la Presidencia con copia a Marco Vinicio Levy Virgo, se señala que organizaciones de la comunidad afrodescendiente han expresado su descontento con el accionar de la Defensoría de los Habitantes en relación con el pueblo del Caribe.

En el reclamo, se critica la falta de medidas concretas para enfrentar las violaciones a los derechos humanos de esta población. Aunque la institución ha reconocido las deudas históricas del Estado con las comunidades afrodescendientes, y organizó en 2023 un simposio internacional sobre la aceleración de sus derechos, las críticas consideran insuficientes estas acciones frente a los desafíos estructurales. 

El simposio, aunque valioso, puso en evidencia violaciones persistentes, como la falta de reconocimiento de territorios ancestrales, la necesidad de luchar contra el racismo sistémico y la discriminación, y las brechas en salud, especialmente en temas como la salud materna. Según datos del UNFPA presentados en el evento, las muertes maternas son hasta cinco veces superiores entre las mujeres afrodescendientes debido a carencias en consultas prenatales, acceso a anticonceptivos y prevención del embarazo adolescente. 

Además, se destacó que el Decenio Internacional para los Afrodescendientes (2015-2024) está por concluir sin avances significativos en derechos fundamentales como el acceso a la tierra, protegido por el Convenio 169 de la OIT. Aunque informes previos, como el de la exdefensora Montserrat Solano, identificaron la necesidad de soluciones legislativas para la problemática de tenencia de tierras en Cahuita y Puerto Viejo, la actual administración de la Defensoría no ha tomado acciones concretas al respecto, limitándose a argumentar que no puede intervenir en competencias específicas del Estado. 

Los críticos subrayan que la Defensoría tiene el deber de intervenir cuando las omisiones del Estado vulneran derechos humanos, como sucede con el derecho de consulta y autodeterminación de las comunidades afrodescendientes. A pesar de conocer estas situaciones desde hace años, la institución no ha implementado medidas efectivas para impedir la persistente violación de derechos. Esto, según las personas denunciantes, contradice su mandato legal y perpetúa las desigualdades estructurales que enfrentan las comunidades afrodescendientes en Costa Rica.

Dentro del marco del documento citado, la Defensoría de los Habitantes de la República generó una serie de recomendaciones con fundamento en el artículo 14 de la Ley N° 7319 del 17 de noviembre de 1992 y en el artículo 32 del Decreto Ejecutivo No 22266-J, siendo estas:

PRIMERA: Gestionar la selección y el pronto nombramiento de la persona que sustituya al señor Ricardo Sosa como Comisionado de Inclusión Social de la República, a efecto de que esta persona pueda dar seguimiento a las diferentes iniciativas de poblaciones vulnerables y tradicionalmente discriminadas, entre estas la población afro costarricense.

SEGUNDO: Definir la Unidad Técnica Administrativa del Poder Ejecutivo, que estará a cargo de la gestión técnica y financiera de los procesos de consulta y otras funciones ligadas a las consultas de los Pueblos Tribales – Población Afro Costarricense.

TERCERO: Como parte de las acciones previas a todo proceso de consulta a Pueblos Tribales, se debe definir el término “propiedad ancestral afrodescendiente”. Para dichos efectos es conveniente la coordinación interinstitucional/intersectorial a partir de un peritaje bajo un abordaje integral que lo defina.

CUARTO: Una vez definida la Unidad Técnica Administrativa del Poder Ejecutivo, que estará a cargo de la gestión técnica y financiera de los procesos de consulta y otras funciones ligadas a las consultas de los Pueblos Tribales – Población Afro Costarricense, así como su normativa de operación, se deben ejecutar a la brevedad las acciones tendientes a la conclusión de la Consulta al pueblo Tribal Afro Costarricense a efecto de poder continuar con la delimitación de los territorios que le corresponden y otras acciones atinentes.

Se previene que por disposición del artículo 14 párrafo tercero de la Ley N° 7319 el no acatamiento injustificado de las recomendaciones de la Defensoría de los Habitantes puede ser objeto de una recomendación de amonestación para el funcionario que las incumpla o, en caso de incumplimiento reiterado, de una recomendación de suspensión o despido.

En virtud de lo anterior, y con fundamento en el artículo 32 del Reglamento a la Ley de la Defensoría de los Habitantes, los órganos públicos deben, en el plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES a partir del día siguiente a la notificación de este informe final, remitir a la Defensoría de los Habitantes un informe de cumplimiento de las recomendaciones formuladas, en el cual deberá incluirse la siguiente información:

a.- Medidas que se adoptarán para hacer efectiva las recomendaciones.

b.- Plazo en el que se ejecutarán dichas medidas.

 c.- Funcionario encargado de su ejecución.

Le invitamos a leer el documento completo en el cual se amplían los puntos tratados por esta nota.

Imagen ilustrativa, UCR.